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Carpio Marcos, Edgar. "Amparo contra resoluciones judiciales la problemática del amparo contra amparo." LEX - REVISTA DE LA FACULTAD DE DERECHO Y CIENCIAS POLÍTICAS 4, no. 3 (May 14, 2020): 253. http://dx.doi.org/10.21503/lex.v4i3.1951.

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Carlsson, Carla Sbert. "Amparos Filed by Indigenous Communities Against Mining Concessions in Mexico: Implications for a Shift in Ecological Law." Mexican Law Review 1, no. 20 (December 14, 2017): 3. http://dx.doi.org/10.22201/iij.24485306e.2018.20.11891.

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Abstract:
Four indigenous communities in Mexico have initiated amparos seeking constitutional protection against mining concessions that have allegedly violated their constitutional rights. In addition to their significant implications for indigenous rights in Mexico, these amparos are part of a growing reaction against laws that prioritize mining interests over community land uses and ecological values. This article explores the relationship of these cases with a new legal paradigm that is emerging in response to the inability of environmental law to adequately address the deepening ecological crisis: ecological law. From an ecological law perspective, these amparos are of interest because of the possibility for courts to give priority to indigenous values ascribing spiritual, ecological and relational meanings to the land and its resources, over economic interests seeking to exploit the land and resources for commercial gain without regard to ecological limits. The article introduces a “lens of ecological law” conceived to understand the nature of the required shift from the current law to ecological law, and then examines the amparo filed by the community of San Miguel del Progreso–Júba Wajíín from this standpoint. The analysis shows that the provisions of the Mining Law challenged by the amparo pose serious obstacles for ecological law (prioritizing mining over any other land use), and it points to certain synergies between indigenous rights and ecological law. While the SCJN did not examine the merits of the amparo because the concessions had been withdrawn, the amparo offers insights into the challenges facing a shift away from the current legal paradigm.
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Risso Ferrand, Martín, María Paula Garat, Stefanía Rainaldi, Martín Guerra, Melanie Kazarez, and Emanuel Pintos. "La acción de amparo en Uruguay. Complemento de investigación." Revista de Derecho, no. 22 (November 12, 2020): 160–77. http://dx.doi.org/10.22235/rd22.2246.

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Abstract:
El propósito de esta publicación es complementar una investigación publicada en Revista de Derecho n.º 16 (julio-diciembre, 2017), en la cual se constató que la inmensa mayoría de acciones de amparo en las que no se reclama asistencia médica eran rechazadas por los tribunales. Se pretendió verificar si la tendencia permanecía incambiada, así como sistematizar las razones esgrimidas por los jueces para desestimar los amparos y, en definitiva, proponer modificaciones legislativas que le permitieran a la acción de amparo observar su verdadera finalidad, que es ser la principal garantía para los derechos humanos lesionados. Para ello, se relevaron todas las sentencias definitivas dictadas en un proceso de amparo por los Tribunales de Apelaciones en lo Civil entre octubre de 2018 y setiembre de 2019 y se descartaron aquellas en las que el Estado no fuera parte demandada o se reclamase un medicamento o tratamiento médico. Luego se las dividió por resultado, para finalmente analizar los argumentos de cada una de ellas. En total, se dictaron trescientas sesenta sentencias, de las cuales solo veintidós correspondían a acciones de amparo “no médicos”, siendo en última instancia rechazados veinte de ellos en una aplicación errónea de los requisitos previstos en la ley 16.011, prescindiendo de los preceptos constitucionales y las pautas hermenéuticas en materia de derechos humanos.
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Segarra, Amparo. "Amparo Segarra's Collages." Woman's Art Journal 24, no. 1 (2003): 54. http://dx.doi.org/10.2307/1358821.

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Mesquita, Ivonaldo Da Silva, and Natália Ila Veras Pereira. "A Audiência de Custódia como Direito Humano Fundamental á Luz das Garantias Constitucionais e Internacionais." Revista de Direitos Humanos e Efetividade 1, no. 1 (December 6, 2015): 19. http://dx.doi.org/10.26668/indexlawjournals/2526-0022/2015.v1i1.113.

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Abstract:
A presente pesquisa trata, por meio de pesquisa bibliográfica e documental, e com amparo na legislação constitucional, infraconstitucional e pactos internacionais, sobre o direito à Audiência de Custódia. Como ponto central da pesquisa, questiona-se qual o real significado da Audiência de Custódia, sua abrangência, características e amparo normativo, e ainda, procura-se expor os muitos debates contra e a favor de sua implantação no país. Objetiva-se demonstrar que o instituto é um meio capaz de combater à superlotação carcerária, de resguardar a dignidade da pessoa humana, de prevenir e identificar práticas de tortura, em suma, proporcionar um maior amparo à pessoa detida. A pesquisa é justificada devido à relevância e atualidade da matéria no cenário nacional, diante dos muitos debates e dos esforços de importantes instituições para que a Audiência de Custódia seja uma realidade no país. De forma que, pretende-se contribuir para uma melhor compreensão desse importante direito, que deve ser reconhecido e amparado como um direito humano fundamental, até então esquecido.
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Cordón Aguilar, Julio César. "Amparo en Guatemala (1921-2021): Su "amplitud" para garantizar derechos en constante "expansión"." Opus Magna Constitucional 17 (April 22, 2022): 103–32. http://dx.doi.org/10.37346/opusmagna.v17i01.45.

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Abstract:
Resumen El artículo inicia con una referencia expresa a la figura del exmagistrado Mauro Roderico Chacón Corado, como homenaje a sus enseñanzas y huella durante su paso por el Tribunal Constitucional. En su desarrollo, el artículo intenta hacer un repaso de la evolución normativa y jurisprudencial del amparo en Guatemala desde su incorporación mediante la reforma constitucional de 1921. Ese repaso destaca la especial “amplitud” del amparo guatemalteco, en el sentido de hacer énfasis en su carácter tutelar, tanto respecto de los derechos que protege, como de la apertura de los actos del poder, en las esferas pública y privada, que son susceptibles de control constitucional por su vía. La “amplitud” que la garantía constitucional conlleva, tanto en el “expansivo” catálogo de derechos y libertades que protege, como en los muy diversos y variados ámbitos en los que puede actuar, revelan que el amparo en Guatemala responde de manera completa y perfecta, como ningún otro instrumento de carácter procesal, a las exigencias del artículo 25 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos, en cuanto reconoce el “derecho” a un mecanismo sencillo, rápido y efectivo “ante los jueces”, que “ampare” a las personas “contra actos que violen sus derechos” que reconoce la Constitución, la ley o la propia Convención.
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Salas Ortiz, Hugo César. "EL PROCESO DE AMPARO EN EL NUEVO CÓDIGO PROCESAL CONSTITUCIONAL DEL PERÚ." SCIENTIARVM 1, no. 1 (July 4, 2015): 25–27. http://dx.doi.org/10.26696/sci.epg.0135.

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Abstract:
El presente trabajo ofrecerá una breve referencia sobre los alcances del proceso de amparo en el nuevo código procesal constitucional promulgado en la ley 31307, abordando de manera crítica las nuevas disposiciones que rigen sobre la procedencia o improcedencia del amparo, plazo de interposición de la demanda de amparo contra resoluciones judiciales, y la competencia del juez en los procesos de amparo contra resoluciones judiciales. Palabras clave: Nuevo código procesal constitucional, Proceso de amparo, Procedencia e improcedencia, Plazo de interposición de la demanda contra resoluciones judiciales, Competencia del juez en los procesos de amparo contra resoluciones judiciales.
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Barba, Bruno. "A Re, meu amparo." Estudos Afro-Brasileiros 3, no. 1 (August 8, 2022): 37–43. http://dx.doi.org/10.37579/eab.v3i1.53.

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Figueroa Gutarra, Edwin. "El Proceso de Amparo." IUS: Revista de investigación de la Facultad de Derecho 2, no. 1 (December 9, 2020): 82–91. http://dx.doi.org/10.35383/ius-usat.v2i1.526.

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Abstract:
El presente artículo pretende abordar un enfoque actualizado del proceso de amparo partiendo de la premisa de representatividad de este proceso constitucional en la jurisprudencia del supremo intérprete de la Constitución. En líneas generales, este proceso representa el 70% de la carga procesal del Tribunal y de ahí la importancia de poner de relieve un enfoque actualizado del mismo.
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Plácido Vilcachagua, Alex Fernando. "Amparo y procurador público." Ius et Praxis, no. 009 (1987): 111–15. http://dx.doi.org/10.26439/iusetpraxis1987.n009.3360.

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Dávila, Amparo, and Erica Frouman-Smith. "Entrevista con Amparo Dávila." Chasqui 18, no. 2 (1989): 56. http://dx.doi.org/10.2307/29740181.

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Sousa, Yanna Gomes de, Soraya Maria De Medeiros, and Paulo Cesar de Medeiros. "Amparo Social ao idoso: Benefício Assistencial e não Aposentadoria." Revista Kairós : Gerontologia 19, Especial22 (January 30, 2016): 241–54. http://dx.doi.org/10.23925/2176-901x.2016v19iespecial22p241-254.

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Abstract:
O presente artigo visa a destacar as principais diferenças entre Amparo ao Idoso e Aposentadoria, dentro do Sistema Jurídico Brasileiro. Com relação à Aposentadoria, discorremos sobre tempo de carência, espécies, dependentes e manutenção da qualidade de segurado; e quanto ao Amparo os requisitos e a renda da composição familiar. Por todo o exposto, é de salutar importância reconhecer as principais diferenças entre a Aposentadoria e o Amparo Social.Palavras-chave: Amparo Social; Aposentaria; Previdência Social.
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Valdés Dal-Ré, Fernando, and Koldo Santiago Redondo. "EL RECURSO DE AMPARO EN EL SISTEMA CONSTITUCIONAL ESPAÑOL." Revista Direito das Relações Sociais e Trabalhistas 2, no. 1 (October 8, 2019): 179–223. http://dx.doi.org/10.26843/mestradodireito.v2i1.88.

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Abstract:
El objetivo del presente artículo es el estudio del recurso de amparo en el sistema constitucional español. En primer lugar es presentada la nueva configuración del recurso de amparo en el Derecho español. Después son analizados los requisitos de admisibilidad del recurso, inclusive la especial transcendencia constitucional y su respectiva justificación, pero también los requisitos clásicos del recurso de amparo. Finalmente son analizados los pronunciamientos posibles, la ejecución de las sentencias de amparo y el funcionamiento anormal en la tramitación del recurso.
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Blacio Aguirrrre, Galo Stalin. "EL RECURSO DE AMPARO EN EL ORDENAMIENTO JURÍDICO ESPAÑOL." Revista de la Facultad de Derecho de México 62, no. 257 (June 15, 2017): 259. http://dx.doi.org/10.22201/fder.24488933e.2012.257.60749.

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Abstract:
<p> </p><p><span> </span>El Amparo, en la forma como se lo conoce en la actualidad es producto de las luchas sociales iniciadas por los grupos de presión y se cristaliza, tanto constitucional, como legalmente, en el siglo XX. México fue el primer país en donde inicia la historia del Amparo. El Amparo consiste en proteger y garantizar los derechos fundamentales. El Amparo como garantía y proceso judicial de carácter excepcional, conduce a asegurar al hombre el goce de una acción eficaz, rápida, sencilla, informal y permanente ante las violaciones del gobierno. Este trabajo tiene por objetivo estudiar el concepto y regulación del Amparo en el sistema español.</p>
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Soberanes Fernández, Jose Luis. "Antecedentes del amparo en México." Ius et Praxis, no. 014 (1989): 61–82. http://dx.doi.org/10.26439/iusetpraxis1989.n014.3415.

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DÍAZ CREGO, María. "Derechos sociales y amparo constitucional." RVAP 94, no. 94 (December 28, 2012): 17–57. http://dx.doi.org/10.47623/ivap-rvap.94.2012.01.

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Abstract:
LABURPENA: Nahiz eta Espainiako Konstituzioak eskubide sozial sorta handia aitortu, bertako 53. artikuluaren jokoak oinarrizko eskubideak bermatzeko mekanismotik kanpo uzten ditu eskubide sozial horiek. Artikulu horrek zalantzan jartzen baitu eskubide sozial gehienen justiziabilitatea. Eta ez hori bakarrik; gainera, oinarrizko eskubideak Auzitegi Konstituzionalean bermatzeko espresuki eraturiko auzibidetik kanpo uzten ditu, hots, babes-errekurtsotik kanpo. Eskubide sozialen degradazio hori, ohikoa Zuzenbide Konparatuan, saihestu izan da, auzitegi nazional eta nazioarteko askotan, eskubideoi zeharkako babesa ematen dieten estrategien bitartez. Ildo horretan, gaurko azterlan honen xedea da babes-errekurtsoetan ezarritako jurisprudentzia konstituzionala analizatzea, ikusteko zer neurritaraino baliatu den Auzitegi Konstituzionala estrategia horietaz Konstituzioak aitortzen dituen eskubide sozial gehienak babes-errekurtsoek eskaintzen duten aterpetik kanpo uzteko joerari aurre egiteko. RESUMEN: A pesar de que la Constitución española reconoce un importante elenco de derechos sociales, el juego de su artículo 53 les excluye de los principales mecanismos de garantía de los derechos fundamentales. Este precepto no sólo pone en duda la justiciabilidad de la mayoría de los derechos sociales, sino que les excluye de la vía procesal específicamente pensada para garantizar los derechos fundamentales ante el Tribunal Constitucional: el recurso de amparo. Esta degradación de los derechos sociales, habitual en Derecho comparado, ha sido salvada por muchos tribunales nacionales e internacionales utilizando estrategias de protección indirecta de estos derechos. En esta línea, el objeto del presente trabajo es analizar la jurisprudencia constitucional sentada en recursos de amparo a fin de identificar en qué medida el Tribunal Constitucional ha hecho uso de esas estrategias para paliar la exclusión de la mayoría de los derechos sociales reconocidos en la Constitución de la protección que otorga el amparo. ABSTRACT: Although the Spanish Constitution recognizes a remarkable cast of social rights, its article 53 excludes these rights from the mechanisms built to guarantee the protection of constitutional rights. Article 53 brings into question the justiciability of most of the social rights recognized in the Spanish Constitution and deprives most of them from the protection granted by the recurso de amparo, the procedural safeguard specifically designed to protect fundamental rights in case of individual violations before the Spanish Constitutional Court. However, this situation is not so atipical as many other national and international courts face this sort of limits by developing a creative case law in order to protect social rights even when the national constitution or the international treaty they interpretate do not expressly recognize these rights. In this sense, the aim of this paper is to analyse the Spanish Constitutional Court’s case law as to determine to what extent it has made use of the indirect strategies to ensure the justiciability of social rights that other courts have already used.
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Maria Amparo Escandon. "Maria Amparo Escandon (México, 1957)." Nuevo Texto Crítico 21, no. 41-42 (2008): 114–15. http://dx.doi.org/10.1353/ntc.0.0054.

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Cárdenas, Jaime. "La nueva ley de amparo." Cuestiones Constitucionales 29 (July 2013): 383–409. http://dx.doi.org/10.1016/s1405-9193(13)71300-3.

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Simón, Nicolás Alberto. "Amparo y medicamentos en faz de experimentación médica / “Amparo” and drugs in medical experimentation." Revista Derecho y Salud | Universidad Blas Pascal, no. 3 (October 31, 2019): 252–78. http://dx.doi.org/10.37767/2591-3476(2019)18.

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Abstract:
En el presente trabajo se comenta un fallo judicial en el cual se analiza la procedencia de una acción constitucional de amparo iniciada por el progenitor de un niño de tres años de edad -enfermo de cáncer- a fin de que la obra social de la provincia de Entre Ríos y/o el propio estado provincial proveyese al menor el medicamento necesario para la continuación de su tratamiento, fármaco este que sólo se expende en Alemania. The present paper comments on a judicial ruling that analyzes the requirements of a constitutional action initiated by the father of a three-year-old child with cancer in order to receive, from the medical care system of Entre Ríos Province and/or the state itself, the necessary medication for the continuation of the child’s treatment, a drug that is only sold in Germany.
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Zanardini, Francisco Ernesto Halila. "A ESPIRITUALIDADE EM UMA SOCIEDADE QUE ENVELHECE." Revista Caminhos - Revista de Ciências da Religião 18, no. 1 (March 12, 2020): 94. http://dx.doi.org/10.18224/cam.v18i1.7731.

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Abstract:
O propósito deste artigo é contextualizar a questão do envelhecimento populacional e as repercussões na sociedade atual, onde a espiritualidade e a religiosidade são dimensões crescentes e de amparo necessário neste ciclo vital, determinando inúmeros benefícios elencados para melhores enfrentamentos que trazem os desafios na velhice, pois esta determina vulnerabilidade na saúde e nos papéis sociais do indivíduo que envelhece. Porém ressalta-se que existem limites precisos e amparos legais nos cuidados espirituais para que estes superem teodicéias e não determinem qualquer situação de risco aos idoso.
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Córdova Pimentel, Adriel, Álvaro Coronado Gutiérrez, Oscar Coronado Rincón, and Joseph Fernando Rodríguez. "La suplencia de la queja y el juicio de amparo: desde la perspectiva del sistema penal acusatorio mexicano." Summa Iuris 7, no. 1 (June 2019): 55–77. http://dx.doi.org/10.21501/23394536.3275.

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Abstract:
El presente artículo analiza el siguiente interrogante en los casos en los que se promueve el juicio de amparo indirecto y el acto reclamado: ¿el juzgador de amparo debe considerar que el principio de suplencia de la queja opera tanto en el procedimiento penal acusatorio como en el juicio de derechos fundamentales? Ya sea en la vinculación al proceso que se emite en la audiencia inicial, y que tiene verificativo ante el juez de control, o bien, en el control de detención, en las medidas cautelares o en el plazo de cierre de investigación complementaria. En todo caso, ¿el juicio de amparo indirecto que aborda esas determinaciones debe tramitarse bajo el principio de estricto derecho?, ¿estos principios impiden que el juez de control supla la deficiencia de la queja?, ¿existe una verdadera tensión entre estos principios y la suplencia de la queja que rige en el juicio de amparo indirecto? De ser así, ¿el juez de amparo debe declarar la prevalencia de uno u otro al resolver la demanda que se promueve en contra de los actos celebrados dentro de la audiencia inicial? Estos son algunos de las interrogantes adicionales que planteamos en este análisis jurídico sobre la suplencia de la queja desde el juicio de amparo mexicano y el sistema penal acusatorio.
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Becerril Hernández, Carlos de Jesús. "Proporcionalidad y equidad en las contribuciones. El amparo fiscal en México, 1917-1968." Secuencia, no. 91 (December 19, 2014): 203. http://dx.doi.org/10.18234/secuencia.v0i91.1254.

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Abstract:
<p>El juicio de amparo ha sido comúnmente identificado como parte del proceso de la modernización jurídica liberal de la segunda mitad del siglo XIX. No obstante, el amparo fiscal, que tiene que ver directamente con el reclamo por la proporcionalidad y equidad de las contribuciones contenidas en el artículo 31, fracción IV, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos de 1917, no fue reconocido como jurisprudencia inmediatamente aplicable; el criterio del ministro Ignacio L. Vallarta (1830-1893) sobre la incapacidad de la Corte para conocer de este recurso fue vigente hasta bien entrado el siglo XX. El amplio arco temporal (1917-1968) cubierto por este ensayo tratará de explicar, a la luz del derecho constitucional y del desempeño económico, por qué la justicia federal se negó a amparar y proteger a los causantes, bajo el argumento de que la Corte no era juez ni órgano revisor de las leyes expedidas por el Congreso.</p>
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CAMARGO RIEGA, ALBERTO VITTORIO, and MARIA GRACIA VALDIVIA CORZO. "LA (IN)DEBIDA REGULACIÓN DE LA TUTELA CAUTELAR EN EL PROCESO DE AMPARO PERUANO." SCIENTIARVM 1, no. 1 (July 4, 2015): 7–12. http://dx.doi.org/10.26696/sci.epg.0123.

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Abstract:
ABSTRACT: This article is about the study of the regulation of measures in the amparo process in Peru; A review of historical character is made. In addition, a doctrinal and jurisprudential analysis of the characteristic "inaudita altera pars" is carried out. Likewise, a study of this characteristic is carried out in relation to the nature of the amparo process against regional and local governments. Keywords: Interim measure, amparo, inaudita altera pars, process, constitutional
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Escribano López, Francisco. "Notas de jurisprudencia.- Tribunal Constitucional." Revista Andaluza de Administración Pública, no. 75 (December 31, 2009): 191–222. http://dx.doi.org/10.46735/raap.n75.609.

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Abstract:
SUMARIO: II. DERECHOS Y LIBERTADESA. Derechos fundamentales y libertades públicas 1. Sentencia 13/2009, de 19 de enero (BOE de 13 de febrero). Ponente: Jiménez Sánchez (Recurso de inconstitucionalidad)2. Sentencia 26/2009, de 26 de enero (BOE de 26 de febrero). Ponente: Aragón Reyes (Recurso de amparo)3. Sentencia 36/2009, de 20 de febrero (BOE de 14 de marzo). Ponente: Gay Montalvo (Recurso de amparo)4. Sentencia 46/2009, de 23 de febrero (BOE de 28 de marzo). Ponente: Sala Sánchez (Recurso de amparo)5. Sentencia 55/2009, de 9 de marzo (BOE de 14 de abril). Ponente: Gay Montalvo (Cuestión de inconstitucionalidad)6. Sentencia 61/2009, de 9 de marzo (BOE de 14 de abril). Ponente: Gay Montalvo (Recurso de amparo)
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Agudelo Ramírez, Martín. "El recurso de amparo y el tribunal constitucional español. Estudio sobre la tutela procesal cualificada de protección de los derechos fundamentales en el país ibérico." Ratio Juris 1, no. 3 (September 1, 2017): 35–53. http://dx.doi.org/10.24142/raju.v1n3a2.

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Abstract:
El recurso de amparo en España es la principal garantía jurisdiccional para la protección dederechos definidos como fundamentales por la Constitución frente a actos concretos de las autoridades públicas y secundariamente de particulares. En este estudio se reflexiona sobre el referido mecanismo de tutela reforzada y privilegiada existente en el país europeo. El amparo constitucional es una garantía que sólo es posible considerar frente a aquellos derechos que en España se comprenden como fundamentales, no incluyendo numerosos derechos constitucionales o derechos humanos que no se ajustan a la referida categoría conceptual.El Tribunal Constitucional se constituye en la sede básica para la resolución del amparo considerado como un recurso extraordinario, excepcional y subsidiario de protección de derechos fundamentales. Aunque sus sentencias de amparo resuelven casos concretos, sus motivaciones o consideraciones contienen parámetros para la interpretación de los referidos derechos, vinculando los poderes públicos frente a un razonamiento que pasa a tener un valor erga omnes.En este ensayo se busca contribuir, en cuanto a derecho comparado, en el estudio de las vecindades y diferencias del amparo con la acción de tutela en el caso colombiano.
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Hernández Ramos, Mario. "El amparo constitucional. Doctrina y problemas actuales. La admisibilidad del recurso." LEX 13, no. 15 (June 9, 2015): 135. http://dx.doi.org/10.21503/lex.v13i15.719.

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Abstract:
El presenta artículo desarrolla el tema del amparo constitucional abordando los siguientes puntos relacionados con la doctrina y los problemas más actuales, así como la admisibilidad del recurso del amparo: Aspectos introductorios. El recurso de amparo y el trámite de admisión. 1) Estado de la cuestión y diagnóstico de la situación. 1.1) La situación en cifras. 2) Causas de la avalancha de recursos de amparo y acumulación de asuntos ante el tribunal constitucional. 2.1) Causas de origen legislativo. 2.1.a) Insuficiente protagonismo de la jurisdicción ordinaria en la defensa de los derechos fundamentales: mejorable desarrollo del art. 53.2 CE. 2.2) Causas de origen jurisprudencial: la interpretación extensiva del tribunal constitucional sobre la institución del recurso de amparo constitucional. 2.2.a) Ampliación del contenido del art. 24 CE: constitucionalización del derecho procesal a través del art. 24 CE. 2.2.b) Ampliación del contenido de otros derechos. 2.2.c) Ampliación de la legitimación pasiva. 2.3) Diagnóstico de la situación. 3) Soluciones propuestas a esta “crisis funcional”. 4) Soluciones adoptadas. Nuevo trámite de admisión L. O. 6/2007, de 24 de mayo de reforma de la LOTC. 4.1) Aspectos procesales del nuevo trámite de admisión (arts. 49.1 y 50.1.a) LOTC) 4.2) Aspectos materiales. Exigencia de la especial trascendencia constitucional del recurso (art. 50.1.b) LOTC. 4.3) Aplicación de esta doctrina: incertidumbre jurídica del recurrente en amparo. 5) Consecuencias de las reformas. Conclusiones.
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Díaz Zegarra, Walter A. "¿Es necesario el amparo electoral para proteger derechos políticos en procesos electorales?" Revista Oficial del Poder Judicial. Órgano de Investigación de la Corte Suprema de Justicia de la República del Perú 8, no. 10 (June 6, 2016): 113–34. http://dx.doi.org/10.35292/ropj.v8i10.232.

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Abstract:
La justicia constitucional peruana ha establecido que las resoluciones del Jurado Nacional de Elecciones pueden ser revisadas cuando afectan derechos fundamentales; siendo que el mecanismo adecuado es el proceso de amparo; sin embargo, su uso no ha significado eficacia, toda vez que son pocos los casos en que ha reparado el derecho conculcado y la mayoría de las veces termina solo determinando responsabilidad de las autoridades que vulneran estos derechos; de ahí la necesidad de evaluar la posibilidad de establecer un amparo electoral con trámite e instancias diferentes al amparo clásico.
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Felipe, Cleber Vinicius do Amaral. "Notas sobre a História Trágico-Marítima (1735-1736), de Bernardo Gomes de Brito." Revista Maracanan, no. 28 (November 17, 2021): 173–91. http://dx.doi.org/10.12957/revmar.2021.58681.

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Abstract:
O artigo analisa os fundamentos retórico-históricos da História Trágico-Marítima, coletânea com doze relatos de naufrágio escritos entre os séculos XVI e XVII. O livro foi organizado por Bernardo Gomes de Brito e editado em dois tomos (1735-1736) sob amparo da Academia Real da História Portuguesa. Pretende-se, em linhas gerais, compreender os sentidos do gênero histórico e a concepção de trágico em um texto que se ampara em uma concepção providencialista de tempo, ou seja, que desconhece as prerrogativas românticas, expressivas e psicologizantes que tendem a naturalizar e/ou autonomizar categorias como autor, literatura, história e pessimismo.
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FABEIRO FIDALGO, PATRICIA. "EL NUEVO RECURSO DE AMPARO CONSTITUCIONAL." RVAP 102, no. 102 (October 1, 2015): 161–81. http://dx.doi.org/10.47623/ivap-rvap.102.2015.04.

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Abstract:
En este artículo vamos a constatar cómo a partir de la reforma legislativa del año 2007, el recurso de amparo constitucional queda importantemente transformado en la dirección de hacerse más subsidiario, esencialmente, por haberse acentuado su vertiente objetiva; con esto último resulta, además, una protección distinta de los derechos fundamentales en sede constitucional. Dado que todo ello se hace principalmente introduciendo un nuevo requisito de admisión del amparo, a saber, la especial trascendencia constitucional del asunto, y éste se encuentra formulado en la ley con gran vaguedad, se hace preciso para la efectividad de aquella modificación y para conocer ex ante si hay posibilidad de presentar el recurso de amparo, tratar de despejar el mayor número de problemas interpretativos que el mismo suscita. Artikulu honetan, egiaztatuko dugu nola, 2007an egindako lege-erreformaz geroztik, konstituzio-babeserako errekurtsoa nabarmen aldatu den: subsidiariagoa da, funtsean, areagotu egin delako haren alderdi objektiboa; azken horrekin, gainera, bestelako babesa ematen zaie Konstituzioan dauden oinarrizko eskubideei. Hori, nagusiki, babesa onartzeko beste betekizun bat sartuta egiten da, hots, gaiak konstituzio-arloan duen garrantzi berezia, eta hori legean oso lauso formulatuta dago. Horregatik, aldakuntza hura eraginkorra izateko eta babes-errekurtsoa aurkezteko aukerarik badagoen ex ante jakiteko, beharrezkoa da interpretatzerakoan sortzen diren arazoak ahalik eta gehien argitzea. In this article we are going to find how since the legislative reform of article 2007, the constitutional complaint was importantly transformed so as to make it more subsidiary, essentially, by enhancing its objective side; it offers a different protection of fundamental rights within the constitutional area. As everything is essentially made by introducing a new requirement for the admisibility of the complaint, that is the special constitutional trascedence of the issue, and this is formulated by the act with great vagueness, it is necessary for the effectiveness¿ sake of that amendment and in order to know ex ante whether there is the chance to lodge a constitutional complaint, trying to clear as much the interpretative problems that it triggers.
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Pimenta, Aparecida Linhares, Arlete Coimbra, Eliana Rocha, Fátima Livorato, Juliana Nogueira Castro de Barros, Marcelo Coimbra, and Talita Cristina B. Rezende. "Avaliação da atenção básica em Amparo." Saúde e Sociedade 18, suppl 1 (March 2009): 73. http://dx.doi.org/10.1590/s0104-12902009000500013.

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Cavalcante, Bianca Strapazzon, and Natália Simões Bentes. "O AMPARO AOS REFUGIADOS NA AMAZÔNIA." Revista Brasileira de Direitos Fundamentais & Justiça 15, no. 45 (March 22, 2022): 347–72. http://dx.doi.org/10.30899/dfj.v15i45.838.

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Abstract:
O presente artigo tem por objetivo apresentar uma investigação teórica acerca do refúgio, ressaltando sua origem, evolução histórica e os desafios que os refugiados enfrentam quando chegam ao Brasil, abrangendo a Amazônia e mais especificamente o município de Belém do Pará. Para isso, foi realizada uma análise sobre a eficácia dos instrumentos de acolhimento ao migrante no Pará, mediante pesquisa de caráter bibliográfico em livros e em artigos, bem como por meio da dos funcionários que atuam na assistência a estes indivíduos, e a pesquisa documental do relatório técnico produzido pelo Ministério Público Federal. Evidenciaram-se as dificuldades encontradas pelos refugiados, enfrentadas no âmbito social, como a emissão de documentos e sua integração na sociedade. Ademais, aborda-se como instrumento para solicitação de refúgio a Cartilha de Orientações para Solicitação de Refúgio e Residência Temporária no Brasil, da Comissão de Direitos Humanos da OAB/PA, com ênfase na nova Lei de Migração. Finalmente, o trabalho tem o desígnio de responder a seguinte pergunta-problema: A atuação do Estado do Pará, por meio dos diversos mecanismos utilizados no amparo ao refugiado está sendo eficaz?
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González Herrero, Marta María, and Emma González González. "María Amparo Pedregal Rodríguez (1960-2015)." Dialogues d'histoire ancienne 42/1, no. 1 (2016): XI. http://dx.doi.org/10.3917/dha.421.0002.

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Randall, Margaret. "Amparo DávilaThe Houseguest and Other Stories." World Literature Today 93, no. 2 (2019): 83–85. http://dx.doi.org/10.1353/wlt.2019.0163.

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Tankard, Lanie. "L.A. Weather by María Amparo Escandón." World Literature Today 96, no. 1 (2022): 75. http://dx.doi.org/10.1353/wlt.2022.0030.

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Valenzuela Sánchez, Maricela. "Reformas en amparo y derechos colectivos." BIOLEX REVISTA JURIDICA DEL DEPARTAMENTO DE DERECHO 17 (August 17, 2019): 85–90. http://dx.doi.org/10.36796/biolex.v17i0.31.

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Abstract:
La modernidad y el desarrollo han conducido a los seres humanos a niveles superiores de vida, pero al mismo tiempo han provocado abusos en el entorno y de igual manera suscitado situaciones adversas para el ejercicio pleno de los derechos. Para enfrentarse a las nuevas realidades surgieron los derechos de tercera generación "Derechos Colectivos", así como se han perfilado mecanismos procesales para proteger los intereses colectivos, difusos o incluso individuales, pero éstos pueden incidir colectivamente. Ahora bien, la problemática del fenómeno de lo "colectivo" comienza desde la terminología misma que se utiliza para su identificación, al no existir homogeneidad o univocidad en el lenguaje. Se utilizan indistintamente los sustantivos "derechos" o "intereses" para los adjetivos: colectivos, difusos, sociales, de grupo, clase, serie, sector, categoría, incidencia colectiva, transpersonales, supraindividuales, superindividuales, metaindividuales, transindividuales, etcétera. El problema de vocabulario se agudiza aún más si se agregan aquellos derechos auténticamente individuales que por conveniencia se ejercen de manera colectiva; es decir, los llamados derechos: accidentalmente colectivos, individuales homogéneos, entre otros, que tienen como característica ser divisibles y provenir de una causa común.
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León Olivares, Felipe. "Amparo Barba en los Laboratorios Syntex." Educación Química 22, no. 3 (July 2011): 249–53. http://dx.doi.org/10.1016/s0187-893x(18)30141-1.

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Cuello, Stefania Melisa. "Legitimación activa amplia en el Amparo." Revista Derecho y Salud | Universidad Blas Pascal 6, no. 7 (December 15, 2022): 220–28. http://dx.doi.org/10.37767/2591-3476(2022)18.

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Abstract:
El Dr. Miguel Carlos Espina Leupold invocó su calidad de abogado del Foro de la Provincia de Córdoba para solicitar, por intermedio de un Amparo, la inconstitucionalidad de los Arts. 1, 2, 3, 4, 5, 6, 7, 8, 9, 10, 11, 12, 13, 19, 20, 21 de la Ley 27.610 (Interrupción Voluntaria y Legal del Embarazo). La acción fue rechazada in límine por falta de legitimación procesal. En el presente comentario analizo los requisitos necesarios para la procedencia de la acción de amparo teniendo en miras el bloque de constitucionalidad.
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Rodríguez Ávila, Sandra Patricia. "De la Caridad Cristiana a la Caridad Ilustrada: Educación y Policía en el Siglo XVIII." Revista Folios, no. 19 (May 13, 2017): 55. http://dx.doi.org/10.17227/01234870.19folios55.68.

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Abstract:
Este artículo analiza el tránsito de la caridad cristiana (limosnaindiscriminada centrada en el amparo del alma de quien ejerce la caridad) a lacaridad ilustrada (beneficencia centrada en la institucionalidad estatal desde lacual se buscaba amparar al género humano), a partir de la confluencia de tresdispositivos: la transformación del ocioso al ciudadano útil por efecto de laeducación, la vigilancia y la policía como nuevos sistemas de moralización y elprincipio de utilidad común como fin social de la educación del ocioso.
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Mejicanos Jimenez, Manuel. "Amparo en Guatemala ¿Mantiene actualmente su naturaleza jurídica de garantía con la que fue instituido en el ordenamiento constitucional?" Opus Magna Constitucional 17 (April 22, 2022): 171–200. http://dx.doi.org/10.37346/opusmagna.v17i01.48.

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Abstract:
El amparo en Guatemala ha arribado a cien años de historia. Regulada originalmente como una garantía constitucional desde los inicios de la segunda década del siglo pasado, en época reciente al amparo se le ha juzgado más por los resultados evidenciables en las estadísticas que lleva la Corte de Constitucionalidad,[1] que por la finalidad con la que fue instituido; todo ello en detrimento de los objetivos de prevención y restitución que el legislador constituyente encomendó a esa institución en la actual Constitución Política de la República de Guatemala (1985), para proteger los derechos de las personas frente al ejercicio del poder. [1] Véase, a manera ejemplificativa, los datos estadísticos que proporciona el autor, Miguel Aldana, en su artículo denominado El amparo judicial, un fenómeno que desborda los límites de la jurisdicción constitucional, en https://www.guardiaconstitucional.com/post/el-amparo-judicial-limites-jurisdiccion-constitucional. [Fecha de consulta: 21 de julio de 2021].
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Castellanos García, Emanuel. "El amparo colectivo en Guatemala: Una evolución garantista en la interpretación del presupuesto procesal de legitimación activa." Opus Magna Constitucional 17 (April 22, 2022): 77–101. http://dx.doi.org/10.37346/opusmagna.v17i01.24.

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Abstract:
ResumenEl Derecho se transforma constantemente y con ello surgen nuevas teorías, instituciones y formas de interpretación. Los jueces constitucionales tienen el deber de velar por la adecuada protección a los derechos fundamentales, debiendo realizar, para ello, una debida práctica jurisprudencial, conforme a los principios y valores constitucionales, que responda a las necesidades y problemáticas de la sociedad actual. El amparo colectivo ha sido producto de esa innovación jurisprudencial provocada como consecuencia de la necesidad de garantizar el goce y respeto de los derechos supraindividuales o difusos, para lo cual, ha existido una evolución en los criterios que se utilizan para determinar la legitimación activa en el amparo, en aras de garantizar el acceso a la justicia constitucional y procurar una mayor efectividad del amparo. El presente trabajo realiza un análisis sobre la evolución que ha tenido la interpretación del presupuesto de legitimación activa en el amparo colectivo en la jurisprudencia emanada de la Corte de Constitucionalidad de Guatemala.
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Suárez Ávila, Alberto Abad. "El amparo judicial y la reforma al sistema de justicia en México (1987-2018)." Cuestiones Constitucionales Revista Mexicana de Derecho Constitucional 1, no. 43 (November 10, 2020): 433. http://dx.doi.org/10.22201/iij.24484881e.2020.43.15190.

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Abstract:
El artículo parte de una pregunta relevante para el constitucionalismo mexicano. Después del intenso periodo de tres décadas de reformas al sistema de justicia ¿cuál es la función principal que tiene el amparo judicial hoy? Para dar respuesta a esta pregunta, se plantea una metodología sociojurídica observando dos variables: 1) la modificación en gran escala al diseño institucional del sistema de justicia, y 2) la modificación al amparo judicial específicamente. La hipótesis principal del artículo es que el proceso de reformas al sistema de justicia tuvo un impacto profundo en las nuevas funciones del juicio de amparo judicial, debido a que trajo consigo una amplia miscelánea de nuevos procesos para resolver conflictos, incluso de debido proceso y otras violaciones constitucionales. La conclusión del artículo es que, desde el análisis del diseño constitucional, se aprecia que la reforma judicial ratificó la función controladora del sistema de justicia como la principal del amparo judicial, por encima de otras expectativas construidas en los años previos a su concreción.
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Escribano López, Francisco. "Notas de jurisprudencia.- Tribunal Constitucional." Revista Andaluza de Administración Pública, no. 78 (December 31, 2010): 203–20. http://dx.doi.org/10.46735/raap.n78.671.

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Abstract:
SUMARIO: II. DERECHOS Y LIBERTADES.A. Derechos fundamentales y libertades públicas.1. Sentencia 6/2010, de 14 de abril (BOE de 7 de mayo). Ponente: Rodríguez-Zapata Pérez (Cuestión de inconstitucionalidad).2. Sentencia 27/2010, de 27 de abril (BOE de 27 de mayo). Ponente: Rodríguez Arribas (Recurso de amparo).3. Sentencia 29/2010, de 27 de abril (BOE de 27 de mayo). Ponente: Rodríguez–Zapata Pérez (Recurso de amparo).4. Sentencia 36/2010, de 19 de julio (BOE de 9 de agosto). Ponente: Pérez Vera (Recurso de amparo).5. Sentencia 31/2010, de 28 de junio (BOE de 16 de julio). Ponente: Casas Baamonde (Recurso de inconstitucionalidad).
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Palomino Manchego, José F. "La Primera sentencia de amparo en México. (Un antecedente de historia constitucional)." Revista Oficial del Poder Judicial. Órgano de Investigación de la Corte Suprema de Justicia de la República del Perú 7, no. 8/9 (December 1, 2012): 335–43. http://dx.doi.org/10.35292/ropj.v7i8/9.288.

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Abstract:
Se da cuenta de la primera sentencia de amparo en la historia del derecho constitucional, que fuera pronunciada en México, y se analizan las tres etapas sucesivas por las que ha pasado el juicio de amparo en el contexto histórico del siglo XIX, así como su subsecuente desarrollo y regulación
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Teruel Lozano, Germán M. "José María Morales Arroyo, Recurso de amparo, derechos fundamentales y trascendencia constitucional (El camino hacia la objetivación del amparo constitucional en España), por Germán M. Teruel Lozano." Estudios de Deusto 63, no. 1 (July 13, 2015): 439. http://dx.doi.org/10.18543/ed-63(1)-2015pp439-447.

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Abstract:
La obra Recurso de amparo, derechos fundamentales y trascendencia constitucional, dirigida por José María Morales Arroyo, catedrático de Derecho constitucional de la Universidad de Sevilla, y con aportaciones de un nutrido grupo de profesores del área, es uno de los resultados del proyecto de investigación «El nuevo amparo constitucional: la reformulación de los derechos constitucionales y su protección» financiado por el Ministerio de Economía y Competitividad. Como es de esperar en un estudio «novedoso», éste parte de una incógnita, en realidad de las incógnitas que, en plural, ha presentado la reforma de la Ley Orgánica del Tribunal Constitucional por la Ley Orgánica 6/2007, de 24 de mayo, en relación con el recurso de amparo y, como consecuencia, con el reconocimiento y tutela de los derechos fundamentales.
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Monteiro, Rebecca. "E agora, Carlos? Amparo e desamparo na poética de Drummond." O Eixo e a Roda: Revista de Literatura Brasileira 8 (August 30, 2002): 117–33. http://dx.doi.org/10.17851/2358-9787.8.0.117-133.

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Abstract:
Estudo sobre a questão do amparo em Carlos Drummond deAndrade. Uma política recorrente de amparo à falibilidade humana e deredução de sua complexidade inerente (patrocinada por uma metafísicada posicionalidade) é questionada e deslocada pelo poeta. Através deuma estratégia poética calcada na ambigüidade, na inquietude e nodeslocamento de valores, Drummond redimensiona os objetivos daatividade literária, tornando-a mais política e menos compensatória.
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Sánchez Sánchez, Alejandro. "El amparo para efectos como un obstáculo al debido proceso / The writ of amparo as an obstacle to the required process." RICSH Revista Iberoamericana de las Ciencias Sociales y Humanísticas 4, no. 7 (May 18, 2015): 22. http://dx.doi.org/10.23913/ricsh.v4i7.32.

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Abstract:
La naturaleza jurídica del juicio de amparo es de carácter constitucional adjetiva al establecer el procedimiento para lograr que se respete la parte sustantiva de la Constitución, para ello se requiere la aplicación del principio del debido proceso legal, el cual se encuentra en el artículo catorce de la Constitución Federal. Este establece como condición de validez de una sentencia, el respeto a las formalidades esenciales del procedimiento, originándose a partir de una notificación legal. De esta manera, el amparo para efectos es concedido por un juez cuando no se cumple alguna de las formalidades; sin embargo, es necesario el análisis de las pruebas en el juicio, las cuales podrán ofrecerse solo que se hayan rendido ante la autoridad responsable. Además, para la valoración de estas resultan aplicables las reglas previstas en los artículos 197 al 218 del Código Federal de Procedimientos Civiles, por lo que la confesión expresa en la demanda, cualquier otro escrito o informe de las autoridades, hace prueba plena. Así, se consigue una sentencia de amparo para efectos. Esta, en sentido general, es la decisión de un conflicto que implica evaluar aspectos de legalidad y de constitucionalidad, con lo que se llega a los alcances de las sentencias de amparo, para lo cual es importante determinar si la violación al derecho fundamental es un acto privativo o de molestia pues ello conllevará a los alcances de la sentencia. Un avance en esta temática es el amparo adhesivo, cuyo análisis se deja para otra etapa de la investigación.
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Lozano, Amparo. "Conversación entre Eulàlia Valldosera y Amparo Lozano." Sin Objeto, no. 00 (March 21, 2017): 110. http://dx.doi.org/10.18239/sinobj_2017.00.07.

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Abstract:
<div class="page" title="Page 1"><div class="layoutArea"><div class="column"><p class="p1">Eulàlia Valldosera (1963) es una artista española que trabaja con distintos medios como la performance, la instalación y el vídeo. A través de ellos reflexiona en torno al cuerpo femenino, la cotidianeidad y la intimidad. En esta conversación que tuvo lugar en octubre de 2016 con la crítica y comisaria de exposiciones Amparo Lozano, conversa sobre su trayectoria artística, centrándose en sus proyectos performativos y expresando sus opiniones sobre otros temas como el contexto español después de la Transición y el panorama del arte contemporáneo.</p><p class="p1"> </p></div></div></div>
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Mazzetti, Martha, Claudia Guerrero, Sonia Yacosa, and Liliana Saibene. "El fotolenguaje: un espacio grupal de amparo." VínculorevistadoNesme 18, no. 03 (2021): 197–206. http://dx.doi.org/10.32467/issn.19982-1492v18nesp.p197-206.

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Ochoa Escribá, Dina Josefina. "El amparo desde una perspectiva de género." Opus Magna Constitucional 17 (April 22, 2022): 15–38. http://dx.doi.org/10.37346/opusmagna.v17i01.47.

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Abstract:
La garantia constitucional del amparo por el ámbito amplio para su aplicación en la protección de los derechos humanos y en especial los derechos humanos de las mujeres, se hace necesario incorporar la herramienta de la perspectiva de género y poder garantizar esta tutela, aplicándola por medio de la metodología con perspectiva de género que permita conocer, analizar y resolver atendiendo el control de convencionalidad y en el marco de la igualdad y no discriminación por el más alto tribunal constitucional que reflejen las condiciones y situaciones de género implicadas, generando sentencias emblemáticas que no solo tendrán impacto entre las partes, sino además acentuando de que el derecho no puede aplicarse de manera imparcial, logrando extender este impacto en la sociedad, coadyuvando a reducir la violencia en contra de las mujeres.
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Mattos, Renan Santos. "O amparo à infância como projeto social." História Revista 25, no. 2 (October 20, 2020): 99–119. http://dx.doi.org/10.5216/hr.v25i2.63642.

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Abstract:
O presente trabalho tem por objetivo destacar a atuação de grupos espíritas da cidade de Santa Maria no que se refere às preocupações com a infância entre 1930 a 1945. Nesse cenário, o amplo debate sobre a vulnerabilidade social e a questão social converge para a consolidação das instituições voltadas a acolher e instruir meninos e meninas na cidade de Santa Maria-RS. Assim, interessa-nos, no âmbito da atuação social do espiritismo, discutir a compreensão sobre a infância e a proposta escolarização por parte dos espíritas da cidade de Santa Maria, em que a educação profissional aparece como horizonte de interpretação em acordo com o debate sobre as políticas educacionais da época.
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