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Romano, Rubén. "La regulación del nombre de las personas jurídicas en el artículo 151 del CCCN . Análisis de los requisitos y de los problemas de interpretación y de aplicación." Nueva Epoca, no. 13 (December 13, 2020): 45–52. http://dx.doi.org/10.14409/ne.v0i13.9893.

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Abstract:
La entrada en vigencia del Código Civil y Comercial de la Nación introdujo a través del artículo 151 una serie de requisitos para el reconocimiento y protección del nombre de las personas jurídicas que está generando una serie de problemas de interpretación y aplicación. En el presente trabajo analizamos la norma remarcando los problemas que genera y los argumentos respecto de por qué creemos que es necesaria su revisión.
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2

Umansky, Sandra Natalia. "Funciones de la responsabilidad civil: cambio de paradigmas en el sistema de Derecho Privado argentino." Revista de la Facultad de Ciencias Económicas, no. 17 (September 14, 2016): 107. http://dx.doi.org/10.30972/rfce.0171564.

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Abstract:
El presente artículo tiene por finalidad comentar la transformación operada en el sistema del Derecho Privado patrimonial argentino; a través de la inclusión de una variedad de funciones de la responsabilidad civil; tradicionalmente pergeñada en el Código de Vélez como compensatoria. Se ha propuesto; asimismo; analizar la evolución de estas funciones desde la incorporación de algunos institutos provenientes de distintos microsistemas del Derecho Civil; como el Derecho Ambiental y el de Consumo; para estudiar el proceso de modificación de la legislación privada argentina desde el Anteproyecto de 2012 hasta su regulación actual el Código Civil y Comercial de la Nación -en adelante CCCN-; en aras de explicitar la configuración actual del sistema de responsabilidad civil vigente. Para ello se ha realizado una investigación de abordaje cualitativo; con técnicas descriptivas y bibliográficas; caracterizada como pura; si se analizan sus objetivos extrínsecos; y longitudinal en cuanto a su temporalización. Como conclusión principal podemos derivar que la responsabilidad en el Derecho privado patrimonial argentino asume una pluralidad de funciones; centralmente preventiva y resarcitoria; y periféricamente precautoria y punitiva; debiendo el intérprete realizar un adecuado diálogo de fuentes para la articulación del sistema a fin de mantener la plena vigencia de esta polifuncionalidad.
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3

Gómez Bausela, Maria Silvia. "Herramientas jurídicas previstas en el CCCN para las Sociedades de Familia. Autonomía de la Voluntad y la Causa Fin para prevención de conflictos." Nueva Epoca, no. 13 (December 13, 2020): 37–44. http://dx.doi.org/10.14409/ne.v0i13.9892.

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Abstract:
La expresión de la Causa Fin conforme a la redacción del art. 281 del Código Civil y Comercial de la Nación es una herramienta para la prevención de conflictosen sociedades de familia. A cinco años de la puesta en vigencia del CCCN entiendo que la expresión de la Causa Fin continúa siendo una materia inexplorada.La expresión de la Causa Fin en estatutos o contratos sociales constituye una manifestación más de la autonomía de la voluntad que tiene cabida aún en la aparente estrictez de la LGS . Su inclusión, como la de diversas cláusulas propias de la autonomía de la voluntad, son sencillamente incorporadas en las SAS reguladas en la LACE ya que la estructura de esta ley exhibe a la autonomía de la voluntad como un pilar fundante.
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Darsaut, Maria Victoria, and Matías Ignacio Rostán. "La incorporación del abuso de posición dominante en el Código Civil y Comercial de la Nación y sus efectos en el Derecho de Defensa de la Competencia argentino." Nueva Epoca, no. 13 (December 13, 2020): 17–36. http://dx.doi.org/10.14409/ne.v0i13.9891.

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Abstract:
La incorporación del artículo 11 en el CCCN sobre abuso de posición dominante en el mercado significa la puerta de entrada al sistema de ejecución privada del Derecho de la Competencia en nuestro país. En el presente artículo se abordará la normativa específica y el aporte de la doctrina y la jurisprudencia sobre el tema.
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Echegaray de Maussion, Carlos E. "La unión convivencial a la luz del derecho internacional privado argentino. / Some considerations about domestic partnerships in the ligth of argentine international private law." Revista de Derecho Privado │Universidad Blas Pascal 7, no. 7 (June 9, 2021): 11–21. http://dx.doi.org/10.37767/2362-5325(2020)001.

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Abstract:
Con la sanción del Código Civil y Comercial de la Nación (CCCN) en 2015 se introdujo en el sistema legal argentino el instituto jurídico de la unión convivencial, siendo regulada en el mismo desde la doble concepción de derecho interno y de derecho internacionalprivado.El objetivo de este trabajo es hacer algunas consideraciones de dicho instituto desde la óptica del Derecho internacional privado y de los problemas que las normas que lo regulan sobre jurisdicción y derecho aplicable pueden acarrear en su interpretación y aplicación y proponer la discusión de una reforma de la norma reguladora del derecho aplicable acorde a las necesidades actuales del tráfico jurídico.ABSTRACT: With the enactment of the new Civil and Commercial Code of the Argentine Republic (CCC) in 2015, the legal concept known as domestic partnership was introduced into the Argentine legal system, and it was organized both from the perspective of domestic law and internationalprivate law. The goal of this paper is to provide various considerations as regards such legal concept in the light of both international private law and the problems that the norms regulating such concept may involve in terms of competence and applicable law, for interpretation and applicability purposes thereof. Besides, this work seeks to open debate for a reformulation of the norm regulating applicable law tailored to the current needs of legal workload.
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Panero, Federico Jorge. "El asesoramiento como característica principal del notariado latino y como eficaz garantía de equilibrio contractual. Análisis a la luz de la legislación de consumo y del Código Civil y Comercial de la Nación. /." Revista de Derecho Notarial y Registral │Universidad Blas Pascal, no. 6 (2019) (April 7, 2020): 101–15. http://dx.doi.org/10.37767/2362-3845(2019)007.

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Abstract:
1.-La protección a los ciudadanos en los actos, contratos y negocios de máxima trascendencia constituye la esencia de la función pública notarial. 2.-El asesoramiento notarial es una eficaz herramienta de los Estados para garantizar un adecuado equilibrio en las relaciones contractuales entre particulares, en especial dentro del marco de las relaciones de consumo. 3.-Reconocido en forma expresa en el art. 301 del CCCN, el asesoramiento constituye un deber funcional del notario que debe cumplimentar con imparcialidad activa y sustancial en los ámbitos protocolar y extra protocolar. 4.-Los Colegios Notariales deben coadyuvar en el ejercicio imparcial de la labor asesora del notario, propiciando: a. La realización obligatoria de una audiencia previa de asesoramiento en el marco de los contratos de consumo y de los contratos celebrados por adhesión a cláusulas generales predispuestas; b. La modificación de los denominados “contratos tipo” o “contratos formularios”, para su ajuste a la nueva legislación civil y comercial que se sancionara bajo el paradigma protectorio y de eficaz defensa de los consumidores; c. La restauración del arancel de orden público como eficaz medida para resguardar la imparcialidad del notario y brindar seguridad a los requirentes del servicio público notarial. ABSTRACT: 1.-The protection of citizens in acts, contracts and businesses of maximum importance constitutes the essence of the notarial public function. 2.-The notarial advice is an effective tool of the States to guarantee an adequate balance in the contractual relations between individuals, especially within the framework of the relations of consumption. 3.-Recognized expressly in art. 301 of the CCCN, the advice is a functional duty of the notary that must be filled with active and substantial impartiality in the protocol and extra protocol. 4.-Notary Associations must contribute in the impartial exercise of the advisory work of the notary, promoting: a. The mandatory performance of a prior advisory hearing in the context of consumer contracts and contracts concluded by adhering to general provisions provided; b. The modification of the so-called “type contracts” or “forms contracts”, for their adjustment to the new civil and commercial legislation that will be sanctioned under the protective paradigm and effective defense of consumers; c. The restoration of the public order tariff as an effective measure to safeguard the impartiality of the notary and provide security to the notaries of the notary public service.
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Nugoli, Solange Carolina, Mauro F. Leturia, and Adrián E. Gochicoa. "Representación, mandato y poder. Una encrucijada entre el derecho de forma y de fondo." Anales de la Facultad de Ciencias Juridicas y Sociales de la Universidad Nacional de La Plata, no. 49 (December 9, 2019): 003. http://dx.doi.org/10.24215/25916386e003.

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Abstract:
El análisis realizado en el presente importa un profundo estudio y delimitación conceptual del “mandato”, la “representación” y el “poder” a la luz del Código Civil y Comercial de la Nación. Asimismo, se trabajarán sus repercusiones jurisprudenciales, cimentadas sobre los Códigos de forma de la Nación y de la provincia de Buenos Aires. El eje central del trabajo se apuntala en la forma como elemento esencial de la “representación procesal voluntaria”, focalizándose en la regulación que se realizaba en el Código de Vélez, los cambios a la luz del nuevo Código Civil y Comercial, y la regulación que realiza el Código Procesal Civil y Comercial de la provincia de Buenos Aires y el de Nación.
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8

Gianfelici, Florencia Romina. "Responsabilidad civil en las relaciones de familia según el Código Civil y Comercial de la Nación." Nueva Epoca, no. 10 (February 1, 2017): 179. http://dx.doi.org/10.14409/ne.v0i10.6227.

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Assaad, María Amelia, and Estela María Feliciotti. "Principio de buena fe." Anuario de Derecho Civil, no. 13 (October 1, 2020): 180–99. http://dx.doi.org/10.22529/adc.2019(13)09.

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Abstract:
Se estructura un análisis del principio de buena fe a la luz del Código Civil y Comercial dela Nación, analizando su sistematización, antecedente y ubicación. Se centra el análisis del significado del Principio y su evolución. Se estudia su valoración y funciones en doctrina y jurisprudencia. Asimismo, se analiza sus efectos en los contratos.Palabras Claves: Principio de Buena Fe – Contratos – Código Civil y Comercial
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Marzioni, Cristina Ester, María Celeste Cóceres, and María Virginia Gazzo Boero. "Transformaciones jurídicas y sociales en el nuevo Código Civil y Comercial de la Nación Argentina para los adultos mayores." Nueva Epoca, no. 10 (February 1, 2017): 76. http://dx.doi.org/10.14409/ne.v0i10.6231.

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Lorenzetti, Ricardo Luis. "Conferencia sobre la implementación del nuevo Código Civil y Comercial de la Nación." Nueva Epoca, no. 10 (February 1, 2017): 13. http://dx.doi.org/10.14409/ne.v0i10.6225.

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12

Tschieder, Vanina Guadalupe. "La contratación bancaria en el nuevo Código Civil y Comercial de la Nación." Nueva Epoca, no. 10 (February 1, 2017): 148. http://dx.doi.org/10.14409/ne.v0i10.6239.

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Ditieri, Marina, Gilda Beatriz Cortese, and Yanina Graciela González Demaría. "Cuando la realidad supera la norma: gestación por sustitución y filiación post mortem. Los efectos de su omisión." Derecho y Ciencias Sociales, no. 18 (May 19, 2018): 62–81. http://dx.doi.org/10.24215/18522971e025.

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Abstract:
El nuevo Código Civil y Comercial de la Nación, edificado sobre la base de la doctrina del derecho internacional de los derechos humanos, se ha presentado como un Código basado en el principio de igualdad y no discriminación, un Código intencionado hacia una mirada pro persona). Sin embargo, la eliminación de dos institutos proyectados -la gestación por sustitución y la filiación post mortem- ha dejado fuera del marco legal la previsión de situaciones que acontecen en la realidad con la desprotección que ello implica para las personas. El presente trabajo tiene como objetivo efectuar un análisis profundizado del modo en que el Anteproyecto de Código Civil y Comercial de la Nación preveía dichos institutos, así como de las consecuencias de su omisión. Finalmente, analizaremos las resoluciones judiciales dictadas con posterioridad a la entrada en vigencia del Código, para así demostrar como la jurisprudencia ha venido a poner en evidencia la necesidad de la sanción de leyes especiales que regulen la materia, volviendo antiguo un código de fondo sancionado hace apenas 2 años.
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Pita, Enrique Máximo, and Carlos Emilio Depetris. "La cuantificación de los daños por incapacidad y extrapatrimoniales en el Código Civil y Comercial de la Nación (a propósito de los cinco años de su vigencia)." Nueva Epoca, no. 11 (September 10, 2020): 151–70. http://dx.doi.org/10.14409/ne.v0i11.9593.

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Walker, Maria Cristina. "La empresa en el Código Civil y Comercial de la Nación." Nueva Epoca, no. 13 (December 13, 2020): 7–16. http://dx.doi.org/10.14409/ne.v0i13.9890.

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Abstract:
El trabajo propone delimitar el marco jurídico y el alcance del concepto de empresa debido a que el Código Unificado la introduce sin definir, a través de la obligación de llevar contabilidad. Se abordará el estudio de las diferencias existentes entre sujetos que realizan «actividad económica organizada»; «titulares de empresa» y «titulares de establecimiento comercial». Se examinará el aporte de diversas posiciones doctrinarias y la normativa de derecho comparado más relevante en relación con el tema.El trabajo propone delimitar el marco jurídico y el alcance del concepto de empresa debido a que el Código Unificado la introduce sin definir, a través de la obligación de llevar contabilidad. Se abordará el estudio de las diferencias existentes entre sujetos que realizan «actividad económica organizada»; «titulares de empresa» y «titulares de establecimiento comercial». Se examinará el aporte de diversas posiciones doctrinarias y la normativa de derecho comparado más relevante en relación con el tema.
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Blanco, Agustín Emmanuel. "Numerus clausus en materia de derechos reales." Derecho y Ciencias Sociales, no. 20 (April 4, 2019): 72–87. http://dx.doi.org/10.24215/18522971e049.

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Abstract:
En Argentina rige el sistema de numerus clausus (o de número cerrado) en materia de derechos reales, el cual determina que la creación y estructura de aquellos sólo pueden ser establecidos por la ley, diferenciándonos de otros países, como España, donde impera el sistema de número abierto, en virtud del cual las partes pueden crear nuevos derechos reales o modificar los existentes. Sin embargo, el actual art. 1884 del código civil y comercial de la nación no precisa los efectos que cabe asignarle a un contrato o cláusula violatoria del numerus clausus, como si lo hacía el art. 2502 del código de Vélez Sarsfield. En razón de ello, en el presente artículo analizaremos los posibles efectos de esa violación, de acuerdo a los fundamentos del anteproyecto de código civil y comercial de la nación, así como las reglas de interpretación y la facultad de calificación de los contratos.
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Francavilla, Claudia. "INSOLVENCIA DEL PATRIMONIO FIDEICOMITIDO. SU TRATAMIENTO EN EL DERECHO CONCURSAL ARGENTINO." REVISTA LEX MERCATORIA Doctrina, Praxis, Jurisprudencia y Legislación 9, no. 2 (February 8, 2019): 85. http://dx.doi.org/10.21134/lex.v9i2.1626.

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Abstract:
En este trabajo se abordará la solución que brinda el Derecho Argentino a la insolvencia del patrimonio fideicomitido. Se realiza un particular análisis a la luz del Código Civil y Comercial de la Nación.
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Almeida, Jorge Ricardo. "Reflexiones sobre el Código Civil y Comercial (desde lo Iusfilosófico y Dogmático)." Revista de la Facultad de Derecho y Ciencias Sociales y Políticas 11, no. 20 (September 6, 2017): 13. http://dx.doi.org/10.30972/rfd.11203158.

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Abstract:
Por imposición de orden personal, aún a fuerza de ser redundante sobre lo que ya se dijo y se ha escrito con elevada erudición sobre el Nuevo Código Civil y Comercial de la Nación promulgado y puesto en vigencia el 1 de agosto del 2015; permítanos expresar también algunas mínimas consideraciones sobre el mismo
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Cornet, Manuel. "Algunas observaciones al Proyecto Código Civil y Comercial de la Nación 2012." Revista de la Facultad de Ciencias Económicas, no. 9 (November 30, 2012): 19. http://dx.doi.org/10.30972/rfce.091132.

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Abstract:
<p>Quien escribe estas líneas recibió con fecha 14 de marzo de 2011 por correo electrónico de parte de una conocida editorial una invitación a la presentación de propuestas y sugerencias para el Proyecto de ley de reforma, actualización y unificación de los Códigos Civil y Comercial de la Nación.</p><p>En dicha invitación se nos informaba que un decreto presidencial 191 del 23 de febrero de 2011 creó la “Comisión para la elaboración del Proyecto de ley de reforma, actualización y unificación de los Códigos Civil y Comercial de la Nación”.</p><p>La comisión nos invitaba a realizar sugerencias, concretas y sintéticamente fundadas y fijaba como límite máximo de plazo para la recepción de sugerencias el día 10 de mayo de 2011, es decir menos de dos meses.</p><p>Nos pareció un plazo muy breve para analizar con seriedad y profundidad una convocatoria tan importante.</p><p>Seguimos pensando igual que hace dos años ya que no advertimos ni la urgencia ni la necesidad de realizar una reforma de tal envergadura.</p><p>Coincidiendo con el jurista peruano Mario Castillo Freyre1 hemos constatado que el ámbito académico era el único sector de Abogados al que realmente interesaba una reforma integral de los Códigos Civil y Comercial vigentes, poco o nada interesaba el asunto a quienes se dedican exclusivamente al ejercicio de la profesión de abogado, es más causó angustia a la gran mayoría y no hubo un solo Colegio de Abogados en las distintas provincias y ciudades que avalara y reclamara una reforma total.</p>
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Antonio Notaro, Pablo. "La empresa agraria en el nuevo código civil y comercial Argentino." Derecho Global. Estudios sobre Derecho y Justicia 1, no. 3 (July 30, 2016): 105–30. http://dx.doi.org/10.32870/dgedj.v0i3.12.

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Abstract:
La reciente aprobación y entrada en vigencia del Nuevo Código Civil y Comercial de la Nación, auspiciosa y necesaria, en apariencia repite el olvido y la falta de regulación integral en materia agraria. La realidad histórica marca la importancia de la actividad agraria en Argentina, sin embargo, ello no se ha visto reflejado en su tratamiento legislativo, siempre parcial y asistemático, producto del contexto ideológico político que animó la intervención del Estado en la economía. El propósito de este artículo es presentar un enfoque inédito, que sustenta la recepción legal de la Empresa Agraria en el art. 320 Código Civil y Comercial, lo que constituye un hecho novedoso para el Derecho Agrario Argentino. Este punto de vista es valioso para futuras investigaciones.
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Glibota Landriel, Verónica María Laura. "La positivización de las obligaciones de medios y de resultados en el Código Civil y Comercial. Incidencias en el sistema de responsabilidad civil." Revista de la Facultad de Ciencias Económicas, no. 15 (September 8, 2015): 207. http://dx.doi.org/10.30972/rfce.015349.

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Abstract:
La clasificación históricamente doctrinaria de las obligaciones de medios y de resultados, ha penetrado profundamente en la tradición jurídica argentina. En un principio, tuvo recepción a través de fallos judiciales en el ámbito de la responsabilidad derivada del ejercicio de las profesiones liberales, para terminar incorporada normativamente en el texto del Código Civil y Comercial de la Nación, en la regulación de las obligaciones de hacer. Frente a ello, nos proponemos en el presente trabajo analizar la evolución de las principales posturas ante esta distinción, para llegar a interpretar las normas positivas que la expresan en el nuevo código.
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Bergel, Salvador Darío. "La Bioética en el proyecto de Código Civil y Comercial de la Nación." Cum Laude, no. 1 (November 8, 2014): 4. http://dx.doi.org/10.30972/cum.01821.

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Tomás Guillermo Rueda. "Acerca de la constitucionalización del Derecho Privado." Revista Derecho Constitucional │Universidad Blas Pascal, no. 1 (December 9, 2019): 38–50. http://dx.doi.org/10.37767/2683-9016(2019)003.

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Abstract:
La denominada “Constitucionalización del derecho privado” suscita algunas controversias en la doctrina por las diferentes posiciones asumidas en orden a su significado y alcance. Sin embargo, la introducción de los “nuevos derechos y garantías” en la re- forma constitucional de 1994, como también la valorable recepción legislativa de los derechos humanos (Art. 75, inc. 22, CN), que constituyen derechos fundamentales de jerarquía supranacional, exigen del Derecho Privado su adecuación a estas nuevas fuentes y no únicamente su subordinación (Art. 31, CN). El nuevo código civil y comercial no desatendió esa directiva, disponiendo su interpretación conforme a los Tratados sobre derechos humanos, los principios y los valores jurídicos, de modo coherente con todo el ordenamiento” (Art. 2 CCCN). La meritoria positivización de los Derechos Humanos, en la Constitución Nacional, impuso su aplicación en el nuevo código, fiel al efecto operativo de aquella.
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De Césaris, Maria Cristina, and María Eugenia Basualdo. "Incidencias del Código Civil y Comercial de la Nación en las acciones de respons." Nueva Epoca, no. 13 (December 13, 2020): 97–106. http://dx.doi.org/10.14409/ne.v0i13.9896.

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Abstract:
Las acciones de responsabilidad de los administradores se encuentran reguladas en la Ley General de Sociedades —19550 t.o.— (arts. 276 a 278 LGS ) y en la Ley de Concursos y Quiebras —24522 t.o.— (arts. 173 a 176 LCQ ). Ahora bien, «la responsabilidad» entendida como obligación de reparar el daño causado a otro u otra (art. 1716 del Código Civil y Comercial de la Nación, en adelante CC y C ) tiene un campo de aplicación amplio y complejo y es necesario compatibilizar las normas de las leyes especiales, en nuestro caso, la ley 19550 y la ley 24522, con el régimen instaurado por el nuevo Código. Con esta perspectiva, y sobre la base de estas premisas, abordaremos el análisis de las acciones de responsabilidad contra representantes y administradores de sociedades previstas tanto en la legislación societaria como en la legislación concursal, sin ingresar en el análisis de las acciones de responsabilidad contra otros terceros no representantes (art. 173, segundo párrafo LCQ ).
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Suppia Menvielle, Cecilia M., and Virgina Bollati. "El derecho real de usufructo es transmisible." Anuario de Derecho Civil, no. 13 (October 1, 2020): 200–210. http://dx.doi.org/10.22529/adc.2019(13)10.

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Abstract:
En el presente se efectúa un análisis de en torno a la transmisibilidad del derecho real de Usufructo, ya sea de forma voluntario o forzosa, las obligaciones y derechos generados de dicha transmisión, y su posibilidad de prohibir la transmisión en el código Civil y Comercial dela Nación, analizando el desarrollo histórico de la institución y su derecho comparado. Palabras claves: Usufructo – cesión- derecho comparado – trasmisión
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Carmona, Natalia. "Las "Empresas B". Su análisis a la luz de un Código de principios." Papeles, no. 18 (November 7, 2017): 31–46. http://dx.doi.org/10.14409/p.v0i18.6876.

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Abstract:
El Código Civil y Comercial de la Nación aprobado por Ley 26994 consagra principios que generarán impactos sustanciales en la sociedad argentina del siglo XXI. En ese esquema resulta imperioso analizar el fenómeno de una nueva filosofía empresarial que está en boga: la Responsabilidad Social Empresaria y en particular el fenómeno de la llamada «Empresa B», sus ventajas y desventajas y su vinculación con el Estado e influencia en la sociedad.
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Medina, Gastón L. "La responsabilidad en el Código Civil y Comercial de la Nación. La violación al deber de no dañar." Anales de la Facultad de Ciencias Juridicas y Sociales de la Universidad Nacional de La Plata, no. 49 (December 9, 2019): 004. http://dx.doi.org/10.24215/25916386e004.

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Abstract:
Las presentes reflexiones versan, desde un punto de vista peculiar, sobre uno de los temas más estudiados y discutidos a lo largo de la historia de las Ciencias Jurídicas, pero sin embargo, sobre el que más oscuridad todavía hoy persiste. Nos referimos al concepto, índole y eficacia de la responsabilidad civil, a la luz del derogado Código de Vélez y del nuevo Código Civil y Comercial de la Nación. Así, desde la perspectiva puesta en la responsabilidad civil, desde su doble función (preventiva y resarcitoria) intentaremos demostrar las razones por las que, actualmente, se constituye como única causa fuente de la obligación de reparar, ya sea el riesgo de daño, ya sea el daño causado, mediante su compensación (indemnización), su morigeración (no agravamiento), o su cese (no continuación), según el caso.
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Turner Saelzer, Susan. "Infidelidad, culpa, divorcio e indemnización de perjuicios en el derecho matrimonial argentino y chileno." Revista de Derecho Privado, no. 35 (July 31, 2018): 105–28. http://dx.doi.org/10.18601/01234366.n35.05.

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Abstract:
El derecho matrimonial presenta en Chile y Argentina una evolución histórica similar durante los siglos XIX y XX, tendencia que se desvanece en algunos aspectos con la entrada en vigencia en Argentina del nuevo Código Civil y Comercial de la Nación en el año 2015. Este trabajo aborda uno de esos aspectos, el de la eventual responsabilidad civil derivada de la infracción del deber de fidelidad entre los cónyuges, cuestión íntimamente relacionada con el divorcio por culpa, intentando extraer conclusiones útiles de la reforma argentina para el derecho chileno.
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Paz Benard, Jaime Ramón. "Tiempo, lugar y modo: a propósito del art. 562 del Código Civil y Comercial / Time, place and manner: about article 562 of Argentina’s Civil Code." Revista Derecho y Salud | Universidad Blas Pascal, no. 2 (November 15, 2018): 257–71. http://dx.doi.org/10.37767/2591-3476(2018)20.

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Abstract:
La gestación por sustitución plantea serios interrogantes éticos, filosóficos y políticos en cuanto a su práctica. Se cuestiona la regla de filiación que establece el art. 562 del Código Civil y Comercial de la Nación porque colisiona con las intenciones de quienes recurren a esta práctica para procrear. El fallo que se analiza, en su afán de dar cauce a los deseos adultos, declara inconstitucional la norma vigente y reciente que resuelve la filiación de personas nacidas como fruto de dicha práctica y permite a una sola persona que expresa la voluntad de procrear inscribir al ser recién nacido como hijo desplazando del rol de progenitor a la gestante.
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Cruz, José Miguel. "El problema del derecho a la identidad en el Código Civil y Comercial de la Nación." Revista de la Facultad de Ciencias Económicas, no. 15 (September 8, 2015): 247. http://dx.doi.org/10.30972/rfce.015351.

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Abstract:
Este trabajo ha visto la luz con la modesta intención de resaltar uno de los desaciertos que contiene el código civil y comercial en materia de filiación e identidad: la adopción de un sistema que restringe el acceso a la información identificatoria del donante al concebido por las técnicas de reproducción humana asistida. Con apoyo en la legislación y la jurisprudencia pertinente es que se propone una eventual reforma del art. 564 adoptando un régimen más favorable al concebido por las técnicas de referencia en concordancia con el sistema de derechos humanos.
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Eslava, Gabriela. "Las relaciones parento filiales a la luz del nuevo Código Civil y Comercial de la Nación." Argumentos. Estudios transdisciplinarios sobre culturas jurídicas y administración de justicia, no. 4 (July 2017): 93–112. http://dx.doi.org/10.26612/2525-0469/2017.4.06.

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Lopes, Cecilia. "Familias formadas por parejas del mismo sexo y el Código Civil y Comercial de la Nación." Derecho y Ciencias Sociales, no. 19 (October 5, 2018): 22–44. http://dx.doi.org/10.24215/18522971e037.

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Abstract:
El trabajo aborda las innovaciones en materia de familias con parejas del mismo sexo por parte del CCyC. A tal fin se realiza un breve recorrido normativo, no agotándose el análisis solamente en el CCyC sino abordando los micros sistemas previos y actuales con los que conviven y hacen posible pensar a las familias en plural, analizando las distintas fuentes de filiación contempladas por el derecho argentino, las cuales responden a diferentes formas de organización familiar. Se señalan, además, tanto las realidades pendientes de regulación así como también hitos de la jurisprudencia en relación a la resolución de casos tanto ante la existencia o (in)existencia de normativa y algunos desafíos pendientes
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Gerbaudo, Germán E. "La inoponibilidad de la persona jurídica en el Código Civil y Comercial de la Nación Argentina." REVISTA LEX MERCATORIA Doctrina, Praxis, Jurisprudencia y Legislación 2, no. 1 (May 20, 2016): 50. http://dx.doi.org/10.21134/lex.v2i1.899.

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Abstract:
La constitución de una persona jurídica persigue como finalidad la creación de un sujeto de derecho distinto de las personas que la componen, con diferente patrimonio y distinta personalidad. En consecuencia, se produce una separación entre la personalidad del ente y las personas que lo componen. Se observa la existencia de dos patrimonios diferenciados, el de la persona jurídica y el de sus miembros. Por lo tanto, la persona jurídica exhibe un patrimonio como atributo de la persona y los terceros que contratan con aquella no lo hacen con sus integrantes sino derechamente con el ente.
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Bailo, Gonzalo L. "Balance a cinco años de vigencia del Código Civil y Comercial de la Nación (2015–2020)." Nueva Epoca, no. 11 (September 10, 2020): 15–19. http://dx.doi.org/10.14409/ne.v0i11.9583.

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Ruiz, Haraví Eloísa, and Guillermo Gapel Redcozub. "Reinterpretando la responsabilidad del propietario ante daño ambiental indirecto derivado de actividades riesgosas del usufructuario y del superficiario." Revista de la Facultad de Ciencias Económicas, no. 16 (March 20, 2016): 131. http://dx.doi.org/10.30972/rfce.016612.

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Abstract:
El Código Civil y Comercial de la Nación contiene diversos instrumentos jurídicos que permiten desdoblar la titularidad de un recurso productivo del derecho de uso y goce sobre el mismo, como los derechos reales de usufructo y superficie. Si al explotar el recurso el usufructuario o superficiario lleva a cabo actividades riesgosas que ocasionan daño ambiental indirecto, el sistema de responsabilidad civil se debe integrar con normativa de orden ambiental. En este esquema corresponde reinterpretar la norma aplicable y concluir que el propietario puede ser considerado responsable por tales daños cuando se apropie de parte de la mayor rentabilidad generada por dicha actividad.
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Aboslaiman, Lucrecia. "Lineamientos generales acerca de algunos conceptos en materia de salud en el Nuevo Código Civil y Comercial de la Nación." Pelícano 6 (November 8, 2020): 055–76. http://dx.doi.org/10.22529/p.2020.6.05.

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Abstract:
General Guidelines about some Concepts in Health in the New Civil and Commercial Code of the NationResumen Nos proponemos abordar de manera breve e introductoria, algunos lineamientos que adopta el Nuevo Código Civil y Comercial de la Nación en materia de salud. Este Código del siglo XXI se inserta en un sistema complejo, caracterizado por el dictado de leyes especiales, jurisprudencia pretoriana y pluralidad de fuentes. Es de gran importancia que el Código defina los grandes paradigmas del derecho privado a través de los principios que van estructurando el resto del ordenamiento. El tratamiento del tema lo articulamos desde la mirada de los derechos humanos, en particular el derecho a la salud. El desarrollo es esquemático y no pretende agotar el tratamiento que merecen cada uno de los temas incorporados, en particular.Abstract We propose to address in a brief and introductory way, some guidelines adopted by the New Civil and Commercial Code of the Nation in matters of health. This Code of the 21st century is inserted into a complex system, characterized by the enactment of special laws, Praetorian jurisprudence and plurality of sources. It is of great importance that the Code defines the great paradigms of private law through the principles that structure the rest of the system. The treatment of the subject is articulated from the perspective of human rights, in particular the right to health. The development is schematic and is not intended to exhaust the treatment that each of the topics incorporated deserve, in particular. Key words: Health, Autonomy, Informed Consent, Right to Health.
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Lerussi, Romina, and Romina Daniela Scocozza. "Elaboraciones jurisprudenciales en torno a la Compensación Económica en Argentin." Derecho y Ciencias Sociales, no. 19 (October 5, 2018): 93–112. http://dx.doi.org/10.24215/18522971e041.

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Abstract:
El nuevo Código Civil y Comercial de la Nación Argentina entró en vigencia en agosto de 2015 e incorporó importantes modificaciones en materia de divorcio y cese de uniones convivenciales. Entre las innovaciones más destacadas encontramos la figura de la compensación económica tras la disolución del matrimonio o del cese de la unión convivencial (artículos 441 y 524, respectivamente). Desde la sanción del nuevo Código se han generado debates y preguntas en torno a este instituto, tanto en la práctica legal privada, como en la labor judicial y doctrinaria. En el presente artículo presentamos, a partir de material jurisprudencial, dos aspectos que consideramos relevantes para abordar esta figura. Los mismos son una brújula que permite hacer un primer balance de la misma a poco más de dos años de vigencia del nuevo Código. Los aspectos son: principios del derecho involucrados en este instituto, y su cuantificación
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Cosola, Sebastian Justo. "Breve estudio histórico del primer documento notarial y de su proyección en el Código Civil y Comercial de La Nación." Anales de la Facultad de Ciencias Juridicas y Sociales de la Universidad Nacional de La Plata, no. 50 (December 27, 2020): 052. http://dx.doi.org/10.24215/25916386e052.

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Abstract:
El presente ensayo reúne el tratamiento de dos etapas esenciales del desarrollo práctico del derecho notarial -totalmente alejadas en el tiempo-, dándoles un tratamiento similar. Por un lado, el nacimiento de la ciencia notarial, hace más de ochocientos años, tal cual hoy la conocemos y aceptamos, y por el otro, la descripción del derecho documental proyectada en el vigente Código Civil y Comercial de la Nación. Resulta por demás relevante advertir como la función notarial se mantiene incólume a través de los siglos, lo que viene a justificar claramente la recepción de instituciones clásicas y tradicionales en el moderno -e innovador- derecho codificado argentino actual.
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Roldán, Vanina, and Adela Pérez del Viso. "Parejas de hecho: un fallo de avanzada. Una medida judicial argentina de acción positiva = Couples in fact: an advanced failure. An Argentine legal action of positive action." Revista Jurídica de la Universidad de León, no. 4 (December 20, 2017): 167. http://dx.doi.org/10.18002/rjule.v0i4.5290.

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Abstract:
<p>Se expone un fallo judicial referido a “uniones convivenciales” (término argentino para parejas de<br />hecho), y su disolución; se analizan los fundamentos doctrinarios y normativa nacional e internacional aplicable al caso; concepto y rol de la mujer y nuevo Código Civil y Comercial de la Nación Argentina, considerando el fallo como el primero en su tipo y el único hasta el momento. Se incluye breve mención al régimen del anterior Código Civil, denominado “velezano” y dos fallos anteriores a la reforma.<br />Por último, se realiza una reflexión acerca de las apreciaciones que como personas, como mujeres y como<br />profesionales nos merece el desarrollo de este trabajo.</p><p>This document refers to a precedent held in Argentina as regards unmarried couples, which in Argentina are called “uniones convivenciales”. This judicial case sets forth an important precedent in the sense that it implies a “positive action” taken by a Court in order to change the world regarding women and discrimination. We analyse the Argentininan Civil and Comercial Code and we compare this decision and the current Civil Code with the previous regulations and court decisions. Finally, we let down our personal opinion regarding the matter from the the unique perspective of women and lawyers.</p>
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Garay, María Adriana. "El derecho de superficie en el Código Civil y Comercial de la Nación y su implicancia notario registral." Revista de Derecho Notarial y Registral │Universidad Blas Pascal 7, no. (2020) (March 11, 2021): 31–44. http://dx.doi.org/10.37767/2362-3845(2020)002.

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Abstract:
El derecho real de superficie contemplado en el Código Civil y Comercial de la Nación permite aplicar el mismo no sólo a forestaciones y plantaciones sino a construcciones. El objeto del mismo es de esta manera mucho más amplio lo cual obliga a su análisis jurídico en la normativa de fondo y en las resoluciones catastrales y registrales, en las cuales el notario tendrá un rol fundamental no sólo en el asesoramiento de la multiplicidad de negocios a realizarse sino en la instrumentación de los mismos.ABSTRACTThe real surface right contemplated in the Civil and Commercial Code of the National lowsit to be applied not only to af forestation and plantations, but to constructions. Its purpose ist hus much broader, which requires its legal analysis in the substantive regulations and in cadastral and registry resolutions, in which the notary will have a fundamental role not only in advising on the multiplicity of business es to be carried out but in the instrumentation of the same.
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Nieto, Maria Bibiana. "Derechos personalísimos y autonomía progresiva del menor de edad en Argentina: sus derechos a la intimidad, al honor y a la imagen." Revista de Derecho, no. 21 (May 29, 2020): 89–115. http://dx.doi.org/10.22235/rd.vi21.2003.

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Abstract:
El Código Civil y Comercial de la Nación, vigente en Argentina desde 2015, establece que, en principio, los menores de 18 años ejercen sus derechos a través de sus representantes legales. Sin embargo, al adoptar el sistema de autonomía progresiva, los menores pueden realizar por sí mismos los actos que la ley establece, cuando han adquirido edad y grado de madurez suficiente. En este trabajo se examina la especial protección de los derechos personalísimos del menor, y el despliegue del principio de autonomía progresiva en el ámbito del ejercicio de los derechos de la personalidad, poniendo énfasis en los derechos a la intimidad, al honor y a la imagen.
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Notaro, Pablo Antonio. "Derecho a la identidad de origen y técnicas de reproducción humana asistida." Derecho Global. Estudios sobre Derecho y Justicia 5, no. 14 (February 21, 2020): 151–87. http://dx.doi.org/10.32870/dgedj.v5i14.283.

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Abstract:
El derecho a la identidad es un derecho humano fundamental oponible erga omnes, del cual debe gozar todo individuo sin discriminación y el Estado debe garantizar, a través de todos los medios de los que disponga para hacerlo efectivo. El presente artículo aborda la problemática que generan las técnicas de reproducción humana asistida (en adelante TRHA) en relación con el derecho a conocer la identidad de origen. El enfoque inédito que se presenta, sustenta que la regulación del Código Civil y Comercial de la Nación (en adelante CCC) con relación al derecho a conocer la identidad origen de las personas nacidas mediante TRHA heterólogas, es inconstitucional en tanto no supera el examen de proporcionalidad.
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Greco, Juan José, and Emmanuel Francisco Gutiérrez Giampietri. "Algunas implicancias derivadas del régimen de las obligaciones de dar moneda extranjera del artículo 765 del Código Civil y Comercial de la Nación." Revista de la Facultad de Ciencias Económicas, no. 15 (September 8, 2015): 233. http://dx.doi.org/10.30972/rfce.015350.

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Abstract:
Tras haber realizado un análisis crítico del régimen de las obligaciones de dar moneda extranjera del Código Civil y Comercial de la Nación, encontramos inconveniente haberles quitado el carácter de dinerarias. En consecuencia, creemos que debe hacerse una interpretación coherente y armónica con todo el ordenamiento, y por tanto, en el caso de que existan institutos con regímenes especiales debe primar su aplicación. Además, entendemos que la facultad del deudor de liberarse entregando el equivalente en moneda de curso legal es supletoria de la voluntad de las partes, siempre y cuando no se viole la prohibición de indexar. En los casos en que proceda tal atribución sería pertinente para calcular el valor de cambio, acudir a mecanismos que respeten el valor real de la moneda extranjera.
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Lértora, Federico Manuel. "Locación de inmuebles: la ley 27.551 y su relación con la normativa de emergencia." Revista de la Facultad de Ciencias Económicas 25, no. 2 (December 4, 2020): 161. http://dx.doi.org/10.30972/rfce.2524570.

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Abstract:
<p>Desde el 1 de julio de 2020, se encuentra vigente en nuestro país la Ley 27.551, que ha efectuado modificaciones al Código Civil y Comercial de la Nación, fundamentalmente en relación al contrato de locación de inmuebles y en particular respecto de la locación de inmuebles con destino a vivienda. La ley se divide en cuatro títulos, correspondiéndose cada uno de ellos, a las modificaciones al Código, al dictado de normativa complementaria, a la creación del programa nacional de alquiler social y al fomento de medios alternativos de resolución de conflictos, respectivamente, reafirmando una naturaleza tuitiva en miras a la protección del locatario. Este trabajo profundizará sobre los primeros dos títulos, recabando opiniones de distintos juristas al respecto. Asimismo, analizará la relación entre la Ley 27.551 y la normativa de emergencia dictada producto de la Pandemia (Covid-19) en materia de locaciones, en razón del llamado dialogo de fuentes.</p>
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Viale Lescano, Domingo Jerónimo, and Guillermo Ford Ferrer. "La deuda de intereses en el derecho de la navegación marítima y aérea. / Interest debt in the law of maritime and air navigation." Revista de Derecho Privado │Universidad Blas Pascal 7, no. 7 (June 10, 2021): 49–61. http://dx.doi.org/10.37767/2362-5325(2020)004.

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Abstract:
En la primera parte: la ley de la navegación (20.094), nos referimos a los intereses del crédito naval, comenzando por el orden de los privilegios en el crédito naval, analizando los privilegios marítimos y la ley de concursos, así como los privilegios marítimos y el código civil y comercial. Luego señalamos que, como un rasgo atípico de los privilegios navales, comparados con el resto de los establecidos en el ordenamiento jurídico argentino, los intereses debidos por un (1) año gozan del mismo grado de privilegio que el capital (art. 474). Revisamos los privilegios sobre el buque, y destacamos cuáles son los créditos privilegiados. Pasamos luego revista a los intereses en la hipoteca naval, estudiando el contenido del instrumento de constitución de hipoteca. a continuación, nos detenemos en la determinación de la tasa de interés, para seguir con el embargo de buques, analizando lo que se refiere al buque con bandera nacional, donde señalamos que el embargo abarcará el importe de los intereses y la fianza. Tratamos luego el concurso especial de acreedores sobre un buque. En la segunda parte nos referimos al código aeronáutico, comenzando por la hipoteca aeronáutica, y siguiendo por los intereses, conforme al art. 767 del CCCN. ABSTRACT: In the first part: the law of navigation (20.094), we refer to the interests of the naval credit, starting with the order of privileges in the naval credit, analyzing the maritime privileges and the law of competitions, as well as maritime liens and the civil and commercial code. We then point out that, as an atypical feature of naval privileges, compared with the rest of those established in the argentine legal system, the interests due for one (1) year enjoy the same degree of privilege as capital (art. 474). We review the privileges on the ship, and highlight which are the privileged credits. we then review the interests in the naval mortgage, studying the content of the instrument of constitution of mortgage. Then we stop in the determination of the interest rate, to continue with the arrest of ships, analyzing what refers to the ship with national flag, where we point out that the arrest will cover the amount of the interest and the bond. We then discussed the special arrangement of creditors on a ship. In the second part we refer to the aeronautical code, starting with the aeronautical mortgage, and continuing with the interests, according to art. 767 of the CCCN.
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Perícola, María Alejandra, and Santiago Lauhirat. "El certiorari positivo: el avance hacia la jurisdicción estratégica de la Corte Suprema de Justicia de la Nación para definir una agenda judicial racional." Derechos en Acción 16, no. 16 (November 10, 2020): 431. http://dx.doi.org/10.24215/25251678e431.

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Abstract:
En este trabajo se analiza –a partir de los debates suscitados por la reforma judicial entre los cuales se incluye la creación de un “Consejo Consultivo para el Fortalecimiento del Poder Judicial y del Ministerio Público”- la transformación de una jurisdicción reglada por parte de la CSJN hacia una “apelación discrecional”, para lo cual se torna necesaria la incorporación y profundización del instituto procesal conocido como certiorari positivo. Para este fin, se analiza en primer lugar la apelación reglada, su traspaso hacia una apelación discrecional por parte de la CSJN. En tercer lugar se realiza un análisis constitucional del art.280 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación y finalmente una reflexión sobre la utilidad práctica para la selección de casos estratégica al incorporar el certiorari positivo en el marco de una reforma judicial.
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Perata, Antonela Estefanía. "El avance de las reuniones societarias a distancia en tiempos de aislamiento social." Escritos Contables y de Administración 11, no. 2 (December 18, 2020): 59–82. http://dx.doi.org/10.52292/j.eca.2020.2040.

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Abstract:
En el marco de la actual pandemia causada por la COVID-19, las medidas de aislamiento social, preventivo y obligatorio (ASPO) dictadas por el gobierno nacional afectan el normal desempeño de diversas actividades. En el ámbito societario, la posibilidad de celebrar una reunión de socios o del órgano de administración en las sociedades resulta limitada. Para poder llevarlas a cabo y continuar con el normal desarrollo de la organización se han emitido diversas disposiciones que permiten su celebración en forma virtual. En este contexto, el presente artículo tiene por objeto resumir las principales cuestiones referidas a las reuniones societarias provenientes de las disposiciones normativas de la Ley General de Sociedades, el impacto de las modificaciones introducidas a raíz de la sanción del nuevo Código Civil y Comercial de la Nación y las resoluciones emitidas por los diversos organismos de contralor en el marco de la pandemia por COVID-19.
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Gerbaudo, Germán E. "LOS CONTRATOS DE CONSUMO EN EL DERECHO INTERNACIONAL PRIVADO DE FUENTE INTERNA. LA REGULACIÓN DEL CÓDIGO CIVIL Y COMERCIAL DE LA NACIÓN." REVISTA LEX MERCATORIA Doctrina, Praxis, Jurisprudencia y Legislación, no. 12 (April 2019): 65–78. http://dx.doi.org/10.21134/lex.v0i12.1762.

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Díaz Reyna, José Manuel. "Transacción y homologación. / Transaction and homologation." Revista de Derecho Notarial y Registral │Universidad Blas Pascal, no. 6 (2019) (April 3, 2020): 51–63. http://dx.doi.org/10.37767/2362-3845(2019)004.

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Abstract:
El artículo 1642 del Código Civil y Comercial de la Nación debe ser interpretado en que las partes deben cumplir con el acuerdo, pero no constituye una cosa juzgada en sentido técnico, desde que puede dar lugar a una ejecución judicial en caso de incumplimiento. Se considera que incluso si no se requiere, es conveniente la aprobación del juez, de modo que aprobado por resolución judicial pueda concluir a la ejecución de la sentencia. ABSTRACT: The art. 1642 of the Civil and Commercial Code of the Nation establishes that the transaction produces the effects of the thing judged. It must be interpreted that the parties must comply with the agreement, but not that it constitutes a thing judged in a technical sense, since it can give rise to judicial execution in case of non-compliance. It is considered that even if it is not required, it is convenient to ask the judge for approval, so that approved by judicial resolution can lead to the execution of sentence.
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Wasserman, Marcela J., and Carlos Eduardo Tambussi. "Mecanismos de defensa del consumidor en el ordenamiento jurídico argentino." LEX 15, no. 19 (June 6, 2017): 149. http://dx.doi.org/10.21503/lex.v15i19.1374.

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Abstract:
Reseñamos en este trabajo las distintas acciones que posee el consumidor perjudicado por el incumplimiento del proveedor en diversos supuestos, por las cuales, y cumplidos sus presupuestos legales, el consumidor puede obtener la reparación o la sustitución del bien defectuoso o del servicio que haya sido prestado deficientemente y, por otro lado, la acción estimatoria o reducción delprecio, y en última instancia, la resolución del contrato, conforme al régimen tuitivo consumidor en el derecho argentino. El primer supuesto nace del carácter vinculante de la oferta hecha por el proveedor, y tiene su base en la satisfacción de las expectativas puestas por el consumidor al contratar. El segundo versa sobre la garantía legal y la imposición normativa de la garantía de servicio técnico adecuado y provisión de partes y repuestos. Por último, nos referiremos a la especial consideración que respecto a los vicios redhibitorios tiene el derecho del consumo, tanto en la ley especial como en el nuevo Código Civil y Comercial de la Nación.
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