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Dissertations / Theses on the topic 'Buena fe'

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1

Tapia, Malis Liat Sharon. "Del ámbito de la buena fe y de la buena fe contractual." Tesis, Universidad de Chile, 2013. http://www.repositorio.uchile.cl/handle/2250/114737.

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Abstract:
Autorizada por el autor, pero con restricción para ser publicada a texto completo hasta el año 2014
Memoria (licenciado en ciencias jurídicas y sociales)
La buena fe es un concepto jurídico indeterminado de inmensa aplicación practica en Derecho Privado. Pese al gran interés que ha suscitado este tema, aún subsisten marcadas diferencias en la forma en como es comprendida por los operadores jurídicos. En esta tesis se propone un mecanismo para entender la labor del juez frente a un caso en el que se invoque la buena fe que depende en último término de si ésta está o no regulada legalmente. El mayor ámbito de discrecionalidad viene dado por su aplicación como un principio general del derecho, siempre que no exista ley que regule la materia y que el legislador no haya manifestado su voluntad expresa o implícitamente en sentido diverso. Si está regulada, sea como regla específica o como estándar de conducta, el juez deberá ceñirse a los límites establecidos en la misma norma que la recoge, restringiéndose su ámbito de discrecionalidad. Por su gran trascendencia en la práctica jurídica, este trabajo indaga en las funciones y en el ámbito de aplicación del artículo 1546 del Código Civil, norma que invoca la buena fe como estándar de conducta. Este patrón de comportamiento recibe aplicación exclusivamente en la fase de ejecución del contrato, encontrándose la fase precontractual regida por el principio general de buena fe. Los distintos niveles de discrecionalidad judicial en estas etapas se justifican desde el punto de vista de la certeza que un contrato debe traer a las partes, lo que determina que el juez, en la aplicación del estándar de buena fe, se vea impedido de desnaturalizar la convención, quedando por lo tanto vinculado por los fines prácticos perseguidos por las partes
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Zusman, Tinman Shoschana. "La buena fe contractual." THĒMIS-Revista de Derecho, 2005. http://repositorio.pucp.edu.pe/index/handle/123456789/109004.

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Abstract:
¿Debe exigirse la buena fe en la celebración de contratos? De ser el caso, ¿debe ser considerada como una regla o mas bien como una excepción?A través del presente artículo la autora hace un interesante análisis del concepto de la buena fe así como de sus posibles implicancias, al mismo tiempo que nos lleva a tomar conciencia del importante rol que dicha institución debe desempeñar en el ordenamiento jurídico.
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3

Díaz, González José Maximiliano. "El principio general de la buena fe." Tesis, Universidad de Chile, 2002. http://www.repositorio.uchile.cl/handle/2250/115275.

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Abstract:
Memoria (licenciado en ciencias jurídicas y sociales)
No autorizada por el autor para ser publicada a texto completo
En primer término recogeré y articularé, todo aquello que concierna, a un capítulo destinado a la Teoría General de los Principios Jurídicos, con el propósito de contextualizar la temática de la Buena Fe; esto significa establecer, "un contexto básico de comprensión" de los Principios Jurídicos, además de pesquisar sus diversas conceptualizaciones y sus funciones y pasar revistas a ponencias significativas. Todo este capítulo primero, digo, se orienta a enmarcar el discurso específico de la Buena Fe. Una vez acotado el marco teórico global de la Buena Fe, en un segundo capítulo, me dedico a rastrear la dificultad dogmática al intentar conceptualizarla, vía axioma; me aboco a sus funciones, sus modelos normativos, los aspectos jurisprudenciales, la capacidad jurígena de incidir en teorías particulares. La estructura formal de la memoria, que suscribo, se soporta en dos grandes capítulos que a su vez se dividen en sub-capítulos debidamente identificados en el índice y las rotulaciones incorporadas en el interior de cada exposición. Al final, de cada uno de esos capítulos, se incluyen las conclusiones que amerita el material informado y motivo de la memoria.
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4

Cartes, Pino Rodrigo A. "La buena fe en el procedimiento civil." Tesis, Universidad de Chile, 2009. http://www.repositorio.uchile.cl/handle/2250/106918.

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Abstract:
Memoria (licenciado en ciencias jurídicas y sociales)
En el Capítulo I de la presente memoria de prueba se intenta una aproximación conceptual de carácter objetivo al principio de buena fe procesal, basada en la realidad del proceso y completamente distinta a las ambiguas concepciones tradicionales que se limitan a definirlo como un mero comportamiento honesto o leal. En este sentido, y en la búsqueda de los distintos factores de orientación que nos permitan dotar de contenido a la aproximación intentada en la primera parte, en el Capítulo II se estudian tres manifestaciones de actuaciones o comportamientos contrarios a la buena fe procesal, a saber: el fraude de ley (procesal) y fraude procesal, el abuso aparente del derecho y la contradicción con los propios actos, haciendo mención, en cada caso, a la jurisprudencia nacional y comparada que ha resuelto en conformidad a las categorías antes señaladas. Finalmente, en el Capítulo III de este trabajo, se señalan las principales manifestaciones positivas de la buena fe procesal tanto en la Carta Fundamental, como en el Código Penal, en el Código Orgánico de Tribunales y en el Código de Procedimiento Civil y las consecuencias jurídico-procesales que la infracción del principio en estudio trae aparejada en materia civil.
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Fernández, Cruz Gastón. "La buena fe en la concurrencia sobre bienes inmuebles." Pontificia Universidad Católica del Perú, 2013. http://repositorio.pucp.edu.pe/index/handle/123456789/116567.

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Abstract:
El presente trabajo representa una apretada síntesis de la tesis titulada "El Papel de la buena fe en la transferencia de la Propiedad Inmueble". con la que el autor optó el grado de bachiller eb  Derecho en la Pontificia Universidad Católica del Perú en diciembre de 1984. Su pretensión no es otra que dejar claramente establecido el rol que representa la buena fe dentro de un sistema consensual de transferencia de la propiedad. cuando el derecho se enfrenta a una situación de excepción ante sucesivas transferencias.realizadas por un mismo sujeto.
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6

Parraguéz, Leiva Francisco Alejandro. "Las manifestaciones de la buena fe en el derecho laboral." Tesis, Universidad de Chile, 2014. http://www.repositorio.uchile.cl/handle/2250/115529.

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Abstract:
Memoria (licenciado en ciencias jurídicas y sociales)
Dentro de los lineamientos u orientaciones del Derecho Laboral, el principio de Buena Fe ha de ser considerado como la base axiomática de toda la estructura legal y jurisprudencial sobre la cual se alza el estado actual de la mencionada rama del Derecho.
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Figueroa, Valdés Juan Eduardo. "Facetas de la buena fe procesal en el arbitraje internacional." Arbitraje PUCP, 2017. http://repositorio.pucp.edu.pe/index/handle/123456789/112698.

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Oquendo, Heraud Sergio. "Posesión de buena fe y rescisión: Virtualidad de un conflicto." THĒMIS-Revista de Derecho, 2014. http://repositorio.pucp.edu.pe/index/handle/123456789/109051.

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FACCO, JAVIER HUMBERTO. "Modulaciones operativas de la buena fe en el sistema jurídico romanista." Doctoral thesis, Università degli Studi di Roma "Tor Vergata", 2009. http://hdl.handle.net/2108/201921.

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Abstract:
Questa ricerca, innanzitutto, si occupa di descrivere criticamente lo svolgimento della buona fede, in alcune delle sue svariate declinazioni operative nel ambito contrattuale, ora come semplice fides nel diritto romano arcaico ora come bona fides (poiché si è verificata la specificazione tecnico-processuale della nozione). La indagine comprende anche le manifestazioni più significative della buona fede durante il diritto medioevale e moderno fino ad includere le grandi codificazioni latinoamericane ed europee entrate in vigore nei secoli XIX-XX. Si esaminano persino le tendenze attuali del principio di buona fede, a partire del analisi dei progetti di armonizzazione legislativa in materia contrattuale (c.d. Lando, Pavia, UNIDROIT, ecc.). La prospettiva che orienta la ricerca cerca di mettere in evidenza le funzioni che effettivamente la buona fede ha svolto durante i diversi periodi considerati. Così, dal punto di vista funzionale, possono distinguersi due ruoli principali della buona fede: a) come limite ed criterio correttore dei comportamenti negoziali tuttora essi si rivelino contrari alle esigenze di lealtà che stanno alla base del diritto dei contratti; b) come principio che serve alla integrazione del contratto propendendo al arricchimento dei suoi effetti, cioè colmando eventuali lacune che possono ostacolare la piena realizzazione della finalità perseguita dalle parti. La metodologia storico-comparativa adoperata non si esaurisce nello studio diacronico e sincronico della buona fede, anzi essa consente di valutare ed individuare le soluzioni più idonee ed adeguate ai bisogni di giustizia che oggi reclamano soddisfazione nella disciplina contrattuale. Peraltro, dato che queste soluzioni sono presenti, in modo esplicito o implicito, nel complesso di esperienze consultate all’interno del Sistema giuridico romanistico, il compito del giurista consiste nella prudente ricerca e scelta di esse. In questo senso, in occasione di esporre le conclusioni finali di questa indagine, si include una sintesi propositiva elaborata con la intenzione di fare un piccolo contributo alle iniziative di armonizzazione legislativa attualmente in corso in America Latina.
This research, in the first place, aims to describe critically the developments of good faith, in some contractual functions, sometimes as a simple fides in a the archaic Roman Law, sometimes as bona fides (after the procedural and technical specification of the notion). The investigation also includes the most significant manifestations of good faith during the medieval and modern law until the great codifications in Latin American and Europe (XIX-XX centuries). Also, it examines current trends of the principle of good faith, from the analysis of projects of harmonization in the contract law field (so-called Lando, Pavia, UNIDROIT, etc.). The perspective that guides the research seeks to highlight the roles that the good faith has played during the different periods. So, from a functional point of view, it is possible to distinguish two main roles of good faith: a) as the limit and corrective standard of negotiation actions, when the parties breach the duties of loyalty which is the basic principle in the contract law; b) as a principle that serves to integration of the contract leant to enrich its effects, filling in gaps that may impede the full realization of the objective pursued by the parties. The comparative-historical methodology used does not drain away in diachronic and synchronic study of good faith, but it allows to take into effect the most appropriate solutions and suitable to meet the needs of justice. Moreover, as all of these solutions are present, explicitly or implicitly, in the whole experience of Roman Law System, the work of the jurists is to study and select them with attention. In this sense, after evaluating the final conclusions of this research, it includes by an executive summary prepared with the intention of making a small contribution to the current harmonization in the contract law field in Latin America.
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García, Viña Jordi. "El principio general de la buena fe en el contrato de trabajo." Doctoral thesis, Universitat de Barcelona, 2000. http://hdl.handle.net/10803/295459.

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Abstract:
La buena fe es uno de aquellos conceptos que presentan unas raíces muy profundas en la historia de la humanidad ya que, incluso antes de la juridificación de las relaciones de los ciudadanos de Roma aparece esta idea. Esta larga historia que la legitima supone que el concepto de la buena fe haya pasado por muchas etapas. Desde interpretaciones que hoy en día claramente serían calificadas como de muy arcaicas, ya que presentan una formulación muy simple y exclusivamente moral, hasta concepciones tan modernas, que casi se puede afirmar que continuamente están cambiando. Esta evolución se debe a que este concepto, como principio general del derecho, presenta unas claras influencias de elementos morales y éticos. Estas ideas tienen una relación directa con la sociedad en la que se generan, concretamente con los parámetros espacio/tiempo. Por esta razón el concepto de buena fe presenta notas diferentes según el período en que sea analizado. Así, existen evidentes diferencias si se compara este término aplicado en la Época del Principado de Roma o se refiere al que puede resultar de su utilización en el año 2000 en nuestro país. Es más, esta figura jurídica también presenta componentes divergentes si se estudia en la actualidad en los diversos ordenamientos laborales de países de la Unión Europea. Ahora bien, siendo todas estas afirmaciones ciertas, y sin que sea contradictoria a las mismas, aunque pudiera parecerlo, el concepto general, o dicho de otra manera, la esencia del principio no cambia, y si lo hace es de una manera muy limitada. La buena fe ha sido y es, al menos respecto al contrato de trabajo, un modo de comportamiento según unos determinados parámetros, como pueden ser la confianza, la honradez, que no han variado excesivamente durante todos estos siglos. Sin embargo, lo que sí ha variado mucho han sido sus manifestaciones. Los deberes accesorios que este concepto ha ido generando en cada una de las épocas son totalmente diferentes y nada tiene qué ver el concepto de contratos de buena fe existente en Roma a los que se denominan contratos de confianza. De la misma manera, quedan muchos aspectos por descubrir, como por ejemplo cuál puede ser el papel que puede jugar la buena fe en el uso en las empresas dela informática o en temas relacionados con las pruebas genéticas. Aunque la buena fe esté presente en todos los sectores del Ordenamiento Jurídico, cuando se trata de delimitar el régimen jurídico de la buena fe en el contrato de trabajo no queda manera más remedio que admitir que presenta sus propias peculiaridades. De que su campo de aplicación queda bastante más reducido que en el Derecho Civil. En este sentido laboral es esencialmente limitadora de los derechos subjetivos, de manera que actúa claramente como modelo de conducta que han de observar los trabajadores. Hablar de buena fe integrativa o interpretadora del contrato de trabajo es referirse más a deseos que a realidades. Además, de la misma manera como sucede respecto al contrato de trabajo en general, la buena fe ha sido un concepto que ha sido utilizado por el legislador para introducir en la relación laboral elementos políticos o ideológicos. No se trata de la mera influencia de los aspectos sociales a la que se acaba de hacer referencia, sino de verdaderos intereses de poder. Nada tiene qué ver la fidelidad que se le reclama al dependiente mercantil en el Código de Comercio de 1821 con el concepto exaltado en el Fuero del Trabajo. Esta situación va a poder ser observada en la jurisprudencia dictada por los tribunales sociales, que siguen utilizando conceptos que deberían encontrarse en desuso. De la misma manera, ahora ha de tener una clara influencia del sistema político y social nacido a partir de la entrada en vigor de la Constitución de 1978, y si algún rescoldo permanece de épocas anteriores, ha de ser progresivamente olvidado o eliminado. En esta línea de argumentación, quizás las principales diferencias surgen entre el concepto de la buena fe que se aplica al trabajador y la que se refiere al empresario. Históricamente, la buena fe ha de sido un concepto reclamado tanto del acreedor como del deudor, ahora bien, aplicado a dos sujetos que se encontraban en una igualdad de posiciones. En cuanto surge una cierta desigualdad jurídica, y el contrato de trabajo es una claro ejemplo de ello, el papel que asume la buena es necesario reequilibrar las exigencias en las conductas, así como fe. En virtud de todas estas cuestiones, y antes de entrar al análisis de este fundamental concepto para el desarrollo del contrato de trabajo, se ha de adelantar que es necesario, utilizando todo el bagaje histórico que ofrece la aplicación de la buena fe durante todos estos años anteriores, establecer mecanismos correctores de este concepto. Sólo así se podrá lograr la búsqueda de un significado puramente jurídico de esta figura jurídica, y que tienda a la reequilibrio de posiciones.
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González, Correa Alejandra Javiera, and Rodríguez Pía Macarena Slanzi. "Alcances del concepto de buena fe en el nuevo ordenamiento procesal laboral." Tesis, Universidad de Chile, 2011. http://www.repositorio.uchile.cl/handle/2250/111495.

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Abstract:
Memoria (licenciado en ciencias jurídicas y sociales)
El objeto de estudio de la presente memoria es el análisis del principio de buena fe procesal de acuerdo a la normativa procesal nacional vigente, así como del artículo sexto del Proyecto de Código Procesal Civil, determinando los alcances que dicho concepto puede tener en nuestro ordenamiento y los posibles conflictos constitucionales que se pueden generar a través de su aplicación. En el primer capítulo se sientan las bases del tema, delimitando los usos de la palabra principio, las funciones que ellos cumplen en nuestro ordenamiento y su relación con el concepto de norma. Luego se distingue entre principios del proceso y del procedimiento con el objeto de encuadrar al principio de la buena fe en una u otra categoría. Lo anterior permite entrar de lleno al análisis del concepto de buena fe, realizado en el capítulo segundo, contraponiendo las principales posturas doctrinarias que buscan definirlo, para luego abordar los fundamentos que se han otorgado para incluirlo dentro del ordenamiento procesal. En el capítulo tercero se realiza un estudio pormenorizado de la consagración de la buena fe en materia procesal, abarcando tanto el Código de Procedimiento Civil, el Código del Trabajo y además la normativa incluida en el Proyecto de Código Procesal Civil. Considerado lo anterior es que, en el capítulo cuarto del presente trabajo, se analizan los conflictos que genera el concepto de buena fe y se otorgan lineamientos generales para posibles soluciones, ya sea vía doctrinaria o legislativa.
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Zegarra, Vílchez Juan Carlos. "La buena fe y los costos de transacción en la negociación colectiva." THĒMIS-Revista de Derecho, 2015. http://repositorio.pucp.edu.pe/index/handle/123456789/109014.

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Almonacid, Burgos Richard. "Sobre la buena fe en la normativa uniforme del contrato de compraventa internacional de mercaderías." Universidad Peruana de Ciencias Aplicadas (UPC), 2015. http://hdl.handle.net/10757/550387.

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Abstract:
En el presente artículo, el autor reflexiona sobre determinados alcances de la buena fe en relación con el contrato de compraventa internacional de mercaderías como transacción preponderante del intercambio comercial mundial. Si bien existe una normativa internacional uniforme aplicable a dicho contrato, y que ha sido objeto de amplia aceptación y difusión, su contenido puede generar dudas con respecto a las implicancias del principio en cuestión. En este trabajo se plantean algunas interrogantes sobre el particular y se formulan las respuestas del caso, sobre la base del análisis de diversas disposiciones normativas, seleccionadas en atención a su relevancia para el desarrollo de una relación contractual entre vendedor y comprador en un contexto internacional.
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Chan, Arellano Alfredo. "Solo estamos saliendo : sobre la buena fe en la etapa de las tratativas." IUS ET VERITAS, 2015. http://repositorio.pucp.edu.pe/index/handle/123456789/123338.

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Guerrero, Retamales Francisco Esteban. "Análisis crítico del principio de la buena fe en el procedimiento laboral chileno." Tesis, Universidad de Chile, 2018. http://repositorio.uchile.cl/handle/2250/147427.

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Abstract:
Memoria (licenciado en ciencias jurídicas y sociales)
Esta investigación consta de una memoria, la cual pretende examinar los fundamentos, expresión normativa y aspectos críticos del principio de la buena fe en los procedimientos laborales chilenos. En el primer capítulo nos aproximaremos al origen histórico del concepto de la Buena Fe, para esto será necesario hacer una mirada más amplia a la disputa argumentativa entre las corrientes publicistas y garantistas del proceso, viendo como la hegemonía una sobre otra es el fenómeno que propicia la inclusión en los distintos ordenamientos del concepto de la buena fe; en el segundo capítulo, veremos el sentido moralizante e ideológico del proceso que conlleva la existencia del concepto en comento, el carácter de concepto jurídicamente indeterminado, su lugar dentro de las distintas teorías del proceso, los deberes en los cuales se expresa y, especialmente el mecanismo de análisis propuesto por Damaska. En el tercer capítulo, identificaremos las manifestaciones normativas de este principio en el procedimiento laboral chileno actual, desde las más generales a normas particulares que lo consagren, desentrañando, a partir de los elementos avanzados en este trabajo, las ideas detrás de las normas y sus consecuencias prácticas. Se finalizará el presente trabajo con las naturales y lógicas conclusiones que correspondan.
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Alban, De Briones Jesus Maria. "La convivencia en Fe y Alegría 15 la construimos todas y todos: buena práctica." Bachelor's thesis, Pontificia Universidad Católica del Perú, 2018. http://tesis.pucp.edu.pe/repositorio/handle/123456789/11178.

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Abstract:
El presente informe de sistematización de la Buena Práctica, se planteó como objetivos mejorar la convivencia escolar, donde los estudiantes puedan usar mecanismos adecuados para resolver conflictos y por lo tanto mejorar el logro de sus aprendizajes. Por lo cual tiene importancia en la medida que a partir de este proceso se puede construir nuevos conocimientos, los cuales van a servir para ser replicados en otros contextos de similar características y fortalecer el rol del líder pedagógico en la gestión de la escuela. La teoría utilizada ha servido para darle consistencia teórico científica al informe sobre la convivencia escolar, lo que llevo a definirla como la forma de relaciones entre estudiantes y el conocimiento de los mecanismos adecuados para resolver conflictos; también se ha hecho necesario el desarrollo de habilidades sociales importantes para la convivencia entre pares. Se hizo uso de una metodología activa, participativa, trabajo en grupo, entre otros. La Buena Practica tuvo aceptación por parte de los actores educativos, lo que ha contribuido a refirmar la importancia del clima institucional para que se generen aprendizajes de calidad. Los testimonios de los participantes demuestran que las actividades realizadas a nivel institucional, así como la realización de las sesiones de tutoría, proporcionaron a los y las estudiantes mecanismos y estrategias para resolver de manera positiva sus conflictos y lograr una mejor convivencia escolar. El trabajo ha significado reconocer desde espacios de reflexión y de manera crítica la Buena Práctica que se realiza en la escuela y que contribuye a mejorar la problemática existente en la escuela. Al concluir la experiencia de la buena práctica institucional, se llegó a la conclusión que las soluciones a los problemas se pueden encauzar y solucionar a través del diálogo y la comunicación permanente, haciendo uso de las estrategias para la gestión de conflictos de manera positiva, cuando sea necesario.
Trabajo académico
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Torre, Janampa Myriam. "La fe pública registral vista desde la Ley Nº 30313." Bachelor's thesis, Pontificia Universidad Católica del Perú, 2017. http://tesis.pucp.edu.pe/repositorio/handle/123456789/11934.

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Abstract:
El articulo busca brindar un enfoque acerca de la aplicación del artículo cinco de la Ley N° 30313, Ley de Oposición al Procedimiento de Inscripción Registral en Trámite y cancelación del Asiento Registral por Suplantación de Identidad o Falsificación de Documentación y Modificatoria de los Artículos 2013 y 2014 del Código Civil y de los artículos 4 y 55 y la quinta y sexta Disposiciones complementarias, transitorias y finales del decreto legislativo 1049, su contexto histórico y la esencia de la mencionada Ley. Se brinda al lector una opinión acerca de las implicancias de la entrada en vigencia de la Ley N° 30313 y al mismo tiempo se otorga una serie de críticas que son relevantes para entender porque se considera que es Ley no es la solución idónea para los problemas de fraudes inmobiliarios.
Trabajo académico
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Priori, Posada Giovanni F. "El principio de la Buena Fe Procesal, el abuso del proceso y el Fraude Procesal." Derecho & Sociedad, 2017. http://repositorio.pucp.edu.pe/index/handle/123456789/119011.

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Ojeda, Guillén Luis. "La culpa in contrahendo y la responsabilidad precontractual en el Código Civil." Master's thesis, Pontificia Universidad Católica del Perú, 2008. http://tesis.pucp.edu.pe/repositorio/handle/123456789/1139.

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Abstract:
El Derecho puede ser considerado como una rama del saber humano; como una ciencia social, definible como un conjunto de principios y leyes que rigen un grupo homogéneo de hechos, de fenómenos denominados jurídicos (igual que la biología o la química o la física estudian determinados grupos de fenómenos). Esta ciencia social, cuyo objeto central son las relaciones socioeconómicas del hombre, está muy lejos de haber agotado su campo de estudio. Por el contrario, constantemente se amplían sus fronteras, se rediseñan sus contornos, se redefinen sus alcances. El Derecho avanza, evoluciona, puesto que las relaciones entre los hombres también experimentan cambios. Así pues, el Derecho no es estático (o no debiera serlo), más bien tiene la obligación de adecuarse a la velocidad del cambio de las relaciones socioeconómicas, a las nuevas formas de relacionarse, a los nuevos modelos de conductas. Dentro del universo de ramas que componen a la ciencia del Derecho, y en especial al Derecho civil, el tema de la responsabilidad civil se nos ofrece como un amplio campo de estudio ya que sus orígenes van de la mano con las primeras manifestaciones de la actividad humana, fijando su punto de partida en la etapa de la venganza privada que luego iría evolucionado, a la par que lo haría el concepto de Estado, hacia la etapa del resarcimiento del daño. Así pues, es lógico pensar que, siendo la figura de la responsabilidad civil tan antigua como el Derecho mismo, mantenga un halo cautivador, una invitación permanente a estudiar sus distintos matices, sus distintas formas de presentarse ante nosotros. Y dentro de este amplio campo de acción encontramos que la figura de la responsabilidad precontractual, la cual será objeto central de nuestro estudio, si bien ha sido analizada por la doctrina, no ha sido adecuadamente valorada por nuestra regulación civil, la que le ha dedicado poco espacio y esfuerzo.
Tesis
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Vásquez, Araya Mauricio. "Obligaciones del vendedor en la compraventa en el derecho romano clásico." Tesis, Universidad de Chile, 2007. http://www.repositorio.uchile.cl/handle/2250/113442.

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Abstract:
Memoria (licenciado en ciencias jurídicas y sociales)
Tratando de resolver las interrogantes planteadas, respecto de por qué no podemos considerar a la compraventa de cosa ajena como una venta dolosa de bienes de otro, nos encontramos con que la venta de cosas ajenas era totalmente válida, ya que, a pesar de no estar literalmente planteado, era subsumible de las obligaciones que el propio contrato establecía para el vendedor, es así como nos lo indica el Digesto, que señala: “El vendedor consciente de vender cosa ajena no comete furtum al cobrar el precio”(D.47.2.52.17) Sin embargo, en nuestra consideración, no podemos abordar estas obligaciones, sin antes hablar de los contratos, es así como en el capítulo segundo lo señalamos, vemos las principales categorías, abordamos la buena fe, las acciones que de ella emanan para más adelante en el capitulo tres fijarnos en el específico contrato de compraventa, sus orígenes, elementos, características, etc; luego en el capítulo cuatro recurrimos a la responsabilidad en el periodo clásico y los tipos de ella existentes. Por último y revisados los otros elementos necesarios para interpretar lo que sigue, abordamos la obligación de entrega, de custodia, las garantías y vicios de que responde el vendedor. Al finalizar quisiera señalar que para la realización de esta memoria, se consultaron las más diversas fuentes jurídicas, tanto directas como indirectas, de las primeras preferentemente el Cuerpo de Derecho Civil de Justiniano, existiendo mas de ochenta citas textuales de él, con otras tantas de autores contemporáneos.
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Pasquel, Rodríguez Enrique. "Informalidad, riesgo empresarial y la superación de la pobreza." Pontificia Universidad Católica del Perú (PUCP), 2015. http://hdl.handle.net/10757/552628.

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Abstract:
Una de las razones por la que los países en vías de desarrollo no logran salir de la pobreza es la dificultad que tiene la mayoría de sus empresas para aumentar su eficiencia y productividad al operar en el sector informal. El sistema legal sirve para reducir el riesgo empresarial, lo que a su vez permite la creación de más negocios, más sociedades, mayor acceso a capital, una producción más especializada y el aumento de las redes de proveedores y clientes. Las empresas informales no gozan de estas ventajas, por lo que su eficiencia y productividad es menor y los países con mayores tasas de informalidad tienen menos capacidad de crear riqueza y trabajo. Y precisamente, dicha tasa es mayor en los países subdesarrollados, como se aprecia en los ejemplos del siguiente cuadro.
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Avendaño, Valdez Jorge, and Sotil Luis Felipe del Risco. "Pautas para la aplicación del principio de fe pública registral." IUS ET VERITAS, 2015. http://repositorio.pucp.edu.pe/index/handle/123456789/122783.

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Abstract:
El crecimiento económico de los últimos años ha aumentado el número de transferencias inmobiliarias y, por tanto, la necesidad de mayor seguridad jurídica. Una herramienta fundamental para la seguridad jurídica es el Principio de Fe Pública Registral. El presente artículo pretende exponer el concepto y naturaleza jurídica de este principio, así como señalar sus principales características. De este modo, se analizan los requisitos para la aplicación de la Fe Pública Registral, haciendo énfasis en la importancia de la buena fe y sus alcances prácticos. Finalmente, los autores ensayan una respuesta para el caso de duplicidad de partidas y si este problema puede resolverse a través de los principios registrales. Over the past few years economic development has increased the great amount of real estate transfers and, therefore the need for Legal security. One main tool for Legal security is Principle of Public Faith in Registration. This legal article describes this principle and its juridical concept as well as outlining its principal characteristics. For that purpose, it has been analyzed the requisites for the application of Principle of Public Faith in Registration, highlighting the importance of Good Faith and its legal extend. Finally, authors provide a final solution in the duplicity certificates terms. In addition, whether it is able to find an answer thought principles in Registration.
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Pasco, Arauco Alan Augusto. "Tutela de los terceros subadquirientes a título oneroso y de buena fe frente a los contratos inválidos." Bachelor's thesis, Universidad Nacional Mayor de San Marcos, 2011. https://hdl.handle.net/20.500.12672/11277.

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Abstract:
Busca darle un enfoque distinto a los problemas que en la actualidad surgen como consecuencia de una declaración judicial (o arbitral) de nulidad y cómo es que ésta repercute sobre los derechos y situaciones jurídicas en general adquiridas por terceros contratantes. Se habla de “terceros” para hacer referencia a aquellas personas que no participaron en la celebración del negocio jurídico declarado inválido pero que de alguna forma entraron en contacto con alguna de dichas partes y derivaron un derecho de tal negocio. La investigación se hace aún más urgente si es que se tiene en cuenta que nuestro Código Civil (en adelante CC) no regula los efectos jurídicos de la nulidad. Ello puede resultar justificable cuando se dice ingenuamente que los contratos nulos nunca producen efectos jurídico, pero, como tendremos oportunidad de analizar y aclarar en el capítulo correspondiente, se debe diferenciar el juicio de de relevancia jurídica del juicio de invalidez, lo cual implica no confundir un contrato inválido con uno inexistente. La diferencia, como se podrá demostrar, acarrea consecuencias prácticas importantes.
Tesis
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Piérola, Castro Noé. "Aplicación de teoría de juegos para la comprensión del Concepto y la función de la buena fe." Pontificia Universidad Católica del Perú, 2013. http://repositorio.pucp.edu.pe/index/handle/123456789/116683.

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Villanueva, González Francisco Fernando. "La obligación de negociar con buena fe una convención colectiva de trabajo en el régimen laboral quebequense." THĒMIS-Revista de Derecho, 2014. http://repositorio.pucp.edu.pe/index/handle/123456789/107313.

Full text
Abstract:
Quebec’s Labor regime, due to its particular situation, is influenced by Common Law, aswell as by Civil Law, of French origin. Both systems have consecrated the fundamental right to collective negotiation, recognizedto all workers, by limiting State intervention regarding collective agreements. However,this protection does not restrain itself to ensure negotiation; this negotiation has tobe carried out respecting the principle of good faith. In the present article, the author introduces legal doctrine and jurisprudence from Canada and abroad, being able to affirm that Quebecker labor regime is founded upon the principle of good faith negotiation, as it’s established in Canada’s Constitution and their Labor Code. That affirmation, according to the author, will have an impact on the labor system and the content of collective agreements.
El régimen laboral quebequense, dada su situación particular, se ve influenciado tanto por el Common Law cuanto por el Derecho Civil de origen francés. Así, ambas corrientes han consagrado por igual el derecho de los trabajadores a la negociación colectiva, limitando la intervención estatal en lo que respecta a la firma de convenios colectivos. Sin embargo, la protección no se restringe a asegurar la negociación; ésta debe, además, llevarse a cabo siguiendo el principio de buena fe. En el presente artículo, el autor cita doctrina y jurisprudencia canadiense y extranjera parapoder afirmar que en el régimen laboral quebequense debe primar el mandato de negociación de buena fe, pues así lo consagra la Constitución y el Código de Trabajo. Esta afirmación impactará definitivamente el sistema laboral quebequense y el contenido de las convenciones colectivas.
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Silva-Ruiz, Pedro F. "La buena fe en la Convención de las Naciones Unidas sobre los Contratos de Compraventa Internacional de Mercaderías." IUS ET VERITAS, 2016. http://repositorio.pucp.edu.pe/index/handle/123456789/123373.

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Vargas, Sequeiros Luis Diego. "La buena fe en el Sistema de Transferencia Inmobiliario: un análisis de la jurisprudencia de la Corte Suprema." Bachelor's thesis, Pontificia Universidad Católica del Perú, 2020. http://hdl.handle.net/20.500.12404/17503.

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Abstract:
La buena fe del sistema de transferencia inmobiliario, es un requisito necesario para la aplicación de diversas normas del referido sistema, como son los artículos 1135°, 2014° y 2022° del Código Civil. Sus alcances, determinados en la jurisprudencia de la Corte Suprema, han evolucionado con el transcurrir de los años. Desde la emisión del código vigente, hasta el año 2009, existía una interpretación netamente registral de la buena fe. Se exigía únicamente la verificación de la información publicitada por el Registro para actuar con el referido código de conducta. Con posterioridad a dicha fecha, la jurisprudencia comenzó a cambiar de criterio, hacia una concepción extraregistral de la buena fe, la cual abarca la inspección registral y extraregistral, como la verificación posesoria del inmueble. Esta última postura interpretativa, con la cual nos encontramos de acuerdo, siempre y cuando se respete un parámetro de razonabilidad, es la mayoritaria en la actualidad. Asimismo, es acorde a los cánones de la buena fe diligencia, según la cual, los terceros deben realizar actos mínimos de diligencia para obtener la protección del ordenamiento jurídico. La referida postura interpretativa toma en cuenta la realidad social y cultural de nuestro país. Así, acerca la “seguridad del derecho” a la “seguridad del tráfico”, la cual fue la finalidad buscada por el legislador del principio de fe pública registral del Código vigente, de acuerdo a su Exposición de Motivos.
Tesis
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Stitchkin, López David León. "Estudio y análisis jurisprudencial de la aplicación de la teoría de los actos propios en el derecho del trabajo." Tesis, Universidad de Chile, 2009. http://www.repositorio.uchile.cl/handle/2250/106943.

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Abstract:
Memoria (licenciado en ciencias jurídicas y sociales)
No autorizada por el autor para ser publicada a texto completo
La presente tesis se centrará en el análisis de la aplicación de la teoría de los actos propios por parte de nuestros Tribunales Superiores de Justicia para resolver cuestiones de carácter laboral sometidas a su decisión, referentes principalmente a reclamos efectuados por trabajadores sujetos a contrato de prestación de servicios a honorarios que con posterioridad al término de la vigencia de su contrato, alegan la existencia con la empresa de una relación laboral propiamente tal, incluyendo nuestro estudio una referencia especial para las razones que esgrimen los autores que se han manifestado en contra de la operación de esta teoría en la órbita laboral, realizándose una recopilación de la jurisprudencia más relevante e ilustrativa generada al respecto y precisando un análisis jurisprudencial pormenorizado y con explicaciones precisas de los diferentes fallos recogidos en donde los tribunales de justicia han dado procedencia a la teoría presentada. De esta forma, esta investigación dará al lector las ideas fundamentales que informan la recepción por parte de nuestros Tribunales Superiores de Justicia en sede laboral, de una postura no explorada anteriormente, y que se encuentra en germen potencial, de desarrollo creciente y que se perfila como una de las soluciones más novedosas para resolver conflictos laborales en donde se discute la existencia de la subordinación y dependencia y otros temas propios del Derecho del Trabajo, convirtiéndose en poco tiempo en una poderosa herramienta de defensa que han hecho suyas las empresas principalmente, a través del hecho de que la teoría en estudio posibilita, en el caso de los trabajadores que prestan servicios a honorarios y que con posterioridad a la vigencia de su vínculo reclaman la existencia con la empresa de una relación laboral tipo, la inadmisibilidad del reclamo posterior por parte de los trabajadores que se obligaron de conformidad a un contrato a honorarios, justificando esta ilicitud de contravenir la conducta que observaron durante el periodo en que prestaron sus servicios, en el principio de la buena fe y en el deber jurídico de no contrariar conductas pasadas, piedra angular de la teoría del propio acto.
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Ivanega, Miriam Mabel. "El procedimiento de la licitación pública." Pontificia Universidad Católica del Perú, 2011. http://repositorio.pucp.edu.pe/index/handle/123456789/115297.

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Abstract:
El procedimiento de la licitación pública es la regla general en materia de contratos administrativos; a través de la competencia de distintas ofertas, la administración puede obtener los mejores productos (bienes, servicios, obras) al precio más conveniente. Ese vínculo contractual debe responder a determinados principios generales, centrados principalmente en la transparencia pública. La sociedad tieen derecho a conocer qué se contrata, con quién y bajo qué condiciones. Por eso, la juridicidad, la publicidad, el acceso a la información y la buena fe se instituyen como pilares de la estructura contractual en la actualidad. Una síntesis de las principales normas e interpretaciones jurisdiccionales permite comprender el alcance que en la prática se ha otorgado a dichos principios.
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Rodríguez, Núñez Carolina Paz. "Análisis de algunas manifestaciones del principio de buena fe en el derecho chileno frente a los principios de UNIDROIT." Tesis, Universidad de Chile, 2006. http://www.repositorio.uchile.cl/handle/2250/107719.

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Abstract:
Memoria (licenciado en ciencias jurídicas y sociales)
En este trabajo daremos a conocer, principalmente al lector nacional, el contenido del texto de los Principios de UNIDROIT (“Principios”). Principios que tratan las distintas etapas de un contrato a la luz de la aplicación del principio general del derecho de la buena fe y de algunas de sus derivaciones. Partiremos introduciendo al lector en la formación y discusión del texto de los Principios. La comparación de sus cláusulas con lo que se señala en textos similares en el ámbito de los negocios internacionales. Relación de estos Principios con la lex mercatoria y los usos del comercio internacional. Posteriormente, de dichos Principios analizaremos particularmente tres instituciones que están tratadas en ellos y que pertenecen al derecho civil. Dichas instituciones corresponden a la responsabilidad precontractual; a la teoría de la imprevisión y al caso fortuito o fuerza mayor; instituciones que tienen un grado de interés para nosotros por la evolución a que se han visto expuestas con el desarrollo mismo de la economía mundial. Vamos a señalar en qué consisten esas instituciones, su análisis en el derecho nacional, su análisis relacionado con lo que señalan los Principios y qué es lo novedoso que, en lo que respecta a estas tres instituciones, aportan los Principios a las cláusulas que pueden adoptar los contratantes internacionales en sus contratos. Decimos los contratantes internacionales pero nada obsta a que sean adoptadas esas cláusulas por contratantes nacionales; es más, es eso precisamente lo que buscamos como finalidad. Que sean los propios comerciantes de nuestro país que adopten este tipo de cláusulas, beneficiándose de sus efectos, sin contrariar el orden público nacional
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Guarachi, Zuvic Federico Andrés. "Buena fe objetiva : proyecto de actualización del Repertorio de Legislación y Jurisprudencia del Código Civil y sus leyes complementarias." Tesis, Universidad de Chile, 2012. http://www.repositorio.uchile.cl/handle/2250/112849.

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Abstract:
Memoria (licenciado en ciencias jurídicas y sociales)
Esta memoria se enmarca en un proyecto realizado por el Departamento de Derecho Privado de la Facultad de Derecho de la Universidad de Chile, para la actualización del Repertorio de Legislación y Jurisprudencia del Código Civil, consistiendo en las fichas de análisis de sentencias de diversos tópicos, los extractos realizados respecto a la buena fe contractual que modificarán el Repertorio en cuestión y por último una monografía en la cual se examina la jurisprudencia respecto al tema. Las sentencias que se analizaron para extractar fueron 99, de las cuales sólo algunas fueron pertinentes al tema en cuestión, siendo sólo 54 los extractos que finalmente terminaron modificando en algún sentido la jurisprudencia del artículo 1546
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Reyes, Gálvez Judith Stefania. "VIII pleno casatorio civil: implicancias prácticas en el ámbito registral y en la protección del adquirente de buena fe." Bachelor's thesis, Pontificia Universidad Católica del Perú, 2021. http://hdl.handle.net/20.500.12404/20011.

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Abstract:
El 20 de setiembre de 2020, se publicó el VIII Pleno Casatorio Civil. En esta sentencia, la Corte Suprema determinó que el acto jurídico de disposición de bienes de la sociedad conyugal, en el que interviene solo uno de los cónyuges, es nulo. Así, en el presente informe jurídico, se analiza cuáles son las implicancias de la decisión de la Corte Suprema en las partes del acto jurídico, el cónyuge que no intervino y posibles terceros. También se analiza los efectos de la nulidad del acto jurídico en un ámbito registral, lo que implica determinar si hay o no alguna afectación al tercero registral de buena fe. Además, se pretende dar una apreciación propia con respecto a si el acto jurídico de disposición de bienes sociales, efectuado por un solo cónyuge, es nulo, anulable o ineficaz. A partir de este análisis, en base a doctrina y jurisprudencia, se concluye que la tesis de la ineficacia es la más adecuada, no solo porque la ausencia de uno de los cónyuges en el acto constituye una falta de legitimación, sino porque esta tesis cautela los intereses de todos los intervinientes en este acto, incluyendo al cónyuge que no intervino y al comprador de buena fe.
On September 20th, 2020, the VIII Pleno Casatorio Civil was published. In this ruling, the Supreme Court determined that the legal act of disposition of assets of the marital partnership, in which only one of the spouses intervenes, is null. Thus, this legal report analyzes the implications of the Supreme Court's decision on the parties of the legal act, the spouse who did not intervene and possible third parties. It also analyzes the effects of the nullity of the legal act in a registry scope, which also implies determining whether or not there is any affectation to the third party who contracts under the parameters established by article 2014 of the Civil Code In addition, it is intended to give its own assessment as to whether the legal act of disposition of matrimonial property, carried out by only one spouse, is null, voidable or ineffective. From this analysis, based on doctrine and jurisprudence, it is concluded that the ineffectiveness thesis is the most appropriate, not only because the absence of one of the spouses in the act constitutes a lack of legal standing, but also because this thesis safeguards the interests of all the participants in this act, including the spouse who did not intervene and the bona fide purchaser
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Alvites, Carpio César Eduardo. "“Los cambios de criterio en las resoluciones emitidas por Indecopi en materia de Protección al Consumidor, con especial referencia a la aplicación del Principio de Protección de la Confianza Legítima”." Bachelor's thesis, Pontificia Universidad Católica del Perú, 2015. http://tesis.pucp.edu.pe/repositorio/handle/123456789/9537.

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Abstract:
Las resoluciones administrativas devienen en actos de imperio de la administración pública, que para su emisión conllevan criterios interpretativos que, sin llegar muchas veces a ser precedentes de observancia obligatoria, generan válidas expectativas en los administrados para adecuar su conducta y ejercer sus derechos conforme a ley. Sin embargo, el cambio o establecimiento repentino de nuevos criterios puede traer perjuicios a aquellos administrados que confiaron en la actuación coherente y predecible de la administración. En dicho contexto, este artículo aborda las variaciones de criterio interpretativo de los órganos administrativos especializados en materia de consumo a cargo de Indecopi, a través de la invocación del denominado “Principio de Protección de la Confianza Legítima”. Se analiza su historia, elementos, requisitos y presencia legal en el Perú, y la pertinencia de su invocación en un procedimiento administrativo sancionador establecido dentro de un marco de protección constitucional a los consumidores o usuarios. Asimismo, se revisará cómo la jurisprudencia de Indecopi ha resuelto controversias en diversos sectores de consumo amparándose en tal principio, y si aquella entidad cumple con su deber legal de generar predictibilidad a través de sus pronunciamientos.
Trabajo académico
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Faillace, Stefano. "Cuestiones controvertidas en relación a la responsabilidad por contacto social." IUS ET VERITAS, 2015. http://repositorio.pucp.edu.pe/index/handle/123456789/122588.

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Abstract:
En el presente artículo, se analiza la naturaleza de la responsabilidad que genera el contacto social. De esta manera, el autor expone aquellas posiciones que sustentan que la confianza en el actuar profesional de un médico o educador, generada por contacto social, es fuente de responsabilidad contractual o fuente de responsabilidad precontractual. Finalmente, el autor examina los alcances del precepto de la buena fe más allá de los límites de la responsabilidad precontractual para el caso de relaciones entre Administración Pública y privados.  On this paper, the author analyzes the nature of liability when generated by social contact. In that way, he explores the theories which support that trust in the professional behavior of doctors or educators based on social contact, creates contractual or pre-contractual liability. Finally, the author analyzes the scope of the principle of bona fides beyond the limits of pre-contractual liability in the case of the legal relationship between Public Administration and private individuals.
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Bances, Yesquen Carlos Santos. "El principio de fe pública registral en los títulos fraudulentos inscritos." Bachelor's thesis, Universidad Católica Santo Toribio de Mogrovejo, 2019. http://hdl.handle.net/20.500.12423/2300.

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Abstract:
La presente investigación, titulada “El principio de fe pública registral en los títulos fraudulentos inscritos”, gira en torno a la implicancia del dicho principio respecto a la problemática del fraude inmobiliario. Para el desarrollo del tema, se ha optado por dividirlo en tres partes: 1) referida al principio de fe pública registral, 2) referida al fraude inmobiliario, y 3) explicando cómo debe interpretarse y aplicarse este principio respecto al fraude inmobiliario; en este sentido, la idea central de la investigación consiste en analizar si es idóneo o no, aplicar este principio para solucionar problemas derivados de los títulos fraudulentos inscritos, y de no serlo, proponer una solución definitiva a esa problemática. Finalmente, se concluye que es necesaria la aprobación de una ley específica que atienda al fraude inmobiliario y que modifique el artículo 2014° del Código Civil, con la finalidad de ponerle un freno definitivo a este ilícito.
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Cabezas, Iturra Javiera Francisca. "La buena fe como restricción a la libertad de contratación en los contratos de adhesión : Artículo 16 letra g) Ley 19.496." Tesis, Universidad de Chile, 2018. http://repositorio.uchile.cl/handle/2250/153081.

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Mendoza, Limaymanta Luis Junior. "El principio de buena administración y la facultad discrecional en la renovación de cuadros de oficiales de la Policía Nacional del Perú." Bachelor's thesis, Pontificia Universidad Católica del Perú, 2019. http://hdl.handle.net/20.500.12404/16299.

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Abstract:
El Tribunal Constitucional y la Defensoría del Pueblo, en sus diversas sentencias e informes, respectivamente, han determinado que en el procedimiento de renovación de cuadros, se ha vulnerado, entre otros, los derechos al debido procedimiento y a la motivación de resoluciones administrativas de los oficiales de la Policía Nacional del Perú; sin embargo, actualmente se continúan emitiendo actos administrativos que denotan cómo las autoridades públicas terminan haciendo un ejercicio arbitrario de las facultades discrecionales otorgadas por ley, sin garantizar los referidos derechos. Como consecuencia de ello, en la actualidad todos aquellos oficiales que no se encuentran conforme con tal decisión acuden al Poder Judicial en búsqueda de tutela jurisdiccional efectiva, logrando su reincorporación. En ese sentido el objetivo del presente trabajo académico es determinar de qué manera el principio de buena administración puede orientar el ejercicio de la facultad discrecional en el procedimiento administrativo de renovación de cuadros. Al respecto, Ponce afirma que, para cumplir con un debido procedimiento administrativo o deber de buena administración, las autoridades públicas durante la actividad procedimental deben de actuar de forma objetiva en función al deber de debida diligencia, de tal forma que reduzca los márgenes de arbitrariedad. Concluyendo que la aplicación del principio de buena administración, manifestado a través del principio de transparencia y del deber de debida diligencia o debido cuidado, como elemento núcleo, impone a la administración policial la obligación legal de actuar de manera imparcial y con la implementación de los criterios técnicos desarrollados permitirá establecer cuidadosamente los elementos de hecho y de derecho, garantizando una debida motivación de las resoluciones administrativas. De esta forma se cumple con orientar de manera positiva el ejercicio de la facultad discrecional en los procedimientos administrativos de renovación de cuadros
Trabajo académico
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Condemayta, Mollehuanca Jorge Luis. "La responsabilidad precontractual derivada de la ruptura injustificada de las tratativas "El rol de la buena fe y el deber de información"." Master's thesis, Pontificia Universidad Católica del Perú, 2015. http://tesis.pucp.edu.pe/repositorio/handle/123456789/6873.

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Abstract:
En el presente trabajo de investigación se desarrollará la problemática generada por la falta de consenso y regulación en cuanto a la aplicación de la responsabilidad precontractual. Mucho se ha discutido, y se discute aún, sobre la aplicación de la institución in comento; por lo mismo, en el Perú se han elaborado escasos trabajos sobre la responsabilidad precontractual. Por otro lado, si se parte de la premisa que en la etapa de la negociación, o durante la formación del contrato, se puede ocasionar daños a alguno de los negociantes, surge la discusión de si estos daños deben ser resarcidos; si la respuesta fuera afirmativa, se da lugar a la siguiente interrogante ¿bajo qué institución y fundamento se debería otorgar el resarcimiento? Es así que, la doctrina presenta tres posturas: una primera que propugna que estos daños se deban resarcir bajo la figura de la responsabilidad precontractual, pero con los elementos y la naturaleza de la responsabilidad civil contractual o también llamada responsabilidad por incumplimiento de obligaciones –se afirman que incluso el solo acercamiento de dos personas con miras a un futuro contrato establece entre ellas un vínculo que tiene naturaleza contractual (mención aparte merece la teoría del contacto social, mediante la cual se pretende contractualizar todo tipo de acercamiento entre dos o más personas)– postura que por lo demás, es discutible. La segunda postura afirma que estos daños generados en la etapa previa al contrato, se deben resarcir con las reglas y la naturaleza de la responsabilidad extracontractual, pues se dice que antes al contrato no existe propiamente un vínculo entre ambos negociantes por lo que basándose en las reglas de la responsabilidad civil extracontractual o responsabilidad aquiliana se vería mejor resarcido los posibles daños generados en esta etapa previa al contrato. La tercera posición plantea que la responsabilidad precontractual es un tertium genus de naturaleza jurídica distinta a las anteriores desarrolladas y por lo mismo el resarcimiento de estos daños se puede dar de manera independiente y con reglas independientes, esta posición es bastante discutida en la actualidad por cuanto no se define bien cuales serían estas reglas aplicables distintas a las dos grandes corrientes de la responsabilidad civil.
Tesis
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Lamas, Puccio Luis. "Delitos contra la confianza y la buena fe en los negocios en la legislación nacional, con referencia especial al artículo 209 del Código Penal." IUS ET VERITAS, 2015. http://repositorio.pucp.edu.pe/index/handle/123456789/123283.

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Franzoni, Massimo, and Giulio Ponzanelli. "Exposición de temas de derecho civil : los deberes de protección y el daño existencial." IUS ET VERITAS, 2015. http://repositorio.pucp.edu.pe/index/handle/123456789/123285.

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Abstract:
Con motivo del V Congreso internacional de Derecho Civil Patrimonial organizado por IUS ET VERITAS, se tuvo como invitados de honor a especialistas italianos. Entre estos se encontraron los reconocidos especialistas Massimo Franzoni y Giulio Ponzanelli, quienes, paralelamente al Congreso, accedieron a la realización de un conversatorio sobre temas de Derecho Civil. Es así como contamos con la magistral exposición del doctor Franzoni sobre los deberes de protección, tema que ha tratado a menudo en sus trabajos académicos; así como también con la ponencia del doctor Ponzanelli sobre el daño existencial, figura jurídica de la cual fue crítico desde su aparición en su tierra natal. On the occasion of the V international Congress of Civil Property Law organized by IUS ET VERITAS, we had as guests of honor italian specialists. Among these recognized specialists were Massimo Franzoni and Giulio Ponzanelli, who, alongside the Congress, agreed to conducting a conversation about issues of Civil Law. This is how we count on the masterly exposition of Dr. Franzoni on the protection duties, an issue that has often been treated in his academic work, as well as with a presentation.
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Rabanal, Florián Dannery Tais. "La Fe Pública Registral, en los casos de fraude inmobiliario, a propósito de la sentencia del Tribunal Constitucional recaída en el Expediente. N° 00018- 2015-PI/TC." Bachelor's thesis, Pontificia Universidad Católica del Perú, 2020. http://hdl.handle.net/20.500.12404/18626.

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Abstract:
Uno de los mayores problemas de seguridad jurídica de la primera década del siglo XXI fue el ocasionado por el fraude inmobiliario, cuyo fenómeno significó la pérdida del patrimonio de innumerables propietarios peruanos. A raíz de la judicialización de estos ilícitos, se visibilizó la precariedad de los procedimientos de verificación documental de los registros públicos y de los funcionarios involucrados en las transferencias de los inmuebles. Asimismo, quedó manifiesta la diversidad de criterio judicial en la resolución de estos casos pues, en ocasiones, restituían el inmueble a los propietarios y, en otras, se la otorgaban al llamado tercero registral. Bajo este marco, el poder legislativo emite la Ley N° 30313 - Ley de Oposición al Procedimiento de Inscripción Registral en Trámite y Cancelación del Asiento Registral por Suplantación de Identidad o Falsificación de Documentación y Modificatoria de los Artículos 2013 y 2014 del Código Civil y de los Artículos 4 y 55 y la Quinta y Sexta Disposiciones Complementarias Transitorias y Finales del Decreto Legislativo 1049 - , cuya constitucionalidad fue, acertadamente, cuestionada y, recientemente, resuelta por el Tribunal Constitucional, a nuestro criterio, de forma errónea. Tal disposición normativa otorga protección al tercero registral, antes que al propietario, en los casos de Suplantación de Identidad y Falsificación Documental en aplicación del principio de fe pública registral. Dicho criterio ha sido avalado por el Tribunal Constitucional en la sentencia recaída en el expediente N° 00018-2015-PI/TC a pesar de que el acto origina la titularidad del tercero es un ilícito. Por ello, en la presente investigación de orden dogmático documental, pretendemos delinear los argumentos históricos, lógicos y normativos que sustentan que, ante el fraude inmobiliario, no se debe aplicar el principio de fe pública registral. Su aplicación se configuraría como un incentivo a la comisión de delitos que atentan contra la fe pública y contravendría normas de carácter público.
One of the biggest legal security problems of the first decade of the 21st century was caused by real estate fraud, the phenomenon of which meant the loss of the assets of countless Peruvian owners. As a result of the prosecution of these crimes, the precariousness of the documentary verification procedures of the public registers and the officials involved in the transfers of real estate became visible. Likewise, the diversity of judging criteria in the resolution of these cases was evident since, on occasions, they returned the property to the owners and, on others, they granted it to the so-called third-party registry. Under this framework, the legislative power issues Law No. 30313 - Law of Opposition to the Registration Procedure in Process and Cancellation of the Registration Entry for Identity Impersonation or Forgery of Documentation and Amendment of Articles 2013 and 2014 of the Civil Code and Articles 4 and 55 and the Fifth and Sixth Complementary Transitory and Final Provisions of Legislative Decree 1049 - whose constitutionality was rightly questioned and, recently, wrongly resolved by the Constitutional Court, in our opinion. Such normative provision grants protection to the third party registry, before the owner, in cases of Identity Impersonation and Document Falsification in the application of the principle of registry public faith. Said criterion has been endorsed by the Constitutional Court in the sentence passed in the file N ° 00018-2015-PI / TC although the act originates the ownership of the third party is illegal. Therefore, in this research of a dogmatic documentary order, we intend to outline the historical, logical, and normative arguments that sustain that, in the face of real estate fraud, the principle of public registry faith should not be applied. Its application would be configured as an incentive to the commission of crimes that violate the public faith and would contravene public regulations.
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Vergara, Manchego Diego Ignacio. "Recepcion jurisprudencial de la teoría de los actos propios como manifestación del principio de la buena fe procesal : análisis a propósito de su regulación expresa en la Ley 20.886." Tesis, Universidad de Chile, 2018. http://repositorio.uchile.cl/handle/2250/150348.

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Abstract:
Memoria (licenciado en ciencias jurídicas y sociales)
En el presente trabajo se analizará cómo la Corte Suprema ha desarrollado y aplicado la teoría o doctrina de los actos propios al ejercicio de actos o conductas procesales manifestadas en el contexto de un juicio, a raíz de su regulación expresa en la Ley 20.886. Para ello se realiza previamente un estudio de todos los elementos que fundan y rodean a la teoría. El trabajo comienza con una revisión general del principio de buena fe procesal con el fin de identificar los fundamentos que respaldan la existencia de la doctrina. Asimismo, se desarrolla una exposición sobre los principales aspectos teóricos de los actos propios de manera de conocer su contenido, naturaleza, requisitos y aplicación, entre otros. Finalmente, el trabajo termina con la exposición y análisis de diferentes sentencias del máximo tribunal que permiten determinar cómo ha sido la recepción de esta teoría en la jurisprudencia chilena.
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Silva, Romero Eduardo, and Saffer Luis Miguel Velarde. "La Extensión del Convenio Arbitral a partes no Signatarias en Europa: ¿Un enfoque uniforme?" Arbitraje PUCP, 2017. http://repositorio.pucp.edu.pe/index/handle/123456789/112659.

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Abstract:
Hoy en día no existe duda de que un convenio arbitral puede ser extendido a partes no signatarias. Un caso en el que esto puede ocurrir es cuando la parte no signataria tiene una participación activa en el iter contractual, es decir, en la negociación, celebración, ejecución y/o terminación del contrato que contiene un convenio arbitral. Diversos tribunales arbitrales internacionales han concluido que esta participación activa del no signatario prueba su consentimiento implícito al arbitraje.El consentimiento es un elemento fundamental del arbitraje y, como tal, su ausencia conlleva la anulación del laudo. En este contexto, más allá de la postura de los tribunales arbitrales, es necesario conocer cuál es la postura quehan adoptado las cortes (por ejemplo, en vía de anulación del laudo) al analizar la existencia de consentimiento implícito. ¿Han adoptado una postura rígida o flexible? Este artículo aborda esta cuestión. Concretamente, los autores presentan un estudio de las decisiones emitidas por las cortes de Inglaterra, Suecia, Suiza, España y Francia que refleja una distinta postura (más o menos rígida) respecto del consentimiento implícito.
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Alarcón, Cañuta Miguel A. "El concurso de la persona física." Doctoral thesis, Universitat de Barcelona, 2019. http://hdl.handle.net/10803/667594.

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Abstract:
Partiendo de un análisis de derecho comparado e histórico, seguido de un análisis dogmático-crítico, se establecen las bases dogmáticas para una comprensión de una moderna regulación concursal de la persona física que, regida por fundamentos y principios propios replicables en cualquier ordenamiento, permiten concretizarla como una institución individual o especial, cuya finalidad y objetivos vinculados a la protección de los intereses del deudor han de entenderse trascendentes a la regulación sustantiva, para una adecuada construcción de los elementos o instituciones estructurales de un procedimiento concursal de la persona física. A partir de un análisis valorativo y crítico de la sistemática de la regulación concursal relativa al tratamiento de la insolvencia de la persona física en la legislación concursal española, en consideración al modelo estándar, y a través de una delimitación de los problemas y efectos que posibilitan caracterizarla como eminentemente sancionatoria y restrictiva de los intereses de los deudores; se construye una regulación constitutiva de un procedimiento concursal de la persona física propiamente tal y que obedece a los fines y objetivos contenidos en el principio del fresh start.
Partint d'una anàlisi de dret comparat i històric, seguit d'una anàlisi dogmàtica-crítica, s'estableixen les bases dogmàtiques per a la comprensió d'una moderna regulació concursal de la persona física que, regida per fonaments i principis propis replicables en qualsevol ordenament, permeten concretizar-la com una institució individual o especial, la finalitat i objectius de la qual –vinculats a la protecció dels interessos del deutor– s'han d'entendre transcendents a la regulació substantiva, per a una adient construcció dels elements o institucions estructurals d'un procediment concursal de la persona física. A partir d'una anàlisi valorativa i crítica de la sistemàtica de la regulació concursal relativa al tractament de la insolvència de la persona física en la legislació concursal espanyola, en consideració al model estàndard, i a través d'una delimitació dels problemes i efectes que possibiliten caracteritzar-la com eminentment sancionadora i restrictiva dels interessos dels deutors, es construeix una regulació constitutiva d'un procediment concursal de la persona física pròpiament tal que obeeix a les finalitats i objectius continguts en el principi del fresh start.
Starting from a comparative and historical law analysis, followed by a dogmatic- critical analysis, we establish the dogmatic bases for an understanding of a modern bankruptcy regulation of the natural person that, ruled by its own fundamentals and principles replicable in any legal system, allow to concretize it as an individual or special institution, whose purpose and objectives linked to the protection of the debtor's interests must be understood as transcendental to the substantive regulation, for an adequate construction of the structural elements or institutions of the individual bankruptcy proceeding. From an evaluative and critical analysis of the systematic bankruptcy regulation regarding the treatment of the individual insolvency in the Spanish bankruptcy law, considering the standard model, and through a delimitation of the problems and effects that allow to characterize it as eminently sanctioning and restrictive of the debtors' interests; we construct a legal regulation constitutive of a bankruptcy proceeding for the physical person as such, and that obeys the aims and objectives contained in the fresh start principle.
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O’Neill, de la Fuente Cecilia. "Not everything that shines is gold: appearance of law and protection of third parties in good faith." THĒMIS-Revista de Derecho, 2018. http://repositorio.pucp.edu.pe/index/handle/123456789/123850.

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Abstract:
What happens to the third party that, in good faith, acquires rights from a subject whose title is not valid? With few exceptions, the Peruvian Civil Code leaves him unprotected. In this article, the author evaluates the specific solutions contained in the Peruvian Civil Code; analyzes the answers that foreign legislations present; and, finally, proposes a solution to protect the third parties in good faith who acquire rights from an apparent owner.
¿Qué ocurre con el tercero que, de buena fe, adquiere derechos de un sujeto cuyo título es inválido? Salvo algunas excepciones, el Código Civil peruano lo deja desprotegido. En este artículo, la autora evalúa las soluciones específicas que contiene el Código Civil peruano; analiza las respuestas que presentan legislaciones extranjeras; y, finalmente, propone una solución para dar protección a los terceros de buena fe que adquieren derechos de un titular aparente.
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León, Hilario Leysser L. "La buena fe en la negociación de los contratos: apuntes comparatísticos sobre el artículo 1362 del código civil peruano y su presunto papel como fundamento de la responsabilidad precontractual." THĒMIS-Revista de Derecho, 2004. http://repositorio.pucp.edu.pe/index/handle/123456789/107724.

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Abstract:
¿Constituye la cláusula normativa general de buena fe del Código Civil (artículo 1362) el fundamento legal de la responsabilidad precontractual por interrupción injustificada de las tratativas? ¿Existe sustento legal para afirmar dicha responsabilidad en el Perú? ¿Se trataría de una responsabilidad contractual o extracontractual? En las páginas que siguen el autor realiza un interesante análisis sobre las cuestiones enunciadas desde la perspectiva del Derecho Comparado. Lo cual, teniendo en cuenta las familias jurídicas que inciden en la regulación de nuestro Código Civil, resulta de suma importancia.Todos conocemos o, por lo menos, podemos intuir lo que sucedería si es que importamos reglas de otros lugares, muy diferentes al nuestro, y las aplicamos a nuestra sociedad. Ahora, sólo basta con dar una mirada en nuestroCódigo Civil para convencernos de la mezcla de doctrinas existentes en él. Pero este problema se agudiza cuando no existe una conexión ouna integración entre las diferentes doctrinas importadas. Esto puede ser observado en el tratamiento dado por nuestro Código Civil a la responsabilidad precontractual en donde,siguiendo el razonamiento  del autor del presente artículo, no podemos encontrar la coherencia y claridad necesarias que posibiliten la comprensión y la aplicación de esta institución.
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Cortés, Aracena Tomás Alejandro, and Roncarati Benjamín Ernesto Peña. "Interpretación de contratos celebrados entre partes sofisticadas." Tesis, Universidad de Chile, 2019. http://repositorio.uchile.cl/handle/2250/170349.

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Abstract:
Memoria para optar al grado de Licenciado en Ciencias Jurídicas y Sociales
La presente memoria propone una reflexión crítica en torno a la aplicación de la vertiente subjetiva de interpretación contractual a actos celebrados entre partes sofisticadas, entendiendo por tales a aquellos agentes expertos que negocian un plano de igualdad y que tienen la aptitud de plasmar genuinamente su voluntad en el texto contractual. En particular, se argumenta a favor de la aplicación de un sistema objetivo de interpretación, que dé primacía a la voluntad declarada por sobre la búsqueda de la voluntad interna de las partes. Para ello, primero se estudian ciertas distinciones elementales en materia de hermenéutica contractual, normas de derecho positivo y el entendimiento de la doctrina tradicional sobre el sistema chileno. En segundo lugar, se delimita el concepto de partes sofisticadas, por medio del estudio de diferentes categorías contractuales, de propuestas doctrinarias y del análisis de normas nacionales que permiten sostener que la sofisticación encuentra reconocimiento en nuestra legislación. Por último, sobre la base de marco conceptual previamente reseñado, se desarrollan argumentos que giran en torno a principios generales del derecho, normas de hermenéutica contractual y consideraciones de índole económica, con el objeto de fundar la necesidad de dar aplicación a un sistema de interpretación objetivo a un contrato celebrado entre partes sofisticadas
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Drugas, Arellano Katherine Kristi. "Informe sobre Casación de la Sala Civil Permanente de la Corte Suprema de Justicia, N° 4419-2009." Bachelor's thesis, Pontificia Universidad Católica del Perú, 2021. http://hdl.handle.net/20.500.12404/20548.

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Abstract:
El presente informe jurídico versa sobre el análisis de la sentencia emitida por la Sala Civil Permanente de la Corte Suprema de Justicia (la Sentencia), respecto del recurso de casación N° 4419-2009. Dicho recurso de casación se interpuesto por la Superintendencia de Bienes Nacionales (SBN), en el marco del proceso de nulidad de acto jurídico seguido por dicha entidad contra varios particulares y Puerta de Tierra S.A. (PDT S.A.), debido a que dichos particulares inscribieron su derecho de propiedad, respecto de un bien estatal de dominio público, en virtud de documentos públicos falsificados. El objetivo del informe es determinar si el principio de Fe Pública Registral ampara el derecho de propiedad de PDT S.A., pese a los vicios existentes en el origen de las transferencias; en ese sentido, el informe busca analizar la validez de la transferencia a favor de PDT S.A. La presente investigación resulta útil, a efectos de entender el alcance del principio de Fe Pública Registral en el tráfico de bienes inmuebles, a partir de la naturaleza, función y las condiciones que deben darse para que se aplique el mencionado principio. El informe jurídico tiene como hipótesis que el principio de Fe Pública Registral no debe aplicarse de manera literal, sino que debe ser aplicado, tomando en consideración su aspecto objetivo y su función de garantizar la seguridad jurídica. Por último, la conclusión del informe jurídico confirma la hipótesis planteada para la investigación: existen supuestos, como el presente caso, en los que el principio de Fe Pública Registral debe ser inaplicable por ser inválida la adquisición a non domino del tercero adquirente sobre un bien de dominio público, debido a la ausencia de manifestación de voluntad del verdadero propietario e imposibilidad jurídica.
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Moreno, More César E. "Critical appraisals about the foundation of duties of protection in the Peruvian legal system." IUS ET VERITAS, 2014. http://repositorio.pucp.edu.pe/index/handle/123456789/122823.

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Abstract:
The acceptance of the theory of the duties of protection isstrongly conditioned by systemic features of each legal order. if the premise and the scope of the doctrine are overlooked, and its historical and dogmatic location is dissociated from it, eventually it will be created a wasteful duplication of compensatory systems, in a legal order where the same result is obtained using the tort law. Nevertheless, it does not mean that creditor’s person or property will not be relevant with respect to contractual relationship. it is enough just to understand that this will only happen in a few situations in which the possibility to affect the rights of obligee falls within the specific contractual obligation. Out of these situations, any effort to turn tort damage into contractual damage will nothave otherwise forced and unsustainable consequences.
El acogimiento de la teoría de los deberes de protección y de la relación obligatoria compleja, está estrechamente condicionado por las características sistémicas de cada ordenamiento jurídico. si se desconocen tanto la premisa como el objetivo de dicha doctrina, y se la disocia de su ubicación histórico-dogmática, se terminará por crear una duplicación inútil de las tutelas resarcitorias en un sistema en donde el mismo resultado se obtiene recurriendo a la responsabilidad aquiliana. sin embargo, esto no quiere decir que la persona y el patrimonio del acreedor no asuman relevancia dentro de la relación obligatoria. será suficiente con comprender que esto sólo ocurrirá en determinadas hipótesis en las que la posibilidad de afectar la esfera jurídica del acreedor quede comprendida dentro de la prestación deducida en obligación. Fuera de estas, todo esfuerzo por convertir el daño aquiliano en contractual no tendrá si no consecuencias forzadas e insostenibles.
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Mercado, Campero José Ignacio. "Algunas nociones sobre el desequilibrio importante de las prestaciones a la luz del artículo 16 letra g) de la ley no. 19.496." Tesis, Universidad de Chile, 2008. http://repositorio.uchile.cl/handle/2250/107818.

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Abstract:
Memoria (licenciado en ciencias jurídicas y sociales)
La modificación a la Ley 19.496 de Protección de los Derechos de los Consumidores, efectuada por a Ley 19.955, introdujo, entre otras materias, un tipo abierto de cláusula abusiva. La mencionada modificación incluyó expresamente el concepto de “desequilibrio importante de las prestaciones” como noción fundamental para analizar si la cláusula incluida en un contrato de adhesión ofrecido a consumidores reviste o no el carácter de abusiva. Dispone al efecto la letra g) del artículo 16 de la Ley 19.496 lo siguiente: Artículo 16: No Producirán efecto alguno en los contratos de adhesión las cláusulas o estipulaciones que: g) En contra de las exigencias de la buena fe, atendiendo para estos efectos a parámetros objetivos, causen en perjuicio del consumidor un desequilibrio importante en los derechos y obligaciones que para las partes se deriven del contrato. Para ello se atenderá a la finalidad del contrato y a las disposiciones especiales o generales que lo rigen (…)”. Esta modificación permitió abrir la “lista negra” original contenida en el artículo 16 de la Ley 19.496 a nuevos supuestos no contemplados originalmente, entregando al juez herramientas para calificar el carácter abusivo de las cláusulas contractuales. En el presente trabajo se analiza el contenido de la letra g) del artículo 16 de la Ley 19.496, con especial énfasis en el sentido y alcance de los conceptos “desequilibrio importante”, “finalidad del contrato” y “disposiciones especiales o generales que lo rigen”, su relación con la noción de buena fe objetiva y la función que dichos elementos juegan en la protección de las expectativas del consumidor
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