Academic literature on the topic 'Procedimiento civil - Perú, Medidas cautelares - Perú'

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Journal articles on the topic "Procedimiento civil - Perú, Medidas cautelares - Perú"

1

Velásquez Oyola, María Rosario. "Las medidas cautelares reales civiles en el Código Procesal Penal del Perú." Revista Oficial del Poder Judicial. Órgano de Investigación de la Corte Suprema de Justicia de la República del Perú 10, no. 12 (2020): 87–104. http://dx.doi.org/10.35292/ropj.v10i12.25.

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Abstract:
En el presente trabajo se reflexiona sobre las medidas cautelares reales civiles en el Código Procesal Penal del Perú, que se encuentran contempladas de manera dispersa dentro de nuestra codificación y carecen de una ordenación sistemática; sobre todo si se considera que las reglas para decretarlas se encuentran en el Acuerdo Plenario n.o 7-2011/CJ-116, adoptado por la Sala Plena de la Corte Suprema. En tal virtud, la investigación brinda una visión general de la regulación de las medidas cautelares reales en el Código Procesal Civil y en el Código Procesal Penal del Perú, a fin de concordar su articulación en ambos cuerpos normativos, así como en su aplicación.
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2

Miljánovich Castilla, Manuel, Violeta Nolberto S., Martha Martina Ch., Rosa Elena Huerta R., and Fernando Camones G. "Perú: Mapa de violencia familiar, a nivel departamental, según la ENDES 2007-2008. Características e implicancias." Revista de Investigación en Psicología 13, no. 2 (2014): 191. http://dx.doi.org/10.15381/rinvp.v13i2.3725.

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Abstract:
El objetivo central del presente estudio fue elaborar un Mapa de la Violencia Familiar en el Perú a nivel nacional y departamental, a partir de los resultados de la Encuesta Demográfica y de Salud Familiar ENDES 2007-2008. Se elaboró un Índice Global de Violencia Familiar (IGVF) que sintetiza los indicadores de Violencia Física, Violencia Psicológica y Violencia Sexual. La construcción de tal índice se efectúo mediante el método multivariante PRINCALS, llamado también Análisis de componentes principales categóricos o no lineales. Dado que las variables están medidas en escalas nominal u ordinal, no están relacionadas de un modo lineal y, por tanto, se requiere emplear el procedimiento generalmente denominado escalamiento óptimo, empleando el citado método. Dicho índice permitió trazar el mapa en referencia, cuya principal ventaja es superar la información fragmentaria sobre violencia física, psicológica, sexual y algunas variables asociadas, tales como edad, estado civil, grado educativo y nivel socioeconómico. La estimación del índice Global de Violencia Familiar (IGVF), a nivel nacional, es igual a 12,58 y el índice de Violencia Psicológica (IVP) es igual a 23,40, ambos con coeficiente de variación bajo (0,014). Los departamentos de Loreto, Apurímac, Pasco, Madre de Dios y Arequipa, constituyen el 20% con mayor IGVF, el mismo que fluctúa entre 14,28 y 16,13. El 20% de departamentos con IGVF más bajo, cuyos valores fluctúan entre 10,43 y 13,38, está integrado por Ica, Lima, Cajamarca y Lambayeque. La conclusión más importante es que en el Perú de hoy, la violencia familiar, en sus diferentes formas, violencia física, violencia psicológica y violencia sexual, está extendida y arraigada en todo el territorio y distribuida con ciertas diferencias a nivel departamental.
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Dissertations / Theses on the topic "Procedimiento civil - Perú, Medidas cautelares - Perú"

1

Pérez, Ríos Carlos Antonio. "Estudio integral de las medidas cautelares en el proceso civil peruano." Doctoral thesis, Universidad Nacional Mayor de San Marcos, 2010. https://hdl.handle.net/20.500.12672/1480.

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Abstract:
En el ámbito nacional, la doctrina cautelar aún está por elaborarse, sin que ello signifique negar importantes, pero aislados esfuerzos académicos desplegados hasta hoy. La legislación nacional es incongruente e insuficiente en muchos aspectos lo que dificulta el accionar de la judicatura y de los justiciables; desde otra perspectiva, esta situación es una variable que da lugar a situaciones patológicas que desacreditan las ventajas de esta tutela preventiva, y al mismo tiempo, atenta contra la respetabilidad de la función jurisdiccional.Además de lo señalado, son situaciones problemáticas específicas que motivan el presente estudio, las siguientes: Las graves implicancias de la tramitación inaudita altera pars de las medidas cautelares cuando éstas son dictadas sin la adecuada ponderación e inconcurrencia de los demás presupuestos constitutivos; los propósitos preventivos de la tutela cautelar, en este escenario, se convierten en instrumentos de lesión y agravio. Debe destacarse además que el tratamiento de este tema en la legislación comparada no es homogéneo. Del mismo modo, se configura como una situación problemática, la poca relevancia que en sede jurisdiccional se otorga a la contracautela como garantía de un eventual resarcimiento, siendo el uso desproporcionado de la caución juratoria la evidencia más clara de tal actitud, requiriéndose por consiguiente la urgente la adopción de decisiones legislativas orientadas a replantear la temática contracautelar.<br>Tesis
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2

Gallardo, Miraval Juvenal. "Cautela y contracautela en el proceso civil." Bachelor's thesis, Universidad Nacional Mayor de San Marcos, 2000. https://hdl.handle.net/20.500.12672/1197.

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Abstract:
Las medidas cautelares como instituto procesal están relacionadas como es obvio al proceso por una necesidad misma de proteger al actor de modo más eficaz y restablecer la respetabilidad y majestad del poder judicial. Como lo dijera Piero Calamandrei hace muchas décadas, el proceso cautelar y por consiguiente las medidas cautelares no tendrían lugar por innecesarias, si los fallos jurisdiccionales fueran pronunciados con celeridad y oportunidad. El proceso y su desarrollo no siempre breve, obliga a que el propio Estado reconociendo tal hecho, regule en su ordenamiento procesal medidas que garanticen la efectividad de las decisiones judiciales que se pronuncien en los llamados procesos principales. Es esta realidad inocultable la que determina la existencia del proceso cautelar y las diversas medidas destinadas a prevenir,asegurar en suma garantizar la eficacia de las decisiones judiciales.<br>Tesis
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3

Martel, Chang Rolando Alfonso. "Acerca de la necesidad de legislar sobre las medidas autosatisfactivas en el Proceso Civil." Bachelor's thesis, Universidad Nacional Mayor de San Marcos, 2002. https://hdl.handle.net/20.500.12672/1208.

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Abstract:
El mundo contemporáneo exige de quienes prestan servicios no sólo su mejor esfuerzo, sino que éstos sean rápidos, oportunos y adecuados. El Estado, el más grande e importante prestador de servicios no debe ser ajeno a este propósito, mucho menos cuando se trata de servicios fundamentales, como es el de justicia. En verdad, un Estado responsable de sus obligaciones no debe renunciar jamás a ello. Diversos estudios teóricos – prácticos aconsejan que en procura de mejorar el servicio de justicia, el Estado debe trabajar esencialmente (hay otros más) en tres frentes: Institucional, Jurisdiccional y Procesal. Nosotros, por la naturaleza del tema que investigamos, básicamente nos ubicamos dentro de lo Jurisdiccional y lo Procesal, aún cuando somos conscientes que los efectos de un acertado trabajo jurisdiccional y la adecuada aplicación de las reglas procesales fortalecen y favorece el terreno Institucional. A la fecha han transcurrido más de nueve años de vigencia y aplicación del novedoso y moderno Código Procesal Civil Peruano, que a decir, según entiendo, de la mayoría trajo consigo la regulación de institutos procesales importantes, entre ellos el proceso cautelar, cuyo tratamiento es, sin duda, ordenado e integral. En efecto, como contribución a ese propósito de poder servir mejor, el Código Procesal Civil ha puesto al alcance de Operadores Jurídicos y Justiciables, una valiosa herramienta procesal que apunta a dar tutela jurisdiccional urgente, rápida y oportuna y no tardía. Es decir, la posibilidad de atender cuando sea útil para el justiciable y no después, cuando todo se haya consumado o no les sea provechoso. El proceso judicial en general deja mucho que desear cuando se vuelve importante en sí mismo, olvidando o postergando los derechos de quienes esperan su declaración y protección. No todo se agota ni se resuelve con la sola dación y entrada en vigencia de un cuerpo legal orgánico, como lo es el Código Procesal Civil, sino que es necesario procurar su mejor aplicación, a fin de cumplir el objetivo deseado, esto es servir bien y de manera oportuna. No obstante la valía y modernidad del proceso civil, así como la importancia del proceso cautelar, creemos que todavía son insuficientes para poder afirmar que la tutela judicial efectiva en materia civil es una realidad.<br>Tesis
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4

Barba, Radanovich José Miguel. "La necesidad de incluir al árbitro cautelar en el arbitraje doméstico." Bachelor's thesis, Pontificia Universidad Católica del Perú, 2015. http://tesis.pucp.edu.pe/repositorio/handle/123456789/6975.

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5

Romero, Sipan Norma. "Las medidas cautelares previas como manifestación de la autotutela de la Administración Tributaria: configuración y límites en su aplicación." Master's thesis, Pontificia Universidad Católica del Perú, 2019. http://hdl.handle.net/20.500.12404/17252.

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Abstract:
La presente tesis consiste en la delimitación de los presupuestos procesales que habilitan a la configuración de las medidas cautelares previas, conforme al artículo 56° del Código Tributario, desde lo establecido en dicha norma, así como a partir de los principios del derecho administrativo y civil, entendiendo a dicho instrumento como una herramienta de la teoría general del derecho que manifiesta la facultad de aseguramiento otorgada a la Administración Tributaria por parte del legislador, esto es, de la autotutela de la cobranza de la deuda tributaria; por lo que resulta necesario establecer los límites en la aplicación de la citada medida dentro del respeto de los derechos fundamentales de los contribuyentes, en especial del derecho de defensa y al debido procedimiento. De este modo, la presente investigación tiene como objetivo principal establecer la naturaleza del instituto procesal “medidas cautelares previas” y la finalidad para la que ha sido establecida, con la intención de determinar cuáles son los presupuestos procesales que configuran su aplicación. A tal efecto, se detalla la forma en que la SUNAT, el Tribunal Fiscal y el Poder Judicial vienen entendiendo de dicha medida, al tratarse de los entes que aplican la citada medida y quienes velan por el correcto cumplimiento de lo establecido en las normas tributarias. De dicho análisis se detecta la existencia de problemas en cuanto a la correcta verificación de los presupuestos procesales de medidas cautelares previas, en sede administrativa, así como la dificultad de solucionar el problema generado en sede judicial, por lo que se plantean una serie de medidas legislativas y reglamentarias para su solución.<br>Trabajo de investigación
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6

Solimano, Heresi Oscar Nazir. "La cancelación de la medida cautelar en el Código Procesal Civil." Doctoral thesis, Universidad Nacional Mayor de San Marcos, 2012. https://hdl.handle.net/20.500.12672/638.

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Abstract:
El trabajo de investigación gira en torno a relevar lo que acontecía en el ámbito normativo con la anterior regulación del artículo 630 del Código Procesal Civil que establecía la cancelación de pleno derecho de la medida cautelar cuando se obtenía una sentencia absolutoria para el demandando en primera instancia, aún cuando esta resolución no fuese firme, es decir, existiendo un proceso judicial en trámite. Cuando iniciamos nuestra investigación estábamos cuestionando la que a mi juicio constituía una inadecuada regulación del artículo 630 del Código Procesal Civil, que no se encontraba acorde con la finalidad que debía tener una medida cautelar dentro de un proceso judicial en trámite, ya sea de cognición o de ejecución, dado que el contenido normativo estaba ocasionando graves perjuicios a la parte demandante cuando finalmente lograba obtener una sentencia estimatoria en las instancias superiores en forma definitiva, ésta resultaba inejecutable; violentándose el derecho a la tutela jurisdiccional efectiva a que tiene derecho todo justiciable, dado que una sentencia firme no puede ser una declaración lírica sin eficacia, como consecuencia de las maniobras evasivas de la parte demandada para ponerse a buen recaudo jurídico ante la cancelación automática de la medida cautelar trabada oportunamente. En este sentido, resultaba un contrasentido que la medida cautelar sea cancelada de pleno derecho cuando el demandante obtenía una sentencia desestimatoria en primera instancia; teniendo en cuenta que la finalidad primordial de toda medida cautelar es hacer posible o viabilizar la eficacia y el cumplimiento de la decisión definitiva que vaya a recaer en el proceso judicial de obtener un resultado favorable, lo cual nos advierte que la finalidad del proceso no es asegurar el resultado de la instancia judicial, sino del proceso hasta su conclusión. Para poder realizar la investigación se realizó un estudio de la parte general de las medidas cautelares en el ordenamiento procesal civil y así, he podido apreciar algunos temas que podrían ser mejorados en la regulación actual del Código Procesal Civil, como es una más amplia regulación respecto de la determinación de los daños ocasionados por las medidas cautelares cuando el proceso ha concluido en sentido desfavorable para el demandante con resolución firme. Finalmente, creo que el objetivo central de este trabajo ha sido el reflexionar sobre uno de los temas importantes de la teoría cautelar en el ordenamiento procesal civil que es el relacionado con su vigencia, por lo que fruto de ello, he procurado definir las principales posiciones doctrinarias a nivel nacional y extranjero, así como realizando un estudio de la regulación nacional como extranjera en varios ordenamientos procesales civiles.<br>-- The research centers on relieving what was happening at the policy level with the previous regulation of Article 630 of the Civil Procedure Code providing for the full extinction of the injunction when it obtained an acquittal for the defendant in the first instance even though this statement was not strong, ie, existing legal proceedings pending. When I started the research I was questioning which I believe was an inadequate regulation of Article 630 of the Civil Procedure Code, which was not consistent with the purpose that should have an injunction in a pending judicial proceeding, either cognition or implementation, as the normative content was causing serious harm to the plaintiff when he finally managed to obtain a judgment by the higher authorities in final form, it was unenforceable; violated the right to effective judicial protection they are entitled to all litigants, given that a final judgment can not be a lyrical statement without efficacy, as a result of evasive maneuvers of the defendant to be legal safely before the automatic cancellation of the injunction promptly locked. In this sense, it was a contradiction that the injunction be canceled and void when the plaintiff obtained a judgment dismissing on the first level court, taking into account that the primary purpose of an interim measure is to make possible or feasible and effective enforcement final decision will rest with the legal process of obtaining a favorable outcome, which warns us that the purpose of the process is not to ensure the outcome of the courts, but the trial ended In order to perform the research I studied the general part of the precautionary measures in the Peruvian civil procedural system and thus, I have seen some issues that could be improved in the current regulation of the Civil Procedure Code, as is a more extensive regulation regarding determination of the damages caused by the precautionary measures when the process is complete unfavorably to the plaintiff with firm resolve. Finally, I think that the main objective of this work was to reflect on one of the most important issues of prudential theory of civil procedure that is related to the duration of the injunction, so the result of this, I have tried to identify key positions doctrinal nationally and abroad, as well as a studied the domestic and the foreign regulations in several civil procedural rules.<br>Tesis
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7

Saldarriaga, Vilca Rodrigo Alonso. "Una revisión a la aplicación del iura novit curia en el proceso civil." Bachelor's thesis, Pontificia Universidad Católica del Perú, 2020. http://hdl.handle.net/20.500.12404/18955.

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Abstract:
Tal y como sigue vigente en la Reforma del Código Procesal Civil, nuestros jueces aún deben aplicar el iura novit curia, en virtud del derecho a la tutela jurisdiccional efectiva, pero deben saber cómo y cuándo aplicarlo. En efecto, la aplicación del iura novit curia se debe adecuar a tres límites que propongo: (i) iniciativa de parte; (ii) congruencia procesal; y, (iii) contradictorio. De ese modo, la decisión final no afectará ningún derecho de las partes. Asimismo, la práctica judicial advierte que los jueces se decantan por aplicarlo en la sentencia, en la calificación de la demanda y en la fijación de puntos controvertidos. Lo ideal es que nuestros jueces lo aplique, correctamente, en la fijación de puntos controvertidos, pues, en esta etapa del proceso, los jueces ya conocerán claramente de qué trata el caso y, por ende, las partes obtendrían una decisión final que resuelva el mérito de la controversia y, a la vez, que no trasgreda ninguno de sus derechos<br>Trabajo académico
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Miranda, Castillo Oscar Carlos. "La modificación de oficio de la medida cautelar en el proceso contencioso administrativo." Master's thesis, Pontificia Universidad Católica del Perú, 2018. http://hdl.handle.net/20.500.12404/15252.

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Abstract:
Si bien la Administración Pública se encuentra sometida al Principio de Legalidad, las facultades que ostenta para intervenir en la vida de los administrados le otorga una posición ventajosa frente a estos, por lo que, resulta necesario que el órgano jurisdiccional especializado en lo contencioso administrativo, responsable de hacer que la Administración se someta de forma efectiva al principio referido, cuente con herramientas suficientes que le permitan cumplir con ello. El presente trabajo se orienta a postular como una de dichas herramientas a la facultad del juzgador para modificar de oficio una medida cautelar previamente dictada. Este tema resulta relevante, en tanto que, la falta de regulación expresa sobre este aspecto en la legislación nacional vigente, deja abierta la posibilidad para que la Administración Pública continúe afectando la situación jurídica de un administrado, a pesar del dictado de una medida cautelar que, en el marco de un proceso contencioso administrativo, debería impedirle ello; esto ocurre en mérito a que el Juez se ve imposibilitado de disponer de oficio la modificación de dicha medida, quedando supeditado a la diligencia y/o celeridad de la parte en el trámite de un proceso que tiene como finalidad exclusiva el control de las actuaciones de la Administración. El análisis de lo expuesto permite concluir que resulta pertinente y necesario la modificación del Texto Único Ordenado de la Ley del Proceso Contencioso Administrativo, aprobado por el Decreto Supremo N° 013-2008-JUS, a fin de incorporar de forma expresa y concreta la posibilidad de modificar de oficio una medida cautelar.<br>Tesis
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Herrera, Contreras Hilhmar. "El razonamiento probatorio cautelar en la prisión preventiva para el caso del peligro procesal." Bachelor's thesis, Pontificia Universidad Católica del Perú, 2020. http://hdl.handle.net/20.500.12404/18949.

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Abstract:
La prisión preventiva en el ámbito procesal penal viene a ser una medida cautelar que tiene carácter personal y su finalidad es garantizar el proceso penal y el cumplimiento de una eventual pena que pudiera imponerse. Esta medida no puede, ni debe tener otra naturaleza que la pudiera convertir en una medida de seguridad y mucho menos, en una pena anticipada. En ese sentido, el objetivo del presente trabajo es determinar los fundamentos del estándar probatorio referido al peligro procesal en la medida cautelar de la prisión preventiva como justificación de las garantías del proceso penal; realizándose para tal fin una investigación jurídica de tipo dogmático, normativa, teórica y jurisprudencial, por lo cual, la presente investigación demostrara los abusos que se vienen cometiendo con la prisión preventiva en la actualidad, no siendo congruentes con las normas y derechos fundamentales de toda persona inmersa en un proceso penal. Concluyendo que los operadores de justicia deberían adoptar sus decisiones sobre la base de un debido razonamiento probatorio en cuanto al tercer presupuesto material de la prisión preventiva. En el presente trabajo analizamos la aplicación de un razonamiento probatorio cautelar y además estándares de prueba en materia de prisión preventiva, ello vinculado al peligro procesal, lo cual supondría una garantía al momento de resolver el requerimiento de esta medida cautelar. Así, pretendemos esclarecer cuestiones fundamentales para dictar esta medida de carácter excepcional, entendida como la más gravosa del proceso penal<br>Trabajo académico
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Clavijo, Jave Camilo Andrés. "Criminal compliance y sistema penal en el Perú." Bachelor's thesis, Pontificia Universidad Católica del Perú, 2016. http://tesis.pucp.edu.pe/repositorio/handle/123456789/7937.

Full text
Abstract:
La criminalidad empresarial en el Perú (fraudes, complejos actos de corrupción y lavado de dinero, entre otros graves delitos que generan un fuerte impacto en la economía y un sinnúmero de agraviados) es preocupante y va en aumento. Esta situación tiene una clara relación con el crecimiento económico, que ha generado distintos ámbitos de desarrollo de la actividad empresarial, aumento de empresas nacionales y llegada de empresas trasnacionales, entre otros importantes factores, pero que se enmarca en un contexto de debilidad institucionalidad, de alta percepción de corrupción, de ausencia de controles del Estado y del propio sector privado para combatir la criminalidad empresarial. Así, las diversas actividades económicas, sobre todo en las que existe una relación públicoprivada (por ejemplo, las actividades extractivas, las compras del Estado, las contrataciones y las licitaciones), tienen una especial vulnerabilidad ante los delitos de corrupción.<br>Tesis
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