Dissertations / Theses on the topic 'Derechos del niño Chile'
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Carmona, García Lorena. "Los derechos constitucionales del niño." Tesis, Universidad de Chile, 2000. http://www.repositorio.uchile.cl/handle/2250/114134.
Full textNo autorizada por el autor para ser publicada a texto completo
El objetivo de este trabajo es analizar los derechos de los niños desde la perspectiva de nuestro ordenamiento constitucional. Este análisis comprenderá, en primer lugar, una aproximación a los derechos del niño como concepto ligado a los derechos humanos, su historia y evolución. En segundo lugar, examinaremos su consagración positiva dentro de nuestro ordenamiento jurídico, tanto a través de las normas en que están contenidos como a través de los principios inspiradores de nuestro sistema, como la protección de la familia y el interés superior del niño. Y en tercer lugar, analizaremos cómo estos derechos se ven realizados en nuestro país, de qué manera el Estado y la sociedad han ido paulatinamente haciendo suyo el interés por resguardar los derechos de este grupo de la sociedad que representa el futuro, a través de la elaboración de diversas leyes, la creación de numerosas instituciones y la instauración de determinadas políticas sociales y programas de atención a la infancia a lo largo de la historia de los derechos del niño en Chile. Todo ello con una misma finalidad: convertir en una realidad palpable los derechos de aquellos que a pesar de su corta edad son sujetos de derechos al igual que cualquier otra persona
Cáceres, Rojas María Fernanda, and Silva Alonso Lagos. "Principio del interés superior del niño, niña y adolescente como criterio de adjudicación." Tesis, Universidad de Chile, 2018. http://repositorio.uchile.cl/handle/2250/151240.
Full textEl principio del interés superior del niño niña y adolescente1 es estimado como una consideración primordial a la que debe sujetarse toda resolución o medida que afecte al niño, tal y como establece el artículo 3° de la CIDN. Sin embargo, esta consideración de “primordialidad” en la resolución de los asuntos −especialmente judiciales− que proyectan una o más consecuencias respecto del niño, constituye un enunciado normativo cuyo contenido, por el hecho de ser un principio, es de una textura abierta e indeterminada, que, consecuentemente, debe precisar el adjudicador para establecer los derechos y obligaciones pertinentes. Así, desde una perspectiva sustancial, el principio de interés superior del niño ha sido tradicionalmente subsumido como un criterio para resolver conflictos que obliga a otorgar especial peso a los intereses del niño y determinarlos en concordancia a las circunstancias relevantes. A su vez, el interés superior del niño, debe considerarse como un mandato de optimización, cuyo contenido y alcance particular debe determinarse en un ejercicio ponderativo que ponga en evidencia todas las reglas y principio que son pertinentes en el conflicto jurídico a resolver por el adjudicador. Es decir, es necesario establecer un marco de evaluación claro que le sirva de guía al juez para dirimir asuntos en los que concurre el interés superior del niño y que no 1 De aquí en adelante, el presente trabajo utilizará la denominación más simple de interés superior del niño para referirnos a este concepto. 7 ponga en riesgo otros principio y reglas relevantes que deban considerarse conjuntamente. El presente estudio tiene por finalidad evidenciar que, siendo el principio de interés superior del niño un concepto de textura abierta e indeterminada, su aplicación por parte de los tribunales de justicia adolece de un incorrecto tratamiento atendido su carácter de principio normativo, no estableciéndose con claridad el razonamiento ponderativo o los principios en juego en la decisión del conflicto, haciendo difícil conciliar la actividad adjudicatoria con una teoría de la argumentación jurídica que no devenga en discrecionalidad judicial no reconducible a un modelo argumentativo.
Nalda, Palomer Rocío. "La eficacia del procedimiento de medidas de protección del niño, niña o adolescente." Tesis, Universidad de Chile, 2016. http://repositorio.uchile.cl/handle/2250/139341.
Full textEn la presente Tesis se investigará respecto del procedimiento especial de aplicación de medidas de protección establecido en la ley N° 19.968, específicamente sobre su eficacia. Para ello, se analiza la protección de los derechos del niño a nivel internacional, su evolución y los mecanismos creados en ciertos países para resguardarlos. Además, se desarrolla un estudio acerca de cómo ha evolucionado la tutela de la infancia en Chile y, cuál es la doctrina imperante en nuestro país a este respecto. Finalmente, se efectúa un examen sobre el actual sistema de medidas de protección, su aplicación, fiscalización, y por último, respecto de su eficacia. Palabras Clave: Procedimiento de Medidas de Protección; Niño, niña y Adolescente; Interés Superior del Niño; Convención Internacional sobre los Derechos del Niños, Niña y Adolescente
Valladares, Mellado Rocío Valentina. "El derecho al debido proceso a la luz de la Convención sobre los Derechos del Niño." Tesis, Universidad de Chile, 2017. http://repositorio.uchile.cl/handle/2250/152781.
Full textEscobar, Gallardo Paulina Ximena, and Cádiz María Victoria Hernández. "El interés superior del niño como principio general del derecho : análisis jurisprudencial." Tesis, Universidad de Chile, 2016. http://repositorio.uchile.cl/handle/2250/140455.
Full textAutor no autoriza el acceso a texto completo de su documento
Este trabajo analiza el principio del interés superior del niño, su recepción por parte de los Tribunales de Justicia chilenos y su aplicación como principio general del derecho. Para ello, nos centraremos en el estudio de la jurisprudencia nacional en diversas áreas del derecho de familia como cuidado personal, relación directa y regular, alimentos y adopción, además en materias que, si bien escapan del ámbito tradicional de aplicación de este principio, también encuentran cabida como educación, salud, responsabilidad penal adolescente y derecho migratorio, manifestando de ese modo su carácter de principio general. Estudiamos los principales instrumentos internacionales que regulan la materia y cómo se han ido incorporando en nuestro derecho interno a través de las distintas reformas legislativas, especialmente en el derecho de familia. Analizamos, de manera particular, la Convención de los Derechos del Niño y Observación Nº 14 sobre el derecho del niño a que su interés superior sea una consideración primordial, que han influenciado reformas legislativas que se han expresado en las Leyes Nº 19.685 sobre filiación, Nº 20.084 de responsabilidad penal adolescente y Nº 20.680 que modifica el Código Civil, entre otras materias, en cuidado personal y relación directa y regular. Realizamos una breve reseña de la recepción de este principio por parte de la doctrina y el legislador en cada temática abordada, para finalmente analizar críticamente cómo los Tribunales de Justicia han dado concreción a este principio expresado en su definición, funciones, criterios de determinación y alcances al momento de fallar. Para la elaboración de esta tesis revisamos un total de 384 sentencias desde los años 2004 al 2015, emanados de los Tribunales Superiores de Justicia, Tribunal Constitucional e, incluso, la Dirección del Trabajo. Sin embargo, en atención a su relevancia, solo 328 fallos se incluyeron en este trabajo. De ese número de sentencias, 118 corresponden al análisis jurisprudencial propiamente tal. Finalmente, realizamos 45 fichas descriptivas de los casos.
Barros, Aravena Fernando. "Del cuidado personal, igualdad entre padres e interés superior del niño." Tesis, Universidad de Chile, 2013. http://repositorio.uchile.cl/handle/2250/129732.
Full textEl presente trabajo investiga los derechos civiles y constitucionales derivados de las relaciones paternofiliales y, en especial, del aspecto personal de dicho vínculo. Se analiza la reglamentación sobre la materia haciendo una crítica al desfase entre la normativa legal y la constitucional incorporando los tratados de derechos humanos ratificados por Chile. Se propone el régimen adecuado y la forma en que deben protegerse los derechos de los padres y de sus hijos.
Brunaud, Ramos Claudia Andrea. "Protección de la infancia : un tema de derechos humanos." Tesis, Universidad de Chile, 2003. http://www.repositorio.uchile.cl/handle/2250/114526.
Full textEl objeto de esta Memoria sobre protección de la infancia es abordar el lugar y consideración jurídica que ocupa esta especial categoría de personas en el mundo de los adultos, y, más concretamente, en el campo de los derechos humanos.
Lathrop, Gómez Fabiola. "El derecho del niño a ser oído en el nuevo derecho de familia." Tesis, Universidad de Chile, 2002. http://www.repositorio.uchile.cl/handle/2250/115334.
Full textNo autorizada por el autor para ser publicada a texto completo
El objetivo del presente trabajo ha sido investigar el significado del derecho del niño a ser oído, su verdadero alcance, el modo y la naturaleza de la intervención del niño y adolescente en los ámbitos familiares y judiciales en que sus intereses de carácter personal o patrimonial están involucrados. Por cierto ha sido preocupación fundamental, determinar su consagración en el ámbito nacional e internacional, con el objeto de verificar su verdadera aplicación. El método o procedimiento ha sido esencialmente descriptivo o expositivo. Su desarrollo se sustenta en un análisis de la doctrina elaborada en relación a este principio, y por cierto, de las legislaciones extranjeras que lo han consagrado. Pero por sobre todo, la construcción de este trabajo se ha efectuado a la luz de los instrumentos internacionales referidos a esta materia, especialmente, la Convención de los Derechos del Niño. Dichos elementos confluyen para confrontarse a la realidad jurídica del estatuto filiativo chileno. Finalmente, los resultados de esta investigación, conducen indubitablemente a la afirmación de que es imperativo implementar políticas públicas de la infancia y adolescencia dirigidas a protegerlas integralmente. La creación del fuero de familia es vital para la efectividad de los derechos del niño.
González, Luchsinger Constanza. "El derecho de los niños, niñas y adolescentes a la defensa técnica: el abogado del niño, una tarea pendiente en Chile." Tesis, Universidad de Chile, 2019. http://repositorio.uchile.cl/handle/2250/170686.
Full textLa presente obra tiene por objeto demostrar la necesidad de incorporar la figura del abogado del niño en el ordenamiento jurídico chileno, para garantizar a los niños, niñas y adolescentes (en adelante NNA) el derecho a la defensa técnica y permitirles una participación efectiva y eficaz en los procedimientos judiciales de familia que los afectan. Para lograr el objetivo propuesto, se analiza la situación actual en materia de representación de NNA en los procedimientos judiciales de familia en Chile a la luz de la normativa internacional en materia de derechos humanos, en particular de la Convención sobre los Derechos del Niño (en adelante CDN). También se tendrá en consideración la experiencia comparada de Argentina y Estados Unidos en lo relativo a sus modelos de representación judicial para NNA en los procedimientos de familia. El estudio concluye que la regulación actual en materia de representación judicial de NNA en los procedimientos de familia en Chile no se ajusta a los principios que inspiran la CDN y no garantiza el derecho a la defensa técnica de NNA. En consecuencia, se considera necesario construir un sistema de representación judicial que, inspirado en el modelo de la protección integral de los derechos, incluya la figura del abogado del niño, permitiendo la participación real y efectiva de NNA en los procedimientos de familia que los afectan.
Riquelme, Tapia Pamela, and Fazio Carina Troncoso. "Vulneración de los derechos del niño en Centros del SENAME : la inviabilidad de la reinserción social." Tesis, Universidad de Chile, 2017. http://repositorio.uchile.cl/handle/2250/144854.
Full textLa presente investigación busca, en primer lugar, describir el funcionamiento de los Centros de Internación en Régimen Cerrado y Semi Cerrado del Servicio Nacional de Menores, específicamente desde la entrada en vigencia de la Ley de Responsabilidad Penal Adolescente -el 18 de junio de 2007-. Se identificarán las dificultades prácticas que ha traído la aplicación del sistema sancionatorio diferenciado que la ley creó para los menores entre 14 y 18 años, para posteriormente comparar las condiciones observadas con la normativa sobre derechos de los niños, niñas y adolescentes consagrados en la Convención Internacional de los Derechos del Niño de las Naciones Unidas, ratificada por nuestro país en 1990. Según la información recabada durante la investigación, se analizará finalmente si la vulneración de estos Derechos es un factor que condiciona el fracaso de la labor de reinserción social que desempeña el SENAME.
Robledo, Galarce Carola Andrea. "Análisis del derecho a ser oído del niño y a la participación en el nuevo derecho de familia." Tesis, Universidad de Chile, 2017. http://repositorio.uchile.cl/handle/2250/145209.
Full textEs innegable la importancia de la protección de la niñez y adolescencia en toda sociedad, en incontables ocasiones hemos escuchado y dicho que “los niños son el futuro”. Las consideraciones, sociales, culturales, morales y todo tipo son diversas según las distintas sociedades y por ello no es posible pretender que el criterio de protección sea unificado de una sola vez, ya sea con la mera ratificación de instrumentos internacionales o la consagración de los derechos establecidos en ellos en el ordenamiento nacional. En nuestro país, se han dado los pasos descritos, sin duda se ha avanzado en adecuar nuestra legislación a los parámetros internacionales de protección de los niños, niñas y adolescentes, sin embargo pese a que se encuentra en tramitación el proyecto de Ley de Protección Integral de la Infancia y Adolescencia, nos queda mucho tiempo para seguir aplicando la normativa vigente y que ha demostrado ser insuficiente para los tiempos actuales. En este trabajo me enfoqué en el análisis de uno de los derechos del niño en particular, el derecho del niño, niña o adolescente a ser oído, que, si bien tiene implicancias en muchos ámbitos de su desarrollo, fue analizado en particular en cuanto a la forma que es recogido en el derecho Internacional, comparado, su consagración en el actual Derecho de Familia Chileno y su desarrollo en la esfera judicial de la justicia de familia.
Aparicio, Arias Loreto Irene, and Díaz Paulina Constanza Fauné. "Análisis jurisprudencial de la aplicación del interés superior del niño como principio rector en materia de cuidado personal y relación directa y regular." Tesis, Universidad de Chile, 2012. http://www.repositorio.uchile.cl/handle/2250/112972.
Full textNo autorizada por el autor para ser publicada a texto completo
El presente estudio tiene por objeto la determinación de los criterios judiciales de concretización del principio de interés superior del niño en materia de Cuidado Personal y Relación Directa y Regular. Para este efecto, se han recopilado y analizado por medio de fichas los fallos dictados por Corte de Apelaciones de Santiago en materia de Cuidado Personal y Relación Directa y Regular entre los años 2007 a 2009. Se ha efectuado el examen, descripción y sistematización de los criterios obtenidos a partir del estudio de los fallos antes mencionados, con el objeto de dar contenido al concepto jurídico indeterminado del interés superior del niño
Escanilla, Cortés Javiera. "Desvaloración y vulneración de los derechos del niño, niña y adolescente por medio del trabajo infantil : análisis de la legislación chilena, aportes, resultados y perspectivas." Tesis, Universidad de Chile, 2012. http://www.repositorio.uchile.cl/handle/2250/112816.
Full textEl objetivo de este estudio, consiste en el análisis de la postura de nuestro país y de la legislación chilena, sus aportes, resultados y perspectivas en torno al trabajo de menores, se basó en los siguientes tipos de métodos de investigación: a) Método deductivo, por cuanto se realizaron observaciones de tipo general, es decir, un enfoque al razonamiento, desde los tipos de trabajo que afectan el normal desarrollo 12 de los menores, para la extracción de conclusiones que sirvieron para un caso específico, el cual es la razón para regular el trabajo infantil en Chile. b) Método Histórico: se realiza un breve análisis y descripción sobre los trabajos en los que han participado los menores y en los que actualmente se desempeñan, para así determinar el porqué los niños, niñas y adolescentes se insertan en el mundo laboral. c) Método Comparativo: en virtud del método histórico, se pudo realizar un análisis comparativo en cuanto al avance en materia de prevención o erradicación del trabajo infantil en el mundo y, en particular, en Chile. d) Método Analítico: a través de este método se puedo descomponer las normas relativas a los Derechos de los Infante-adolescentes, estudiar su sentido y alcance, y aplicarlas en el objeto de estudio. e) Método de Observación: Usando el método de observación se pudo registrar los patrones conductuales de personas, específicamente de niños que laboran a temprana edad como a los adultos frente a su posible aceptación, a fin de obtener información sobre el trabajo infantil en Chile. Además, se pudo observar sucesos y objetos, lo que indica lo que ha ocurrido y lo que ocurre en Chile respecto al trabajo infante-adolescente. f) Método Estadístico: se analizan datos cuantitativos, como encuestas a personas que entreguen datos de si el trabajo que puedan realizan los menores conlleva un efecto negativo al normal proceso de desarrollo y bienestar de los mismos. g) Método Intuitivo: Es el primer método que se utilizó en la investigación, por cuanto parte de la base que los niños ven vulnerados sus derechos al insertarse en el mundo laboral, y es por eso, que el trabajo infantil debe ser regulado en Chile y en el mundo. h) Método Dialéctico: En virtud a las dos posturas existentes respecto al trabajo infantil, se analizan tales elementos contradictorios para poder tener un enfoque más amplio y de esa manera, se refuta o acepta la hipótesis formulada
Seura, Gutiérrez Cristian Manuel. "Las medidas de protección al niño, niña o adolescente en el ámbito de la violencia intrafamiliar, desde la perspectiva del derecho de familia." Tesis, Universidad de Chile, 2008. http://www.repositorio.uchile.cl/handle/2250/107851.
Full textEl presente trabajo tiene por objetivo el estudio de las medidas de protección en el ámbito de la violencia intrafamiliar ejercida en contra de niños, niñas o adolescentes, y como dichas medidas de una u otra forma contribuyen a la protección integral de las víctimas desde la perspectiva del derecho de familia y en especial desde la óptica del interés superior del niño y las disposiciones de los tratados internacionales y normas legales nacionales que rigen la materia. De manera particular se plantea el objetivo de darnos una visión clara y completa de lo que es hoy en Chile la violencia intrafamiliar, en que ámbito esta se produce y las diversas causas que influyen en su desarrollo. Por último tendrá por objeto determinar claramente cual es el marco legal dentro del ámbito de la violencia intrafamiliar que permite dar una protección a los niños, niñas y adolescentes víctimas de distintos tipos de maltrato y verificar, si son o no suficientes, los marcos legales nacionales para alcanzar la finalidad de la Convención Internacional de los Derechos del Niño en cuanto a promover una protección integral de los niños, niñas y adolescentes como sujetos de derechos. La metodología que se utilizará estará centrada en el análisis de la doctrina más moderna en este ámbito, teniendo como referente fundamental los derechos, principios y directrices entregados por la Convención Internacional de los Derechos del Niño, y en especial las disposiciones contenidas en la ley de violencia intrafamiliar Nº 20.066, sin perjuicio de aquello se hará un análisis de cierta jurisprudencia que nos permitirá abordar en la práctica las normas internacionales y de nuestro derecho en el ámbito de la protección de los niños, niñas y adolescentes. Para esto, será necesario en primer lugar, definir conceptos básicos que han de utilizarse en esta memoria, como los de familia, violencia y maltrato, entre otros, para luego ahondar en las causas de la violencia intrafamiliar y las consecuencias jurídicas de la aplicación de una medida de protección u otra en general y como permiten sostener la protección integral de las víctimas de violencia intrafamiliar, cuando éstas son niños, niñas o adolescentes
Schudeck, Díaz Astrid Carolina. "El Interés superior del niño." Tesis, Universidad de Chile, 2002. http://www.repositorio.uchile.cl/handle/2250/107304.
Full textNo autorizada por el autor para ser publicada a texto completo
En general, sólo se abordan las materias en que el interés del menor recibe aplicación. Aquí, en cambio, no se analizarán las instituciones en que el interés del menor cobra vigencia, sino que se estudiará al interés del menor en dichas instituciones. Es decir, el análisis de los temas relativos a los niños se hará con una mirada parcialmente distinta. Se comenzará con un bosquejo de los métodos recomendados a utilizar en la búsqueda del interés del menor, para así facilitar la comprensión de los siguientes temas. Luego, se intentará explicar el fundamento de la consagración del interés del menor, para entonces analizar los conflictos que provoca su determinación, a través de la búsqueda de su concepto, contenido y límites a la imprecisión que lo caracteriza. Seremos reiterativos en ese aspecto. Particular importancia se dará a la existencia de prejuicios y estereotipos en la determinación del interés del menor. Se abordarán temas de especial relevancia, tales como la posible existencia de una carácter patrimonial del contenido del interés del menor, el fundamento de la provisionalidad de las resoluciones judiciales, presentación conflictiva del interés del menor, libertad religiosa del niño, derecho a la identidad, convenios parentales, tuición y régimen comunicacional.
Oyarce, Bustamante Carolina. "El derecho y deber a mantener una relación directa y regular con los hijos: de su configuración en la legislación chilena y su eficacia según jurisprudencia." Tesis, Universidad de Chile, 2005. http://www.repositorio.uchile.cl/handle/2250/107595.
Full textSin perjuicio del debido análisis dogmático, el principal aporte de esta investigación se traduce en intentar visualizar la forma que el máximo Tribunal Jerárquico de nuestro país ha recogido las diversas modificaciones existentes en la materia y observar cómo la jurisprudencia a llevado a la práctica los principios inspiradores de tales reformas. En dicho espíritu, comprende un análisis acucioso análisis jurisprudencial principalmente de sentencias pronunciadas por la Corte Suprema, buscando revelar la existencia de fallos suficientes como para constituir ciertas tendencias en uno sentido u otro, determinar si hay pronunciamiento de fondo o solamente se resuelve acorde a criterios formales; y, al mismo tiempo, establecer los tópicos y vías recurrentes por los cuales llega a conocimiento del máximo tribunal del país, tales como la acusación de abuso sexual cada vez mas invocada en sede jurisdiccional; el interés superior del niño como uno de los íconos de la legislación en materia de familia y en especial, el derecho del menor a ser oído en audiencia respecto de asuntos que vayan a afectar su vida, como una de sus manifestaciones, de su valor probatorio; y la vinculación en general de todos los conflictos de índole familiar cuando existen quiebres o rupturas en la pareja; sin perjuicio de recurrir a resoluciones de Juzgados de Menores, tribunales encargados de zanjar la problemática familiar en primera instancia, vislumbrar la manera en que el aparato judicial absorbe y asume esta clase de dificultades, con el objeto de llegar a dilucidar desde la perspectiva práctica, la eficacia de las reformas (Código Civil y Ley de Menores), señalar la existencia de discrepancias entre la norma de jerarquía legal y su aplicación, y comparar la realidad con la norma, desde el punto de vista de los objetivos y ventajas, que pretendían traer consigo tales reformas, que finalmente, es la posibilidad de comunicación entre los progenitores con el menor, en la forma que más se asemeje, a la relación que hubiese habido de no existir el quiebre o separación entre los padres
Aguilar, Berrios Emilia Angélica, Atias Valentina Paz Bastías, and Bravo Claudia Cardemil. "No hay derecho: panorama de los derechos de niños, niñas y jóvenes en Chile a los 25 años de la ratificación de la convención de los derechos del niño." Tesis, Universidad de Chile, 2015. http://repositorio.uchile.cl/handle/2250/139710.
Full textReportaje 1: Avances y retrocesos legislativos en materia de niñez en los últimos 45 años. Reportaje 2: Ley de Protección Integral de niños, niñas y adolescentes: antecedentes, implicancias y críticas. Entrevista: Denisse Araya Directora Ejecutiva ONG Raíces.
Bobadilla, Ayala Valeska Nathalia. "El rol subsidiario del Estado en la protección de los niños, niñas y adolescentes." Tesis, Universidad de Chile, 2008. http://www.repositorio.uchile.cl/handle/2250/107779.
Full textEscobedo, Durán Macarena Andrea. "Un defensor del pueblo para la infancia y adolescencia en Chile." Tesis, Universidad de Chile, 2015. http://repositorio.uchile.cl/handle/2250/132994.
Full textFuenzalida, Fuenzalida Daniela Cecilia. "Niños, niñas y adolescentes migrantes en Chile: Derecho y justicia." Tesis, Universidad de Chile, 2017. http://repositorio.uchile.cl/handle/2250/151559.
Full textEn esta tesis se analizará la migración de niños, niñas y adolescentes en Chile, el contexto en el que puede ocurrir y los efectos que puede tener para sus vidas, intentando responder la pregunta acerca de si en nuestro país existe una protección especial de los derechos de los niños, niñas y adolescentes migrantes, que tenga como principal objetivo garantizar su ejercicio y goce efectivo, así como evitar la amenaza o vulneración de los mismos. Se partirá de la idea base de que estos sujetos son merecedores de una doble protección. Primero, por el hecho de encontrarse en un estado de desarrollo y crecimiento, lo que los hace depender de otras personas y carecer de un juicio y personalidad completamente formados. En segundo lugar, porque requieren de una protección especial por el hecho de ser migrantes, lo que los hace susceptibles de ver vulnerados sus derechos durante todo el proceso migratorio por la condición de incertidumbre e inseguridad en la que se encuentran. Se revisará la actual normativa chilena sobre las personas migrantes, en especial la dirigida a niños, niñas y adolescentes, haciendo un análisis crítico de la misma y evaluando si tanto ella como las políticas públicas estatales cumplen el principal objetivo de evitar que los derechos de este grupo se vean amenazados o vulnerados ya sea por actuaciones u omisiones de particulares o del propio Estado. Finalmente, se estudiará cómo los tribunales, nacionales e internacionales, han ido cambiando paulatinamente el enfoque con el que han debido enfrentar situaciones en las que se ven involucrados niños, niñas y adolescentes migrantes y posibles vulneraciones a sus derechos. Y cómo este cambio de enfoque que ha surgido desde la normativa internacional de derechos humanos ha influido en los Estados receptores de migrantes, en especial, en nuestro país.
Montoya, Riveros Leslie Carol, and Muñoz María José Paredes. "Regulación de la programación televisiva y los derechos fundamentales del niño, niña y adolescente. — Una propuesta para compatibilizar los derechos de los niños con la libertad de expresión de los medios televisivos." Tesis, Universidad de Chile, 2006. http://www.repositorio.uchile.cl/handle/2250/107720.
Full textParte nuestra investigación con el examen de los aspectos más relevantes de la regulación de los derechos del niño, centrándonos principalmente en las normas y principios de la CIDN que se refieren a la relación entre la infancia y medios de comunicación social. En este primer capítulo, también nos referimos a la recepción de este tratado internacional en el derecho nacional y el estado general de su incorporación. Luego en el capítulo II, se analizan en términos generales las garantías reconocidas a los medios de comunicación televisivos, para conocer las bases fundamentales de sus derechos y la justificación de su regulación. Con este propósito se investiga el derecho de propiedad, el derecho a ejercer una actividad económica lícita y la libertad de expresión. La mayor o menor amplitud de la delimitación del contenido de estos derechos determinará qué restricciones pueden imponerse válidamente sin lesionar su esencia. Dentro de ellos, la libertad de expresión es el derecho que puede ser afectado más directamente por una normativa protectora de los derechos del niño. Atendido a ello es que investigamos los posibles conflictos que se pueden producir con otros derechos y la forma como aquellos han sido resueltos legislativamente. En el capítulo III, se analizan los fundamentos de la regulación de la televisión a la luz de La Convención y de la libertad de expresión de los medios de comunicación. Dentro de ellos, se observan los principales estudios sobre sus efectos y el rol que le compete en esta materia tanto a los padres como al estado. Ello nos ayudará a determinar si se justifica restringir la libertad de expresión de los medios televisivos en virtud de los posibles efectos perniciosos que ésta tendría sobre la infancia. Asimismo nos referimos a las directrices y criterios utilizados en otros países para enfrentar esta problemática. Ello nos permitirá evaluar de manera más adecuada la normativa interna en función de sus símiles extranjeras. En el capítulo IV se investiga acerca del estado de la regulación de la televisión dentro del sistema jurídico nacional, en especial las normas jurídicas internas que orientan el funcionamiento de la televisión en relación a los intereses de los niños. Conoceremos al órgano especializado que fue creado por la Constitución Política de 1980 para fiscalizar el cumplimiento de las normas legales reguladoras de la actividad televisiva. Dicho ente es el Consejo Nacional de Televisión (El Consejo), que fue establecido a través de la ley 18.838. Este cuerpo jurídico le otorga también facultades de regulación y de subsidio a la programación televisiva que poseen relación con la protección de la infancia y juventud
Martínez, Morgado Constanza. "Regulación del derecho del niño a ser oído por la actual Ley no. 19.968 y su consideración por los tribunales nacionales : análisis de su eficacia en el ejercicio de este derecho en Chile." Tesis, Universidad de Chile, 2016. http://repositorio.uchile.cl/handle/2250/140354.
Full textLa siguiente memoria tiene por objetivo analizar la eficacia de la regulación que hace la Ley N°19.968 del derecho del niño a ser oído, y así determinar la forma en que se ejerce este derecho en Chile. Se utilizan fuentes documentales que permiten establecer, en abstracto, el marco en que debiese ejercerse este derecho, conforme a la regulación internacional de la Convención sobre Derechos del Niño. Posteriormente se determina la forma en que la legislación nacional ha incorporado al derecho interno el derecho del niño a ser oído, específicamente en los procedimientos ante Tribunales de Familia presentes en la Ley N° 19.968. Para finalizar con casos jurisprudenciales, de los años 2009-2013, en los que los tribunales superiores de justicia se han referido a este derecho. Si bien la Convención Internacional sobre Derechos del Niño es parte de nuestro ordenamiento nacional, en virtud del artículo 5 de la Constitución Política de la República, es necesario que la legislación especial, en particular la que regule procedimientos en los que se debe ejercer este derecho por niños, niñas y adolescentes involucrados, establezca el modo práctico: contexto, oportunidad, forma de solicitud, plazo, etc. La regulación por Ley N° 19.968 y su v aplicación práctica presenta aspectos que dificultan la participación de menores de edad en estos procedimientos.
Valdivia, Paredes Rodolfo Antonio. "El deber de cuidado personal : un análisis de las instituciones, principios y jurisprudencia relacionadas con la entrega del cuidado personal del niño o adolescente." Tesis, Universidad de Chile, 2007. http://www.repositorio.uchile.cl/handle/2250/113414.
Full textNuestro trabajo se inicia con el desarrollo de los derechos de los niños y adolescentes. Se estudiaran los instrumentos internacionales que reconocen los derechos fundamentales de los niños y su trascendencia. Instrumentos que contienen principios y normas de vital importancia como son el interés superior del niño y el derecho a ser oídos, los que serán desarrollados en profundidad. En el capítulo segundo del trabajo nos abocaremos a la filiación, fuente de la existencia de relaciones personales entre padres e hijos. Se estudiarán sus fuentes históricas hasta la normativa legal vigente. Al mismo tiempo la compararemos con las normas civiles que existían con anterioridad para poder entender la evolución de nuestro ordenamiento jurídico sobre la materia. Se desarrollará someramente la determinación de la filiación, su importancia y efectos, con especial énfasis en las relaciones personales. En este punto nos detendremos para poder explicar la dicotomía existente en Chile sobre la patria potestad y la potestad parental (relaciones personales padres-hijo). Al mismo tiempo se comparará dicha dicotomía con el tratamiento unitario existente en otras legislaciones como la argentina y española. El tercer capítulo constituye el eje central de este estudio. Nos dedicaremos al derecho-deber de cuidado personal de los hijos. Se definirá conceptualmente la institución, su objeto y naturaleza jurídica. Luego intentaremos abarcar las situaciones en que corresponde determinar la titularidad del cuidado personal, entregando la solución legal de acuerdo con el ordenamiento vigente. En este mismo capítulo serán tratadas tanto las causales específicas como genéricas de pérdida de la titularidad del cuidado personal, junto con presentar nuestras críticas a este sistema. Principalmente veremos como actualmente se rompe la regla de igualdad ante la ley a favor de las mujeres, haciendo extremadamente difícil a un padre obtener el cuidado personal de sus hijos. Además, se verá una materia de creciente importancia como es el cuidado compartido, en el cual es posible que cada padre pueda vivir con el hijo en períodos alternados, para que de esta manera se pueda asegurar su mayor beneficio, junto con permitir a los padres participar de manera activa en la vida de sus hijos y educarlos por igual. Señalaremos desde ya que esta modalidad no es sencilla de aplicar, primero porque se requiere cierta cercanía física de los padres, un buen grado de entendimiento entre ellos y también que el niño ya se encuentre en una etapa de desarrollo en que no requiera los cuidados directos y constantes de su madre, como ocurre en la lactancia. A estos presupuestos debemos agregar la disposición de los abogados litigantes a abandonar el concepto de “ganar” juicios, ya que en esta materia imponer una opinión sobre otra es muchas veces más perjudicial para los niños que beneficiosa, por otro lado también se debe contar con la aquiescencia del juez, el que deberá homologar un acuerdo en este sentido, o proponer esta modalidad para una conciliación. Dentro del capítulo tercero abordaremos una Convención Internacional que ha ganado creciente importancia. Se trata de la Convención de la Haya sobre aspectos civiles del secuestro internacional de menores. Veremos cual es su ámbito de aplicación y su utilidad, para lo cual se realizará un estudio más detenido de ciertas normas contenidas en ella que han generado distintas interpretaciones en los tribunales de justicia nacionales. La Convención será confrontada con su aplicación en la jurisprudencia que ha desarrollado la Corte Suprema a través de fallos en recursos de queja. Se verán materias debatibles como la determinación del lugar de residencia habitual, la prohibición de debatir sobre el cuidado personal y la concurrencia de causales de oposición al retorno inmediato. En la presente memoria se encontrarán las normas procesales relacionadas con la materia de estudio. La creación de los tribunales de familia vino a introducir un nuevo enfoque judicial sobre ésta y toda otra materia relacionada con la familia. Al mismo tiempo, nuestro país cumplió así con los compromisos adquiridos a través de instrumentos internacionales. Este nuevo sistema debió incorporar los dos principios angulares del nuevo derecho de la niñez y adolescencia; el interés superior del niño y su derecho a ser oído, por lo que nos dedicaremos a exponer de que manera se encuentran plasmados y si es suficiente a la luz de los convenios internacionales. Al mismo tiempo se presentarán algunas críticas a la puesta en marcha de este nuevo sistema, las cuales han significado una mala percepción por parte de los usuarios, pese a que en cierta medida son ellos mismos los que provocan la dilatación de sus procesos. Se encontrará el esquema del procedimiento ordinario, el cual rige las decisiones sobre el cuidado personal de los niños, además del nuevo sistema de recursos, el cual al introducir la posibilidad de recurrir de casación ha creado una forma de evitar que los litigios lleguen con mayor celeridad a su término. Pese a este efecto colateral, reconocemos en esta modificación procesal un intento por evitar sentencias viciadas, siendo la casación la vía idónea para reparar faltas en la aplicación de la ley o en las formalidades del procedimiento. De esta manera deja el recurso de queja de ser una manera encubierta de lograr el mismo resultado. Finalizará este trabajo con una selección de la jurisprudencia más destacada que ha producido la Corte Suprema en el período 2000-2006.
Barría, Salinas Cecilia Gabriela, and Solari José Ignacio Silva. "El procedimiento especial de aplicación judicial de medidas de protección de los derechos de los niños, niñas o adolescentes establecido por la Ley 19.968 sobre Tribunales de Familia de 30 de agosto de 2004." Tesis, Universidad de Chile, 2005. http://www.repositorio.uchile.cl/handle/2250/107578.
Full textEl presente trabajo está estructurado en dos partes. En la primera parte se efectúa un breve análisis de los principales sistemas de protección que existen para resguardar los derechos de los menores de edad, de la evolución que ha tenido esta materia en Chile y del contexto en el cual se aprueba la Ley 19.968 sobre Tribunales de Familia de 30 de agosto de 2004. En la segunda parte se realiza un análisis de la Ley 19.968 que comienza con un estudio de los principios formativos de los procedimientos de familia, de las reglas generales que informan estos procedimientos y del Procedimiento Ordinario de Familia, a continuación se analiza el Procedimiento Especial de Aplicación Judicial de Medidas de Protección de los Derechos de los Niños, Niñas y Adolescentes establecido por la Ley 19.968 y, por último, se efectúa un breve análisis de derecho comparado que comprende la revisión de la legislación vigente en materia de protección de derechos de los niños, niñas y adolescentes en España y Argentina.
Garrido, Carrasco Claudia. "Reflexiones acerca de la construcción de infancia de niños y niñas en situación de vulneración de derechos: Puntos de encuentro y desencuentro con la Política Nacional a Favor de la Infancia y Adolescencia.Investigación Cualitativa en el CTD Pudahuel." Tesis, Universidad de Chile, 2006. http://www.repositorio.uchile.cl/handle/2250/106059.
Full textAlzola, Bendicho Javiera, and Rojas Josefina Calcagni. "La consideración del interés superior del niño en materia de relación directa y regular." Tesis, Universidad de Chile, 2012. http://www.repositorio.uchile.cl/handle/2250/113117.
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Ninguna familia se encuentra exenta de conflictos. El real problema se da cuando las partes involucradas en ellos son incapaces de encontrar una solución viable o sostenible en el tiempo. Consecuencia de esto, necesitan acudir a un tercero que las oriente o que derechamente decida por ellas. Pero ¿qué pasa cuando el conflicto familiar involucra a un menor que no puede o que no es capaz de decidir por sí mismo? El conflicto adquiere un matiz diferente, automáticamente aumenta la cautela y prolijidad con la cual se debe actuar. Debido a esto, los avances normativos que se realizan tienden a ser proteccionistas en cuanto a los derechos de los menores. Dentro de los derechos que se busca garantizar, nos encontramos con la institución de la relación directa y regular, derecho que, a grandes rasgos, busca mantener el vínculo afectivo entre el padre que no detenta el cuidado personal, con sus respectivos hijos. Son muchos los factores que pueden influir a la hora de determinar un régimen de relación directa y regular, pero al analizar la jurisprudencia, a simple vista, pareciera ser que el factor preponderante a la hora de tomar una decisión es la disponibilidad de horario que tienen los padres para estar con sus hijos, lo que en muchos casos no va aparejado de la búsqueda de mayor bienestar para el menor
Ángel, Alvarado Jacqueline Marcela. "El interés superior del niño a la luz del Artículo 225-2 del Código Civil." Tesis, Universidad de Chile, 2014. http://www.repositorio.uchile.cl/handle/2250/130177.
Full textAutor no autoriza el acceso a texto completo de su documento
Esta investigación se enfoca en el cuidado personal de los hijos, tanto en su evolución, como en la actual legislación chilena que lo regula, a partir de la entrada en vigencia de la Ley N° 20.680. Se entrega una mirada general de la legislación en la materia, el tratamiento dado por los autores, la discusión doctrinaria en lo referido a la atribución legal de antaño y los principios de la nueva ley. Se recoge lo pertinente al interés superior del niño, en relación al cuidado personal, y si éste se resguarda bajo el artículo 225-2 del Código Civil; junto a ello se analizará la incorporación de otros factores inspirados en el resguardo de dicho interés. Finalmente, se analizan los criterios y circunstancias señalados en el artículo 225-2 del Código Civil, tanto desde lo dispuesto por la doctrina, como la aplicación dada por los tribunales chilenos
Doren, Alarcón Vanessa Gabriela. "Niñas, niños, adolescentes y policías : estándares internacionales de trato y prohibición de violencia, normativa nacional y aspectos prácticos." Tesis, Universidad de Chile, 2016. http://repositorio.uchile.cl/handle/2250/139946.
Full textLa memoria plantea que los mecanismos de denuncia, investigación y sanción de vulneraciones policiales efectuadas en este contexto resultan ineficaces. Por una parte, destaca el hermetismo de los mecanismos administrativos internos de denuncia y sanción a 14 los funcionarios de Carabineros y Policía de Investigaciones, que inhiben la participación de los afectados y la ciudadanía en general, abordando las denuncias administrativas como un asunto de interés meramente institucional y no de interés público, en desmedro de las garantías del debido proceso que debieran regir para los afectados. Por otra parte, aborda la insuficiencia de los mecanismos penales externos a las instituciones policiales para hacer frente al, a su juicio, gran volumen de denuncias de irregularidades policiales que merecerían reproche penal, o al menos, investigaciones penales exhaustivas. A modo de ejemplo, se destaca que, entre el año 1999 al 2013, del total de 20.742 denuncias por violencias innecesarias registradas en el período señalado, solo se registraron aprox. 369 sentencias condenatorias.
Pómes, Huerta Soledad Alejandra. "Cuidado personal compartido: la necesidad de una acción como garantía del interés superior del niño." Tesis, Universidad de Chile, 2018. http://repositorio.uchile.cl/handle/2250/150378.
Full textActividad formativa equivalente a Tesis (AFET).
El principio del interés superior del niño, desde sus orígenes, ha tenido una progresiva evolución, que alcanza su máximo desarrollo a nivel internacional con su consagración en la Convención de los Derechos del Niño. Como consecuencia de este reconocimiento convencional, la legislación chilena ha tenido que adaptarse, con miras a entregar la debida protección y correspondientes mecanismos de garantía a este conjunto de derechos que constituyen el interés superior del niño. Reviste particular importancia revisar la evolución de este principio rector en materia de infancia, tanto en su planteamiento internacional, como en su incorporación paulatina en la legislación nacional, y especialmente, en su relación con el cuidado personal, a la luz de la Ley N° 20.680, de fines del año 2013.
Hernández, Zencovich José Luis. "Las potestades cautelares del juez de familia ¿debido proceso o interés superior del niño?" Tesis, Universidad de Chile, 2014. http://www.repositorio.uchile.cl/handle/2250/117211.
Full textNo autorizada por el autor para ser publicada a texto completo
El presente trabajo tiene por objeto analizar la potestad cautelar del Juez de Familia, investigando si esta facultad jurisdiccional limita o restringe el debido proceso aplicable a las partes, como también una eventual colisión con el principio rector del interés superior del niño. De lo que es posible concluir que tales atribuciones del sentenciador tienen por objeto complementar un proceso racional, justo y legalmente tramitado para la consecución del interés superior que se manifiesta en la máxima realización espiritual, física y material de los niños y adolescentes.
Wäckerling, Avalos Nicole Andrea. "Niños que se portan mal : el control social formal sobre la infancia infractora inimputable." Tesis, Universidad de Chile, 2017. http://repositorio.uchile.cl/handle/2250/143942.
Full textNuestro trabajo de investigación tiene por objeto describir el efecto criminógeno que el control social formal posee sobre la población infractora inimputable desde una perspectiva criminológica crítica, centrándose –exclusivamente- en la sección de esta población que se considera inimputable, por estar bajo la edad mínima de imputación penal. Para ello, nos hemos hecho valer de los métodos de investigación inductivo, analítico e histórico, los que nos permitieron estudiar particularmente cada una de las instancias del Control Social Formal, al mismo tiempo que comprender y criticar el sistema mismo como un conjunto. Gracias a todo ello, determinamos que el Control Social Formal tiene un efecto criminógeno negativo sobre la población infractora inimputable, al ser este un factor generador de criminalidad infantil y no uno de control o disminución de la misma, el cual persigue y captura sistemáticamente a la infancia pobre y vulnerada, perteneciente a la clase proletaria marginada de nuestro país.
Farren, Gause Diego Fernando. "Victimización entre los niños, niñas y adolescentes escolares de la comuna de Recoleta." Tesis, Universidad de Chile, 2007. http://www.repositorio.uchile.cl/handle/2250/106588.
Full textTorres, Aguilar María Elisa. "Política criminal nacional aplicada a los jóvenes infractores." Tesis, Universidad de Chile, 2002. http://www.repositorio.uchile.cl/handle/2250/115649.
Full textNo autorizada por el autor para ser publicada a texto completo
El presente trabajo tiene por objeto mostrar la realidad político criminal chilena referida a la juventud, situándola dentro de las corrientes doctrinarias desarrolladas en relación al control de la delincuencia juvenil, especialmente en lo que se refiere a la adecuación de sus normas a lo dispuesto en la Convención de los Derechos del Niño. Al mismo tiempo y, considerando el proceso de reforma que supone tal adecuación, se plantea el objetivo de determinar el modelo de política criminal a través del estudio de la legislación de cuatro naciones.
Llanos, Reyes Miguel Angel. "Diagnóstico de los procesos de planificación y control presupuestario: el caso del Servicio Nacional de Menores." Tesis, Universidad de Chile, 2011. http://www.repositorio.uchile.cl/handle/2250/102558.
Full textEl presente estudio de caso, tiene como objetivo general “Desarrollar un diagnóstico en los procesos de planificación y control presupuestarios del Servicio Nacional de Menores, con el fin de establecer su relación con la toma de decisiones de los directivos públicos”. Para ello se aplicó una entrevista directa con 7 jefes de los principales departamentos técnicos y administrativos de la Dirección Nacional del SENAME y dos profesionales externos (stakeholders), uno del Ministerio de Justicia y el otro de la Dirección de Presupuesto del Ministerio de Hacienda, analizando cuatro dimensiones de la organización para un obtener un análisis mas completo de ella; Institucional, Recursos Humanos, Presupuestaria y Planificación y Control de Gestión. En el análisis del plano institucional se concluye que el SENAME no está efectuando una revisión íntegra y participativa con sus estamentos involucrados en su misión y objetivos estratégicos, por el contrario su revisión se realiza en cuatro paredes por tres profesionales del Dpto. de Planificación con la aprobación de su Director(a) Nacional. Lo que se difiere con la importancia pública y de contingencia nacional que tiene este servicio a nivel nacional, el cual recién tiene cuatro años de la aplicación de la nueva Ley de Responsabilidad Penal Juvenil, Ley 20.084. Política Pública de importancia, que amerita una revisión permanente de los objetivos en todos sus departamentos, direcciones regionales y unidades técnicas a nivel nacional. El plano de los recursos humanos, la rotación permanente de sus directivos, tanto nacionales como de sus jefaturas de departamentos, perjudican la estrategias, clima laboral y metas institucionales. Falta una mayor especialización en las labores del plano técnico presupuestario lo que mejoraría considerablemente la gestión del servicio. Se requiere una mayor presencia supervisores financieros capacitados y dotados del material necesario para que realicen un control más profundo y permanente de los recursos financieros entregados a las direccional regionales, centros de administración directa y transferidos a organismos colaboradores. El lo presupuestario, se presenta debilidades y problemas metodológicos, debido a que esta organización, no cuenta con un proceso formal (escrito) de los procedimientos, participación y plazos de la conformación del presupuesto anual. En la dimensión de Planificación y Control se observa que existe una discordancia entre la formulación estratégica y el presupuesto, ya que éstas (las primeras) son elaboradas después de que el presupuesto ha sido presentado al Ministerio de Justicia para su aprobación. Por lo tanto las metas del SENAME se ajustan a lo que establece el marco presupuestario, debiendo ajustarse a sus estrategias, lo que tiende a producir una ineficiencia y problemas de gestión de la organización. Por lo anterior, se sugiere, establecer un calendario que coordine los tiempos en que se elabore una estrategia del servicio de manera participativa previo al presupuesto anual y que este cuente con un procedimiento formal, aprobado y de conocimiento masivo de los procesos y tiempos de la elaboración del presupuesto institucional.
Araya, Rojas Constanza, and Tapia Daniela Garay. "El derecho a la reagrupación familiar del extranjero en Chile realidad y desafíos." Tesis, Universidad de Chile, 2018. http://repositorio.uchile.cl/handle/2250/150684.
Full textEste ensayo se centra en la dimensión familiar del fenómeno migratorio, en particular, en el derecho a la reagrupación familiar y su aplicación tanto en Chile como en el Derecho Internacional de los Derechos Humanos, con el objetivo de dilucidar si el Estado chileno ha adoptado las medidas necesarias para que los inmigrantes disfruten de la protección de la familia y, en concreto, puedan ejercer este derecho. Tanto en el ámbito internacional como interno, la familia se establece como elemento fundamental de la sociedad al que se dispensa una protección amplia, reconociendo la importancia de mantener su unidad y favorecer el desarrollo de la vida familiar. El derecho a la reagrupación familiar aparece como un mecanismo fundamental para permitir el goce de la vida en familia respecto de los migrantes. Adicionalmente, es imprescindible resguardar los derechos de los niños, atendiendo a su interés superior en las medidas que el Estado adopte respecto de ellos. De este modo, revisaremos los mecanismos que la legislación entrega a los extranjeros que desean reagruparse con su familia para concluir que nuestras políticas migratorias –basadas en el Decreto Ley N°1.094 de 1975 y el Decreto Supremo N°597 de 1984– necesitan una actualización que permita incorporar una perspectiva que privilegie la integración del migrante en nuestra sociedad. Así, se requiere que nuestro ordenamiento jurídico considere de forma efectiva las normas del Derecho Internacional y Regional de los Derechos Humanos, cumpliendo con las obligaciones contraídas mediante la ratificación de diversos instrumentos internacionales. Por ello, trataremos de verificar si en nuestra normativa se ha considerado un marco que regule un procedimiento para el ejercicio de este derecho, estableciendo garantías mínimas y si este se aplica adecuadamente a las solicitudes realizadas por los inmigrantes. Asimismo, revisaremos si este derecho puede desprenderse de la protección amplia que se dispensa a la familia.
Ortiz, Quiero Oliver B. "Análisis crítico del proyecto de ley que reconoce y da protección a la identidad de género a la luz de su discusión ante la comisión de derechos humanos del Senado." Tesis, Universidad de Chile, 2016. http://repositorio.uchile.cl/handle/2250/143995.
Full textLaguna, Chavarría Gillene Valkiria. "Derecho a la recreación en la niñez chilena: análisis de la oferta programática de actividades físicas y deporte recreativo." Tesis, Universidad de Chile, 2018. http://repositorio.uchile.cl/handle/2250/170009.
Full textDesde la ratificación de la Convención sobre los Derechos del Niño (CDN), en 1990, Chile ha promulgado diversas normas orientadas a su cumplimiento progresivo (UNICEF, 2015a). Entre estas se encuentra la Política Nacional de Niñez y Adolescencia 2015-2025 y el Plan Nacional de Niñez y Adolescencia 2018-2025 que conciben a los niños, niñas y adolescentes como sujetos de derechos. Como parte de las áreas estratégicas de la política se considera como orientación prioritaria lo plasmado en el artículo 31 de la CDN Niños, Niñas y Adolescentes tienen derecho al descanso, esparcimiento, juego y participar de actividades artísticas y culturales (Consejo Nacional de la Infancia, 2015a). El Comité del Niño alerta sobre el escaso reconocimiento que los Estados otorgan a este derecho, traduciéndose en ausencia de inversiones, legislación protectora débil e invisibilidad de los niños en la planificación nivel nacional y local(UNICEF, 2015b). El objetivo de este estudio es analizar la oferta programática que implementa Chile para el cumplimiento del derecho a la recreación en NNA y cómo desde este enfoque contribuye al cumplimiento de las líneas del Plan de acción Nacional 2018-2025. Este análisis se realiza bajo el enfoque de derechos en las políticas de infancia, utilizando metodología cuantitativa, de tipo descriptiva y exploratoria. Se analiza la totalidad de programas de la base de programas sociales del Ministerio de Desarrollo Social, vigentes hasta 2017 respecto al ámbito de estudio. Los resultados muestran que, desde el diseño de objetivos, los programas se relacionan con el Plan Nacional de Niñez y Adolescencia 2018-2025. Sin embargo, éstos conciben el derecho a la recreación como un medio para solucionar problemas emergentes y no como un fin en sí mismo, es decir, el derecho a la recreación aún no es prioridad en los programas/políticas. Acorde a la información que se tiene, los programas no muestran definición exacta de los rangos etarios, éstos son muy variables, se evidencia una oferta programática limitada para los NNA entre 0-5 años de edad, aun siendo la primera infancia esencial en el desarrollo de los NNA. La periodicidad de las actividades realizadas por los programas es muy esporádica, y no tienen en cuenta la opinión de los NNA para su formulación. El 47% de los programas se implementaron en las quince regiones del país, sin embargo, sólo el 12% cubrió cerca del total de comunas. La cobertura por programa respecto a la población potencial es muy mínima, ésta oscila entre 1%-21%, sin embargo, respecto a la población objetivo, la cobertura efectiva es alta, en su mayoría mayor a 100%, ello se debe a factores como: eventos al aire libre (que no está en función de cupos y de los cuales no llevan registro, sólo existe una estimación de participantes por m2), estimación inicial de participantes se fue a la baja lo que explica que los programas estan instrumentalizados en función de las metas asociadas a la institución que tienen que ver con el bolsillo. El presupuesto por programa muestra orientación hacia el desarrollo de alto rendimiento, pues se refleja mayor presupuesto al programa que tiene la menor cantidad de beneficiarios. A 28 años de la ratificación de la CDN, los programas y políticas chilenas no llevan a la práctica en su totalidad el enfoque de derecho en los NNA ni conciben a todos los derechos por igual, normalmente priorizan el derecho a la salud y educación.
Fondecyt N° 11160330 "Cambio en las políticas hacia la infancia y adolescencia en Chile. Análisis de los marcos interpretativos de instituciones y actores relacionados"
Mardones, Marshall Isidora. "La aplicación indirecta de la Ley 18.314 sobre conductas terroristas a menores de edad y su vulneración a la Convención Internacional sobre los Derechos del Niño." Tesis, Universidad de Chile, 2017. http://repositorio.uchile.cl/handle/2250/144503.
Full textEn esta investigación se busca constatar si se ha aplicado la Ley No. 18.314 Sobre Conductas Terroristas a menores de edad después de su reforma de junio de 2011, en la cual se excluyó expresamente a los niños de su aplicación. A través de la recopilación y análisis de jusrisprudencia se concluye que después de 2011 se ha continuado aplicando de manera indirecta la normativa antiterrorista en los procesos de menores. Ésto se ha hecho a través de la aportación de prueba efectuada por el Ministerio Público, obtenida conforme a las normas procesales de la Ley No. 18.314 en la investigación contra los adultos, para probar los hechos de la acusación contra los adolescentes. Así, el Estado está vulnerando los derechos y garantías penales de los menores infractores, a los que se ha obligado al ratificar la Convención Internacional sobre los Derechos del Niño y otros tratados internacionales de derechos humanos. En particular, el Estado ha infringido el deber de adoptar un régimen de justicia penal especial para menores.
Carrasco, Cancino Rodrigo, and Alegría Daniel Tapia. "Investigación empírica en los Tribunales de Menores de la Región Metropolitana, protección e infracción : Sexto Juzgado de Letras de Menores de Santiago durante el quinquenio 1995 a 1999." Tesis, Universidad de Chile, 2003. http://www.repositorio.uchile.cl/handle/2250/114461.
Full textNo autorizada por los autores para ser publicada a texto completo
El trabajo se divide en dos partes, la Primera parte se aboca netamente a un somero marco teórico de la investigacíón y trata del delito de robo. L Segunda parte de nuestro trabajo se aboca integramente al desarrollo de la investigación realizada mediante la recolección y posterior esquematización gráfica de los datos obtenidos a través de las causas ingresadas al Sexto Juzgado de Letras de Menores de Santiago. Una vez realizado lo anterior, se analizaron en forma general los datos recolectados desde el libro de ingresos del Tribunal a través del sistema de gráficos del tipo torta, para luego dedicarnos específicamente a aquellos datos que dicen relación con el trabajo en estudio, el delito de robo en sus distintas especificaciones cometidos por menores de edad. Hecho lo anterior, se hizo una conclusión de nivel general respecto de los ingresos totales y el delito de robo en torno al cual apreciamos la evolución del ilícito en estudio durante los períodos investigados.
Espinoza, Altamirano Arlette Michelle. "Deber de protección del Estado respecto del adolescente privado de libertad. Derecho a la vida y prevención del suicidio en casos de jóvenes infractores." Tesis, Universidad de Chile, 2015. http://repositorio.uchile.cl/handle/2250/134987.
Full textEn nuestro país, cuatro son los casos de suicidios consumados de jóvenes infractores a la ley penal, desde el inicio de la Reforma Penal Adolescente en el año 2007, a la fecha. Abordar la prisión como un factor de riesgo que puede detonar o acrecentar patologías de salud mental en los menores de edad, la cobertura mediática de los decesos ocurridos y el análisis de los Informes de las Comisiones Interinstitucionales de Supervisión de los Centros Privativos de Libertad de Adolescentes (CISC) son, entre otros, los aspectos que surgen en la presente investigación y que permiten no sólo establecer características específicas de una realidad carcelaria que, en general, envuelve variados aspectos negativos, sino que, además, la contrapone directamente a los deberes de cuidado y protección que el Estado detenta respecto de todo menor, y más aún, respecto de aquellos infractores que se encuentran en una particular vulnerabilidad por estar en absoluta sujeción al poder estatal. Una confrontación que a fin de cuentas, dilucida cómo el Estado de Chile es responsable de las muertes de jóvenes adolescentes por medio de la autolesión, al interior de distintos centros cerrados o semicerrados de cumplimiento de una sanción penal
Mendoza, Hernández Juan Pablo. "Jurisprudencia en materia de sustitución de penas de "internación en régimen cerrado con programa de reinserción social" en el derecho penal de adolescentes : ¿cumplen las decisiones las exigencias y estándares establecidos en la convención internacional sobre los derechos del niño y de la niña y los demás instrumentos internacionales relativos a la materia?" Tesis, Universidad de Chile, 2018. http://repositorio.uchile.cl/handle/2250/165771.
Full textEl presente trabajo, busca determinar si la jurisprudencia en materia de sustitución de penas de régimen cerrado con programa de reinserción social se acomoda a los estándares establecidos en la Convención de los Derechos del Niño y en los demás instrumentos internacionales relativos a la materia. Para lo anterior, en el primer capítulo nos centraremos en los Estándares internacionales en el derecho penal de adolescente relativos a las penas privativas de libertad, sentando los criterios bajo los cuales analizaremos posteriormente la jurisprudencia. En el segundo capítulo, nos centraremos en los fines de las penas privativas de libertad en el derecho penal de adolescentes, analizando estos tanto en los denominados modelos de responsabilidad como en nuestra legislación. En el tercer capítulo, nos centraremos en la figura de la sustitución de penas establecida en los art. 53 y 54 de la ley 20.084, con la idea de poder entender los objetivos de la misma, al mismo tiempo de analizar cómo han sido entendidos sus requisitos por la doctrina y por el legislador histórico. En el cuarto capítulo, nos centraremos en analizar la jurisprudencia en materia de sustitución de penas de régimen cerrado con programa de reinserción social, centrando el análisis en una serie de situaciones y elementos que se repiten en la jurisprudencia, determinando las diversas posturas que pueden apreciarse respecto a los mismos. Por último, para finalizar el presente trabajo, procederemos a señalar cómo, a nuestro juicio, existen manifestaciones en la jurisprudencia que van en contra de los estándares internacionales ya señalados, partiendo por un análisis de la jurisprudencia en términos generales, para después pasar a analizar los diversos elementos y situaciones individualmente señalados, determinando qué posturas respecto a los mismos contradicen los estándares internacionales.
Morales, Pérez Miguel Andrés. "Transitivismo y separación temprana. Aportes al trabajo con niños y niñas institucionalizados." Tesis, Universidad de Chile, 2012. http://www.repositorio.uchile.cl/handle/2250/112777.
Full textEl recorrido aquí presentado tiene como eje común la persistencia por poner en palabras una experiencia en el marco de las residencias de protección para lactantes y preescolares en Chile, en conjunto con las diversas problemáticas con las que ahí se encuentra la clínica psicoanalítica con niños al abordar situaciones de institucionalizaciones tempranas, entorno que, además de clínico, se acerca a la reflexión social y política en relación con la infancia, ya que tales lugares, constituidos por programas estatales, se configuran como espacios donde ésta se produce. Por esta razón el trabajo clínico realizado en este contexto exige ser pensado en el marco institucional en el que se ubica, para hacer dialogar allí las problemáticas observadas con las condiciones institucionales que muchas veces velan, sostienen y producen tales problemas. Al considerar estas variables, es que la demanda de un trabajo clínico puede ser pensada y articulada, en primera instancia, al sufrimiento particular de cada niño o niña que ha vivenciado separaciones tempranas y periodos de institucionalización importantes, y en segundo lugar, integrando aquellas claves discursivas que el Otro social ofrece y en donde el niño queda posicionado, para desde ahí dar cabida y espacio a lo singular de la subjetividad y la realidad inconsciente. Al abordar el contexto institucional de las residencias hay que remarcar que los programas que las sostienen forman parte de las políticas públicas que en Chile, través del Servicio Nacional de Menores, SENAME, se destinan para la protección de niños/as que han sido gravemente vulnerados en sus derechos, existiendo la posibilidad de que un niño o niña sea separado de su respectiva familia a través de una orden judicial, considerando que esta medida de protección “es de carácter excepcional y transitoria, que tiene por objetivo la intervención familiar, para que el niño o niña pueda reintegrarse lo más pronto posible a ésta u otra familia sustituta o adoptiva (habiéndose antes agotado todas las posibilidades con la familia extensa)” (SENAME, 2007, p.7). De esta manera al ingresar cada niño/a a una residencia producto de una medida de protección, trae aparejado como consecuencia inmediata la separación su familia, cuando ésta ha incurrido en una situación de negligencia, maltrato, abuso, etc. Siendo la característica principal la transitoriedad de tal periodo. En este sentido se pueden hablar de al menos tres momentos por los cuales un niño/a que ha sido vulnerado en sus derechos ha de pasar. El primero es la separación de la familia de origen, que tiene por objetivo la detención y protección a propósito de la vulneración, dejando los cuidados personales del niño a la residencia. Cada niño/a que ingresa a una residencia tendrá en común la situación que ha implicado, en primer lugar, la separación afectiva de su familia de origen o de quien haya ejercido los cuidados principales y, en segundo lugar, la vulneración de derecho que ha desembocado la medida de protección, esto se abordará con mayor profundidad en el cuarto capítulo; en un segundo momento está el ingreso a una residencia y el periodo en el que el niño/a se encontrará institucionalizado, para finalmente, en un tercer momento constituir el egreso de la residencia y la vuelta con la familia de origen o con una familia adoptiva, dependiendo de cada caso 1. De acuerdo a lo que cada institución determine, el egreso del niño/a se concretará luego de la realización de las intervenciones requeridas, siempre y cuando los criterios de evaluación dispuestos por las instituciones consideren el egreso con la familia de origen como una alternativa válida. Hasta el año 2011 son 10.250 el número de niños/as y adolescentes institucionalizados en programas residenciales (SENAME, 2011), siendo la mayor causa de ingreso las situaciones de maltrato y abuso sexual, y el mayor porcentaje de permanencia en la residencia por sobre el año, llegando incluso a llegar por sobre los tres (SENAME, 2010). De esta forma además de brindar las condición necesarias de vida para cada niño/a que ingresa a una residencia, se encuentra el trabajo reparatorio que ha de realizarse en relación con aquellas vulneraciones con las que llega cada niño/a, además de considerar las dificultades que trae aparejada las posibles consecuencias de una institucionalización que puede llegar a prolongarse. En el informe final sobre “caracterización del perfil de niños, niñas y adolescentes, atendidos por los centros residenciales de SENAME” de la UNICEF (Martínez, 2010), se visualiza que el trabajo realizado en las residencias es de alta complejidad ante el cual no se puede responder del todo debido a la poca cantidad de profesionales y a la falta de metodologías de intervención que permitan un quehacer que disminuya las consecuencias de la institucionalización, “se estima que las residencias actuales no cuentan con toda la capacidad técnica que requieren los niños y niñas de hoy, y se señala con relativa urgencia la necesidad de contar con más profesionales especializados dentro de las residencias (psiquiatras, psicopedagogos, etc.)” (Martínez, 2010 p. 64). Es preocupante observar, en específico, que dentro de los programas de residencias para lactantes y preescolares el planteamiento técnico especializado para el trabajo con niños y sus familias carezca de una profundidad adecuada de acuerdo a la problemática que aborda, debido principalmente a las consecuencias que la institucionalización puede llegar a tener para la vida psíquica de los niño/as. Para el psicoanálisis el problema de institucionalizaciones precoces ha tenido un lugar importante en las distintas investigaciones y trabajos de quienes conceptualizaron el trabajo con niños, abordando ampliamente conceptos como el de carencia afectiva y de separación temprana, trabajos en los que hay que considerar el contexto histórico europeo de la segunda guerra mundial, en que muchas instituciones tuvieron que hacerse cargo de aquellos niños y niñas que perdieron a sus familias o se mantuvieron separadas por tiempos prolongados. Autores como Anna Freud, Bolwby, Winnicott y Spitz, contribuyeron a la observación y caracterización de diversos cuadros clínicos en etapas precoces acerca de las consecuencias que, tanto la carencia afectiva y la separación, conllevan para el psiquismo (Lebovici y Soulé, 1970). Si bien las residencias brindan a los niños/as que ingresan las condiciones mínimas de bienestar y satisfacción de sus necesidades básicas, éstas deben hacerse cargo, como ya se mencionó, del proceso reparatorio de las consecuencias de la separación afectiva, como a su vez posibilitar la presencia de vínculos afectivos constantes en el tiempo y que trasciendan la mera satisfacción de estas necesidades. La importancia de las primeras vinculaciones son de suma relevancia para la constitución de la subjetividad, y ésta se encuentra ligada en aquellas personas que han representado para el niño/a sus principales referentes (Lebovici y Soulé, 1970). Es importante aquí hacer la distinción entre carencia afectiva y separación, ya que tal distinción permite poner de relieve la problemática específica que aquí se abordará. Al hablar de carencia afectiva se hace referencia a la falta total o prolongada de una figura significativa de afecto; la separación afectiva, por su parte, refiere a que, pese a la existencia de una figura significativa de afecto y cuidados, el niño/a ha tenido que distanciarse por un lapso breve o prolongado de tiempo por alguna causa o motivo. En este sentido la separación no implica directamente la carencia afectiva, y por lo tanto que ésta tenga graves consecuencias en su inmediatez, “los efectos de la separación varían según la fase de reacción ante la separación en que se encuentre el sujeto y esto depende, a su vez, de factores tales como la edad en el momento de la separación, la duración de la separación y la existencia de un substituto materno durante la separación, el mantenimiento de contacto con los padres y la calidad de la adaptación y de las relaciones antes de la separación” (Lebovici y Soulé, 1970, p. 282). De acuerdo a esto último la situación en la que se encuentra un niño/a que ha ingresado a una residencia ha de considerarse como una separación afectiva, destacando que cada niño que ingresa llega con una historia de vinculaciones previa que se interrumpe abruptamente por la medida de protección proveniente de un tribunal; a su vez por la misma situación institucional, se dificulta la existencia de vínculos permanentes y duraderos con alguna persona en particular –una cuidadora de trato directo, por ejemplo- , debido a constantes rotaciones, cambios de personal, etc. Lo cual puede llegar a exponer a cada niño/a a sufrir varias separaciones durante el tiempo que se encuentre en la residencia, más si a esto agregamos periodos prolongados de institucionalización. La separación temprana, si bien se piensa como una forma de proteger en sus derechos a los niños/as, acarrea desde el lado subjetivo de éste el distanciamiento de aquellos puntos de referencia primordiales a los cuales estaba referido con anterioridad, y por otra parte, a la posibilidad de verse enfrentado repetidas veces a la experiencia de separaciones durante el período de permanencia en la residencia. En este sentido se puede hacer referencia a Winnicott y la importancia que le otorga al ambiente, y de quienes portan tales función primordiales con un bebé, señalando que “pueden sobrevivir si nadie cumple este rol, pero con algo faltante en su desarrollo emocional, algo de vital importancia, y el resultado es un desasosiego y una falta de capacidad para preocuparse por el otro, una falta de profundidad y una incapacidad para el juego constructivo y más adelante para el trabajo, con consecuencias insatisfactorias tanto para el individuo como para la sociedad” (Winnicott, 1988, p. 215). Para él, la función de la madre o de quien la sustituya, es la de presentarle el mundo externo, y posibilitar la ilusión de que el bebé crea esta realidad (Winnicott, 1988), con esto se puede plantear que si en el proceso de institucionalización de un niño o niña no hay una persona que pueda sostener y ocupar ese lugar traerá graves consecuencias para la continuidad existencial de aquel sujeto. Los programas residenciales, si bien enuncian que su papel principal es dar cabida y satisfacer las necesidades elementales de los niños/as que allí ingresan, no deja del todo claro el abordaje de aquellos efectos psíquicos de la separación e insitucionalización, agregándose a esto las dificultades reconocidas a la hora de recurrir a modelos metodológicos y técnicos para hacer frente a este problema (Martínez, 2010). A esto hay que agregar que las problemáticas ligadas a la separación no son las únicas que afectan a los niños/as que han ingresado a una residencia. Gracias al aporte de Lacan (1957-58) es que la comprensión de los procesos subjetivos primordiales no pueden entenderse fuera del campo de lo simbólico. De aquí interesa destacar la distinción entre necesidad, demanda y deseo, la cual es de relevancia para dar cuenta de una serie de dificultades presentadas en niños/as en las circunstancias descritas, ya que parte esencial del proceso subjetivo pasa por considerar que la necesidad en la subjetivación se ve transformada por el registro de la demanda. Considerando las líneas programáticas de las residencias es que se puede plantear que éstas se constituyen como instituciones que ubican al niño/a en un lugar de objeto de cuidados, pensando al niño o niña únicamente desde el registro de la necesidad. Por otro lado debido a la dificultad para establecer vínculos duraderos con alguien de la residencia, se dificulta el acceso al registro de la demanda, quedando el cuerpo del niño/a únicamente como objeto de carente y no como objeto de deseo, pero por un deseo sostenido por alguien que pueda articularlo en ese vínculo. Esto es algo que se puede apreciar desde el momento en que el niño/a ingresa a la residencia. Al llegar su cuerpo será manipulado por distintas personas que conforman el personal de la institución; tal rotación estará acorde a los horarios y ritmos del hogar y no a los de cada niño/a, por lo que desde un comienzo existirá un cambio rotundo en los diferentes ritmos y formas de cuidado que para el niño serán completamente desconocidas y sobrepasaran la capacidad metabolizadora de su psiquismo. Tales vivencias quedarán como marcas indelebles en el cuerpo de cada uno de ellos y es allí donde estas se pueden observar. La presencia de enfermedades psicosomáticas, como dermatitis recurrentes, dificultades en la alimentación, problemas de sueño, autoagresiones, poco interés por los demás y los objetos de la realidad, la ausencia de dolor, regresiones, dificultad creciente para confiar en otros, entre otras; conllevando con esto a un desvanecimiento del circuito de la demanda, registro que quedará silenciado bajo las rutinas institucionales mecanizadas y muchas veces deshumanizadas, no existiendo una palabra que nombre y haga corte para hacer diferencia en el tiempo que transcurre; más bien, en estas condiciones, se puede hablar de un tiempo detenido en la infinita rutina que deja de lado la singularidad propia del sujeto. La demanda, tal como Lacan (1957-58) lo menciona, se encuentra en la lógica de la transformación del llanto, del gesto corporal, en una llamada, la cual no logrará articularse sino es por alguien particular que la haga pasar por su discurso, que venga a ocupar el lugar de Otro primordial para que aquello propio de la alteridad nazca de una manera humanizante. De esta forma este llamado al Otro pareciera estar dificultado en aquellos niños/as que se han visto enfrentados a la experiencia de institucionalización. Tal posibilidad de requerir a un Otro ha perdido su intensidad, su consistencia, cierta dimensión que lleva el cuerpo hacia lo exterior. Por otra parte, se observa que algunas de estas experiencias, como la ausencia de dolor, exteriorizadas como autoagresiones o conductas heteroagresivas constituyen una forma de negación de las vivencias del cuerpo además de una pérdida en la búsqueda de otro que nombre las experiencias subjetivas acontecidas, en el sentido que se niega al nivel de un discurso dirigido a un Otro, pero que reaparece en lo real del cuerpo. Es la ausencia de una demanda que conecte la experiencia corporal con el discurso que el otro hace, demanda que no se ancla en el cuerpo únicamente por su valor de discurso, sino que frente a la existencia de un Otro particular que se afecta ante la vivencia. A través del transitivismo es que se propondrá una manera de articular tal problema en este trabajo. Este concepto se explica a través de la siguiente observación: un niño se da un golpe en alguna zona del cuerpo y su madre es quien lo sufre, emitiendo un “ay, eso te dolió”. Es la indicación que hace la madre, a través de un discurso, sobre una experiencia que ella no ha vivido, pero de la que se siente afectada, suponiéndole un saber a su hijo acerca de su cuerpo. Sólo desde ese momento es que el niño sentirá dolor. Se trata de una doble negación, división y represión, de quien emite el discurso y de quien se lo identifica, ya que el que nombra la experiencia niega la vivencia de quien la sufre, que es puro desconocimiento, reprimiendo el afecto que le genera, quedando por esto dividido. Por el lado del niño, este se ubica, identificándose, en el lugar de quien emite el discurso apropiándose de éste y negando su propia vivencia. El discurso transitivista es un golpe de fuerza, ya que implica una negación de la experiencia de un semejante y a la vez que el otro se identifique ese discurso. Cuando la madre dice “ay”, señala que su hijo tiene un cuerpo y le pone un límite a su masoquismo. Esto puede permitir una lectura de la pasividad corporal de los niños que no demandan, como efecto de separaciones tempranas y de periodos de institucionalización, de aquellas miradas pasivas y perdidas en un horizonte sin palabras, pérdida de la intensidad de este choque de fuerza (Berges y Balbo, 1998). Así, las consecuencias de la separación afectiva y la posterior institucionalización de un niño o niña, tendrán como efecto cuestiones relativas al cuerpo, marcas a la espera de un discurso que las puntúe, que haga texto y textura a la vez, cuerpo que se dirija a un discurso que lo afecte, en tanto Otro que dona ese cuerpo por su propia vivencia en un espacio donde la demanda pueda articularse. Planteado así este problema es que se desarrollará la manera en que el registro del transitivismo pueda articularse como un aporte al trabajo terapéutico con niños/as institucionalizados. De esta forma se abordará en una primera parte del trabajo los aspectos teóricos ligados a procesos primarios de la constitución subjetiva, como forma de dar cuenta de aquellos momentos cruciales de la subjetivación y que ciertamente se ponen en peligro ante experiencias de separaciones afectivas precoces y de institucionalizaciones en edades tempranas. En segundo lugar se hará una revisión del concepto de transitivismo para determinar aquellos aportes que puedan permitir ofrecer nuevas posibilidades al trabajo clínico como institucional en el abordaje de las temáticas aquí tratadas. Posteriormente se expondrá parte de la experiencia del trabajo en residencias, aludiendo contenidos clínicos e institucionales para observar la manera en que se entrelazan para permitir dar cuenta de las problemáticas subjetivas surgidas en este contexto particular. Finalmente se abordaran las conclusiones pertinentes, en vías de generar nuevos aportes al trabajo clínico con niños/as en tales contextos.
Undurraga, Valdés Verónica. "Propuesta interpretativa del mandato de protección del que está por nacer bajo la Constitución chilena en el contexto de la regulación jurídica del aborto." Tesis, Universidad de Chile, 2012. http://www.repositorio.uchile.cl/handle/2250/113822.
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La imagen de un mamífero en gestación en el vientre de una hembra es quizás el símbolo más elocuente del asombroso proceso de creación de la vida. Frente a ella, no podemos evitar una actitud de sobrecogimiento y respeto. Y cuando el embrión o feto es humano, la imagen además nos vincula con nuestra realidad: criaturas de un universo cuya total comprensión nos está vedada, al que llegamos para vivir fugaces años en la contingente compañía de otros seres con los que creamos lazos y de quienes luego nos separa la muerte. A este misterioso paréntesis de vida lo protegemos en nuestras constituciones y proclamamos en nuestros tratados. El aborto inducido implica la interrupción artificial de una vida en gestación. El acto de abortar supone, entre otras muchas cosas, una violencia simbólica muy fuerte, al tener que ser decidido y ejecutado por quienes somos criaturas que fuimos recibidas por otros, en un gesto que nos permitió llegar a ser. Pero reconocer esta violencia, y los males más concretos que pueden asociarse al aborto, no determina necesariamente que el aborto deba siempre estar prohibido. Es posible que el aborto esté jurídicamente justificado en ciertos casos o cuando es realizado en el primer periodo del embarazo. Así lo han decidido muchas sociedades en procesos de deliberación legítimos y tomando en consideración los muchos argumentos, creencias, experiencias y sensibilidades que son relevantes en este tema. Esta tesis presenta una propuesta interpretativa del artículo 19 Nº1 de la Constitución Política chilena, en lo que se refiere al mandato de proteger la vida del que está por nacer, en el contexto acotado de la regulación del aborto. Por lo mismo, no trata temas relacionados como la investigación con embriones o la reproducción asistida, aunque las discusiones y conclusiones pueden resultar también pertinentes en estas materias
Miranda, Farías Catherine Anushka. "Cuidado personal del niño, niña y adolescente y principio de corresponsabilidad parental en el derecho de familia en Chile." Tesis, Universidad de Chile, 2016. http://repositorio.uchile.cl/handle/2250/143110.
Full textEl trabajo que se presenta a continuación, tiene por objeto analizar dos conceptos principales, en primer lugar, el concepto de cuidado personal del niño, niña y adolescente y, en segundo lugar, el principio de corresponsabilidad parental. Junto con el estudio doctrinario de dichos conceptos, analizaremos todo lo relativo a la aplicación, vigencia e interpretación de las normas jurídicas que regulan estas materias, aportando además datos jurisprudenciales e incluyendo referencias al derecho comparado. Finalmente, desde un punto de vista crítico, analizaremos las falencias y carencias que puede presentar la regulación actual en torno al tema principal.
Alvarado, Saavedra Carolina Andrea, and Farias Mackarena Nicole Manríquez. "Artículo 10 de la Constitución Política de la República : una puerta abierta al abandono de niños apátridas por parte del Estado." Tesis, Universidad de Chile, 2016. http://repositorio.uchile.cl/handle/2250/141292.
Full textLa Constitución Política de la República de Chile señala en la primera parte de su artículo 10° que “Son chilenos: 1º.- Los nacidos en el territorio de Chile, con excepción de los hijos de extranjeros que se encuentren en Chile en servicio de su Gobierno, y de los hijos de extranjeros transeúntes, todos los que, sin embargo, podrán optar por la nacionalidad chilena”. El problema jurídico es que la Constitución no ha definido el concepto “transeúntes”, razón por la cual analizaremos la interpretación que se ha dado a este concepto por parte de la autoridad administrativa y la autoridad judicial. La falta de explicación de este concepto puede acarrear serios inconvenientes, como considerar hijos de extranjeros transeúntes a los niños nacidos en Chile hijos de padres migrantes en situación irregular en Chile, lo cual es incompatible con los parámetros constitucionales e internacionales. El objetivo de estas líneas es analizar la situación de los niños nacidos en Chile que son hijos de padres que se encuentran en territorio chileno de manera irregular, los cuales son inscritos en el Registro Civil como “hijo de extranjero transeúnte”, quedando privados del derecho a una nacionalidad, consagrado en el artículo 7.1 de la Convención de los Derechos del Niño, en la Convención Americana de Derechos Humanos, y en nuestra Constitución Política de la República en su artículo 10. ¿Cuáles son las consecuencias de privar a un niño de un elemento de su identidad como lo es la nacionalidad? La gran dificultad que enfrentan las personas apátridas, como veremos en esta memoria, es que al no encontrarse bajo el amparo de ningún Estado, se ven gravemente vulnerados sus derechos civiles, políticos, sociales y económicos.
Mendoza, Van der Molen Carolina Andrea. "Evaluación del proceso de implementación de una politica de protección a la infancia con enfoque de equidad. El caso de la comuna de San Joaquin." Tesis, Universidad de Chile, 2010. http://www.repositorio.uchile.cl/handle/2250/116511.
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Objetivo El enfoque de DSS se caracteriza por dirigir las acciones hacia las raíces sociales de las enfermedades, prometiendo resultados sostenibles en el tiempo y de carácter equitativo. Las condiciones en las cuales transcurre la primera infancia son un factor predictor del estado de salud en la edad adulta y son potencialmente modificables mediante políticas adecuadas. La construcción de políticas está definida por la identificación del problema, la formulación de la política; la implementación y evaluación, siendo la implementación la etapa más crítica. El objetivo de este estudio es evaluar el proceso de implementación de la política de protección de la infancia en la comuna de San Joaquín, generando un modelo de monitoreo de la equidad en salud de los niños de 0 a 14 años a nivel local. Método Se realizó un estudio de caso utilizando métodos mixtos de investigación. La recolección y análisis de la información cualitativa y cuantitativa se realizó de manera independiente, concurrente y en una sola fase, asignándole igual peso a ambos tipos de información. El dato cualitativo permitió la comprensión de los procesos de implementación de la política de protección a la infancia, mientras que el dato cuantitativo permitió abordar aspectos más estructurales del monitoreo de la equidad en salud. Las principales técnicas de recolección de datos cualitativos utilizadas fueron las entrevistas en profundidad y la observación participante y no participante. La información cuantitativa corresponde a variables sociodemográficas, estadísticas de utilización de servicios y datos epidemiológicos locales. Resultados Contexto. San Joaquín es una comuna del área sur de la Región Metropolitana que tiene 97 625 habitantes. Los entrevistados entienden su comuna como una comunidad estigmatizada por su origen y pobreza. Su principal característica demográfica es la disminución de la población joven que migra hacia las comunas vecinas en busca de mejores oportunidades. El microtráfico y consumo de drogas son unos de los principales responsables de la pobreza y afectan a los niños desde temprana edad. La baja escolaridad de los padres se relaciona con el desconocimiento de los derechos de los niños y maltrato infantil. La estimulación temprana y el apoyo durante el periodo escolar son escasos, favoreciendo la deserción escolar y el trabajo infantil que se ve fomentado por la precariedad del trabajo de los padres. Las intervenciones relacionadas con la vulneración de los derechos de los niños son consideradas insuficientes, principalmente por la magnitud del daño existente. La cohesión y participación social se manifiesta a través de la formación de las juntas de vecinos infantiles. Contenido de la política. La comuna ha adoptado la política nacional a favor de la infancia que se ha traducido a nivel nacional en el "Sistema de protección integral a la primera infancia: Chile crece contigo", compuesto por prestaciones de carácter universal complementadas con apoyo diferenciado según el grado de vulnerabilidad. A nivel local, este sistema de protección social ha motivado la generación de la "Red de protección a la infancia", entendiendo por protección a la infancia la defensa de los derechos del niño. Proceso. La red de protección a la infancia se formó en abril de 2008. Su estructura quedó definida por un grupo motor y tres comisiones de trabajo (sustentabilidad, capacitación y formación, y participación). Se realizó la primera feria llamada "Parque de los derechos" con el propósito de socializar el tema de los derechos de los niños en la comunidad. Cumplido un año de implementación, se desarrolló la primera evaluación interna. Se destacó como positivo la cohesión lograda entre los integrantes y su carácter participativo y descentralizado. Entre los aspectos a mejorar se mencionó la comunicación entre los integrantes y la planificación de actividades para la comunidad. Actores. Los actores relacionados con la implementación de la política son tomadores de decisión que trabajan en departamentos de la I. Municipalidad de San Joaquín, que pertenecen a programas de nivel nacional que se desarrollan a nivel local, que participan en ONG de la comuna y las madres de los niños que participan en las juntas de vecinos infantiles. Los tomadores de decisión asocian la vulnerabilidad infantil con factores propios de la urbanización y reconocen a la cohesión social como un factor protector en la comuna. La infancia saludable es descrita como una etapa del desarrollo en la cual se respetan los derechos de los niños. La protección de la infancia debe comenzar desde los primeros años de vida a través del desarrollo de una red de apoyo a la crianza. La escuela y la familia son valoradas positivamente para la disminución de la vulnerabilidad, pero el sistema educacional requiere ser reformado para acoger efectivamente a los niños más vulnerados. El trabajo en red es valorado positivamente para la protección a la infancia al potenciar a las instituciones involucradas. Para las mamás, el concepto de salud está relacionado con la salud física y mental de las personas y con la atención de salud entregada por el estado. Las actividades desarrolladas para los niños son consideradas importantes, aunque insuficientes por la alta vulnerabilidad social de los niños. El predominio de las actividades recreativas sobre las formativas preocupa a algunas mamás. Entre los factores de riesgo mencionan el consumo de alcohol y drogas de los padres, mientras que como factores protectores se refieren a la generación de redes de apoyo en la comunidad. El sistema educacional es percibido como de mala calidad e insuficiente para satisfacer la demanda local. Existe consenso en considerar que faltan competencias parentales que permitan establecer normas y límites claros al interior de la familia. La figura paterna está ausente en numerosas familias, asumiendo las abuelas un rol fundamental en el proceso de crianza. Las mamás destacan los esfuerzos del estado en los últimos años por entregar recursos que permitan realizar iniciativas para proteger a los niños. No obstante, las iniciativas no se sostienen en el tiempo o no se diseñan de acuerdo a las necesidades de los niños. Indicadores. Se diseñó un modelo de monitoreo en base a 4 determinantes sociales estructurales: 1) sistema democrático instrumentalizado, 2) sistema de protección y bienestar familiar inadecuados e insuficientes, 3) reforma educacional inadecuada y 4) reforma de salud que fortalece el enfoque curativo en detrimento de lo promocional. Estos determinantes estructurales se derivan de los DSS más proximales factibles de modificar en el mediano plazo, definidos como: modelo institucional que dificulta compartir la toma de decisión con los actores sociales locales, dificultades locales para articular los programas sociales, bajas competencias parentales, violencia intrafamiliar, maltrato infantil, clima escolar violento, trastornos del desarrollo psicosocial infantil y programa de salud infantil que no detecta adecuadamente situaciones de riesgo psicosocial en los niños. La línea basal medida en diciembre 2008 indica que existen 69 organizaciones relacionadas con la protección de la infancia; 18 habían participado de manera constante en la red de infancia. Se realizaron 16 talleres con 227 padres y 250 niños. En promedio, los hogares tenían 3,7 integrantes, el 28,1% estaba bajo jefatura femenina y el 27% eran extensos. Se realizaron 582 denuncias por violencia intrafamiliar; el 57% fue atendido. Se constituyeron 20 juntas de vecinos infantiles con al menos 30 niños cada una. 8 de las 10 escuelas municipalizadas realizaban el diagnóstico de nudos críticos para generar las propuestas de convivencia escolar. 97% de la matrícula del nivel medio mayor de los 4 jardines JUNJI participaba en el proyecto de psicomotricidad. Existe un déficit de 6,34 hrs. semanales de nutricionistas por cada 10 000 habitantes. Conclusiones La implementación de la política de protección a la infancia, traducida en la formación de la red de infancia y juventud de San Joaquín, fue un proceso exitoso determinado por las características de los actores, el contenido de la política y el contexto local. Se construyó un modelo de monitoreo compuesto por indicadores cuali cuantitativos capaces de evaluar los DSS relacionados con la vulnerabilidad social de los niños, con el propósito de darle seguimiento a la política de protección a la infancia implementada. Las lecciones aprendidas en este estudio pueden ser aplicadas a iniciativas similares en contextos urbanos de alta vulnerabilidad social como es la comuna de San Joaquín.
Salgado, Leiva Natalia Isabel. "El interés superior del niño en los procedimientos especiales seguidos ante los Tribunales de Familia." Tesis, Universidad de Chile, 2012. http://www.repositorio.uchile.cl/handle/2250/112905.
Full textLa posibilidad de ejecución de la Convención de Derechos del Niño en Chile no es un tema menor pues ella consagra todos los derechos de los que son titulares los niños como sujetos de protección especial. Por lo tanto si eso no es así, estaríamos ante una gran vulneración de derechos humanos además de formalmente estar violando un tratado vigente. La realidad de esta problemática es la que intentaremos dilucidar en este trabajo, el cual no tiene más interés que el de dar cuenta de la existencia o no de una situación, para poder tener una posición y tomar cursos de acción ante cualquiera de los escenarios posibles. Para ello lo primero que se hará será, en un Primer Capítulo, analizar la Evolución del concepto de Interés Superior del Niño a través de cuatro puntos: La evolución histórica previa a la Convención de Derechos del Niño del Interés Superior del Niño. La recepción del Interés Superior del Niño en la Convención de Derechos del Niño. Las discusiones doctrinarias de contenido y alcance del Interés Superior del Niño. Las Opiniones y Observaciones del Comité sobre el Interés Superior del Niño. En un Segundo Capítulo analizaremos la Recepción del Interés Superior del Niño por la ley 19.968 de Tribunales de Familia. Y en ella veremos: La jerarquía de la Convención de Derechos del Niño en Chile. La ley 19.968, como legislación de adecuación de la Convención de Derechos del Niño. La recepción del Interés Superior del Niño en la Ley n° 19.968 de Tribunales de Familia. Por último en el Capítulo Tercero, analizaremos la forma como la jurisprudencia ha venido entendiendo y aplicando el principio del Interés Superior del Niño en procedimientos en que estén comprometido intereses de menores. Este trabajo terminará con un análisis de los datos obtenidos para dar respuesta a nuestras preguntas iniciales, logrando una imagen del panorama general de la situación del Interés Superior del Niño en nuestro país
Isla, Cofré Luz Catalina. "El tratamiento del niño en el sistema de responsabilidad penal adolescente durante la etapa investigativa desformalizada." Tesis, Universidad de Chile, 2010. http://www.repositorio.uchile.cl/handle/2250/107028.
Full textLa presente memoria, tiene por objeto dar una mirada reflexiva y crítica a nuestro actual sistema de responsabilidad penal adolescente, desde la perspectiva del Derecho de Menores, focalizado principalmente en la etapa investigativa desformalizada, momento en el cual, el niño que ha infringido la ley hace su primer contacto con el sistema de justicia. En un análisis descriptivo y crítico se expone, a lo largo del presente trabajo, la variación que ha sufrido el tratamiento de los niños en conflicto con la justicia en el ámbito del derecho, pasando por diversos modelos y sistemas de justicia, cuya tendencia mundial actual está inclinada a la Justicia Restaurativa. Se destaca la importancia de las fuentes internacionales en esta materia, en instrumentos internacionales específicos y no específicos aplicables, así como también la relevancia de las recomendaciones entregadas por el Comité de Derechos del Niño a nuestro país. Además, se analiza la normativa nacional aplicable, tanto de la actual Ley de Responsabilidad Penal Adolescente Nº 20.084, como de la Ley de Menores Nº 16.618, resaltando la importancia de los derechos y garantías que se les reconoce a los niños en conflicto con la justicia, finalizando con un análisis comparativo entre la legislación interna y el estándar internacional en Justicia de Menores. Se concluye, que en nuestro país aún existen diversos incumplimientos a la Convención de Derechos del Niño y aunque se ha avanzado en el tratamiento a los niños en conflicto con la justicia, aún falta mucho por mejorar para que nuestra legislación se adecue al estándar internacional, y así podamos caminar hacia un nuevo modelo de justicia juvenil, como es hoy, la llamada Justicia Restaurativa.
Tapia, Cárcamo Mario Alfredo. "Hacia la protección integral de los derechos de los niños, niñas y adolescentes en Chile." Tesis, Universidad de Chile, 2019. http://repositorio.uchile.cl/handle/2250/170581.
Full textEl presente trabajo busca responder a la interrogante respecto a si existe en nuestro ordenamiento jurídico una protección integral a los derechos de la infancia. Lo anterior será desarrollado efectuando una investigación de carácter temporal en donde se analizará cómo las ideas de protección a los derechos de la infancia fueron tomando forma en nuestro ordenamiento jurídico, partiendo desde una prácticamente nula protección. Siguiendo a lo anterior, se analizarán ciertos cuerpos legales entrados en vigencia con posterioridad a la ratificación de la Convención de los Derechos del Niño para demostrar la influencia de ésta en nuestra legislación. Finalmente, se revisará la labor que el Consejo de la Infancia ha realizado, analizando los proyectos de ley presentados al Congreso Nacional. Todo esto con la finalidad de determinar si finalmente es posible lograr una protección integral a los derechos de la infancia.
Olguín, Robledo Macarena. "El procedimiento de adopción de las medidas de protección de los niños, niñas y adolescentes." Tesis, Universidad de Chile, 2018. http://repositorio.uchile.cl/handle/2250/150931.
Full textEl presente trabajo está orientado al estudio del procedimiento especial de adopción de las medidas de protección de los derechos de los niños, niñas y adolescentes (NNA). Sus falencias y virtudes, como se ha ido adoptando a través del tiempo, y como se moldea a los nuevos estándares nacionales e internacionales. Los derechos de los NNA, han sido adoptados como Derechos Humanos, por lo que todo país que los haya adoptado como propios debe adecuar sus políticas, economía y legislación en pos de asegurarlos. Para ello resulta necesario una conceptualización de las medidas de protección de los NNA, y un estudio de la estructura del procedimientos, de sus intervinientes, los principios que lo informan y cómo conviven entre ellos, la norma vigente, y las reformas que buscan satisfacer los estándares internacionales. Palabras claves: Medidas cautelares especiales, medidas de protección, niños, niñas y adolescentes. Interés superior del niño. Convención de los derechos del niño. Ley que crea los tribunales de familia.