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Masaveu, Oscar. "Sobre un sistema paraconsistente." Areté 9, no. 2 (1997): 253–69. http://dx.doi.org/10.18800/arete.199702.003.

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Abstract:
El presente trabajo es un resumen de los resultados preliminares obtenidos por el autor en el marco de un estudio sistemático de sistemas modales y deónticos de base para consistente. Se exponen consideraciones sobre la no-trivialidad y sus diferencias con el concepto de consistencia. Se da una exposición sobre algunas de las razones por las cuales una base para consistcnte es la más natural para lógicas deónticas y afines.
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Alarcón Cabrera, Carlos. "Las lógicas deónticas de Georg H. von Wright." Doxa. Cuadernos de Filosofía del Derecho, no. 26 (November 15, 2003): 109. http://dx.doi.org/10.14198/doxa2003.26.06.

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3

Hilpinen, Risto. "Las acciones como transformaciones de estado en G. H. von Wright." Doxa. Cuadernos de Filosofía del Derecho, no. 39 (November 24, 2016): 49. http://dx.doi.org/10.14198/doxa2016.39.04.

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Abstract:
G. H. von Wright desarrolló, en varias publicaciones, lógicas deónticas de la acción en las que analizó las acciones como transformaciones del estado del mundo. Este trabajo es una discusión del modelo de transformación de estado de von Wright y las variantes desarrolladas por otros filósofos.
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4

López Astorga, Miguel. "Dificultades de la lógica deóntica: el problema de las tareas abstractas." Trans/Form/Ação 36, no. 3 (2013): 187–202. http://dx.doi.org/10.1590/s0101-31732013000300011.

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Abstract:
La propuesta relativa a que existe una lógica deóntica con la que los seres humanos operan en algunos dominios tiene que solucionar el problema de los discretos resultados de las tareas de selección deónticas abstractas. En una investigación reciente, se ha tratado de resolver este problema argumentando que las tareas de selección deónticas abstractas suelen ir acompañadas de instrucciones ambiguas que no son fáciles de interpretar y planteando a participantes nuevas versiones de esas mismas tareas con instrucciones más simples y menos equívocas. En este trabajo, analizamos los textos que se u
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5

Rycembel Boeira, Marcus Paulo. "De la Norma al estado objetal: expresión y designación." Revista de Derecho, no. 19 (November 23, 2018): 103. http://dx.doi.org/10.22235/rd.v0i19.1728.

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Abstract:
El presente artículo tiene como objetivo central presentar una investigación analítica de los aspectos lógicos y lingüísticos de la norma jurídica. Por detrás de los enunciados normativos, se abre un horizonte semántico, del que extraemos proposiciones normativas. Tales modalidades de proposiciones desempeñan funciones lógico-veritativas específicas, constitutivas y condicionales para teoremas y axiomas integrantes de la lógica deóntica estándar. A partir de eso, se destaca el objeto designativo de las normas, a saber, el status objetal, el campo de orden designado por la lectura del enunciado
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Maranhão, Juliano S. A. "La lógica en el Derecho: grandes expectativas y algunas desilusiones." Doxa. Cuadernos de Filosofía del Derecho, no. 32 (November 15, 2009): 229. http://dx.doi.org/10.14198/doxa2009.32.12.

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Abstract:
Partiendo de la controversia entre S. Haack y E. Bulygin acerca de la lógica en el Derecho, el artículo analiza las perspectivas de usar herramientas lógicas para desarrollar modelos de la actividad de la interpretación del Derecho. Se contraponen dos concepciones de Derecho, ligándolas a diferentes representaciones lógicas: i) el Derecho como sistema de reglas correlacionado con la lógica deóntica y la lógica de revisión de creencias/normas, y ii) el Derecho como una actividad interpretativa/argumentativa vinculada con la argumentación derrotable. Usando la distinción entre lógicas de cualifi
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Redmond, Walter. "Lógica, deber, virtud." Areté 11, no. 1-2 (1999): 755–72. http://dx.doi.org/10.18800/arete.199901-02.033.

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Abstract:
La lógica deóntica. "la lógica de la ética", es aplicable a varias teorías morales, por ejemplo a las fundamentadas en la concepción de la virtud o en la del deber. Un "cuadrado de oposición" al estilo escolástico puede servir para exhibir las relaciones lógicas entre tales nociones morales u "operadores" como debe y puede. El sistema puede construirse sobre la base de un solo operador y luego otros pueden agregarse para indicar una correspondencia con otras expresiones del lenguaje ordinario. Se ofrecen dos principios para aclarar la super erogación.el caso del acto o hábito bueno no obligato
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León Molina, Jorge Enrique. "Apuntes semióticos sobre lógica deóntica." Via Inveniendi Et Iudicandi 18, no. 2 (2023): 234–46. http://dx.doi.org/10.15332/19090528.9741.

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Abstract:
En el estudio de la lógica deóntica se evidencia una ausencia total de descripciones semióticas de sus operadores, en la medida en que constituyen descripciones de acciones posibles o probables, pero no con alcance interpretativo real en un momento dado. Por lo tanto, es necesario proponer una relación lingüística entre los operadores clásicos de la lógica deóntica y sus correspondientes interpretaciones semióticas con el fin de ampliar el objeto de estudio de la lógica jurídica.
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Maranhão, Juliano. "La lógica de implicación normativa de von Wright y la paradoja de Chisholm." Doxa. Cuadernos de Filosofía del Derecho, no. 39 (November 24, 2016): 65. http://dx.doi.org/10.14198/doxa2016.39.05.

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Abstract:
En sus últimos trabajos sobre lógica deóntica von Wright reinterpreta sus teoremas y derivaciones como meros patrones de racionalidad legislativa, sin compromiso con la existencia de las normas derivadas. Esta propuesta utiliza una cuasi-semántica, sin recurso a valores de verdad, que siguiendo a Hansen (1999) llamaremos lógica de implicación normativa (LIN). En LIN von Wright rescata al sistema estándar y sugiere que las normas condicionales podrían ser representadas por una implicación material dentro del alcance del operador deóntico sin caer en conocidas paradojas, en especial la paradoja
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Navarro, Pablo. "Verdad, enunciados jurídicos y lógica deóntica." Discusiones 34, no. 1 (2025): 172–98. https://doi.org/10.52292/j.dsc.2025.4947.

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Abstract:
El propósito de este trabajo es reflexionar sobre algunos aspectos de la tensión interna entre normas y proposiciones y su impacto para la elaboración y justificación de una lógica de normas. Mi análisis girará en torno a un grupo heterogéneo de problemas, por ejemplo, las concepciones semánticas y pragmáticas de las normas, las condiciones de verdad de los enunciados normativos (i. e., enunciados que atribuyen un estatus deóntico a ciertas acciones) y la distinción entre enunciados normativos y proposiciones normativas (proposiciones que afirman la existencia de una determinada norma). Dos id
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Rodríguez, Jorge Luis. "Lógica deóntica, mundos ideales y mundos perfectos." Doxa. Cuadernos de Filosofía del Derecho, no. 36 (November 15, 2013): 461. http://dx.doi.org/10.14198/doxa2013.36.19.

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Abstract:
Las interpretaciones semánticas más fructíferas que se han ofrecido de los diversos sistemas axiomáticos de lógica deóntica se valen de la semántica de mundos posibles. Sin embargo, existen serios cuestionamientos contra dicha reconstrucción semántica en el dominio normativo. Entre aquellos de corte más filosófico se cuentan el fuerte compromiso ontológico que la semántica de mundos posibles requeriría asumir, así como la necesidad de aceptar que las normas serían susceptibles de verdad o falsedad. En el presente trabajo se intentará justificar que, no obstante tales objeciones, existe al meno
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García Yzaguirre, Víctor. "Apuntes conceptuales para la identificación de conflictos normativos entre normas." Problema. Anuario de Filosofía y Teoría del Derecho 1, no. 15 (2021): 343. http://dx.doi.org/10.22201/iij.24487937e.2021.15.16126.

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Abstract:
El artículo tiene por objeto ofrecer criterios de identificación de conflic-tos normativos entre normas jurídicas. Para ello, se realiza una descripción y análisis, desde un enfoque analítico, respecto en qué casos dos normas prescriptivas condicionales son inconsistentes entre sí. Para ello i) delimitaré el tipo de normas relevantes para este estudio; ii) analizaré la necesidad de emplear nociones lógicas para conceptualizar y for-mular criterios de identificación de los casos de conflicto normativo, y iii) daré cuenta de las principales formas de entender la noción de conflicto normativo. Co
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Mora Ramirez, Rafael Félix, and Samantha Cielo Sayritupac Milla. "EL ESTATUS CIENTÍFICO DEL DERECHO." SAPIENTIA & IUSTITIA, no. 8 (December 31, 2023): 5–28. http://dx.doi.org/10.35626/sapientia.8.4.88.

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Abstract:
El derecho ha sido considerado como algo distinto a la ciencia, como una técnica y como una ciencia por distintos autores en diferentes épocas de la historia. Ahora bien, el objetivo de este escrito es demostrar que el derecho es una ciencia y lo es porque se encuentra vinculado a una lógica no clásica, a saber, la lógica deóntica. Como resultado de esta investigación consideramos que el derecho puede estudiar objetos puramente jurídicos y también objetos sociales. Asimismo, la lógica deóntica asociada al derecho podría permitir que se falsaran algunas hipótesis acerca de normas jurídicas o la
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Velázquez, Hugo Francisco. "El Sistema Clásico de Lógica Deóntica: una mirada crítica." Revista de la Facultad de Derecho, no. 47 (August 23, 2019): 1–35. http://dx.doi.org/10.22187/rfd2019n47a9.

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Guastini, Riccardo. "Algunos aspectos de la metateoría de Principia iuris." Doxa. Cuadernos de Filosofía del Derecho, no. 31 (November 15, 2008): 253. http://dx.doi.org/10.14198/doxa2008.31.16.

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Abstract:
El autor discute algunas tesis de la metateoría de L. FERRAJOLI. 1) En primer lugar, su concepción del objeto de la teoría del derecho, a saber, las estructuras formales de los sistemas jurídicos (el derecho se identifica simplemente con el conjunto de sus fuentes formales), lo que excluye del dominio de la investigación teórica el análisis lógico y pragmático de las doctrinas de los juristas, que son una parte importante del propio Derecho. 2) En segundo lugar, su concepción de las relaciones entre Derecho y lógica: en particular la idea según la cual los sistemas jurídicos deberían conformar
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Alarcón-Cabrera, Carlos. "Amedeo G. Conte: reglas constitutivas, validez deóntica, semiótica normativa." Revista Internacional de Pensamiento Político 14 (April 2, 2020): 305–40. http://dx.doi.org/10.46661/revintpensampolit.4786.

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Abstract:
Se lleva a cabo un recorrido analítico del pensamiento filosófico de Amedeo Conte, filósofo del derecho recientemente fallecido. Conte es el discípulo de Bobbio que de un modo más certero profundizó en el estudio del impacto de la filosofía analítica en el universo normativo. Lo hizo a partir de los principales conceptos avanzados por Ludwig Wittgenstein, desarrollados a su vez por el discípulo, albacea y sucesor de éste, Georg H. von Wright, autor del principal sistema estándar de lógica deóntica.
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Jiménez Urresti, Teodoro Ignacio. "Mediación histórica y praxis para el juicio deóntico. Notas de lógica normativa." Revista Española de Derecho Canónico 49, no. 133 (1992): 629–59. http://dx.doi.org/10.36576/summa.5747.

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Navarro, Pablo E. "Coherencia normativa y lógica deóntica. Comentario a José Juan Moreso, Lo normativo: variedades y variaciones." EUNOMÍA. Revista en Cultura de la Legalidad, no. 22 (March 23, 2022): 497–512. http://dx.doi.org/10.20318/eunomia.2022.6833.

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Abstract:
En este trabajo se analizan algunas de las principales ideas sobre lógica, racionalidad y normatividad, defendidas por José Juan Moreso en la segunda sección de su libro Lo normativo: variedades y variaciones. Para Moreso, la conexión entre existencia de normas y actos de promulgación es insuficiente para comprender el impacto motivacional de las normas, i.e., el modo en que ellas guían la conducta humana. Para este objetivo es necesario tomar en cuenta el principio kantiano ‹‹debe implica puede››, pero este principio lleva a descartar la existencia de normas incoherentes (ad impossibilia nemo
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Ferrajoli, Luigi. "La logica nel diritto. Una risposta a Riccardo Guastini." Revista de la Facultad de Derecho de México 68, no. 271 (2018): 925. http://dx.doi.org/10.22201/fder.24488933e.2018.271.65384.

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Abstract:
<span lang="ES-TRAD">Este trabajo se refiere al papel de la lógica en el derecho, particularmente en los siguientes tres aspectos: a) en la construcción de la teoría del derecho; b) en el razonamiento y en las operaciones de los operadores legales, yc) en el razonamiento y en las operaciones de los operadores legales. También se presta especial atención al valor dual (normativista y realista) que la suposición como tesis teórica de las tesis elementales de la lógica deóntica se asocia con la teoría del derecho, lo que permite dar cuenta de la virtual divergencia deontológica entre los ni
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Da Costa, Newton C. A., and Steven French. "Belief and Contradiction." Crítica (México D. F. En línea) 20, no. 60 (1988): 3–11. http://dx.doi.org/10.22201/iifs.18704905e.1988.679.

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Abstract:
Este artículo forma parte de una serie de trabajos cuya cuestión central es la relativa a la existencia de creencias contradictorias. En un artículo anterior (da Costa y French inédito a) presentamos tres sistemas de lógica doxástica, incluyendo uno paraconsistente, y argumentamos que quizá este último sea el más apropiado para caracterizar los casos en que existen creencias contradictorias. Un ejemplo de tales casos es el ‘auto-engaño’ [self-deception], que por lo común se considera que ocurre cuando una persona cree p y no-p simultáneamente. En da Costa y French inédito b defendemos esa cara
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Peña y Gonzalo, Lorenzo. "Una fundamentación jusnaturalista de los derechos humanos." Bajo Palabra, no. 8 (December 30, 2013): 47–84. http://dx.doi.org/10.15366/bp2013.8.003.

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Abstract:
Este artículo demuestra que, a menos que se reconozcan unas normas de Derecho natural, no existe ningún fundamento para los derechos humanos, lo cual significa que el jurista no podrá demostrar una razón válida para incorporarlos a la legislación positiva donde no lo estén. Una norma de Derecho natural es aquella que se deduce, por una correcta regla de inferencia lógico-deóntica, de cualquier norma positiva y, por lo tanto, existe en todos los ordenamientos jurídicos, aunque no esté formulada. Este estudio se lleva a cabo por dos vías: la historia conceptual de la noción de derechos humanos y
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Juan Moreso, José. "Jeremy Bentham: luces y sombras." Anales de la Cátedra Francisco Suárez 47 (April 23, 2013): 221–48. http://dx.doi.org/10.30827/acfs.v47i0.2165.

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Abstract:
Este trabajo presenta las ideas fundamentales de Jeremy Bentham (1848-1832) en teoría jurídica, en ética y en filosofía política. Muestra que su concepción tiene las raíces en una epistemología empirista, una ontología nominalista y una original filosofía del lenguaje. La teoría del derecho contiene una teoría de las normas que incorpora un valioso precedente de la lógica deóntica. El utilitarismo hedonista que coloca como objetivo único la maximización de la felicidad constituye a su vez el fundamento de su teoría de la democracia: una teoría que desconfía de todos los mecanismos de poder y d
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Arboleda, Julio César. "Hacia una didáctica comprensivo edificadora." Revista Boletín Redipe 10, no. 3 (2021): 30–79. http://dx.doi.org/10.36260/rbr.v10i3.1218.

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Abstract:
A la luz de orientaciones tales como las pedagogías mesoaxiológica, de la alteridad, radical - inclusiva, y en particular la perspectiva comprensivo edificadora (PCE) de la educación y la formación que el autor ha venido proponiendo en la última década, este documento, de carácter crítico y propositivo, expone algunas deudas de la didáctica, atada a la soberbia de la racionalidad y el pensamiento moderno, así como ideas, conceptos y estratagemas para una didáctica otra que tenga al ser humano, la vida y la existencia como piedra angular y sentido que impulsa sus ocupaciones como dominio multis
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López Astorga, Miguel. "¿Se basa el razonamiento ético en la lógica clásica o en una lógica deóntica especial?" Revista Iberoamericana de Argumentación, no. 2 (July 13, 2017). http://dx.doi.org/10.15366/ria2011.2.004.

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Abstract:
Los resultados de distintas versiones de la tarea de selección de las cuatro tarjetas de Wason han sido entendidos como apoyos a la idea de que la lógica de los condicionales deónticos es diferente a la lógica clásica. En este trabajo, defendemos que los argumentos para apoyar esta hipótesis son débiles y que las diversas versiones de la mencionada tarea proporcionan resultados diferentes porque los contextos y las instrucciones que las acompañan no son los mismos. Así, concluimos que los hechos que se presentan como evidencias a favor de la tesis de la lógica deóntica pueden ser interpretados
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Navarro, Pablo, and Jorge L. Rodríguez. "Apuntes para una lógica de la prueba en el derecho." Quaestio facti. Revista internacional sobre razonamiento probatorio, no. 6 (January 19, 2024). http://dx.doi.org/10.33115/udg_bib/qf.i6.22981.

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Abstract:
Pese al auge actual de los desarrollos teóricos respecto de la prueba de los hechos en el derecho, constituye todavía una asignatura pendiente el reconstruir adecuadamente una lógica de la prueba. En el presente trabajo se presentarán algunas ideas preliminares para una reconstrucción semejante. Suponiendo ya cumplida la producción y valoración de ciertos elementos de prueba en un proceso, se explorarán cuáles resultarían candidatos adecuados para tomar como principios básicos de una lógica de la prueba, examinando las similitudes y diferencias del sistema resultante con otros sistemas de lógi
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Caballero Hernández, Joe, and Andrés Alarcón Lora. "Validez jurídica y lógica deóntica." Saber, Ciencia y Libertad 15, no. 1 (2020). http://dx.doi.org/10.18041/2382-3240/saber.2020v15n1.6290.

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Abstract:
El objetivo de esta investigación es desarrollar un concepto de validez jurídica, o validez normativa, con base en el análisis de las discusiones flosófcas jurídicas de la lógica deóntica. El estudio fue cualitativo, con una metodología analítico-descriptiva y crítico constructivista3. La investigación primero se enfocó en identifcar las principales discusiones de esa temática, las cuales son bastante complejas y nutridas. Luego se centró en los conceptos de norma y proposición jurídica para entender el desarrollo teórico de ese campo de estudio, con el objeto de verifcar las distintas posibil
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Velázquez, Hugo José Francisco. "Esclareciendo el concepto de lógica deóntica." Andamios, Revista de Investigación Social 18, no. 45 (2021). http://dx.doi.org/10.29092/uacm.v18i45.826.

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Abstract:
El presente artículo intenta responder algunos de los más importantes interrogantes sobre la lógica deóntica, puesto que ha habido profundos malentendidos con respecto a su naturaleza y a la forma en que se diferencia de otros tipos de lógica. Algunos de los problemas que se han abordado en este trabajo son: ¿qué entendemos cuando hablamos de lógica deóntica? ¿Cuál es su objeto de estudio? ¿Es lo mismo que la lógica jurídica? ¿Es más deseable definir tal disciplina simplemente como lógica del deber ser? ¿Existe alguna diferencia entre normas y proposiciones normativas? Las respuestas a estos i
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Peña, Lorenzo. "La correlación lógico-jurídica entre deberes y derechos." Persona y Derecho, October 22, 2018, 73–101. http://dx.doi.org/10.15581/011.31702.

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Abstract:
Según el punto de vista usual, la licitud de un hecho es correlativa con la obligatoriedad o la prohibición de ciertos hechos ajenos. Varios autores contemporáneos han cuestionado tal correlación. Defiendo aquí la vigencia de la misma en virtud de reglas de lógica deóntica -que podemos ver también como normas de derecho natural-, sin las cuales no puede haber ordenamiento jurídico, sino a lo sumo un ilógico conglomerado de preceptos inservible para ordenar la convivencia social. La correlación se basa en las reglas de respeto a los derechos ajenos y de licitud de las conductas no prohibidas.
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Carvajal, Germán. "La lógica de la pedagogía: entre el saber y el deseo." Pedagogía y Saberes, no. 23 (July 1, 2005). http://dx.doi.org/10.17227/01212494.23pys77.85.

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Abstract:
Este ensayo apunta a delimitar la forma lógica general implícita en todo escrito pedagógico. Se parte de que lo que se escribe en pedagogía siempre se da en el orden de la estrategia y la planificación, antes que en la descripción. De acuerdo con esto emergen las ideas de modelo, currículo y didáctica, entre otras; pues se trata de elaboraciones estratégicas. El examen de estas tres ideas permite asumir la pedagogía como una técnica de administración de la personalidad y del conocimiento, con miras a controlar los procesos de formación. Así, la lógica de la pedagogía es deóntica, basada en el
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Esteban, Buriticá Arango. "Derrotabilidad y razonamiento jurídico: sobre la (supuesta) necesidad de una lógica derrotable." April 30, 2015. https://doi.org/10.17533/udea.esde.v72n159a10.

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Abstract:
En este trabajo exploro las posibles implicaciones de la “derrotabilidad” en la aplicación de la lógica deductiva al lenguaje del derecho, presentando una reconstrucción del significado de “norma derrotable” en la filosofía del derecho contemporánea y analizando los argumentos que conciben la derrotabilidad como una característica esencial de las normas jurídicas. El propósito central del artículo, además de recalcar la ambigüedad del término “derrotabilidad”, es evaluar hasta
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Astorga, Miguel López. "Lógica deóntica y algoritmos adaptativos: La relevancia del beneficio explícito en las versiones de la tarea de selección." Filosofia Unisinos 14, no. 1 (2013). http://dx.doi.org/10.4013/fsu.2013.141.05.

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Oliva, Miguel A. Aijón. "Las construcciones modales con deber." Spanish in Context, September 20, 2021. http://dx.doi.org/10.1075/sic.19008.oli.

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Abstract:
Abstracta El uso de las construcciones modales con deber (aquella en que va seguido de un infinitivo y aquella en que entre ambos se inserta la partícula de) resulta de interés para un enfoque cognitivo-funcional de la elección gramatical como creación de significados. En este trabajo se realiza un análisis cuantitativo y cualitativo de ambas construcciones en un corpus de prensa y radio de una comunidad peninsular. Deber-Ø es con mucho la elección predominante, generalmente en enunciados de modalidad deóntica. Su uso esporádico en contextos epistémicos contribuye a reforzar la seguridad sobre
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