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1

Güitrón Fuentevilla, Julián. "DERECHO PENAL FAMILIAR." Revista de la Facultad de Derecho de México 64, no. 261 (2017): 325. http://dx.doi.org/10.22201/fder.24488933e.2014.261.60294.

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Abstract:
<p> </p><p><span> </span>En este artículo el autor reflexiona desde un punto de vista doctrinario sobre el concepto de Derecho familiar y sus repercusiones en la ciencia del Derecho. Asimismo, indaga sobre la naturaleza jurídica del Derecho familiar que es distinta a la del Derecho civil, además de ser un tercer género diverso al derecho privado y derecho público. Una vez aclarados estos conceptos, el autor define el Derecho penal familiar, cuyo objetivo es proteger y tutelar a la familia cuando es agredida por actividades ilícitas. También distingue entre la parte general y especial del Derecho penal familiar. Finalmente se realiza un análisis comparativo entre las legislaciones mexicana y cubana, tomando como objeto de estudio al Código Penal para el Distrito Federal y el Código Penal de Cuba.</p>
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2

Poiares, Nuno Caetano Lopes de Barros. "Igreja Católica e direito criminal: uma abordagem sociológica ao Código Penal Português (1886)." REVER - Revista de Estudos da Religião 19, no. 3 (2020): 311–29. http://dx.doi.org/10.23925/1677-1222.2019vol19i3a19.

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Abstract:
O protagonismo da religião nas sociedades modernas é uma matéria que faz parte dos debates fundamentais das Ciências Sociais, surgindo a Igreja Católica como um campo de análise com especial interesse para o estudo sociológico da mudança na sociedade portuguesa. Este artigo visa analisar a influência da Igreja Católica no Direito Criminal português, maxime o Código Penal (1886), também designado como Código Veiga Beirão. Metodologicamente, privilegiou-se uma abordagem histórico-sociológica na perspetiva de contribuir para o conhecimento sociológico da evolução do Direito Penal e a influência da Igreja Católica na construção do edifício jurídico-criminal nacional.
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3

Quinteiro Cruz, Diego. "Responsabilidad penal de las personas jurídicas y mecanismos para su prevención." Anuario da Facultade de Dereito da Universidade da Coruña 21 (January 18, 2018): 259. http://dx.doi.org/10.17979/afdudc.2017.21.0.3292.

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Abstract:
Desde el año 2010 el Código Penal español acoge una regulación sobre la responsabilidad penal de las personas jurídicas. Este nuevo régimen opta por un modelo mixto que parte de una responsabilidad de tipo vicaria y prevé la posibilidad de eximir a las empresas de dicha responsabilidad en la medida de que tratasen de evitar de un modo efectivo la comisión de conductas delictivas mediante los denominados “protocolos de prevención penal”. En objetivo de este trabajo es analizar el vigente régimen de responsabilidad penal y sus caracteres, con especial atención a los elementos básicos de un protocolo de prevención penal.
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4

Forero Hernández, Carlos. "El bien jurídico protegido en el delito de defraudación o evasión tributaria. Una visión desde las legislaciones colombiana y española." Nuevo Foro Penal 16, no. 95 (2020): 191–233. http://dx.doi.org/10.17230/nfp16.95.7.

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Abstract:
El presente texto analiza el principio de generalidad del tributo en Colombia (numeral 9, artículo 95, Constitución Política de 1991), el delito de defraudación o evasión tributaria creado por la Ley de Financiamiento (artículo 63, Ley 1943 de 2018), así como la ubicación de este tipo penal en la parte especial del Código Penalcolombiano (Título XV, de los delitos contra la administración pública) y en el Código Penalespañol (Título XIV, de los delitos contra la hacienda pública y contra la seguridad social) en virtud del bien jurídico protegido. Se considera conveniente reubicar el delito tributario de defraudación o evasión tributaria dentro del Título X del Código Penalcolombiano, de los delitos contra el orden económico social, pues así se facilita su estudio y aplicación. Este tema tiene un enfoque interdisciplinar que vincula el derecho penal y el derecho tributario, de manera que se aborda desde la óptica del derecho penal tributario.
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5

Abrantes Neto, Ozório Nonato de, and Vanessa Érica da Silva Santos. "A incidência da lei Maria da Penha como elemento modificativo da competência criminal no julgamento do crime de maus-tratos: justiça comum ou juizado especial?" Research, Society and Development 8, no. 10 (2019): e508101422. http://dx.doi.org/10.33448/rsd-v8i10.1422.

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Abstract:
O presente trabalho teve por objetivo analisar a possibilidade da incidência da Lei 11.340/06 no crime de maus-tratos, previsto no art. 136 do Código Penal, quando se tratar de vítima do sexo feminino, como também a possibilidade de mudança da competência para o julgamento, tendo em vista que os maus-tratos são um crime de menor potencial ofensivo, com pena máxima inferior a dois anos, sendo de competência originária do Juizado Especial Criminal, admitindo-se todos os institutos despenalizadores trazidos pela Lei 9.099/95. Ademais, utilizou-se, neste trabalho, o método dedutivo, com a pesquisa em doutrinas, legislações e, principalmente, na jurisprudência. Por fim, concluiu-se que o entendimento que deve ser levado em consideração é o de que o julgamento do crime de maus-tratos perpetrado contra sujeito passivo do sexo feminino deve ser realizado pelos Juizados Especiais Criminais, uma vez que, para a caracterização dos maus-tratos, é necessária não apenas a relação de subordinação entre agente e vítima, mas também um especial fim de agir por parte do autor do crime, a teor do art. 136 do Código Penal, em respeito ao princípio da legalidade e ao princípio da responsabilidade subjetiva do Direito Penal. Isso porque o agente só pode ser punido por aquilo que estava em sua órbita de conhecimento e/ou intenção, bem como por aquilo que está expressamente previsto em lei.
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6

Rodríguez Moro, Luis. "LA CONFIGURACIÓN DE LA IMPRUDENCIA COMO «GRAVE» Y «MENOS GRAVE» EN LOS DELITOS DE HOMICIDIO Y LESIONES DE LOS ARTS. 142 Y 152 CP TRAS LA REFORMA DEL CÓDIGO POR LA LO 1/2015: ESPECIAL REFERENCIA A SU CONCEPTUALIZACIÓN EN EL ÁMBITO VIAL." Revista de Derecho Penal y Criminología, no. 20 (January 23, 2020): 131. http://dx.doi.org/10.5944/rdpc.20.2018.26447.

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Abstract:
No cabe duda de que las reformas realizadas en el Código penal por la reciente LO 1/2015, de 30 de marzo, son de enorme trascendencia. Tanto las relativas a la Parte General del Derecho penal como las relativas a los delitos en particular. Si con anterioridad a la reforma los delitos de homicidio y lesiones sancionaban, en los arts. 142 y 152 CP, los cometidos por imprudencia grave y por imprudencia leve, ahora esta segunda categoría desaparece para dejar hueco a la llamada imprudencia menos grave. El presente trabajo tiene como fin analizar esta modificación, conceptualizar la nueva categoría de imprudencia y delimitar su espacio de acción con respecto a la grave, que sigue prevista en el Código, y la leve que expresamente se reconduce al ámbito civil, tal y como indica el Preámbulo de ley reformadora
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7

Horvitz Lennon, María Inés, and José Luis Guzmán Dalbora. "Recensión: COUSO SALAS, Jaime; HERNÁNDEZ BASUALTO, Héctor (dir.): Código penal comentado. Parte especial. Libro segundo, título VI (arts. 261 a 341)." Política criminal 14, no. 28 (2019): 595–606. http://dx.doi.org/10.4067/s0718-33992019000200595.

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8

Miranda, Marine Carrière de. "inserção da vítima na dogmática penal." Revista de Direito 12, no. 02 (2020): 01–29. http://dx.doi.org/10.32361/2020120211229.

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Abstract:
O presente artigo se inicia com o desenvolvimento da figura da vítima estudada pela criminologia no ramo da vitimologia. Com o avanço das ciências criminais, a dogmática jurídico-penal passou a dar maior importância ao ofendido pelo fato típico punível. Dessa forma, buscou absorver parte dos conceitos elaborados dentro da criminologia, dogmatizando a relevância da figura na parte geral e especial dos códigos penais. O trabalho baseia-se sobretudo nos CP brasileiro e português, os quais assemelham-se principiologicamente. Os reflexos gerados desta adaptação encontram-se, principalmente, no consentimento do ofendido e na teoria da imputação objetiva, com a autocolocação e heterocolocação em perigo. Por fim analisa as principais consequências trazidas por essas figuras dentro do direito penal.
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9

Paz Martínez, Karen Vanessa. "Error de tipo y error de prohibición." Revista Académica Sociedad del Conocimiento Cunzac 1, no. 1 (2021): 21–30. http://dx.doi.org/10.46780/sociedadcunzac.v1i1.3.

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Abstract:
El presente artículo aborda contenido en relación al tipo penal, el cual se puede definircomo: La descripción abstracta de la norma, que el legislador plasma en la ley penal.Los cuales se encuentran en la parte especial del Código Penal, y que se conocen comodelitos; y que son conductas antijurídicas sancionadas con una pena. El objetivo principaldel presente artículo es la investigación concreta con el fin de determinar los tratamientosmodernos que se le dan en la doctrina al error y establecer cuáles son aquellos que deben ser regulados por la legislación penal actual.
 Ello implica, el desarrollo de algunos ítems sobre la normativa vigente en Guatemala. Sedesarrolla un análisis sobre el error, entendiendo que se refiere al error de tipo y error deprohibición, utilizando el método científico. Debe realizarse algunas consideraciones previas. La mayoría de las ocasiones en las que un sujeto conoce la prohibición general dela conducta, se planteará al menos eventualmente la prohibición penal. En todo caso, esinnegable que el establecimiento de una distinción entre error de tipo y de prohibicióndesde una perspectiva sistemática reviste una gran dificultad, por lo que diversos autoresanalizan su postura.
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Vargas, Michele. "Limitação temporal dos maus antecedentes: aspectos doutrinários e jurisprudenciais." Revista da ESMESC 23, no. 29 (2016): 253. http://dx.doi.org/10.14295/revistadaesmesc.v23i29.p253.

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Abstract:
Questão corriqueira no dia a dia forense, notadamente na prática criminal, é a valoração, na dosimetria da pena, dos antecedentes criminais, por força do que estatui o Código Penal. Recente julgamento de uma das Turmas do Supremo Tribunal Federal, no entanto, reacendeu o debate acerca da limitação temporal dos maus antecedentes, em analogia ao disposto no Código Penal para o instituto da reincidência, por adotar entendimento diverso daquele que tem sido endossado pelo Superior Tribunal de Justiça embora ainda pendente de julgamento perante a Corte Suprema o recurso em que a celeuma objeto teve repercussão geral reconhecida e tornará a ser explorada. Dada a relevância da matéria, cuja divergência avança sobre a seara doutrinária, o presente artigo parte do estudo acerca da individualização da pena, dos seus momentos e sistemas propostos, com enfoque na individualização judicial da pena e do critério trifásico adotado pelo Diploma Penal. Passa, em seguida, à explanação acerca dos meandros da primeira etapa da dosimetria da pena, consistente na análise das circunstâncias judiciais, em especial sob o prisma dos antecedentes, a partir de sua conceituação, da apresentação das críticas doutrinárias que ensejam e da exposição das discussões que os permeiam. E, por fim, chega-se ao ponto central da discussão, que é a (im)possibilidade de consideração dos maus antecedentes após o transcurso do período depurador de cinco anos, com a exposição das vertentes identificadas na doutrina e nos Tribunais Superiores, consolidando-se os principais argumentos delineados.
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David, Lior Ben. "“Where does the Indian begin and where does it end?”: Legal-Criminal Categories in Peru, 1920s-1940s, and two Bolivian Cases from the 1940s*." Estudos Ibero-Americanos 43, no. 1 (2017): 21. http://dx.doi.org/10.15448/1980-864x.2017.1.24278.

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Abstract:
Como tratar os Índios? Durante a primeira metade do Século 20, com a ascensão do indigenismo e sob a influência das ideias positivistas, esta antiga questão colonial reapareceu na América Latina no campo da legislação criminal. Uma grande parte do debate sobre o status legal dos criminosos indígenas girava em torno de quem exatamente seria o Índio que mereceria ou precisaria de um tratamento penal especial. Esta questão será examinada aqui, principalmente no contexto do Peru, onde o Código Penal de 1924 introduziu novas categorias legais de criminosos Indígenas, e também em duas propostas legislativas Bolivianas que procuraram adaptar a legislação criminal à “realidade Indígena” do seu país. As maneiras como estas categorias criminais foram interpretadas pelas cortes Peruanas, e reformuladas por diversas propostas legislativas Peruanas e Bolivianas, redesenharam as fronteiras interiores destas nações, e implicitamente redefiniram o termo “índio” em si mesmo. No contexto Peruano, elas também refletiram as mudanças do Indigenismo durante os anos 1920/1940.
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Gutiérrez Colomina, Venancio. "La ejecución de las sentencias urbanísticas con especial referencia a la imposibilidad legal y material." Revista Andaluza de Administración Pública, no. 100 (April 30, 2018): 191–248. http://dx.doi.org/10.46735/raap.n100.707.

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Abstract:
La mejora conseguida en la ejecución de las Sentencias contencioso- administrativa tiene una excepción, la ejecución de las sentencias de demolición de edificaciones ilegales. Su origen radica en algunos defectos en las legislaciones urbanísticas, y a la falta de la suficiente voluntad política municipal y autonómica, a los graves trastornos originados por la nulidad de los planes urbanísticos, consecuencia de su carácter normativo y de los efectos negativos de la impugnación indirecta y de la acción pública, estudiando para su solución una parte de la doctrina, jurisprudencia y derecho comparado; y al desequilibrio entre la obligación legal, el cumplimiento efectivo del derecho a la vivienda y a una jurisprudencia española y europea protectora de la vivienda como domicilio residencial.
 Las reformas del Código Penal y, especialmente, del art.108.3 de la LJCA han dado lugar a una jurisprudencia del TS que ha concluido que no hay nuevos obstáculos para la ejecución, no se precisa resolución previa de un procedimiento de responsabilidad patrimonial y una delimitación adecuada de los terceros de buena fe. La jurisprudencia ha realizado una interpretación restrictiva de la imposibilidad legal y material del cumplimiento de las sentencias.
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Acosta, Estefanía Daniela. "Omisiones impropias y el principio de legalidad estricta en el Anteproyecto de Reformas al Código Penal Año 2014." Cum Laude, no. 3 (November 8, 2016): 139. http://dx.doi.org/10.30972/cum.03691.

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Abstract:
La dogmática penal discute las diferencias existentes entre el actuar y el omitir, diferencias que aún no están allanadas. Se establecieron teorías que van desde la propuesta de Franz Vont Liszt que las distingue por movimiento o inervación muscular que provocan un cambio en el mundo externo hasta las normativistas que hacen la diferencia en la evitabilidad de un resultado dañoso. El proyecto de reformas al Código Penal opta por una diferenciación exegética modificando el contenido mismo de los conceptos actuar-omitir, aunque sin desarrollarlos. El anteproyecto contempla la regulación de las acciones y de las omisiones detalladamente, estableciendo lo que se puede denominar una cláusula de “no equivalencia”, a diferencia de los código penales modernos (España y Alemania) que han incluido artículos en los que regulan la omisión impropia, y en algunos supuestos hasta han determinado sus fuentes. Se analiza brevemente la regulación de las omisiones impropias en el Anteproyecto del año 2014, que a criterio de quien escribe, no son consideradas delitos, y por lo tanto no son merecedoras de pena. Si bien la nueva regulación contemplaría en la parte especial figuras omisivas, estas no alcanzan a cubrir todos los supuestos posibles que pueden darse en la realidad. Esto, por supuesto, debe llevarse a cabo por el legislador, cuidando de cubrir las cuatro esferas del principio de legalidad (ley scripta, praevia, certa y stricta).
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Rodríguez-Toubes Muñiz, Joaquín. "Sobre la opacidad referencial y la ambigüedad de dicto/de re en el Derecho." Doxa. Cuadernos de Filosofía del Derecho, no. 40 (September 26, 2017): 147. http://dx.doi.org/10.14198/doxa2017.40.06.

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Abstract:
Los contextos lingüísticos llamados opacos ocultan la referencia de los grupos nominales y pueden causar ambigüedad, que al manifestarse en las leyes adquiere relevancia jurídica. La opacidad referencial se comprueba en enunciados que cambian su valor de verdad cuando se sustituye un nombre por otro con la misma extensión. En tales situaciones la intensión cobra protagonismo, y por ello formular enunciados jurídicos en contextos opacos hace más visible e inteligible la atribución intensional característica del derecho. Por otra parte, la opacidad referencial suscita un tipo especial de ambigüedad, de raíz pragmática y estructura lógica, en la que un mismo grupo nominal admite una lectura inespecífica o de dicto (según lo dicho) y otra específica o de re (según la cosa). Varios ejemplos tomados del Código Penal español muestran la importancia de percibir esta ambigüedad.
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Valcárcel Torres, Juan Manuel. "Concepto de conflicto armado interno y seguridad jurídica." Prolegómenos 10, no. 19 (2007): 107–21. http://dx.doi.org/10.18359/prole.2548.

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Abstract:
<p>El legislador colombiano del año 2000, al momento de elaborar el código penal que en la actualidad rige, creó un nuevo bien jurídico, el cual fue ubicado en el Título II de la parte especial del cuerpo normativo mencionado, bajo la denominación de “Delitos contra Personas y Bienes Protegidos por el Derecho Internacional Humanitario”. En tal sentido, se debe entender que las conductas ubicadas en esta parte del código penal se dirigen a proteger de manera prevalerte los valores que inspiran el cuerpo normativo conocido como Derecho Internacional Humanitario. Así, en caso de ocurrir la muerte de una persona internacionalmente protegida, se debe entender que el castigo que se imponga por tal hecho no sólo busca reivindicar el derecho a la vida de la víctima, sino que, además, necesariamente debe hacerse un reconocimiento expreso de la vigencia y el respeto debido a los intereses protegidos por el derecho humanitario, tal como lo es el principio de distinción, pues de lo contrario no existiría razón alguna para que el legislador hubiese creado esta clase de conductas punibles, si no es precisamente porque se dirigen a la preservación de un bien jurídico nuevo entre nosotros, como lo es el de los altos intereses que sustentan al Derecho Internacional de los Conflictos Armados.</p><p>Ahora bien, para que los delitos ubicados en el Título II de la parte especial del código penal puedan ser aplicados, requieren que se de la presencia de un elemento normativo jurídico del tipo, cual es la existencia de una situación que pueda ser calificada como conflicto armado, para el caso colombiano, tendrá que revestir el carácter de interno. Lo anterior en la medida en que esta clase de tipos penales exigen que la conducta se desarrolle con ocasión o en desarrollo de conflicto armado.</p><p>Siendo que se trata de un elemento normativo, de carácter jurídico, en Colombia no existe acuerdo sobre la existencia o no de una situación que pueda ser calificada como conflicto armado interno, puesto que el poder ejecutivo lo niega, mientras que otros lo afirman. La anterior situación genera una grave situación de inseguridad jurídica, puesto que el operador de justicia se verá enfrentado a diversas interpretaciones, algunas de ellas de contenido político, que de manera necesaria influirán en la decisión a tomar respecto a cuál delito aplicar, si uno contra persona o bien internacionalmente protegido, o por el contrario acudir al resto del catálogo de delitos que se cometen en estado de normalidad.</p><p>Siendo un tema de interpretación jurídica, corresponde al operador de justicia realizar la labor hermenéutica, acudiendo para ello a las fuentes jurídicas con las que cuenta, para el caso la normatividad que define qué se debe entender por conflicto armado interno.</p>
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Andrade, Shirley Silveira. "TRABALHO ESCRAVO CONTEMPORÂNEO: A DIVERGÊNCIA CONCEITUAL ENTRE A LIBERDADE DE IR E VIR E A DIGNIDADE DE VIVER." REVISTA ESMAT 7, no. 9 (2016): 205. http://dx.doi.org/10.34060/reesmat.v7i9.45.

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Abstract:
Este trabalho tem como foco refletir a divergência conceitual entre o Grupo Especial de Fiscalização Móvel (GEFM) do Ministério do Trabalho e Emprego (MTE), no Tocantins, a respeito do delito previsto no artigo 149 do Código Penal Brasileiro e a Justiça Federal do mesmo estado. Grande parte dos magistrados defende que essa indignidade se limita a relações de trabalho onde há perda de locomoção; os auditores fiscais, onde a dignidade do ser humano é violada. A importância desse debate está nas consequências em que essa divergência traz ao combate desse delito. A metodologia utilizada foi uma pesquisa documental realizada no MTE do Tocantins, com a análise de 23 relatórios de fiscalização dos auditores fiscais, e pesquisa em 55 processos criminais na Justiça Federal do Tocantins. Além de uma entrevista com magistrado deste estado. Concluímos que há muitas divergências entre as duas instituições que prejudicam o combate ao Trabalho Escravo.
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Montiel, Samira. "“Por primera vez se reconoce en términos políticos, sociales y culturales la existencia de la comunidad LGBTI”." Cuaderno Jurídico y Político 1, no. 3 (2016): 12–18. http://dx.doi.org/10.5377/cuadernojurypol.v1i3.11004.

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Abstract:
CJP, interesada en promover la discusión permanente sobre el contexto y derechos de grupos en situación de vulnerabilidad, presenta esta entrevista con Samira Montiel, quien valora los derechos humanos de la comunidad LGTBI en Nicaragua y reflexiona sobre su papel como primera procuradora especial para la diversidad sexual. Con más de veinte años de trayectoria y como fundadora de SAFO, primer grupo de mujeres lesbianas del país, Montiel considera que su nombramiento “visibilizó a la comunidad LGTBI” en términos simbólicos y prácticos y recuerda, en perspectiva, los años duros que precedieron al activismo actual como “momentos muy difíciles para el país como fue el endurecimiento en 1992 de la penalización de la homosexualidad por parte de la reforma al Código Penal impulsada durante el gobierno de doña Violeta Barrios de Chamorro”. Para Montiel, estos años difíciles dejaron “[…] su marca en esa trayectoria de tantos años de activismo”.
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CASTRO BARNECHEA, CLAUDIA LUCÍA, and PEDRO JUNIOR CALVAY TORRES. "EL DELITO DE ACOSO SEXUAL BASADO EN LA ORIENTACIÓN SEXUAL COMO MANIFESTACIÓN DE LA DISCRIMINACIÓN." YachaQ Revista de Derecho, no. 11 (July 31, 2020): 43–56. http://dx.doi.org/10.51343/yq.vi11.360.

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Abstract:
El reciente Decreto Legislativo 1410 incorpora cuatro delitos al Código Penal peruano, conductas que deberían haber estado sancionadas desde hace mucho tiempo pero que han formado parte de las manifestaciones de violencia que se normalizan en nuestra sociedad. El acoso, acoso sexual, chantaje sexual y la difusión de imágenes con contenido sexual han sido conductas comunes por mucho tiempo, generando un contexto de constante violencia contra ciertos grupos en una situación de especial vulnerabilidad. El presente artículo analizará los elementos del delito de acoso sexual descrito en el Decreto Legislativo 1410, así como las posibles implicancias que traerá su criminalización bajo una perspectiva de género.
 The recent Legislative Decree 1410 incorporates four crimes to the Peruvian Penal Code, these conducts should have been sanctioned a long time ago but they are part of the manifestations of violence normalized in our society. Harassment, sexual harassment, sexual blackmail and the dissemination of images with sexual content have been common behavior for a long time, generating a context of constant violence against certain groups in a situation of special vulnerability. This paper will analyze the elements of the crime of sexual harassment described in Legislative Decree 1410 as well as the possible implications of its criminalization from a gender perspective.
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Ramírez Baños, Gerald Ford, and Henry José Umanzor Guevara. "La legislación penal salvadoreña vigente y su eficacia en el control de la delincuencia de pandillas en la ciudad de Santa Tecla." Crea Ciencia Revista Científica, no. 2 (January 17, 2020): 24–28. http://dx.doi.org/10.5377/creaciencia.v0i2.9254.

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Abstract:
Las maras o pandillas en El Salvador aparecieron con fuerza en la década de los ochentas, pero particularmente en el año 2003 la ola criminal se manifestó en crímenes atroces e inhumanos como decapitaciones, violaciones, descuartizamientos de personas, lo cual pareci6 ser un mecanismo para llamar la atención de la sociedad ante la marginación en que se encontraban; esto a su vez trajo como consecuencia una respuesta por parte de las autoridades Llevando a cabo medidas represivas y la formulación de Leyes especiales, con el fin de disminuir el auge delictivo de las pandillas. La investigación fue de tipo descriptiva y se tome como muestra los tipos de delito que usualmente son cometidos por los pandilleros, los cuales se encuentran regulados en el Código Penal y en las Llamadas Leyes antimaras. La hipótesis planteada sostenía que el Código Penal no disminuye ni mucho menos erradica el accionar delictivo de las pandillas, sino que lo único que hace es sancionar conductas antijurídicas cometidas constantemente por estos
 individuos. Los resultados mostraron que el tipo de delito que con mayor frecuencia cometen los miembros de pandillas son los relativos a la integridad personal coma lesiones no graves y lesiones graves; delitos relativos al patrimonio como: robo no agravado y robo agravado, hurto no agravado y hurto agravado; delitos relativos a la libertad individual y a la paz pública como: amenazas, asociaciones ilícitas, pertenencia a una mara o pandilla. En cuanto a las Resoluciones Judiciales pronunciadas par los Jueces consultados al momento de aplicar la Legislación Penal a los miembros de las pandillas fueron: instrucción formal, sobreseimiento definitivo, sobreseimiento provisional y conciliación. En general se concluy6 que la Legislación Penal vigente durante el desarrollo de la investigación no era eficaz en el control de la delincuencia de pandillas en Ia ciudad de Santa Tecla.
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Rivas Paniagua, Raul Gilberto. "Fundamentos de la Responsabilidad Penal de la Empresa como nuevo sujeto Activo del Delito." La Revista de Derecho 38 (May 18, 2018): 15–24. http://dx.doi.org/10.5377/lrd.v38i0.5815.

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Abstract:
El artículo presenta desde el análisis dogmático-doctrinario, la responsabilidad penal de la empresa como nuevo sujeto activo del delito, el cual ha tenido un profundo rechazo por un sector doctrinal fuerte, pero que poco a poco se ha ido consolidando y más en la parte especial de los códigos penales, esta res­ponsabilidad, la doctrina la ha planteado desde dos puntos o desde dos modelos de responsabilidad, cada uno con sus características y con sus respectivas críticas, esta responsabilidad es o era más común en los países anglosajones, pero a medida que entro la globalización la actividad empresarial llevada a cabo en enormes emporios económicos fue representando un riesgo y un peligro para la sociedad y desde hace unos años el derecho continental europeo comenzó su regulación legal desde el derecho penal.
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Nazar Herrera, Bessy Margoth. "Presentación." La Revista de Derecho 41 (December 15, 2020): i—iii. http://dx.doi.org/10.5377/lrd.v41i1.10564.

Full text
Abstract:
La Revista de Derecho del Instituto de Investigación Jurídica de la Facultad de Ciencias Jurídicas de la Universidad Nacional Autónoma de Honduras presenta su cuadragésimo primero (41) volumen, número uno (1) del año dos mil vente (2020). El instituto con una trayectoria investigativa de más de cincuenta (50) años ha logrado realizar investigaciones y artículos jurídicos entre otros trabajos científicos, que son parte de la tradición del hacer universitario y se ven reflejados en la Revista de Derecho. Generando un espacio nacional como internacional para investigadores consolidados de larga trayectoria en la indagación, como de aquellos, que quieren exponer sus primeros trabajos y producciones intelectuales. Todos cumpliendo con la rigurosidad de método de investigación científica y jurídica. Nuestra revista ya es el sitio predilecto para publicar de muchos que tienen la disciplina y el rigor de presentar ante la comunidad intelectual como ciudadana en general, sus hallazgos y conjeturas científicas, para dar luz y facilitar la interpretación de la realidad jurídica a la luminosidad de la verdad comprobada en sus obras.
 La actual edición de la Revista de Derecho es marcada por un contexto especial para Honduras y el mundo, la pandemia de la COVID-19, los huracanes “Eta” y “Iota”, han dejado devastada nuestra nación en sus dimensiones territoriales, sociales, económicas, ambientales, alimentarias, educativas y demás que se pueda imaginar en el desarrollo humano, se proyectan según los economistas al menos cincuenta (50) años de atraso. Debemos enfrentar justamente con el aporte de la ciencia, la innovación y la tecnología, pero sobre todo con enfoque humanista y solidario, la construcción nuevos escenarios nacionales e internacionales apoyados en redes sociales solidas soportadas por una plataforma jurídica capaz de legitimar las necesidades de convivencia de manera igualitaria, equitativa, justa socialmente hablando, con un enfoque de derechos que genere confianza, trasparencia, inclusión y seguridad jurídica.
 Los directores tanto del Instituto como de la Revista de Derecho no escatimaron esfuerzos para hace posible en el actual contexto de pandemia y de crisis, sanitaria, humanitaria, alimentaria y climática mundial, esta nueva edición, justamente porque lo que necesitamos como países es, más ciencia, más investigación y más reflexión de nuestras realidades, lograr propuestas para superar los desafíos del SXXI. Los catorce (14) artículos que se desprenden muchos de investigaciones más amplias y dos (2) ensayos en temáticas de actualidad, logran un abanico de temáticas jurídicas que marcan la región como el país y el derecho español, los cambios que estamos sufriendo como sociedades y de que forma nos afectan en, nuestro estado de derecho, nuestra democracia y nuestro estado de derechos humanos en general. Bajo enfoque metodológicos diversos muchos sobre derecho comparado.
 En materia penal , se hace referencia a temáticas fundamentales como lo es el articulo número uno (1) con la “…la responsabilidad penal de las personas jurídicas en el nuevo Código Penal…, es un modelo que ha fracasado y poco sostenido por la Dogmática y por la jurisprudencia.” ; el artículo dos (2) igualmente se logra “comparar desde una perspectiva jurídico-científica el rol de la Comisión Internacional Contra la Impunidad en Guatemala (CICIG) y de la Misión de Apoyo Contra la Corrupción y la Impunidad en Honduras (MACCIH).”; el articulo cinco (5) como propuesta se plantea “…promover la base de una Teoría del “ISN” (Interés Superior del Niño) que permita estudiar los supuestos que sustentan los derechos vinculados al interés superior del niño. Ostentando su derecho a una protección especial, durante el proceso penal, por su alta condición de vulnerabilidad…” ; el artículo número seis (6) analiza la perspectiva de genero en el nuevo código penal “…normativa penal aprobada a la luz de los desarrollos doctrinales en la materia, con el propósito de determinar, si la inclusión de estos elementos es suficiente para afirmar que el nuevo Código Penal cuenta con una perspectiva de género…”; articulo número siete (7) hace los análisis de los delitos y penas en el “… nuevo Código Penal contenido en el Decreto 130-2017, siendo ya el quinto Código Penal que rige los delitos y las penas en nuestro país; hecho histórico que consideramos no debe pasar inadvertido en la actividad académica, más aún cuando sabemos previo a su entrada en vigencia existió una gran polémica sobre la conveniencia o no de este nuevo orden normativo…” concluyéndose en esta temática con el articulo número nueve (9) tema que relaciona la corrupción privada en donde se hace “… la ponderación entre los intereses jurídicos que dicho delito debe proteger. Asimismo, la percepción que tiene la ciudadanía hondureña con respecto al delito de corrupción privada, con relación a introducir el tema en la dinámica hondureña.”
 En materia de derechos humanos interesantes ilustraciones ; el articulo tres (3) presenta una publicación de caso marcando los “…elementos más relevantes del estudio y análisis de realizados en la resolución de la Novena Sala Regional Metropolitana del Tribunal Federal de Justicia Administrativa de los Estados Unidos Mexicanos, en la que reconoce la condición de refugiado a un solicitante de nacionalidad guatemalteca que se identifica como gay en un contexto de violencia y discriminación por orientación sexual e identidad de género, elaborando una definición de refugiado incluyendo un componente de género de conformidad de la normativa de origen tanto nacional -México- como internacional en materia de asilo …”; artículo número ocho (8) La tutela efectiva de derechos fundamentales “…determinar si la persona jurídica es beneficiaria o no de derechos fundamentales en Honduras, …examinando a su vez la doctrina constitucional sobre la teoría de atribución de titularidad de estos derechos, para así observar la realidad jurídico – constitucional hondureña a la luz de los principios y fines del texto fundacional…”; articulo número doce (12) Con énfasis en desarrollo sostenible y riesgo ambiental tenemos “…El estudio se justifica habida cuenta de las directrices establecidas por esta rama del derecho que permiten una transversalidad con las pautas del Derecho Ambiental, revelando algunos desafíos a los que se enfrenta la planificación frente a los riesgos emergentes y, la necesidad de promover la protección del medio ambiente para las generaciones actuales y futuras…”; articulo número catorce (14) como parte del estudio del contexto actual de pandemia sanitaria se presenta el examen de la responsabilidad internacional de China “…un hecho internacionalmente ilícito, la responsabilidad internacional de organismos internacionales universales y regionales en la dispersión del Covid-19 ya sea por acción u omisión, en estricta consonancia con la implicación de colaboración inexacta por parte de China en el estudio y divulgación oportuna de las consecuencias patológicas del Síndrome Respiratorio Severo Agudo Coronavirus 2 (SARS-CoV2 por sus siglas en inglés) en el ser humano, …”
 En materia civil ,un interesante trabajo publicado, en el artículo número cuatro (4) ,el proceso monitorio como medio efectivo para tutelar el derecho de crédito “…visión comparativa del monitorio español a efecto de conocer algunas reformas que se han producido en el mismo para procurar una mayor efectividad en su aplicación, todo esto considerando que la Ley de Enjuiciamiento Civil española sirvió de inspiración para la creación del CPC( Código Procesal Civil).”; así como el articulo número once (11) y su argumento del “…Secreto Industrial, actualmente con la competitividad tan desmesurada en el mercado internacional y nacional, cada vez se vuelve más utilizada por empresas de diferentes rubros, misma que por su esencia de secreto es muy codiciada para su obtención de manera ilícita, la normativa actual es insuficiente para hacerle frente a estas diversas prácticas de mala fe comercial, ya que la vulneran directamente, a diferencias de otras figuras de la propiedad industrial que cuentan con mecanismos protectorios,…”
 Al amparo de la temática de interpretación jurídica con un enfoque histórico, nos presenta en el artículo número diez (10) una publicación sobre los orígenes de interpretación constitucional en materia tributaria “…la crisis gestada en la Alcaldía Mayor de Tegucigalpa por la interpretación que varios pueblos indígenas dieron a ciertos artículos de la Constitución Política de la Monarquía Española, durante su segundo periodo de vigencia a partir de 1820…”; articulo número trece (13) la prueba anticipada analizada a través del “…derecho comparado para demostrar cual es la noción, que el mundo está teniendo en cuanto a la relevancia de las partes para resolver sus conflictos, asimismo ofrezco el mecanismo de la prueba anticipada como una nueva noción, con características de autonomía con la mera intención de información, influenciada principalmente por el derecho brasileño procesal vigente y de origen de Common Law.”
 Finalmente en cuanto a la presentación de artículos científicos se refiere, se el problema del soborno como una crisis mundial. Esta práctica perniciosa ha estado presente a lo largo de toda la historia de la humanidad. En esta investigación se busca explorar los planteamientos éticos sobre el soborno así como sus efectos devastadores en la democracia y en el desarrollo de un país.
 Cerrando con dos ensayos uno sobre la inconstitucionalidad de la inmunidad parlamentaria derivada de la reforma a la ley orgánica del congreso nacional y el otro sobre las mujeres en política: hacia la reivindicación de los derechos políticos-electorales.
 Se reconoce el valioso esfuerzo de todos los investigadores al igual que a la dirección de la revisita por tan importante edición. Esperando sean citados los autores, en los trabajos futuros de investigación de los lectores y puedan llenar de valor las publicaciones.
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Simas-Santos, Manuel, Pedro Miguel Freitas, and João Simas-Santos. "CORREIOS DE DROGA: UM ESTUDO SOBRE A MEDIDA DA PENA NO SUPREMO TRIBUNAL DE JUSTIÇA." Novos Estudos Jurí­dicos 24, no. 3 (2019): 942. http://dx.doi.org/10.14210/nej.v24n3.p942-971.

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Abstract:
O programa de política criminal revê-se na punição infligida, por meio das molduras penais abstractas previstas nas diversas disposições que preveem e punem a cada tipo legal de crime. Ultrapassando o modelo anterior, o Código de 1982 veio vertê-las com grande amplitude e em grande número na parte especial. No quadro da divisão de tarefas entre o legislador e o julgador, que a individualização judicial das penas pressupõe no sistema português, aquele indicou genericamente os critérios a seguir por este nessa tarefa, do mesmo passo que assinalou expressamente, em alteração legislativa posterior, os fins das penas, indicações que não simplificam a prática judiciária e propiciam a ocorrência de disparidades injustificadas na aplicação das penas. Diversamente do que sucede na tradição e no sistema dos países anglo-saxónicos em que as guidelines em matéria de sentencing orientam os tribunais nesta matéria, em Portugal, os magistrados do Ministério Público e os juízes são deixados essencialmente entregues a si, importando conhecer a percepção que têm dessa problemática e contribuir para a coerência na aplicação das penas.
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Imad, Absaoui. "Terrorismo Yihadista entre la realidad jurídica y la dogmática ideológica." Revista Jurídica Piélagus 1, no. 15 (2016): 27. http://dx.doi.org/10.25054/16576799.1284.

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Abstract:
Este artículo pretende indagar un fenómeno tan controvertido como es el “Terrorismo Yihadista” con el objetivo de intentar dar respuesta a los interrogantes suscitados acerca de los fundamentos, la génesis y el desarrollo histórico del Yihadismo; todo ello a través de una aproximación ideológica y jurídica al fenómeno terrorista.Para cualquier estudioso del tema, enfrentarse a la investigación del terrorismo Yihadista representa una gran dificultad y un objeto de estudio particularmente espinoso. Un fenómeno histórico-social atemporal, cuyas inevitables implicaciones políticas e ideológicas han sido el fundamento de una dicotomía entre las diversas corrientes de opinión en el momento de abordar el problema. Dicha fragmentación se produce tanto en las ciencias políticas y sociales, como a nivel jurídico.Antes de hablar del terrorismo Yihadista, el cual se inspira en la doctrina salafista, es primordial ubicar el fenómeno en su contexto desde una perspectiva ideológica y cultural del fenómeno. El salafismo wahabí, basado en una radical y ortodoxa interpretación de la ideología islamista, representa una cuestión fundamental para una posible explicación del terrorismo Yihadista. Por ello, este trabajo pretende analizar a fondo esta dogmática doctrina del Islam.Por otra parte, el terrorismo Yihadista constituye una cuestión jurídicamente controvertida que crea interrogantes de naturaleza normativa y legislativa entre los expertos. Se estudiará la vigente legislación española antiterrorista, con una dedicación especial a la reforma de la Ley Orgánica 2/2015, de 30 de marzo por la que se modifica la Ley Orgánica 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal, en materia de delitos de terrorismo.
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FERREIRA, Ricardo Alexandre. "Polissemias da desigualdade no Livro V das Ordenações Filipinas: o escravo integrado." História (São Paulo) 34, no. 2 (2015): 165–80. http://dx.doi.org/10.1590/1980-436920150002000063.

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Abstract:
Resumo O presente artigo problematiza um dos pontos centrais da crítica dirigida por diferentes integrantes do chamado movimento das Luzes ao mundo do Antigo Regime. Trata-se da noção, já abordada pela historiografia especializada, de "desigualdade perante a lei", compreendida como atributo intrínseco e negativo de diferentes Estados europeus até o final do Setecentos. Parte-se aqui do pressuposto de que é imprescindível ao trabalho do historiador interessado no estudo das formas de exercício da justiça compreender os significados conferidos a conceitos e estatutos jurídicos dentro dos limites das épocas e lugares em que foram elaborados e utilizados cotidianamente pelos contemporâneos. Especificamente, pretende-se, a partir da análise dos dispositivos legais presentes no Livro V do Código Filipino, ou, Ordenações e Leis do Reino de Portugal - compilação de 1603 que no Brasil continuou, em grande medida, vigente até 1830 -, realizar um estudo das ambivalências e simultaneidades de sentido presentes nas penas impostas a pessoas de diferentes qualidades ou condições que integraram o Estado Português entre os séculos XVII e XVIII, com especial enfoque nas punições previstas exclusivamente aos escravos, tidos simultaneamente como coisas e pessoas.
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Reis da Silva, Lucas. "O enfrentamento ao trabalho escravo contemporâneo no Brasil: a ampliação da possibilidade de terceirização trabalhista como obstáculo às políticas de promoção do trabalho decente." Revista Eurolatinoamericana de Derecho Administrativo 7, no. 1 (2020): 7–36. http://dx.doi.org/10.14409/redoeda.v7i1.9726.

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Abstract:
O presente artigo propõe uma reflexão acerca dos obstáculos representados pela lei 13429/2017, que amplia a possibilidade de contratação de mão de obra terceirizada, às políticas públicas de combate ao trabalho escravo contemporâneo pelo Estado Brasileiro. A referida lei é analisada no contexto de retrocesso das atividades de enfrentamento à referida violação ocorrido a partir de 2014. Parte-se da construção do conceito de trabalho escravo contemporâneo, dos debates que se construíram em torno do tema durante esse período que se inicia na década de 1980 e que se materializou no artigo 149 do Código Penal Brasileiro. Além do mais, as especificidades do conceito de trabalho escravo contemporâneo previstas na legislação brasileira são justapostas aos conceitos utilizados por organizações internacionais a fim de que se delineiem de forma mais precisa os elementos que constituem o trabalho escravo no Brasil. A partir daí, o presente artigo traça um histórico do enfrentamento à prática do trabalho escravo realizado pelo Estado Brasileiro a partir do momento em que ele reconheceu a existência de tal violação em seu território. O presente artigo identificou períodos de avanços e de retrocessos no histórico do combate ao trabalho escravo no Brasil. Entre os retrocessos que se identificaram, a terceirização se apresenta como elemento de especial importância. Primeiro porque antes mesmo da alteração legislativa que ampliou a possibilidade de terceirização, ela já representava mecanismo utilizado pelas empresas a fim de submeterem trabalhadores a condições de escravidão contemporânea. Segundo, porque a possibilidade de terceirização da atividade-fim, criada pela promulgação da referida lei, altera substancialmente a forma de responsabilização das empresas por violações ocorridas em suas cadeias de produção. Portanto, inserida nesse contexto de retrocessos quanto à atuação do Estado Brasileiro no sentido de promover o trabalho decente e a eliminação do trabalho escravo em seu território, esse artigo analisa os principais efeitos da ampliação da terceirização nas políticas públicas de combate ao trabalho escravo contemporâneo no Brasil.
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Dal Ri Junior, Arno, and Kristal Moreira Gouveia. "A Função da “Personalidade do Estado” na Elaboração Penal do Fascismo Italiano: laesae maiestas e tecnicismo-jurídico no Código Rocco (1930)." Seqüência: Estudos Jurídicos e Políticos 40, no. 81 (2019): 226–50. http://dx.doi.org/10.5007/2177-7055.2019v40n81p226.

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Abstract:
O presente artigo discute a função da personalidade jurídica atribuída ao Estado no Código Penal Italiano de 1930 para a instituição de categorias autoritárias e totalizantes. Para isso, buscou-se inicialmente localizar a importância do Código no itinerário fascista de imposição de poder. Foram analisadas quais funções do direito penal foram flexibilizadas, ignoradas ou atribuídas. Por meio da ressignificação da expressão laesa maiestas, focou-se na relação entre a nova figura do Estado no contexto do Código Penal e o deslocamento de tutela de reconhecimento de bens jurídicos posterior, em especial no que se refere à virada punitivista, que coloca o indivíduo como alvo e como possível ameaça e não mais como sujeito da tutela jurídica. Por fim, foram analisados os institutos maculados de forma mais visível por essa característica e sua reminiscência na atual legislação penal italiana.
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Prata, Marieta. "ANÁLISE LEXICOLÓGICA DE TERMOS DO CÓDIGO PENAL (PARTE GERAL)." Acta Semiótica et Lingvistica 24, no. 3 (2020): 124–52. http://dx.doi.org/10.22478/ufpb.2446-7006.2019v24n3.50967.

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Abstract:
Este estudo é parte de uma pesquisa em nível de doutorado, orientada por Profa. Dra. Maria Aparecida Barbosa e defendida em 2002. O objetivo geral da pesquisafoi coletar os termos da Parte Geral do Código Penal brasileiro, defini-los e organizá-los sistematicamente em um Vocabulário e, também, examiná-los lexicologicamente. O artigoapresenta a análise das características léxico-gramaticais dos termos definidos, classificando-os tipologicamente conforme a Gramática Funcional.
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Ferreira Monte, Mário. "JUSTIÇA MILITAR PORTUGUESA: UM OLHAR PANORÂMICO (A PARTIR DO MÉXICO)." Iuris Tantum 34, no. 32 (2020): 119–35. http://dx.doi.org/10.36105/iut.2020n32.09.

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Abstract:
Este artículo da una mirada panorámica a la justicia militar portuguesa, basada en tres puntos del Derecho militar: derecho penal; derecho procesal penal; y derecho disciplinario.El sistema de justicia militar portugués se basa en una jurisdicción militar especial. Es decir: se rige por un Código de Justicia Militar (CJM), pero los casos se juzgan en tribunales judiciales (civiles) ordinarios, aunque con la participación de jueces militares. El CJM solo tipifica crímenes estrictamente militares, comoaquellos que perjudican los intereses militares de la defensa nacional y otros que la Constitución encomienda a las Fuerzas Armadas y como tales calificados por la ley (art. 1.º, n.º 2, CJM). Por lo tanto, si un militar comete un delito que no es estrictamente militar, no es juzgado en la jurisdicción militar.Cuando el caso se juzga en jurisdicción militar (especial, es decir, en tribunales ordinarios, con la participación de jueces militares), se aplican las reglas de procedimiento especiales de la CJM. De manera subsidiaria, el Código Penal y el Código de Procedimiento Penal se aplican a los casos militares, en la medida en que no estén debidamente regulados en la CJM.Finalmente, existe un derecho disciplinario independiente para la violación de los deberes militares que se basa en los valores militares de misión, jerarquía, cohesión, disciplina, seguridad y obediencia.
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Biedma, Ariel. "Las medidas de seguridad de reclusión y su ejecución en el sistema penal paraguayo." Revista Científica Estudios e Investigaciones 8 (January 9, 2020): 147. http://dx.doi.org/10.26885/rcei.foro.2019.147.

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Abstract:
La investigación está enfocada en las medidas de seguridad y su utilidad en el sistema penal paraguayo, abarcando desde una línea histórica que se remonta al jurista alemán Franz von Liszt, en relación al aporte de su política-criminal de eliminar los rasgos retributivistas ante el predomino de la prevención especial positiva. Este punto de partida, hace a su evolución histórica y su legítima imposición en un Estado social de derecho a personas con tendencias peligrosas para la prevención de futuros hechos punibles. El Código Penal Paraguayo, incorpora un sistema de sanciones de “doble vía” mejorada por la clausula “vicaria”, originaria de Suiza. Es así, que las penas, se caracteriza en primer lugar, por una adaptación cautelosa de la pena privativa de libertad a la idea inglesa de la “probation”. La segunda “vía” medidas de mejoramiento y seguridad, responden a la utilidad y a necesidades de la prevención especial positiva, renovada a las ideas de la “Escuela Moderna” encabezada por el jurista alemán Liszt y otros. Para combatir la delincuencia el Paraguay adopto la “doble vía” de sanciones, artículos 2, 3 y 75 Código Penal, penas y medidas, se podrá imponer conjuntamente o por separado, al autor que infringe la norma penal, si se comprueba los presupuestos que fijan el artículo 75º, inciso 1º, numeral 1, 2, 3, y el inciso 3º Código Penal. El Código Penal Paraguayo propone un abanico de medidas en el artículo 72º, como, por ejemplo, la medida de reclusión, inciso 4º, numeral 1, “Reclusión en establecimiento de seguridad”. Constitucionalmente esta medida responde a la necesidad de la prevención especial positiva, destinadas como reacción a conductas nocivas en el fututo, surge como salvaguardia ante el peligroso, su utilidad, será, que el autor deje de ser un peligro social. La política criminal de un Estado no debe ser solo poner a personas tras las rejas, este modelo, no es el indicado para lograr la finalidad de la sanción penal, porque si el Estado, no mide las consecuencias del encierro o endurece sus penas, tendrá resultados de hacinamiento penitenciario, población carcelaria reincidente y peligrosa, circunstancias que peligran intereses del Estado y la protección social.
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Díaz, Miguel, and García Conlledo. "Algunas cuestiones en relación con el delito de administración desleal societaria en España, en especial autoría y omisión." Nuevo Foro Penal 10, no. 83 (2015): 15–38. http://dx.doi.org/10.17230/nfp.10.83.1.

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Abstract:
Las reflexiones que siguen abordan selectivamente algunos problemas dogmáticos del delito societario de gestión desleal (art. 295 del Código Penal español), aunque se hace breve mención a algún otro, como el del futuro del delito de administración desleal previsto en el Proyecto de reforma del Código Penal, hoy en tramitación parlamentaria. Se considera que el actual delito de administración desleal es un delito especial (propio) y no un delito de infracción de deber (y, sobre todo, se resta importancia a la cuestión de si lo es). Tras plantear algunos problemas al hilo del concepto más pacífico de administrador de Derecho, se aboga, respecto del más discutido de administrador de hecho, por la postura imperante en la doctrina penal de realizar una interpretación amplia y material de ese concepto, no ceñida a su significado en otras ramas del ordenamiento jurídico, en especial, el Derecho mercantil. Se considera superflua, como hace la doctrina dominante, la mención (que puede inducir a confusión) de los socios entre los posibles autores del delito, pues, en los escasos supuestos en que pudieran serlo, ya encajarían en el concepto de administrador de hecho. Se señalan algunas pautas para el establecimiento de responsabilidad penal en los (diversos) supuestos de administración colegiada. Se defiende la posibilidad, excepcional, de comisión del delito por omisión, atendiendo a los límites de los verbos típicos. Aunque no se aplaude el régimen de responsabilidad “penal” de las personas jurídicas establecido desde 2010 en nuestro Código Penal, se pone de manifiesto que, dentro de la lógica de ese régimen, debería haberse incluido este delito para los supuestos en que el administrador sea una persona jurídica. Por fin, se ponen de relieve brevemente algunas diferencias y contactos del delito de administración desleal con el de corrupción entre particulares del art. 286 bis del Código Penal. Aparte del valor general del intercambio de información y debate entre diferentes ordenamientos jurídicos, en este caso creo que el presente trabajo puede ser interesante en Colombia dada la amplia similitud con el español del actual tipo de administración desleal del art. 250 B CP colombiano
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Dotti, René Ariel. "O Sursis e o livramento condicional nos projetos de reforma do sistema." Revista do Serviço Público 40, no. 2 (2017): 31–40. http://dx.doi.org/10.21874/rsp.v40i2.2226.

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Abstract:
A fantástica crise das reações penais de feição clássica encontra o seu ponto de maior expressão no fracasso da pena segregadora, cujos contornos de tormento, por um lado, e alienação, por outro. Plasmam a face negra da justiça criminal muito mais envilecida nos últimos tempos. O Código penal brasileiro de 1940, considerado como um verdadeiro monumento jurídico na medida em que procurou consolidar as posições intermediárias das grandes escolas penais do final do século passado, dedica somente dois tipos de pena Principal para combater a notável variedade de ilicitudes distribuídas no Código penal e leis extravagantes: a prisão e a multa. Cerca de 260 infrações — sem contar as formas qualificadas e de especial diminuição penal — recebem todas elas no Código penal a cominação da pena privativa de liberdade, sendo a detenção em maior número. Em muitos casos a multa se aplica cumulativamente e de maneira alternada em menor número de vezes. O procedimento de conversão da prisão pela multa é admitido em raras ocasiões (arts. 129, § 5º; 155, § 2º; 170; 171, § 1º; 175, § 2º e 180, § 3º, por exemplo).
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Nunes, Diego, Bárbara Madruga Da Cunha, and Mayessa Costa. "O Processo Penal no estado de Santa Catarina entre Primeira República e Era Vargas." Revista Brasileira de Direito Processual Penal 7, no. 2 (2021): 1097. http://dx.doi.org/10.22197/rbdpp.v7i2.580.

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Abstract:
O trabalho tem como objetivo analisar a formação e desenvolvimento do processo criminal no Estado de Santa Catarina (Brasil) no período entre a Constituição Federal de 1891 e o Código de Processo Penal de 1941, em que os estados federados possuíam a competência legislativa sobre direito processual. Para tanto, analisou-se a legislação, partindo do Código de Processo Criminal de 1832, que vigeu até a elaboração do Código Judiciário catarinense de 1925, passando por suas reformas até a reunificação do direito processual penal pela codificação realizada pelo Estado Novo. Debruçou-se, também, sobre fontes jornalísticas e doutrinárias do período, para melhor contextualizar e compreender as opções legislativas locais, além da historiografia sobre o tema. Como resultados, notou-se a relativa indiferença do estado de Santa Catarina sobre a legislação processual penal durante a maior parte da Primeira República, mesmo durante crises políticas que abalaram o Judiciário de Santa Catarina. Mas, na parte final deste período, foram confeccionadas duas codificações estaduais e uma lei de reforma, com destaque para a paulatina restrição à competência do Tribunal do Júri como regra nos processos-crime, ainda que essa fosse mais ampla do que a presente no código estadonovista.
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Gélvez Lizcano, Albeiro, Hugo Alberto Fernández Jaimez, and Jario Fuentes Ríos. "El hurto de celulares y la delincuencia juvenil en el marco de la ley 1098 de 2006." Innovando En La U, no. 8 (December 1, 2016): 57–70. http://dx.doi.org/10.18041/2216-1236/innovando.8.2016.3905.

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Abstract:
Problemática Jurídica: lLa política criminal actual, puede contener la crisis de seguridad ciudadana y la tasa de homicidios cometidos por adolescentes en el hurto de celulares?; La delincuencia juvenil está enfrentada con la problemática jurídica de judicializar a los adolescentes con el Código de Infancia y Adolescencia y procesarlos con el Código Procesal Penal del Sistema Penal Acusatorio establecido para los adultos; Objetivo, Señalar la dualidad y aplicabilidad de los sistemas penales establecidos para los adolescentes y los adultos, en los hechos punibles de homicidio y conductas punitivas de hurto; Metodología, Enfoque Básico Jurídico, donde la problemática de la delincuencia juvenil se estudia en el Código de Infancia y Adolescencia y el Código procesal penal que rige para adultos. Resultados, La Ley 1098 de 2006 o Código de Infancia y Adolescencia, consagra el Sistema de Responsabilidad Penal para Adolescentes como el conjunto de principios, normas, procedimientos, autoridades judiciales especializadas y entes administrativos que rigen o intervienen en la investigación y juzgamiento de delitos cometidos por personas que tengan entre catorce (14) y dieciocho (18) años al momento de cometer la conducta punible; Conclusiones: Los autores consideran que debería establecerse una jurisdicción especial para los niños, niñas y adolescentes que absorba el actual de familia, tramitando más el derecho para adultos, enfocandose en solucionar los conflictos que se dan al interior de las familias.
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Bolaños Vásquez, Hazel Jasmín. "Propuesta de Lege Ferenda al tipo penal de trata de personas artículo 367-b del código penal salvadoreño." Entorno, no. 52 (April 30, 2013): 24–34. http://dx.doi.org/10.5377/entorno.v0i52.6791.

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Abstract:
El Salvador penaliza a la trata de personas en el artículo 367-B del Código Penal, el cual, en general, se adecua a las exigencias internacionales, y en especial al Protocolo de Naciones Unidas para prevenir, reprimir y sancionar la trata de personas, especialmente mujeres y niños. Sin embargo, hay ciertos aspectos que deberían tenerse en consideración en una futura reforma, ya que la incompleta con-figuración y aplicación del tipo penal coadyuvan a la impunidad de los tratantes y, consecuentemente, contribuyen a la continuidad y aumento de esta actividad delictiva. En este sentido, se realizó un estudio del tipo penal salvadoreño utilizando el método de investigación dogmático; haciendo uso de la doctrina penal extranjera y valiéndonos principalmente de la doctrina penal española dada a su in-fluencia y semejanza con el sistema jurídico salvadoreño y los sistemas jurídicos latinoamericanos en general. Como objetivo del estudio se planteó el presentar propuestas concretas de lege ferenda al tipo penal de trata de personas regulado en Código Penal salvadoreño, desde la teoría finalista del delito; con el fin de mejorar la protección de los derechos humanos de las víctimas, a través de la correcta tipificación de la trata de personas. Como conclusiones del estudio se apuntó la necesidad de hacer reformas concretas al tipo penal en aspectos tales como su ubicación en Código Penal, la referencia a los su-jetos activos y la determinación expresa del tipo subjetivo y los medios comisivos del delito.
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Freitas, Sérgio Henriques Zandona, and Maria Fernanda De Souza Sales. "O Processo Penal Brasileiro e os Impactos Provenientes do Novo Código de Processo Civil." Revista de Direito Penal, Processo Penal e Constituição 2, no. 1 (2016): 556. http://dx.doi.org/10.26668/indexlawjournals/2526-0200/2016.v2i1.821.

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Abstract:
O presente artigo científico tem por objetivo colacionar institutos do novo Código de Processo Civil que impactam e modificam o Processo Penal Brasileiro, em razão da sua aplicação subsidiária. Parte-se de breve digressão das teorias do processo e da evolução histórica do Processo Penal Brasileiro até os dias atuais. Passa-se pelo exame da aplicação e interpretação da lei processual penal, culminando-se no ponto central deste estudo. Adota-se, como marco teórico, a Teoria Constitucionalista do Processo, contemplada na Exposição de Motivos pelo novo Código. Como embasamento e para êxito do presente estudo tem-se a pesquisa bibliográfica e o método dedutivo.
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Lopes, João Luís Faustini. "Invasões Rurais e suas Implicações Jurídicas – Aspectos Criminais." Revista Brasileira Multidisciplinar 9, no. 1 (2005): 127. http://dx.doi.org/10.25061/2527-2675/rebram/2005.v9i1.289.

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Abstract:
No presente trabalho procura-se analisar, sob o aspecto jurídico penal e constitucional, a atividade dos movimentos populares que lutam pela reforma agrária no Brasil, em especial no que tange a invasão de propriedades rurais. Para tanto abordamos analiticamente o crime de esbulho possessório, previsto no § 2º, do art. 161, do Código Penal, bem como a questão da reforma agrária e a função social da propriedade como preceituado na Constituição Federal de 1988.
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C. Viano, Emilio. "Sección II - Derecho penal. Parte especial - Sociedad de la información y derecho penal." Revue internationale de droit pénal 84, no. 3 (2013): 357. http://dx.doi.org/10.3917/ridp.843.0357.

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Quesquén Rios, Segundo Félix. "Análisis de la estructura lógica del delito de falsificación de documentos." LEX 13, no. 16 (2015): 191. http://dx.doi.org/10.21503/lex.v13i16.857.

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Abstract:
El presente artículo tiene como objetivo analizar el delito de falsificación de documentos previsto en el Art. 427º del Código Penal Peruano, desde una óptica de la lógica jurídica, encontrando que el delito en mención en su estructura presenta deficiencias por la mala redacción de la proposición normativa en el supuesto de hecho, donde no se ha establecido desde un contexto lógico, por parte del legislador, cuál es el bien o bienes jurídicos de protección por la normatividad penal, lo que no permite una correcta administración de justicia y sanción al sujeto activo del delito, quedando su accionar delictivo impune, situación que se ha advertido por parte del operador jurídico (abogados, jueces y fiscales) desde la entrada en vigencia del Código Penal de 1991, manteniendo silencio cómplice el legislador respecto a esta problemática jurídica al no haberse ocupado de su reingeniería jurídica del delito bajo comentario. A través del presente artículo se busca promover la conciencia del legislador de establecer cuál es bien o bienes jurídicos sujetos de protección penal, como delimitar con claridad y exactitud lo que debe entenderse por documento dentro del ámbito penal.
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Teixeira, Arley Fernandes. "O perdão do ofendido na cultura jurídico-penal brasileira do século XIX: negociação no século da justiça pública?" Revista Brasileira de Direito Processual Penal 5, no. 1 (2019): 299. http://dx.doi.org/10.22197/rbdpp.v5i1.213.

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Abstract:
O presente trabalho tem como objetivo principal o estudo do perdão do ofendido, um instituto penal presente em ambos os códigos penais brasileiros do século XIX, o Código Criminal de 1830 e o Código Penal de 1890. A análise parte, sobretudo, dos livros jurídicos de direito penal e direito processual penal do Brasil no século XIX e procura, primeiramente, compreender o funcionamento legal desse instituto, quais seus critérios de aplicação e como funciona processualmente a capacidade destinada à parte em perdoar e, portanto, encerrar o processo em andamento e, a partir disso, adentrar nas mais importantes discussões doutrinárias sobre o perdão, das quais destacamos o problema dos miseráveis e a questão das ofensas físicas leves. Todas essas discussões tem o intuito geral de compreender o papel destinado às negociações penais no Brasil desse período, que, apesar de presentes ao longo de todo o século XIX, passam por um momento de transformação no final desse século. Por fim, procurou-se posicionar essas discussões e conclusões no contexto de formação do Direito Penal Contemporâneo no Brasil, principalmente a partir da década de 1890, uma década fundamental nessa mudança.
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Torres Fernández, Rosa Inés, Jorge Luis Villada, and María Alejandra Cau Cattán. "Inclusión de los delitos ambientales en el Código Penal Argentino." Revista Omnia 4, no. 4 (2021): 55–77. http://dx.doi.org/10.53794/ro.v4i4.311.

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Abstract:
El derecho ambiental refleja la preocupación que tiene el ser humano por el entorno natural que le brinda las condiciones externas para el desarrollo de la vida, en virtud de lo cual surgen una serie de instrumentos internacionales. Nuestro Código Penal no contiene una figura especial referida al daño ecológico como tipo delictivo, sino que sanciona los supuestos de envenenamiento de aguas o sustancias alimenticias o medicinales, pero no contempla los casos de menoscabos a la atmósfera, a los suelos, etc. Por tal motivo, teniendo en cuenta que en el Congreso de la Nación está previsto el tratamiento de la reforma del Código Penal, consideramos que la inclusión de los delitos ambientales es de suma necesidad y urgencia, dado que existen numerosos fallos consecuencia de planteos por incumplimiento de leyes y principios ambientales.
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Arguello Saltos, Édgar Joselito. "La mediación penal: un análisis desde la regulación del Código Orgánico Integral Penal." Derecho Penal y Criminología 40, no. 108 (2020): 13–36. http://dx.doi.org/10.18601/01210483.v40n108.02.

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Abstract:
El presente trabajo tiene como objetivo valorar la regulación legal de la figura de los métodos alternos de resolución de conflictos en el Código Orgánico Integral Penal (COIP), específicamente desde la perspectiva de la mediación. El artículo se divide en dos partes. La primera dirigida al estudio y análisis de los beneficios y riesgos de los mecanismos de solución de controversias desde la perspectiva de la justicia restaurativa, la mediación y la conciliación. La segunda parte evalúa la regulación legal de estos procedimientos en el COIP desde tres aspectos fundamentales: el aspecto objetivo de la mediación (los delitos), el aspecto subjetivo (la figura del mediador) y el acuerdo. Para el logro de este objetivo se utilizaron los métodos de investigación científico histórico – lógico, exegético – analítico, jurídico comparado y la técnica de investigación, análisis de documentos. Su principal resultado el análisis de la regulación de la mediación en el COIP en Ecuador, sus principales contradicciones y aportes positivos como un código moderno sustentado en el principio del debido proceso, el respeto de los derechos de las víctimas y garantías de los infractores.
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Martins, José Edson. "PENAS ALTERNATIVAS: (IN) UTILIDADE DO TRABALHO PARA PRESTAÇÃO DE SERVIÇOS À COMUNIDADE." Temporalis 20, no. 40 (2021): 233–49. http://dx.doi.org/10.22422/temporalis.2020v20n40p233-249.

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Abstract:
O código penal brasileiro vigente adotou a teoria mista da pena, que combina a função penal de retribuição, prevenção geral e especial, como justificativa e finalidade da pena. Diante disso, neste estudo teórico de revisão bibliográfica investiga-se a (in) utilidade do trabalho para a finalidade da pena alternativa de prestação de serviços à comunidade. Empregou-se, nesse sentido, o trabalho como “chave de leitura” e categoria analítica para estudar as possibilidades e limites da aplicação do trabalho comunitário como instrumento de retribuição penal e prevenção da prática delituosa. O trabalho comunitário condiciona a forma jurídica e social dessa pena alternativa, contudo concluiu-se que a sua utilização, como instrumento penal, não produz os efeitos esperados.
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Terradillos Basoco, Juan. "La reforma española de 2012 Líneas maestras." Nuevo Foro Penal 8, no. 78 (2013): 13–31. http://dx.doi.org/10.17230/nfp.8.78.1.

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Abstract:
El Anteproyecto de reforma del Código Penal presentado en julio de 2012 supone un serio intento de retroceso a opciones de política criminal pre-democráticas. En materia de aborto se vuelve a la legislación anterior a 1985, criminalizando el aborto debido a malformaciones en el feto. Se endurece la respuesta penal a las manifestaciones irregulares, transformando la resistencia pasiva en delito de atentado. Se incorporan la prisión perpetua revisable a los treinta y cinco años y la custodia de seguridad, medida de seguridad que se añade a la pena ya cumplida y que consiste en una privación de libertad de hasta diez años. Finalmente, se suprime el Libro III del Código Penal (De las faltas), pero elevando buena parte de ellas a la categoría de delito.
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Gomes, Adriana. "A Liberdade Religiosa na História do Direito: as considerações de João Baptista Pereira sobre o ‘crime indígena’." Cadernos de História 21, no. 35 (2020): 112. http://dx.doi.org/10.5752/p.2237-8871.2020v21n35p112.

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Abstract:
O artigo pretende trazer para a discussão a receptividade do Código Penal de 1890 legislado por João Baptista Pereira no meio jurídico brasileiro, sobremaneira os entendimentos relacionados ao Artigo 157, que cerceou a liberdade religiosa dos espíritas. Por meio da análise de fontes históricas, analisaremos os antecedentes à promulgação da norma penal republicana que substituiu o Código Criminal de 1830 e os desdobramentos depreciativos entre os magistrados do país ante a rejeição à nova legislação, que adveio com falta de diálogo em diversos pontos polêmicos. Em suas tentativas de evitar a substituição da norma criminal, Baptista Pereira reafirmou a necessidade de manter o código legislado por ele e ratificou a imprescindibilidade do espiritismo ser uma transgressão penal com punição carcerária por se tratar de um “crime indígena” por, em sua consideração, se a incivilidade e a indisciplina social, que tanto eram refutados pelo regime republicano, mas que faziam parte do cenário brasileiro.
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Gomes, Adriana. "Na Primeira República, praticar espiritismo era cometer um crime indígena." Sacrilegens 17, no. 1 (2020): 238–61. http://dx.doi.org/10.34019/2237-6151.2020.v17.30474.

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Abstract:
O artigo pretende trazer para a discussão a receptividade do Código Penal de 1890 legislado por João Baptista Pereira no meio jurídico brasileiro, sobremaneira os entendimentos relacionados ao Artigo 157, que cerceou a liberdade religiosa dos espíritas. Por meio da análise de fontes históricas, analisaremos os antecedentes à promulgação da norma penal republicana que substituiu o Código Criminal de 1830 e os desdobramentos depreciativos entre os magistrados do país ante a rejeição à nova legislação, que adveio com falta de diálogo em diversos pontos polêmicos. Em suas tentativas de evitar a substituição da norma criminal, Baptista Pereira reafirmou a necessidade de manter o código legislado por ele e ratificou a imprescindibilidade do espiritismo ser uma transgressão penal com punição carcerária por se tratar de um “crime indígena” por, em sua consideração, se a incivilidade e a indisciplina social, que tanto eram refutados pelo regime republicano, mas que faziam parte do cenário brasileiro.
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Ávila, Keymer. "¿Policializar o judicializar?: reflexiones sobre la fase de investigación como parte del proceso penal en Venezuela." Derecho Penal y Criminología 35, no. 99 (2014): 157. http://dx.doi.org/10.18601/01210483.v35n99.07.

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Abstract:
<p>Ante la promulgación del Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley Orgánica del Servicio de Policía de Investigación, el Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas y el Servicio Nacional de Medicina y Ciencias Forenses (LOSPI) y la última reforma del Código Orgánico Procesal Penal (COPP), ambos publicados en junio de 2012, surge la interrogante: ¿la investigación penal debe ser entendida como parte del servicio de policía o como una fase del proceso penal? En el presente trabajo se hace una reflexión crítica sobre la misma.</p>
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Guisso Fernandes, Glaucia, and Lucilo Perondi Junior. "A INSTITUIÇÃO DO PROCEDIMENTO DE MEDIAÇÃO NOS PROCESSOS DE CRIMES CONTRA A HONRA." Unisul de Fato e de Direito: revista jurídica da Universidade do Sul de Santa Catarina 10, no. 20 (2020): 39. http://dx.doi.org/10.19177/ufd.v10e20202039-49.

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Abstract:
A presente pesquisa apresenta uma análise acerca da possibilidade de aplicação das técnicas e regras relacionadas ao procedimento da mediação, especificamente nos processos judiciais que envolvem os crimes contra honra previstos no Código Penal Brasileiro. O procedimento judicial para apuração da prática de tais delitos, que se trata de procedimento especial, prevê, no artigo 520 do Código de Processo Penal, a possibilidade de reconciliação, inclusive dispensando a presença do advogado, dando às partes a possibilidade de acabar com a demanda neste ato processual próprio. Desta forma, por meio do método dedutivo, procura-se observar se nesta audiência, que visa única e exclusivamente a reconciliação entre as partes, pode-se aplicar as técnicas da mediação com a finalidade única e específica de aumentar a possibilidade do término do processo.
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Naranjo Gómez, Vladimir, Elvys de la Caridad Alonso Betancourt, and Juan Carlos Mendoza Pérez. "El principio de oportunidad: una experiencia cubana." Revista Jurídica Piélagus 17, no. 1 (2018): 57–66. http://dx.doi.org/10.25054/16576799.1817.

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Abstract:
El trabajo parte de argumentar la necesidad de perfeccionar y ampliar la aplicación del principio de oportunidad como parte del humanismo que caracteriza al derecho penal cubano. Se analiza la experiencia en la aplicación del principio de oportunidad en cuba, en particular en la legislación sustantiva y adjetiva del proceso penal militar, sin dejar de señalar su implementación en otras leyes penales como el Código Penal y la Ley de Protección de la Independencia Nacional y la Economía de cuba. Es una reflexión sobre el estudio de la realidad cubana y la búsqueda en las experiencias de soluciones viables a la extensión de la aplicación del principio de oportunidad.
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Bazán Cerdán, J. Fernando. "El Nuevo Código Procesal Penal (NCPP) del 2004, la jurisdicción comunal y las rondas campesinas." Revista Oficial del Poder Judicial. Órgano de Investigación de la Corte Suprema de Justicia de la República del Perú 4, no. 4 (2008): 115–31. http://dx.doi.org/10.35292/ropj.v4i4.152.

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Abstract:
En el artículo se examina el proceso de implementación progresiva del Nuevo Código Procesal Penal aprobado en el año 2004 en el Perú, destacando el análisis del contenido y los alcances de su artículo 18.o, que establece límites a la jurisdicción penal ordinaria para el conocimiento de hechos punibles, a partir del reconocimiento constitucional de la denominada jurisdicción especial indígena o jurisdicción comunal establecida en el artículo 149.o de la Constitución Política del Perú de 1993, que en definitiva suscitan diversas cuestiones entre la jurisdicción comunal y el reconocimiento legal de la atribución para resolver conflictos por las rondas campesinas, así como la generación de potenciales factores de conflictividad competencial entre la jurisdicción penal ordinaria y la justicia comunal.
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González Uriel, Daniel. "La protección penal de los sentimientos religiosos: el caso español." Boletín Mexicano de Derecho Comparado 1, no. 156 (2020): 1477. http://dx.doi.org/10.22201/iij.24484873e.2019.156.15160.

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Abstract:
En el presente estudio se analiza la regulación penal española sobre protección de los sentimientos religiosos, así como las críticas que se han efectuado a su mantenimiento. Se hace una valoración del derecho comparado europeo, atendiendo a los ordenamientos alemán, italiano, portugués y francés, y se constata que la protección de tales sentimientos es la regla general. Además, se parte del marco de relaciones entre el Estado y las confesiones religiosas, se comparan los diferentes sistemas y se llega a la conclusión de que en España existe un sistema de laicidad positiva. En último término se estudia si las ofensas pueden ser constitutivas de delito, si los sentimientos son susceptibles de tutela penal, y si es legítimo proteger penalmente los sentimientos religiosos. Además, se responde a las críticas al Código Penal español en esta materia y se propone de lege ferenda la restricción del artículo 525 del Código Penal.
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