Dissertations / Theses on the topic 'Derechos de los animales'
Create a spot-on reference in APA, MLA, Chicago, Harvard, and other styles
Consult the top 50 dissertations / theses for your research on the topic 'Derechos de los animales.'
Next to every source in the list of references, there is an 'Add to bibliography' button. Press on it, and we will generate automatically the bibliographic reference to the chosen work in the citation style you need: APA, MLA, Harvard, Chicago, Vancouver, etc.
You can also download the full text of the academic publication as pdf and read online its abstract whenever available in the metadata.
Browse dissertations / theses on a wide variety of disciplines and organise your bibliography correctly.
Vásquez, Tapia Leonardo Andrés. "Soy animal : mi historia como vegano y activista por los derechos animales." Tesis, Universidad de Chile, 2015. http://repositorio.uchile.cl/handle/2250/132293.
Full textSer vegano sería lo contrario a ser “especista”, aquel que pone los intereses de la especie humana por sobre las demás. El término “especismo”, que fue acuñado por primera vez en 1970 por el psicólogo Richard D. Ryder, se utilizó para conceptualizar la discriminación que se ejerce hacia los individuos pertenecientes a otras especies. Según el docente de la facultad de Filosofía de la Universidad de Santiago de Compostela y experto en Ética Animal, Óscar Horta, el especismo es “la consideración de trato desventajosa de quienes no pertenecen a una determinada especie” (Horta, 2012, p.3). El vegano se distancia del ecologista, ya que considera que los animales deben ser defendidos como individuos que sienten y no como una mera parte del ecosistema. “Los animales no humanos no son una parte del entorno, sino individuos que, como nosotros, tienen la capacidad de sufrir y disfrutar” (p. 2). Horta ha criticado la posición que señala que los humanos merecen mayor consideración que los animales. “Estas posiciones asumen que los seres humanos cumplen ciertos criterios que implican necesariamente, de forma automática, que sus intereses serán más importantes que los del resto. Sin embargo, no nos dan ninguna razón basada en hechos susceptibles de ser comprobados de que tales criterios existan. Simplemente asumen que es así igual que asumen que sólo los humanos los satisfacen” (p. 4). Sobre la idea de que los humanos son más importantes sólo por poseer ciertas capacidades cognitivas, Horta afirma que no es válido porque, si se tomara en cuenta ese argumento, “la gran mayoría de la humanidad tendría que subordinar sus intereses propios al de la minoría constituida por genios. Además, es de interés tener en cuenta que hay un gran número de seres humanos cuyas capacidades cognitivas no son las que asumen los defensores de la desconsideración de los animales no humanos. Este es el caso de los niños de corta edad, así como el de muchos adultos con diversidad funcional intelectual profunda. Si la desconsideración (y la explotación) de los animales no humanos se encuentra justificada porque no poseen ciertas capacidades, también lo estará la de todos estos seres humanos (cuyas facultades cognitivas, no olvidemos, a menudo están significativamente por debajo de las que poseen muchos animales de otras especies)” (p. 4). Según los activistas por los derechos animales, este tipo de discriminación es tan injusta como el sexismo, el racismo y la homofobia. El investigador, psicólogo y catedrático de la Universidad de Harvard, Steven Pinker, argumentó de manera elocuente: “Quien se oponga a los derechos de los animales y sostenga que el hecho de ser persona se basa en ser miembro de la especie Homo Sapiens, no es más que un fanático de la especie, no más sensato que los fanáticos de la raza que otorgan mayor valor a la vida de los blancos que a la de los negros” (Pinker, p. 335). El estilo de escritura predominante en este trabajo es el narrativo, ya que éste se ajustaba mejor a lo que quería hacer: relatar experiencias, pensamientos y sentimientos en torno a la problemática de los animales. La elección surgió al momento de darme cuenta de que quería comunicar con un mayor grado de libertad. Sin perjuicio de lo anterior, el trabajo no ha perdido su enfoque periodístico, ya que existe un interés de informar de cómo se fueron desarrollando diversos acontecimientos a través de la observación. Como complemento necesario, se realizaron entrevistas a ciertas personas y se recurrió a diversas fuentes de información, tales como sitios web, diarios, revistas y libros. Debo aclarar de antemano que lo relatado a continuación no pretende entregar verdades irrefutables, sino que sólo me he limitado a presentar una experiencia de vida, un punto de vista, una subjetividad frente a un tema. Como el escrito nace de la experiencia, desde la voz de los recuerdos, y los recuerdos se difuminan con el paso del tiempo, algunos episodios no podrán ser relatados con todo el detalle que me gustaría. No obstante, por la misma razón otros podrán ser expresados con un mayor grado de minuciosidad. La motivación que tuve para hacer este trabajo fue el poder expresar un genuino sentimiento hacia los animales y cómo éste me conllevó a tomar ciertas decisiones y acciones en mi vida. A su vez, me interesé en dejar algún registro del arduo trabajo que han realizado cientos de personas anónimas para defender a los que no pueden hacerlo por sus propios medios. Finalmente, tengo el sincero interés de que este relato pueda ser útil de alguna forma para lograr el tipo de sociedad que me gustaría ver algún día.
Acosta, Pizarro Gabriela Andrea. "El estatus jurídico de los animales : los animales como personas." Tesis, Universidad de Chile, 2018. http://repositorio.uchile.cl/handle/2250/152996.
Full textEste ensayo procura exponer una fundamentación jurídica metódica, crítica y reflexiva para resolver el problema del por qué los animales no humanos son titulares de derechos y cuál es el estatus jurídico más apropiado para ellos. Conforme a lo anterior, defenderé 4 postulados. (1) Todos los animales no humanos que posean sistema nervioso central deben ser considerados como fines en sí mismos dado que poseen determinados intereses. (2) Todos los animales no humanos que tengan sistema nervioso central detentan el estatus jurídico de persona, haciéndolos titulares de derechos subjetivos. (3) Los animales no humanos son personas que poseen derechos, pero no obligaciones, debido a que no poseen ciertas características de los seres humanos para actuar en el ámbito jurídico. (4) El estatus jurídico de persona de los animales no humanos es similar al de los incapaces absolutos, porque bajo ninguna circunstancia pueden actuar personalmente en la vida jurídica, sino sólo a través de representantes.
Aguilar, Arrué Alejandro, and Fuenzalida Benjamín Bravo. "Protección jurídica de los animales en Chile : el caso de las mascotas y animales de compañía." Tesis, Universidad de Chile, 2016. http://repositorio.uchile.cl/handle/2250/142447.
Full textLeyton, Donoso Fabiola. "Bioética frente a los derechos animales: tensión en las fronteras de la filosofía moral." Doctoral thesis, Universitat de Barcelona, 2015. http://hdl.handle.net/10803/292240.
Full textBioethics is an emergent discipine that look for answer those ethical questions opened to society by the development of science and technology. One of these questions, the way we treat nonhuman animals, has been insufficiently worked in this field, proof of this is the very few literature on bioethics regarding the topic. The objective of this thesis is to examine the question of our relationship with nonhuman animals from some perspectives on moral philosophy, to present arguments and proposals to help to consolidate this overlooked area on bioethics. With this aim, bioethics is contextualized and the situation of nonhuman animals is presented in two specific ambits in which society benefits from them: factory farming and animal research. Then, four ethical theories which support the moral considerability of nonhuman animals are discussed in relation to livestock and experimentation. In the development of this research, concepts as sentience, speciesism, animal welfare and consent are key for the teorethical and practical analysis of the topic. Finally, the ethical-normative analysis will include nine conclusions as contribution to the expansion of bioethics towards a global bioethics, that considers all living beings that are affected by the scientific and technical development of our world.
Pérez, Hernández Yazmín Araceli 742705, and Hernández Yazmín Araceli Pérez. "Deberes de los seres humanos frente a los derechos de los animales." Tesis de maestría, Universidad Autónoma del Estado de México, 2018. http://hdl.handle.net/20.500.11799/94291.
Full textLa pregunta por el trato que los seres humanos deben dar a los animales ha estado presente desde el surgimiento de las primeras civilizaciones. Mientras que algunas sociedades desarrollaron esquemas de pensamiento en los que el papel de estos seres era servir a las necesidades humanas, otras, desde sus orígenes, han considerado que todo ser, humano o no humano, debía ser respetado. Asumir que los animales son medios para satisfacer las necesidades humanas desde las más elementales hasta las más triviales es una actitud común en la actualidad. La industria alimenticia toma cada día la vida de miles de animales marinos y terrestres para abastecer la demanda excesiva del consumo de carne. En el ámbito de la investigación biomédica, industrial y militar, se calcula que entre 50 y 60 millones son utilizados cada año para llevar a cabo experimentos de laboratorio. El tráfico de especies salvajes sustraídas de su hábitat, la caza furtiva con fines deportivos o comerciales, las corridas y los espectáculos con animales acuáticos entre otros, así como el abandono irresponsable de perros y gatos, que provoca la sobrepoblación de estas especies. Sin dejar de mencionar el impacto que tiene la forma de vida de las personas, donde se calcula que en poco tiempo un porcentaje considerable de las especies habrán desaparecido del planeta. Lo anterior hace evidente la cosificación del animal, en donde su valor está determinado por el beneficio y la retribución económica que representa para los seres humanos. Estas formas de maltrato e instrumentalización denotan la ausencia de algún cuestionamiento moral que hace permisibles estas actitudes. Pero, sobre todo, la falta de respeto por los animales que conduce a matar y a hacer sufrir a un gran número de éstos. La presente investigación tiene como fin ofrecer una perspectiva en torno a, si los seres humanos tienen deberes respecto a los derechos de los animales y de ser así, a qué tipo de derechos y deberes se apela. Para ello, se han analizado tres de las posturas más representativas del debate actual: la postura deontológica de Tom Regan, la utilitarista de Peter Singer y el enfoque de las capacidades que propone Martha Nussbaum. Además de abordar otras cuestiones relacionadas como los derechos de la Naturaleza, y hacer un recorrido dentro del discurso filosófico y religioso de occidente en busca de voces disidentes que desde los tiempos antiguos han ayudado a construir, junto con algunas doctrinas orientales la tradición de respeto hacia los animales.
Epstein, Richard A. "Los peligrosos reclamos del Movimiento Promotor de los Derechos de los Animales." IUS ET VERITAS, 2016. http://repositorio.pucp.edu.pe/index/handle/123456789/123710.
Full textAguilar, Arrué Alejandro. "Protección jurídica de los animales en Chile : el caso de las mascotas y animales de compañía." Tesis, Universidad de Chile, 2016. http://repositorio.uchile.cl/handle/2250/142400.
Full textVillanueva, Caceres Gabriela Alejandra. "Análisis de la Ley 30407 : problemas y soluciones a la regulación actual del bienestar animal en animales de compañía." Bachelor's thesis, Pontificia Universidad Católica del Perú, 2021. http://hdl.handle.net/20.500.12404/20342.
Full textThis work addresses the efficiency and obstacles of the legal status of animals and companion animals in Peru. The 30407 law, the animal protection and welfare law, published in 2016, is the most important law in the legal framework of animals and companion animals. Thus, it is required to analyze the international animal law, in particular, the English laws and Latin American regulations in order to evaluate our legal challenges and possible solutions. After analyzing the 30407 law, it is possible to identify its weaknesses and deficiencies since this law requires additional legal instruments to achieve animal welfare. For those reasons, it is mandatory to adopt a property status of animal regulation that incorporates technical procedures or enforces working sessions in order to develop the legal instruments needed to allow its implementation. In addition, it is recommended to adopt the Universal Declaration on Animal Welfare to complement the current Peruvian animal law framework and motivate the development of new welfare reforms.
Díaz, González Tihare Paula, and Campos Valentina Paz Toro. "Análisis de derecho comparado en Europa y América Latina." Tesis, Universidad de Chile, 2016. http://repositorio.uchile.cl/handle/2250/141281.
Full textSi bien el reconocimiento de derechos animales desde un punto de vista jurídico, e incluso social, se ve alejado, el bienestar animal es una pretensión que está siendo aceptada crecientemente, cuestión que se ve reflejada en la normativa de diversos países, que, en términos generales, buscar evitar el maltrato innecesario o desproporcionado contra los animales. El presente trabajo espera compilar de manera exhaustiva la normativa europea, a nivel nacional y comunitario, respecto al bienestar animal, y en especial el tratamiento que se ha hecho sobre la Vivisección - entendida como “Disección de los animales vivos, con el fin de hacer estudios fisiológicos o investigaciones patológicas”- para luego abordar la situación dentro de América Latina y Chile, con el propósito de generar propuestas para una regulación nacional sobre la materia.
Carvalho, González Estrella Dalva De. "La comisión por omisión en el delito de maltrato o crueldad animal." Tesis, Universidad de Chile, 2016. http://repositorio.uchile.cl/handle/2250/142651.
Full textTodo acto cruel o inhumano realizado contra los animales, constituye delito, sea que su autor realice acciones u omisiones, cuyo resultado sea afectar el bienestar animal del sujeto pasivo. A nivel doctrinal y jurisprudencial, no ha existido dificultad al considerar que ciertas acciones agresivas en contra de los animales satisfacen el delito de Maltrato o Crueldad Animal, tipificado en el artículo 291 Bis del Código Penal. No obstante, tanto la doctrina como la jurisprudencia son deficitarias respecto al desarrollo de las hipótesis de comisión omisiva, que es precisamente la forma más frecuente de atentado lesivo en contra de los animales. Esto se traduce, en definitiva, en la omisión de los deberes de cuidado y de atención que satisfagan las necesidades de cada especie. La presente investigación tiene por objeto defender la idea de que la omisión cruel o abusiva en contra de los animales, es constitutiva del delito de maltrato o crueldad animal; evidenciar la calidad de sujeto de derecho de los animales en la esfera del derecho penal, planteando una posición de garante cuya fuente es la ley, y que en vista a la existencia de un vínculo especial entre un humano y el animal, obliga al primero a impedir la lesión del segundo. Para ello se analizará jurisprudencia de nuestros tribunales, doctrina nacional y extranjera, se indagará el sentido de la ley conforme normas y principios de interpretación; proporcionando una mirada distinta de la posición jurídica de los animales, y las obligaciones que como humanos contraemos con los mismos.
Esquivel, Frías Leonora. "Responsabilidad y sostenibilidad ecológica: una ética para la vida." Doctoral thesis, Universitat Autònoma de Barcelona, 2006. http://hdl.handle.net/10803/5167.
Full textEn la primera parte de la investigación se estudian los antecedentes de la ética ambiental y las tres posturas principales que definen nuestras actitudes hacia el medio ambiente: antropocentrismo, biocentrismo y ecocenrismo. Se menciona aquí el tema de los derechos de los animales como parte de la ética ambiental. En la segunda parte se hace un rastreo histórico del término sosteniblidad, definido como "aquel desarrollo que satisface las necesidades del presente sin comprometer la capacidad de las generaciones futuras para satisfacer sus propias necesidades", y se aborda desde un punto de vista filosófico: ¿qué es lo que hay que sostener y por qué? Si reconocemos que el medio ambiente es un bien básico, entonces su protección es un asunto de justicia distributiva. Una problemática como la del desarrollo sostenible en relación con el medio ambiente, no puede pasar por alto la cuestión de la atribución o negación los derechos de las generaciones futuras, tanto humanas como de plantas y animales, por ello que dentro del valor ético de la sosteniblidad se aborden asuntos de justicia intergeneracional e interespecífica, libertad, autonomía y solidaridad. La tercera parte propone a la responsabilidad como una virtud que nos ayuda a tener actitudes sostenibles, porque la justicia no basta. Es necesario cambiar las actitudes de las personas y se necesitan personas responsables, solidarias, para sostener la vida como bien básico. La responsabilidad es una virtud que ha de educarse. Sentirse responsable y hacerse responsables tanto de nuestros actos como de nuestras omisiones.
Hoy en día la intervención humana se ha extendido incluso a la esfera de fenómenos que antes dependían de "lo natural": Manipulación genética de alimentos, alteraciones climáticas y de ecosistemas, y uso de bacterias para armamento, por mencionar algunos. El desarrollo tecnológico, así como los avances científicos en materia de genética, por ejemplo, han suscitado el surgimiento de nuevas preocupaciones éticas que invitan a un replanteamiento de los fundamentos de la ética tradicional. Hemos empezado a considerar moralmente temas que antes parecían incumbir sólo a la ciencia y a la tecnología, hemos visto la necesidad de establecer una base sólida para el tratamiento de cuestiones en las que anteriormente la filosofía había permanecido al margen, y todo ello nos ha obligado inevitablemente a preguntarnos si la ética empleada hasta ahora está a la altura de dichas preocupaciones y si es capaz de ofrecer soluciones a problemáticas cada vez más complejas. La valoración indirecta y antropocéntrica de la naturaleza orientada según necesidades y preferencias humanas, presenta riesgos constantes. Los intereses que predominan en las medidas políticas ambientales son a menudo intereses parciales y egoístas, ligados a un disfrute del que sólo gozarán algunos. A esto hay que agregar que la mayoría de las justificaciones basadas en intereses y valores humanos sólo pueden apoyar medidas de preservación sobre una base demasiado contingente y la preservación de la naturaleza no puede depender de algo tan inestable como los gustos y valores de uso.
La crítica a la teoría ética tradicional y las éticas modernas que hace la ética ambiental se centra en el hecho de que en la tradición occidental la relación del hombre con el medio ambiente no se ha planteado específicamente como problema moral. Pero lo fundamentalmente novedoso de la ética ambiental o ecológica es precisamente la invitación que nos hace a examinar más profundamente nuestra manera de relacionarnos con el mundo natural. Contemplar al medio ambiente físico como susceptible de consideración moral supone un importante cambio en la concepción del "hombre como dueño y propietario del mundo".
Los problemas que trata la ética ambiental no son muy distintos de los que siempre se ha ocupado la ética: justicia, libertad, bienestar, dignidad. Con lo cual la posibilidad de un desarrollo que satisfaga necesidades presentes de humanos, puede comprender también las necesidades presentes de los demás seres vivos. Mi objetivo es incluir en la esfera moral a los demás habitantes del planeta y a través del desarrollo sostenible dicha consideración de intereses es posible.
Sustainability can be and is related to many areas, such as the economy of developing nations, human resources, social justice, politics and so on but in this particular project the concept of sustainability is studied in relationship to the environment.
The first part of the project explores the origins of environmental ethics and the three fundamental bases, anthropocentrism, biocentrism and ecocentrism, in which our human society's attitude towards environment is rooted. The possible attribution of rights to nonhuman animals is advocated here.
In the second part, the concept of sustainability is analysed and defined as "development that meets the needs of the present without compromising the ability of future generations to meet their own needs." From a philosophical point of view the question we have to answer is "What do we have to sustain and why?" If we admit that the environment is a primary good, then its protection relates to distributive justice. Sustainable development and environment have direct implications with intergenerational and interspecies problems. The attribution of rights to future generations of human and nonhuman animals must be addressed from the perspective of values such as liberty, autonomy and solidarity.
In the third part, responsibility is put forward as a virtue which makes the pursuit of sustainability desirable. Justice is not enough; it is essential to change people´s attitudes and develop responsible and co-operative individuals, individuals who affirm that life is a primary good. Responsibility is a virtue that can be transmitted through education; people must recognize their responsibility with respect to their acts and also to their omissions.
In recent decades, human intervention in nature has increased and many would say that it has got out of control: global warming, genetically modified organisms, soil, air and water pollution are but a few examples. In this project I have started considering from an ethical standpoint issues formerly seen as exclusive to science or technology. Technological and scientific developments, such as genetic manipulation for example, have posed new moral dilemmas that force us to consider whether traditional ethics need to be revised and rewritten. I have investigated the validity of traditional moral philosophy in relationship to its capacity to give us solutions to more and more complex problems.
It is my belief that the anthropocentric approach to the environment produces constant risks because it does not take nonhuman animals into moral consideration. While environmental politics are based exclusively on human desires, interests, needs and preferences, it is obvious that nature will be valued only in relation to what we can obtain from it. However human desires are often selfish, partisan and elitist. And they are almost always short-sighted and unstable. I hold that to take the interests of other nonhuman beings into consideration is an essential part of the theory and practice of a relatively new discipline which we might call environmental or ecological ethics.
My criticism of traditional ethics in relation to the environment is based on the fact that traditionally the relationship between Man and Nature is not seen as moral issue. Environmental or ecological ethics urges us to study and analyse - morally - the way in which we interact with the natural world. The moral consideration of the environment represents a very important change in the actual paradigm of the human being as master and owner of the world.
Environmental ethics makes reference to questions not very different from the ones studied by traditional ethics: justice, liberty, dignity, and welfare. It is my belief that progress or development which satisfies the needs of present human beings must or should also satisfy the needs of other sentient creatures.
My objective is the inclusion of the natural world into the moral community; with the right implementation of sustainable development it is possible to do so.
Beroiz, Díaz Ariadna Georgina, and Rodríguez José Alejandro Briones. "El animal no humano como nuevo sujeto de derecho constitucional." Tesis, Universidad de Chile, 2018. http://repositorio.uchile.cl/handle/2250/151001.
Full textFoy, Valencia Pierre, and T. Susana Cutire. "Apuntes sobre la presencia del animal en el Sistema Jurídico. Consideraciones Preliminares Acerca de la Relación Sistemas Jurídicos Animales." Derecho & Sociedad, 2015. http://repositorio.pucp.edu.pe/index/handle/123456789/119079.
Full textLeón, Hilario Leysser L. "Apuntes sobre la responsabilidad Civil derivada de los daños causados por animales." Derecho & Sociedad, 2017. http://repositorio.pucp.edu.pe/index/handle/123456789/119074.
Full textFoy, Valencia Pierre Claudio. "Legal system and nature. Considerations on Law and nature." Pontificia Universidad Católica del Perú, 2015. http://repositorio.pucp.edu.pe/index/handle/123456789/115998.
Full textA partir de unas reflexiones sobre la relación hombre (cultura) naturaleza, se arriba a un conjunto de consideraciones más específicas sobre el sistema jurídico y la naturaleza, las cuales permitirán sustentar algunas de sus expresiones jurídicas: recursos naturales patrimonio, commons, ecosistema entre otras. Finalmente se discute el tema de la naturaleza como sujeto, complementando la discusión con el asunto del sistema legal y los animales.
Villarroel, Zúñiga Paulina Ignacia. "Regulación legal del maltrato animal en Chile : análisis crítico a la ley no. 20.380 sobre protección a los animales desde una perspectiva de derecho comparado." Tesis, Universidad de Chile, 2013. http://www.repositorio.uchile.cl/handle/2250/116614.
Full textMemoria (licenciado en ciencias jurídicas y sociales)
El creciente interés generado en la población chilena sobre la situación de los animales domésticos, animales de cautiverio y animales como sujetos de experimentación respecto a hechos de maltrato, llevaron a la promulgación de la Ley N° 20.380 sobre Protección a los Animales, en octubre del año 2009. Este cuerpo legal constituye una regulación orgánica que contempla una protección a todos los animales estableciendo directrices de carácter general. En la práctica, los hechos demostraron la ineficacia de este cuerpo legal para proteger a los animales, al carecer de principios sólidos, estructurada en razón a un bien jurídico difuso, un sujeto pasivo que no es el animal en razón de su condición jurídica de cosa, y un tipo penal excesivamente amplio que otorga un gran grado de discrecionalidad a los jueces. Cada uno de estos aspectos determinó que actualmente graves actos de maltrato animal no sean objeto de persecución penal por la baja pena asignada al delito. Por otra parte, los distintos organismos públicos como las municipalidades y por otra parte el Ministerio Público señalan no contar con recursos suficientes para hacer frente a las denuncias que interponen las personas. La acción penal pública que otorga la ley sólo permite denunciar actos de maltrato, no querellar y así hacerse parte en los procesos judiciales, es así como el impulso procesal sólo recae en el Ministerio Público. Los propietarios de animales que hayan sido objeto de maltrato sí pueden querellarse conforme se ha afectado su derecho de propiedad garantizado por el artículo 19 número 24 de la Constitución Política de la República. Por último, las organizaciones de protección a los animales no pueden interponer querella, lo que resulta contraproducente toda vez que esto facilitaría el éxito del proceso en el establecimiento de la responsabilidad penal al poder aportar con pruebas y antecedentes. En la Unión Europea y en países de América como Costa Rica, el esfuerzo apunta a reconocer a los animales no humanos como seres sintientes objetos de una consideración mínima no transable en pos de un interés económico, esto quiere decir que al dictar normativa que proteja a los animales, debe considerarse que eventualmente habrán actividades permitidas por el Estado que podrán verse afectadas, sin que ello inhiba tal regulación, poniendo el interés del animal por sobre otros. A modo ejemplar, la Unión Europea ha dado un gran paso al prohibir derechamente la experimentación cosmética. Al contrario en nuestro país, se observa falta de regulación para cautelar las condiciones de transporte y comercialización de animales destinados a proveer de alimentos a la población, en la industria cosmética, peletera, farmacéutica, y en condiciones de cautiverio, actividades que no fueron consideradas en la ley N° 20.380 Sobre Protección a los Animales.
Lagos, Ochoa María Soledad. "Bases para una protección administrativo-penal de los animales en Chile." Tesis, Universidad de Chile, 2002. http://www.repositorio.uchile.cl/handle/2250/107332.
Full textNo autorizada por el autor para ser publicada a texto completo
En este trabajo pretendemos el análisis de aquellas disposiciones penales y administrativas que en nuestra legislación nacional se orientan a la protección del animal como realidad en si misma, digna de tutela jurídica. Será necesario para dicho análisis el examen de las soluciones que se han dado al respecto en el derecho comparado y el nuevo proyecto de ley que actualmente se gesta en nuestra legislación.
Guajardo, Ortega Daniela Sofía. "¿Cuál es el estatus moral de los animales no humanos?" Tesis, Universidad de Chile, 2017. http://repositorio.uchile.cl/handle/2250/145163.
Full textEste ensayo busca criticar y cuestionar el estatus moral de los animales no humanos y, por otro lado, su estatus jurídico. Defenderé cinco postulados. (1) Los animales no humanos son fines en sí mismos en sentido kantiano. (2) El reconocimiento de sujetos de derecho debe ser imparcial y no debe estar influenciado por el prejuicio de especie. (3) Debemos reconocer como sujetos de derecho a los seres vivos dotados de sensibilidad. (4) Existe una igualdad moral entre los animales humanos y los animales no humanos (5) Los animales no humanos deben ser reconocidos como personas en sentido jurídico.
Chávez, Vargas Ingrid. "Consideraciones éticas sobre la relación hombre-animal." Tesis de Licenciatura, UNIVERSIDAD AUTÓNOMA DEL ESTADO DE MÉXICO, 2017. http://hdl.handle.net/20.500.11799/67416.
Full textCaballero, Tapia Diego Sebastián, and Alvarez Carolina Esthefany Galaz. "Responsabilidad civil del veterinario : estatuto aplicable a las prestaciones clínicas en animales menores." Tesis, Universidad de Chile, 2018. http://repositorio.uchile.cl/handle/2250/152104.
Full textContreras, López Carlos Andrés. "Régimen jurídico de los animales en Chile, Colombia y Argentina (antecedentes, codificación y desarrollo legislativo)." Doctoral thesis, Universitat Autònoma de Barcelona, 2014. http://hdl.handle.net/10803/284872.
Full textThis doctoral thesis presents a diachronic analysis regarding the categorization of animals as things, from the Roman legal system to the Latin-American civil codes. It examines the traditional legal concept of “thing”, with explicit reference to the classification of Gaius and Justinian. Furthermore, it specifically analyses the sources and ideas, which influenced the codification process in Latin-America and led to the diffusion of the Civil Codes at the end of the 19th century, with the objective to study the legal position of animals in within these codes. For this purpose the Colombian Civil Code 1887 and the two most important civil codes of Latin-America, the Chilean Civil Code 1885 of Andres Bello and the Argentinean civil Code 1871 of Dalmacio Velez Sarsfield, are taken under exam. Completed the aforesaid study, the thesis investigates into depth the animal protection laws, which have been promulgated in these three countries, as well as the existing jurisprudence concerning this topic. This investigation was undergone with the objective to examine whether the Colombian, Chilean, and Argentinean legal systems, have distanced themselves from the long-lasting concept of animals being classified as things, as stated in their respective civil codes.
Roncagliolo, Lohmann Santiago. "¿A qué le tienes miedo? : despreciada por críticos e intelectuales, la ficción de terror pone al hombre en contacto con una de sus emociones más animales." IUS ET VERITAS, 2015. http://repositorio.pucp.edu.pe/index/handle/123456789/122931.
Full textCortés, Lutz Pilar. "Sobre los animales y la atención médica veterinaria : análisis de la negligencia médica veterinaria en el derecho chileno, su incidencia en la jurisprudencia y en el ámbito comparado." Tesis, Universidad de Chile, 2017. http://repositorio.uchile.cl/handle/2250/170112.
Full textLa presente memoria tiene por objeto profundizar el estudio del delito contemplado en el artículo 291 del Código Penal, el cual ha cobrado vital importancia por la creciente conciencia de repulsa al daño ambiental y hoy carente de un prolífero análisis dogmático. En específico, ahondar en el origen de la norma, la necesidad de legislar acerca de la propagación de contaminantes, y el desarrollo que el proyecto de ley tuvo en su tramitación; analizar los elementos de la tipicidad que contempla el delito, a saber, su bien jurídico protegido, sujetos activo y pasivo, la conducta, objeto material de la conducta, elementos normativos del tipo y la causalidad; analizar las distintas formas de aparición del delito, en tanto a su autoría y participación, iter críminis, concurso de delitos, culpabilidad, causales de justificación y de exculpación, penalidad y extinción de la responsabilidad penal; finalmente analizar la aplicación del delito y establecer los problemas que se presentan para la misma, basándonos en estadísticas y jurisprudencia. La metodología utilizada será la propia de las ciencias jurídicas, a saber, el método dogmático.
Aguado, Iriarte Piero Alejandro. "Derecho, estado y Animal farm." Bachelor's thesis, Pontificia Universidad Católica del Perú, 2019. http://hdl.handle.net/20.500.12404/15427.
Full textBerríos, Muñoz Paulina. "La efectividad de la fiscalización y sanción del delito de tráfico animal." Tesis, Universidad de Chile, 2016. http://repositorio.uchile.cl/handle/2250/143096.
Full textEl presente estudio tiene como objetivo comprobar la efectividad de la labor de fiscalización y sanción realizada por el Servicio Agrícola y Ganadero en nuestro país desde el período 2010 a la fecha, en el marco del comercio indebido de especies o tráfico animal, dentro del cumplimiento de la ley de caza y sobre todo a lo tocante a la fauna silvestre y exótica protegida con relación al Convenio CITES. La comprobación o no de la efectividad, se llevará a cabo por medio de la recolección de información otorgada por la ley de transparencia sobre denuncias y procesos de decomiso, solicitados para efectos de realizar esta investigación. Con la información entregada y que de ella se pueda desprender, se elaborará una serie de gráficos y tablas que nos permitirán comprender de mejor manera la situación de nuestro país Esto, nos ayudará a su vez a determinar el grado de cumplimiento de nuestro país de la normativa vigente y las obligaciones derivadas de la Convención CITES. Es así como debemos reconocer que nos encontramos en una situación que despierta la duda, principalmente por el contraste existente entre la información obtenida por Ley de Transparencia y los hechos que pudimos investigar por nuestra cuenta, lo que podremos verificar a lo largo de este trabajo.
Montenegro, Ulloa Viviana Caroline. "Los derechos reproductivos como derechos subjetivos." Tesis, Universidad de Chile, 2002. http://www.repositorio.uchile.cl/handle/2250/115428.
Full textNo autorizada por el autor para ser publicada a texto completo
Lo que define a los derechos reproductivos no es tanto el hecho biológico de la procreación, en cuanto ésta se desarrolla como un proceso natural, sino que es una especificación de la libertad de cada individuo para tomar decisiones sobre su propia reproducción. Para sustentar esta hipótesis, hemos realizado un exhaustivo trabajo analizando tanto instrumentos nacionales como internacionales que abordan este tema, así como los informes de conferencias donde se han discutido estos asuntos. Hemos comenzado este trabajo explicando el interés constante de la sociedad por regular la población a través de la historia. Luego explicamos por qué consideramos a los derechos reproductivos como derechos subjetivos, quiénes son sus titulares, las facultades que éste concede, los límites que debe respetar, y por último, para clarificar más el contenido de los derechos reproductivos, nos referimos a ciertas conductas que constituyen un atentado contra ellos, pues pensamos que quizás adquiriendo conciencia de lo grave que pueden ser los atentados contra los derechos reproductivos, sea más fácil comprender su significado y la importancia de su reconocimiento.
Olguín, Vargas Karen Margarita. "Capacidad e imputabilidad, responsabilidad por el hecho ajeno y responsabilidad por el hecho de los animales en la responsabilidad civil extracontractual : proyecto de actualización del Repertorio de Legislación y Jurisprudencia del Código Civil y sus leyes complementarias." Tesis, Universidad de Chile, 2012. http://www.repositorio.uchile.cl/handle/2250/113196.
Full textNo autorizada por el autor para ser publicada a texto completo
El presente trabajo contiene los resultados del trabajo de actualización del Repertorio de Legislación y Jurisprudencia del Código Civil y sus leyes complementarias en materia de capacidad e imputabilidad, Responsabilidad por el hecho ajeno y Responsabilidad por el hecho de los animales en la Responsabilidad civil extracontractual. En la sección introductoria se explica el génesis del proyecto de actualización del Repertorio de Legislación y Jurisprudencia del Código Civil como también la metodología de trabajo empleada. La segunda sección consiste en un trabajo monográfico donde se exponen los resultados más relevantes del proceso de extracto y selección de jurisprudencia, incluyendo los aportes de la doctrina nacional en relación a la materia. En la tercera sección del trabajo se encuentra la propuesta de actualización para el proyecto de actualización del Repertorio de Legislación y Jurisprudencia del Código Civil y sus leyes complementarias en materia de capacidad e imputabilidad, responsabilidad por el hecho ajeno y responsabilidad por el hecho de los animales en la Responsabilidad civil extracontractual. Finalmente, en la sección cuarta se encuentran las fichas de análisis jurisprudencial redactadas durante el trabajo de actualización
Avendaño, Valdez Jorge. "Derechos reales." THĒMIS-Revista de Derecho, 2011. http://repositorio.pucp.edu.pe/index/handle/123456789/108969.
Full textAppelgren, Deck Francisco Javier, and Marchant Javier Ignacio Pérez. "Los derechos de los consumidores como derechos constitucionales implícitos." Tesis, Universidad de Chile, 2014. http://www.repositorio.uchile.cl/handle/2250/129957.
Full textDesde una premisa práctica y considerando el requerimiento de las personas de acudir al mercado para la satisfacción de sus necesidades, se observa una insuficiencia de los modelos de protección al consumidor. En general, estos sistemas obedecen a estructuras estatales, sustentadas en un catálogo de derechos básicos de rango legal. Sin embargo, durante las últimas décadas, se ha identificado una tendencia en consagrar estos derechos a nivel constitucional, al punto que, en América Latina, sólo Chile y Uruguay no han incluido a los consumidores en sus textos fundamentales. El objetivo del presente trabajo es analizar los modelos comparados de protección al consumidor y las técnicas empleadas para la recepción constitucional del usuario, comparando con el actual marco legal chileno. Se logró identificar que el catálogo de derechos del consumidor comparte, en esencia, los mismos fundamentos que los derechos humanos o, como se prefiere denominar, fundamentales, de modo que, aun sin una recepción expresa en el texto constitucional, pueden recibir protección en ese nivel y surgen ciertas obligaciones para los Estados. Por consiguiente, se postula que estos derechos constituyen derechos constitucionales implícitos, de forma autónoma o derivada, lo que genera importantes consecuencias jurídicas y prácticas dentro del ordenamiento jurídico
Pavez, Riquelme Paloma. "Los otros derechos : derechos sexuales y derechos reproductivos de las mujeres en condición de discapacidad en Chile." Tesis, Universidad de Chile, 2015. http://repositorio.uchile.cl/handle/2250/138598.
Full textAutor no autoriza el acceso a texto completo de su documento
La presente investigación busca determinar cuál es la compatibilidad del sistema jurídico chileno con las exigencias internacionales, en materia de Derechos sexuales y Derechos reproductivos (DSyR), respecto de las mujeres en situación de discapacidad. Para visibilizar la cuestión, he dividido el trabajo en dos partes. La primera trata los Derechos sexuales y Derechos reproductivos a modo general y la segunda, da cuenta de la situación particular de las mujeres en condición de discapacidad. El enfoque, si bien se sustenta principalmente en lo jurídico, a través de la revisión de los instrumentos nacionales e internacionales, también se apoya de investigaciones sociológicas, económicas, históricas, antropológicas, incluso psicológicas sobre los derechos de la ciudadanía de la mujer, especialmente de las mujeres con discapacidad. Las conclusiones arribadas muestran cómo se ha cambiado la mirada hacia la Discapacidad en la integración de un paradigma de DD.HH, y cómo las legislaciones locales lo incorporan. Sin embargo, el desafío más profundo y pendiente es la transformación de la visión que tiene la sociedad, incluidas las mujeres con discapacidad, en la concepción de sus derechos y cómo hacerlos valer
Carreño, Lara Carolina Alejandra. "Los derechos reproductivos." Tesis, Universidad de Chile, 2001. http://www.repositorio.uchile.cl/handle/2250/114549.
Full textNo autorizada por el autor para ser publicada a texto completo
Esta tesis pretende, en una primera aproximación, reflexionar acerca de la existencia de un derecho a la procreación propiamente tal; para luego, en segundo término, determinar cuál sería el contenido y alcance de éste. Todo ello sin dejar de lado el segundo derecho reproductivo, derivado del primero, cual es el derecho a la no procreacíón. Junto al análisis del aspecto sustancial de los dos derechos reproductivos ya mencionados, se hace necesario poner en evidencia los distintos atentados que se han cometido y se pueden cometer contra estos derechos, tanto en el ámbito individual de cada persona como en el ámbito colectivo o social en que ella se desenvuelve. El estudio finaliza con un examen general de la situación en Chile a fines del siglo XX, analizando aquellas disposiciones de nuestro ordenamiento jurídico que aluden directa o indirectamente a los derechos a procrear y a no procrear, así como también los proyectos de ley atingentes al tema que se tramitan en ambas Cámara del Congreso Nacional
Themis, Revista. "Proyecto Derechos Reales." THĒMIS-Revista de Derecho, 2011. http://repositorio.pucp.edu.pe/index/handle/123456789/109670.
Full textFERNANDEZ, NUNEZ MIGUEL. "Derechos e intereses." Doctoral thesis, Università degli studi di Genova, 2021. http://hdl.handle.net/11567/1035684.
Full textThis PhD Thesis consists, for the most part, of an investigation of the metatheory of law regarding some of the main theories of rights as formulated in the Anglo-American sphere in the contemporary era. To a lesser extent, it constitutes a proposal as to some of the relevant components that an analytical theory of rights should incorporate. I have carried out a reconstruction and a critical analysis of the most prominent elements (of the theses and of their implicit commitments) of the theories of rights championed by Bentham, Hart, MacCormick, Raz and Kramer. Likewise, the corpus also includes Hohfeld’s theory, as well as other contributions from the Anglo-Saxon and Latin areas. In the development of this investigation, I use the notion of “interest” as an element of comparison and elucidation of the notion of “subjective right” and I proceed from the hypothesis that rights protect and foster interests, to finally reach a proposal on the function of rights that integrates both interest and will theories. In this investigation, therefore, the reconstructive, the critical and the theoretical tasks are aimed at evaluating and choosing the soundest arguments in relation to the function of rights. In the backdrop of this work may be found the conviction that the analysis of the function of rights constitutes a central element in a theory of rights; in summary, I aim to answer some of the crucial questions that any theory of rights must address.
Esta tesis consiste, en gran medida, en una investigación de metateoría del derecho acerca de algunas de las principales teorías de los derechos formuladas en ámbito angloamericano en época contemporánea. En menor medida, constituye una propuesta de distintos elementos relevantes que debería incorporar una teoría analítica de los derechos. Realizo una reconstrucción y un análisis crítico de los elementos más significativos, de las tesis y de los compromisos que presuponen, de las teorías de los derechos defendidas por Bentham, Hart, MacCormick, Raz y Kramer. Asimismo, el corpus incluye también la teoría de Hohfeld, así como otras contribuciones, de ámbito anglófono y latino. En el desarrollo de esta investigación empleo la noción de “interés” como elemento de comparación y de esclarecimiento de la noción de “derecho subjetivo” y parto de la hipótesis de que los derechos protegen y promueven intereses, para llegar a una propuesta acerca de la función de los derechos integradora de la teoría del interés y la teoría de la voluntad. Así, las labores reconstructiva, crítica y propositiva están dirigidas a evaluar y tomar partido por las argumentaciones más sólidas en relación con la función de los derechos. En el trasfondo de este trabajo se encuentra la convicción de que el análisis de la función de los derechos constituye un componente central de una teoría de los derechos; pretendo, en suma, responder a interrogantes cruciales que cualquier teoría de los derechos ha de responder.
Loyola, Arancibia John Eric. "Enajenación de derechos sociales." Tesis, Universidad de Chile, 2016. http://repositorio.uchile.cl/handle/2250/144240.
Full textLa norma que afecta con impuesto a las utilidades generadas en la enajenación de Derechos Sociales, se encuentra en la Ley Sobre Impuesto a la Renta contenida en el artículo 1º del Decreto Ley Nº 824 publicada en el diario oficial el 31 de diciembre de 1974, normativa legal que reemplazó a la Ley Nº 15.564 publicada en el diario oficial el 14 de febrero de 1964. La Ley sobre Impuesto a la Renta desde su establecimiento en el año 1925 hasta hoy ha sufrido innumerables modificaciones, unas de las últimas leyes que reformaron dicha normativa fue la Ley N° 20.630, actualmente vigente, y la Ley N° 20.780 que comienza a regir en plenitud el 1.1.2017 y la ley N° 20.899 de la simplificación. Anterior a las últimas reformas señaladas precedentemente, la Ley de Impuesto a la Renta contemplaba reglas de determinación del costo de los derechos sociales. Para los derechos sociales, debía distinguirse si el contribuyente estaba obligado o no a determinar su renta efectiva mediante contabilidad completa, y además si la enajenación de los derechos se efectúa a una parte relacionada con el vendedor. Dependiendo de la situación en la que se encuentre, el costo de los derechos sociales podía ser el valor de libros (se consideran utilidades tributarias retenidas) o el valor de adquisición reajustado. Por consideraciones de equidad y simplicidad la ley N° 20.630 pretendió igualar la regla de determinación del costo de las acciones y de los derechos sociales. En ambos casos, considerando como base del costo tributario, el valor de adquisición de las acciones o derechos sociales – o el de aporte, si se trataba de socios o accionistas originarios -, reajustado por el IPC. Es decir, en la venta de derechos sociales se eliminó cualquier consideración relativa a las utilidades tributarias retenidas en la sociedad enajenada. No sólo en materia de determinación del costo existen modificaciones a la Ley sobre Impuesto a la Renta. También, esta normativa trata las ganancias de capital de derechos sociales también en forma diferente. La ganancia de capital obtenida en la enajenación de derechos sociales se grava siempre con el régimen general del impuesto a la renta: Primero el impuesto de Primera Categoría y después el impuesto Global Complementario o Adicional, según sea el caso, sirviéndole de crédito el impuesto de Primera Categoría pagado. De modo que la ley también pretende que la venta de derechos sociales se grave la ganancia de capital con el impuesto de Primera Categoría como impuesto único. Ley N° 20.780, que generó la reforma tributaria que modifica el sistema de tributación de la renta e introduce diversos ajustes en el sistema tributario, tuvo como motivación, la necesidad de acotar las brechas de desigualdad que hoy existen, y esto nos exige realizar cambios profundos y estructurales. La más importante de estas transformaciones nos permitirá avanzar hacia una educación más equitativa y de calidad en todos sus niveles. Lo anterior no sólo producirá una mayor inclusión social, beneficiando a los miles de niños y niñas, jóvenes y sus familias que quieren mejorar su bienestar. También permitirá que numerosos profesionales y técnicos con grados crecientes de calificación den el impulso que necesita nuestra economía. La envergadura de esta tarea, así como la implementación de otras políticas y programas que apuntan a la disminución de las desigualdades, así como la necesidad de eliminar el déficit estructural que muestran las cuentas fiscales, nos exigen reformar nuestro sistema tributario. Tenemos que contar con los recursos permanentes necesarios para hacer realidad estas transformaciones de manera fiscalmente sustentable. Esta reforma tributaria no sólo nos dará los recursos necesarios para realizar las reformas antes mencionadas, sino que también será un primer gran paso en la construcción de una sociedad más equitativa. Siguiendo el camino de los países desarrollados presentes en la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico (OCDE), quienes tienen más, aportarán más, de forma que la sola estructura tributaria contribuirá a la disminución de la brecha entre ricos y pobres en nuestro país. Continúa señalando el mensaje, que a medida que se desarrollan los países la ciudadanía demanda más bienes y servicios públicos. Como muestra la historia de los países desarrollados, para hacer frente a estas demandas de forma exitosa, sostenible y responsable en términos fiscales, los países deben aumentar su carga tributaria. La estructura de nuestra carga tributaria, la evasión y la elusión, hacen que nuestro sistema tributario no contribuya a mejorar la distribución del ingreso. Si observamos los países desarrollados vemos que el sistema tributario y las transferencias producto del gasto público mejoran considerablemente la distribución del ingreso. Muchos de ellos tienen una distribución de los ingresos autónomos de las personas no tan diferente a la nuestra, pero los impuestos y las transferencias se traducen en una importante mejora en dicha distribución. De esta mejora, un tercio se debe a la forma cómo cobran los impuestos y dos tercios a las transferencias. En nuestro caso, la estructura tributaria no mejora la distribución del ingreso. El aumento de los impuestos tampoco garantiza la mayor recaudación, pero hay un convencimiento que para avanzar hacia una sociedad más equitativa, requerimos aumentar la carga de las chilenas y chilenos que tienen más. Por otra parte, la última reforma tributaria tuvo cuatro grandes objetivos: a) Aumentar la carga tributaria para financiar, con ingresos permanentes, los gastos permanentes de la reforma educacional que emprenderemos, otras políticas del ámbito de la protección social y el actual déficit estructural en las cuentas fiscales. b) Avanzar en equidad tributaria, mejorando la distribución del ingreso. Los que ganan más aportarán más, y los ingresos del trabajo y del capital deben tener tratamientos similares. c) Introducir nuevos y más eficientes mecanismos de incentivos al ahorro e inversión. ) Velar porque se pague lo que corresponda de acuerdo a las leyes, avanzando en medidas que disminuyan la evasión y la elusión. En relación a la materia que nos interesa, la reforma introdujo a grandes rasgos una serie de perfeccionamientos en el ámbito de las ganancias de capital: a) En primer lugar, se establece que toda ganancia de capital debe quedar gravada con el impuesto a la renta, salvo el ingreso no renta a las ganancias de capital de acciones, cuotas de fondos con presencia bursátil y bonos que especifica la ley. b) Se elimina la exención a las ganancias de capital obtenidas en bienes raíces. Se establece que estas ganancias de capital tributen, permitiendo reconocer el costo de las mejoras que se hayan incorporado al bien raíz. Queda exenta la ganancia de capital de la venta de la vivienda propia con los requisitos que en su caso se señala. c) En el caso de las acciones y derechos sociales, se reconoce como parte del costo del activo las utilidades retenidas en la empresa entre la fecha de adquisición y la fecha de venta de los títulos, lo cual es consistente con el nuevo esquema de tributación en base devengada. d) Por último, se modifica la actual forma de tributación de las ganancias de capital, que distingue entre ganancias habituales y no habituales, tratando a las primeras como renta ordinaria y aplicando a las segundas un impuesto único igual a la tasa de primera categoría. En vez de ello, el proyecto establece un tratamiento diferenciado en función del plazo en que se mantiene la propiedad del activo. Si ese plazo es inferior o igual a un año, las ganancias de capital tributarán como renta ordinaria. Si el plazo es superior a un año, se aplicará sobre la ganancia de capital la tasa marginal promedio que resulte de incorporar la ganancia anualizada a la base imponible del impuesto global complementario de los años anteriores, con tope de 6 años. Con esto se busca otorgar un tratamiento más equitativo, a la vez que minimizar el denominado efecto lock-in, que induce a las personas a mantener el activo por más tiempo del razonable, para evitar la tributación al momento de la venta. Y producto de gran incertidumbre y desconcierto que provoco la nueva ley 20.780 se crea la ley de simplificación del sistema tributario a la renta y se perfeccionan otras disposiciones legales (conocida como “reforma a la reforma”) Modificacion con vigencia a contar del 1 de enero 2016 ley N° 20.899, promulgada el 01...02.2016 publicada D.O. del 08.02.2016. Esta ley tiene 11 anticulos y 9 articulos transitorios.
Quevedo, Carlos Ariel, and Silvina Duran. "Migración y derechos humanos." Bachelor's thesis, Universidad Nacional de Cuyo. Facultad de Ciencias Políticas y Sociales, 2018. http://bdigital.uncu.edu.ar/10934.
Full textFil: Quevedo , Carlos Ariel. Universidad Nacional de Cuyo. Facultad de Ciencias Políticas y Sociales.
Fil: Duran, Silvina. Universidad Nacional de Cuyo. Facultad de Ciencias Políticas y Sociales.
Matos, Ortega Margarett. "¿Beneficios o Derechos Penitenciarios?" Derecho & Sociedad, 2017. http://repositorio.pucp.edu.pe/index/handle/123456789/117720.
Full textHernando, Nieto Eduardo. "¿Existen los derechos naturales?" Pontificia Universidad Católica del Perú, 2013. http://repositorio.pucp.edu.pe/index/handle/123456789/115568.
Full textArana, de la Peña Óscar. "Derechos humanos : cosmovisión andina." Pontificia Universidad Católica del Perú, 2014. http://repositorio.pucp.edu.pe/index/handle/123456789/114490.
Full textLozada, Prado Alí. "Derechos y Constitucionalismo Discursivo." Doctoral thesis, Universidad de Alicante, 2016. http://hdl.handle.net/10045/54935.
Full textMansilla, Lorena. "Démographie des espèces animales sociales." Thesis, Montpellier, 2019. http://www.theses.fr/2019MONTS114.
Full textThis thesis focuses on the study of social animal populations, with the main objective of including aspects of sociality in demographic models. Animals are termed social when individuals associate with other individuals of the same species not exclusively for reproduction. Some aspects of sociality are important in the different events of an individual's life, such as grooming, aggression, breastfeeding, etc. and other aspects at the population level, such as the number and size of groups, for example, in the case of animals with hierarchical structure, the number of cubs and the size of the harems, or the duration of association for cases of aggregations of animals. In this thesis, I study the components of sociality and its effects on population dynamics through capture-recapture (CR) models, which make it possible to estimate the main demographic parameters under natural conditions. We are interested in three species with different social structures. For a first species, the wolf (Canis lupus), an approach is developed to estimate the size and number of packs through a combination of spatially explicit capture-recapture models and hierarchical methods. For a second species, the Southern elephant seal (Mirounga leonina), we analyze the influence of the social structure on population dynamics in an integrated modeling framework. On a third case study, the Commerson's dolphin (Cephalorhynchus commersonii), we model the social network of animals and estimate the main characteristics of this network (e.g., degree, centrality) thanks to a state space formulation of CR models. Overall, my work illustrates the potential of modern population dynamics methods for studying the demography of social species under natural conditions
Vidal, Salazar Michael. "Los derechos laborales como derechos fundamentales frente a la globalización y la flexibilización laboral." Pontificia Universidad Católica del Perú, 2012. http://repositorio.pucp.edu.pe/index/handle/123456789/96417.
Full textPrado, García-Huidobro Nicolás. "Políticas públicas adecuadas, que compensen económicamente a los criadores pecuarios ante ataque de depredadores salvajes, permiten tutelar el derecho fundamental de vivir en un medio ambiente libre de contaminación." Tesis, Universidad de Chile, 2018. http://repositorio.uchile.cl/handle/2250/153360.
Full textCarmona, García Lorena. "Los derechos constitucionales del niño." Tesis, Universidad de Chile, 2000. http://www.repositorio.uchile.cl/handle/2250/114134.
Full textNo autorizada por el autor para ser publicada a texto completo
El objetivo de este trabajo es analizar los derechos de los niños desde la perspectiva de nuestro ordenamiento constitucional. Este análisis comprenderá, en primer lugar, una aproximación a los derechos del niño como concepto ligado a los derechos humanos, su historia y evolución. En segundo lugar, examinaremos su consagración positiva dentro de nuestro ordenamiento jurídico, tanto a través de las normas en que están contenidos como a través de los principios inspiradores de nuestro sistema, como la protección de la familia y el interés superior del niño. Y en tercer lugar, analizaremos cómo estos derechos se ven realizados en nuestro país, de qué manera el Estado y la sociedad han ido paulatinamente haciendo suyo el interés por resguardar los derechos de este grupo de la sociedad que representa el futuro, a través de la elaboración de diversas leyes, la creación de numerosas instituciones y la instauración de determinadas políticas sociales y programas de atención a la infancia a lo largo de la historia de los derechos del niño en Chile. Todo ello con una misma finalidad: convertir en una realidad palpable los derechos de aquellos que a pesar de su corta edad son sujetos de derechos al igual que cualquier otra persona
Ugaz, Sánchez-Moreno José Carlos. "Gran corrupción y derechos humanos." Master's thesis, Pontificia Universidad Católica del Perú, 2018. http://tesis.pucp.edu.pe/repositorio/handle/123456789/13363.
Full textIn this thesis “Grand corruption and human rights”, we intend to reflect on the existence of corruption as a systemic phenomenon of great magnitude happening from power. It is typical of our times and it is named grand corruption. Also, we look for determining if there is a substantial difference between grand corruption and the traditional, regular or petit corruption. Even though there is no consensus about how to define corruption, and despite that some minority voices point that it could have some positive effects for the economy, in general, the majority explain it as a negative phenomenon. Corruption is conceived as case of abuse of power to obtain a personal benefit at the cost of the common good. After analyzing the features of grand corruption (authors with political or economic power, mobilization of immense amounts of resources and impact in the citizens’ rights), we conclude that it is a qualitatively different phenomenon compared to regular corruption. They differ because of the social factor, meaning, the impact on the human rights of these who suffer its consequences. Grand corruption affects in a special way the most vulnerable sectors of society. It increases poverty and inequality, limiting or denying the enjoyment of fundamental rights like the right to life, education and access to decent housing. Once this first question is responded, we intend to establish if this type of corruption of power constitutes a violation of human rights, and if so, if it is possible to use the judicial mechanisms of those from the human rights system to identify the authors, sanction the responsible and compensate the victims. The States have the obligation to respect, protect and satisfy human rights. This obligation can be violated by action or omission due to corrupt practices of significant entity. When the States do not comply with this obligation, they and the individual actors incur in legal liability that can be demanded by those whose fundamental rights have been affected. Grand corruption, understood in human rights key, can be challenged in the human rights system - regional or universal - to sanction the State, seek remediation of the damages and request precautionary measures to cease practices of corruption or impunity. We propose, attending the harmfulness of these actions, that it is not necessary to demonstrate a concrete damage nor an intention directed to generate the violation. It is enough to demonstrate the potential harmfulness of the action and that the responsible were able to represent the result in their minds due to the serious nature of their conduct. Finally, grand corruption is a very complex and serious problem in Latin America as demonstrated by cases of regional level, such as Lava Jato, and national level, such as the corrupt networks in the forestry system in Peru. Both as been included in this thesis for a better comprehension of the problem. Because cases like these, we propose the appointment of a Special Rapporteur in the framework of the OAS in order to evaluate the impact of corruption in human rights and develop systemic solutions.
Tesis
DUQUE, MEJÍA YESENIA, and CARDOSO CLAUDIA ELENA ROBLES. "SALARIO MÍNIMO Y DERECHOS HUMANOS." Tesis de maestría, UNIVERSIDAD AUTÓNOMA DEL ESTADO DE MÉXICO, 2017. http://hdl.handle.net/20.500.11799/68567.
Full textEl presente trabajo de investigación tiene la finalidad de analizar si actual-mente el salario mínimo, cumple con los principios constitucionales plasmados en nuestra Carta Magna, y Ley Federal del Trabajo, si garantiza los derechos económicos, sociales y culturales de los trabajadores para gozar de una vida digna. La necesidad de realizar esta investigación, surge en virtud de que en la actualidad, este presenta un grave problema por cuanto hace al monto que recibe un trabajador como salario mínimo, desde el año 2015, año en el que inicia la investigación el salario mínimo estaba en la cantidad de $74.03 , y en el año en que concluye la investigación, 2017, es de $80.04, cantidad que resulta comple-tamente precaria, además de que no cumple con los principios que fueron con-sagrados en nuestra Carta Magna, y derivado de la reforma realizada a la Cons-titución Política de los Estados Unidos Mexicanos y en la ley secundaria, sin em-bargo el pasado 10 de junio de 2011, con la reforma constitucional sobre Dere-chos Humanos, da la pauta para realizar un análisis real de la violación a estos por el hecho de que no se garantice a un trabajador un salario mínimo suficiente para llevar una vida digna. Por lo que nos damos cuenta de que la cantidad que recibe un trabajador, no es suficiente para satisfacer sus necesidades básicas, aunque si bien es cierto, se ha tratado de buscar la forma en la que este salario pueda alcanzar a cubrir las necesidades de un padre de familia, ya que la comisión nacional de salarios mínimos, a lo largo del año 2015, busco la homologación de un salario mínimo, desapareciendo con ello las zonas geográficas que teníamos previa-mente establecidas, pasamos de tener tres zonas geográficas “A, B y C” a tener una sola “A”, lo cual fue publicado el pasado 30 de septiembre de 2015 en el Diario Oficial de la Federación, y así lograr en una cantidad fija en todo el país, la cual va siendo modificada año con año, esto con la finalidad de poder elevar el salario y poder brindarle a los trabajadores un vida digna, pero seguimos en-frentándonos nuevamente al problema de que un trabajador que percibe una can-tidad mínima por una jornada de 8 horas, no puede cubrir ni satisfacer sus nece-sidades básicas, empezando por las cuestiones de los derechos más básicos como son: la alimentación, salud, educación, entre otros..
ARGÜELLO, RODRÍGUEZ LAURA ELENA. "GÉNERO, CIUDADANÍA Y DERECHOS REPRODUCTIVOS." Tesis de Licenciatura, UNIVERSIDAD AUTONOMA DEL ESTADO DE MÉXICO, 2019. http://hdl.handle.net/20.500.11799/105329.
Full textBernales, Balllesteros Enrique. "¿Quiénes violan los derechos humanos?" Derecho & Sociedad, 2015. http://repositorio.pucp.edu.pe/index/handle/123456789/118444.
Full textHernando, Nieto Eduardo. "¿Derechos culturales u obligaciones naturales?" IUS ET VERITAS, 2016. http://repositorio.pucp.edu.pe/index/handle/123456789/123161.
Full textHernando, Nieto Eduardo. "¿Derechos culturales u obligaciones naturales?" Pontificia Universidad Católica del Perú, 2014. http://repositorio.pucp.edu.pe/index/handle/123456789/114156.
Full textAmes, Rolando. "Ciudadanía, derechos y Ciencias Sociales." Pontificia Universidad Católica del Perú, 2003. http://repositorio.pucp.edu.pe/index/handle/123456789/115279.
Full text