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1

translator, Abreu Carlos, ed. Juegos de ingenio. Barcelona: Ediciones B, 2009.

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2

Allende, Isabel. El juego de Ripper. New York, USA: Vintage Español, 2014.

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3

Mejía, Hernando García. La pluma en el bufete: La ley, los jueces y los abogados vistos en serio y en broma. Medellín: Señal Editora, 1994.

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4

Juego serio. Oxford University Press, 2001.

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5

Sanjuán, Pablo Leyva. Juegos de inteligencia A : Series, lógica, acertijos. Libro Hobby Club, 2004.

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6

Escondidos En El Cuarto De Juegos (Peek and Pat Series). Silver Dolphin Spanish Editions, 2001.

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7

Baldacci, David. El juego de las horas. Ediciones B, 2006.

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8

Baldacci, David. El Juego de Las Horas. Ediciones B, 2008.

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9

El juego de Ripper. Penguin Random House Grupo Editorial, S.A., 2014.

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10

el juego de ripper. Plaza & Janes, 2014.

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11

El juego de Ripper. Barcelona: Circulo de Lectores, 2014.

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12

El juego de Ripper. Barcelona, Spain: Plaza & Janés, 2013.

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13

Lenam, Salva. Kiko juega con sus amigos (Kiko series). Ediciones Norte, 2005.

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14

Delval, Marie-Helene. Lili y Minino juegan al escondite (Palabras menudas series). Combel Editorial, 2002.

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15

Li juenes princes. Germany: Edition Tintenfaß, 2017.

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16

Juegos de amor: El manual del amor. Nuevos trucos para aumentar el deseo y la sensualidad (Sentirse bien series). Edimat Libros, 2005.

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17

Lopera Rendón, María. Corolario de la expansión hipertextual. Editorial Universidad Pontificia Bolivariana, 2020. http://dx.doi.org/10.18566/978-958-764-907-9.

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Abstract:
Este libro es resultado del proyecto Hipertextualidad expandida del grupo de investigación Lengua y Cultura. Compila una serie de ensayos escritos por estudiantes de la Maestría en Literatura que hicieron parte de los proyectos de investigación del grupo. Cada capítulo asume alguna (o varias) estrategia(s) de la hipertextualidad literaria para integrarla(s) a la exposición de resultados específicos de la respectiva investigación: las notas al pie, las gráficas, las fotografías, los textos de creación, la disposición espacial de las ilustraciones en la obra contribuyen a la amplificación de posibilidades de lectura y de sentido. Juegos que por lo regular han estado presentes en los textos literarios, se ponen en escena aquí, de modo sutil, para expandir el uso y el concepto de hipertexto en el análisis literario (valga decir que no es una propuesta hipermedial).
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Ruiz Patiño, Jorge Humberto. Las desesperantes horas de ocio: tiempo y diversión en Bogotá (1849-1900). Editorial Pontificia Universidad Javeriana, 2021. http://dx.doi.org/10.11144/javeriana.9789587816112.

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Abstract:
Al finalizar el siglo XIX, la clase alta de Bogotá se divertía con conciertos de ópera, corridas de toros en la forma moderna, carreras de caballos al estilo inglés y carreras de bicicletas. Si bien los teatros, el hipódromo y el circo de toros fueron los lugares de recreo predilectos de ese grupo social, al igual que los parques y jardines, esto no siempre fue así. Durante los primeros años de la república y parte de la segunda mitad del siglo XIX, los bogotanos gozaban con las diversiones heredadas de la Colonia: corridas de toros en la forma tradicional, riñas de gallos y juegos de azar. En Las desesperantes horas de ocio, Jorge Humberto Ruiz estudia cómo el cambio histórico en el orden de las diversiones en Bogotá estuvo relacionado, principalmente, con las representaciones de las diversiones de origen colonial dentro de la disputa partidista, la formación de un ámbito de los espectáculos públicos, la transformación de las plazas coloniales en parques y jardines, y la representación del tiempo como un bien escaso, que debía ser usado en beneficio de la perfectibilidad humana. De este modo, este libro profundiza y expande los estudios sociales sobre la fiesta, las diversiones y el ocio en Colombia al demostrar que su historia es también una historia de cómo se conciben el tiempo, el trabajo y aquello que los seres humanos son y crean cuando pueden estar juntos en su tiempo lúdico.
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19

Orejuela Gómez, Johnny Javier, Fabio César Castaño González, John Alexander Quintero Torres, Wilmar Hernán Reyes Sevillano, José Fernando Patiño Torres, Jorge Eduardo Moncayo Quevedo, and Andrés Felipe Loaiza Mejía. Reimaginar el futuro pospandemia. Editorial Universidad Santiago de Cali, 2020. http://dx.doi.org/10.35985/9789585147096.

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Abstract:
La crisis planetaria derivada de la de salud pública desatada por la pandemia del COVID-19 ha replanteado las reglas de juego de la geopolítica, la economía y la convivencia social en tiempos de globalización. Esta pandemia tuvo como primer impacto el colapso del sistema sanitario, y como segundo, el ingreso a una cuarentena a nivel global que paralizó la sociedad y la economía, y nos empujó a un confinamiento preventivo. Esto a su vez implicó el empuje hacia la virtualización de las actividades, tales como la educación remota y el teletrabajo, o mejor aún, el trabajo en casa, de manera intempestiva, involuntaria e improvisada; acelerando así el ingreso en la cuarta revolución industrial, pues el trabajo y estudio apoyado en la tecnología virtual basada en internet, que iba a tomar dos décadas en instalarse como modelo dominante, tomó ahora solo tres meses. Esta virtualización improvisada e impuesta es la vez antídoto y veneno, pues permite seguir con las actividades laborales, académicas y sociales, pero a la vez trae riesgos para la salud mental de los seres humanos y la expansión de un estado de malestar general: que se suma al, de por sí, malestar del confinamiento.
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20

Álvarez Garro, Laura, Carlos de Jesús Gómez-Abarca, Manuel Ignacio Martínez Espinoza, Delmar Ulises Méndez-Gómez, Emmanuel Nájera de León, Pablo Uc, and Jesús Solís Cruz. Política y democracia en Centroamérica y México. Ensayos reunidos. Universidad de Ciencias y Artes de Chiapas. Centro de Estudios Superiores de México y Centroamérica. Observatorio de las Democracias Sur de México y Centroamérica, 2019. http://dx.doi.org/10.29043/cesmeca.rep.986.

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Abstract:
Con frecuencia a la democracia se le carga de expectativas que no puede resolver, más si se trata de democracias formales, electorales, procedimentales, liberales. La potencia de la democracia no puede llegar tan lejos porque se teje en el marco de un sistema de relaciones capitalistas cuya naturaleza es injusta, excluyente, pauperizante, deshumanizadora. Más todavía cuando el Estado ha perdido su naturaleza social para convertirse en una palanca para el desarrollo del mercado capitalista. Ahora la democracia procedimental es funcional al régimen neoliberal, lo legitima en el juego de un proceso electoral en el que los partidos políticos ofrecen a los ciudadanos mejorar sus condiciones de vida, pero cuando llegan al poder no se cumplen las promesas porque ello implicaría afectar los intereses de los grupos de poder económico que aportan recursos financieros a las campañas. Los ensayos reunidos en este volumen muestran una serie de problemas emergentes, y otros más de carácter estructural que la democracia no ha podido solventar tanto para el caso de los países centroamericanos analizados, como para México, en especial para Chiapas, que es la puerta de entrada más grande de Centroamérica hacia el norte.
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Christopher, Matt. En El Campo de Juego con... Alex Rodriguez (On the Field with... Alex Rodriguez) (La Serie De Deportes No. 1 Para Ninos / Childrens No. 1 Sports Series). Little, Brown Young Readers, 2005.

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22

Stout, Glenn, and Matt Christopher. En El Campo de Juego con... Derek Jeter (On the Field with... Derek Jeter) (La Serue De Deportes No. 1 Para Ninos / Childrens No. 1 Sports Series). Little, Brown Young Readers, 2005.

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23

Ripper A Novel. HarperLuxe, 2014.

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24

Allende, Isabel. Ripper. Fourth Estate, 2015.

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25

Innovación Docente y Calidad Institucional : Jornadas de Innovación Docente e Investigación Educativa UZ, Zaragoza, 5 y 6 de septiembre de 2019. Universidad de Zaragoza, 2021. http://dx.doi.org/10.26754/uz.978-84-09-29715-3.

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Abstract:
Índice de Contenidos Aplicación de metodologías activas I 9 Estrategias de gamificación, y aprendizaje entre pares, para la adquisición de competencias 13 Herramientas para la gestión de los recursos digitales en los procesos de enseñanza-aprendizaje 28 Gamificación de la Cristalografía mediante la App XtereO 40 Educación Visual y Plástica comprometida con el entorno próximo 49 Experiencias de coordinación entre el profesorado 67 Diseño de actividades multidisciplinares de Ciencias de la Naturaleza y Matemáticas 71 Evaluación del aprendizaje 99 Impacto del Concurso de Cristalización en la Escuela en Aragón en el profesorado participante. 103 ¿Influye el género en la evaluación entre iguales? 113 Acciones de integración y orientación de estudiantes 133 Competencias digitales para estudiantes de la Universidad de Zaragoza 158 La organización emocional del aula en la gestión de la actividad docente 164 La motivación como herramienta para mejorar la tasa de aprobados en la asignatura de Contabilidad Financiera II. 20 Gamificación a través de diferentes aplicaciones como innovación docente en el grado de Ciencias de la Actividad Física y del Deporte 33 Utilización de vídeos y cuestionarios para la mejora del proceso de enseñanza-aprendizaje de conocimientos requeridos en la asignatura “Criterios de diseño de máquinas” 58 Acercando a los estudiantes de magisterio una experiencia colaborativa realizada en Educación Primaria 78 La formación de los futuros maestros desde un modelo interdisciplinar para las enseñanzas de Lengua Castellana y LIJ. 88 Evaluación de necesidades y seguimiento del aprendizaje en competencias de comunicación académica en inglés a través de un focus group en ADEi 121 Percepción de los estudiantes de los grados de la Facultad de Economía y Empresa sobre el uso y utilidad de las tutorías 137 Integración de los estudiantes de ADE en el mercado laboral a través del programa de prácticas y actividades externas. 148 Promoviendo la reflexión entre docentes acerca delas bases fundamentales sobre las que construirla ciudadanía digital 171 Estudio de opinión de los alumnos del Grado en Medicina sobre las limitaciones éticas de la ciencia 179 Percepción social de la ciencia por los alumnos del Grado en Medicina 185 La dirección de Trabajos Fin de Grado (TFG) en el marco de las nuevas modalidades de educación universitaria a distancia: algunas claves metodológicas para su adecuada ejecución 191 Experiencia piloto para mejorar las competencias de trabajo en equipo y comunicación oral en asignaturas de ingeniería 198 Otras metodologías activas II. 207 Metodologías activas basadas en juegos de razonamiento para fomentar el aprendizaje 211 El dispositivo móvil en el aula, ¿herramienta educativa o distracción? 217 Mejora de la adquisición de competencias a través del modelo de aula inversa 224 El customer journey map en la formación de la empatía y la innovación 232 La gamificación en el aula para la mejora de la participación del alumno en el estudio de la asignatura de Esplacnología. 239 Los cuestionarios Moodle como una herramienta para mejorar la calidad de la docencia y fomentar el aprendizaje en el aula universitaria 246 Un canal de YouTube como mecanismo de adquisición de competencias transversales 251 Arte y reciclaje en los entornos educativos (Trash art) 260 Didáctica con la gamificación y el videojuego mediante una intervención multidisciplinar para estudiantes del Grado de Maestro 270 YouTube como repositorio de vídeos docentes de apoyo a la docencia 278 Aplicación de Metodologías Activas III 287 Combinación de la Técnica Just in Time Teaching y los Serious Games con el enfoque pedagógico Flipped Learning en Educación Superior 291 Aprendizaje de lenguas para la inclusión social 303 Gamificación y role playing en la enseñanza de Derecho Procesal Penal, intervención de la Persona Jurídica y cumplimiento normativo 310 Integrando diferentes aplicaciones TIC en la docencia universitaria: uso de Screencast-o-matic, Canva y Pocket 317 Evaluación del uso de diferentes TIC en la docencia universitaria: grupo MultiFlipTech 323 Experiencias de mejora de la calidad de las titulaciones 335 Coordinación de agentes y mejora de los instrumentos de evaluación de las prácticas escolares: selección de las dimensiones a calificar 339 Enseñanza a distancia en el grado en Gestión y Administración Pública 345 Selección y rendimiento de los estudiantes en la asignatura Organización y Gestión Interna 356
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26

Sepúlveda, Jovanny. Tendencias del derecho de daños. CUA - Medellin, 2019. http://dx.doi.org/10.52441/der201903.

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Abstract:
Hablar sobre las nuevas tendencias del Derecho de daños puede ser un tanto presuntuoso, porque el solo concepto del Derecho de daños ya es una tendencia contemporánea en las discusiones jurídicas, cuyo inicio probablemente tenga relación directa con nuevos derechos, como los colectivos y de nuevos intereses, como los difusos, donde establecer la culpa de un sujeto responsable no es tan claro como en el proceso ordinario de partes simples. En esta perspectiva del Derecho de daños, se pretende procesar la antijuridicidad del daño y no de la conducta dañina. Es por esto, que se afirma con decisión que el derecho de daños propicia: Un cambio de protagonista, importa poco por quién o por qué motivo se va a afrontar la indemnización de ese daño, con tal de que dicha reparación se produzca. El protagonista es ahora la víctima, de manera que la formulación de los preceptos nucleares de nuestro sistema de responsabilidad civil podría ser muy distinta, para señalar que –todo aquel que sufre un daño antijurídico tiene derecho a ser indemnizadoAsí lo relevante hoy no es la antijuridicidad (a veces inexistente) de la conducta que causa el daño, sino la antijuridicidad del daño mismo. Y por es que, cabe hablar de un (relativamente nuevo) principio general del Derecho que podría formularse como el favor víctima. El Derecho de daños, con estos presupuestos, propone un cambio profundo al proceso tradicional de responsabilidad civil y, por ello, es tan importante que la academia haga múltiples esfuerzos, como este texto, por clarificar en el mundo real de los despachos judiciales cómo se puede aplicar desde la antijuridicidad del daño, de manera que se obtenga una tutela judicial efectiva, seria, eficiente, eficaz y verídica. Sobre todo, una decisión basada en verdad, como fundamento de la justicia de la decisión de los jueces, esto es con claridad probatoria. En esta perspectiva, la Red para el estudio del proceso y la justicia, aborda sendas discusiones con importantes académicos internacionales y nacionales, académicos y miembros del poder judicial, para precisar algunos conceptos a favor de procesos más racionales. Todo ello, dado que el Derecho de daños pretende alcanzar una “función preventiva y de reparación de daños, a través de la puesta en marcha de otros mecanismos no indemnizatorios basados en la prohibición o inhibición de actividades, al modo de la injunction del Derecho inglés, que poco o nada tienen que ver con la responsabilidad civil, si bien se mira”. El lector que se acerca a esta lectura encontrará reflexiones diversas, pero bien articuladas a través de las cuatro mesas de discusión así: • Sobre la responsabilidad y daño en el proceso judicial, se encuentran trabajos que abordan una visión general y profunda sobre la función punitiva y preventiva del daño en el derecho, la culpa patronal y su condición indemnizatoria, pero también reflexiones sobre la responsabilidad del Estado y en otra perspectiva, el daño moral en los mecanismos alternativos de solución de conflictos en Colombia. • En cuanto a la prueba del daño y su cuantificación, se presentaron trabajos generales como la prueba, el proceso y el derecho de daños; la necesidad del peritaje psicológico como prueba del daño extra patrimonial; pero también un trabajo específico sobre los acrecimientos en la liquidación de perjuicios del lucro cesante a víctimas indirectas en la responsabilidad civil y del Estado. • Sobre el tema de indemnización y reparación integral, se presentan discusiones en perspectiva de la Corte Interamericana, también sobre la reparación integral y el daño a la salud en la jurisprudencia del Consejo de Estado, y la responsabilidad del Estado por omisión en regulación, por el caso de los productos transgénicos en Colombia. Es de resaltar el trabajo en perspectiva de no repetición, como las prácticas restaurativas y los lenguajes simbólicos. • Por último, sobre los dilemas del derecho ambiental, se encuentran textos como las dinámicas contemporáneas del proceso colectivo y la responsabilidad civil, los daños ambientales, problemas procesales y, el daño ambiental y la carga de la prueba en la ley procesal ambiental. Este será un texto de reflexión para todos los públicos, resta decir que este es el primero de una serie de escritos de reflexión que, sobre el Derecho de daños en perspectiva procesal y probatoria, se hará en diversos contextos y seminarios.
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Jara Orellana,, Claudia. Efectos de la proteína Tau sobre la disfunción mitocondrial y el deterioro cognitivo en el envejecimiento. Universidad Autónoma de Chile, 2018. http://dx.doi.org/10.32457/20.500.12728/87452018dcbm6.

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Abstract:
El envejecimiento es un proceso complejo e irreversible que afecta el funcionamiento del cerebro y se considera el principal factor de riesgo para las patologías neurodegenerativas. Las mitocondrias son organelos fundamentales para la generación de energía, el equilibrio oxidativo y la regulación del calcio. Actualmente, se considera a la disfunción mitocondrial como un factor importante que contribuye al envejecimiento cerebral y a la patogénesis de diversas enfermedades neurodegenerativas. Este daño mitocondrial se ve reflejado en una disminución del metabolismo cerebral, aumentando el daño oxidativo y disminuyendo la formación de ATP. Estos daños alteran el normal funcionamiento neuronal y juegan un papel importante en la pérdida de la función cognitiva. Durante el envejecimiento, una serie de agregados proteicos se acumulan regularmente en el cerebro, como por ejemplo la proteína tau. Interesantemente, investigaciones de nuestro grupo y otros han determinado que bajo condiciones patológicas tau puede afectar la función sináptica debido a su capacidad para facilitar la falla mitocondrial. Dentro de este contexto, nuestro grupo recientemente ha encontrado que la ausencia de la proteína tau mejora la salud mitocondrial y las capacidades cognitivas en ratones jóvenes. Ya que las modificaciones patológicas de tau pueden afectar la función mitocondrial y la falla mitocondrial contribuye al envejecimiento cerebral, es interesante poder estudiar los efectos que la ausencia de tau podría tener sobre la función mitocondrial y las habilidades cognitivas durante el envejecimiento. En el desarrollo de esta tesis, observamos que la ausencia de tau previene la disfunción mitocondrial y el deterioro cognitivo asociado al envejecimiento. Se realizaron pruebas cognitivas, bioquímicas e histológicas utilizando ratones Wild Type (WT) y Knockout para la proteína tau (tau-/-) de 18 meses de edad. Nuestros resultados indican que la ausencia de tau previene la pérdida de la función cognitiva durante el envejecimiento, incluido la memoria de reconocimiento, la memoria espacial y las capacidades sociales. Además, los ratones tau-/- mostraron una mejor bioenergética mitocondrial, que fue evidenciada por una mayor producción de ATP y una menor sensibilidad a la sobrecarga de calcio en mitocondrias aisladas. También observamos elevados niveles de proteína ciclofilina-D(CypD) en el cerebro de ratones WT; de manera interesante, los ratones tau-/- envejecidos mostraron una disminución significativa de esta proteína en comparación con los ratones WT. CypD es una proteína fundamental en la formación del poro de transición de permeabilidad mitocondrial (mPTP). Para determinar si la disminución de CypD jugó un papel en la bioenergética mitocondrial mejorada de ratones tau-/- envejecidos, se realizó la sobreexpresión de CypD en el hipocampo de estos ratones utilizando la técnica de inyección estereotáxica de vectores lentivirales que codifican para CypD. Tres semanas después de la infección hipocampal, se realizaron pruebas conductuales y, posteriormente, se utilizó el hipocampo para evaluar la función mitocondrial. En estos estudios observamos que la expresión de CypD en ratones tau -/- redujo la producción de ATP y afecto la regulación del calcio produciendo un aumento de la sensibilidad al calcio mitocondrial, lo que sugiere apertura del mPTP. Más interesante es que los ratones tau-/- envejecidos infectados con lentivirus CypD mostraron una disminución significativa en sus capacidades cognitivas en comparación con los ratones tau-/- no infectados. En conclusión, nuestros resultados sugieren que la ausencia de tau previene la pérdida de habilidades cognitivas a través de la mejora de la función mitocondrial durante el envejecimiento. Estos efectos beneficiosos implican la regulación de la expresión de CypD y posiblemente la formación de mPTP. Esto también propone un nuevo y potencial objetivo terapéutico para prevenir alteraciones relacionadas con la edad.
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Hernández, Carlos. Positivismo inclusivo. Universidad Libre sede principal, 2017. http://dx.doi.org/10.18041/978-958-8981-73-4.

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Abstract:
Este libro contiene artículos de destacados profesores, los cuales reflexionan sobre temas de amplia repercusión en la teoría jurídica contemporánea. En el artículo Modest Objectivity e Interpretación Jurídica Aldo Schiavello analiza el trabajo de Jules Coleman y Brian Leiter sobre su propuesta de objetividad (denominada modest objectivity) y que aspira a superar el carácter indeterminable de las decisiones judiciales. Para Schiavello esta propuesta es insatisfactoria, pues debemos tener en cuenta que la noción filosófica de objetividad se relaciona con un determinado paradigma filosófico y epistemológico y en esa medida condicionan la estructura mental del sujeto. Schiavello nos recuerda que podemos distinguir entre varias nociones de objetividad. La clásica división entre objetividad fuerte y objetividad débil. La objetividad es fuerte cuando es independiente del mundo interior y es débil cuando es compartido por una comunidad lingüística. Pero interesante clasificación es la realizada por Andrei Marmor, quien diferencia entre objetividad semántica, objetividad metafísica y objetividad lógica. Según Marmor un enunciado es objetivo semánticamente si gira en torno a un objetivo y es subjetivo si afecta el estado mental de quien lo produce. Es decir, saber si un discurso es objetivo o subjetivo es la intención lingüística del hablante, además, esta dicotomía se caracteriza porque no tiene una relación con la verdad A diferencia de la objetividad semántica, la objetividad metafísica está muy estrechamente relacionada a la noción de verdad. Un enunciado es objetivo metafísicamente si existe una correspondencia entre un enunciado y el objeto en el mundo que describe con las propiedades correspondientes a su descripción en el enunciado en cuestión. Marmor afirma que entre la objetividad metafísica y realismo metafísico no existe una relación necesaria. Por un lado, el realismo moral afirma que es posible predicar la verdad o la falsedad de enunciados que contienen valoraciones morales, estos enunciados son verdaderos o falsos sin tomar en cuenta nuestras opiniones y que los estándares del razonamiento moral son un método adecuado para incrementar el conocimiento moral. Por último, la objetividad lógica implica la verdad, pero no implica determinabilidad. No es sencillo diferenciar entre objetividad lógica y objetividad metafísica, pues se puede afirmar que la objetiva metafísica implica objetiva lógica, pero no se puede afirmar lo mismo a la inversa. En tal sentido, la relación entre objetividad y conceptos como realismo, verdad y determinabilidad, cambia según el concepto de objetividad asumido. Para Schiavello, el concepto de objetividad propuesto por Coleman y Leiter es una propuesta intermedia entre objetividad metafísica y objetividad lógica. Schiavello señala que en el campo jurídico, el problema de la objetividad se relaciona con la interpretación y aplicación normativa e implica un conjunto de presupuestos teóricos sobre la concepción del derecho y la interpretación jurídica, además de relacionarse, generalmente, con el ideal de la seguridad jurídica. Es en este aspecto en el cual la objetividad se vincula con aspectos políticos, es decir, con un modelo de organización política como el Estado liberal de Derecho en el cual la certeza tiene un papel importante y que además de las normas generales es importante tener certidumbre sobre la interpretación y aplicación que realizarán los jueces. Schiavello nos recuerda que el tema de la objetividad de la interpretación del derecho está vinculado al valor de la certeza y, por lo tanto, los discursos sobre la objetividad plantean no solo cuestiones filosóficas sino también tiene repercusiones y relaciones políticas que se deben considerar. Como afirma el autor “una concepción de la objetividad de la interpretación del derecho presupone, implícita o explícitamente, una concepción de la identificación del derecho; las teorías de la identificación del derecho que excluyen la referencia a valores morales por los criterios de validez permiten identificar el derecho de manera más precisa que otras; quien, como Coleman o Dworkin, defiende la objetividad de la interpretación a partir de una concepción de la identificación del derecho que no excluye la referencia a valores morales por los criterios de validez, debe tomar en serio los problemas que ello conlleva”. Coleman y Leiter aspiran a construir una concepción liberal del derecho de las críticas formuladas por el Critical Legal Studies Movement. Ambos autores señalan que el error del Critical Legal Studies Movement es que la intrínseca indeterminación del derecho es incompatible con una concepción liberal del mismo. Recordemos que en el esquema de organización política de un Estado, uno de los postulados del liberalismo es un poder legislativo elegido democráticamente y las leyes aprobadas son aplicadas por el poder judicial, por ello, las decisiones judiciales deben ser determinadas. En tal sentido, las razones más importantes para decidir una disputa legal las proporcionan los legisladores. Si estas razones no motivan las decisiones de los jueces, entonces es dudoso afirmar la existencia de reglas democráticas en el Estado. Las objeciones que se han dirigido a la propuesta de reconstrucción de la determinabilidad en el derecho formulada por Coleman y Leiter son dos. La primera objeción está vinculada a la imposibilidad de distinguir con precisión los casos fáciles de los casos difíciles y la segunda se refiere al problema de la llamada indeterminación de segundo nivel. Según ambos autores el problema de la objetividad se refiere al status de los hechos jurídicos y la autoridad del derecho está justificado solo si los hechos jurídicos son objetivos. Coleman y Leiter rechazan la objetividad en sentido fuerte, es decir, lo que parece correcto a alguien no puede determinar lo correcto para los demás, también rechaza la objetividad mínima según la cual lo que parece correcto a la mayor parte de los miembros de una comunidad determina lo que es efectivamente correcto. Ambos autores están a favor de un “objetividad modesta” según la cual lo correcto es lo afirmado por sujetos en “condiciones epistémicas ideales”. Schiavello piensa que la alternativa propuesta por Coleman y Leiter no logra escapar de la objetividad en sentido fuerte y la objetividad mínima; y por el contrario, considera que su propuesta de objetividad puede ser entendida como una versión de la objetividad metafísica o de la objetividad mínima. Por ello, las críticas que Coleman y Leiter dirigen a estas dos concepciones de la objetividad se vuelcan en contra de su propuesta de objetividad modesta. Según la objetividad modesta es efectivamente correcto lo que parece a aquellos que se encuentran en “condiciones epistémicas ideales”. Estas condiciones pueden ser definidas como las mejores condiciones para alcanzar un conocimiento fiable de algo. En consecuencia, la objetividad modesta admite la posibilidad de errores, pero, a diferencia de la objetividad en sentido fuerte, esta incapacidad se debe a no poder plantearse la mejor perspectiva de observación. Coleman y Leiter no aspiran a desarrollar una concepción universal de la objetividad, sino solo una concepción de la objetividad que permita explicar en forma más conveniente la práctica interpretativa en el derecho. concepción de la objetividad sino que aspira a resaltar la relación que existe entre este concepto y otros elementos conceptuales más amplios, como la política, por ejemplo. Además, el autor identifica las dificultades que pueden generarse al proponer una vía intermedia (como la “objetividad modesta”) entre la objetividad en sentido fuerte y la objetividad en sentido débil. Eso no implica afirmar que sea imposible construir esta vía intermedia, pero sí resalta la necesidad de tomar consciencia de las dificultades para una audaz y bien estructurada nueva concepción de la objetividad. El ensayo de Vittorio Villa se dirige a esclarecer los diferentes conceptos sobre positivismo jurídico, en particular el de inclusive legal positivism (positivismo jurídico inclusivo) pues entiende que esta versión del positivismo es la más defendible y prometedora de las versiones iuspositivistas. Por ello, Villa aporta aclaraciones conceptuales de carácter epistemológico, metodológico y meta-teórico con la finalidad de poder ofrecer una versión del mencionado positivismo más coherente y defendible respecto a lo que sus principales exponentes han hecho. Villa parte de esclarecer el concepto de positivismo jurídico y sus articulaciones en forma de concepciones, para ello el autor identifica el contenido conceptual mínimo compartido por todas las versiones del iuspositivismo. Asimismo, realiza un esclarecimiento mediante análisis comparativo entre el positivismo inclusivo y positivismo exclusivo consideradas como concepciones del concepto de positivismo jurídico. Así, para Villa el positivismo inclusivo es un programa de investigación más prometedor y fecundo que el positivismo exclusivo. Otra clarificación importante que realiza Villa es la postura que adopta el positivismo inclusivo y el positivismo exclusivo en relación a la tesis conceptual de separación entre derecho y moral, enfocándose en los argumentos con los cuales el positivismo inclusivo justifica la intromisión de contenidos morales en los procedimientos con que jueces y juristas garantizarán la existencia y el contenido de las normas jurídicas formando parte de los Estados de derecho constitucionales. Villa parte por definir el iuspositivismo y el contenido conceptual mínimo compartido por todas las concepciones que puedan calificarse como tales. Este contenido conceptual está formado por una tesis sobre el derecho y por ello en una preocupación ontológica y una tesis sobre el conocimiento del derecho y por ello en una preocupación metodológica. Según la primera tesis, afirma Villa, “todos los fenómenos (en primer lugar, las reglas) que llevan el nombre de “derecho” constituyen invariablemente instancias de derecho positivo, y por tanto de un derecho que representa el producto normativo (y aquí evidentemente la potencialmente evasiva propiedad de la normatividad está por especificar por parte de las diferentes concepciones), de tipo convencional (en un sentido por precisar ulteriormente), de decisiones y/o de comportamientos humanos históricamente contingentes desde el punto de vista cultural, y por lo tanto, más en particular, desde el punto de vista ético-político”. Según Villa el elemento más importante por resaltar en la contraposición entre el positivismo inclusivo y el positivismo exclusivo es el vinculado a la diferente interpretación que estas dos concepciones proporcionan de la tesis de la separación. El mismo Villa afirma que “de acuerdo al positivismo inclusivo los criterios de naturaleza moral pueden muy bien servir para verificar la existencia y el contenido de las normas de un sistema jurídico. Según el positivismo exclusivo los tests para identificar la existencia y el contenido de las normas jurídicas dependen exclusivamente de hechos del comportamiento susceptibles de ser descritos en términos neutrales, y de ser aplicados sin recurrir a argumentos morales”. El autor nos recuerda que para el positivismo inclusivo la conexión es una tesis que se desarrolla “dentro de las actividades de jueces y estudiosos del derecho que tengan que ver con normas, entre la actividad destinada a determinar la existencia (en el sentido de validez) y la de determinar el contenido”, entendiendo que no se trata, de una conexión necesaria entre derecho y moral sino a una conexión que se desarrolla en una determinado contexto institucional representado por los Estados de derecho constitucionales contemporáneos que es el ámbito institucional que permite la validez de las tesis del positivismo inclusivo. Villa entiende que el positivismo inclusivo, dentro del positivismo jurídico mismo, tiene mayores recursos teóricos para explicar el cambio de paradigma que ha ocurrido en los Estados de derecho y que se materializan a través de las constituciones escritas y rígidas, además que las normas constitucionales en nuestros Estados de derecho contemporáneos establecen restricciones de carácter procesal a la producción de normas, sino también restricciones sustanciales y estas últimas provienen de un tipo de normas especiales (que para muchos son positivización de la moral): los principios. Villa “señala que el contenido de muchas de las disposiciones constitucionales que hacen referencia a valores morales es de carácter muy general, a veces también genérico, cuando no es –más o menos conscientemente– ambiguo. Por tanto, rendir cuenta del contenido semántico de estas disposiciones quiere decir en cada caso, efectuar las opciones interpretativas que privilegian –no necesariamente en forma arbitraria– uno de los posibles significados que estos enunciados pueden soportar; y hacer esto quiere decir también entrar en la cuestión del posible significado de atribuir a nociones essentially contested como “libertad”, “igualdad”, “democracia”, etcétera. Dichas disposiciones, además, no se presentan nunca por sí solas en un texto constitucional, sino junto a muchas otras, en una red muy confusa de enunciados entre ellos estrechamente interrelacionados. Una de las consecuencias de la naturaleza compleja de estas disposiciones es que su interpretación no es muy a menudo capaz de vislumbrar un orden jerárquico previamente preconstituido, capaz de determinar, de una vez por todas, cuáles son los principios más importantes, y bajo qué interpretación de su contenido. Esto ocurre –al menos– por dos razones fundamentales, una de carácter teórico-lingüístico, otra de carácter filosófico-político: i) con la primera se quiere poner en evidencia, como ya he dicho antes, que el contenido de estos principios es vago, genérico, a veces ambiguo, y no permite rastrear un orden preexistente; ii) con la segunda se observa que, en cada caso, el carácter pluralista de los valores presentes dentro de nuestras cartas constitucionales excluye la previa codificación de un orden jerárquico fijo e inmutable”. La parte más interesante del artículo de Villa es su propuesta constructivista del positivismo jurídico. El autor piensa que una importante tarea del positivismo jurídico, en su versión constructivista, es la de ofrecer una concepción alternativa a la concepción fuerte de la objetividad. Aun así, se debe destacar que entre las diferentes concepciones epistemológicas actuales existen aquellas que aspiran a constituirse en una vía intermedia entre objetivismo fuerte y relativismo fuerte. “Entre estas posiciones, el enfoque constructivista aspira a identificar el núcleo de esta “vía intermedia” en la transición de una objetividad metafísica a una objetividad epistémica”.
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Durán, Douglas A., Mary S. Narváez C., Yan C. Ureña V., Jorge H. Maldonado Z., Zuly del C. Ontiveros C., Norcelly Y. Carruyo D., Flor de M. Molina de G., et al. Interaccionismo Sinérgico de Enfoques Educativos e Investigativos: Visión Estratégica en la Academia Posmoderna, volumen I. Edited by Yan Carlos Ureña Villamizar and Roberto Carlos Ontiveros Cepeda. Translated by Gerardo Corbo. Fondo Editorial UPEL (FEDUPEL), 2020. http://dx.doi.org/10.46498/upelipb.lib.0006.

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Abstract:
El libro: Interaccionismo Sinérgico de Enfoques Educativos e Investigativos: Visión Estratégica en la Academia Posmoderna, de la colección: Entresijos de Saberes en Praxis Educativa, de la Unidad de Publicaciones de la Universidad Pedagógica Experimental Libertador – Instituto Pedagógico Rural “Gervasio Rubio” (UPEL-IPRGR), en colaboración con el Fondo Editorial Universidad Pedagógica Experimental Libertador (FEDUPEL), es el resultado del trabajo investigativo y colaborativo en distintas líneas de investigación, así como de docentes y universidades, que movidos por el deseo de aportar visiones alternativas sobre las problemáticas que se presentan a diario en el ámbito educativo, brindan propuestas para mejorarla, hacer la praxis pedagógica creativa, diversa y actualizada al uso de las innovaciones tecnológicas que puedan adaptarse al quehacer educativo, lo que redundará en el crecimiento tanto de discentes, docentes y entorno sociocultural. En el capítulo I: La creatividad del docente desde la complejidad, centrada en el aprendizaje a través de las competencias evaluativas, se revisa el proceso de la creatividad del docente como medio para la innovación en la enseñanza de los seres humanos y de los procesos evaluativos en tiempos de globalidad. La Integración de la participación de la política en la construcción de la cultura de paz desde la escuela, en el capítulo II, nos muestra a la escuela como el articulador en la ejecución de políticas públicas que facilitan la construcción de la cultura de paz, incorporando estrategias donde la paz sea el eje principal, donde los valores, las actitudes y los comportamientos, que lo fomentan, estén basados en el desarrollo del pensamiento crítico y la justicia social. En el III capítulo: Neuromitos en formación inicial docente. Una experiencia de aprendizaje desde la neurociencia, se hace una revisión acerca de los mitos que existen en cuanto a aprendizaje y neurociencia, así como al uso de la neuroeducación en la formación inicial docente, se propone el diseño de un plan de acción que diagnostica y desmitifica los neuromitos en estudiantes de pregrado, su relación con el cerebro, funcionamiento y el papel que juega en el aprendizaje del sujeto. El capítulo IV versa sobre la Realidad aumentada. Tecnología que promueve la formación para el emprendimiento e innovación en los estudiantes de educación secundaria, en el que se trata de comprender, la importancia de la integración de la realidad aumentada, como tecnología que promueve la Formación para el Emprendimiento y la Innovación, en estudiantes de educación secundaria, investigación realizada en el Liceo Bolivariano “Luís López Méndez” en Táriba, estado Táchira, Venezuela. En el capítulo V: Alianza universidad-empresa. Una experiencia socioeducativa y productiva a través de la investigación aplicada en el sector cacao. La investigación es acerca de la actividad social y productiva que se genera a través del cacao, el cual genera un conocimiento que se pone al servicio del sector productivo regional del Norte de Santander, Colombia. En él que se investiga sobre las características del producto, su origen, así como el contexto internacional, nacional y local en que se desarrolla; describiendo la experiencia de Somos Cacao SAS al producir y transformar el cacao en un producto de alto valor agregado. Capítulo VI: Interacción en los entornos virtuales. La clave para un proceso de enseñanza y aprendizaje significativo. Se adentra en la poca efectividad de los entornos virtuales para desarrollar los procesos de enseñanza en las instituciones educativas, lo que ha puesto al descubierto, el alarmante vacío en la interacción, docente-alumno, en la construcción de conocimiento. Esta investigación desvela la importancia de los actores presentes en el proceso educativo, en la formación en entornos virtuales para el logro de un aprendizaje significativo. Cerrando con el capítulo VII, se presenta la Sistematización de experiencias significativas desde la evaluación. Una perspectiva de los profesores para el aprendizaje contextualizado, trabajo que se basa en el bajo rendimiento escolar presente en la asignatura de matemática, se muestran los resultados del diagnóstico en profesores y estudiantes, en el área de matemática de primer año, investigación llevada a cabo en el Liceo Monseñor Sanmiguel, municipio San Cristóbal, Estado Táchira, sistematización que se efectúa través de sus opiniones sobre cómo se aplica la evaluación en el área de matemática. Finalmente, conviene destacar que los contenidos descritos y argumentados en los capítulos del libro son responsabilidad única y exclusiva de sus autores; por lo tanto, los Coordinadores, la Unidad de Publicaciones de UPEL-IPRGR, FEUPEL, y demás instituciones que apoyan la obra, actúan como un tercero de buena fe.
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Angarita Palma, Gember. Estudios contemporáneos de derecho mercantil. Universidad Libre Sede Principal, 2018. http://dx.doi.org/10.18041/978-958-5466-76-0.

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Abstract:
Sin duda alguna, presentar un libro es un reto, más aún en un tema tan amplio y complejo como es el derecho comercial. No obstante, cuando se nos propuso acometer una tarea de tal magnitud, la aceptamos por esa inclinación que nos conduce a los seres humanos a buscar, investigar, indagar y, esencialmente, a conocer. Desde luego, en aquel momento no podíamos saber a profundidad lo interesante o no que podría resultar la obra que teníamos en las manos y, por tanto, lo que nos impresionaba era su título, la denominación de los capítulos que lo integraban y, principalmente, la trayectoria de sus autores que, de antemano, nos llevaban a presagiar la rigurosidad con la que se acercarían a los temas abordados. Sin más y entendiendo que presentar es dar a conocer algo al público, comenzaremos reflexionando sobre la pertinencia de su título, intentando esclarecer si este refleja su contenido o sólo es una manera de llamar la atención de los lectores. “Estudios contemporáneos de derecho mercantil”, nombre con el cual los coordinadores y los autores decidieron designar la obra, sugiere primordialmente dos cuestiones: la primera se refiere a la categoría de “Estudios”, indicativa en que cada uno de los capítulos que lo integran es el resultado de un trabajo que implicó conocimiento, análisis y, en especial, la comprensión de uno o más problemas para ofrecer respecto a ellos posibles soluciones, ejercitando el entendimiento individual y, a su vez, moviendo la frontera del conocimiento de la ciencia jurídica. La segunda categoría sugiere al lector que los objetos de investigación sobre los cuales se basa el libro se relacionan con temas propios de la actualidad y que, por lo tanto, indagar ellos es importante por cuanto ayuda a la construcción de soluciones a retos que enfrenta la sociedad. Después de haber leído cada uno de los capítulos que componen el libro, podemos afirmar que su título hace justicia, con los objetivos que los doce autores se trazaron, resaltando que, a diferencia de muchos textos del derecho privado, en él se encuentran verdaderos frutos del intelecto y no simplemente un compendio de normativa comentada, por lo cual los lectores podremos observar con rapidez que, sin abandonar las fuentes del derecho, los once estudios presentados rebasan visiblemente la fase descriptiva, logrando situarse en un escenario superior, en el que a partir de preguntas, se sugieren posibles respuestas y, posteriormente, logra corroborarse la hipótesis planteada, es decir, se muestran como auténticos resultados de investigación. Ahora, respecto a la actualidad de los estudios o mejor a su contemporaneidad, cada una de las preguntas planteadas que orientaron las investigaciones, se refieren a temáticas del derecho que están en boga y cuyo aporte a su discusión son de interés para la sociedad, como escenario en el que nacen y se tejen las relaciones entre las personas y que a su vez son reguladas por la normatividad, resultando así de importancia tanto para los estudiantes como para los investigadores, litigantes, jueces e incluso para el ciudadano no relacionado profesionalmente con la ciencia jurídica. Para profundizar un poco en las características intrínsecas del libro, aceptando que presentar también implica hacer referencia a las cualidades de algo o alguien, quisiéramos manifestar por qué la lectura de las páginas que integran el libro resultan de importancia para los grupos a los que se hizo referencia. El derecho mercantil es un área dentro de la ciencia jurídica que, como consecuencia de la clasificación del derecho, en público y privado, parece ajena al diario vivir de las personas y de sus derechos, llegando al punto de que, un ciudadano no instruido en las Facultades de Derecho podría considerarse ajeno a sus disposiciones. Pese a ello, una de las principales cualidades del texto es la comprensión del derecho mercantil como una disciplina en la que el protagonista no es únicamente el empresario, como por lo general suele afirmarse, sino el consumidor, sin que con ello se desconozca que hoy se habla de la existencia del derecho del consumo o del consumidor. Dicha comprensión del derecho mercantil comprende que el empresario o comerciante ejecuta todos sus actos, celebra contratos, se asocia y contrae obligaciones, con el objetivo de organizar, ejecutar su actividad comercial para atraer consumidores que pueden ser, personas naturales o jurídicas, comerciantes y no comerciantes, por lo cual esta disciplina jurídica no puede ser ajena a la regulación que frente al consumidor se expida. Teniendo dicho faro como norte, uno de los capítulos que contiene la presente obra es el escrito por Iván Darío Taborda que con suma contundencia evidencia la necesidad de reglamentar la responsabilidad por servicio defectuoso. Una de las virtudes del mencionado capítulo es la de tomar las disposiciones que regulan el tema, analizarlas meticulosamente, revisar su aplicación y, finalmente, detectar la anomia que existe frente al servicio defectuoso en Colombia. Es de resaltar que, además de retomar las fuentes del ordenamiento nacional, el jurista revisa cómo la Ley ha organizado el objeto de investigación en otros sistemas jurídicos. Además, el capítulo le será sumamente valioso al estudiante, pues ejemplifica el problema, con lo cual se atiende a una de las necesidades que el científico Rodolfo Llinás considera imprescindibles a la hora de enseñar, esto es, logra darles contexto a los conceptos que analiza1, dejando así al abogado en formación en capacidad de recrear el problema y darle posibles soluciones, animando el espíritu propositivo y reflexivo al permitir contradecir o apartarse de la conclusión a la cual el autor arriba.
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