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Martin Soria Dall’Orso, Carlos Antonio. "REVISIÓN COMPARADA DE LOS DERECHOS COMUNALES EN LA LEGISLACIÓN DE TENENCIA DE TIERRA Y BOSQUES EN PERÚ, INDONESIA, MOZAMBIQUE Y UGANDA." Revista de la Facultad de Derecho y Ciencias Políticas (Cusco) 4, no. 10 (November 19, 2019): 55–82. http://dx.doi.org/10.51343/rfdcp.v4i10.7.

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Abstract:
Este artículo identifica los niveles de consistencia o robustez de la legislación sobre tenencia comunitaria en Perú, Indonesia, Uganda y Mozambique a fin de formular elementos comunes y singulares que la afectan. Para ello me apoyo en estudios realizados para cada país en base a una matriz de principios, valores e indicadores desarrollada al efecto. Se analiza la legislación con una mirada interdisciplinar para valorar la robustez de los derechos de tenencia comunal. Esta tenencia que nace del derecho consuetudinario y el conocimiento tradicional luego se nutre de sus interacciones con el sistema de derecho positivo y legalista. El sistema legal positivo es resultado del proceso colonial y postcolonial y de su ideología y escala de valoración de la realidad, los mismos que aún perduras en la legislación, así como en elementos de la población. Esta ideología es fuertemente privatizadora, justifica la expoliación del otro, el saqueo de recursos naturales y niega la importancia de modelos que atiendan a la diversidad de formas de propiedad que existen en la realidad. Cuando una legislación así se sensibiliza frente a la tenencia comunal entonces propone una formula discursiva sin recursos para su implementación ni herramientas para el monitoreo, reporte, verificación y sanción de sus resultados. Este análisis revisa esas experiencias en estos cuatro países a fin de identificar una futura agenda de investigación.
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Quesada Soto, Federico, and Elvis Cornejo Venegas. "La Propiedad indígena como derecho humano y la explotación de sus recursos forestales en Costa Rica." Repertorio Científico 19, no. 2 (December 1, 2016): 117–25. http://dx.doi.org/10.22458/rc.v19i2.2442.

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Abstract:
Las poblaciones indígenas han disfrutado de su tierra desde siglos, pero la intromisión del “hombre blanco” significó un cambio en su cosmovisión y en sus posibilidades de subsistencia acorde con su cultura, la cual es muestra de respeto hacia los recursos naturales. El derecho indígena es un derecho humano, pero los Estados se han caracterizado por plasmarlos más en el papel y menos en la práctica, esto ha conllevado a elevar el conocimiento de sus transgresiones hasta la Corte Interamericana de Derechos Humanos. Costa Rica, carece de reconocimiento constitucional expreso del derecho indígena y la legislación que regula la explotación de sus recursos forestales es insuficiente y plasmada de muestras de la hegemonía estatal sobre los derechos indígenas.
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Muñoz, Fernanda. "Modelos de propiedad de la tierra y resguardos indígenas en la conformación del Estado moderno. Pasto, 1855-1879." Trashumante. Revista Americana de Historia Social, no. 15 (January 28, 2020): 104–24. http://dx.doi.org/10.17533/udea.trahs.n15a05.

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Abstract:
Este artículo analiza la convergencia de criterios entre los modelos de propiedad colectiva y privada en los terrenos de resguardo en algunas zonas del territorio correspondiente al actual departamento de Nariño durante un periodo caracterizado por la implementación de políticas liberales basadas en los principios del derecho individual, la liberalización de la propiedad y la igualdad jurídica. El texto estudia los modelos de propiedad en la legislación, en los conflictos por terrenos de resguardo y en la práctica judicial. Plantea que el modelo de propiedad privada fue ganando espacio, pero no primacía, conformando una propiedad a medio camino entre las nociones colectiva y privada.
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4

Cerezo Ibarrondo, Alvaro. "La actuación sobre el medio urbano de regeneración y renovación integrada. El nuevo paradigma de la gestión urbanística en suelo urbanizado = The integrated regeneration and renovation in the urban intervention. The new paradigm of city planning management." Cuadernos de Investigación Urbanística, no. 130 (June 30, 2020): 1. http://dx.doi.org/10.20868/ciur.2020.130.4446.

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Abstract:
ResumenLa actuación sobre el medio urbano de regeneración y renovación integrada (aMU-RRi) configura el nuevo paradigma de la intervención urbana, la preservación urbana con carácter conjunto e integrado. Para ello redefine la viabilidad económica, afecta el deber de conservación del derecho de propiedad a la actuación y articula un modelo de equidistribución de reparto de costes que supera las pautas del urbanismo que hemos conocido.El presente artículo constituye un breve recorrido histórico por los instrumentos y técnicas que ha dispuesto el urbanismo español para la preservación urbana: desde inviable e insostenible modelo clásico del urbanismo, pasando por el modelo de la sostenibilidad que incorporó la sostenibilidad plena y el régimen estatutario del derecho de propiedad, pero que estableció un régimen general de intervención sobre el suelo urbanizado inviable y dejó un hueco falto de regulación para la preservación de la ciudad; para alcanzar la definición de la aMU-RRi con la legislación del modelo por la ciudad y sus adaptaciones autonómicas de medio urbano y que ayudará a la formación del nuevo paradigma urbanístico, basado en la función social del derecho de propiedad que nos hemos dado para la preservación urbana conjunta e integrada de eso que llamamos, la ciudad.AbstractThe integrated urban regeneration and renewal intervention (aMU-RRi) configures the new paradigm of urban intervention, with its joint and integrated character for urban preservation. To this end, it redefines the economic viability, affects the duty of preservation of the right of property and articulates a model of equistribution of distribution of costs that surpasses the urban planning guidelines that we have known.This paper constitutes a brief historical journey through the instruments and techniques that Spanish urban planning has provided for urban preservation: from an unviable and unsustainable classic urban planning model, through the sustainability model that it incorporated full sustainability and the statutory property rights regime, but that established an unviable general intervention regime in the existing city areas and also left a gap due to the lack of regulation for the preservation of the city; and finally up to the definition of the aMU-RRi with city preserving legislation and its regional adaptations and that will help the formation of the new urban paradigm, based on the social function of property rights that we have been given for the joint and integrated urban preservation of what we call, the city.
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5

Munar, Lainiver Mendoza. "El desarrollo de software en Colombia: una perspectiva jurídica." Law, State and Telecommunications Review 10, no. 2 (October 15, 2018): 53–66. http://dx.doi.org/10.26512/lstr.v10i2.21493.

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Abstract:
Propósito – En los últimos años Colombia ha sido un país muy activo en la región apoyando el sector de la innovación y la tecnología, por ende el Ministerio de las tecnologías de la información y las comunicaciones -MINTIC-, ha implementado diversos programas, planes y estrategias que desde el gobierno nacional buscan mejorar la innovación y la tecnología, dentro de la innovación y la tecnología se encuentra el desarrollo de software, también llamado soporte lógico o programa de ordenador[1] , que como construcción propia del intelecto humano trate consigo la necesidad de ser protegida por la normatividad de propiedad intelectual, específicamente por las leyes atenientes a Derecho de autor para el caso colombiano. Planes como Vive Digital en Colombia, atienden a la necesidad del país de estar a la vanguardia de la tecnología y buscar la inclusión de la sociedad no solo en el manejo de las tecnologías de la información, sino también en la creación, construcción y desarrollo de esas tecnologías, esto atiende a diversas políticas públicas como son: generación de empleo y reducción de la pobreza.Por lo anterior se hace necesario presentar este artículo como producto del avance de investigación donde se pretende constituir el estado del arte de la legislación sobre software existente en Colombia. Metodología – Es importante determinar dentro del sistema jurídico colombiano, la reglamentación relevante que regula la propiedad intelectual en relación con la industria que desarrolla software, para ello la investigación que se lleva a cabo es socio jurídica por cuanto se tendrán en cuenta el crecimiento y consolidación de la industria de desarrollo de software en Colombia, luego se procede a identificar la reglamentación que existe en la materia y a partir de ello determinar el estado de arte en la materia. Resultados – Se logró condensar el estado del arte en materia jurídica del software como obra dentro de la categoría de Derechos de Autor en Colombia, ya que en la actualidad se encuentran diversos manuales que regulan los derechos de autor de forma general, pero no en materia de software el cual debe ser concebido desde la perspectiva jurídica como un conjunto de productos como: el programa de computador, la descripción de programa y el material auxiliar. Implicaciones prácticas – Al realizar la presente investigación se logra evidenciar el estado de la reglamentación sobre de desarrollo de software en Santiago de Cali por y se logra proponer soluciones a los riesgos existentes en la materia lo cual trae como consecuencia que la industria desarrolladora de software logre autogestionar su propiedad intelectual. Originalidad – El presente artículo será útil para las micro y pequeñas empresas desarrolladoras de software. Ya que el estudio realizado que ofrece el presente documento proporcional un instrumento alternativo para proteger su capital más valioso el conocimiento.
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6

Fernández Díaz, Carmen Rocío. "La amenaza de las nuevas tecnologías en los negocios: el ciberespionaje empresarial." Revista de Derecho de la UNED (RDUNED), no. 23 (March 14, 2019): 17. http://dx.doi.org/10.5944/rduned.23.2018.24001.

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Abstract:
La globalización de los mercados y la constante evoluciónde las nuevas tecnologías convierten cada vez más a la empresaen objeto de ataques cibernéticos. Uno de los más frecuentes yde los que más daños generan es el ciberespionaje, que conlleva unaviolación de la propiedad inmaterial de una empresa. El correctoabordaje de este delito, adaptado a las diferentes modalidades comisivas,en constante evolución, teniendo en cuenta sus diversas finalidadesy considerando aristas aún desconocidas en nuestro país,como la inteligencia competitiva, constituye un auténtico desafíopara el Derecho penal español. El presente trabajo estudia este delitoen nuestro país, desde un punto de vista crítico para detectar sus posiblescarencias y la necesidad de encontrar soluciones a las mismas,acudiendo para ello a la legislación, la jurisprudencia y la doctrinaespañolas, pero también considerando otras experiencias nacionales,como la de Italia, Alemania o Estados Unidos.Due to the market globalization and the constantevolution of new technologies, companies become more often theobject of cyber attacks. One of the most frequent and most damagingis cyberespionage, which involves a violation of the intangibleproperty of a company. The correct approach to this crime,adapted to the different manners in which it is committed, in constantevolution, constitutes an authentic challenge for Spanishcriminal law, if we consider its different purposes and areas thatare still unknown in our country, such as competitive intelligence.The present work studies this crime in our country from a criticalpoint of view to detect its possible failures, and also the needto find solutions for them. To do so, therefore have been consultedthe Spanish legislation, case-law and doctrine, but also analyzedother national experiences, like the one in Italy, Germany or theUnited States.
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Franco Apaza, Pedro David. "Incidencia del artículo 2022 (oponibilidad de derechos reales sobre inmuebles) del código civil en el conflicto entre el derecho de propiedad de buena fe no inscrito y el embargo en forma de inscripción en los procesos judiciales de tercería de propiedad." REVISTA VERITAS ET SCIENTIA - UPT 5, no. 1 (May 5, 2020): 26–40. http://dx.doi.org/10.47796/ves.v5i1.212.

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Abstract:
Objetivo: El presente trabajo de investigación se realizó con el propósito de determinar la incidencia del artículo 2022 (Oponibilidad de Derechos Reales sobre inmuebles) del Código Civil en el derecho de propiedad de buena fe no inscrito y el embargo en forma de inscripción en los Procesos Judiciales de Tercería de Propiedad en el Perú, 1996-200. Método: La investigación corresponde al tipo aplicada, con un diseño no experimental (ex post facto) descriptivo explicativo. La información se obtuvo con la aplicación del Cuestionario, la Cédula de Entrevista y el Análisis documental; utilizándose escalas de tipo nominal y cuantitativa. La población de estudio está representada por los abogados, magistrados y Sentencias Casatorias emitidas por la Corte Suprema. Resultados: En el Perú el artículo 2022 (Oponibilidad de Derechos Reales sobre inmuebles) del Código Civil incide en el conflicto entre el derecho de propiedad de buena fe no inscrito y el embargo en forma de inscripción en los procesos judiciales de tercería de propiedad en el Perú, 1996-200. Los resultados más importantes son: a)El artículo 2022 del Código Civil del Perú genera controversia en los criterios de valoración que aplican los jueces supremos al momento de decidir sobre la tercería de propiedad interpuesta en contra de los embargos en forma de inscripción; b)El artículo 2022 del Código Civil no garantiza la seguridad jurídica en los procesos judiciales de tercería de propiedad en el Perú; c) Existen deficiencias en la normatividad prescrita en el artículo 2022 (Oponibilidad de Derechos Reales Sobre Inmuebles) del Código Civil del Perú; y, d) En Los procesos judiciales de tercería de propiedad en el Perú, debe primar el embargo en forma de inscripción. Conclusión: El artículo 2022 del Código Civil del Perú genera controversia en los criterios de valoración que aplican los jueces supremos al momento de decidir sobre la tercería de propiedad interpuesta en contra de los embargos en forma de inscripción, 1996-2012
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Hinojosa Fernández, Luis Fernando. "INTERPRETACIÓN DEL DERECHO A LA PROPIEDAD COLECTIVA DE LOS PUEBLOS INDIGENAS DE ACUERDO A INSTRUMENTOS INTERNACIONALES DE DERECHOS HUMANOS." Revista de la Facultad de Derecho y Ciencias Políticas (Cusco) 4, no. 9 (November 1, 2017): 207–36. http://dx.doi.org/10.51343/rfdcp.v4i9.124.

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Abstract:
Este artículo tiene como objetivo explicar la importancia del derecho a la propiedad colectiva de los pueblos indígenas, y su interpretación y aplicación en Perú. Aborda los aspectos generales sobre los titulares de este derecho, y examina los instrumentos internacionales que lo protegen y garantizan. Así, analiza las sentencias emitidas por el Tribunal Constitucional en relación a la protección del derecho de propiedad, comparándolas con los estándares mínimos para su salvaguarda, establecidos por la Corte Interamericana de Derechos Humanos. Critica la inadecuada aplicación, por parte del Tribunal Constitucional, de los lineamientos básicos del Derecho Internacional sobre el derecho a la propiedad, que genera numerosos conflictos sociales, en los que los más perjudicados han sido los pueblos indígenas.
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Momethiano Santiago, Javier Ysrael, and Daivi Emerson Farfán Sullcahuaman. "El Bicentenario republicano del Derecho Penal peruano." LEX - REVISTA DE LA FACULTAD DE DERECHO Y CIENCIAS POLÍTICAS 19, no. 27 (June 29, 2021): 55. http://dx.doi.org/10.21503/lex.v19i27.2250.

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Abstract:
El Bicentenario republicano del Derecho Penal peruano, es una mirada histórica de los comienzos, dificultades, proyectos y reformas de la legislación penal del Perú, apreciando su fundamento en el periodo prehispánico (Derecho Penal indígena), luego en el periodo hispánico (Derecho Penal indiano), continuando con la intervención de San Martin y Bolívar (Derecho Penal criollo) y finalizando con el periodo republicano (Derecho Penal nacional en el siglo XIX, cambios legislativos penales en el siglo XX, e impulsos por mejorar la legislación penal vigente en el siglo XXI).
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Montezuma Panez, Óscar. "La profesión legal y la tecnología en el Perú." Advocatus, no. 039 (2021): 23–28. http://dx.doi.org/10.26439/advocatus2021.n39.5115.

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Abstract:
En la presente ocasión, ADVOCATUS tuvo la oportunidad de entrevistar a Óscar Montezuma Panez, abogado digital peruano especialista en Derecho de la Tecnología, propiedad intelectual, Derecho de la Competencia, negocios digitales e innovación legal. A través de las siguientes líneas nos ofrece sus opiniones sobre la profesión legal y su relación con la tecnología en el Perú, abordando temas como el uso de redes sociales y software, los formalismos del Derecho y reflexiones respecto a la innovación.
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Palacio, Marcela, and Juan Antonio Gaviria. "Las medidas tecnológicas de protección: La implementación del Perú." Revista Chilena de Derecho 47, no. 3 (January 2021): 687–706. http://dx.doi.org/10.7764/r.473.4.

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Abstract:
Estados Unidos ha desarrollado una política internacional en propiedad inte-lectual que busca elevar los niveles de protección en temas como las medidas anti-elusión. De esta manera, los EE.UU. a través de Tratados de Libre Comercio exportan su legislación doméstica en el tema: la Digital Millennium Copyright Act (DMCA), quedando los socios, la mayoría países en desarrollo, en la obligación de incorporar disposiciones similares a dicha ley en sus leyes nacionales. Sin embargo, las disposiciones de DMCA han sido ampliamente criticadas debido a sus efectos colaterales. Este documento, utilizando a Perú como ejemplo, analiza si los socios comerciales de Estados Unidos toman en cuenta la experiencia de éste con la legislación de la DMCA al momento de implementar las obligaciones del TLC
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Fernández Cruz, Gastón. "La buena fe en la concurrencia sobre bienes inmuebles." Derecho PUCP, no. 41 (December 1, 1987): 159–226. http://dx.doi.org/10.18800/derechopucp.198701.006.

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Abstract:
El presente trabajo representa una apretada síntesis de la tesis titulada "El Papel de la buena fe en la transferencia de la Propiedad Inmueble". con la que el autor optó el grado de bachiller eb Derecho en la Pontificia Universidad Católica del Perú en diciembre de 1984. Su pretensión no es otra que dejar claramente establecido el rol que representa la buena fe dentro de un sistema consensual de transferencia de la propiedad. cuando el derecho se enfrenta a una situación de excepción ante sucesivas transferencias.realizadas por un mismo sujeto.
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Pino Emhart, Alberto. "Las acciones civiles por infracciones al derecho de propiedad intelectual." Revista Chilena de Derecho y Tecnología 8, no. 2 (December 31, 2019): 33. http://dx.doi.org/10.5354/0719-2584.2019.53985.

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Abstract:
El artículo analiza las acciones civiles contempladas por la Ley chilena de Propiedad Intelectual para la protección de los derechos de autor y derechos conexos, examinando la reparación en naturaleza, las acciones indemnizatorias, la acción de licencias o regalías hipotéticas y la acción restitutoria de ganancias ilícitas. Dada la reciente incorporación a la legislación chilena de algunas de estas acciones y los escasos estudios doctrinales —en especial sobre la reparación en naturaleza y las acciones restitutorias—, se discuten sus requisitos de procedencia y eventuales posibilidades de acumulación. Ello con el objetivo de otorgar herramientas para evaluar la eficacia de estos mecanismos para la protección de los derechos.
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Silva Vallejo, José Antonio. "Las cenicientas del Derecho Civil y las Acciones Reales." LEX 11, no. 11 (April 6, 2014): 129. http://dx.doi.org/10.21503/lex.v11i11.7.

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Abstract:
El siguiente texto corresponde a la conferencia dictada por el autor con motivo del congreso de juristas sobre “El Derecho Civil en el Perú de hoy. Propuestas y perspectivas de cambio”, organizado por la Facultad de Derecho de la Universidad Alas Peruanas. En esta ponencia se desarrolla el tema de las Acciones Reales, que en opinión del autor carece de una regulación adecuada por parte de la legislación actual. Así, luego de ofrecernos una visión de la legislación de otros países en relación con las Acciones Reales, nos propone finalmente un Proyecto de Reforma de Código Civil referido al asunto en cuestión.Palabras clave: acciones reales, Derecho Civil, Código Civil.
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León Charca, Alí Félix. "ARBITRAJE Y CONFLICTOS LABORALES EN EL PERÚ." Revista de la Facultad de Derecho y Ciencias Políticas (Cusco) 4, no. 10 (November 19, 2019): 251–62. http://dx.doi.org/10.51343/rfdcp.v4i10.43.

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Abstract:
Este ensayo presenta una breve investigación sobre los conflictos (individuales y colectivos, jurídicos y económicos) que se producen en el trabajo, clasificándolos y explicando las diferencias entre ellos, para luego detenerse en los conflictos económicos, encuadrados en la legislación del derecho colectivo del trabajo y el arbitraje, como la forma de solución pacífica de aquellos, cuando los mecanismos auto compositivos diseñados por la ley, han fracasado.
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Franco Mongua, Javier Francisco, and Diego Fernando Rey Guerrero. "El control societario en Colombia: la internacionalización de filiales y subordinadas por los grupos empresariales." Con-texto, no. 48 (April 26, 2018): 59–81. http://dx.doi.org/10.18601/01236458.n48.05.

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Abstract:
Este artículo aborda el derecho societario en relación con la creación de cadenas de propiedad a través de sociedades matrices y subordinadas. Además, se presenta la legislación colombiana sobre el tema, acompañada por un análisis sobre la tendencia a generar situaciones de control fuera del país por parte de los grupos empresariales con mayor liquidez, a partir de los datos del índice COLCAP.
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Vara Bejarano, Carlos Virgilio. "El Mejor Derecho de Propiedad como Petitorio Implícito en las Demandas de Reivindicación." Veritas 21, no. 1 (December 4, 2019): 7. http://dx.doi.org/10.35286/veritas.v21i1.252.

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Abstract:
La Corte Suprema de la Republica del Perú, ha establecido como criterio en sus casaciones y un acuerdo plenario, que en las demandas de reivindicación, cuando las partes alegan derecho de propiedad, ya no deben ser declaradas improcedentes bajo el argumento, que previamente deben determinar quien tiene el mejor derecho de propiedad, sino que, allí mismo debe resolverse como punto controvertido. Ahora bien, cuando el mejor derecho de propiedad, es determinado como punto controvertido a efectos de resolver la reivindicación, este se ha sustanciado cual si fuera una pretensión, ejerciendo las partes las garantías que contienen el debido proceso, entre ellos el contradictorio y el derecho a la prueba, para hacer valer su derecho de propiedad y/o cuestionar el del otro, pero como no fue peticionado, no se puede emitir un pronunciamiento sobre el fondo, esto en merito al principio dispositivo por el que sólo las partes pueden incorporar el o los petitorios, debiendo hacerlo de manera clara y concreta , no admitiendo la posibilidad del petitorio implícito y el juez debe pronunciarse únicamente sobre lo peticionado. También la misma corte, estableció como criterio, que emitida la sentencia sobre reivindicación habiéndose determinado el mejor derecho de propiedad como punto controvertido, las partes pueden iniciar otro proceso por mejor derecho de propiedad, pues no hay cosa juzgada material sobre este último extremo. Conforme a lo expuesto, se tendría dos procesos, que por ser independientes podrían llevarse por separado o también acumularse, estando estas dos posibilidades sujetas a la voluntad de las partes, sin embargo de llevarse primero la reivindicación, para luego iniciar otro proceso por mejor derecho de propiedad, pudiendo resolverse ambas en un solo proceso, (sobre todo teniendo en cuenta la estrecha relación que tiene la una con la otra, donde el derecho de propiedad es el presupuesto principal), lo único que genera es dilación y costos innecesarios, tanto para las partes como para el estado mismo. Así expuesto, resultaría conveniente, en aplicación del principio de economía y celeridad procesal, atendiendo a los fines del proceso, que ambas pretensiones sean necesariamente acumuladas y que no se requiera la expresa voluntad de las partes para ello, es necesario entonces incorporar una formula normativa en el Código Procesal Civil, que flexibilice de este modo el principio dispositivo, para que faculte al juez a incorporar como petitorio implico, la declaración de mejor derecho de propiedad, cuando advierta de los fundamentos de hecho que ambas partes tiene derecho de propiedad, para de este modo tramitarlas como reconvención.
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De Derechos Humanos, Corte Interamericana. "Caso Muelle Flores vs. Perú." Derecho Global. Estudios sobre Derecho y Justicia 5, no. 13 (November 10, 2019): 177–84. http://dx.doi.org/10.32870/dgedj.v0i13.298.

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Abstract:
El 06 de marzo de 2019 la Corte Interamericana de Derechos Humanos dicto Sentencia mediante la cual declaró la responsabilidad internacional del Estado de Perú por la violación a diversos derechos cometidas en perjuicio del señor Oscar Muelle Flores. En particular, encontró que distintas omisiones del Estado constituyeron un incumplimiento en el deber de garantizar el derecho a la tutela judicial efectiva y protección judicial, así como que, las autoridades judiciales no actuaron con el deber de celeridad que exigía la situación de vulnerabilidad en la que se encontraba la víctima, razón por la cual excedieron el plazo razonable. Adicionalmente la Corte determinó que la falta de materialización del derecho a la seguridad social por más de 27 años generó un grave perjuicio en la calidad de vida y la cobertura de salud del señor Muelle, una persona en situación de especial protección por ser persona mayor y en condición de discapacidad. Así mismo, el Tribunal advirtió que la falta de protección judicial afectó el derecho a la pensión que había ingresado al patrimonio de la víctima y por ende se declaró al Estado responsable de la violación del derecho a la propiedad privada. En particular, la Corte encontró que el Estado es responsable por el incumplimiento de las sentencias dictadas a favor del señor Muelle Flores, por la creación de obstáculos derivados de la privatización de la empresa de la cual se jubiló, por no revertir los efectos negativos de dicha privatización y por la ausencia de medidas para remediar dicha situación por un periodo prolongado de tiempo.
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Palomares Herrera, Manuel. "Protección jurídica en torno a los Derechos de Propiedad Intelectual desde el Código Procesal Español. Esquema, compendio y comentario." Monograma Revista Iberoamericana de Cultura y Pensamiento, no. 9 (September 1, 2021): 281–305. http://dx.doi.org/10.36008/monograma.2021.09.2815.

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Abstract:
En el presente trabajo se ofrece una esquematización práctica del sistema procesal actual que se sigue en el Derecho Procesal español en lo que se refiere a la defensa de los Derechos de Propiedad Intelectual (derechos de autor) e Industrial. Por y para ello, se acude en primera instancia a la vía procesal civil que es el procedimiento ordinario, a continuación al procedimiento rápido habilitado en el Derecho Procesal Penal y finalmente al breve y reciente protección de la legislación contencioso-administrativo en lo que significa la protección de estos derechos en la llamada sociedad de la información.
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Ramón Fernández, Francisca. "La originalidad en la música y la imagen: una aproximación y estudio de diversos supuestos en el derecho español." Revista La Propiedad Inmaterial, no. 25 (July 30, 2018): 5–25. http://dx.doi.org/10.18601/16571959.n25.01.

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Abstract:
La legislación aplicable a la propiedad intelectual en España, constituida por el Real Decreto Legislativo 1/1996, de 12 de abril, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Propiedad Intelectual, protege al autor de una obra artística por el solo hecho de crearla. En el presente trabajo se reflexiona acerca de la originalidad en la música y la imagen y su sincronización en la obra audiovisual, y se analizan, desde el punto de vista legislativo y jurisprudencial, los distintos supuestos en los que falta dicha originalidad, bien por plagio o por suplantación o fraude en la identidad del autor.
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Viña, Jordi García. "EVOLUCIÓN DEL DERECHO FUNDAMENTAL A LA LIBERTAD DE EXPRESIÓN EN EL ÁMBITO LABORAL EN ESPAÑA SEGÚN LA JURISPRUDENCIA." Revista Direitos Sociais e Políticas Públicas (UNIFAFIBE) 7, no. 2 (September 10, 2019): 552. http://dx.doi.org/10.25245/rdspp.v7i2.612.

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Abstract:
Este artículo analiza el concepto de economía aplicada a la ley para comprender el análisis de la escuela de los fenómenos legales por los principios económicos que surgieron en 1960 en los Estados Unidos de América, rastreando los impactos sobre la ley de propiedad intelectual en el sistema de Derecho Común. Este estudio se basa en el método hipotético-deductivo, con un enfoque en la literatura económica y legal, para concluir que la legislación de propiedad intelectual se moderniza con frecuencia, especialmente en el momento de las grandes transformaciones socioeconómicas, como una revolución industrial con el efecto de impulsar el desarrollo y innovación, asegurando el crecimiento económico con la seguridad y protección adecuadas de secretos industriales y experiencia.
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Diaz Dumont, Jorge Rafael. "Políticas públicas en propiedad intelectual escrita. Una escala de medición para educación superior del Perú." Revista Venezolana de Gerencia 22, no. 80 (April 26, 2018): 88. http://dx.doi.org/10.31876/revista.v23i81.23470.

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Abstract:
El objetivo general de este artículo es analizar las políticas públicas en propiedad intelectual de Perú, con el fin de proponer una escala para su medición a nivel de la educación superior. Se trata de un estudio apoyado en el paradigma histórico hermenéutico de enfoque cualitativo - cuantitativo. La investigación es descriptiva, se ha hecho un rastreo de información documental y legal en el campo de la propiedad intelectual. Se teoriza la variable en estudio, creando un constructo de la misma y estableciendo un concepto contextualizado a la coyuntura actual; se considera las dimensiones de conocimiento sobre propiedad intelectual, normas de redacción y citas. Los resultados indican que la propiedad intelectual escrita propiamente, está referida a los derechos de autor; sin embargo es solo una parte; puesto que abarca el derecho de propiedad de la obra por el autor; la cual tiene su génesis cuando se materializa. En función de ello, se propone una escala de medición sometiéndolo estadísticamente a confiabilidad mediante el estadístico KR-20 = 0.870, resultando elevada. Se concluye que los mecanismos implementados por el Estado peruano que resguardan al autor deben ser mejor coordinados e implementados.
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Fernández Scagliusi, María de los Ángeles. "La división en volúmenes de la propiedad pública en el ámbito urbanístico." Revista Andaluza de Administración Pública, no. 78 (December 31, 2010): 157–87. http://dx.doi.org/10.46735/raap.n78.679.

Full text
Abstract:
El régimen jurídico de los bienes demaniales se ha caracterizado tradicionalmente por el mantenimiento riguroso de los dogmas que lo presiden: inalienabilidad, inembargabilidad e imprescriptibilidad. Consecuentemente, esta clase de bienes se ha resguardado de todo acto que pudiera suponer la adquisición del bien o de cualquier derecho sobre el mismo por parte de un particular. Al considerarse, sin embargo, que el tráfico jurídico privado menoscaba la función pública de los bienes demaniales, sí se ha admitido la constitución de derechos de ocupación concedidos por la Administración en forma de autorizaciones y concesiones demaniales, que sólo ocasionan el nacimiento de derechos reales de carácter estrictamente administrativos que no contravienen el principio de inalienabilidad. Frente a esta visión hiperprotectora del principio de inalienabilidad, surge la conveniencia de matizar sus efectos siempre y cuando –y esto es clave– el destino demanial al que están afectos los bienes no se vea perjudicado. Ahondando en esta idea, el ordenamiento jurídico está virando hacia una tendencia favorable a admitir la constitución de derechos reales civiles a favor de particulares sobre el demanio. Debido a que, además, toda la protección otorgada a la propiedad pública obstaculiza ciertas operaciones urbanísticas en la órbita del urbanismo, se ha posibilitado un derecho real de uso de naturaleza enfitéutica: el derecho de superficie, cuya constitución no deja de plantear elementos problemáticos. Cuando este derecho de superficie grava el suelo o el subsuelo de una propiedad pública da lugar a la transmisión onerosa del dominio útil de esas parcelas divididas. Al cederse el derecho de propiedad pleno de las mismas se hace uso de la posibilidad prevista en el urbanismo de que la propiedad se estratifique en fincas separadas en la superficie o rasante, el vuelo o el subsuelo. Este fenómeno nos sitúa ante los supuestos de división en volúmenes de la propiedad, estratificación o segregación vertical de parcelas plenamente asumida por la legislación urbanística, cuyo análisis es objeto del presente trabajo.
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Leiva, Efigenia Alejandra, and Ivanna Elizabeth Campbell. "Los derechos exclusivos de propiedad intelectual en la jurisprudencia hondureña." Innovare: Revista de ciencia y tecnología 8, no. 2 (December 31, 2019): 108–15. http://dx.doi.org/10.5377/innovare.v8i2.9065.

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Abstract:
Introducción: La protección de los derechos de propiedad intelectual usando los mecanismos legales actuales, tiene como su principal objetivo incentivar la inventiva y la innovación, facilitando la explotación comercial. Por otra parte, la libre competencia tiene la misión de promover, proteger y garantizar la libertad para competir a fin de procurar el funcionamiento eficiente del mercado y el bienestar del consumidor. Métodos: Se hizo revisión bibliográfica en bases de revistas y en colección de leyes hondureñas y extranjeras referentes a la propiedad intelectual y el derecho de libre competencia con respecto a los derechos exclusivos. Desarrollo: Se muestran características, diferencias, puntos de divergencia y convergencias entre ambos estamentos legales de Honduras, en donde se considera la importancia de lograr un equilibrio de los fines comunes que persiguen estas figuras jurídicas. Conclusión: Debe socializarse y seguir una mejora continua de dicha legislación para procurar el bienestar colectivo (país, empresas, consumidores) introduciendo mayor competitividad al mercado, impulso de la innovación e invención, economía más eficiente, y sobre todo velar por el bienestar del consumidor, derecho que el Estado debe garantizar.
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Biblioteca Nacional del Perú. "Esquema de la Subclase 340 (Derecho)." FENIX, no. 7 (January 4, 2021): 305–26. http://dx.doi.org/10.51433/fenix-bnp.1950.n7.p305-326.

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Abstract:
Esquema de la Subclase 340 (Derecho), Adaptación expansiva en la Biblioteca Nacional del Perú. Al iniciar la clasificación decimal de las colecciones de ciencias sociales, se tuvo que considerar la necesidad de planear una reforma expansiva y una adaptación nacional, no sólo por razones teóricas, sino, sobre todo, por claras exigencias técnicas. Muy en particular, la colección de Derecho, formada por tratados alemanes, españoles, franceses, italianos e hispanoamericanos, así como por textos de códigos, de legislación y jurisprudencia, presentó un conjunto bibliográfico para clasificar el cual era de todo punto inaplicable e inadecuado el esquema del N° 340, según como aparece en las ediciones décima cuarta y décima quinta de la Tabla de Dewey, publicadas en 1942 y 1951 respectivamente.
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Chino Flores, Sonia. "EVOLUCIÓN DEL TRATAMIENTO JURÍDICO DE LA RESPONSABILIDAD PENAL DE LAS PERSONAS JURÍDICAS EN LA LEGISLACIÓN PERUANA." REVISTA DE DERECHO 3, no. 1 (January 27, 2020): 141–46. http://dx.doi.org/10.47712/rd.2018.v3i1.21.

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Abstract:
El presente trabajo de investigación, ha sido concebido para el estudio de la evolución de la responsabilidad penal de las personas jurídicas en la legislación nacional, su tratamiento legalen la doctrina y el derecho comparado para concluir en la perspectiva actual dentro del sistema jurídico como una opción de política criminal; cuyo objetivo es analizar la evolución que tuvo la responsabilidad penal de las personas jurídicas en la legislación penal en el Perú y establecer las posiciones existentes dentro de la doctrina y derecho comparado, para identificar la perspectiva actual como una opción de política criminal. El trabajo responde a una investigación cualitativa cuya característica es analítica, dogmática y prospectiva. En nuestra legislación nacional, la responsabilidad penal de las personas jurídicas no fue regulada taxativamente, como en el Código Penal del año 1863 y 1924, aunque ciertamente en el Código Penal vigente de 1991 se ha incorporado las denominadas consecuencias accesorias así como criterios para su determinación, aplicables a las personas jurídicas, el mismo constituye un avance hacia su incorporación; en el derecho comparado países como Francia, España y entre otros, han incorporado esta nueva tendencia en sus legislaciones, bajo argumentos de programas de cumplimiento y de orden político criminal.
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Sánchez Cámara, Ignacio. "El bioderecho y la protección jurídica de la vida: el caso del aborto." Arbor 195, no. 792 (June 27, 2019): 508. http://dx.doi.org/10.3989/arbor.2019.792n2009.

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Abstract:
La solución de los problemas biojurídicos depende fundamentalmente de la concepción del derecho y de la valoración de la vida humana de la que se disponga. La supresión de la perspectiva de la justicia, unida a la consideración de la vida humana como mera propiedad inmanente de un ser vivo que, en el caso del hombre, permitirá la libre disposición de ella, conducirá necesariamente a una degradación de la protección jurídica de la vida. Por el contrario, la vinculación del derecho con la moral, a través de la justicia, propia de la concepción óntico-valorativa o, al menos, de una concepción del derecho que aúne las tres dimensiones, conducirá a una más firme defensa jurídica de la vida. Desde esta perspectiva se analiza la desprotección jurídica, y por tanto moral, de la vida en la regulación del aborto en la legislación española.
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Catalan, Marcos. "El drama de la recomposición forestal en las áreas de reserva legal ubicadas en las propiedades familiares frente al nuevo código forestal brasileño." Pensamiento Americano 9, no. 16 (January 11, 2016): 15–26. http://dx.doi.org/10.21803/pensam.v9i16.66.

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Abstract:
La reserva legal es un importante instrumento de atribución de densidad a la función socioambiental de la propiedad agraria. Basados en esa perspectiva y conscientes de la vigencia de un nuevo código forestal en Brasil, este estudio –tejido metodológicamente bajo las influencias de las corrientes post-positivistas del derecho– tiene como objetivo comprobar si es posible para los propietarios y poseedores de pequeñas áreas de agricultura familiar respetar (o no) las exigencias impuestas por la legislación recientemente aprobada, sin perjuicio de su supervivencia y la de sus familias.
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García Trelles Fernández, Carmen M. "El derecho de transformación de la obra musical." Misión Jurídica, no. 20 (July 1, 2021): 100–119. http://dx.doi.org/10.25058/1794600x.1910.

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Abstract:
El artículo pretende dar una visión interdisciplinar de la problemática del derecho de trasformación de la obra musical original y su posible conceptuación como obra derivada. A razón del escaso tratamiento del tema que se hace por el Texto Refundido de la Ley de Propiedad Intelectual española, con frecuencia se generan conflictos cuando el autor de una composición original autoriza la incorporación de ésta en otra nueva, ostentando la facultad para que su obra se mantenga totalmente íntegra sin sufrir menoscabo o deformación, una vez que ha consentido su exhibición o explotación. Dentro del contexto jurídico y musicológico se trata de dar un enfoque transversal y establecer criterios objetivos referidos al ámbito musical que, inmersos en la legislación de propiedad intelectual, consigan dar soluciones a las dudas surgidas respecto a la coyuntura actual e intrincada de la delimitación de la transformación de las obras musicales. La hipótesis de partida es la profusión de imprecisiones, la falta de elementos que delimiten con seguridad la variedad de conceptos atribuibles a las obras musicales originales que puedan ser objeto de obra derivada; así como, la procastinación del legislador a la hora de abordar este problema. Se ponen de manifiesto las lagunas existentes y la falta de estudios al respecto en los dos ámbitos, tanto dentro de los estudios musicológicos, como en el tratamiento de la doctrina y la jurisprudencia nacionales que son escasas, también en relación con el derecho comparado.
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Quiroz Papa de Garcia, Rosalía, Aníbal Campos Rodrigo, and Jesús Isacc Aníbal Aliaga Samaniego. "Protección a la propiedad intelectual del autor en Perú en tiempos de crisis moral." Revista Interamericana de Bibliotecología 44, no. 1 (December 23, 2020): eIn2. http://dx.doi.org/10.17533/udea.rib.v44n1ein2.

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Abstract:
El objetivo de la presente investigación fue conocer el nivel de infracción a los derechos del autor luego de un procedimiento administrativo en el Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual (2012-2016). A la vez, a través de un trabajo de campo, se aplicó un cuestionario a los estudiantes de pregrado de la Universidad Nacional Mayor de San Marcos, Facultad de Letras y Ciencias Humanas, a fin de identificar el nivel de conocimiento sobre la protección a la propiedad intelectual del autor y la percepción que tienen sobre la ética académica, la crisis moral y de valores en la sociedad. El tema se manifiesta en diferentes ámbitos, en particular en el académico. Como tal, el estudio demuestra que la sociedad peruana sufre una enorme crisis moral. Manifestaciones de ella son la infracción a la propiedad intelectual y el hurto de la creación ajena, lo que desmotiva la creación del autor y afecta sus derechos. Esta infracción a las normas de derecho de autor hace que Indecopi imponga determinado tipo de sanciones, que para la dimensión del problema aún es limitada.
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Arduino, Augusto H. L., and Silvana S. Ortiz. "El derecho del autor asalariado en Argentina." Revista de la Facultad de Ciencias Económicas, no. 11 (November 23, 2013): 108. http://dx.doi.org/10.30972/rfce.0111057.

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Abstract:
<p>El autor contratado bajo relación de dependencia laboral en la Argentina no se encuentra regulado en la legislación sobre derecho de autor. La ley número 11723 no contempla la figura, y la reforma de la ley número 25.036 en su art. 2 solo hace referencia a los programas de computación realizados en virtud de un contrato laboral. No obstante, la ley de patentes número 24481 modificada por ley número 24572, ha regulado la cuestión de los derechos de explotación de patentes de invención, mediando relación contractual. Asimismo se ha regulado en ley número 20.744 lo relativo a las invenciones del trabajador. En la ley de patentes de invención se regula la situación del inventor contratado o asalariado. El derecho laboral y la propiedad intelectual en general, y en particular el derecho de autor son de naturaleza diversa y tienen regulaciones específicas con principios jurídicos propios. Por ello, se abordará cada temática desde su generalidad a fin de arribar al tratamiento del problema planteado.</p>
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López Padilla, Javier David. "Legislación con enfoque de Derechos Humanos para la gestión de Desarrollo Humano Sostenible en Honduras." La Revista de Derecho 37 (March 2, 2018): 33–49. http://dx.doi.org/10.5377/lrd.v37i0.5578.

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Abstract:
El presente trabajo tiene como propósito principal aportar, desde la Ciencia Jurídica, argumentos para desarrollar una propuesta que contribuya a mejorar las oportunidades del Desarrollo Humano Sostenible (en adelante DHS) en Honduras. Esta contribución académica nace del reconocimiento de la función de la Ley, como categoría jurídica y social ordenadora de las relaciones humanas en un contexto histórico determinado. Dicho reconocimiento sobre la función social de la Ley se refiere al marco de atribuciones y restricciones al que el estado de Honduras (en su carácter de organización política) debe ajustar sus decisiones, especialmente en la planificación del DHS.El objetivo principal de esta investigación es fortalecer al sistema jurídico nacional, reconociendo la relación entre las normas legales y el DHS en su condición de derecho humano, enfatizando la necesidad de proveer criterios para la generación de comunicación de las demandas sociales en el proceso de creación normativa por medio del enfoque de derechos humanos.El proceso de investigación desarrollado en el presente documento toma el enfoque del tridimensionalismo jurídico, en el cual se destacan elementos propios de las investigaciones socio-jurídicas cualitativas, de análisis crítico social del discurso legal constitucional, con inclusión de aplicaciones propias del Derecho Comparado.Uno de los principales hallazgos de este trabajo, alude a que la mayor cantidad de leyes en Honduras están enfocadas en los ámbitos administrativo-fiscal, mercantil y civil; y en cuarto lugar lo penal. Es necesario considerar que estos cuerpos normativos regulan en esencia la dimensión económica de la sociedad; para el caso, desde el punto de vista fiscal, se establecen los criterios que orientan al Estado en su función de recaudación de impuestos, la que a su vez está relacionada con la capacidad adquisitiva de los contribuyentes. La imposición de tributos es una prerrogativa de los Estados basada en la contribución que todos los ciudadanos de un país están llamados a prestar para mejorar las condiciones de vida social de la comunidad a la que pertenecen. En el caso de las esferas mercantil y civil, sus contenidos normativos regulan las actividades de las personas en su ámbito privado, y en especial, en la relación con el ejercicio del Derecho de Propiedad. Esto quiere decir que históricamente, la preocupación del legislador ha estado concentrada en la actividad económica de las personas que regula mediante las normas que promulga, ya sea en razón del ejercicio del derecho de propiedad para el uso, goce y disposición privada de los bienes sobre los que ejerce este derecho, o para la regulación de la explotación masiva del mismo y/o para la imposición de tributos en razón del patrimonio de las personas.
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Orozco Reinaga, Ernesto Joel. "La eficacia de la anotación preventiva en la protección de la propiedad predial." REVISTA VERITAS ET SCIENTIA - UPT 2, no. 1 (June 30, 2013): 94–98. http://dx.doi.org/10.47796/ves.v2i1.269.

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Abstract:
Objetivos: Consolidar la figura de la Anotación Preventiva (Derecho Registral), como una institución protectora de la propiedad predial. Método: En esencia, se trató de una investigación social, puesto que el campo de trabajo fue la sociedad y los hechos humanos (profesionales del derecho, usuario registral, servidores públicos, etc.); y especializada, puesto que se realizó desde la óptica particular del Derecho Registral. La recolección de datos estuvo a cargo del tesista, con apoyo de los asesores (libros, documentos y orientación) y se realizó las coordinaciones necesarias con la realidad que proporcionó la información: Oficina Registral de Arequipa (Archivo y Secciones del Área Registral). Resultados: Se consolida la figura de la anotación preventiva como una institución protectora de la propiedad predial. Al culminar la investigación, se pudo verificar que ésta se desarrolló bajo los parámetros planteados; sin embargo, luego de efectuado el análisis de la información recolectada se pudieron obtener dos propuestas de modificación en la legislación nacional, las cuales no fueron previstas en el proyecto de investigación. Me estoy refiriendo – precisamente – a la anotación preventiva por título contradictorio, que implica la modificación del Reglamento General de los Registros Públicos; y a la exigencia de solicitar medida cautelar de anotación de demanda (como requisito admisorio de la demanda) en todos aquellos procesos donde se discuta derechos inscritos, que implica la modificación del Código Procesal Civil. Estos dos aspectos (propuestas de modificación) surgen de la investigación misma, mas no fue previsto en el Proyecto de Tesis. Conclusión: Que la anotación preventiva es una herramienta eficaz y protectora de la propiedad predial (en alto grado); sin embargo, el conocimiento de esta figura jurídica es mínimo, no sólo por parte de los usuarios, sino también por parte de los operadores del derecho (Registradores Públicos, abogados de los Registros Públicos, abogados de Notarías Públicas, y abogados independientes).
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Puentes Medina, Horacio, and Marcela Rocha López. "LA LEGÍTIMA DEFENSA ANTE LA INCONSTITUCIONALIDAD DEL EMBARGO FISCAL PRECAUTORIO Y SU REMATE." Quipukamayoc 27, no. 55 (December 10, 2019): 71–77. http://dx.doi.org/10.15381/quipu.v27i55.17044.

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Abstract:
Uno de los temas más importantes dentro del Derecho Tributario Mexicano es el remate de bienes que se establece en el artículo 155 fracción I del Código fiscal Federal, dentro del embargo precautorio. Bajo esa premisa, existe una laguna inmensa cuando se bloquean las cuentas bancarias de los contribuyentes y no son susceptibles de almonedas, por lo que no se puede justificar el no llevar a cabo la autoridad el debido proceso que marcan los artículos 1.°, 14.° y 16.° de la Constitución mexicana. Esta investigación consiste en hacer una comparación entre las leyes tributarias de México y Perú relacionadas con la legítima defensa ante la inconstituicionalidad del embargo fiscal precautorio y su remate. Por un lado, se evalúa cómo se aplican las leyes tributarias y su debido proceso en materia del embargo precautorio en el terriotorio mexicano hacia los contribuyentes por el incumplimiento de sus obligaciones fiscales. Por otro lado, se señala que el Código Tributario de la República del Perú indica las formas de embargar o trabar al ejecutor coactivo, y que toda persona tiene derecho al secreto, a la inviolabilidad de sus documentos privados y a una legítima defensa. Se concluye que en la República del Perú se respeta el derecho a la garantía de audiencia, al debido proceso, al principio del derecho a la posesión y al de propiedad, lo que en el Código fiscal de la Federación del Estado mexicano no contempla.
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Arias Odón, Fidias Gerardo. "Lo que no es plagio académico: excepciones desde la perspectiva jurídica." Revista Pedagogía Universitaria y Didáctica del Derecho 7, no. 2 (December 28, 2020): 185. http://dx.doi.org/10.5354/0719-5885.2020.57657.

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Abstract:
Este artículo se propuso como objetivo analizar lo que no es plagio académico mediante el examen de objetos no protegidos por el derecho de autor: ideas, hechos y conocimiento del dominio público como excepciones previstas en la legislación sobre propiedad intelectual. Si bien es cierto que la apropiación ilícita de una obra es una conducta censurable, no es menos cierto que existen limitaciones en el derecho de autor y por consiguiente hay excepciones que deben ser consideradas en el contexto de la academia. En este sentido, con apoyo en la doctrina del derecho y la jurisprudencia, se exponen los casos de uso lícito de elementos para el trabajo académico, como lo son, la utilización de ideas, la referencia a hechos públicos y en general, el empleo de conocimientos del dominio público. Además, se precisan los requisitos del derecho de cita, así como casos concretos en los que no es obligatorio citar a un autor en particular. Por último, se explica lo que no es plagio académico y se propone una redefinición de dicho concepto.
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Manquillo Astaíza, Natalia Andrea. "La vulnerabilidad del sector artesanal colombiano en el ámbito nacional e internacional como ‘negocio de conocimiento tradicional’. Estudio de caso: la denominación de origen artesanal ‘Guacamayas’ en el Acuerdo Comercial entre Colombia, Perú y la Unión E." Revista La Propiedad Inmaterial, no. 28 (December 10, 2019): 167–209. http://dx.doi.org/10.18601/16571959.n28.06.

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Abstract:
Las artesanías pueden considerarse como un símbolo de conservación cultural y como un negocio en el comercio exterior. Este articulo propone entender la artesanía como un negocio de conocimiento tradicional. Para ello, la primera parte del texto abordara las características del sector artesanal colombiano y algunos factores que lo afectan en el ámbito nacional e internacional. La segunda parte se encargará de reconstruir el problema sobre la desprotección jurídica de la denominación de origen artesanal Guacamayas en el Acuerdo Comercial entre Colombia, Perú y la Unión Europea. Aquí se hallará una de las principales razones de la vulnerabilidad del sector artesanal: la desprotección jurídica en el campo de la propiedad intelectual. La conclusión de este texto mostrara que solo cuando sean superados los imaginarios sociales errados, suplidas las necesidades de las comunidades artesanales y se fortalezca el derecho a la propiedad intelectual sobre las artesanías de cara al Derecho internacional, se podrán garantizar la conservación del legado cultural y el crecimiento de un sector de la economía nacional.
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Castillo, Arturo. "Intervención coadyuvante y sus facultades en la legislación peruana: ¿qué son los “actos de oposición al coadyuvado”?" REVISTA BRASILEIRA DE DIREITO PROCESSUAL 28, no. 113 (2021): 1–14. http://dx.doi.org/10.52028/rbdpro.v28i113.201001per.

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Abstract:
El Perú regula una forma particular de intervención en el proceso, este es la figura del coadyuvante quien ingresa no con la finalidad de discutir derecho propio, sino que, por el contrario, la ley le otorga una legitimidad extraordinaria para ingresar al proceso a fin de proteger el derecho de su coadyuvado, pues el coadyuvante tiene una relación conexa con este y la decisión que se emita puede afectarlo indirectamente. En vista de ello, la regulación peruana permite su ingreso en el proceso, pero, dada a su finalidad, no puede disponer del derecho que se está discutiendo ni oponerse a la voluntad expresa de su coadyuvado. El autor considera que la mejor manera que entender la oposición es interpretar que el coadyuvante puede suplir una omisión o rebeldía y complementar una actuación siempre en beneficio de su coadyuvado, tal y como ocurre en Brasil. Consideramos que una visión más estrecha de sus facultades afectaría no solo al derecho de intervención del coadyuvado, sino que también podría afectar al coadyuvado pues no sería asistido de formar correcta.
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O’Neill de la Fuente, Cecilia, and Melissa Del Pino Yupari. "Arbitraje y terceros legitimados en la impugnación de acuerdos societarios en el Perú." THEMIS Revista de Derecho, no. 77 (December 21, 2020): 189–202. http://dx.doi.org/10.18800/themis.202001.009.

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Abstract:
En los últimos años, varias legislaciones se han vuelto más favorables al arbitraje societario, lo cual ha contribuido a su importante desarrollo. En ese contexto, la arbitrabilidad de la impugnación de los acuerdos societarios es ampliamente aceptada. No obstante ello, la intervención de los terceros legitimados vuelve a poner sobre la mesa supuestas deficiencias del arbitraje societario. En el presente artículo, las autoras analizan la problemática de los terceros legitimados y las solucio-nes que se proponen en el derecho comparado, con el fin de cotejar dichas posibles soluciones con la legislación peruana sobre arbitraje y sociedades anónimas.
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Paes Martí, Mónica, and Francisca Ramón Fernández. "La Luna, misiones, Derecho de propiedad y conflictos respecto a la explotación e investigación desarrollada en el satélite." Revista Electrónica de Derecho Internacional Contemporáneo 3, no. 3 (December 18, 2020): 81–97. http://dx.doi.org/10.24215/2618303xe004.

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Abstract:
En el estudio se profundizará sobre la titularidad de la Luna, así como los diversos conflictos actuales que se pueden plantear en torno a la explotación e investigación de los recursos. Se partirá de las aportaciones doctrinales más relevantes sobre la materia, así como el empleo de la legislación referente al Derecho Espacial que se aplica a la Luna y los demás cuerpos celestes. Al tratarse de un estudio científico que se centra en las ciencias jurídicas, utilizaremos una metodología de análisis sobre las fuentes aplicables, para obtener una respuesta válida a los diferentes problemas que se pueden plantear respecto a la propiedad lunar y la investigación y explotación en el satélite.
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Bedón Garzón, René. "Contenido y aplicación de los derechos de la naturaleza." Ius Humani. Law Journal 5 (December 30, 2016): 133–48. http://dx.doi.org/10.31207/ih.v5i0.124.

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Abstract:
La Constitución de la República del Ecuador de 2008 ha consagrado derechos a favor de la naturaleza, incluyendo una reserva constitucional para su creación. Durante estos años estos derechos han sido mejor definidos por la legislación y por la jurisprudencia, según se muestra en la presente investigación. Desde el año 2008 se han presentado varias acciones de protección y medidas cautelares constitucionales a fin de hacer efectivos estos derechos. Tales procesos han terminado con decisiones jurisdiccionales que, buscando garantizar el derecho de la naturaleza a la conservación integral y los derechos de las comunidades afectadas, han dictaminado la suspensión de obras y la obtención de los permisos ambientales correspondientes por parte del Estado para no generar impactos ambientales. Además han aplicado el principio precautorio, han suspendido actividades aunque no haya evidencia científica de daño, y se ha ponderado derechos para permitir la limitación del derecho a la propiedad privada, a fin de que se realicen tareas de remediación de un evento ambiental y se logre garantizar el derecho de la naturaleza a la restauración.
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Anaya Vera, Esther. "La protección jurídica de los conocimientos tradicionales de los pueblos indígenas en la Comunidad Andina." Pluriversidad 2, no. 2 (December 20, 2018): 30–45. http://dx.doi.org/10.31381/pluriversidad.v2i2.1775.

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Abstract:
La Comunidad Andina (CAN), organización internacional de carácter supranacional centrada en las personas y regulada por el Derecho Comunitario, institucionaliza hace casi 50 años el proceso de integración andino-amazónico iniciado hace más de 5000 con la Civilización Caral y ocupa el territorio de sus Países Miembros: Bolivia, Colombia, Ecuador y Perú. Territorio comunitario en el cual habitan más de 200 pueblos indígenas cuyos conocimientos tradicionales son reconocidos por la CAN como parte del desarrollo de conocimientos en ciencia y tecnología, razón por la cual su protección está incorporada en el Régimen Común sobre Propiedad Industrial, entre otras normas supranacionales afines. En este contexto, el objetivo del presente artículo es identificar al enfoque de derechos humanos como el adecuado para proteger los conocimientos tradicionales de los pueblos indígenas, al ser estos la expresión de su identidad cultural, derecho fundamental de este colectivo protegido por el Derecho Internacional de los Derechos Humanos. Lo propuesto, a partir del análisis de la jurisprudencia del Tribunal de Justicia de la CAN.
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Benavides-Benalcázar, Merck M., Borman R. Vargas-Villacres, and María G. Acosta-Morales. "La legítima defensa como causa de justificación o exclusión de la antijuricidad." Polo del Conocimiento 3, no. 4 (April 22, 2018): 37. http://dx.doi.org/10.23857/pc.v3i4.440.

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Abstract:
<p style="text-align: justify;">La concepción jurídico-penal de la legítima defensa, constituye una causa de justificación o exclusión de la antijuricidad, que tiene como finalidad proteger un bien jurídico de la persona que se defendía de una agresión actual e ilegítima, utilizando un medio racional para repelerla y sin que exista provocación por parte del que defiende un derecho propio o ajeno. Se analizan desde el punto de vista doctrinario y jurídico los requisitos de la legítima defensa y su contextualización a fin de lograr una compresión integral de esta institución jurídica y su correcta utilización por los operadores de justicia. Este trabajo es de mucha relevancia en la actualidad, considerando que es una figura jurídico-penal, muy controvertida para los operadores de justicia en materia penal, tomando en cuenta que algunos aspectos son eminentemente subjetivos y que la legislación ecuatoriana está regulada para defender derechos propios del que se defiende o de terceras personas, sin embargo de lo cual en otras legislaciones, tales como la argentina y colombiana, a pesar de tener aspectos similares con la ecuatoriana, en esta última no se encuentra regulado la legítima defensa para defender la propiedad privada, lo que se encuentra debidamente regulada en las legislaciones de los dos países antes referidos, aspecto que es muy controvertido ya que en este caso se enfrentan dos derechos fundamentales, el uno que es la propiedad privada y por otra parte que puede ser la integridad física o la vida de la persona que ingresa al domicilio de la persona que defiende el derecho de propiedad.</p>
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Chenu, Jeanne. "Une ébauche de protection sociale en Nouvelle-Grenade À la fin de Ľépoque coloniale (1780-1819)." Fronteras de la Historia 4 (December 20, 1999): 127–43. http://dx.doi.org/10.22380/20274688.788.

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Abstract:
El estudio de dos legajos encontrados en el Archivo de Indias de Sevilla permite analizar algunos aspectos de la condición social del funcinamiento del rango medio en la Nueva Granada y de las dificultades vividas por las familias después de su muerte. La aplicación de una legislación que empezaba a instaurarse en la Península encontró numerosas dificultades. La utilización de los fondos vacantes del arzobispado de Santa Fe tiende a ser sustituida con ayuda de los Montepíos, iniciando un proceso de pre-secularización de los bienes eclesiásticos en el marco de la ofensiva del derecho de regalía. Se asiste a la afirmación de una conciencia autónoma, la cual, en el mismo seno de la alta administración, reivindica la libre disposición de recursos considerados como propiedad exclusiva de América, a pesar de la política centralizadora de los Borbones.
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Arcudia Hernández, Carlos Ernesto. "Límites a los derechos de obtención vegetal en la Ley Federal de Variedades Vegetales de México." Revista La Propiedad Inmaterial, no. 22 (December 15, 2016): 187. http://dx.doi.org/10.18601/16571959.n22.05.

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Abstract:
Uno de los grandes cambios durante el proceso de transformación en el modelo de desarrollo de la agricultura en México iniciado en los años ochenta fue la adopción del régimen de propiedad industrial en variedades vegetales. En virtud de un compromiso adquirido por México en el Tratado de Libre Comercio para América del Norte (TLCAN) se promulgó la Ley Federal de Variedades Vegetales (LFVV) para otorgar derechos de obtención vegetal. La LFVV traspone al derecho nacional una legislación armonizada con el Convenio Internacional para la Protección de Obtenciones Vegetales (CUPOV). La regulación de los límites de los derechos del obtentor es importante en vista de la estructura dicotómica de la agricultura en México. Por ende, se analizan los actos excluidos de la protección, las lagunas legales en cuanto a agotamiento y la ausencia de límites por interés público, y las licencias obligatorias.
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Ezeta Carpio, Sergio. "El procedimiento contencioso tributario en el Perú Bicentenario del siglo XXI. Algunos comentarios y el uso de nuevas tecnologías." Derecho & Sociedad, no. 56 (August 2, 2021): 1–21. http://dx.doi.org/10.18800/dys.202101.002.

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Abstract:
El artículo versa sobre el procedimiento contencioso tributario en el Perú. Luego de hacer una breve explicación del esquema actual, se resaltan algunos aspectos problemáticos y que deben ser corregidos o perfeccionados en la legislación, siempre encaminados a prestar un mejor servicio al ciudadano quien quiere contar con vías rápidas y eficientes a fin de poder ejercer su derecho de defensa y, como parte de él, su derecho a contradecir los actos administrativos (en este caso, emitidos por la Administración Tributaria) que, a su entender, afectan sus bienes o derechos de manera indebida.Un tema actual que también se trata es el tránsito del expediente físico al expediente electrónico, qué se ha avanzado al respecto y qué se espera a futuro. En este punto se resalta el hecho que dicho tránsito se viene precipitando por la COVID-19, aunque ya había avances al respecto desde hace varios años. Se resalta la vinculación del expediente electrónico con un tema más general, el cual es el del gobierno digital (o gobierno electrónico).
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Vélez Valarezo, Michurin Augusto. "Propiedad intelectual: marco legal ecuatoriano sobre producción editorial, mercado librero y fomento de la lectura." La Técnica: Revista de las Agrociencias. ISSN 2477-8982, no. 10 (June 3, 2013): 50. http://dx.doi.org/10.33936/la_tecnica.v0i10.570.

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Abstract:
El debate sobre la propiedad intelectual en el ámbito de la producción y su comercialización, entendida como el conjunto de políticas orientadas al tratamiento de la creación científica y literaria, la edición de publicaciones y la difusión de la cultura impresa, se enmarca dentro de un amplio espectro de análisis en el que cada una de las aristas apunta a fortalecer la divulgación del conocimiento. De una parte, el sector empresarial dirige sus esfuerzos a tratar de lograr un tratamiento especial para la edición de publicaciones con el propósito de reducir los costos de producción editorial mientras que, de otro lado, las instituciones académicas y de investigación orientan sus acciones hacia la divulgación de sus resultados, la organización sistemática del conocimiento, la promoción de la lectura y la diseminación de la información. Si bien estas visiones son diversas en su contenido, el objetivo medular es coincidente en cuanto a tratar de propiciar el desarrollo cultural y científico de la sociedad ecuatoriana. En este marco, la definición de políticas públicas acerca de la industria editorial debe sustentarse sobre los tres ejes temáticos que son abordados en el presente estudio: la actualización del derecho de autor y de propiedad intelectual, el fortalecimiento de la cadena de producción y comercialización del libro, y la promoción de la lectura y las nuevas teorías. Palabras claves: propiedad intelectual, derechos de autor; industria editorial; legislación librera; ley del libro
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Harris, Pedro. "Las funciones de la responsabilidad de la administración por la carencia de vigilancia ambiental – A propósito de la Sentencia de Corte Suprema del 5 de enero de 2016, Fisco de Chile con I. Municipalidad de lo Barnechea." Revista de Derecho Ambiental, no. 7 (July 4, 2017): 197. http://dx.doi.org/10.5354/0719-4633.2017.46455.

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Abstract:
La responsabilidad de la administración por el daño ambiental ajeno ya no solo es teórica. Ella ha sido reconocida por la Sentencia de Corte Suprema del 5 de enero de 2016, Fisco de Chile con I. Municipalidad de Lo Barnechea. En la especie, la Corte aplica el deber de vigilancia consagrado por la Sentencia del 26 de junio de 2013, Fisco de Chile con Sociedad Sarao SA. No obstante, alterando su base legal, desde el derecho de propiedad, hasta el deber de ejercer determinadas competencias administrativas. Se trata de un reconocimiento que no solo destaca por recaer sobre actividades fiscalizadoras, cuya omisión no suele ser interpretada como atributiva de responsabilidad. Es también una sentencia característica por la forma en que emerge dicho régimen, a saber: desplazando a la aplicación de la falta de servicio, que sanciona por regla general la anormalidad en el funcionamiento municipal. Un desplazamiento en este sentido facilita el surgimiento de la función sancionadora de la responsabilidad, dadas las particularidades de la legislación ambiental. Una vez determinado que ella es responsable, dicha legislación permitirá concretar la función aseguradora de la reparación, más allá de su indemnización, conservando la funcionalidad socializadora de la responsabilidad subjetiva a través de la repetición.
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De la Parra Trujillo, Eduardo. "LA PROTECCIÓN DE LAS BASES DE DATOS NO ORIGINALES EN LA LEGISLACIÓN AUTORAL MEXICANA (COMPARACIÓN CON LA DIRECTIVA DE LA UNIÓN EUROPEA SOBRE BASES DE DATOS)." Revista de la Facultad de Derecho de México 54, no. 241 (September 29, 2017): 211. http://dx.doi.org/10.22201/fder.24488933e.2004.241.61594.

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Abstract:
<p>En el año de 1996 se publicó en México una nueva Ley Federal del Derecho de Autor (LFDA), con el propósito de adecuar la legislación mexicana a los diversos compromisos internacionales contraídos, principalmente el Tratado de Libre Comercio de América del Norte (TLCAN) y el Acuerdo sobre los Aspectos de los Derechos de Propiedad Intelectual relacionados con el Comercio (ADPIC). Dentro de este nuevo cuerpo normativo, se dedicó el Capítulo IV, del Título IV, a la regulación de los programas de cómputo y a las bases de datos, en donde aparece el artículo 108, el cual es del siguiente tenor:</p><p>La inclusión de este artículo en la nueva legislación autoral, causó gran sorpresa entre los estudiosos de la materia, pues su contenido no era del todo comprensible, además de que se criticó la inclusión de dicho artículo en una ley que sólo otorga protección a las creaciones originales. En este sentido ha señalado Ovilla Bueno:</p><p><br />La frase ‘Las bases de datos que no sean originales quedan (...) protegidas’ me intriga. ¿Con esto se quiere decir que todas las bases de datos que se creen o utilicen en México serán creaciones intelectuales susceptibles de propiedad? ¿Qué acaso con este artículo no se estará tratando de proteger las ideas que tengan una forma no original? Este artículo contradice el espíritu mismo de la Ley.</p><p>Por su parte, Caballero Leal y Jalife Daher apuntaron:</p><p><br />El artículo 108, referente a las bases de datos, establece que aun cuando éstas no sean originales, estarán protegidas por cinco años. La pregunta obligada tiene que ser formulada en el sentido de quién calificará dicha originalidad, y en caso de carecer de ella, porqué reconocer protección alguna. Francamente la norma en comento resulta inexplicable.</p><p>Lo que intentó el legislador mexicano, fue proteger las bases de datos que no reunieran el requisito mínimo de la originalidad, y que por lo tanto, carecieran de protección por la vía de los derechos de autor. En pocas palabras: se introdujo el llamado derecho sui generis sobre las bases de datos.</p><p>No resulta extraña la reacción que provocó la inclusión del artículo 108 de la LFDA, toda vez que en esa fecha sólo existía en las legislaciones nacionales de cinco países nórdicos un derecho similar. Asimismo, es importante señalar que la Unión Europea aprobó la Directiva 96/9/CE sobre la protección jurídica de las bases de datos (en adelante, la Directiva), misma que contempla el derecho sui generis sobre las bases de datos, aunque ningún estado miembro de la Unión Europea había transpuesto tal Directiva al momento de publicarse la LFDA. De tal forma que, México se convirtió en uno de los primeros países en el mundo en regular el derecho sui generis sobre las bases de datos, a pesar de que ningún acuerdo internacional le comprometía a hacerlo, y sin que hubiera consultas o discusiones con los sectores involucrados del país.</p>
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Torrecuadrada García-Lozano, Soledad. "Las obras de arte del Estado y su inmunidad." ACDI - Anuario Colombiano de Derecho Internacional 10 (March 1, 2017): 401. http://dx.doi.org/10.12804/revistas.urosario.edu.co/acdi/a.5301.

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Abstract:
En los últimos tiempos, la tecnología ha tenido por efecto empequeñecer el mundo en todos los sentidos. Así, ahora no solo las distancias se recorren en menos tiempo, sino además tenemos ocasión de contemplar museos ‘satélites’ del Museo Hermitage de San Petersburgo en Málaga o Ámsterdam, por ejemplo, o colecciones prestadas por museos a otros para que disfrutemos con ellas en el otro lado del mundo de donde habitualmente se exponen. Con ocasión de estos préstamos y la aplicación de nuevas tecnologías a la difusión de sus obras de arte, se han producido reclamaciones de piezas de quienes se consideran sus legítimos propietarios. Cuando el cedente o propietario de la obra es un museo estatal, nos encontramos con el muro infranqueable de las inmunidades del Estado prestador en el territorio del foro, en su doble vertiente: de jurisdicción y de ejecución. La inmunidad de los préstamos de obras de arte es tan solo una aplicación práctica de estas inmunidades conocidas, cuyo alcance depende de la legislación interna del Estado en el que tiene lugar el procedimiento judicial o aquel en el que solicita la ejecución. Los Estados, para evitarlo, suelen celebrar acuerdos bilaterales que les permiten garantizar el retorno de las colecciones que prestan. Ello evidencia el difícil equilibrio entre las inmunidades del Estado y el derecho a la propiedad individual y el derecho a la tutela judicial efectiva; o entre el interés colectivo —la cooperación cultural— y el individual —la recuperación del bien—.
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Spadotto, Anselmo Jose, María del Pilar Romero Barreiro, and Gerson Araújo De Medeiros. "INFERENCIAS SOBRE LA LEY BRASILERA DE DELITOS AMBIENTALES EN COMPARACIÓN CON EL CÓDIGO PENAL COLOMBIANO." Veredas do Direito: Direito Ambiental e Desenvolvimento Sustentável 14, no. 28 (June 7, 2017): 221–49. http://dx.doi.org/10.18623/rvd.v14i28.957.

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Abstract:
Los asuntos ambientales no tienen fronteras; implican la comprensión e interpretación de las normas ambientales en los diferentes países y culturas existentes. El objetivo de esta investigación fue analizar las convergencias y divergencias interpretativas de las normas penales ambientales de Brasil y Colombia, por medio de un estudio comparativo entre la Ley de Delitos Ambientales de Brasil y el Código Penal Colombiano. Los artículos científicos sobre derecho penal ambiental de los dos países fueron consultados en sitios de internet especializados; en las páginas oficiales gubernamentales se consultó la legislación, se usó como criterio transversal la actualización y vigencia de las mismas. Dentro de los resultados significativos se encontraron temas como la culpa, la autoría y el concurso de personas en los delitos, la responsabilidad administrativa, el daño a la propiedad ajena como agravante, la pericia ambiental, la responsabilidad de la persona jurídica, la profundidad al describir algunas características ambientales, además de temas comunes entre las dos normas. Se concluyó que la norma brasilera es más específica al abordar las cuestiones ambientales, proporcionando así una cobertura más eficiente en la penalización de delitos ambientales con relación al Código Penal Colombiano.
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