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1

Vega Lugo, Noemi, Rosa Maria Labra Andrade, and Pedro Alfonso Ramos Sánchez. "Derecho Económico." Boletín Científico de las Ciencias Económico Administrativas del ICEA 8, no. 15 (2019): 52–53. http://dx.doi.org/10.29057/icea.v8i15.4723.

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Abstract:
Partiendo del concepto general de Derecho como lo justo o recto, se puede hablar del Derecho Económico como aquella rama jurídica dirigida a priorizar todas aquellas actividades que generan productividad, es decir, busca garantizar el desarrollo nacional y que este sea sustentable e integral para beneficio de un país.
 Este Derecho permite al Estado sentar las bases para poseer un poder regulador eficiente, dentro de reglamentos previamente establecidos y cuyos intereses económicos a nivel nacional e internacional y del sector privado no se vean afectados. Estos aspectos se clarifican dentro de la obra titulada Derecho Económico, donde en diez unidades y dos anexos se describen temas relevantes para ser aplicados en ámbitos como el turismo, economía y el comercio internacional, entre otros.
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2

Zúñiga Ortega, Alejandra Verónica. "Aspectos económico-constitucionales de los DESC y los derechos civiles y políticos en México." Estudios de Deusto 63, no. 2 (2015): 283. http://dx.doi.org/10.18543/ed-63(2)-2015pp283-293.

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Abstract:
La vinculación entre el derecho constitucional económico mexicano y los derechos económicos, sociales, culturales, civiles y políticos, se visualiza en el Plan Nacional de Desarrollo, que a su vez se liga con una función económica estatal, así como, en el carácter patrimonial que comparten los mencionados derechos para su efectividad, atributo que se deriva de la aplicación de la teoría de los derechos fundamentales de Robert Alexy, concretamente desde la perspectiva de los derechos a algo frente al Estado según su objeto, tema central del presente escrito.
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3

Sánchez González, Ignacio Antonio. "Derecho internacional económico y derecho interno." Latin American Journal of Trade Policy 4, no. 10 (2021): 78. http://dx.doi.org/10.5354/0719-9368.2021.64599.

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Abstract:
En el presente artículo se realiza un análisis jurídico a la Comisión Nacional Encargada de Investigar la Existencia de Distorsiones en el Precio de Mercaderías Importadas, denominada frecuentemente como “Comisión Antidistorsiones”. Esta Comisión fue establecida mediante la Ley N° 18.525 de 1986, y, tras diversas modificaciones legales, da cumplimiento a las obligaciones internacionales que Chile ha contraído en el Acuerdo de Marrakech de 1994., y cuatro de sus anexos, respecto a prácticas que puedan tener efectos negativos en el comercio internacional, y en último término, perjuicios en la producción y en consumidores locales. Para ello, en primer lugar, se sientan las bases teóricas sobre la relación entre el Derecho Internacional y el derecho interno, con especial atención en esta especifica rama del ordenamiento jurídico internacional, el Derecho Internacional Económico. Luego, se aborda brevemente el sistema multilateral de comercio y las reglas derivadas de la Organización Mundial del Comercio para contextualizar el tópico investigado. Finalmente, se procede a analizar la integración, eficacia y consecuencias de las decisiones de la Comisión, teniendo a la vista para ello la normativa administrativa y procesal atingente y sus procesos impugnatorios, con el fin de dilucidar de manera integral el nivel de cumplimiento que da Chile a la normativa internacional en esta materia.
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4

Von Bogdandy, Armin. "Entrevista a Armin von Bogdandy." Derechos en Acción 18, no. 18 (2021): 498. http://dx.doi.org/10.24215/25251678e498.

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Abstract:
Se entrevista a Armin von Bogdandy, quien es un jurista alemán. Es director del Instituto Max Planck de Derecho Público Comparado y Derecho Internacional de Heidelberg (Alemania) y profesor de Derecho Público, Derecho Europeo y Derecho Internacional y Económico en la Universidad Goethe de Fráncfort (Alemania). Entre otros galardones, recibió el premio de la Academia de Ciencias de Berlín-Brandeburgo por sus destacados logros científicos en el campo de los fundamentos jurídicos y económicos en 2008, el premio Gottfried Wilhelm Leibniz en 2014 y el “Mazo” de la Corte Interamericana de Derechos Humanos en 2015. Es presidente del Tribunal Europeo de Energía Nuclear.
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Tolosa Villabona, Luis Armando. "De los principios del Derecho Obligacional y Contractual contemporáneo." Estudios Socio-Jurídicos 19, no. 2 (2017): 13. http://dx.doi.org/10.12804/revistas.urosario.edu.co/sociojuridicos/a.5701.

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Abstract:
Este artículo se ocupa del análisis de algunos principios hermenéuticos esenciales cuyo alcance normativo define el ejercicio racional de las relaciones obligatorias y, por consecuencia, las contractuales, así como las extrancontractuales, en un mundo globalizado. El análisis está construido desde una visión constitucionalista del derecho privado que enarbola los postulados del Estado Constitucional y Social de Derecho y el avance del Derecho internacional en la regulación de las operaciones económicas y comerciales. Estos principios constituyen un marco jurídico esencial para garantizar el equilibrio y la equidad en las relaciones económicas, evitando los excesos de los grupos económicos fuertes o de los sujetos del vínculo obligacional o contractual situados en posición dominante o de preeminencia sobre el otro, abogando por un equilibrio contractual real, favoreciendo la protección de los derechos del consumidor en la totalidad del ciclo económico, en un contexto de aprovechamiento racional de los recursos naturales en forma incluyente, solidaria y humanizada.
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Larrazabal Basañez, Santiago. "Constitución Económica, Democracia Social, Innovación y Cultura Económica del Cooperativismo Vasco." Boletín de la Asociación Internacional de Derecho Cooperativo, no. 43 (December 31, 2009): 179. http://dx.doi.org/10.18543/baidc-43-2009pp179-191.

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Abstract:
<p>El autor defiende que en el estudio del derecho constitucional se preste más atención a la parte que en casi todas las Constituciones recoge el modelo económico, los principios rectores de la política social y económica y los derechos económicos y sociales, para ir más allá de una democracia formal y avanzar hacia una democracia material. Para ello, se fija en los valores y en la cultura económica del movimiento cooperativo y propugna inspirarse en ellos para innovar y buscar un modelo económico y social más justo, que nos permita salir de la crisis en la que estamos sumidos. Finalmente, plantea algunas cuestiones relativas a la innovación en el contexto concreto del cooperativismo vasco.</p><p><strong>Recibido</strong>: 06.07.2009<br /><strong>Aceptado</strong>: 08.07.2009</p>
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Colchado Bolívar, Miriam Valentina. "El Derecho Penal económico." LEX - REVISTA DE LA FACULTAD DE DERECHO Y CIENCIAS POLÍTICAS 2, no. 2 (2020): 76. http://dx.doi.org/10.21503/lex.v2i2.1914.

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8

PULIDO, YEISON, WENDY BELLO, and LAURA MANCIPE. "ANALISIS ECONÓMICO DEL DERECHO." Pensamiento Republicano 11 (July 31, 2019): 107–25. http://dx.doi.org/10.21017/pen.repub.2019.n11.a59.

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Abstract:
Economic law incorporates the normative and principles framework that surrounds the various activities where legal foundation is required, due to legal order and reference when the economic agents or sectors know the legal framework that characterizes the action of the companies. The legal stipulation detached from economic law has reached its limit, since circumstances continue to appear that are not contemplated and that are conceived as atypical, little illustrative appreciation of the reality that companies that in no case are prescribed or confined have in front. One of the legal theories created in recent decades is the economic analysis of Law: the legal phenomena explained from the Economy. For his avant-garde, he had more critics than followers. In fact, it has not been accepted for basic education in law schools.
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9

Forero Hernández, Carlos Ferney. "El régimen jurídico de las empresas industriales y/o comerciales del Estado, ¿derecho administrativo o derecho económico?" Revista de la Facultad de Derecho y Ciencias Políticas 51, no. 134 (2021): 52–82. http://dx.doi.org/10.18566/rfdcp.v51n134.a03.

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Abstract:
En la academia se ha discutido con frecuencia respecto de si el régimen jurídico de las empresas industriales o comerciales del Estado es derecho administrativo; algunos consideran que no lo es, en la medida en que estas empresas son creadas como modalidades de intervención del Estado en la economía y, por ende, correspondería con el derecho económico, mientras que otros consideran que es derecho administrativo, por formar parte del campo de estudio de la rama ejecutiva del poder público. De esta manera, el objeto de este texto es diferenciar a la comunidad académica sobre la conveniencia de hablar de derecho económico, y no de derecho administrativo, cuando hacemos referencia al régimen jurídico de las empresas industriales y/o comerciales del Estado. Entendiendo por derecho económico como el derecho de la dirección e intervención del Estado en la economía. Aceptar que su régimen es derecho económico implica aplicar el Análisis Económico del Derecho (AED) que es una herramienta que propende por la eficiencia en las actividades económicas. Este tema tiene un enfoque interdisciplinar que vincula el derecho y la economía.
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Franco Mongua, Javier Francisco, and Jaime Alberto Manrique Rodríguez. "LA CONSTITUCIÓN Y EL PROBLEMA DE LA AGENCIA EN LAS SOCIEDADES DE CAPITAL CONCENTRADO DESDE EL ANÁLISIS ECONÓMICO DEL DERECHO." Revista Prolegómenos Derechos y Valores 18, no. 36 (2015): 135. http://dx.doi.org/10.18359/dere.938.

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Abstract:
<p>Las normas jurídicas en materia societaria regulan la estructura de las sociedades comerciales de capital concentrado y las sociedades comerciales de capital difuso, de las cuales se desprenden problemas de agencia, que no solo deben estudiarse descriptiva y analíticamente desde el derecho, sino, también, desde el análisis económico del derecho. Pues dichos problemas de agencia son un factor categórico en la posible apertura de los procesos de reorganización o liquidación, siendo que deban ser tratados desde un enfoque de la eficiencia económica. Dentro de las dificultades económicas de las empresas, es ineludible reducir los inconvenientes de la agencia, como elemento determinante de aquellas. Los contratiempos de la agencia son clave en la generación de problemas económicos de las empresas y su posible ingreso a procesos de reorganización o liquidación, siendo que este hecho se puede evitar en virtud de la eficiencia económica.</p>
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Goldman, Diego H. "Análisis Económico del Derecho penal y Derecho penal liberal: confluencias y bifurcaciones." Derecho Penal y Criminología 38, no. 104 (2017): 13–74. http://dx.doi.org/10.18601/01210483.v38n104.02.

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Abstract:
No todo análisis económico lleva necesariamente a un Derecho penal maximalista que amenaza los derechos fundamentales de los individuos, sino que, por el contrario, es posible encontrar en la ciencia económica enfoques perfectamente compatibles con las corrientes más liberales del pensamiento penal. Este trabajo se propone hacer un estudio crítico de la teoría económica usualmente asociada al AED Penal, de sus implicancias prácticas y sus presupuestos teleológicos. La crítica partirá de una mirada abiertamente liberal, que defiende las ideas y valores que a lo largo de los siglos han expresado pensadores tan diversos como Adam Smith, Friedrich Von Hayek, Robert Nozick o Juan Bautista Alberdi.
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Antay Bolaños, Antonio. "La importancia del derecho a la información en las relaciones de consumo." LEX ORBIS / Revista de derecho de la Universidad César Vallejo 1, no. 2 (2018): 31–37. http://dx.doi.org/10.18050/lexorbis.v1i2.2188.

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Abstract:
Para el buen funcionamiento del modelo económico de Economía Social de Mercado adoptado por el Perú, es importante que se cumplan ciertos presupuestos. Así, la información sobre los productos y servicios ofrecidos en el mercado van a permitir que los consumidores puedan elegir libremente los de su preferencia, lo que alentará a que los agentes económicos compitan para captar sus preferencias, reduciéndose así, los costos de transacción, tendiendo a hacer más eficientes las relaciones de consumo, todo ello en el marco de desarrollo de la Constitución Económica y del ejercicio de la ciudadanía económica.
 PALABRAS CLAVE: Derecho del consumidor; derecho a la información; ciudadanía económica; Constitución económica.
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Alarcón Portugal, Waldyr Wilfredo. "EL TERRITORIO COMUNAL COMO EXTERNALIDAD ECONÓMICA Y LA SEGURIDAD JURÍDICA EN LOS ACTOS DE DISPOSICIÓN DE LA PROPIEDAD EN LAS COMUNIDADES CAMPESINAS DE PUNO." REVISTA DE DERECHO 3, no. 1 (2020): 85–101. http://dx.doi.org/10.47712/rd.2018.v3i1.18.

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Abstract:
El presente trabajo de investigación intitulado EL TERRITORIO COMUNAL COMO EXTERNALIDAD ECONÓMICA Y LA SEGURIDAD JURÍDICA EN LOS ACTOS DE DISPOSICIÓN DE LA PROPIEDAD EN LAS COMUNIDADES CAMPESINAS DEL DEPARTAMENTO DE PUNO, fue realizado para identificar al territorio comunal como externalidad y surge como consecuencia de que algunas comunidades se encuentran parceladas de hecho, avalados por actos jurídicos nulos generalmente escriturados y sobre posiciones entre el plano individual y comunal en losRegistros Públicos, consecuentemente ello afecta a las pretensiones económicas y limita los derechos del adquiriente, al no poder acceder a la inscripción registral. Al apreciar talfenómeno jurídico social, utilizamos al análisis económico del derecho como herramienta o metodología que es aplicada, a estos problemas de carácter jurídico, mediante principios yconceptos de orden económico. Esta metodología es aplicada junto con la Teoría de la Elección Pública materializada en una política pública como ciencia y arte de gobernar. Con lafinalidad de conseguir seguridad Jurídica y predictibilidad, ya que la informalidad impide a los países tercermundistas como el nuestro beneficiarse del capitalismo cayendo en la incapacidad de producir capital. El objetivo fundamental de ésta investigación es formular las bases argumentativas para una reforma del marco normativo del territorio comunal y reforzarla seguridad jurídica como valor económico de la propiedad inscrita. A la luz de los principios del Análisis de Económico del Derecho, que es en buena cuenta, el análisis económico de las Instituciones legales se ha determinado que el Territorio Comunal se constituye en una externalidad económica que afecta directamente al comunero y que esta situación ameritareformas normativas inmediatas, que como políticas públicas el gobierno debe implementar.
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Barranco Avilés, María del Carmen. "Mujer y derechos económicos, sociales y culturales." LEX 9, no. 8 (2014): 17. http://dx.doi.org/10.21503/lex.v9i8.393.

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Abstract:
El objetivo del presente trabajo es analizar algunos de los más importantes aspectos relacionados con la necesidad de incorporar efectivamente a la mujer como sujeto de derecho en los ámbitos económico, social y cultural. Para ello, se ha considerado como eje esencial la necesidad de incorporar los derechos económicos, sociales y culturales al corpus general de los derechos humanos, al mismo tiempo de resaltar su aplicación y respeto como instrumentos de desarrollo en las sociedades modernas.Palabras clave: derechos de la mujer, derechos económicos, derechos sociales, derechos culturales.
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Aráuz Ulloa, Ismael, and María Asunción Moreno Castillo. "La delincuencia económica." Encuentro, no. 57 (April 30, 2001): 38–51. http://dx.doi.org/10.5377/encuentro.v0i57.4018.

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Abstract:
Este estudio tiene como objetivo presentar algunas Consideraciones especiales sobre la llamada "criminalidad económica", los factores que Contribuyen a Su desarrollo y las diferentes teorías doctrinales que tratan de explicar su naturaleza desde distintos puntos de vista -psicológico, social. Se presentan, además, algunos conceptos sobre la nueva rama del derecho denominada "Derecho Penal Económico", manejados tanto en la doctrina alemana como en la española, y los criterios diferenciadores entre delitos patrimoniales y delitos económicos. Finalmente se muestran algunas consideraciones criminológicas y de política criminal.
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Hernández Díaz, Carlos Arturo, and Javier Francisco Franco Mongua. "Pensiones de altos funcionarios en la jurisprudencia constitucional: sostenibilidad financiera." Prolegómenos 17, no. 33 (2014): 77. http://dx.doi.org/10.18359/dere.790.

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Abstract:
<p>El régimen pensional de los altos funcionarios del Estado, considerado como especial, ha generado insostenibilidad financiera hasta antes del 2013. Tiempo en el que se adopta una visión más garantista de los derechos de igualdad, equidad, solidaridad y equilibrio financiero del sistema general de pensiones, típico de una posición del Análisis Económico del Derecho (AED). Entonces, el estudio de las decisiones jurisprudenciales respecto del sistema especial de pensiones de los altos funcionarios, en el marco de las herramientas económicas, es el claro ejemplo para decisiones posteriores que busquen la eficiencia jurídica y económica de los sistemas normativos.</p>
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Mora Bernal, Adriana, Ximena Ron Erráez, Javier Avila Larrea, and Marcela Sánchez. "Los retos del derecho al trabajo y al ocio de las mujeres en Ecuador." Revista Latinoamericana de Derecho Social 1, no. 33 (2021): 41. http://dx.doi.org/10.22201/iij.24487899e.2021.33.16323.

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Abstract:
El presente artículo se propone analizar la desigualdad que sufren las mujeres en el ejercicio de los derechos humanos al trabajo y al ocio en el Ecuador. En cuanto a la metodología, la presente investigación utilizó el análisis económico del derecho, pretendiendo determinar los efectos del ejercicio del derecho al trabajo y al ocio por parte de las mujeres. El estudio se centró en estos derechos sobre la base de información disponible en el Instituto Nacional de Estadísticas y Censos y el Índice Global sobre Brechas de Género del Foro Económico Mundial. Con estos datos se evidenció la situación de desigualdad de las mujeres respecto a salarios, empleo pleno, desempleo y ocio en el Ecuador, a pesar de contar con normas internacionales y nacionales que protegen sus derechos fundamentales. Situación que se muestra mucho más compleja con la llegada de la pandemia, pero que a su vez trae el desafío por parte de los Estados a generar empleo tomando en cuenta los aspectos económicos y ambientales.
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Leyva Estupiñán, Manuel Alberto, Arlín Pérez Durarte, Larisbel Lugo Arteaga, and Ana María Infante Almaguer. "Contratación económica y Derecho penal: una frágil línea en el escenario económico actual." Derecho Penal y Criminología 38, no. 105 (2018): 13–36. http://dx.doi.org/10.18601/01210483.v38n105.02.

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Abstract:
El artículo analiza las relaciones existentes entre los procesos de contratación económica y el Derecho penal. Es el producto de una investigación doctoral. En la misma se valoran algunas de las características de los procesos de negociación de contratos económicos y cómo puede surgir una relación jurídico penal. Entre los elementos fundamentales para determinar la presencia de ilícitos penales está la determinación del tipo de dolo y la existencia o no del llamado riesgo permitido. Se realizan algunas valoraciones pertenecientes a la dogmática penal y al Derecho de contratos. Entre los aspectos que se analizan está la búsqueda de argumentos doctrinales para la solución de conflictos mediante vías distintas al Derecho penal. Resulta necesario que esta materia sea realmente un Derecho de última ratio.
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Gibson, Enrique Aimone, and Adolfo Silva Walbaum. "La noción de derecho económico." Revista de derecho (Valparaíso), no. 44 (July 2015): 387–420. http://dx.doi.org/10.4067/s0718-68512015000100012.

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ESPINOZA RIEGA, JORGE DAVID. "EL ANÁLISIS ECONÓMICO DEL DERECHO." SCIENTIARVM 1, no. 1 (2015): 3–7. http://dx.doi.org/10.26696/sci.epg.0097.

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Lamas Puccio, Luis. "Introducción al derecho penal económico." Derecho PUCP, no. 41 (December 1, 1987): 291–303. http://dx.doi.org/10.18800/derechopucp.198701.010.

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Samario Hernández, Oscar. "Mundialización; Economía, Derecho y Competencia Imperfecta." Advocatus, no. 31 (November 12, 2018): 55–92. http://dx.doi.org/10.18041/0124-0102/a.31.5222.

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Abstract:
Conceptualizar a la Ciencia Jurídica amalgamada con la economía dentro del concepto de la Mundialización, requiere establecer un parámetro multidisciplinario dentro de un campo de la investigación, como se propone en el presente artículo, con el objetivo de darle realce a ambos conceptos. La evolución social obliga al Derecho Económico a desarrollarse vertiginosamente, las grandes corporaciones con gran crecimiento económico presentan prácticas competitivas imperfectas en términos de teoría económica que las instituciones reguladoras en México no logran controlar, en el poder sustancial del mercado. El orden jurídico mexicano está obligado a legislar en materia de Derecho de la Competencia para contar con las herramientas jurídicas aplicables,
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Gamero Casado, Eduardo. "Notas de jurisprudencia.- Tribunal Supremo." Revista Andaluza de Administración Pública, no. 99 (September 1, 2017): 187–213. http://dx.doi.org/10.46735/raap.n99.59.

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Abstract:
SUMARIO:
 I. ACTO ADMINISTRATIVO V. COMUNIDADES AUTÓNOMAS VII. CORPORACIONES DE DERECHO PÚBLICO IX. DERECHO ADMINISTRATIVO ECONÓMICO XI. DERECHOS FUNDAMENTALES Y LIBERTADES XV. JURISDICCIÓN CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVA XVIII. PERSONAL
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Mira Olano, Luz Elena, and Jahir Alexander Gutiérrez Ossa. "Triangulación jurídica, económica y social del delito ambiental frente a la estrategia legal, la jurimetría y el litigio estratégico desde el derecho ambiental en colombia." Precedente. Revista Jurídica 11 (December 1, 2017): 11. http://dx.doi.org/10.18046/prec.v11.2620.

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Abstract:
La triangulación jurídica, económica y social del delito ambiental frente a la estrategia legal, la jurimetría y el litigio estratégico desde el derecho ambiental centra el interés de acercar propuestas sobre el debate sembrado en dichos temas en Colombia. Es imperante allanar el equilibrio entre las partes, dado que les asiste el debido proceso, la debida diligencia, como garantía de los derechos colectivos. El método de investigación parte del diseño no experimental, con el que se consideran experiencias relacionadas; a su vez, la metodología parte del análisis económico del derecho, desde el que se analizan las decisiones de los involucrados. El enfoque del artículo se basa en el análisis neoinstitucional, desde el que se combinan las pretensiones individuales, colectivas y sociales.El primer componente del artículo está orientado a evaluar la perspectiva que se tiene de la triada jurídica, económica y social frente al delito ambiental. El segundo bloque corresponde al papel que cumplen la estrategia legal, la jurimetría y el litigio estratégico desde el derecho ambiental; el tercer componente está dirigido a concebir la base de análisis, evaluación y seguimiento que debe arropar a los temas complejos que se derivan de los derechos y delitos ambientales, en aras de tener respuesta desde los agentes estatales, sujetos económicos y actores sociales, y, por último, la perspectiva frente al desarrollo temático de los documentos del módulo de derecho ambiental. No basta elevar a delito dichas conductas, dado que la injerencia humana en los bienes de uso público, el medio ambiente y los recursos naturales exigen una revisión sistémica.
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Tirado Acero, Misael, and Juan Camilo Bedoya Chavarriaga. "Análisis económico del derecho aplicado a la enseñanza del Derecho." Civilizar 18, no. 34 (2018): 13–32. http://dx.doi.org/10.22518/usergioa/jour/ccsh/2018.1/a01.

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Abstract:
El Análisis Económico del Derecho Aplicado a la Enseñanza del Derecho (AED) se erige en las facultades de derecho, particularmente en el área investigativa, como una importante herramienta para el abordaje, transformación y comprensión de las estructuras jurídicas en términos de eficacia económica, constituyendo poco más que una aplicación de los métodos y conceptos propios de la economía, con la finalidad de analizar las instituciones jurídicas, es decir, desde los efectos de la norma en la sociedad, más que de la creación o su relación con la justicia. Dentro de las herramientas que ha tomado prestadas el derecho de la economía se encuentra la teoría de juegos, cuyo mayor atractivo reside en la posibilidad de ser aplicada al comportamiento de los individuos que interactúan en una sociedad con fines prescriptivos, en concordancia con lo cual el presente texto evidencia la utilidad de esta herramienta al interior de los procesos educativos del derecho, como mecanismo para mejorar la comprensión de las instituciones jurídicas, su funcionalidad y su importancia a nivel social.
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Cázares Sánchez, Cristina. "EL DERECHO ECONÓMICO, REGULADOR DEL ABUSO DEL PODER ECONÓMICO: HACIA UNA REGULACIÓN DEL MERCADO ALIMENTARIO NACIONAL." Revista de la Facultad de Derecho de México 62, no. 258 (2017): 229. http://dx.doi.org/10.22201/fder.24488933e.2012.258.60730.

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Abstract:
El cambio de circunstancias globales ocasionan con mayor frecuencia escenarios de crisis alimentarias en nuestro país. Los daños al Mercado alimentario nacional afectan a la economía nacional elevando los precios al consumidor y violando los derechos de protección al consumidor. El Derecho Económico como instrumento metodológico para mejorar la calidad de vida y desarrollo humano debe regular anticipadamente en base al principio de precaución o prudencia los efectos nocivos al mercado nacional.
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Perrone, Nicolás Marcelo. "¿Un espacio para pensar alternativas? La academia latinoamericana de derecho internacional económico frente al orden económico global." Revista Derecho del Estado, no. 36 (July 28, 2016): 199. http://dx.doi.org/10.18601/01229893.n36.07.

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Abstract:
Esta contribución tiene por objetivo analizar el rol de la academia latinoamericana de derecho internacional económico frente al orden económico global. Gran parte de los problemas que hoy sufren los latinoamericanos se vincula a la globalización económica. Condiciones laborales, acceso a medicamentos, uso de recursos naturales, entre otros, están íntimamente ligados al orden económico global. En el debate sobre estos problemas, no obstante, pocas veces se reconoce el rol fundamental que tiene la academia de derecho internacional económico. Si bien es cierto que el conocimiento articulado por la academia no es suficiente para explicar por qué los Estados actúan de cierta forma, quizás sea suficiente para entender por qué no actúan de otra manera. En este marco, el argumento central de esta contribución es que la academia de derecho internacional económico tiene un rol clave en la creación y reproducción del actual orden económico global. Si esto es correcto, la academia regional puede hacer más por Latinoamérica que servir de apoyo a las necesidades estatales, tanto de asesoría como de defensa de sus intereses en controversias legales. Al tomar conciencia de su rol constitutivo del orden económico global, la academia regional puede ser un medio fundamental para articular alternativas que permitan a Latinoamérica y su población encontrar su lugar en la globalización.
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Rivero Ysern, José Luis. "Notas de jurisprudencia.- Tribunal Superior de Justicia de Andalucía." Revista Andaluza de Administración Pública, no. 51 (July 1, 2003): 191–218. http://dx.doi.org/10.46735/raap.n51.20.

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Abstract:
SUMARIO:I. ACTO ADMINISTRATIVO.II. ADMINISTRACIÓN LOCAL.III. ADMINISTRACIÓN PÚBLICA.V. COMUNIDADES AUTÓNOMAS. VI.CONTRATOS. IX. DERECHO ADMINISTRATIVO. ECONÓMICO. X. DERECHO ADMINISTRATIVO SANCIONADOR.XI. DERECHOS FUNDAMENTALES Y LIBERTADES. XII. EXPROPIACIÓN FORZOSA. XIII. FUENTES. XIV. HACIENDA PÚBLICA. XV. JURISDICCIÓN CONTENCIOSO ADMINISTRATIVA. XIX. PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO. XXII. URBANISMO Y VIVIENDA.
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Marrades Puig, Ana. "Diseñando un nuevo modelo económico: propuestas desde el derecho constitucional y la economía feminista sobre el cuidado y la igualdad frente a la crisis COVID-19." Igualdades, no. 3 (December 17, 2020): 379–402. http://dx.doi.org/10.18042/cepc/igdes.3.04.

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Abstract:
La crisis provocada por la pandemia COVID-19 ha puesto de manifiesto las debilidades del sistema económico, sanitario y de cuidados. Ha supuesto también un punto de inflexión para replantearnos un cambio cultural —que ya se estaba fraguando y que ahora deviene más necesario que nunca, acompañado de cambios en el modelo económico y de nuevas formas de diseñar las políticas públicas— que reorganice el sistema de valores que rigen en nuestra sociedad, resituando el valor del cuidado y la atención a las personas por encima de otros intereses económicos. Este trabajo pretende, por un lado, reflexionar sobre la necesidad de entender la economía desde otros enfoques, teniendo como fundamento la universalización de los derechos fundamentales y la acción del derecho inspirada en la ética del cuidado, de la igualdad y de la solidaridad, y por otro, ofrecer propuestas desde la economía feminista y el derecho constitucional para afrontar la nueva era post COVID-19.
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Gamero Casado, Eduardo. "Notas de jurisprudencia.- Tribunal Supremo." Revista Andaluza de Administración Pública, no. 108 (July 21, 2021): 253–89. http://dx.doi.org/10.46735/raap.n108.1242.

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Abstract:
SUMARIO:
 II. ADMINISTRACIÓN LOCALVI. CONTRATOSVIII. CULTURA, EDUCACIÓN, DEPORTE, PATRIMONIO HISTÓRICOIX. DERECHO ADMINISTRATIVO ECONÓMICO X. DERECHO ADMINISTRATIVO SANCIONADORXI. DERECHOS FUNDAMENTALES Y LIBERTADESXII. EXPROPIACIÓN FORZOSAXIII. FUENTE XV. JURISDICIÓN CONTENCIOSO ADMINISTRATIVAXVI. MEDIO AMBIENTEXVIII. PERSONALXIX. PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVOXX. RESPONSABILIDAD PATRIMONIALXXI. SALUD Y SERVICIOS SOCIALES.XXII. URBANISMO Y VIVIENDA
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Rivero Ysern, José Luis. "Notas de jurisprudencia.- Tribunal Superior de Justicia de Andalucía." Revista Andaluza de Administración Pública, no. 96 (December 31, 2016): 271–334. http://dx.doi.org/10.46735/raap.n96.127.

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Bello Rengifo, Carlos Simon. "Derecho Penal Económico venezolano: bases constitucionales." Ars Boni et Aequi 14, no. 2 (2019): 167–210. http://dx.doi.org/10.23854/07192568.2018142bello167.

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Barbero, Andrea. "Introducción al análisis económico del derecho." Estudios económicos 31, no. 63 (2014): 107–10. http://dx.doi.org/10.52292/j.estudecon.2014.745.

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Alvarez del Castillo Cárdenas, Patricia Alexandra, María Dinorah Herrero Pérezrul, Héctor Reyes Bonilla, and Amílcar Leví Cupul Magaña. "Valoración económica por servicios ambientales de recreación, el caso del buceo autónomo y esnórquel en el Parque Nacional Cabo Pulmo." El Periplo Sustentable, no. 39 (June 2, 2021): 410. http://dx.doi.org/10.36677/elperiplo.v0i39.11494.

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Abstract:
Las actividades de buceo recreativo en Áreas Naturales Protegidas (ANP) se consideran como alternativas productivas que generan bajo impacto sobre los recursos naturales, así como beneficios económicos para las comunidades locales. El objetivo de este trabajo es describir los patrones de afluencia turística de las actividades de buceo autónomo y esnórquel durante el 2015, así como realizar una valoración económica por uso directo mediante el análisis comparativo del ingreso generado por pago de derechos de los visitantes al Parque Nacional Cabo Pulmo (PNCP), en relación con el beneficio económico que aportan las actividades de esnórquel y buceo autónomo en el mismo año dentro del Parque Nacional. El análisis se hizo con base en el costo promedio (en dólares estadounidenses) de cada actividad y el valor establecido, como el pago de derechos de cada visitante, los datos fueron obtenidos de las bitácoras de tour operadores y de la Comisión Nacional de Áreas Naturales Protegidas (CONANP). Durante el 2015 se registraron 11 671 visitantes que practicaron buceo autónomo y esnórquel, mismos que generaron a la sociedad un beneficio económico de $1’030,180 USD vs. $45,566.87 USD correspondientes al ingreso generado por pago de derecho de visitantes. Los resultados muestran que el ingreso obtenido para acciones de manejo en el Parque Nacional fue equivalente a tan sólo el 4,5% del beneficio económico obtenido para los habitantes locales por el servicio de recreación. En conclusión, es necesario generar estrategias bioeconómicas que favorezcan el recaudo de ingresos que apoyen el financiamiento de las acciones de manejo del PNCP y no sólo el beneficio económico para la sociedad.
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López González, José Ignacio. "Notas de jurisprudencia.- Tribunal Supremo." Revista Andaluza de Administración Pública, no. 51 (July 1, 2003): 165–90. http://dx.doi.org/10.46735/raap.n51.17.

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Abstract:
SUMARIO: I. ACTO ADMINISTRATIVO. II. ADMINISTRACIÓN LOCAL.III. ADMINISTRACIÓN PÚBLICA. V. COMUNIDADES AUTÓNOMAS. VI.CONTRATOS. IX. DERECHO ADMINISTRATIVO. ECONÓMICO. X. DERECHO ADMINISTRATIVO SANCIONADOR.XI. DERECHOS FUNDAMENTALES Y LIBERTADES. XII. EXPROPIACIÓN FORZOSA. XIII. FUENTES. XIV. HACIENDA PÚBLICA. XV. JURISDICCIÓN CONTENCIOSO ADMINISTRATIVA. XIX. PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO. XXII. URBANISMO Y VIVIENDA.
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GOLDMAN, DIEGO HERNÁN. "DELITOS ECONÓMICOS: EN BUSCA DE LA SANCIÓN EFICIENTE." YachaQ Revista de Derecho, no. 11 (July 31, 2020): 23–39. http://dx.doi.org/10.51343/yq.vi11.359.

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Abstract:
El objetivo del sistema penal en un Estado de Derecho no es reemplazar la venganza privada, sino prevenir el delito. Sin embargo, esa prevención también debe estar sujeta a principios de racionalidad y proporcionalidad y no puede perseguirse a cualquier precio, dado que en ocasiones el sistema penal puede resultar para la sociedad más costoso que el delito mismo. El análisis económico del derecho brinda herramientas para procurar un sistema penal que contribuya a la maximización del bienestar de la sociedad, optimizando la utilización de los distintos tipos de pena como mecanismo de prevencióndel delito. En este trabajo efectuaremos un repaso en relación a la aplicación del análisis económico al derecho penal, con especial hincapié en los delitos económicos.
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Sánchez Lara T., Carlos. "Economía política y política económica." Decires 16, no. 20 (2016): 87–102. http://dx.doi.org/10.22201/cepe.14059134e.2016.16.20.292.

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Abstract:
Este artículo plantea los fundamentos centrales y los orígenes de la Economía política como disciplina científica y los confronta con las modalidades que ha asumido el desarrollo económico durante el siglo XX, especialmente en el periodo de las dos guerras mundiales y en la etapa de la reconstrucción económica. Se acerca asimismo a una visión de lo sucedido en estos primeros años del nuevo milenio. De este modo, aborda la temática desde perspectivas disciplinarias distintas (la económica, la histórica, la política, la del derecho y la filosófica), estableciendo sus vinculaciones y fortaleciendo su carácter científico en el análisis de problemáticas sociales determinadas. Establece las vías para relacionar el pensamiento económico sobre todo con sustentos filosóficos, a fin de explicar el sentido de las políticas económicas y su impacto en el desarrollo social.
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Cely León, Jorge Enrique. "El deber de mitigar el daño a la integridad personal. Un análisis jurídico económico." Con-texto, no. 53 (January 29, 2021): 19–56. http://dx.doi.org/10.18601/01236458.n53.03.

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Abstract:
Este documento tiene el objetivo de realizar un análisis jurídico económico para el problema que plantea el deber de mitigar el daño a la integridad personal. De este modo, en un primer momento, este trabajo se ocupará de establecer la dogmática que explica a la figura de la mitigación del daño dentro del Derecho de la Responsabilidad Extracontractual, haciendo un énfasis en la perspectiva del Derecho Constitucional y del Derecho Civil. Luego, en un segundo punto, se aplicará el Análisis Económico del Derecho con el objetivo de dirimir el debate teórico que, en términos jurídicos, plantea la mitigación del daño a la integridad personal. Así las cosas, el presente estudio permitirá analizar la tensión de derechos que genera la mitigación del daño y el principio de la inviolabilidad del cuerpo humano.
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León Quiroga, Luis Fernando. "El análisis jurídico y económico institucional." Novum Jus 15, no. 1 (2021): 223–50. http://dx.doi.org/10.14718/novumjus.2021.15.1.10.

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Abstract:
El análisis de fenómenos sociales se realiza desde diferentes perspectivas: el derecho, la economía, la sociología, la política, la psicología, entre otras disciplinas. Cada una, con una metodología o forma de aproximación más o menos diferenciada para aprehender alguna de sus dimensiones. El propósito de este proyecto es evaluar la conveniencia de adoptar una aproximación interdisciplinaria de economía y derecho, con un enfoque neoinstitucionalista, para analizar un fenómeno social complejo. Con todo, busco justificar la implementación del análisis jurídico y económico (AJE) en lugar del análisis económico del derecho (AED). La diferencia principal yace en que el AED es una disciplina aplicada propiamente desde la economía y el AJE comprende la implementación paritaria de estas dos disciplinas con menor rigurosidad, pero mayor alcance. Para avanzar en esta proposición, se abordará brevemente la noción de propiedad a partir de las herramientas del análisis institucional y de la teoría jurídica moderna de sistemas. Como resultado, fue posible hacer un esquema comprensivo de las diferentes dimensiones de la propiedad en la ciencia económica y la ciencia jurídica, y así justificar el uso del análisis jurídico y económico.
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Plazas Gómez, Clara Viviana, and Diego Mauricio Moreno Guzmán. "Impacto económico de las acciones de tutela en salud en Colombia." Vniversitas 66, no. 135 (2017): 325. http://dx.doi.org/10.11144/javeriana.vj135.ieat.

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Abstract:
Con la Constitución Política de 1991 en Colombia se adoptó el modelo político de Estado social de Derecho y el reconocimiento de los derechos fundamentales o derechos sociales. Este artículo tiene por objetivo, revisar y analizar como el uso de la acción de tutela con miras a garantizar el derecho a la salud, se incrementó considerablemente durante la primera década de la vigencia de la Constitución, situación que se ha mantenido en los últimos años, como consecuencia de las falencias y debilidades del Sistema General de Seguridad Social en Salud (SGSSS) establecido por la Ley 100 de 1993. Situación que ha generado un impacto económico en las finanzas públicas, además de la división dogmática al interior del país, por lo que se conoce como activismo de la Corte Constitucional, de cara a las decisiones y órdenes impartidas, con contenido económico y presupuestal
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Gañán Echavarría, Jaime León. "Hacia un nuevo concepto de la inspección, vigilancia y control del derecho a la salud y del Sistema General de Seguridad Social en Salud en Colombia." Páginas de Seguridad Social 1, no. 1 (2017): 123. http://dx.doi.org/10.18601/25390406.n1.05.

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Abstract:
Con la entrada en vigencia de la Constitución Política de 1991, Colombia pasó a ser un Estado social de derecho; hecho que implicó plantear nuevas formas de concebir, fundamentar y garantizar los derechos. De ahí que tanto derechos como deberes constitucionales y legales se replantearan bajo nuevas concepciones de carácter social, político, económico y jurídico. En este punto, la interpretación de los derechos tuvo que trascender las nociones tradicionales, basadas principalmente en fuentes de derecho de tipo legal, para avanzar hacia un derecho fundamentado en un nuevo sistema de fuentes de derecho, en favor de la persona, la materialización de la dignidad humana y la prevalencia de los derechos inalienables. En este contexto, el derecho a la salud debe ser reinterpretado a la luz del “Bloque de Constitucionalidad” como un derecho humano fundamental, inescindible de otros derechos y deberes. Asimismo, la noción de inspección, vigilancia y control debe extenderse al propio derecho, más allá de su dimensión prestacional y reorientarse hacia su materialización integral, en pro del acceso efectivo y del goce con calidad del derecho fundamental a la salud.
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Moreno Buendía, Francisco Jesús. "Las funciones del Derecho concursal: tendencias actuales en el Derecho comparado." Inciso 23, no. 1 (2021): e1124. http://dx.doi.org/10.18634/incj.23v.1i.1124.

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Abstract:
Las crisis económicas sufridas por la mayoría de los países industrializados han removido los cimientos del Derecho concursal, especialmente en lo que atañe a sus principios y funciones elementales. En este sentido, el aumento del volumen y de la complejidad de las estructuras empresariales ha incidido notablemente en las recientes reformas del Derecho concursal, las cuales han tratado de incentivar la función conservativa de los procedimientos concursales. La tendencia actual consiste en proteger la empresa en crisis mediante su saneamiento o rehabilitación, pero este loable propósito no puede ser ajeno a un análisis económico-funcional de la solución concursal que se aplique en cada caso. 
 Las crisis económicas sufridas por la mayoría de los países industrializados han removido los cimientos del Derecho concursal, especialmente en lo que atañe a sus principios y funciones elementales. En este sentido, el aumento del volumen y de la complejidad de las estructuras empresariales ha incidido notablemente en las recientes reformas del Derecho concursal, las cuales han tratado de incentivar la función conservativa de los procedimientos concursales.
 El propósito de este artículo es analizar las dinámicas en la configuración de la función del Derecho concursal presentes en las recientes intervenciones legislativas llevadas a cabo por algunos países Europeos y Latinoamericanos. Para alcanzar dicho objetivo se sigue fundamentalmente un método analítico-descriptivo, a través del cual se justifica la relevancia interpretativa de la función del Derecho concursal, y se exponen las funciones tradicionales atribuidas al Derecho concursal y el protagonismo de la función conservativa presente en las últimas reformas concursales. A partir de ello, se realiza un análisis económico-funcional de esta tendencia, lo cual permite descubrir las tensiones existentes entre la función conservativa y la función solutoria de los procedimientos concursales. Desde esta perspectiva, se concluye sobre la necesidad de priorizar la finalidad solutoria de los procedimientos concursales, a pesar de la relevancia que actualmente se atribuye a la protección de la empresa en crisis mediante su saneamiento o rehabilitación.
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León-Gómez, Paul Sebastián. "La Pobreza como Violación de los Derechos Humanos: El Resultado de un Sistema Económico Desigual." UDA AKADEM, no. 8 (October 6, 2021): 320–41. http://dx.doi.org/10.33324/udaakadem.vi8.446.

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Abstract:
Las instituciones intergubernamentales emitieron declaraciones y tratados como un estándar común de logros para todos los pueblos y naciones, con el objetivo de proteger los derechos humanos, incluido el derecho a la salud. Sin embargo, la pobreza, que constituye el determinante social más importante de la salud, no ha sido reconocida como una violación de los derechos humanos. Este artículo argumentó que la pobreza y, por ende, la mala salud, surge de las desigualdades sociales y económicas, constituyendo una violación directa de los derechos humanos. Para ello, se examinaron los principales tratados de derechos humanos, como la Declaración Universal de Derechos Humanos (DUDH) y el Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales (ICESCR, por sus siglas en inglés) mientras se integró la bibliografía y estadísticas disponibles de artículos científicos y páginas web oficiales. La investigación mostró que las personas con escasos recursos económicos tienen menos probabilidades de acceder a servicios de salud y de participar en actividades educativas. También, el estudio indicó que uno de los principales factores que contribuyen a la pobreza son las reformas económicas impulsadas por multimillonarios y organizaciones supranacionales, las cuales, obstaculizan la promoción del bienestar común. Además, las decisiones políticas adoptadas por los países industrializados para promover conflictos armados en los países en vías de desarrollo, han hecho que la pobreza se arraigue aún más. Se concluyó que es necesario introducir reformas económicas y políticas que alivien la pobreza y disminuyan las desigualdades de ingresos, aún cuando estas vayan en contra del sistema económico.
 Palabras clave: derecho a la salud, derechos humanos, desigualdad económica, instituciones intergubernamentales, pobreza, Naciones Unidas.
 Abstract
 Intergovernmental institutions issued declarations and treaties as a common standard of achievements for all peoples and all nations. Those charters are aimed to protect human rights including the right to health. Yet, poverty, which constitutes the most important social determinant of health, is not recognized as a violation of human rights. This paper argues that poverty and, thereby, poor health emerge from income and social inequalities, which constitutes a direct violation of human rights. To that end, the study discusses major human rights declarations and treaties such as the Universal Declaration of Human Rights (UDHR), and the International Covenant on Economic, Social and Cultural Rights (ICESCR) while integrating the available literature and statistics from scientific articles and official webpages. This paper shows that poor individuals are less likely to access health services and to participate in educational, and recreational activities which constitute a direct threat towards the individual’s health. It also claims that a major contributor to poverty is the economic reforms lobbied by billionaires and supranational organizations which hinders the promotion and maintenance of the common well-being. In addition, the political decisions taken by industrialized countries to promote armed conflicts in developing states have caused poverty to develop even deeper roots in today’s international order. Therefore, there is a need for major economic and political reforms that relieves poverty and decreases inequality, even if it goes against the current economic system. 
 Keywords: economic inequality, human rights, intergovernmental institutions, poverty, right to health, United Nations.
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Alarcón Peña, Andrea. "Comentarios al subsistema constitucional económico colombiano." Criterios 3, no. 2 (2010): 19–29. http://dx.doi.org/10.21500/20115733.1933.

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Abstract:
El artículo presenta en líneas generales las particularidades del sistema constitucional económico propio de la Constitución de 1991. La primera parte expone una aproximación a las características históricas del estado social de derecho y las implicaciones que el mismo conlleva. Posteriormente se describen las características del modelo constitucional económico para poder hacer énfasis en los principios de libertad e igualdad como baluartes de las garantías constitucionales económicas.
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Fuentes Pérez, Oscar Julián, and Liana Valentina Montoya Torres. "Reseña XII Jornadas de Derecho Penal Económico." Dos mil tres mil 23 (November 25, 2021): 1–7. http://dx.doi.org/10.35707/dostresmil/23320.

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Abstract:
El 9 de septiembre de 2020 se llevaron a cabo en forma virtual las XII Jornadas de Derecho Penal Económico de la Universidad de Ibagué, las cuales contaron con la intervención de destacados panelistas, orgullosamente en su mayoría docentes de esta Universidad. En este evento se abordaron temas de amplia discusión y vivo debate, como el uso del derecho administrativo sancionador en la represión de conductas atentatorias del orden económico social, la organización de la triada Estado, tributación y derecho, y la ubicación de tipos penales de orden tributario dentro del Código Penal.
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Gonsálvez, Carmen Mingorance, and Claúdia Sofia Antunes Martins. "Régimen Económico Matrimonial en el Derecho Español." Review of Business and Legal Sciences, no. 26 (July 25, 2017): 203. http://dx.doi.org/10.26537/rebules.v0i26.1010.

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Abstract:
A lo largo de este trabajo se analizará los efectos económicos de lo matrimonio en lo cuadro normativo español. Se procurará identificar los diversos tipos de regímenes de bienes tipificados en la ley, y sus principales notas características, y la posibilidad que tendran los cónyuges para elegir otras reglas para disciplinar a su matrimonío.
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Papayannis, Diego M. "El enfoque económico del Derecho de daños." Doxa. Cuadernos de Filosofía del Derecho, no. 32 (November 15, 2009): 459. http://dx.doi.org/10.14198/doxa2009.32.19.

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Abstract:
El objeto de este trabajo es presentar una serie de objeciones en contra de las tesis explicativas del análisis económico del Derecho de daños. Ellas toman como eje central la distorsión conceptual que se produce cuando se interpreta la responsabilidad extracontractual a la luz del principio de eficiencia. En particular, se argumenta que el uso exclusivo del balance entre costos y beneficios no permite dar cuenta de la práctica efectiva de los tribunales. El razonamiento consecuencialista no se ajusta a la argumentación que lleva a un juicio de responsabilidad —fuertemente marcado por un lenguaje deóntico— ni al sentido de las decisiones judiciales. Así, entre otras cosas, la eficiencia es incapaz de sostener la diferencia conceptual que existe entre la conducta incorrecta y la conducta meramente riesgosa; tampoco puede capturar la relevancia de la causalidad en el Derecho de daños, ni explicar la estructura bilateral de la responsabilidad extracontractual. Por estas razones, las teorías económicas no pueden ofrecer una imagen del Derecho de daños que sea reconocible por aquellos individuos que adoptan el punto de vista interno.
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Beltrán Vargas, Diana María. "Las nuevas fronteras del derecho económico internacional." Con-texto, no. 56 (July 27, 2021): 7–8. http://dx.doi.org/10.18601/01236458.n56.01.

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Irigoyen Testa, Matías. "Kluger, V. (compliadora). Análisis Económico del Derecho." Estudios económicos 25, no. 50 (2008): 115–24. http://dx.doi.org/10.52292/j.estudecon.2008.806.

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50

López González, José Ignacio. "Notas de jurisprudencia.- Tribunal Supremo." Revista Andaluza de Administración Pública, no. 96 (December 31, 2016): 243–70. http://dx.doi.org/10.46735/raap.n96.126.

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Abstract:
II. ADMINISTRACIÓN LOCAL III. ADMINISTRACIÓN PÚBLICA IX. DERECHO ADMINISTRATIVO ECONÓMICO XI. DERECHOS FUNDAMENTALES XII. EXPROPIACIÓN FORZOSA XV. JURISDICCIÓN CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVA XVI. MEDIO AMBIENTE XIX. PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO XX. RESPONSABILIDAD XXII. URBANISMO Y VIVIENDA
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