To see the other types of publications on this topic, follow the link: Gramática de Papel y Referencia.

Books on the topic 'Gramática de Papel y Referencia'

Create a spot-on reference in APA, MLA, Chicago, Harvard, and other styles

Select a source type:

Consult the top 21 books for your research on the topic 'Gramática de Papel y Referencia.'

Next to every source in the list of references, there is an 'Add to bibliography' button. Press on it, and we will generate automatically the bibliographic reference to the chosen work in the citation style you need: APA, MLA, Harvard, Chicago, Vancouver, etc.

You can also download the full text of the academic publication as pdf and read online its abstract whenever available in the metadata.

Browse books on a wide variety of disciplines and organise your bibliography correctly.

1

Graciela, Guerrero Valenzuela Lilián, and González V., Carlos (González Vergara), eds. El funcionalismo en la teoría lingüística: La gramática del papel y la referencia : introducción, avances y aplicaciones. Akal, 2012.

Find full text
APA, Harvard, Vancouver, ISO, and other styles
2

Nieto, Julio Borrego. Gramática de referencia para la enseñanza: La combinación de oraciones. Ediciones Universidad de Salamanca, 2013.

Find full text
APA, Harvard, Vancouver, ISO, and other styles
3

Mendoza, José G. Gramática castellana: Con referencia a la variedad hablada en Bolivia. Universidad Mayor de San Andrés, Facultad de Humanidades y Ciencias de la Educación, 1992.

Find full text
APA, Harvard, Vancouver, ISO, and other styles
4

Universidad Central de Venezuela. Consejo de Desarrollo Científico y Humanístico and Universidad Central de Venezuela. Facultad de Humanidades y Educación. Comisión de Estudios de Postgrado, eds. Manual de gramática del español, con especial referencia al español de Venezuela. Universidad Central de Venezuela, Consejo de Desarrollo Científico y Humanístico, 2011.

Find full text
APA, Harvard, Vancouver, ISO, and other styles
5

Glew, Luisa Montuschi de. Tendencias recientes en las relaciones laborales y en la organización del trabajo: Analisis de experiencias con referencia al papel de los sindicatos. Centro de Estudios Macroeconómicos de Argentina, 1997.

Find full text
APA, Harvard, Vancouver, ISO, and other styles
6

Universo gramatical : gramática de referencia para estudiantes de español. Edinumen, 2014.

Find full text
APA, Harvard, Vancouver, ISO, and other styles
7

autores, Varios. English for Everyone : Guía de Gramática: Guía de referencia visual. DK, 2017.

Find full text
APA, Harvard, Vancouver, ISO, and other styles
8

Alexopoulou, Angelica, Maria Tsokou, Maria Jesus Blazquez, and Maria de Los Angeles Villegas. Universo Gramatical Gramática de Referencia Del Español para Estudiantes Griegos. Cambridge University Press, 2020.

Find full text
APA, Harvard, Vancouver, ISO, and other styles
9

Dk Publishing. English for Everyone Gramática Inglesa: Guía Completa de Referencia Visual. Dorling Kindersley Publishing, Incorporated, 2017.

Find full text
APA, Harvard, Vancouver, ISO, and other styles
10

O'Meara, Carolyn Kristen. Clasificación del paisaje y referencia espacial en cmiique iitom (seri). Universidad Nacional Autónoma de México. Departamento de Publicaciones del Instituto de Investigaciones Filológicas, 2021. http://dx.doi.org/10.19130/iifl.00870001.cmiique.243271.

Full text
Abstract:
El dominio del paisaje es un área de mucho interés en la investigación de la categorización lingüística pero, al mismo tiempo, presenta algunas posibles dificultades. Por ejemplo, ¿qué significa el término español "montaña" para los hablantes de determinada lengua? ¿Es un accidente geográfico convexo necesariamente más alto que el accidente geográfico llamado "cerro"? ¿Una montaña tiene que tener una cima puntiaguda o cresta, o puede tener una cima redondeada? ¿Dónde están los límites de una montaña, dónde empieza y dónde termina? Las respuestas definitivas a estas preguntas no son fáciles de encontrar. En este estudio se describe la gramática de referencia espacial en seri, mediante la ocurrencia de términos del paisaje como elementos nominales que denotan fondos en descripciones locativas o en descripciones de eventos en movimiento, así como en anclas en algunos marcos de referencia.
APA, Harvard, Vancouver, ISO, and other styles
11

Maldonado, José Sánchez. El papel de las políticas públicas en la crisis de la covid-19: Especial referencia a la Unión Europea. UMA Editorial, 2021.

Find full text
APA, Harvard, Vancouver, ISO, and other styles
12

El quitadudas de la lengua española 4 en 1. Larousse, 2010.

Find full text
APA, Harvard, Vancouver, ISO, and other styles
13

Palacios Sinisterra, Carlos Alberto. Conocimiento tradicional, cocina y mujer en Buenaventura. Editorial Universidad Santiago de Cali, 2020. http://dx.doi.org/10.35985/9789585583474.

Full text
Abstract:
Este documento recoge los resultados de una serie de estudios desarrollados en los últimos ocho años en el contexto del Distrito de Buenaventura, e intentan aportar elementos que permitan comprender la forma como los saberes y prácticas consuetudinarias de los habitantes de ascendencia afro, presentes en esta región, se constituyen en expresión de formas de conocimiento tradicional con las que se logra dar forma a la cocina del Pacífico. En el 2012 la revista Avianca No.91 del mes de octubre publicó en sus páginas interiores unas hermosas fotos a todo color de la plaza de mercado José Hilario López de Buenaventura, señalando en uno de sus apartes que “la galería de Pueblo Nuevo, en pleno centro de Buenaventura, Valle del Cauca (Colombia), es la despensa de pescado, mariscos y hiervas medicinales más importante del Pacífico”1 . Aunque la referencia se centra en la plaza como centro de distribución de alimentos es innegable el papel que esta tiene en la región del Pacífico, pero esta referencia también es un llamado a reconocer éste como epicentro de los saberes y tradiciones del Pacífico, entre ellas la tradición culinaria de Buenaventura que se configura como patrimonio inmaterial de la población afrodescendiente y de la nación.
APA, Harvard, Vancouver, ISO, and other styles
14

Herramientas para aplicar las intervenciones breves de las 5A y las 5R para tratar el consumo de tabaco a nivel de la atención primaria. Organización Panamericana de la Salud, 2020. http://dx.doi.org/10.37774/9789275322444.

Full text
Abstract:
Este conjunto de herramientas se preparó a partir del módulo 4 de capacitación de la OMS sobre el fortalecimiento de los sistemas de salud para tratar la dependencia del tabaco a nivel de la atención primaria. La publicación está dirigida a los prestadores de atención primaria, y su objetivo es servir de guía de referencia rápida para ayudarles a suministrar intervenciones breves contra el consumo de tabaco como parte de su práctica habitual. El contenido de esta caja de herramientas se divide de la siguiente manera: 1. El consumo de tabaco: Una dependencia letal 2. Papel protagónico del personal de salud en el control del tabaco 3. Aspectos básicos del consumo y la dependencia del tabaco 4. Modelo de las 5A para ayudar a las personas que están listas para dejar de fumar 5. Modelo de las 5R para aumentar la motivación para dejar de fumar 6. Uso de las 5A para evitar la exposición al humo de tabaco Versión oficial en español de la obra original en inglés Toolkit for delivering the 5A’s and 5R’s brief tobacco interventions in primary care © World Health Organization 2014 ISBN: 978-92-4-150695-3
APA, Harvard, Vancouver, ISO, and other styles
15

Medina Romero, Miguel Ángel. Análisis económico del derecho del comercio exterior de México. Consideraciones teóricas y bases metodológicas. Ediciones Comunicación Científica, 2022. http://dx.doi.org/10.52501/cc.032.

Full text
Abstract:
El campo interdisciplinario del derecho y la economía constituye un sólido referente analítico que está contribuyendo a entender mejor el papel de las instituciones jurídicas en el desarrollo económico, así como el impacto que las normas legales tienen en el comportamiento de las personas. El propósito de este libro es plantear un análisis económico del derecho, desarrollando aplicaciones concretas en el ámbito del derecho del comercio exterior de México. ¿En qué consiste el análisis económico del derecho del comercio exterior de México, y cuáles son sus fundamentos teóricos, bases metodológicas y utilidad? El supuesto contenido en esta obra refiere que este tipo de análisis apunta a que el desempeño del comercio exterior de México y, por tanto, la influencia de éste sobre la actividad económica general gravitan en la pertinencia y eficacia de su marco legal. En consecuencia, el derecho del comercio exterior constituye el fundamento de las transacciones y movimientos comerciales, lo que lo convierte en una base fundamental del crecimiento económico de México. El análisis económico del derecho, en tanto marco teórico-conceptual y metodológico propuesto, permite avanzar un gran trecho en el entendimiento de que muchas instituciones legales están constituidas sobre una lógica económica, por lo que se torna factible, pertinente y útil estudiar económicamente el marco jurídico en aras de avanzar en el entendimiento del papel que efectivamente juegan las normas comerciales en el sistema económico. Y en esa tarea, precisamente, la presente obra ofrece una útil contribución, por lo que se espera que esta investigación pueda servir como referencia a abogados, economistas, administradores, legisladores y analistas de políticas, entre otros profesionistas y estudiosos en general, para comprender, de una manera accesible, el desarrollo del análisis económico del derecho del comercio exterior en México.
APA, Harvard, Vancouver, ISO, and other styles
16

Herramientas para aplicar las intervenciones breves de las 5A y las 5R para tratar el consumo de tabaco en personas con tuberculosis a nivel de la atención primaria. Organización Panamericana de la Salud, 2019. http://dx.doi.org/10.37774/9789275320808.

Full text
Abstract:
[Introducción]. Este material de autoayuda se preparó a partir del módulo 4 de capacitación de la OMS sobre el fortalecimiento de los sistemas de salud para tratar la dependencia del tabaco a nivel de la atención primaria y de la publicación “Una monografía de la OMS y la Unión sobre la tuberculosis y el control del tabaco: Unir esfuerzos para controlar dos epidemias mundiales relacionadas”. La publicación está dirigida al personal de salud que brinda atención a personas con tuberculosis, y su objetivo es servir de guía de referencia rápida para ayudarles a suministrar intervenciones breves contra el consumo de tabaco como parte de su práctica habitual a nivel de la atención primaria. El contenido de este documento incluye: 1. La tuberculosis y el consumo de tabaco: Una combinación letal 2. Papel protagónico del personal de salud que brinda atención a personas con tuberculosis en cuanto al control del Tabaco 3. Aspectos básicos del consumo y la dependencia del Tabaco 4. Modelo de las 5A para ayudar a las personas que están listas para dejar de fumar; 5. Modelo de las 5R para aumentar la motivación para dejar de fumar; 6. Uso de las 5A para evitar la exposición al humo de tabaco. Nota a la versión en español: La versión en español fue preparada en el 2019 en base al texto original en inglés del 2014 y no constituye una actualización. Versión oficial en español de la obra original en inglés. Toolkit for delivering the 5A’s and 5R’s brief tobacco interventions to TB patients in primary care. © World Health Organization 2014. ISBN 978 92 4 150694 6.
APA, Harvard, Vancouver, ISO, and other styles
17

Revilla Carrasco, Alfonso. Formas de maternidad: diálogos entre maternidades románicas y negroafricanas. Servicio de Publicaciones Universidad de Zaragoza, 2022. http://dx.doi.org/10.26754/uz.978-84-18321-60-3.

Full text
Abstract:
No somos distintos; ni vamos a entrar en el mundo de lo onírico ni lo espiritual. Nos sumergiremos en ambas culturas en un mismo mundo, el de la Naturaleza y lo real; el mundo en que se necesita que todo lo regulado se produzca adecuadamente. Demandando por tanto que lo comprometido suceda. Son mujeres que muestran niños, salidos de su seno o sus descendientes directos. Demandamos a quien creemos que tiene el poder o acceso a quien lo tiene; esta demanda queda reflejada en el niño o niña. Lo normal es encontrar al niño en el lado izquierdo de la madre, representa la consciencia y discernimiento sobre la realidad. El niño a la derecha, si está yacente, ni mamando ni erguido, es el dolor por la muerte y la demanda de que no vuelva a suceder. En África, el nuevo rey solía ser el hijo mayor de la hermana mayor del rey muerto, casi nunca el hijo de su mujer, porque su sobrino es su sangre. Las representaciones de las madres cumplen el papel de conseguidoras. Si el niño está mamando muestra la dependencia de la madre, tanto del niño como de su descendencia; en referencia a la fertilidad y fecundidad. Los niños nacen sonrosados y claros; nacen espíritus, pues el blanco es para el africano el color de los espíritus; nacen agua, por lo que si mueren el dolor es solo por la pérdida del agua que acopió la madre durante nueve meses. En África los bebés no son personas hasta que no cogen su color, lo que sucede cuando le salen los incisivos. Y casi que es esta la única diferencia visual entre las tallas de la exposición. No son fetiches, tampoco figuras de poder; son demandas para cumplir lo naturalmente establecido.
APA, Harvard, Vancouver, ISO, and other styles
18

Napolitano, Graziela Teresita, ed. El campo de la neurosis en la obra de Freud. Editorial de la Universidad Nacional de La Plata (EDULP), 2013. http://dx.doi.org/10.35537/10915/31672.

Full text
Abstract:
Inauguramos con la presente obra la edición digital de nuestra producción académica. Hasta ahora, y desde hace más de 15 años, el equipo de docentes investigadores hemos publicado en formato papel nuestros trabajos en libros y revistas. Se abre en esta ocasión una nueva posibilidad de ampliar el alcance de nuestra enseñanza para los alumnos y lectores interesados en los problemas del campo de la Psicopatología. Celebramos por eso la iniciativa de la presidencia de la UNLP, por las importantes consecuencias que implica especialmente para los que participan en el ámbito universitario. Hemos elegido preparar en primer lugar una obra que lleva por título <i>Las neurosis en el psicoanálisis freudiano</i>. Tema central en nuestro programa de estudio, nos ha parecido una prioridad para introducirnos en el campo de la Psicopatología y clínica psicoanalíticas. Los fundamentos que Freud nos ha transmitido en sus textos constituyen una lectura necesaria para poder acceder a los desarrollos posteriores y a las diferentes orientaciones de estos desarrollos en el Psicoanálisis que continuó después de Freud. Como Lacan lo ha subrayado en sus primeras intervenciones en el campo psicoanalítico, no se trata de un regreso a los orígenes, sino de propiciar una lectura que contemple la novedad del descubrimiento freudiano, y los problemas que progresivamente se presentaron como obstáculos, interrogantes y desafíos ante los que la producción teórica de Freud surge como intentos de respuesta y elaboración, en la búsqueda de una certeza que se le revela siempre provisoria. Nuestra lectura metódica de los principales momentos de esta obra se propone no olvidar que se trata de una elaboración de los resultados de una práctica, y que deben ser considerados en el marco de una dimensión tanto epistémica, como ética y política, dimensiones que se conjugan permanentemente en la obra de Freud, y que se nos ofrecen como referencia para nuestra actualidad en los diferentes ámbitos en los que enseñamos Psicoanálisis. En este caso, el ámbito universitario, que responde a coordenadas propias vinculadas al lazo social específico que reúne a los participantes, ámbito que tiene como misión privilegiada la transmisión de conocimientos y su actualización permanente a partir de la investigación.
APA, Harvard, Vancouver, ISO, and other styles
19

Hernández, Carlos. Positivismo inclusivo. Universidad Libre sede principal, 2017. http://dx.doi.org/10.18041/978-958-8981-73-4.

Full text
Abstract:
Este libro contiene artículos de destacados profesores, los cuales reflexionan sobre temas de amplia repercusión en la teoría jurídica contemporánea. En el artículo Modest Objectivity e Interpretación Jurídica Aldo Schiavello analiza el trabajo de Jules Coleman y Brian Leiter sobre su propuesta de objetividad (denominada modest objectivity) y que aspira a superar el carácter indeterminable de las decisiones judiciales. Para Schiavello esta propuesta es insatisfactoria, pues debemos tener en cuenta que la noción filosófica de objetividad se relaciona con un determinado paradigma filosófico y epistemológico y en esa medida condicionan la estructura mental del sujeto. Schiavello nos recuerda que podemos distinguir entre varias nociones de objetividad. La clásica división entre objetividad fuerte y objetividad débil. La objetividad es fuerte cuando es independiente del mundo interior y es débil cuando es compartido por una comunidad lingüística. Pero interesante clasificación es la realizada por Andrei Marmor, quien diferencia entre objetividad semántica, objetividad metafísica y objetividad lógica. Según Marmor un enunciado es objetivo semánticamente si gira en torno a un objetivo y es subjetivo si afecta el estado mental de quien lo produce. Es decir, saber si un discurso es objetivo o subjetivo es la intención lingüística del hablante, además, esta dicotomía se caracteriza porque no tiene una relación con la verdad A diferencia de la objetividad semántica, la objetividad metafísica está muy estrechamente relacionada a la noción de verdad. Un enunciado es objetivo metafísicamente si existe una correspondencia entre un enunciado y el objeto en el mundo que describe con las propiedades correspondientes a su descripción en el enunciado en cuestión. Marmor afirma que entre la objetividad metafísica y realismo metafísico no existe una relación necesaria. Por un lado, el realismo moral afirma que es posible predicar la verdad o la falsedad de enunciados que contienen valoraciones morales, estos enunciados son verdaderos o falsos sin tomar en cuenta nuestras opiniones y que los estándares del razonamiento moral son un método adecuado para incrementar el conocimiento moral. Por último, la objetividad lógica implica la verdad, pero no implica determinabilidad. No es sencillo diferenciar entre objetividad lógica y objetividad metafísica, pues se puede afirmar que la objetiva metafísica implica objetiva lógica, pero no se puede afirmar lo mismo a la inversa. En tal sentido, la relación entre objetividad y conceptos como realismo, verdad y determinabilidad, cambia según el concepto de objetividad asumido. Para Schiavello, el concepto de objetividad propuesto por Coleman y Leiter es una propuesta intermedia entre objetividad metafísica y objetividad lógica. Schiavello señala que en el campo jurídico, el problema de la objetividad se relaciona con la interpretación y aplicación normativa e implica un conjunto de presupuestos teóricos sobre la concepción del derecho y la interpretación jurídica, además de relacionarse, generalmente, con el ideal de la seguridad jurídica. Es en este aspecto en el cual la objetividad se vincula con aspectos políticos, es decir, con un modelo de organización política como el Estado liberal de Derecho en el cual la certeza tiene un papel importante y que además de las normas generales es importante tener certidumbre sobre la interpretación y aplicación que realizarán los jueces. Schiavello nos recuerda que el tema de la objetividad de la interpretación del derecho está vinculado al valor de la certeza y, por lo tanto, los discursos sobre la objetividad plantean no solo cuestiones filosóficas sino también tiene repercusiones y relaciones políticas que se deben considerar. Como afirma el autor “una concepción de la objetividad de la interpretación del derecho presupone, implícita o explícitamente, una concepción de la identificación del derecho; las teorías de la identificación del derecho que excluyen la referencia a valores morales por los criterios de validez permiten identificar el derecho de manera más precisa que otras; quien, como Coleman o Dworkin, defiende la objetividad de la interpretación a partir de una concepción de la identificación del derecho que no excluye la referencia a valores morales por los criterios de validez, debe tomar en serio los problemas que ello conlleva”. Coleman y Leiter aspiran a construir una concepción liberal del derecho de las críticas formuladas por el Critical Legal Studies Movement. Ambos autores señalan que el error del Critical Legal Studies Movement es que la intrínseca indeterminación del derecho es incompatible con una concepción liberal del mismo. Recordemos que en el esquema de organización política de un Estado, uno de los postulados del liberalismo es un poder legislativo elegido democráticamente y las leyes aprobadas son aplicadas por el poder judicial, por ello, las decisiones judiciales deben ser determinadas. En tal sentido, las razones más importantes para decidir una disputa legal las proporcionan los legisladores. Si estas razones no motivan las decisiones de los jueces, entonces es dudoso afirmar la existencia de reglas democráticas en el Estado. Las objeciones que se han dirigido a la propuesta de reconstrucción de la determinabilidad en el derecho formulada por Coleman y Leiter son dos. La primera objeción está vinculada a la imposibilidad de distinguir con precisión los casos fáciles de los casos difíciles y la segunda se refiere al problema de la llamada indeterminación de segundo nivel. Según ambos autores el problema de la objetividad se refiere al status de los hechos jurídicos y la autoridad del derecho está justificado solo si los hechos jurídicos son objetivos. Coleman y Leiter rechazan la objetividad en sentido fuerte, es decir, lo que parece correcto a alguien no puede determinar lo correcto para los demás, también rechaza la objetividad mínima según la cual lo que parece correcto a la mayor parte de los miembros de una comunidad determina lo que es efectivamente correcto. Ambos autores están a favor de un “objetividad modesta” según la cual lo correcto es lo afirmado por sujetos en “condiciones epistémicas ideales”. Schiavello piensa que la alternativa propuesta por Coleman y Leiter no logra escapar de la objetividad en sentido fuerte y la objetividad mínima; y por el contrario, considera que su propuesta de objetividad puede ser entendida como una versión de la objetividad metafísica o de la objetividad mínima. Por ello, las críticas que Coleman y Leiter dirigen a estas dos concepciones de la objetividad se vuelcan en contra de su propuesta de objetividad modesta. Según la objetividad modesta es efectivamente correcto lo que parece a aquellos que se encuentran en “condiciones epistémicas ideales”. Estas condiciones pueden ser definidas como las mejores condiciones para alcanzar un conocimiento fiable de algo. En consecuencia, la objetividad modesta admite la posibilidad de errores, pero, a diferencia de la objetividad en sentido fuerte, esta incapacidad se debe a no poder plantearse la mejor perspectiva de observación. Coleman y Leiter no aspiran a desarrollar una concepción universal de la objetividad, sino solo una concepción de la objetividad que permita explicar en forma más conveniente la práctica interpretativa en el derecho. concepción de la objetividad sino que aspira a resaltar la relación que existe entre este concepto y otros elementos conceptuales más amplios, como la política, por ejemplo. Además, el autor identifica las dificultades que pueden generarse al proponer una vía intermedia (como la “objetividad modesta”) entre la objetividad en sentido fuerte y la objetividad en sentido débil. Eso no implica afirmar que sea imposible construir esta vía intermedia, pero sí resalta la necesidad de tomar consciencia de las dificultades para una audaz y bien estructurada nueva concepción de la objetividad. El ensayo de Vittorio Villa se dirige a esclarecer los diferentes conceptos sobre positivismo jurídico, en particular el de inclusive legal positivism (positivismo jurídico inclusivo) pues entiende que esta versión del positivismo es la más defendible y prometedora de las versiones iuspositivistas. Por ello, Villa aporta aclaraciones conceptuales de carácter epistemológico, metodológico y meta-teórico con la finalidad de poder ofrecer una versión del mencionado positivismo más coherente y defendible respecto a lo que sus principales exponentes han hecho. Villa parte de esclarecer el concepto de positivismo jurídico y sus articulaciones en forma de concepciones, para ello el autor identifica el contenido conceptual mínimo compartido por todas las versiones del iuspositivismo. Asimismo, realiza un esclarecimiento mediante análisis comparativo entre el positivismo inclusivo y positivismo exclusivo consideradas como concepciones del concepto de positivismo jurídico. Así, para Villa el positivismo inclusivo es un programa de investigación más prometedor y fecundo que el positivismo exclusivo. Otra clarificación importante que realiza Villa es la postura que adopta el positivismo inclusivo y el positivismo exclusivo en relación a la tesis conceptual de separación entre derecho y moral, enfocándose en los argumentos con los cuales el positivismo inclusivo justifica la intromisión de contenidos morales en los procedimientos con que jueces y juristas garantizarán la existencia y el contenido de las normas jurídicas formando parte de los Estados de derecho constitucionales. Villa parte por definir el iuspositivismo y el contenido conceptual mínimo compartido por todas las concepciones que puedan calificarse como tales. Este contenido conceptual está formado por una tesis sobre el derecho y por ello en una preocupación ontológica y una tesis sobre el conocimiento del derecho y por ello en una preocupación metodológica. Según la primera tesis, afirma Villa, “todos los fenómenos (en primer lugar, las reglas) que llevan el nombre de “derecho” constituyen invariablemente instancias de derecho positivo, y por tanto de un derecho que representa el producto normativo (y aquí evidentemente la potencialmente evasiva propiedad de la normatividad está por especificar por parte de las diferentes concepciones), de tipo convencional (en un sentido por precisar ulteriormente), de decisiones y/o de comportamientos humanos históricamente contingentes desde el punto de vista cultural, y por lo tanto, más en particular, desde el punto de vista ético-político”. Según Villa el elemento más importante por resaltar en la contraposición entre el positivismo inclusivo y el positivismo exclusivo es el vinculado a la diferente interpretación que estas dos concepciones proporcionan de la tesis de la separación. El mismo Villa afirma que “de acuerdo al positivismo inclusivo los criterios de naturaleza moral pueden muy bien servir para verificar la existencia y el contenido de las normas de un sistema jurídico. Según el positivismo exclusivo los tests para identificar la existencia y el contenido de las normas jurídicas dependen exclusivamente de hechos del comportamiento susceptibles de ser descritos en términos neutrales, y de ser aplicados sin recurrir a argumentos morales”. El autor nos recuerda que para el positivismo inclusivo la conexión es una tesis que se desarrolla “dentro de las actividades de jueces y estudiosos del derecho que tengan que ver con normas, entre la actividad destinada a determinar la existencia (en el sentido de validez) y la de determinar el contenido”, entendiendo que no se trata, de una conexión necesaria entre derecho y moral sino a una conexión que se desarrolla en una determinado contexto institucional representado por los Estados de derecho constitucionales contemporáneos que es el ámbito institucional que permite la validez de las tesis del positivismo inclusivo. Villa entiende que el positivismo inclusivo, dentro del positivismo jurídico mismo, tiene mayores recursos teóricos para explicar el cambio de paradigma que ha ocurrido en los Estados de derecho y que se materializan a través de las constituciones escritas y rígidas, además que las normas constitucionales en nuestros Estados de derecho contemporáneos establecen restricciones de carácter procesal a la producción de normas, sino también restricciones sustanciales y estas últimas provienen de un tipo de normas especiales (que para muchos son positivización de la moral): los principios. Villa “señala que el contenido de muchas de las disposiciones constitucionales que hacen referencia a valores morales es de carácter muy general, a veces también genérico, cuando no es –más o menos conscientemente– ambiguo. Por tanto, rendir cuenta del contenido semántico de estas disposiciones quiere decir en cada caso, efectuar las opciones interpretativas que privilegian –no necesariamente en forma arbitraria– uno de los posibles significados que estos enunciados pueden soportar; y hacer esto quiere decir también entrar en la cuestión del posible significado de atribuir a nociones essentially contested como “libertad”, “igualdad”, “democracia”, etcétera. Dichas disposiciones, además, no se presentan nunca por sí solas en un texto constitucional, sino junto a muchas otras, en una red muy confusa de enunciados entre ellos estrechamente interrelacionados. Una de las consecuencias de la naturaleza compleja de estas disposiciones es que su interpretación no es muy a menudo capaz de vislumbrar un orden jerárquico previamente preconstituido, capaz de determinar, de una vez por todas, cuáles son los principios más importantes, y bajo qué interpretación de su contenido. Esto ocurre –al menos– por dos razones fundamentales, una de carácter teórico-lingüístico, otra de carácter filosófico-político: i) con la primera se quiere poner en evidencia, como ya he dicho antes, que el contenido de estos principios es vago, genérico, a veces ambiguo, y no permite rastrear un orden preexistente; ii) con la segunda se observa que, en cada caso, el carácter pluralista de los valores presentes dentro de nuestras cartas constitucionales excluye la previa codificación de un orden jerárquico fijo e inmutable”. La parte más interesante del artículo de Villa es su propuesta constructivista del positivismo jurídico. El autor piensa que una importante tarea del positivismo jurídico, en su versión constructivista, es la de ofrecer una concepción alternativa a la concepción fuerte de la objetividad. Aun así, se debe destacar que entre las diferentes concepciones epistemológicas actuales existen aquellas que aspiran a constituirse en una vía intermedia entre objetivismo fuerte y relativismo fuerte. “Entre estas posiciones, el enfoque constructivista aspira a identificar el núcleo de esta “vía intermedia” en la transición de una objetividad metafísica a una objetividad epistémica”.
APA, Harvard, Vancouver, ISO, and other styles
20

Donato, Oscar. Redefinir lo humano en la era técnica: perspectivas filosóficas. Universidad Libre sede principal, 2020. http://dx.doi.org/10.18041/978-958-5578-23-4.

Full text
Abstract:
Finalizando la segunda década del siglo XXI no cabe duda alguna de que nos ha correspondido ser testigos de primera mano de una revolución tecnológica sin antecedentes en la historia de la humanidad. Los acelerados desarrollos que tienen lugar cada día en campos como la inteligencia artificial, la robótica, la bioingeniería, entre otros más, así lo demuestran. Sin embargo, junto con el entusiasmo que naturalmente provoca ver aparecer nuevas e insospechadas posibilidades de bienestar —en áreas tan importantes como la salud, la economía y las comunicaciones—, conviven también el desconcierto y el temor ante las transformaciones tan rápidas que dichos adelantos traen consigo, especialmente en las maneras habituales de relacionarnos con los demás y con nosotros mismos. Ciertamente, muchas de las preocupaciones centrales en nuestros días tienen que ver con la incertidumbre que despierta vivir en sociedades en las que, por cuenta de las nuevas tecnologías, nuestra identidad y valor como seres humanos se hacen cada vez menos seguros. Así, por ejemplo, con frecuencia creciente se habla de la inevitable sustitución de mano de obra por robots híper eficientes e infalibles, lo cual provocará, a la vuelta de unas décadas, una crisis de desempleo sin precedentes. Así mismo hay quienes advierten sobre el posible advenimiento de una inteligencia artificial capaz, en un mañana no muy lejano, de reemplazar y hasta superar la inteligencia humana gracias a sus algoritmos altamente complejos. Algunos incluso proclaman y financian a torrentes la “salvífica” llegada de seres post-humanos dotados de poderes físicos y mentales resultantes de mejoras tecnológicas llevadas a cabo sobre cuerpos humanos que, en contraste, quedarán obsoletos y condenados a desaparecer. De modo que la balanza oscila sin cesar entre las promesas altisonantes y las graves advertencias frente a las soluciones que las nuevas tecnologías ofrecen para la alteración de las condiciones de habitabilidad del planeta. Con todo, lo cierto es que estos escenarios, más o menos catastrofistas—algunos de los cuales, es verdad, no pasan de ser especulaciones cercanas a la ciencia ficción—, confirman cuán profunda es la incertidumbre que experimentamos acerca del lugar que como seres humanos debamos y, acaso podamos, ocupar todavía en la denominada “era de la técnica”. Nos movemos, pues, sin cesar, entre un narcisismo de especie y un sentimiento de irremediable catástrofe. Ciertamente, como ocurre en toda revolución, lo que antes resultaba familiar ahora está cambiando de forma muy rápida, y con tanto movimiento alrededor es imposible no experimentar vértigo y desorientación. Es lo que vuelve necesaria más que nunca la filosofía. Su papel ha sido siempre el de orientar en el pensamiento y permitirnos encontrar puntos de referencia a partir de los cuales trazar reflexivamente un camino para movernos a través de la huidiza realidad. Así pues, en medio del vértigo que causa la revolución tecnológica en curso, la filosofía, con su ritmo lento y pausado, permite desacelerar el paso trepidante que acompaña estos cambios, ayudando a avizorar mejor el rumbo que siguen y, todavía más, anticipar el que pueden seguir. En pocas palabras, ofrece un espacio de reflexión para hallar algo de sentido en medio del vórtice. A esta tarea responde, pues, el presente libro. Las contribuciones reunidas aquí responden, en efecto, al deseo de elaborar reflexivamente, al compás de la filosofía, algunas de las inquietudes existenciales, antropológicas, éticas, ambientales, etc., que han surgido en estos tiempos, debido a la conciencia que se ha ganado acerca de que la técnica es el horizonte en el que insoslayablemente se define la condición humana. En otras palabras, se interrogan por ¿qué significa vivir en un mundo técnico como el nuestro y, sobre todo, qué peligros entraña para el ser humano vivir en un mundo así? ¿Puede acaso el mundo técnico ser inhumano? ¿Cómo? ¿Por qué? Así pues, los trabajos que conforman este volumen se mueven, principalmente, en torno a tres ejes: (i) repensar la naturaleza del fenómeno técnico, (ii) examinar el cuerpo humano expuesto a la mirada técnica y, finalmente, (iii) exhibir problemas éticos propios de la era técnica. Es así como, de la mano del filósofo político Leo Strauss, el capítulo de Oscar M. Donato se esmera en desentrañar cuál es la concepción de la técnica de dicho autor y cómo tal concepción está enmarcada en lo que Strauss denomina “la primera ola de la modernidad”, mostrando así la íntima relación entre el surgimiento de la técnica y el marco cultural y político que le dio dio lugar. Por su parte, William F. Guerrero Salazar vuelve en su capítulo sobre el pensamiento de Martin Heidegger para despejar una posible propuesta ética en el filósofo alemán, basada en la comprensión de la ética no como conjunto de preceptos o principios morales, sino como una forma de habitar el mundo, de donde se plantea la pregunta de hasta dónde es en verdad habitable, es decir ético, el mundo técnico descrito por Heidegger. El capítulo de Diana M. Muñoz González también quiere poner a prueba la actualidad y el alcance explicativo de la reflexión heideggeriana sobre la técnica, en su caso frente al transhumanismo, y deja ver que pese a su distancia temporal respecto a este proyecto reciente que preconiza una modificación tecnológica radical del ser humano, la filosofía de Heidegger está en condición de ofrecer herramientas analíticas útiles para apuntalar una mirada crítica sobre la ideología transhumanista, la cual, en tanto sintomática de un modo de pensar técnico-metafísico, se revela deshumanizante. De otro lado, e interesado a su vez en indagar acerca de la imagen que el transhumanismo se hace del ser humano, el capítulo de Ángel Rivera Novoa moviliza la teoría de la mente extendida de Clark y Chalmers para contrastarla con la figura del ciborg (un ser que está a medio camino entre lo orgánico y lo cibernético), lo que le permite arrojar una sombra de escepticismo sobre la exaltada pretensión transhumanista de mejorar las capacidades mentales humanas mediante prótesis cibernéticas que producirían mentes super humanas. Del mismo modo, el capítulo de José Luis Luna Bravo apela a la reflexión fenomenológica de estirpe husserliana para preguntarse si, como sostienen los transhumanistas, el cuerpo híbrido de los ciborgs experimenta y tiene un acceso perceptual al mundo completamente diferente respecto al de los cuerpos humanos no modificados. José Pedro Cornejo Santibañez nos ofrece, por su parte, una aproximación adicional al problema de la técnica y su relación con el cuerpo a partir del pensamiento de Martin Heidegger. Dada la relación humanotécnica, Cornejo se enfoca en el polo humano de esta relación para mostrar las condiciones que hacen posible a la técnica misma e identifica a lo que él denomina “apertura bidimensional de la existencia” como la clave que descifra la relación que tenemos con los objetos técnicos. Tal apertura, no osbtante, no podría pensarse al margen de la corporalidad, ya que es sólo a través del cuerpo que podemos relacionarnos con los objetos técnicos. Todavía en la misma línea de cuestionar la manera cómo en la era técnica se piensa la condición corpórea del ser humano, el capítulo de César A. Delgado Lombana llama la atención sobre una aproximación médica, hoy en día hegemónica, que bajo el pretexto de tratar la enfermedad, la entiende cada vez más como un problema técnico soluble, y al hacerlo desconoce el sufrimiento y el dolor como siendo experiencias esenciales constitutivas
APA, Harvard, Vancouver, ISO, and other styles
21

Hernández, Carlos. Principios, ponderación y pretensión de corrección en el constitucionalismo discursivo de Robert Alexy. Universidad Libre sede principal, 2017. http://dx.doi.org/10.18041/978-958-8981-64-2.

Full text
Abstract:
La obra de Robert Alexy ha tenido una amplia repercusión en la filosofía del derecho y el derecho constitucional contemporáneo. Este volumen incorpora varios ensayos de profesores procedentes de diferentes partes del mundo y cuyo estudio sobre diversos aspectos del pensamiento de Alexy es indispensable. El primer ensayo de Giogio Bongiovanni, profesor de la Universidad de Bolonia, Italia, no ofrece una interpretación del libro de Alexy Begriff und Geltung des Rechts, un famoso texto en el cual se contrapone el constitucionalismo y el legalismo. En el referido libro, “Alexy propone un constitucionalismo “templado” (gemäßigten Konstitutionalismus), es decir, una teoría jurídica que, a partir de una interpretación por “valores” de los sistemas constitucionales, intenta mediar la dimensión moral del derecho con sus caracteres institucionales”. La referida interpretación por “valores” de Alexy tiene dos consecuencias: “por un lado, que, en base a esta consideración de la Constitución, el derecho no se reduce a la ley, sino que el primer concepto tiene un ámbito más amplio en relación a estos principios; por otro lado, que todas las actividades de aplicación del derecho no pueden ser consideradas como de simple subsunción del caso a la norma sino que la decisión jurisprudencial debe ser vista como una actividad de ponderación y balanceo de los distintos principios respecto a los casos. En el lado opuesto del legalismo, que a partir de las primeras posiciones de E. Forsthoff llega hasta las consideraciones de E.W. Böckenförde, aparecen diferentes objeciones a esta interpretación de la Constitución y los derechos”. Según afirma Bongiovanni, se pueden indicar cuatro direcciones de análisis. En primer lugar, Schmitt entendió que la referencia a los valores en la interpretación del Derecho conduce a la negación del pluralismo y, por tanto, a la formación de jerarquías de valores y disvalores. En segundo lugar, los valores significarían el desplazamiento de los espacios de deliberación social pues implicarían el decisionismo de los jueces y un amplio margen para la discrecionalidad política. En tercer lugar, según Forsthoff al recurrir a los valores, se extiende incontroladamente el ámbito de intervención del Estado en la vida social. Finalmente, desde el punto de vista del positivismo jurídico, recurrir a los valores significaría la pérdida de la certidumbre en el Derecho y, por tanto, la afectación de un valor tan importante como la seguridad jurídica. Pero retomemos la idea de Alexy de un constitucionalismo templado, el cual se resumen en tres argumentos: a) El autor propone una teoría de corte no - positivista fundamentada en una conexión débil entre derecho y moral; b) Una teoría de esta naturaleza implicaría la ampliación del concepto de derecho en sus aspectos procesales; c) En tercer lugar, sobre el problema de quién decide, la teoría propuesta señala la existencia de una jerarquía de los argumentos en la interpretación que medien entre reglas y principios. En la obra de Alexy “la tesis de la conexión se construye en contraposición con la conocida tesis positivista de la separación. Para este último el derecho puede tener cualquier contenido y, por este motivo, no incluye elementos morales, o, más concretamente, sostiene que no existe una necesaria conexión conceptual entre derecho y moral. El concepto de derecho es por ello definible, en esta última perspectiva sobre la base de dos elementos fundamentales: la positividad (concepto de derecho como legislación) y la eficacia. La tesis de la conexión se desarrolla en relación a dos casos: en primer lugar, respecto a la ley injusta. Esto corresponde, en la visión de Alexy, a los casos excepcionales; en segundo lugar, frente al perfeccionamiento del derecho, es decir, para su funcionamiento ordinario”. Ahora bien, en la teoría de Alexy el papel desempeñado por el poder judicial está estrechamente relacionado al centro del argumento de los principios. “Alexy sostiene que sobre la base de la complicación estructural del derecho introducida por los sistemas democrático-constitucionales (incorpación de los principios en el sistema jurídico), el rol del juez se convierte en no más que un simple ejecutor del derecho, sino que su función se amplía en dirección del balanceo entre diversos principios”. En gran medida, la concepción del rol de los jueces en el constitucionalismo está definido por la conexión entre derecho y moral desarrollado a partir de tres tesis: la tesis de la incorporación, la tesis de la moral y la tesis de la corrección. Asimismo, la interpretación se define según dos dimensiones una práctico/normativa y otra institucional. Desde la dimensión práctico/normativa la interpretación tiene por objeto lo obligatorio, prohibido, permitido y autorizado en las normas jurídicas; y la dimensión institucional tiene lugar en un contexto autoritativo, es decir, que en caso de divorcio hay una instancia que decide con efecto vinculante. Como afirma Bongiovanni “si se considera globalmente el enfoque alexiano, parece evidente que buena parte de sus tesis relativas a la conexión entre derecho y moral no son otra cosa que una aplicación de la Sonderfallthese, la tesis es que el discursojurídico forma parte del discurso práctico racional (Alexy 1998). Esta premisa permite a Alexy sostener tanto la pretensión de corrección, como la idea de la interpretación como argumento, es decir, como caso especial de “la argumentación práctico general o del discurso práctico general”. Si observamos detalladamente, sería la tesis del caso especial la que posibilita la configuración del problema de la conexión entre derecho y moral. Aunque, se debe reconocer que esto no parece convincente porque, siguiendo a Bongiovanni, la tesis de la conexión puede estar basada en argumentos de tipo empírico o histórico-evolutivo. “Esta segunda vía, que privilegia el dato de la incorporación de los principios al interior de los sistemas jurídicos contemporáneos, permite, además, la conjugación de las consideraciones de Alexy con todas las teorías de derivación positivista que en la consideración de la simple validez formal de las normas han añadido la necesidad de la valoración de su validez material”. El ensayo David Bilchitz, profesor de la Universidad de Johannesburgo, Sudáfrica, está concentrado en el análisis de uno de los pasos del test de proporcionalidad: el examen de necesidad. Para Bilchitz, “la proporcionalidad, en última instancia, trata de evaluar los beneficios obtenidos por la medidas de infracción contra los daños causados por violar los derechos fundamentales. Los jueces han desarrollado un proceso de razonamiento para dar estructura a dicho análisis. La primera parte de este proceso implica considerar el propósito de la medida que limita un derecho fundamental”. En su ensayo, Bilchitz desarrolla una interpretación estricta de la necesidad y las diversas dificultades que se producen, para ello divide los elementos de esta interpretación en cuatro sub-componentes: el componente posible que es “una gama de posibles alternativas a las medidas que el gobierno quiere empleardeben ser identificadas”, el componente instrumental que es “la relación entre la medida gubernamental bajo consideración, las alternativas identificadas en SN1 [el componente posible] y el objetivo que se pretende lograr debe ser determinado. Sólo aquellos que son “alternativas” igualmente eficaces para lograr el objetivo deben seguir siéndolo para su consideración en las siguientes partes del examen”; el impacto del componente, en el cual “las diferentes repercusiones en los derechos fundamentales de la medida y las alternativas identificadas en SN2 [el impacto del componente] deben ser determinadas; y, el componente comparativo, el cual indica que “una comparación global debe ser emprendida entre la medida gubernamental y las posibles alternativas y un juicio sobre si la medida adoptada por el gobierno es la menos restrictiva de los derechos en cuestión que pueda lograr el objetivo del gobierno en comparación con todas las otras posibles alternativas igualmente eficaces”. En su ensayo, Bilchitz ha querido analizar y profundizar en el componente de la necesidad del principio de proporcionalidad. Con tal finalidad, explica lo que ha denominado como la interpretación estricta de la necesidad, asimsimo, demuestra que una interpretación estricta de la necesidad puede generar dos problemas opuestos: “o se considera demasiado fuerte la deferencia sustancial por parte de los tribunales de otras ramas o es demasiado débil, como resultado de una construcción estricta del componente de igual efectividad”. Del mismo modo, el autor reflexiona sobre la interpretación estricta de la interpretación en cuatro partes y examina cada una de ellas, pudiendo demostrar que en cada parte se presentan juicios cualitativos y normativos que implican que la interpretación estricta no puede justificarse adecuadamente. Por ello, el autor es partidario de una interpretación moderada del examen de necesidad.
APA, Harvard, Vancouver, ISO, and other styles
We offer discounts on all premium plans for authors whose works are included in thematic literature selections. Contact us to get a unique promo code!

To the bibliography