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Journal articles on the topic 'Asamblea Nacional Constituyente (1991)'

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Estrada Vélez, Sergio. "El neoconstitucionalismo principialista en la Asamblea Nacional Constituyente de 1991." Prolegómenos 17, no. 33 (June 14, 2014): 27. http://dx.doi.org/10.18359/dere.781.

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Abstract:
A partir de una observación a la enseñanza y práctica del derecho, se advierte que aún no se ha desarrollado una teoría de principios acorde al contexto nacional. Un sector de la doctrina los asume como principal paradigma normativo, con funciones políticas (criterios de legitimación racional), axiológicas (concreción de valores) y jurídicas (criterios de validez material); otro, indica que son criterios auxiliares de la actividad judicial. Esa confusión repercute negativamente en el razonamiento jurídico requerido, para una recta y eficaz administración de justicia en el marco del Estado social, y justifica un estudio detallado de la noción de principios asumida por la Asamblea Nacional Constituyente de Colombia de 1991. De otro lado, la escasa doctrina nacional se ha limitado, en términos generales, a reproducir las ideas de importantes filósofos del derecho escritas al margen de los requerimientos que impone el modelo político colombiano. Confusión y descontextualización justifican el objetivo principal de este artículo: facilitar la comprensión de la naturaleza y funciones de los principios jurídicos en nuestro Estado social de derecho a través de la indagación de la voluntad del constituyente. Esto ayudará a superar la contradictoria jurisprudencia sobre el tema y la errada comprensión que se ha tenido del artículo 230 de la Constitución Política. Para lograr ese propósito, se acudió a un método de investigación documental de las gacetas de la Asamblea Nacional Constituyente de 1991, los rollos de microfilmación que reposan en el Archivo General de la Nación y a entrevistas realizadas a algunos ex constituyentes.
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Matias Camargo, Sergio Roberto. "La asamblea nacional constituyente de 1991 y el nuevo constitucionalismo latinoamericano." Diálogos de saberes, no. 44 (June 1, 2016): 11. http://dx.doi.org/10.18041/0124-0021/dialogos.44.146.

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Abstract:
La Asamblea Nacional Constituyente de 1991, en ejercicio del Poder Constituyente, expidió la Constitución Política de Colombia, actualmente vigente. Se estudia su origen y naturaleza en el contexto nacional e internacional de las últimas tres décadas, en las cuales han ocurrido transformaciones fundamentales en lo político, ideológico, económico y social. Se utiliza un enfoque socio jurídico e interdisciplinario, el método histórico y el lógico, el análisis y la síntesis, el comparatismo constitucional, las fuentes primarias y secundarias y se hace análisis documental.
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Londoño Jaramillo, Mabel. "Las diferentes olas de participación ciudadana en el proceso constituyente de 1991." Precedente. Revista Jurídica 22 (December 19, 2022): 43–95. http://dx.doi.org/10.18046/prec.v22.5507.

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Abstract:
Este artículo de reflexión describe las diferentes olas de participación ciudadana que se presentaron en el proceso constituyente de 1991. Inicia con el movimiento estudiantil de 1989, continúa con el gran debate nacional que tuvo como escenario las mesas de trabajo y las comisiones preparatorias y finaliza con la Asamblea Nacional Constituyente, la más pluralista y multicultural de la historia nacional. Concluye que la Constitución Política de 1991 surgió de un proceso constituyente inédito, que cambió la forma de hacer las constituciones en Colombia.
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Parra Avila, Elliot, Daniel González Rodríguez, Adriana Gualtero García, and Felipe Marquez Pulido. "La dinámica del movimiento estudiantil en el proceso constituyente de 1991." Verba luris, no. 32 (December 1, 2014): 93. http://dx.doi.org/10.18041/0121-3474/verbaiuris.32.39.

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Abstract:
Los movimientos sociales tienen, entre otras, la característica de la falta de institucionalización. Con base en la doctrina sobre los movimientos sociales se pueden calificar como tales a los movimientos estudiantiles del periodo 1990 - 1991 en Colombia. Los movimientos estudiantiles en el proceso constituyente colombiano tuvieron dos orí- genes claramente identificados (Todavía Podemos Salvar a Colombia: TPSC y Movimiento Estudiantil por la Constituyente: MEC) pero la visión de Todavía Podemos Salvar a Colombia se impuso y a su vez se transformó en lo que se conoce hoy como “Séptima Papeleta”. La desaparición del movimiento estudiantil con posterioridad a la promulgación de la Constitución de 1991 aún plantea explicaciones complejas y contradictorias. Palabras clave: Séptima Papeleta, Todavía Podemos Salvar a Colombia, Movimiento Estudiantil por la Constituyente, Asamblea Nacional Constituyente, Movimiento Estudiantil Colombiano.
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Osorio Taborda, Juan Camilo. "Hacia una eventual Asamblea Constituyente: límites desde el derecho internacional de los derechos humanos a treinta años de la Asamblea Constituyente de 1991." Opinión Jurídica 20, no. 43 (May 13, 2022): 455–84. http://dx.doi.org/10.22395/ojum.v20n43a19.

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Abstract:
A treinta años del proceso constituyente de 1991 podemos analizar en retrospectiva, con un método dialectico, las características de ese proceso disruptivo con el anterior régimen Constitucional y los principales argumentos que permitieron la existencia y la eficacia de una Asamblea Nacional Constituyente, a pesar de las prohibiciones de la anterior Constitución. Desde entonces se nos ha indicado que el poder del Constituyente primario, encarnado en la Asamblea Constituyente, es ilimitado y, por tanto, la Constitución que resulta de esta no depende de nada más que de su propia voluntad. Sin embargo, con perspectiva a futuro, es imposible no advertir que un proceso sin límite que determina el principal instrumento normativo del ordenamiento jurídico, puede desembocar fácilmente en la instauración de la tiranía. Por esto se determina la existencia de un claro límite al poder Constituyente en las obligaciones internacionales del Estado en materia de derechos humanos y que responde al control vinculante de los mecanismos internacionales de protección a los derechos humanos, que permite concluir que el poder popular encarnado en una eventual Asamblea Constituyente deberá ceñirse a diseñar la estructura de las instituciones del Estado buscando el reconocimiento, respeto y garantía efectiva de los derechos humanos.
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Castaño, Christian. "Participación, reivindicaciones políticas y sociales de los raizales en la Asamblea Nacional Constituyente de 1991." Ciencia Política 12, no. 24 (July 1, 2017): 265–79. http://dx.doi.org/10.15446/cp.v12n24.63672.

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Abstract:
El presente artículo repasa la historia de marginación política y socioeconómica de la etnia raizal que habita el archipiélago de San Andrés y Providencia, así como las reivindicaciones sociales y políticas de la etnia en el escenario de la Asamblea Nacional Constituyente (ANC) en la alianza con el movimiento raizal Sons Of the Soil (SOS) en la constituyente indígena. Para esto se revisan las declaraciones conjuntas entre dicho movimiento y la Organización Nacional Indígena de Colombia (ONIC) y las ponencias presentadas por la constituyente interétnica en la ANC. Finalmente, se indican las limitaciones del deficiente reconocimiento constitucional y sus consecuencias para la etnia raizal.
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Figueroa Oviedo, Jazmín. "Alcance del derecho a la paz en la constitución política de 1991." Revista Jurídica Piélagus 18, no. 2 (July 19, 2019): 143–63. http://dx.doi.org/10.25054/16576799.2648.

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Abstract:
El objetivo de este artículo es analizar el alcance del derecho a la paz en la Constitución Política de 1991, partiendo de su génesis constitucional a través de lo debatido en el seno de la Asamblea Nacional Constituyente, la doctrina nacional e internacional y la interpretación jurisprudencial de la Corte Constitucional de Colombia. Para cumplir con este objetivo, se develará la naturaleza individual o colectiva del derecho a la paz y sus implicaciones en procesos de negociaciones con grupos armados al margen de la ley ofreciendo con ello una vista panorámica de su tratamiento jurídico.
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López Lara, Álvaro F., and Nicolás Loza. "Precompromiso y coaliciones en la Asamblea Constituyente de la Ciudad de México." Revista Euro latinoamericana de Análisis Social y Político (RELASP) 2, no. 4 (June 8, 2022): 99–123. http://dx.doi.org/10.35305/rr.v2i4.63.

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Abstract:
¿Cómo pueden atar los poderes constituidos al poder Constituyente? ¿En qué condiciones una asamblea constituyente que se halla limitada en sus poderes para restringir a otros actores puede ampliar el espacio constitucional subnacional? Este trabajo toma a la Asamblea Constituyente de la Ciudad de México como caso de estudio para mostrar la lógica de precompromiso de los actores, en la forma de un juego anidado (Tsebelis,1990; Schedler, 2003) en el cual los poderes constituidos a nivel nacional aceptaron la celebración de un Constituyente subnacional, diseñando las reglas para convocar y seleccionar a los miembros de la asamblea y para limitar su autonomía decisoria, en tanto que el partido gobernante en la Ciudad de México respaldó la iniciativa de reformas constitucionales que le interesaban al gobierno federal. En el proceso constituyente, a pesar de estas ataduras, los actores ampliaron el espacio constitucional subnacional, al celebrar acuerdos y formar coaliciones para aprobar una constitución en la que plasmaron un conjunto de derechos fundamentales y disposiciones que sustentan la organización política de la ciudad capital.
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Leiva Ramírez, Eric, William Guillermo Jiménez, and Orlando Meneses Quintana. "Los derechos fundamentales de la Constitución Política de 1991 como resultado de un proceso constituyente deliberativo." Revista Derecho del Estado, no. 42 (November 22, 2018): 149–80. http://dx.doi.org/10.18601/01229893.n42.06.

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Abstract:
El proceso de construcción de la Constitución Política de 1991 fue una respuesta a complejos fenómenos sociales como el narcotráfico, la persecución política de la izquierda nacional y el uso excesivo del “Estado de sitio”. Esto condujo a que distintos movimientos sociales vieran en la estructuración de un nuevo acuerdo político una forma legítima de establecer un paradigma democrático que garantizara el respeto de los derechos fundamentales y la inclusión de principios democráticos que fundamentaran el Estado constitucional de derecho sobre el reconocimiento y respeto de la dignidad humana a través de una carta de derechos que cumpliría el rol de cláusulas contractuales vinculantes para los actores políticos que participaron en el proceso deliberativo constituyente de 1991. Este documento aborda los presupuestos fácticos que llevaron a la expedición de la Constitución Política de 1991 como un proceso democrático deliberativo, y los fundamentos políticos empleados para justificar su creación, especialmente el concepto de constituyente primario; así como las razones que le brindaron una esencia normativa a la consagración de una carta de derechos en la norma constitucional. Para ello, se expone inicialmente qué entiende la doctrina por proceso deliberativo; subsiguientemente se presentan sucintamente los hechos que antecedieron a la convocatoria a la Asamblea Nacional Constituyente para la modificación y posterior derogación de la Constitución Política de 1886; finalmente, se expone lo que el constituyente primario de 1991 pretendía con la consagración de un mínimo de derechos fundamentales según la jurisprudencia elaborada por la Corte Constitucional.
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Cerrato, Héctor Martín. "Ley Electoral y de las Organizaciones Políticas en Honduras." Revista de la Facultad de Derecho de México 68, no. 270 (March 2, 2018): 905. http://dx.doi.org/10.22201/fder.24488933e.2018.270.63761.

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Abstract:
<p>En el año 1981 con el retorno de la democracia a Honduras<br />la Asamblea Nacional Constituyente crea mediante Decreto Legislativo<br />N° 53 del 20 de abril de 1981 la “Ley Electoral y de las<br />Organizaciones Políticas” con el objetivo de regular los procesos<br />electorales que se celebraran. Es así que en 1982 dicha Asamblea<br />Constituyente crea una nueva constitución (la cual hasta hoy se<br />encuentra vigente) estipulando en el texto de la misma las disposiciones<br />concernientes al sufragio, los partidos políticos y la<br />función electoral.</p>
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Sáenz Bravo, Zamir. "Aproximación al discurso de democracia en el M-19: (1970-1991)." Ciencia Latina Revista Científica Multidisciplinar 6, no. 6 (December 9, 2022): 4943–60. http://dx.doi.org/10.37811/cl_rcm.v6i6.3791.

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Abstract:
En un momento en que llega a la presidencia de Colombia un ex-militante de la guerrilla del M-19 se hace imperioso un análisis para aproximarnos al discurso de democracia que uso esa organización. Para ello, ubicaremos la categoría de democracia en el discurso que manejo esa guerrilla desde su conformación como grupo Comuneros en 1970 hasta su participación en la Asamblea Nacional Constituyente de 1991 con algunos de sus miembros, ya como exguerrilleros. Los conceptos serán las claves para comprender su accionar en el contexto político de la nación colombiana durante ese período, así como el origen, la evolución y constancia o transformación de su pensamiento.
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Morales Alonso, Mónica Johanna. "Movimiento afrodescendiente colombiano en la Asamblea Nacional Constituyente de 1991: de la política de influencia a la política del poder." Estado & comunes, revista de políticas y problemas públicos 2, no. 11 (July 7, 2020): 37–53. http://dx.doi.org/10.37228/estado_comunes.v2.n11.2020.169.

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Abstract:
Este trabajo analiza, desde la sociología política, la participación del movimiento social afrodescendiente (MSA) colombiano en la Asamblea Nacional Constituyente de 1991. Se recurrió a dos categorías conceptuales para el análisis: la estructura de oportunidad política (EOP) y la política de la influencia, para identificar cómo se generó la apertura para la participación de este movimiento en la esfera institucional, en el contexto de crisis y violencia política que enfrentaba Colombia en la década de 1980. Para esta investigación se acudió a literatura especializada, se entrevistó a líderes afrodescendientes y se rastreó noticias de prensa. Así, se reconstruyó históricamente la participación política del MSA en escenarios institucionales y se identificaron sus formas de acción colectiva. A partir de lo anterior, fue posible definir sus demandas de identidad, desarrollo económico y titulación del territorio en el artículo transitorio 55 de la Constitución de 1991.
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Leiva Ramírez, Eric. "Las paradojas de las políticas centralistas en relación con la autonomía de las entidades territoriales en Colombia." Revista Derecho del Estado, no. 35 (December 14, 2015): 41. http://dx.doi.org/10.18601/01229893.n35.03.

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Abstract:
El proceso de descentralización territorial que pretendía la Asamblea Nacional Constituyente de 1991 se ha visto truncado por las políticas adoptadas por gobiernos centralistas a través de reformas constitucionales y de los desarrollos normativos de estas. La adopción de las políticas centralistas ha tenido como principal argumento la corrupción de los entes territoriales y la cientificidad del Gobierno nacional en el manejo de los recursos. No obstante, la realidad de los entes territoriales ha demostrado que las políticas centralistas no contribuyen al mejoramiento de sus condiciones políticas y económicas. Esto ha generado una seria reducción de la autonomía administrativa y política que deberían tener los entes territoriales según los parametros originales de la Constitución Política, lo que ha fortalecido el rezago económico y administrativo que tenían dichos entes con anterioridad a la Constitución Política de 1991.
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Boesten, Jan. "La coyuntura crítica colombiana: el origen comunicativo de la Constitución de 1991." Precedente. Revista Jurídica 8 (February 8, 2017): 67. http://dx.doi.org/10.18046/prec.v8.2361.

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Abstract:
Se dice que las Constituciones de la Colombia del Siglo XIX eran cartas de batalla que aplacaban la confrontación militar, pero al mismo tiempo contenían la semilla para el siguiente enfrentamiento. La Constitución de 1991 rompe con esa tradición, en tanto esta no es percibida como una carta de batalla, sino como un pacto de paz. A través de una metodología de política comparada, este artículo contrasta el proceso constitucional de 1991 con otros escenarios de profunda reconstrucción institucional para argüir que lo que hace que la Constitución de 1991 sea diferente a aquellas cartas de batalla fue el tipo de crisis que llevó a la constitución de la Asamblea Nacional Constituyente, su origen en un movimiento popular comprometido con una acción comunicativa y, por último, su carácter inclusivo y deliberativo, en el que se escuchó a grupos tradicionalmente marginados.
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Barreto Rozo, Antonio. "La generación del Estado de sitio: el juicio a la anormalidad institucional colombiana en la Asamblea Nacional Constituyente de 1991." Precedente. Revista Jurídica 1 (March 1, 2013): 9. http://dx.doi.org/10.18046/prec.v1.1462.

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Villareal, María Lucía Torres. "La comunidad raizal: elementos para una reflexión jurídica a partir de un discurso étnico." Civilizar 12, no. 22 (January 1, 2012): 35. http://dx.doi.org/10.22518/16578953.90.

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Abstract:
El reconocimiento de las etnias colombianas que hace de la Constitución de 1991 da cuenta del elemento de diversidad cultural analizado por la Asamblea Constituyente. Desde ese momento, Colombia ha hecho un importante esfuerzo por expedir normas acordes a los principios constitucionales e internacionales, en procura de la protección de los derechos de las comunidades étnicas existentes en el territorio nacional. Sin embargo, la situación de la comunidad raizal no es reflejo de ello, pues si bien la Carta Política la reconoce como etnia, el desarrollo legislativo posterior no lo evidencia así. La participación política de los raizales, en su expresión como valor, principio y derecho constitucional, no ha sido garantizada de la misma manera que ha sucedido respecto de otras etnias.
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Borja, Miguel. "La Constitución negada." Análisis Político 27, no. 81 (May 1, 2014): 114–26. http://dx.doi.org/10.15446/anpol.v27n81.45769.

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Abstract:
El artículo examina el destino de las propuestas realizadas por los pueblos indígenas y negros en Colombia, durante la Asamblea Nacional Constituyente del año de 1991. Propuestas encaminadas a definir una nueva organización territorial del Estado y que fueron rechazadas en la Constitución y el desarrollo legislativo posterior. Se está, por tanto, frente al desconocimiento de una de las realidades más importantes del país: la construcción del espacio por parte de las comunidades indígenas y negras y de sus programas políticos para la organización territorial de sus entornos geográficos. Idearios que conforman lo que en el texto se denomina La Constitución Negada. El escrito se apoya para el análisis en la sociología del espacio, y se fundamenta en el aporte de George Simmel y de Orlando Fals Borda, quienes participan del debate sobre los vínculos entre sociedad y espacio, y su impacto en la formación social de las constituciones y las leyes.
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Ortiz, José, Ulises Freire, and Pedro Ortiz. "Ética de la asistencia sanitaria del adulto mayor en Ecuador." Revista Brasileira de Bioética 14, edsup (April 12, 2019): 128. http://dx.doi.org/10.26512/rbb.v14iedsup.26527.

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Abstract:
Los Principios de la Naciones Unidas en favor de los adultos mayores (AM) son: independencia, participación, contar con los cuidados necesarios, autorrealización, dignidad (ONU, 1991); en este marco, la Constitución Política del Ecuador (Asamblea Constituyente, 1998) contiene normas de protección que se traducen en igualdad de derechos y garantías a favor de todos, ecuatorianos y extranjeros, independientemente de su edad. A partir del año 1984 el Ministerio de Bienestar Social, establece programas y proyectos en beneficio de los AM (MBS, 2014) y en el año 1991 se crea la Ley Especial del Anciano, según la cual el Estado garantiza el derecho a un nivel de vida que asegure la salud corporal y psicológica, la alimentación, el vestido, vivienda, asistencia médica, la atención geriátrica y gerontológica integral y los servicios sociales necesarios para una vida digna (Congreso Nacional, 2006). No obstante lo antes mencionado, en la práctica dicho grupo etario reclama mayor atención; de ahí que el objetivo del presente estudio es valorar en qué medida las acciones que emprenden las instituciones estatales consiguen satisfacción en los AM, que se evidencia mediante la percepción en el ejercicio de sus derechos y la calidad de los servicios de salud. Método Se realizó un estudio transversal que incluyó, de manera aleatoria a 557 adultos mayores residentes en áreas de cobertura de centros de primer nivel de atención, mediante la aplicación de un formulario validado, previa la aplicación del consentimiento informado por parte de estudiantes de la carrera de medicina, que recibieron capacitación y supervisión de docentes. Entre las variables analizadas estuvieron las características sociodemográficas, derechos del adulto mayor y percepción sobre la calidad de la atención de salud.
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Blanco Torres, Yenifeth, Milvia José Zuleta Pérez, and Melani Carime Vásquez Maestre. "Modelos de gestión pública en educación: verticalidad versus horizontalidad." Revista Venezolana de Gerencia 27, no. 100 (September 23, 2022): 1405–22. http://dx.doi.org/10.52080/rvgluz.27.100.8.

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Abstract:
Desde principios de la década de los noventa se gestó en Colombia un proceso de transformación política institucional, que dio como origen una asamblea nacional constituyente con la cual se formula y aprueba la Constitución política de 1991. El objetivo de este trabajo es explorar los modelos de gestión en la educación básica y media en Colombia. Se desarrolla una investigación de tipo cualitativa, documental, analítica-descriptiva y transaccional. Los hallazgos dan cuenta que: 1) El sistema educativo está fundamentado en el Estado social de derecho e incorpora elementos de gestión descentralizada; 2) La estructura organizacional en educación es pensada en términos clásicos, como lo refiere weber en su propuesta de organización vertical; 3) La toma de decisiones está centralizada en la cima del poder con influencia de los partidos, 4) El financiamiento de los servicios provienen directamente por vía del Estado; 5) La prestación del servicio se brinda mediante modalidades de gestión que oscilan entre el servicio directo por parte de las instituciones estatales, contratación con el sector privado y mediante concesiones a terceros; 6) Se está frente a un Estado Docente en constante capacitación, formación y cualificación de los educadores. Se concluye que en la gestión pública de la educación básica y media existe una mixtura de rasgos burocráticos y postburocráticos.
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Tubay Zambrano, Fanny, María Angélica Henríquez, and Humberto Castillo Quintero. "Una mirada a la legislación y normativa vigente del género en Ecuador." Universidad Ciencia y Tecnología 25, no. 108 (March 3, 2021): 12–22. http://dx.doi.org/10.47460/uct.v25i108.426.

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Abstract:
Con el repaso de la normativa legal del género en el Ecuador, este trabajo muestra su estado actual y los avances desde una progresión teórica y práctica para construir un modelo de sociedad que tenga sus cimientos en la filosofía del buen vivir. A través de la metodología cualitativa, y del método documental se analizaron 13 instrumentos legales y 4 planes y proyectos estatales. Los resultados dan cuenta que a pesar de los importantes avances legislativos siguen existiendo falencias en materia de género en el país, pues en la práctica se requiere, por un lado, que el estado garantice el cumplimiento de la normativa, y que, por otro, que la sociedad en su conjunto la asuma responsablemente y lo haga posible. Palabras Clave: Normativa legal, sociedad, género, derechos de la mujer. Referencias [1]C. Valle, Atlas de Género, Quito: Instituto Ecuatoriano de Estadísticas y Censos, 2018. [2]L. M. Martínez y T. 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Storini, Claudia. "PRESUPUESTO PÚBLICO Y EFECTIVIDAD DE LOS DERECHOS ECONÓMICOS, SOCIALES Y CULTURALES EN EL NUEVO CONSTITUCIONALISMO LATINOAMERICANO." Revista Direitos Sociais e Políticas Públicas (UNIFAFIBE) 8, no. 3 (December 22, 2020): 870. http://dx.doi.org/10.25245/rdspp.v8i3.836.

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Abstract:
Algunos autores han descrito el proceso constituyente colombiano de 1991 como la primera manifestación de una teoría constitucional que representa un punto de inflexión en la evolución constitucional mundial.[1] No obstante, si bien es cierto que en la Constitución colombiana aparecen algunos rasgos novedosos respecto al constitucionalismo clásico, son los procesos constituyentes ecuatoriano de 1998 y de 2008, venezolano de 1999, boliviano de 2009 los que permiten defender el nacimiento de un nuevo constitucionalismo latinoamericano.Un nuevo constitucionalismo que, además de resaltar la dimensión jurídica de la Constitución, dirige su atención por una parte, a la legitimidad democrática de la misma y, por otra, al perfecionamiento del reconocimiento y garantía de los derechos. Es así que, ante la debilidad del viejo modelo constitucional para resolver los problemas de la sociedad, estas constituciones proponen un nuevo modelo de Estado. Este cambio de paradigma abarca aspectos procedimentales y sustanciales.[2]Desde el punto de vista sustancial -sin que ello signifique subestimar por una parte, las innovaciones procedimentales y, por otra, la reformulación de la división clásica de poderes, la creación de nuevas formas de participación política, y la reelaboración de los contenidos de la Constitución económica- el cambio que más claramente se configura como punto a parte de las formas constitucionales anteriores, es el reconocimiento de la directa aplicabilidad e igual jerarquía de todos los derechos. En este sentido los citados textos constitucionales, han abierto una nueva época para que pueda darse con plenitud el reconocimiento y justiciabilidad de los derechos sociales.[3] Además, a diferencia del constitucionalismo clásico, que se limita a establecer fórmulas indeterminadas de reconocimiento de los derechos, en estos textos el constituyente configura cada uno de ellos, dotándolos de una potencialidad expansiva que va muchos más allá del límite impuesto por el respeto del contenido esencial.Partiendo de esta base, se intentará demostrar que una de las implicaciones del cambio de paradigma antes descrito es que, mientras en el viejo constitucionalismo los poderes encargados de cumplir con las obligaciones que se desprenden del reconocimiento de los derechos sociales son los poderes políticos, siendo el judicial solo subsidiario, en el nuevo constitucionalismo los órganos jurisdiccionales tienen un papel fundamental en la garantía de su efectividad.Con esta finalidad, se tomará como referente la Constitución de Ecuador 2008, en tanto que en ella, como en ninguna otra, los derechos se manifiestan como el núcleo axiológico de toda las demás disposiciones. Así lo pone de manifiesto el preámbulo y el artículo 1 en el que se configura un nuevo Estado de derechos y justicia, que debe ser entendido como aquel Estado en el que la garantía de los mismos y en especial las garantías de los derechos sociales, en tanto derechos capaces de garantizar “una nueva forma de convivencia ciudadana, en diversidad y armonía con la naturaleza, para alcanzar el buen vivir, el sumak kawasay”,[4] deben ser consideradas como elemento primordial a la hora de interpretar y desarrollar cualquier norma constitucional y legal. En este sentido, las garantías de los derechos deberán ser el parámetro a través del cual se aplique la Constitución y se resuelvan las controversias entre ciudadanos, entre los diferentes poderes del Estado y entre este último y los ciudadanos. Hablar de Estado de derechos significa aplicar e interpretar la constitución y todas sus instituciones, reglas y principios a la luz de los derechos en ella garantizados.[5]* Agradezco a Sebastián Bernardo Vázquez Rodas la atenta lectura de este trabajo y sus atinadas sugerencias y observaciones.[1] Roberto Viciano y Ruben Martínez, “Aspectos generales del nuevo constitucionalismo latinoamericano”, en Luís Fernando Ávila Lizán, edit., Política, justicia y Constitución, Quito, Corte Constitucional, 2011, p.167. Boaventura de Sousa Santos habla de “grandes prácticas transformadoras” en “La reinvención del Estado y el Estado plurinacional”, en OSAL, Buenos. Aires, CLACSO, Año VIII, Nº 22, 2007, p 27. Véase también, Roberto Gargarella, y Christian Courtis. El nuevo constitucionalismo latinoamericano: promesas e interrogantes, Serie Políticas sociales, No. 153, Santiago de Chile, Cepal, 2009, pp. 31 y ss.[2] Albert Noguera Fernández y Marcos Criado de Diego, hablan de rasgos procedimentales porque: “a diferencia de los procesos constituyentes anteriores que se habían desarrollado, particularmente en América Latina, y siguiendo el ejemplo europeo, de espaldas a la población, estos serán procesos activados mediante referendo por el pueblo, que suponen un rescate de los principios de soberanía popular y de la doctrina clásica del poder constituyente mediante la elección democrática de una Asamblea Constituyente originaria con funciones de redacción de un proyecto de Constitución que debe someterse a ratificación popular”. Y de rasgos de contenido. En el sentido que: “Estas últimas constituciones recogen un conjunto de innovaciones sustanciales que las diferencian claramente de sus precedentes”, en “La constitución colombiana de 1991 como punto de inicio del nuevo constitucionalismo en América Latina”, en Revista Estudios Socio-Jurídicos, vol. 13, No. 1, S/L, 2011, p. 18.[3] Se utiliza este concepto de derechos entendiendo que en la tradición constitucional se habla de “derechos sociales”, y en el derecho internacional de los derechos humanos se habla de “derechos económicos, sociales y culturales”.[4] Así recita el preámbulo de la Constitución de 2008.[5] Según Ramiro Ávila, en la Constitución de Ecuador el “estado está sometido a los derechos” por las siguientes razones: “1. Es deber primordial del estado garantizar el efectivo goce de los derechos [art. 3. (1)]; 2. El más alto deber del estado es respetar y hacer respetar los derechos [art. 11. (9)]; 3. La participación en todo asunto de interés público es un derecho [art. 95]; 4. La Asamblea Nacional y todo órgano en potestad normativa no pueden atentar contra los derechos [art. 84]; 5. La formulación, ejecución, evaluación y control de las políticas públicas, cuya rectoría la tiene el ejecutivo [art. 141], garantizan los derechos [art. 85]; 6. Los jueces y juezas administran justicia con sujeción a los derechos [art. 172]; 7. La función de transparencia y control social protegerá el ejercicio y cumplimiento de los derechos [art. 204]; 8. La función electoral garantiza los derechos de participación política [art. 204]. (…) “Toda función del estado, en suma, está vinculada y sometida a los derechos. Podríamos seguir con la enumeración y afirmar que esta relación de sometimiento a los derechos se repite en la administración pública [art. 226], en el modelo de desarrollo [art. 275], en el sistema económico [art. 233], en la deuda externa [art. 290 (2)], en la formulación del presupuesto del estado [art. 298], en el sistema financiero [art. 358], en los sectores estratégicos, en la inversión [art. 339], en la producción [art. 319]”, en El neoconstitucionalismo transformador. El Estado y el derecho en la Constitución de 2008, Quito, Abya-Yala/Universidad Andina Simón Bolívar, Sede Ecuador, 2011, pp. 139-140. Y, del mismo autor: “Caracterización de la Constitución de 2008. Visión panorámica de la Constitución a partir del Estado constitucional de derechos y justicia”, en La nueva Constitución del Ecuador. Estado, derechos e instituciones, Santiago Andrade, Agustín Grijalva y Claudia Storini, edits., Quito, Universidad Andina Simón Bolívar, Sede Ecuador/Corporación Editora Nacional, 2009.
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Curiel, Ochy. "El régimen heterosexual y la nación. Aportes del lesbianismo feminista a la antropología." La Manzana de la Discordia 6, no. 1 (March 17, 2016): 25. http://dx.doi.org/10.25100/lamanzanadeladiscordia.v6i1.1507.

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Resumen: El lesbianismo feminista, como corrienteteórico-política del feminismo ha propuesto analizar laheterosexualidad, como un régimen político, más quecomo una práctica sexual, basado en la ideología de ladiferencia sexual como su base ontológica. A través deun análisis crítico del discurso, esta tesis muestra comoeste régimen se articula a la nación, concretamente, en laConstitución Política de Colombia de 1991, su ley suprema.Apoyada además en las teorías de la antropología dela mujer, del género y feminista, la antropología políticay la teoría marxista, desde el concepto de hegemoníade Antonio Gramsci, la autora muestra, por medio delanálisis de las categorías mujer, hombre, familia, parentesco,nacionalidad, entre otras, cómo este régimen estácontenido en los discursos escritos y jurídicos tanto deltexto constitucional, como de los argumentos emitidos porlos y las constituyentes en la Asamblea Nacional Constituyenteque dio origen a la Carta Magna. Propone lo quedenomina Antropología de la Dominación que consiste endevelar las formas, maneras, estrategias, discursos quevan definiendo a ciertos grupos sociales como “otros” y“otras” (sobre todo a las mujeres y las lesbianas) desdelugares de poder y dominación.Palabras claves: Heterosexualidad, nación, constitución,lesbianismo, feminismo.The heterosexual regime and the nation. Contributions of feminist lesbianism to antropologyAbstract: Lesbian feminism, as a theoretical politicaltrend of feminism, has suggested analyzing heterosexualityas a political regime, based on the ideology of sexualdifference as its ontological grounding. Through criticaldiscourse analysis, this thesis shows how this regime articulatesitself with the nation, especially in the PoliticalConstitution of Colombia of 1991, its supreme law. Basingas well on the theories of women, gender and feministanthropology, political anthropology and marxist theory,specifically from Antonio Gramci’s concept of hegemony,the authoress shows- through analysis of categories suchus women, man, family, kinship and nationality, amongothers- how this regime is included in the written andlegal discourses both in the constitutional text and in thearguments expressed by constituents at the National ConstituentAssembly that led to the Magna Carta. The authorproposes what she calls Domination Anthropology, whichconsists in uncovering the ways, strategies and discoursesthat define certain social groups as “others” (specially womenand lesbians) from power and domination positions.Key words: Nation, heterosexuality, feminism,lesbianism, constitution.
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Colón-Ríos, Joel. "El poder de una Asamblea Constituyente: reflexiones acerca de la Constitución de 1991 y su artículo 376." Revista Derecho del Estado, no. 50 (August 30, 2021): 77–98. http://dx.doi.org/10.18601/01229893.n50.04.

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Abstract:
Para la teoría constitucional hay dos preguntas claves que surgen en cualquier discusión acerca de la creación de nuevas constituciones. Primero, ¿qué mecanismo debe utilizarse para el ejercicio del poder constituyente? La respuesta que la práctica del constitucionalismo contemporáneo le ha dado a esa pregunta es clara: la Asamblea Constituyente. La segunda pregunta, en la cual se centra este escrito, es: ¿qué tipo de poder posee (o puede poseer) una Asamblea Constituyente? La respuesta que la práctica del constitucionalismo contemporáneo ha ofrecido a esa pregunta es que dicho poder es un poder soberano. Mi propósito es demostrar que esa respuesta debe rechazarse. Para ello, utilizaré como ejemplo principal el caso colombiano y el artículo 376 de la Constitución de 1991.
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Petrov, Nicolai V., and Antonio Abellán García. "Dos necrológicas de Rusia: Un estudio comparativo de la geografía electoral de 1917 y 1989." Estudios Geográficos 52, no. 204 (September 30, 1991): 475–95. http://dx.doi.org/10.3989/egeogr.1991.i204.475.

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Abstract:
Estudio detallado de las elecciones de 1917 a la Asamblea Constituyente y de 1989 para el Congreso de los Diputados de los Pueblos de la URSS. Se intenta un tipología del comportamiento electoral y una regionalización.
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Gómez Leyton, Juan Carlos. "Poder Constituyente, Crisis del Estado Oligárquico: Chile, 1910-1925." Revista Direito e Práxis 8, no. 4 (December 2017): 3069–116. http://dx.doi.org/10.1590/2179-8966/2017/31226.

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Abstract:
Resumen El presente artículo aborda desde una perspectiva histórica y política la conformación del poder constituyente durante la crisis del Estado oligárquico en Chile, entre los años 1910 y 1925, que elaboro la Constitución Política de 1925. Nuestro planteo postula que dicha Constitución constituyó una imposición autoritaria por parte del poder constituido que, transformado en un espurio poder constituyente, impidió la génesis democrática, pluralista y participa del nuevo orden político a través de la realización de una Asamblea Nacional Constituyente, que diversos sectores sociales y políticos demandaban. Excluyendo de esa forma el poder constituyente popular.
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Wiesner Morales, Luis Roberto. "La acción afirmativa en la Constituyente de 1991." Civilizar 7, no. 13 (December 23, 2007): 61. http://dx.doi.org/10.22518/16578953.765.

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Abstract:
El estudio está dedicado a la historia y el surgimiento de la acción afirmativa en la Constitución de 1991, particularmente, en los artículos 13-2 y 13-3 del texto constitucional. El lector conocerá acerca de la inspiración en las fuentes que aportaron el Derecho de los Estados Unidos y el de Italia y podrá seguir las discusiones en la Asamblea Constitucional donde se estatuyó la protección de los discriminados, los marginados y los débiles. También entrará en la discusión de ciertos puntos como la utilidad de la acción afirmativa para combatir la pobreza y la limitación de los grupos por favorecer.
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Azuela Bernal, Ernesto. "La cuestión local en el Congreso Constituyente de 1917." Secuencia, no. 09 (January 1, 1987): 012. http://dx.doi.org/10.18234/secuencia.v0i09.189.

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Abstract:
<p>Describe el debate de la Constituyente sobre la cuestión local, entendida como "la estructuración y organización de lo político en áreas distintas del Estado nacional". La Asamblea intentó organizar la vida institucional a partir de fuerzas políticas locales. Las posteriores reformas limitaron la pluralidad.</p>
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Pavez Montenegro, Constanza. "Descentralización y participación en la constitución ecuatoriana: lecciones para el proceso constituyente en Chile." Encrucijada Americana 8, no. 1 (May 11, 2016): 53. http://dx.doi.org/10.53689/ea.v8i1.4.

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Abstract:
El presente documento tiene por finalidad exponer la estrategia descentralizadora y autonomista del Gobierno ecuatoriano, impulsada y plasmada en una nueva constitución, desarrollada a partir de la experiencia participativa de una asamblea nacional constituyente. Adicionalmente, se realizará una descripción general de un nuevo paradigma de planificación y gestión pública, propuesto en la última década por la CEPAL, que sentó las bases para el proceso ecuatoriano. Atendiendo también, a la doble intención del gobierno chileno; de ejecutar un plan descentralizador, con miras de un mayor desarrollo y equidad, como también la propuesta de un proceso constituyente, se vuelve trascendente indagar en el proceso ecuatoriano y rescatar buenas prácticas que pudieran ser replicables a nivel nacional.
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Iriarte Rivas, Claudia Paz. "Alberto Acosta, expresidente de la Asamblea Nacional Constituyente de Ecuador, sobre algunas lecciones del proceso constituyente ecuatoriano." Anuario de Derechos Humanos 16, no. 2 (December 31, 2020): 459. http://dx.doi.org/10.5354/0718-2279.2020.60552.

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Ramírez, Luciano. "Convención Revolucionaria y Congreso Constituyente." Revista Eletrônica da ANPHLAC, no. 23 (February 23, 2018): 5–28. http://dx.doi.org/10.46752/anphlac.23.2017.2843.

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Abstract:
Luego de ser derrocado el régimen del dictador Victoriano Huerta, en julio de 1914, las distintas fuerzas revolucionarias (carrancistas, villistas, zapatistas) empezaron a tener diferencias por lo que acordaron reunirse para realizar una Convención con el propósito de evitar la escisión, acordar cambios drásticos en la dirección política del Estado, debatir los problemas socioeconómicos y políticos más importantes que aquejaban a la nación. Las propuestas que los delegados sometieron a discusión en las distintas etapas de la Soberana Convención Revolucionaria, fueron configurando el documento denominado Programa de Reformas Político-Sociales de la Revolución, algunas de las cuales -de manera indirecta- fueron retomadas por los diputados constituyentes de Querétaro e influyeron para concretar los artículos fundamentales de la Carta Magna que actualmente rige los Estados Unidos Mexicanos. El objetivo de este trabajo es tratar de establecer algunas relaciones entre la Convención, considerada como asamblea nacional preconstituyente, y la Constitución de 1917.
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Muñoz Guillén, Mercedes. "La Asamblea Nacional Constituyente de 1949: El discurso anticomunista y la inconstitucionalización del Partido Vanguardia Popular." Diálogos Revista Electrónica 9, no. 1 (August 5, 2008): 93. http://dx.doi.org/10.15517/dre.v9i1.6139.

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Abstract:
El artículo analiza a partir de un examen detallado de las Actas de la Asamblea Nacional Constituyente de 1949 en Costa Rica, los procesos, motivaciones, justificaciones y mecanismos ideológico-políticos presentes en la construcción de un discurso anticomunista como medio de exclusión partidaria y etiquetamiento de la acción política, cuya máxima expresión tuvo lugar en la inconstitucionalización del Partido Vanguardia Popular y que se constituyó en uno de los ejes centrales de la configuración política y la orientación ideológica de la “Segunda República” en los más álgidos años de la Guerra Fría.
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Sánchez, Dolis. "Convocatoria y elección de una constituyente: colisión con el poder constituido." Estado de Derecho: Rechtsstaat 1, no. 1 (2019): 9–30. http://dx.doi.org/10.53766/esder/2019.01.01.01.

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Abstract:
La Constitución de 1999, establece de manera expresa, el derecho del pueblo venezolano a convocar una Asamblea Nacional Constituyente, no previendo otro requisito distinto “al ejercicio por parte del pueblo de Venezuela, de sus poderes creadores”, como reza su Preámbulo, con lo que se deduce la imposibilidad del Poder Constituido de normarlo. En el presente artículo se analiza la circunstancia del vacío del mecanismo para dicha convocatoria y elección de sus integrantes, sin la participación del Poder Electoral ni de ningún otro órgano del Poder Constituido, para contribuir con el debate necesario que permita resolver el problema dentro del marco constitucional. La presente investigación concluye que, si un órgano de un Poder Constituido cualquiera ejerce los Poderes Constituyentes del Pueblo Soberano, eso implica sin lugar a dudas, una Usurpación de Funciones del abstracto “órgano depositario” de la Soberanía Nacional: El Pueblo. Y que su inconstitucional convocatoria por parte de un Poder Constituido puede ser recurrida ante la SC-TSJ.
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Camacho Rodríguez, Francisco, and Génesis Montes Biondi. "Comunicación y violencia política en Venezuela: las elecciones a la asamblea nacional constituyente según los diarios El Impulso y Correo del Orinoco (2017)." Estudios sobre el Mensaje Periodístico 28, no. 2 (May 11, 2022): 275–92. http://dx.doi.org/10.5209/esmp.77283.

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Abstract:
Se presenta un análisis de las noticias publicadas en las primeras páginas de los diarios El Impulso y Correo del Orinoco sobre el proceso de convocatoria y elecciones a la Asamblea Nacional Constituyente de 2017 en Venezuela. Se compararon los titulares y leads aplicando la técnica del análisis de contenido. Se realizó un cuadro de categorías y subcategorías, siguiendo los criterios de pertinencia, representatividad, homogeneidad, exhaustividad. La investigación está sustentada en las teorías de la comunicación política, la personificación de la política y la posverdad. En medio de la polarización y la violencia en las calles, el Correo, controlado por el gobierno de Nicolás Maduro, fue el que más apeló a las emociones de su audiencia, mientras que la personificación política en torno a la figura del fallecido Hugo Chávez en medios oficialistas no tuvo la intensidad de los años anteriores. El Impulso dedicó más espacio a la confrontación del proceso Constituyente que el Correo del Orinoco.
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Castellà i Pujols, María Betlem. "Gestionando la voz del pueblo. Cartas, memorias y peticiones en las manos del Comité de Reportes en los primeros años de la Revolución Francesa." Investigaciones Históricas. Época Moderna y Contemporánea, no. 42 (December 1, 2022): 691–754. http://dx.doi.org/10.24197/ihemc.42.2022.691-754.

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Abstract:
Se ha dicho que a través del derecho de petición aquellos que no gozaban de sus derechos políticos pudieron hacer llegar su voz para que esta se tradujera en palabra política. Pero, durante los primeros años de la Revolución francesa, ¿se gestionaron por igual todas las cartas, las memorias, las adresses y las peticiones recibidas fuera cual fuera su remitente? O bien, ¿hubo discriminación por motivos socioeconómicos, de género, religiosos o raciales? La localización de los registros del Comité de Reportes de la Asamblea Nacional Constituyente y el análisis de las 6.555 piezas registradas entre 1789 y 1791 nos ha permitido analizar el tratamiento dado a cada una de las piezas.
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Barcia Rodríguez, Sonia Margarita. "Gestión Ambiental de la Fiscalía Provincial en Ecuador. Una Mirada desde la Constitución Ecuatoriana." Telos Revista de Estudios Interdisciplinarios en Ciencias Sociales 20, no. 2 (May 15, 2018): 307–29. http://dx.doi.org/10.36390/telos202.05.

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Abstract:
Ante lo retórico de conferir a la naturaleza constitucionalmente el carácter de “sujeto de derechos”, sin nadie que vele por sus intereses, el propósito de la investigación fue proponer directrices para que se legisle respecto del otorgamiento a la Fiscalía de facultades para que promuevan los procesos penales y civiles ambientales, cuando se afecte al ambiente o naturaleza, el cual además de ser un bien común a todos las personas, se la ha considerado como un sujeto de derechos, lo contrario sería poseer normas de mera ostentación pública cuyo resultado ha sido “tener a la naturaleza como sujeto de derechos, sin que nadie la represente”. Como basamento teórico-documental, se revisó la Constitución de la República de Ecuador (Asamblea Constituyente, 2008) y la Constitución de la República Federativa de Brasil (Asamblea Nacional Constituyente, 1988). Metodológicamente la investigación siguió una modalidad dogmática-documental y de campo; de este modo, se trabajó con bibliografía y lincografías, complementando los datos con la obtención y recolección de información por parte de los profesionales de libre ejercicio del Cantón de Manabí vinculados con las acciones de la fiscalía encuestados. Esto permitió comprobar la falta de representación jurídica de la naturaleza como sujeto de derecho en el ordenamiento jurídico ecuatoriano. Entre las conclusiones destaca que pese a que constitucionalmente las materias ambientales son de interés público, no existe la normativa ambiental adecuada de fondo y de forma que evite la degradación persistente de la naturaleza.
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Arango Gaviria, Oscar. "Una reforma política para fortalecer la democracia." ÁNFORA 15, no. 24 (September 7, 2017): 11–26. http://dx.doi.org/10.30854/anf.v15.n24.2008.219.

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Abstract:
Las reflexiones consignadas en este artículo están inscritas en la actual coyuntura política por la que atravesamos los colombianos como efecto de la llamada parapolítica que inaugura un nuevo capitulo de la acción política en Colombia; revisa el impacto de la parapolítica en número de curules afectadas por partido y los acuerdos para salvar el proyecto de reforma política que cursa en el Congreso de la República.De la misma manera, revisa la propuesta de la convocatoria a una Asamblea Constituyente propuesta por el Polo Democrático Alternativo y las respuestas de la dirigencia política de los partidos y movimientos y la iniciativa de la reelección presidencial y finalmente, le hace un seguimiento a las reformas políticas que han impactado la Constitución política de 1991
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Baretta, Mónica. "Análisis de una polémica fundacional: inmigración, religión y desarrollo económico en la Asamblea Constituyente argentina de 1853." Revista Latinoamericana de Estudios del Discurso 19, no. 1 (July 3, 2019): 40. http://dx.doi.org/10.35956/v.19.n1.2019.p.40-55.

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Abstract:
Desde el comienzo del período independiente, las clases dirigentes de la Argentina se enfrentaron a la necesidad de poblar el extenso territorio nacional, y la incorporación de habitantes extranjeros fue desde muy temprano la solución indiscutida a ese problema. Sin embargo, a pesar del amplio consenso que existía en torno a la cuestión, había puntos de vista divergentes acerca del “tipo de inmigración” que se deseaba. En ese contexto, durante los debates de la Asamblea Constituyente de 1853, el tratamiento del artículo 14 de la Constitución Nacional dio lugar a una situación de argumentación (Plantin 2012) que hizo emerger la cuestión inmigratoria cuando se debatía sobre libertad de cultos. Partidarios y detractores de la tolerancia religiosa vinculaban de manera más o menos directa este asunto con la población extranjera que, se esperaba, llegase a poblar el territorio argentino.En ese marco, en este artículo se analizan los argumentos puestos en juego en esa polémica, para señalar, por un lado, la polarización e incompatibilidad de las posiciones en disputa (Angenot 2008; Amossy 2016) y por otro, los puntos de partida que resultan comunes a ambos lados del debate. En este sentido, nos interesa indagar en la forma en que esos argumentos construyen la imagen del inmigrante, al tiempo que ofrecen ciertas representaciones sobre la población local y la idea de desarrollo económico.
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Kinloch Tijerino, Frances. "La Independencia en la historiografía didáctica nicaragüense." Diálogos Revista Electrónica 9 (January 20, 2008): 945. http://dx.doi.org/10.15517/dre.v9i0.31210.

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Abstract:
Durante las primeras décadas de vida independiente, la idea de que los nicaragüensesconstituían una colectividad política con un origen y un pasado común era muy débil. Laslealtades localistas, étnicas y religiosas obstaculizaban la consolidación de un poder centralestable capaz de difundir un sentido de identidad nacional. La rivalidad entre las élites de lasciudades principales, aunada a los conflictos entre monárquicos y republicanos, unionistas yfederalistas, liberales y conservadores, desencadenó una sucesión de guerras civiles que abrió laspuertas a la ocupación del país por filibusteros estadounidenses en 1856-1857.La grave amenaza externa obligó a las élites a unir esfuerzos para expulsar al invasory, en 1858, se conformó una Asamblea Constituyente encargada de redactar una nueva CartaMagna acorde al carácter del pueblo nicaragüense, para dar inicio a la reconstrucción del país.El discurso pronunciado por el presidente del cuerpo legislativo en el acto de promulgaciónde la ley fundamental de la república revela la incertidumbre y el temor de los diputados,apremiados por la responsabilidad de definir a la comunidad nacional.
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Noguera Fernández, Albert. "La constitución cubana de 2019: un análisis crítico." Revista de Derecho Político 1, no. 105 (July 16, 2019): 361. http://dx.doi.org/10.5944/rdp.105.2019.25278.

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Abstract:
En julio de 2018, la Asamblea Nacional del Poder Popular (ANPP) de Cuba inició el trámite de discusión de un anteproyecto de nueva Constitución cubana. Entre el 13 de agosto y el 15 de noviembre de 2018, la ANPP convocó una fase de consulta popular entre la ciudadanía destinada a la discusión y recogida de propuestas, previa al debate para su consideración en la cámara y su posterior ratificación en referéndum en febrero de 2019. La nueva Constitución cubana es la concreción jurídico-formal de un proceso constituyente material que viene refundando las relaciones económicas y sociales de la isla desde inicios de la década de los 90 hasta hoy. El presente trabajo analizará cuales han sido estas transformaciones y realizará un análisis crítico de la Constitución cubana de 2019.
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Prego, Florencia. "Reforma de la Constitución Nacional en Paraguay (1992): del estado de sitio al estado de excepción." Revista Temas Sociológicos, no. 31 (January 5, 2023): 393–424. http://dx.doi.org/10.29344/07196458.31.3176.

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Abstract:
La caída del régimen del general Alfredo Stroessner en 1989 inauguró el largo proceso de transición a la democracia en Paraguay. La continuidad del ordenamiento jurídico y político del stronismo, sustentado en la Constitución Nacional de 1967, constituyó uno de los principales obstáculos para sellar el nuevo pacto democrático. En el presente artículo analizaremos las condiciones sociales e históricas que impulsaron el proceso de liberalización política sintetizada en la convocatoria a la Asamblea Nacional en 1991 y la posterior reforma de la Constitución Nacional en 1992, con el fin de configurar un nuevo ordenamiento jurídico y político. En particular, indagaremos en el proceso que llevó a la incorporación del estado de excepción, como reemplazo del estado de sitio, otrora utilizado para legalizar y legitimar el accionar represivo del régimen stronista. A partir de los debates parlamentarios y los proyectos presentados en la Asamblea Nacional, analizaremos la incorporación del estado de excepción en la Constitución Nacional, y realizaremos una reconstrucción teórica a los efectos de advertir las acepciones que tiene, las contradicciones que encierra, los mecanismos de legitimación en los que se sostiene y los dilemas que supone para la democracia.
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Lozano, Cristian Andrés, and Paola Ximena Pérez Medina. "Antecedentes del incidente de desacato, su doctrina y marco legal:." Revista Jurídica Piélagus 18, no. 2 (July 19, 2019): 86–111. http://dx.doi.org/10.25054/16576799.2646.

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Abstract:
Este artículo constituye la parte introductoria del trabajo de investigación denominado el “Desarrollo del incidente de desacato y el trámite aplicado por los Jueces Constitucionales. Estudio de caso, Neiva – Huila, Colombia (2012-2017)”, el cual tiene por objetivo principal determinar el procedimiento que los Jueces Constitucionales de la ciudad de Neiva han demarcado para garantizar el cumplimiento de las sentencias de tutela en el ejercicio de su potestad coercitiva, implementada para garantizar la protección de los derechos fundamentales salvaguardados en sede judicial, durante el periodo previamente enunciado. Su contenido se centra en realizar una contextualización de la creación de la acción de tutela en el ordenamiento jurídico colombiano, a partir de la Asamblea Constituyente en 1991, la cual introdujo el mecanismo en el artículo 86 de la Carta Política. En segundo lugar, se analiza el desarrollo normativo del mecanismo de protección constitucional, a partir del Decreto 2591 de 1991 y demás disposiciones legales que han proporcionado modificaciones a sus disposiciones generales. Finalmente, el propósito de este capítulo consiste en verificar respecto de la acción de tutela y del incidente de desacato, qué investigaciones y cuáles autores han estudiado sobre el tema.
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González, Catherine. "Institucionalización y movilización en Colombia ¿Dos caminos divergentes en la democratización indígena?" América Latina Hoy 59 (February 29, 2012): 71–90. http://dx.doi.org/10.14201/alh.8705.

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Abstract:
En la actualidad, muchos analistas interpretan la institucionalización de los movimientos sociales como una señal de su madurez política y de avance hacia la democratización social. Sin embargo, en el caso de los actuales movimientos sociales de América Latina, dicho fenómeno político muestra la complejidad de los procesos inconclusos relacionados con la anhelada consolidación democrática de la región. En este artículo se revisa hasta qué punto la institucionalización ha favorecido la democratización del movimiento indígena en el sistema político colombiano. Este texto analiza en un primer momento el papel político del movimiento para promover una nación multicultural y pluriétnica, tanto en la Asamblea Constituyente como en lo emanado de la Constitución de 1991. En un segundo momento, se contrastan las lógicas legales de implementación de la participación indígena con las dinámicas propias de estas comunidades nativas. Finalmente se describe la reflexión interna del movimiento después de casi dos décadas de combinar el mantenimiento de su lucha con su institucionalización.
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Palta Limas, María Andrea. "Comunidades indígenas del Cauca y la participación política: 1991, 1992, 1994 y 1998." Revista Vía Iuris, no. 29 (July 17, 2020): 1–36. http://dx.doi.org/10.37511/viaiuris.n29a4.

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Abstract:
El presente estudio centra su atención en las comunidades indígenas del departamento del Cauca, los procesos de lucha y organización que se han llevado a cabo permitiendo su presencia en escenarios de participación política, negociación y procesos de vinculación para la toma decisiones de las poblaciones indígenas en la nación, para ello se tiene como objetivo analizar y contrastar la evolución de la participación política de estas comunidades en el proceso electoral que se llevó a cabo desde la creación de la Constitución de 1991 hasta el año 1998, enfatizando solo en las elecciones de la Asamblea Constituyente, Senado, Cámara de Representantes, Gobernación y Alcaldías, las cuales serán un visor para referenciar el progreso de la participación. Este artículo se estructura haciendo uso de los metodos cuantitativos y cualitativos, en un primer momento por medio de la revisión de datos estadisticos como un elemento fundamental para el diagnostico, toma de decisiones de los actores politicos en este caso, es necesario la cosntrucción de unidades de análisis y variables que nos permitan la medición de la participación politica, en los procesos electorales; que en contraste con el analisis documental logran establecer indicadores que dan cuenta de la poblacion que acude a las urnas, niveles de educacion de los candidatos; aumentos y disminuciones de las curules obtenidas.
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Euraque, Dario. "La configuración histórica de las élites de Honduras ante el golpe de Estado del 2009." Anuario de Estudios Centroamericanos 45 (April 8, 2019): 19–48. http://dx.doi.org/10.15517/aeca.v45i0.39664.

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Abstract:
Este artículo aborda la problemática de la configuración de las élites hondureñas previo al golpe de Estado del 2009 que derrocó el Gobierno del presidente José Manuel Zelaya Rosales. Ese y otros sucesos posteriores provocaron una de las mayores crisis sociales y políticas en Honduras en los últimos 50 años. Con el golpe de Estado del 2009 se destruyeron casi treinta años de gobernabilidad democrática establecida desde la Asamblea Nacional Constituyente que generó la última Constitución del país, ello después de casi veinte años de gobiernos militares. Dos meses luego del golpe se publicaron las primeras interpretaciones explicando los orígenes, a corto y mediado y hasta largo plazo de los sucesos de 2009. Un foco de atención de esas interpretaciones perfiló como protagonistas a los personajes más conspicuos y miembros de una llamada “oligarquía” capitalista hondureña. Este artículo contextualiza esta interpretación históricamente y ofrece una hipótesis al respecto.
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Yaguna Guerra, Janeca Paola, Maria Esther Yaguna Guerra, and Cielo Rocio Caicedo Manjarres. "Participación en la gestión educativa como vigencia de los derechos humanos." Revista Venezolana de Gerencia 27, no. 100 (September 23, 2022): 1443–61. http://dx.doi.org/10.52080/rvgluz.27.100.10.

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Abstract:
Colombia emprendió un proceso de reforma institucional a principios de la década de los noventa, dada la convocatoria a una Asamblea Nacional Constituyente, con la cual se aprobó una nueva Constitución Política, bajo una concepción de Estado Social de Derecho, pero con un sesgo marcado bajo una corriente neoliberal. El trabajo tiene como objetivo describir la participación y la educación como derechos humanos en Colombia. Se desarrolló una investigación analítica documental, fundamentada en el método deductivo y hermenéutico. Los hallazgos demuestran: 1) La participación ciudadana tiene un rol significativo en el proceso de democratización de la Educación; mediante la participación comunitaria como elemento clave en la gestión educativa; 2) La Educación es un derecho con el que se pretende garantizar la inclusión social, no solo en los procesos de formación sino en la formulación y ejecución de planes educativos. Se concluye: Existencia de una vasta normativa que garantiza el derecho a la participación y la educación como derechos humanos.
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Carnut, Leonardo, and Aquilas Nogueira Mendes. "Matrices teórico-políticas del pensamiento de Sonia Fleury y la economía política de la salud en los años 1980 en Brasil." Revista História: Debates e Tendências 21, no. 1 (December 18, 2020): 172–98. http://dx.doi.org/10.5335/hdtv.21n.1.12156.

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Abstract:
La Reforma Sanitaria Brasileña (RSB) se inserta en el contexto de los años 1980 en Brasil como un movimiento con base técnica e intelectual fuerte y fuerza social pujante. Una de sus intelectuales, Sonia Fleury, fue una militante y investigadora brasileña cuyo trabajo destacado en la Asamblea Nacional Constituyente de 1988 para la elaboración del Sistema Único de Salud (SUS) le dió notoriedad. Por eso, en memoria a su legado, realizamos un análisis de las matrices teórico-políticas que Fleury elabora para pensar la economía política de la salud en este contexto. Para esta tarea hicimos un análisis de contenido, de tipo temático-evaluativa, de dos obras de esta autora del período post-constituyente (1988-1992): “Reforma sanitaria: En busca de una teoría” (1989) y “Estado y politicas sociales en América Latina” (1992), basándose en Quivy y Campenhoudt. Optamos por la modalidad textual de ensayo crítico como manera de elaborar mejor el pensamiento. Dos grandes bloques de análisis pudieron ser identificado en las obras. Uno relacionado al Estado como centro del debate y la coyuntura de los 1980, y otro que descortina las matrices teórico-políticas y su originalidad para aquella escena histórico-política. Por ende, rescatar Sonia Fleury y su aporte téorico es muy importante para no que se pierda la historia política sobre las categorías de la economía política de una lucha por el derecho a la salud en sociedades capitalistas como la nuestra.
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Herrera Llive, Klever Vinicio. "Ecuador: La iniciativa popular normativa en el gobierno de la revolución ciudadana." Revista de Ciencias Sociales 24, no. 2 (September 13, 2018): 68–82. http://dx.doi.org/10.31876/rcs.v24i2.24820.

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Abstract:
En noviembre del 2007 se instala la Asamblea Nacional Constituyente con plenos poderes para redactar una nueva Constitución y con ello renovar el sistema político ecuatoriano. Este artículo tiene como objetivo analizar el desarrollo de la iniciativa popular normativa como procedimiento institucional de participación ciudadana, desde mayo 2009 hasta diciembre 2014 e identificar los principales factores que influyeron para su impulso u obstrucción en el escenario político nacional. La investigación es de tipo descriptiva, con diseño no experimental, cuantitativo, documental, empleando fuentes de información primaria y secundaria. Se revisó la producción legislativa en el período de estudio para establecer el aporte de la ciudadanía a la construcción de la política pública y los resultados revelan que las experiencias son pocas e intrascendentes, debido a un legislativo sometido al control presidencial y un modelo de gobierno donde los tiempos, los espacios y las formas de implementar los mecanismos de democracia directa y participativa se definen “desde arriba”, de acuerdo a la coyuntura política. Además, que no basta con la redacción de una normativa de contenido progresista para que la sociedad utilice estos mecanismos y se generen cambios estructurales, sino que se requiere de un Estado democrático que respete los derechos fundamentales
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Cajiao, Francisco. "La concertación de la educación en Colombia." Revista Iberoamericana de Educación 34 (January 1, 2004): 31–47. http://dx.doi.org/10.35362/rie340886.

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Abstract:
Los pactos sociales en la educación han tenido diferentes manifestaciones a lo largo del último siglo, dependiendo del contexto general del desarrollo del país y de las prioridades que el Estado ha ido definiendo con respecto a las necesidades de capital humano. El proceso de crecimiento demográfico, la urbanización acelerada y la presión ejercida sobre los gobiernos en relación con la ampliación de la cobertura en la educación básica, marcó un largo período en el cual el servicio educativo público fue asumido de manera muy centralizada por el gobierno, a la vez que la educación privada se expandió de forma notable, en especial en los principales centros urbanos del país. A partir de los noventa, la Asamblea Nacional Constituyente, influida por las corrientes internacionales y por las declaraciones de las grandes cumbres mundiales de educación, replanteó la participación social en el diseño de políticas públicas para los grandes temas nacionales, entre ellos la educación. Con este marco legal se llevaron a cabo dos grandes procesos de concertación nacional: el primero en torno a la Ley General de Educación, y el segundo para la formulación del primer Plan Decenal. Infortunadamente estas experiencias no alcanzaron a consolidarse, cuando ya se habían iniciado procesos de contrarreforma sin ninguna consulta pública.
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Delgado Blanco, Andy. "Concepción institucional del derecho a la salud en Venezuela." Revista Latinoamericana de Derecho Social 1, no. 26 (December 13, 2017): 89. http://dx.doi.org/10.22201/iij.24487899e.2018.26.11860.

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Abstract:
El propósito de este artículo es examinar la concepción del derecho a la salud que subyace en la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y su posterior desarrollo a través de algunas estructuras y mecanismos institucionales puestas en práctica desde 1999 hasta 2013. Para cumplir con ese objetivo este trabajo discurrirá a lo largo de dos cauces: las propuestas y debates suscitados en el seno de la Asamblea Nacional Constituyente de 1999 que influyeron en la cristalización de las normas constitucionales que garantizan el derecho a la salud; y los mecanismos y estructuras institucionales a través de los cuales se ha venido desarrollando el derecho. La revisión documental realizada sugiere que aun cuando las normas constitucionales postulan un derecho a la salud con un carácter marcadamente universalista; en los hechos, por una parte, las estructuras y mecanismos institucionales desarrollados son poco transparentes y repiten esquemas pasados; por la otra, el creciente deterioro de las condiciones de acceso a servicios, tratamientos y medicamentos evidencia la ausencia de garantías reales para hacer efectivo el derecho.
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Cotes Zuleta, Aquilino. "Treinta años de la Constitución de Colombia de 1991: ¿encarnación del ideal del actual constituyente primario?" Revista Latinoamericana de Difusión Científica 3, no. 5 (June 7, 2021): 48–73. http://dx.doi.org/10.38186/difcie.35.05.

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Abstract:
Colombia posee una Constitución que, en gran parte, es producto de la manifiesta voluntad de la comunidad nacional. Una Carta Política debe responder a las necesidades del país y de sus coasociados. Esa Constitución ha sido objeto de múltiples cambios, en su mayoría de carácter político, más que voluntad ciudadana. Cuando la Constitución llega a sus primeros 30 años, se estima necesaria una exploración bibliográfica, de corte cualitativo, para determinar si realmente la participación popular de 1990 surtió los efectos deseados. El análisis bibliográfico permitió determinar que las reformas introducidas a la Carta Política reviven vicios que se esperaba quedarían eliminados por ser, en su mayoría, expresión de la voluntad política, más que respuesta a las necesidades del constituyente primario y del país.
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