Academic literature on the topic 'Buena Fe Registral'

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Journal articles on the topic "Buena Fe Registral"

1

Descalzo, Vanesa Natalia. "Caducidad de la comunicación de subasta el tercero registral conforme la aplicación de los principios registrales." Anuario de Derecho Civil, no. 13 (September 29, 2020): 102–20. http://dx.doi.org/10.22529/adc.2019(13)03.

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Abstract:
Este trabajo efectúa un análisis de la caducidad de la comunicación de subasta, tanto desde el derecho sustantivo como desde el punto de vista procesal. Se analiza la buena fe de los terceros embargantes y los adquirentes, desde el estudio de la institución subasta, sus momentos, y el impacto de los principios registrales en la misma (principalmente buena fe y caducidad) para así poder comprender el alcance y finalidad de la comunicación de subasta. Palabras Claves: Principios registrales – subasta – comunicación de subasta – inscripción – caducidad registral
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2

Lavander Merchan, Henry Augusto. "La publicidad registral y sus implicancias en las transferencias inmobiliarias en el Perú." LEX 10, no. 9 (June 28, 2014): 447. http://dx.doi.org/10.21503/lex.v10i9.388.

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Abstract:
Este trabajo de Investigación tiene por objeto conocer y analizar los factores que influyen en la publicidad registral que en la práctica no otorga seguridad jurídica en la contratación inmobiliaria, específicamente en las transferencias de bienes inmuebles de la sociedad conyugal cuando uno de los cónyuges realiza un acto de disposición del patrimonio conyugal sin la intervención del otro cónyuge y el tercero adquirente del bien actúa de acuerdo a la publicidad registral y a la buena fe. Este problema da origen a demandas de nulidad de acto jurídico y se ha generado incertidumbre jurídica por el tratamiento diferente del tema en las ejecutorias casatorias.Palabras clave: publicidad registral, seguridad jurídica, nulidad judicial, patrimonio conyugal.
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3

Gómez-Flores, Liliana De Jesús, Nina Del Rocío Martínez-Ruiz, Irma Delia Enríquez-Anchondo, Fortunato Garza-Ocañas, Jesús Alejandro Nájera-Medellín, and Miroslava Quiñónez-Martínez. "Análisis proximal y de composición mineral de cuatro especies de hongos ectomicorrízicos silvestres de la Sierra Tarahumara de Chihuahua." TIP Revista Especializada en Ciencias Químico-Biológicas 22 (August 10, 2019). http://dx.doi.org/10.22201/fesz.23958723e.2019.0.184.

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Abstract:
En Chihuahua se han registrado cerca de 500 especies de hongos macromicetos, de las que 73 son consideradas comestibles a nivel mundial. El objetivo de la presente investigación fue determinar la composición proximal y mineral de cuatro especies de hongos ectomicorrícicos comestibles de la Sierra Tarahumara en Chihuahua. Se recolectaron carpóforos de Astraeus hygrometricus, Laccaria laccata, Amanita caesarea y Pisolithus tinctorius en dos localidades del municipio de Bocoyna. A éstos se les realizó un análisis proximal para determinar el porcentaje de humedad, proteínas, grasas totales, cenizas y carbohidratos totales, así mismo se realizó un análisis de composición mineral para determinar el porcentaje de nitrógeno total (N), fósforo (P), potasio (K), calcio (Ca), magnesio (Mg), sodio (Na), cobre (Cu), hierro (Fe), manganeso (Mn) y zinc (Zn). Los resultados muestran que P. tinctorius es la especie con mayor contenido de minerales, A. hygrometricus en contenido de carbohidratos, A. caesarea en contenido de grasas y L. laccata en proteínas. De los 10 distintos minerales que fueron determinados, A. caesarea presenta el contenido más elevado en N, P, K y Zn, mientras que A. hygrometricus tiene los valores más altos de Ca y Mn. Por su parte, L. laccata muestra los contenidos más altos en Mg, Na y Cu. Finalmente, P. tinctorius resultó con los valores más altos en Fe. En general, la composición proximal y mineral de estos hongos se encuentra dentro del rango establecido para hongos comestibles, por lo que son una buena alternativa alimenticia para los habitantes de la zona.
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4

Mejí­a Zarazúa, Héctor César. "Diccionario De Valores, Virtudes Y Vicios." Xihmai 4, no. 8 (March 25, 2013). http://dx.doi.org/10.37646/xihmai.v4i8.153.

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Abstract:
El libro Diccionario de Valores, Virtudes y Vicios, de Luz Garcí­a Alonso y Marí­a Begoña Saiz Núñez registra 250 palabras que constituyen un recurso de indiscutible utilidad para filósofos y teólogos, sobre todo para aquellos que deseen interpretar con mayor lucidez a Santo Tomás de Aquino, ya que es justamente este filósofo quien, en sus obras Cuestiones Disputadas sobre las virtudes en general, Sobre el mal, Sobre las virtudes cardinales, y la famosí­sima Suma Teológica, aborda estudios acerca de las virtudes. El presente no es un diccionario común, en el sentido de que las palabras explicitadas no son precisamente del uso común, sino que constituyen el corpus conceptual bajo el que se establece la relación de las virtudes cardinales, o propiamente humanas, que pertenecen fundamentalmente al ámbito moral, como son la prudencia, la justicia, la fortaleza y la templanza, con las virtudes teologales o sobrenaturales, que tienen como objetivo a Dios mismo y perfeccionan la disposición humana dirigida al orden sobrenatural, como son la fe, la esperanza y la caridad, de acuerdo con el pensamiento tomista, especialidad de la autora. Santo Tomás de Aquino deliberó ampliamente respecto a las virtudes morales y a la forma en que éstas perfeccionan las facultades apetitivas. Es decir, la virtud moral como el acto voluntario gobernado por la razón, y después de convertirlo en hábito, la consecuente inclinación de nuestros apetitos hacia lo conveniente, como soporte fundamental de la ética tomista. El tratamiento de cada vocablo es complejo, ya que en torno a él se configuran los siguientes componentes: categorí­a de virtud en la que está incluido, las partes que lo integran, los dones que provee, las bienaventuranzas que implica, los vicios que combate y los frutos que suministra. Por otra parte, para cada voz se proporciona un sinónimo y un antónimo, a fin de circunscribir con mayor certeza su significado y posibilitar su ubicación dentro de las categorí­as de virtud, cualidad, vicio o defecto. El Diccionario de valores, virtudes y vicios constituye un buen material de apoyo para quienes, por necesidad académica o por indagación personal, han decidido profundizar en el estudio de las bases éticas de la teorí­a filosófica tomista. También es un inmejorable recurso para los teólogos y, en general, para todo lector interesado en esclarecer las bases conceptuales que soportan la estructura filosófica del catolicismo.
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Dissertations / Theses on the topic "Buena Fe Registral"

1

Torre, Janampa Myriam. "La fe pública registral vista desde la Ley Nº 30313." Bachelor's thesis, Pontificia Universidad Católica del Perú, 2017. http://tesis.pucp.edu.pe/repositorio/handle/123456789/11934.

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Abstract:
El articulo busca brindar un enfoque acerca de la aplicación del artículo cinco de la Ley N° 30313, Ley de Oposición al Procedimiento de Inscripción Registral en Trámite y cancelación del Asiento Registral por Suplantación de Identidad o Falsificación de Documentación y Modificatoria de los Artículos 2013 y 2014 del Código Civil y de los artículos 4 y 55 y la quinta y sexta Disposiciones complementarias, transitorias y finales del decreto legislativo 1049, su contexto histórico y la esencia de la mencionada Ley. Se brinda al lector una opinión acerca de las implicancias de la entrada en vigencia de la Ley N° 30313 y al mismo tiempo se otorga una serie de críticas que son relevantes para entender porque se considera que es Ley no es la solución idónea para los problemas de fraudes inmobiliarios.
Trabajo académico
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2

Avendaño, Valdez Jorge, and Sotil Luis Felipe del Risco. "Pautas para la aplicación del principio de fe pública registral." IUS ET VERITAS, 2015. http://repositorio.pucp.edu.pe/index/handle/123456789/122783.

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Abstract:
El crecimiento económico de los últimos años ha aumentado el número de transferencias inmobiliarias y, por tanto, la necesidad de mayor seguridad jurídica. Una herramienta fundamental para la seguridad jurídica es el Principio de Fe Pública Registral. El presente artículo pretende exponer el concepto y naturaleza jurídica de este principio, así como señalar sus principales características. De este modo, se analizan los requisitos para la aplicación de la Fe Pública Registral, haciendo énfasis en la importancia de la buena fe y sus alcances prácticos. Finalmente, los autores ensayan una respuesta para el caso de duplicidad de partidas y si este problema puede resolverse a través de los principios registrales. Over the past few years economic development has increased the great amount of real estate transfers and, therefore the need for Legal security. One main tool for Legal security is Principle of Public Faith in Registration. This legal article describes this principle and its juridical concept as well as outlining its principal characteristics. For that purpose, it has been analyzed the requisites for the application of Principle of Public Faith in Registration, highlighting the importance of Good Faith and its legal extend. Finally, authors provide a final solution in the duplicity certificates terms. In addition, whether it is able to find an answer thought principles in Registration.
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3

Bances, Yesquen Carlos Santos. "El principio de fe pública registral en los títulos fraudulentos inscritos." Bachelor's thesis, Universidad Católica Santo Toribio de Mogrovejo, 2019. http://hdl.handle.net/20.500.12423/2300.

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Abstract:
La presente investigación, titulada “El principio de fe pública registral en los títulos fraudulentos inscritos”, gira en torno a la implicancia del dicho principio respecto a la problemática del fraude inmobiliario. Para el desarrollo del tema, se ha optado por dividirlo en tres partes: 1) referida al principio de fe pública registral, 2) referida al fraude inmobiliario, y 3) explicando cómo debe interpretarse y aplicarse este principio respecto al fraude inmobiliario; en este sentido, la idea central de la investigación consiste en analizar si es idóneo o no, aplicar este principio para solucionar problemas derivados de los títulos fraudulentos inscritos, y de no serlo, proponer una solución definitiva a esa problemática. Finalmente, se concluye que es necesaria la aprobación de una ley específica que atienda al fraude inmobiliario y que modifique el artículo 2014° del Código Civil, con la finalidad de ponerle un freno definitivo a este ilícito.
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4

Vargas, Sequeiros Luis Diego. "La buena fe en el Sistema de Transferencia Inmobiliario: un análisis de la jurisprudencia de la Corte Suprema." Bachelor's thesis, Pontificia Universidad Católica del Perú, 2020. http://hdl.handle.net/20.500.12404/17503.

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Abstract:
La buena fe del sistema de transferencia inmobiliario, es un requisito necesario para la aplicación de diversas normas del referido sistema, como son los artículos 1135°, 2014° y 2022° del Código Civil. Sus alcances, determinados en la jurisprudencia de la Corte Suprema, han evolucionado con el transcurrir de los años. Desde la emisión del código vigente, hasta el año 2009, existía una interpretación netamente registral de la buena fe. Se exigía únicamente la verificación de la información publicitada por el Registro para actuar con el referido código de conducta. Con posterioridad a dicha fecha, la jurisprudencia comenzó a cambiar de criterio, hacia una concepción extraregistral de la buena fe, la cual abarca la inspección registral y extraregistral, como la verificación posesoria del inmueble. Esta última postura interpretativa, con la cual nos encontramos de acuerdo, siempre y cuando se respete un parámetro de razonabilidad, es la mayoritaria en la actualidad. Asimismo, es acorde a los cánones de la buena fe diligencia, según la cual, los terceros deben realizar actos mínimos de diligencia para obtener la protección del ordenamiento jurídico. La referida postura interpretativa toma en cuenta la realidad social y cultural de nuestro país. Así, acerca la “seguridad del derecho” a la “seguridad del tráfico”, la cual fue la finalidad buscada por el legislador del principio de fe pública registral del Código vigente, de acuerdo a su Exposición de Motivos.
Tesis
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5

Reyes, Gálvez Judith Stefania. "VIII pleno casatorio civil: implicancias prácticas en el ámbito registral y en la protección del adquirente de buena fe." Bachelor's thesis, Pontificia Universidad Católica del Perú, 2021. http://hdl.handle.net/20.500.12404/20011.

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Abstract:
El 20 de setiembre de 2020, se publicó el VIII Pleno Casatorio Civil. En esta sentencia, la Corte Suprema determinó que el acto jurídico de disposición de bienes de la sociedad conyugal, en el que interviene solo uno de los cónyuges, es nulo. Así, en el presente informe jurídico, se analiza cuáles son las implicancias de la decisión de la Corte Suprema en las partes del acto jurídico, el cónyuge que no intervino y posibles terceros. También se analiza los efectos de la nulidad del acto jurídico en un ámbito registral, lo que implica determinar si hay o no alguna afectación al tercero registral de buena fe. Además, se pretende dar una apreciación propia con respecto a si el acto jurídico de disposición de bienes sociales, efectuado por un solo cónyuge, es nulo, anulable o ineficaz. A partir de este análisis, en base a doctrina y jurisprudencia, se concluye que la tesis de la ineficacia es la más adecuada, no solo porque la ausencia de uno de los cónyuges en el acto constituye una falta de legitimación, sino porque esta tesis cautela los intereses de todos los intervinientes en este acto, incluyendo al cónyuge que no intervino y al comprador de buena fe.
On September 20th, 2020, the VIII Pleno Casatorio Civil was published. In this ruling, the Supreme Court determined that the legal act of disposition of assets of the marital partnership, in which only one of the spouses intervenes, is null. Thus, this legal report analyzes the implications of the Supreme Court's decision on the parties of the legal act, the spouse who did not intervene and possible third parties. It also analyzes the effects of the nullity of the legal act in a registry scope, which also implies determining whether or not there is any affectation to the third party who contracts under the parameters established by article 2014 of the Civil Code In addition, it is intended to give its own assessment as to whether the legal act of disposition of matrimonial property, carried out by only one spouse, is null, voidable or ineffective. From this analysis, based on doctrine and jurisprudence, it is concluded that the ineffectiveness thesis is the most appropriate, not only because the absence of one of the spouses in the act constitutes a lack of legal standing, but also because this thesis safeguards the interests of all the participants in this act, including the spouse who did not intervene and the bona fide purchaser
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Rabanal, Florián Dannery Tais. "La Fe Pública Registral, en los casos de fraude inmobiliario, a propósito de la sentencia del Tribunal Constitucional recaída en el Expediente. N° 00018- 2015-PI/TC." Bachelor's thesis, Pontificia Universidad Católica del Perú, 2020. http://hdl.handle.net/20.500.12404/18626.

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Abstract:
Uno de los mayores problemas de seguridad jurídica de la primera década del siglo XXI fue el ocasionado por el fraude inmobiliario, cuyo fenómeno significó la pérdida del patrimonio de innumerables propietarios peruanos. A raíz de la judicialización de estos ilícitos, se visibilizó la precariedad de los procedimientos de verificación documental de los registros públicos y de los funcionarios involucrados en las transferencias de los inmuebles. Asimismo, quedó manifiesta la diversidad de criterio judicial en la resolución de estos casos pues, en ocasiones, restituían el inmueble a los propietarios y, en otras, se la otorgaban al llamado tercero registral. Bajo este marco, el poder legislativo emite la Ley N° 30313 - Ley de Oposición al Procedimiento de Inscripción Registral en Trámite y Cancelación del Asiento Registral por Suplantación de Identidad o Falsificación de Documentación y Modificatoria de los Artículos 2013 y 2014 del Código Civil y de los Artículos 4 y 55 y la Quinta y Sexta Disposiciones Complementarias Transitorias y Finales del Decreto Legislativo 1049 - , cuya constitucionalidad fue, acertadamente, cuestionada y, recientemente, resuelta por el Tribunal Constitucional, a nuestro criterio, de forma errónea. Tal disposición normativa otorga protección al tercero registral, antes que al propietario, en los casos de Suplantación de Identidad y Falsificación Documental en aplicación del principio de fe pública registral. Dicho criterio ha sido avalado por el Tribunal Constitucional en la sentencia recaída en el expediente N° 00018-2015-PI/TC a pesar de que el acto origina la titularidad del tercero es un ilícito. Por ello, en la presente investigación de orden dogmático documental, pretendemos delinear los argumentos históricos, lógicos y normativos que sustentan que, ante el fraude inmobiliario, no se debe aplicar el principio de fe pública registral. Su aplicación se configuraría como un incentivo a la comisión de delitos que atentan contra la fe pública y contravendría normas de carácter público.
One of the biggest legal security problems of the first decade of the 21st century was caused by real estate fraud, the phenomenon of which meant the loss of the assets of countless Peruvian owners. As a result of the prosecution of these crimes, the precariousness of the documentary verification procedures of the public registers and the officials involved in the transfers of real estate became visible. Likewise, the diversity of judging criteria in the resolution of these cases was evident since, on occasions, they returned the property to the owners and, on others, they granted it to the so-called third-party registry. Under this framework, the legislative power issues Law No. 30313 - Law of Opposition to the Registration Procedure in Process and Cancellation of the Registration Entry for Identity Impersonation or Forgery of Documentation and Amendment of Articles 2013 and 2014 of the Civil Code and Articles 4 and 55 and the Fifth and Sixth Complementary Transitory and Final Provisions of Legislative Decree 1049 - whose constitutionality was rightly questioned and, recently, wrongly resolved by the Constitutional Court, in our opinion. Such normative provision grants protection to the third party registry, before the owner, in cases of Identity Impersonation and Document Falsification in the application of the principle of registry public faith. Said criterion has been endorsed by the Constitutional Court in the sentence passed in the file N ° 00018-2015-PI / TC although the act originates the ownership of the third party is illegal. Therefore, in this research of a dogmatic documentary order, we intend to outline the historical, logical, and normative arguments that sustain that, in the face of real estate fraud, the principle of public registry faith should not be applied. Its application would be configured as an incentive to the commission of crimes that violate the public faith and would contravene public regulations.
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Escobar, Rozas Freddy. "The death of good faith in registration." THĒMIS-Revista de Derecho, 2015. http://repositorio.pucp.edu.pe/index/handle/123456789/109942.

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Abstract:
The article 2014 of the Civil Code has been recently modified.  In  order  to  make this decision, the legislator took in consideration two reasons: theaffirmation that the record entry doesn’t countswith its own substantivity, and that the necessityof adopting measures to fight against fraudulentacts that might affect the owners.Following this modification, the author presents a comparative analysis of the before and after of the option the legislator took, and takes position after putting himself in the side of third parties. From a juridical and economical point of view, he studies the modification and concludes that, apart from not resolving the problems it had to solve, generates damages that affect the third parties and the market.
El artículo 2014 del Código Civil ha sido recientemente modificado. Para tomar esta opción, el legislador se basó en dos razones: la afirmación deque el asiento registral no cuenta con sustantivi-dad propia, y la necesidad de adoptar una acciónpara combatir los actos fraudulentos que puedanafectar a los propietarios.A raíz de dicha modificación, el autor nos plantea un análisis comparativo del antes y después de di- cha opción del legislador, y toma una posición al respecto al colocarse en el lugar de los terceros. Desde un estudio tanto jurídico como económico de la modificación, concluye que ella, además de no resolver los problemas que se planteó solucio- nar, genera un perjuicio tanto a los terceros como al mercado.
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Drugas, Arellano Katherine Kristi. "Informe sobre Casación de la Sala Civil Permanente de la Corte Suprema de Justicia, N° 4419-2009." Bachelor's thesis, Pontificia Universidad Católica del Perú, 2021. http://hdl.handle.net/20.500.12404/20548.

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Abstract:
El presente informe jurídico versa sobre el análisis de la sentencia emitida por la Sala Civil Permanente de la Corte Suprema de Justicia (la Sentencia), respecto del recurso de casación N° 4419-2009. Dicho recurso de casación se interpuesto por la Superintendencia de Bienes Nacionales (SBN), en el marco del proceso de nulidad de acto jurídico seguido por dicha entidad contra varios particulares y Puerta de Tierra S.A. (PDT S.A.), debido a que dichos particulares inscribieron su derecho de propiedad, respecto de un bien estatal de dominio público, en virtud de documentos públicos falsificados. El objetivo del informe es determinar si el principio de Fe Pública Registral ampara el derecho de propiedad de PDT S.A., pese a los vicios existentes en el origen de las transferencias; en ese sentido, el informe busca analizar la validez de la transferencia a favor de PDT S.A. La presente investigación resulta útil, a efectos de entender el alcance del principio de Fe Pública Registral en el tráfico de bienes inmuebles, a partir de la naturaleza, función y las condiciones que deben darse para que se aplique el mencionado principio. El informe jurídico tiene como hipótesis que el principio de Fe Pública Registral no debe aplicarse de manera literal, sino que debe ser aplicado, tomando en consideración su aspecto objetivo y su función de garantizar la seguridad jurídica. Por último, la conclusión del informe jurídico confirma la hipótesis planteada para la investigación: existen supuestos, como el presente caso, en los que el principio de Fe Pública Registral debe ser inaplicable por ser inválida la adquisición a non domino del tercero adquirente sobre un bien de dominio público, debido a la ausencia de manifestación de voluntad del verdadero propietario e imposibilidad jurídica.
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Ariano, Deho Eugenia. "The embargo punished: considerations (already) outdated about an old problem tried to overcome with the Seventh Civil Cassation Plenary (Cassation Judgment No. 3671-2014-Lima)." IUS ET VERITAS, 2017. http://repositorio.pucp.edu.pe/index/handle/123456789/123486.

Full text
Abstract:
This article provides a different approach to the debated issue of the criterion of solution of what has come to be called “property not registered vs. embargo registered”. In it, it argues that all the solutions that has been raised (even the adopted as “binding precedent” in the judgment of the Seventh Civil CassationPlenary) are based on an optical error, because they look at the embargo act of a static way, as if it were an act that creates a final situation, forgetting that the embargo is a procedural act that is not an end in itself, but is inserted into the dynamic of the execution process, a process in which the final situation occurs (the awarding of the asset under seizure to the successful bidder or creditor, that is, the acquisition of a real right). Observed, however, theembargo on the dynamic of the executive procedure, as an act that prepares the forced alienation of the asset, is postulated, as a criterion of solution to the problem, that of priority registration (that is, the contained in the first paragraph of the article 2022 of the Civil Code, but with the tempering of the appreciation of good faith), once the annotation of the embargo “reserve priority” to the act of forced alienation of the asset.
El presente trabajo pretende aportar un enfoque distinto al debatido tema del criterio de solución de lo que ha venido a llamarse “propiedad no inscrita vs. embargo inscrito”. En él, se sostiene que todas las soluciones que se han planteado (incluso la adoptada como “precedente vinculante” en la Sentencia del VII Pleno Casatorio) parten de un error de óptica, pues miran el acto del embargo de manera estática, como si se tratara de un acto que crea una situación final, olvidando así que el embargo es un acto procesal que no es fin en sí mismo, sino que se inserta en la dinámica del proceso de ejecución, proceso en el cual se produce la situación final (la adjudicación del bien embargado al postor adjudicatario o al acreedoradjudicatario, esto es, la adquisición de un derecho real). Observado, en cambio, el embargo en la dinámica del procedimiento ejecutivo, como acto que prepara la enajenación forzada del bien, se postula, como criterio de solución al problema, el de la prioridad registral (esto es, la contenida en el primer párrafo del artículo 2022 del Código Civil, pero con el atemperante de la apreciación de la buena fe), en cuanto la anotación del embargo “reserva prioridad” al acto de enajenación forzada del bien.
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Books on the topic "Buena Fe Registral"

1

Delgado, Carmen Jerez. La buena fe registral. [Madrid]: Colegio de Registradores de la Propiedad, Mercantiles y Bienes Muebles de España, 2005.

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2

Ayala, Oscar Huerta. La problemática de la buena fe del tercero registral. Lima, Perú: Gaceta Jurídica, 2013.

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