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1

Rodríguez Hurtado, Mario Pablo. "La constitucionalización del derecho procesal y su repercusión en la reforma de la normatividad ritual (CPP) y el sistema de justicia penal." Derecho PUCP, no. 71 (November 21, 2013): 341–85. http://dx.doi.org/10.18800/derechopucp.201302.013.

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Abstract:
Este artículo reflexiona sobre la estrecha relación entre el proceso penal y el derecho constitucional en el marco de un Estado democrático, así como sobre las garantías que debe brindar desde la óptica constitucional y en el actual contexto de globalización de los derechos humanos. A continuación nos aproxima a los principales principios y garantías del proceso penal, y a los modelos procesales históricamente configurados. Finalmente, el artículo nos presenta un interesante análisis de Código Procesal Penal, describiendo las garantías, principios y modelo procesal reconocido de nuestro país.
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2

Calderón Navarro, Nelly. "Sistemas procesal penal peruano." LEX - REVISTA DE LA FACULTAD DE DERECHO Y CIENCIAS POLÍTICAS 1, no. 1 (March 10, 2020): 31. http://dx.doi.org/10.21503/lex.v1i1.1876.

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3

Pita Chávez, Julia Mercedes. "Análisis, sistematización y elaboración de propuestas de mejora en el tratamiento de casos de violencia contra la mujer en aplicación de las normas del Nuevo Código Procesal Penal." LEX 10, no. 9 (June 28, 2014): 387. http://dx.doi.org/10.21503/lex.v10i9.385.

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Abstract:
Este trabajo tiene como objetivo el examen de la aplicación de las normas del Nuevo Código Procesal Penal desde una perspectiva de género como respuesta a los requerimientos propios de la mujeres víctimas de delitos de violencia de género, específicamente: 1) los delitos contra la salud integral (lesiones graves y leves), 2) delitos contra la libertad sexual (violación sexual de mujeres mayores de edad), 3) delitos contra la indemnidad sexual (violación sexual de menores y actos contra el pudor), y 4) delitos contra la vida humana independiente (feminicidio).Por tal razón, en él se tratan básicamente aspectos procesales aunque contiene algunos elementos de derecho sustantivo, sobre todo para comentar casos en que la tipificación del hecho delictivo resulta contraria a los intereses de las víctimas, favoreciendo con penas benignas a los agresores cuando no conduce a la impunidad.Palabras clave: violencia de género, mujeres víctimas, perspectiva de género, Código Procesal Penal, victimización secundaria, cámara Gessel, violación sexual, feminicidio.
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4

Arteaga, Miguel Ángel. "LA PRISIÓN PREVENTIVA EN EL SISTEMA ACUSATORIO MEXICANO." Iuris Tantum 34, no. 32 (December 1, 2020): 3–14. http://dx.doi.org/10.36105/iut.2020n32.01.

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Abstract:
Es sistema procesal penal acusatorio y oral, cuya implementación inició en nuestro país con las reformas constitucionales de junio de 2008, es esencialmente garantista, busca el equilibrio en el respeto a los derechos de los sujetos procesales y se rige por principios fundamentales, entre ellos, el de presunción de inocencia.Prevalecen, sin embargo, temas cuestionables, como la prisión preventiva oficiosa, ordenada por la propia Carta Magna para los delitos en ella previstos.Esta figura rompe con los principios de las medidas cautelares, es contraria al espíritu garantista de un sistema procesal penal de corte acusatorio, se opone al principio de presunción de inocencia y lesiona derechos humanos.
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Prado Saldarriaga, Víctor Roberto. "Las consecuencias accesorias y el Código Procesal Penal de 2004." Revista Oficial del Poder Judicial. Órgano de Investigación de la Corte Suprema de Justicia de la República del Perú 3, no. 3 (May 23, 2008): 55–71. http://dx.doi.org/10.35292/ropj.v3i3.115.

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Abstract:
La dimensión delincuencial de las personas jurídicas demanda una reacción social eficaz y oportuna con los mismos grados de desvalor, punibilidad y sanción aplicados a las personas físicas, por lo que la inclusión en el Código Procesal Penal de 2004 de las consecuencias accesorias aplicables a las personas jurídicas en el proceso penal es de gran importancia. Teniendo en cuenta ello, se presenta en el texto una visión general de la doctrina sobre el tema, para luego detenerse a estudiar la normatividad peruana en lo referente al emplazamiento procesal de la persona jurídica, a su incorporación en el proceso, a los derechos y garantías procesales y a las medidas cautelares que se pueden aplicar a las personas jurídicas, entre otros temas.
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6

García Zermeño, Víctor Antonio. "EJERCICIO DE LA ACCIÓN PENAL POR PARTICULAR: ¿DERECHO PROCESAL PENAL SIMBÓLICO?" Revista Especializada en Investigación Jurídica, no. 8 (2021): 53–77. http://dx.doi.org/10.20983/reij.2021.1.2.

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Abstract:
En el presente artículo se analiza desde una postura crítica la eficacia del acceso a la justicia en la Ciudad México. Se toman en consideración posturas académicas, Derecho comparado, legislación, antecedentes jurídicos y estadísticos, todo desde un punto de vista sintético para llegar a aproximaciones específicas en relación al ejercicio de la acción penal por particular. El acceso a la justicia es un derecho humano que faculta a los particulares para ejercer acción penal, institución que forma parte de la expansión del derecho procesal penal, que a su vez, atendiendo a los requisitos someros de ley, la abrumadora incidencia delictiva, la exigüidad de participación de las víctimas y la obnubilación del Estado, hacen de esta un claro ícono de un Derecho Procesal Penal Simbólico. Cabe destacar que en atención a la escasa información pública, es complejo dimensionar el impacto jurídico-social, por lo cual es importante señalar que uno de los principales beneficios en el ejercicio de la acción penal por particular es la certeza jurídica a la que la víctima se vería sujeta en caso de proceder la controversia llevada a escrutinio judicial, ello en atención a la pericia de los operadores del sistema procesal penal acusatorio.
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7

Sandoval Reyes, Sem. "FUNDAMENTOS DE DERECHO PROCESAL PENAL." Ius et Praxis 18, no. 2 (2012): 481–86. http://dx.doi.org/10.4067/s0718-00122012000200018.

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8

Pellecer, César Barrientos. "Nicaragua en proceso de creación de Código Procesal Penal." Encuentro, no. 54 (July 25, 2000): 86–95. http://dx.doi.org/10.5377/encuentro.v0i54.3926.

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Abstract:
En la elaboración de un Código Procesal Penal, Nicaragua puede hacer acopio de toda la experiencia regional, para avanzar a la sencillez y simplificación de formas y etapas procesales, mediante procedimientos ágiles que no impliquen grandes inversiones, y se apliquen de manera gradual, sin afectar los derechos del imputado, la víctima y la sociedad. También cuenta el país con los recursos humanos suficientes y calificados para elaborar una legislación capaz de enriquecer el desarrollo latinoamericano del sistema acusatorio.
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9

Gómez Fröde, Carina. "NUEVAS TENDENCIAS DEL DERECHO PROCESAL MODERNO." Revista de la Facultad de Derecho de México 64, no. 261 (June 8, 2017): 159. http://dx.doi.org/10.22201/fder.24488933e.2014.261.60284.

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Abstract:
<p> </p><p><span> </span><span>P</span>odemos afirmar sin equivocarnos, que el estudio y el análisis del derecho procesal mexicano se ha desarrollado en las últimas décadas, con resultados positivos para nuestra comunidad universitaria. Cada vez, con mayor frecuencia descubrimos con orgullo, la celebración de con</p><p>gresos, seminarios y cursos, la publicación de nuevas obras y, sobre todo, un interés por estudiar y analizar los temas procesales, no solo relacionados con las clásicas ramas de la ciencia procesal (civil, penal, mercantil, amparo, administrativo y laboral); sino con las nuevas tendencias que hace cincuenta años no existían y que en la actualidad emergen con fuerza. Ejemplos de ello tenemos las siguientes nuevas ramas del gran tronco que constituye la Teoría general del proceso: Derecho procesal constitucional, Derecho procesal internacional, Derecho procesal electoral, Derecho procesal fiscal, Derecho procesal familiar, Derecho procesal militar, Derecho procesal marítimo o aéreo, Derecho procesal agrario o Derecho procesal ambiental y los demás que seguirán surgiendo, mientras entre las personas, existan litigios que dirimir. Una razón poderosa para explicar este fenómeno de desarrollo de los procesales radica en el hecho, de que nuestras sociedades contemporáneas tienen un mayor reto en tratar de resolver, cada vez con mayor frecuencia, controversias con un alto grado de complejidad, que requieren de una mayor especialización y capacitación, tanto de jueces como de abogados. Ello</p>
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Villavicencio Rios, Fressia Sissy. "Apuntes sobre la celeridad procesal en el nuevo modelo procesal penal peruano." Derecho PUCP, no. 65 (April 1, 2010): 93–114. http://dx.doi.org/10.18800/derechopucp.201002.004.

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Valdivia Sorrentino, Gino M. "La acusación fiscal y la audiencia preliminar." Revista Oficial del Poder Judicial. Órgano de Investigación de la Corte Suprema de Justicia de la República del Perú 4, no. 4 (December 1, 2008): 171–80. http://dx.doi.org/10.35292/ropj.v4i4.157.

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Abstract:
Con la inserción del nuevo modelo acusatorio en la legislación procesal penal, el Ministerio Público sigue siendo el facultado para ejercer la función acusatoria, y en mérito a ella tomar decisiones que determinarán el desarrollo del proceso. Figuras jurídicas como las convenciones probatorias han sido incluidas para celebrar acuerdos con el imputado y prescindir de la actividad probatoria, lo que contribuirá a la celeridad del proceso y disminución de la carga procesal. Es así que bajo las disposiciones del Nuevo Código Procesal Penal deberá realizarse una acción coordinada entre el Ministerio Público y el Poder Judicial bajo el prisma de los principios de congruencia y participación procesal.
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Tijerino Pacheco, José María. "Acciones procesales en el Nuevo Código Procesal Penal de Nicaragua." Revista de Derecho, no. 1 (July 19, 2012): 53–90. http://dx.doi.org/10.5377/derecho.v0i1.733.

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Venegas Trejo, Francisco. "BARRAGÁN SALVATIERRA, CARLOS. DERECHO PROCESAL PENAL." Revista de la Facultad de Derecho de México 53, no. 240 (August 11, 2017): 281. http://dx.doi.org/10.22201/fder.24488933e.2003.240.61457.

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Abstract:
<p>El Derecho es un elemento imprescindible de la sociedad, si queremos que ésta propicie la dignificación de la existencia humana. La sociedad políticamente organizada que es el Estado, se crea por decisión de los individuos para realizar una convivencia ordenada, pacífica y de superación, partiendo de dos premisas propias de la naturaleza humana: la<br />igualdad y la libertad. Igualdad, por cuanto que todos los seres humanos tenemos soma y psique-, materia y espíritu y, además, nadie nace con facultades insitas de mando, ni nadie es creado para vivir subordinado y con total sometimiento a otros individuos. La libertad es la bandera que enarbolan los seres pensantes que quieren darle sentido a su autodeterminación. El hombre es para ser y para hacer lo que quiera y lo que pueda, a condición de no molestar o perturbar a sus congéneres o, incluso, al medio ambiente, a la naturaleza, si los daños causados en ésta repercuten<br />en la vida social. La libertad implica el desenvolvimiento de las facultades humanas orientadas a la superación; es expresión de su inteligencia y de su albedrío. A su vez, la conciencia advierte al hombre que los demás seres pensantes tienen sus mismas cualidades, que tienen un cuerpo<br />y una inteligencia aunque, obvio es, de diferentes dimensiones y de distinta capacidad, pero humanos al fin y al cabo. La humanidad, por tanto, se compone de seres iguales y libres; libres por la igualdad e iguales para<br />la libertad.</p>
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Cervera Rodríguez, Ángel, and José Torres Álvarez. "Análisis conversacional del Discurso Procesal Penal." Pragmalinguistica, no. 23 (2015): 8–21. http://dx.doi.org/10.25267/pragmalinguistica.2015.i23.01.

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Foy Valencia, Pierre. "Consideraciones ambientales sobre el proceso penal." Derecho PUCP, no. 65 (December 1, 2010): 211–20. http://dx.doi.org/10.18800/derechopucp.201002.009.

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Rio Labarthe, Gonzalo del. "La acción civil en el Nuevo Proceso Penal." Derecho PUCP, no. 65 (September 1, 2010): 221–33. http://dx.doi.org/10.18800/derechopucp.201002.010.

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Abstract:
Este artículo pretende analizar algunas de las reglas del Nuevo Código Procesal Penal de 2004 (NCPP 2004, en adelante) vinculadas a la regulación del ejercicio de la acción civil en el proceso penal. Se intenta demostrar que el NCPP «ataca» una vieja confusión vinculada a la idea de que la acción civil en el proceso penal deriva del delito interpretación que conduce a un supuesto interés público o de la sociedad en el pago de la reparación civil o en la reparación del daño que distorsiona, seriamente, su tratamiento procesal
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Flor Rubianes, Jaime. "La casación penal ecuatoriana." Ius Humani. Law Journal 1 (January 15, 2008): 229–43. http://dx.doi.org/10.31207/ih.v1i1.12.

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Abstract:
Este trabajo expone de forma didáctica la tesis, la aplicación procesal y los efectos jurídicos del recurso de casación penal en el Ecuador. Desarrolla detenidamente cuándo y en qué materias cabe interponer este recurso. Incluye además la evolución histórica de la casación en nuestro sistema penal.
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Bazán Cerdán, J. Fernando. "Audiencia de tutela." Revista Oficial del Poder Judicial. Órgano de Investigación de la Corte Suprema de Justicia de la República del Perú 6, no. 6/7 (June 30, 2011): 69–77. http://dx.doi.org/10.35292/ropj.v6i6/7.195.

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Abstract:
Este trabajo realiza un análisis de los fundamentos jurídicos (naturaleza jurídica, aspectos generales y alcances) de la tutela de derechos, novísima institución del ámbito procesal penal, introducida por el artículo 71.o, numeral 4 del nuevo Código Procesal Penal del 2004. Finalmente, se concluye cuestionando la taxatividad de los derechos protegidos por la tutela, en función de una interpretación sistemática por ubicación de la disposición que la regula.
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Valenzuela, Jonatan. "El acuerdo reparatorio frente a una teoría moral republicana: apuntes desde el proceso penal chileno." Revista de Estudios de la Justicia, no. 33 (December 24, 2020): 109. http://dx.doi.org/10.5354/0718-4735.2020.58429.

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Abstract:
El presente artículo se enfoca en definir, asumiendo ciertos insumos teóricos del republicanismo legal, una crítica al acuerdo reparatorio en el proceso penal chileno. Se usan los principales valores defendidos desde la óptica republicana para dar forma a una teoría que permita legitimar la práctica procesal penal y, en ese contexto, evaluar las condiciones de aprobación del acuerdo reparatorio como su extensión dentro del derecho procesal.
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Serrano Suárez, Over Humberto. "Principio de oportunidad una línea de reformas a la Ley 906 de 2004 y la política criminal." Verba luris, no. 34 (December 1, 2015): 231. http://dx.doi.org/10.18041/0121-3474/verbaiuris.34.12.

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Abstract:
El texto pretende incluir puntos de referencia que ayudan a implementar un ejercicio epistemológico de acercamiento entre el principio de oportunidad y la política criminal binomio inescindible en cualquier proyecto de reforma a la ley procesal penal. Un recorrido de aplicación del principio de oportunidad por más de una década permite ver unos puntos de referencia como se advierte en la dinámica procesal penal el señalado mecanismo de política criminal. De ahí que sin determinarse un momento cierto en el pasado del inicio político del enfoque criminal su eje integrativo de la ordenación estatal, advertir su ausencia hoy deja vacíos en la concepción del Estado Social de Derecho donde se define situaciones de intersubjetividad entre lo penal, procesal penal y política criminal. Como se expresa en el curso del escrito conforme a notables autores, inmerso al discurso de un Estado de derecho, además, social y con viabilidad de lo democrático, reclama, renovar los controles al ejercicio de la administración de justicia en la definición de la conducta delictiva, los responsables y tomar en consideración la pena a imponer, lo que hace necesario reformas a la ley sustancial y procesal del sistema punitivo, entre ellos, la política criminal que debe imperar en el control social jurídico penal que sistematiza los hechos que son constitutivos de delito, y la sanción penal, bajo, la observación del principio de legalidad y el principio de oportunidad. Enmarcados en propósitos de hacer más acordes y coherentes las tareas requeridas por la Fiscalía General de la Nación, el juez de garantías, no menos al juez de conocimiento, en procura del respeto de las garantías y derechos constitucionales y de tal forma, conseguir un verdadero equilibrio entre un derecho penal sustancialista y un derecho penal garantista
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Polanco Polanco, Adrian. "Consideraciones epistémicas respecto de la decisión en materia procesal penal." Academia & Derecho, no. 10 (June 1, 2015): 217. http://dx.doi.org/10.18041/2215-8944/academia.10.354.

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Abstract:
La decisión contenida en la sentencia penal es uno de los tópicos más importantes del proceso, ya que, es en este acertamiento donde se establecen los efectos de la sentencia, es decir su ejecutoriedad, eficacia y definitividad; no obstante ello el estudio de las cuestiones epistémicas de la sentencia parece un tema que no es estudiado, por ese motivo en la práctica y en la legislación procesal parecen confundirse la ejecutoriedad de la sentencia con la cosa juzgada, así como los efectos procesales y extraprocesales de la ratio iuris. Por este motivo es necesario realizar un nuevo enfoque abandonando los postulados metafísicos del Derecho e indagando con la sustentación Teórico discursiva del Derecho
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Velásquez Oyola, María Rosario. "Las medidas cautelares reales civiles en el Código Procesal Penal del Perú." Revista Oficial del Poder Judicial. Órgano de Investigación de la Corte Suprema de Justicia de la República del Perú 10, no. 12 (May 28, 2020): 87–104. http://dx.doi.org/10.35292/ropj.v10i12.25.

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Abstract:
En el presente trabajo se reflexiona sobre las medidas cautelares reales civiles en el Código Procesal Penal del Perú, que se encuentran contempladas de manera dispersa dentro de nuestra codificación y carecen de una ordenación sistemática; sobre todo si se considera que las reglas para decretarlas se encuentran en el Acuerdo Plenario n.o 7-2011/CJ-116, adoptado por la Sala Plena de la Corte Suprema. En tal virtud, la investigación brinda una visión general de la regulación de las medidas cautelares reales en el Código Procesal Civil y en el Código Procesal Penal del Perú, a fin de concordar su articulación en ambos cuerpos normativos, así como en su aplicación.
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Vásquez Arana, César. "El sistema acusatorio y las inconstitucionalidades del Nuevo Código Procesal Penal." LEX 12, no. 14 (November 24, 2014): 179. http://dx.doi.org/10.21503/lex.v12i14.622.

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Abstract:
Los sistemas procesales adquieren sus características de acuerdo a la ideología política que impera en una determinada época y la concepción del Estado y del sujeto en la administración de justicia, en cuanto a privilegiar el interés colectivo o el individual, el principio de autoridad o la libertad individual. En base a estos aspectos es que hoy en día en materia procesal penal se distingue, básicamente, que nuestro proceso penal se sujeta al modelo acusatorio, en donde el individuo ocupa el rol central, por lo que el legislador debe establecer los mecanismos para que se respete su libertad, derecho de defensa y su derecho a probar. Así, en este orden de ideas, en el presente se han identificado algunas inconstitucionalidades que no se condicen con el espíritu y sentir del nuevo modelo, dispositivos que a nuestro modo de ver están reñidas con normas internacionales a las cuales el Perú, como parte integrante, está obligado a respetar; inconstitucionalidades entre las que tenemos la condena del absuelto, la terminación anticipada, el cobro de costas y la prueba de oficio. Estas disposiciones contravienen el sentir y espíritu del Nuevo Código Procesal, cuerpo legal que se encuentra al servicio de los individuos para resolver los problemas o conflictos que entre ellos se susciten. La característica básica del sistema acusatorio es la división de funciones de acusar, defensa y fallo en órganos diferentes e independientes entre sí, y su finalidad última es la resolución de conflictos. Este Código Procesal ha revolucionado nuestro sistema procesal actual, con cambios sustanciales en el antiguo modelo, por lo que nos parece oportuno identificar las falencias constitucionales, incidentes a los tratados internacionales, a fin de garantizar la imparcialidad del Juez, así como el respeto irrestricto a las garantías de que goza todo ciudadano sometido a un proceso penal. Por eso, en el presente artículo damos a conocer nuestra opinión y las conclusiones a que llegamos.
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Delgado Menéndez, María Antonieta. "La reforma procesal penal en el Perú: rompiendo moldes, conquistando metas y enfrentando pendientes." Derecho PUCP, no. 65 (June 1, 2010): 69–91. http://dx.doi.org/10.18800/derechopucp.201002.003.

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Cutipa Ccaso, Lucio. "Vulneración de la garantía constitucional a la doble instancia por la condena del absuelto, durante la vigencia del código procesal penal en el distrito judicial de Tacna (2012-2013)." REVISTA VERITAS ET SCIENTIA - UPT 4, no. 1 (June 30, 2015): 18–29. http://dx.doi.org/10.47796/ves.v4i1.226.

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Abstract:
Objetivo: La presente investigación tiene como objetivo: precisar en qué grado se vulnera la Garantía Constitucional de pluralidad de instancia por la condena impuesta por un órgano superior del absuelto en primera instancia en el sistema jurídico nacional; y, precisar la consecuencia del atentado contra los derechos humanos y fundamentales del procesado contemplados en la norma constitucional y supranacional durante el periodo de vigencia del Código Procesal Penal en el Distrito Judicial de Tacna (2012-2013). Método: La presente investigación es de tipo documental y de campo, permite analizar y describir la vulneración de la garantía constitucional a la doble instancia por la condena del absuelto, durante la vigencia del código procesal penal en el distrito judicial de Tacna, y además precisar la carencia de un mecanismo de defensa del condenado en segunda instancia. La presente investigación se enmarca dentro de la Tesis Jurídico-Propositiva, aplicada y socio jurídico, y tiene por objeto cuestionar una ley o institución jurídica vigente, para luego de evaluar sus fallas, proponer cambios o reformas legislativas en concreto. Para la obtención de información se utilizó las técnicas de recolección de información, mediante el Registro de fichas bibliografías formales y electrónicas, el uso de herramientas internet, y la aplicación de software de procesamiento de textos, habiendo utilizado como instrumento la Ficha Bibliográfica, Ficha de webgrafia e Internet. Se utilizó además la Técnica de análisis de registro documental, a través del análisis teórico doctrinal de los diferentes textos y libros jurídicos, y artículos nacionales y extranjeros, así como de la jurisprudencia para lo cual se utilizó la Ficha Documental. Resultado: Los resultados de la investigación permitieron identificar que es muy alto el atentado al principio constitucional de doble instancia – doble revisión de condena– y la vulneración a principios constitucionales (derecho de defensas, debido proceso, etc.) y principios procesales penales (inmediación, concentración, derecho de defensa, etc). Así como la falta de mecanismos de defensa del condenado. Conclusiones: Es alto el nivel de vulneración de la garantía constitucional a la doble instancia, por la condena penal impuesta, por un órgano colegiado superior al absuelto en primera instancia, en aplicación de los artículos 419.2 y 425.3.b del Código Procesal Penal, durante los años 2012 y 2013, en el Distrito Judicial de Tacna.
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Guzman Arpasi, Rodrigo. "Entre el proceso inmediato y el derecho a la defensa eficaz: Garantías constitucionales y anotaciones previas sobre el plazo razonable." REVISTA DE DERECHO 6, no. 2 (August 5, 2021): 68–79. http://dx.doi.org/10.47712/rd.2021.v6i2.119.

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Abstract:
Este artículo desarrolla el proceso inmediato como referencia de simplificación y celeridad procesal, el mismo que ha sido elaborado bajo el aporte de numerosos autores en materia procesal penal. Siguiendo una óptica pragmática y doctrinaria; se ha tomado como matriz principal, el desarrollo teórico realizado por Alonso Peña Cabrera Freyre frente a las aclaraciones y reflexiones brindadas por César Nakazaki Servigón. Desde los antecedentes del proceso inmediato, su evolución en el ordenamiento peruano, su aplicación y resolución procesal, hasta su naturaleza jurídica, el derecho a la defensa eficaz y el plazo razonable. Finalmente, se ha desarrollado un conjunto de conclusiones que configuran el objetivo de este trabajo, el mismo que obedece a la revaloración de los presupuestos materiales y los supuestos legales de aplicación por parte del Ministerio Público en las nuevas reglas y garantías que recoge el Nuevo Código Procesal Penal del año 2004.
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Vera-Sánchez, Juan-Sebastián. "SOBRE LA RELACIÓN DEL DERECHO PENAL CON EL DERECHO PROCESAL PENAL." Revista chilena de derecho 44, no. 3 (December 2017): 831–55. http://dx.doi.org/10.4067/s0718-34372017000300831.

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Ardito Vega, Wilfredo. "El artículo 18, inciso 3, del Código Procesal Penal: riesgos y posibilidades." Derecho PUCP, no. 65 (August 1, 2010): 115–34. http://dx.doi.org/10.18800/derechopucp.201002.005.

Full text
Abstract:
Más de quince años después, al producirse la paulatina aplicación del Código Procesal Penal a los distritos judiciales donde las rondas campesinas y las comunidades nativas y campesinas desarrollan sus prácticas de administración de justicia, se registran los primeros conflictos, debido a que, más bien, numerosos magistrados y fiscales se están rehusando a intervenir frente a delitos ocurridos en las comunidades, pese a las denuncias presentadas por la propia población. Análisis en detalle del artículo 149 de la Constitución para saber cuáles pueden ser las consecuencias concretas del nuevo Código Procesal Penal
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Abanto Quevedo, Mario Lohonel. "Formas de culminación del proceso penal por falta. Una propuesta de integración normativa." Revista Oficial del Poder Judicial. Órgano de Investigación de la Corte Suprema de Justicia de la República del Perú 7, no. 8/9 (December 1, 2012): 291–309. http://dx.doi.org/10.35292/ropj.v7i8/9.285.

Full text
Abstract:
Ante la insuficiente regulación del proceso penal por falta en el Código Procesal Penal de 2004, se propone integrar los vacíos normativos a través de la actividad interpretativa del juez. Esta opción se aplica para los casos de culminación de tal clase de proceso penal y se expone cada una en este ensayo
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MEDINA BATISTA, DIANA. "Fundamentos teóricos y requisitos en la ordenación y ejecución de las inspecciones e intervenciones corporales, desde el escenario del Derecho Penal." Verba luris, no. 43 (June 12, 2020): 139–57. http://dx.doi.org/10.18041/0121-3474/verbaiuris.43.6506.

Full text
Abstract:
La práctica de inspecciones e intervenciones corporales en la investigación penal exige además del estricto respeto a los Derechos Humanos las necesarias condiciones de licitud en su práctica para que la actuación jurisdiccional no se vea afectada por ilicitudes probatorias y nulidades procesales. Son estos los aspectos esenciales que bajo la conducción del contenido del principio de proporcionalidad establecen las condiciones de licitud para la posterior valoración procesal de los resultados de tales prácticas.
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Guevara Elizalde, Robert. "El principio de la prohibitio reformatio in pejus en el derecho procesal penal del Ecuador. Una mirada histórica y una mirada actual." LEX 15, no. 20 (December 2, 2017): 237. http://dx.doi.org/10.21503/lex.v15i20.1442.

Full text
Abstract:
A esta institución procesal penal, materia de este ensayo, se la estudia como una garantía para el procesado dentro de un juicio en el que ha sido condenado. En esta garantía, el juez superior no puede agravar la pena impuesta y recurrida por el condenado. Este estudio examina su aparición histórica, su ejercicio pleno y los casos por los que se concreta su abolición en el Ecuador. Esta evolución se describe en este breve estudio.
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Guevara Elizalde, Robert. "El principio de la prohibitio reformatio in pejus en el derecho procesal penal del Ecuador. Una mirada histórica y una mirada actual." LEX 16, no. 20 (December 2, 2017): 237. http://dx.doi.org/10.21503/lex.v16i20.1442.

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Abstract:
A esta institución procesal penal, materia de este ensayo, se la estudia como una garantía para el procesado dentro de un juicio en el que ha sido condenado. En esta garantía, el juez superior no puede agravar la pena impuesta y recurrida por el condenado. Este estudio examina su aparición histórica, su ejercicio pleno y los casos por los que se concreta su abolición en el Ecuador. Esta evolución se describe en este breve estudio.
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Mantilla Jácome, Rodolfo, Carolina Bayona Rangel, and Carlos Mario Frías Rubio. "Análisis dogmático del tipo penal de fraude procesal desde el punto de vista de su contenido y su desarrollo jurisprudencial en la corte suprema de justicia." Temas Socio-Jurídicos 35, no. 70 (January 1, 2016): 151–86. http://dx.doi.org/10.29375/01208578.2506.

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Abstract:
Corresponde al artículo de investigación que se pregunta por lascaracterísticas dogmáticas del tipo penal de fraude procesal y sudesarrollo ante la Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia, visto desdela perspectiva del Derecho Penal como garantía de todos los ciudadanos.Se hallan las características teóricas de este tipo penal así como undesarrollo de reglas jurisprudenciales a las que se cuestiona por lasgarantías emanadas del principio de tipicidad.
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Palomares Herrera, Manuel. "Protección jurídica en torno a los Derechos de Propiedad Intelectual desde el Código Procesal Español. Esquema, compendio y comentario." Monograma Revista Iberoamericana de Cultura y Pensamiento, no. 9 (September 1, 2021): 281–305. http://dx.doi.org/10.36008/monograma.2021.09.2815.

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Abstract:
En el presente trabajo se ofrece una esquematización práctica del sistema procesal actual que se sigue en el Derecho Procesal español en lo que se refiere a la defensa de los Derechos de Propiedad Intelectual (derechos de autor) e Industrial. Por y para ello, se acude en primera instancia a la vía procesal civil que es el procedimiento ordinario, a continuación al procedimiento rápido habilitado en el Derecho Procesal Penal y finalmente al breve y reciente protección de la legislación contencioso-administrativo en lo que significa la protección de estos derechos en la llamada sociedad de la información.
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Salcedo Alarcón, Meliza. "La figura del restablecimiento del derecho en el sistema penal acusatorio." Revista Jurídica Mario Alario D´Filippo 12, no. 23 (January 15, 2020): 56–80. http://dx.doi.org/10.32997/2256-2796-vol.12-num.23-2020-2655.

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Abstract:
El Restablecimiento del derecho es una figura jurídica contemplada en la ley procesal penal, consistente en proteger, en cualquier momento, los derechos de las víctimas en el proceso criminal. Esta institución viene a tomar importancia, específicamente, cuando se tiene certeza de la existencia de un hecho antijurídico que dio como resultado un daño antijurídico, con independencia de la búsqueda del sujeto activo de la conducta generadora del daño.Como consecuencia de esa relevancia procesal, se ofrece, en este artículo de reflexión, la oportunidad, no solo, de entender la naturaleza y los fines de esta institución jurídica, sino de aclarar aspectos tales como, la procedencia, competencia y el tipo de decisión que debe producirse en relación con el momento procesal en que se encuentren los actores y algunos detalles que todo litigante, fiscal e incluso juez, debe tener en cuenta a la hora de enfrentarse a un restablecimiento del derecho.
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Díaz-López, Ladislao. "Ausencia del instituto de la extromisión en el sistema procesal penal peruano y el procesamiento injusto el Distrito Judicial de Huánuco." Gaceta Científica 3, no. 2 (June 21, 2019): 129–32. http://dx.doi.org/10.46794/gacien.3.2.411.

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Abstract:
El objetivo del estudio fue determinar la relación entre la ausencia del instituto de la extromisión en el sistema procesal penal peruano y el procesamiento injusto del Distrito Judicial de Huánuco, 2012- 2014. El tipo de investigación del presente estudio fue observacional. En el estudio se aplicó el diseño correlacional y analítico. La población del presente estudio estuvo conformado por el total de resoluciones en los que se ha aplicado la extromisión en los procesos penales de los últimos tres años de entrada en vigencia del Nuevo Código Procesal Penal en el Distrito Judicial de Huánuco período 2012 - 2014. Asimismo, se tomó en cuenta 24 fiscales. La muestra correspondió al muestreo no probabilístico por conveniencia constituido por los tres únicos casos con resoluciones emitidas por la Sala Superior del Distrito Judicial de Huánuco, donde se invocó aplicación la extromisión. Asimismo, para la muestra de investigación, se tomó en cuenta 24 fiscales. Los resultados llegados en el presente estudio fueron: En general, 79,2% (19 casos) presentaron procesamiento injusto y 12,5% (3 casos) presentaron extromisión en el sistema procesal penal peruano. Por otro lado, se encontró que el procesamiento injusto se relaciona significativamente con la ausencia del instituto de la extromisión (X2=4,37; P≤0,037), la percepción del Estado promueve el proceso de implementación del instituto de la extromisión (X2=14,08; P≤0,003) y factores que obstaculizan la implementación del instituto de la extromisión (X2=15,19; P≤ 0,002). Las conclusiones llegadas en el presente estudio fueron: La ausencia del instituto de la extromisión en el sistema procesal penal peruano se relaciona directamente con el procesamiento injusto del Distrito Judicial de Huánuco.
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Mejía Mejía, José. "Constitucionalización del Derecho Penal en Colombia Debido Proceso y Cláusula de Exclusión." Justicia, Sociedad y Derecho 1, no. 2 (July 30, 2021): 122–36. http://dx.doi.org/10.24267/25009389.689.

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Abstract:
Motiva este artículo, la reflexión crítica constructiva al proceso de constitucionalización del derecho penal, manifestado a partir garantías superiores que materializan principios positivados en la Constitución Política de Colombia y su desarrollo legislativo a partir del ordenamiento penal y procesal penal; fenómeno jurídico filosófico que defiende la indemnidad de los derechos fundamentales, entre los cuales la cláusula de exclusión es una manifestación del debido proceso.
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Arcos Vélez, Víctor Manuel. "La implementación del proceso penal acusatorio en Guerrero, México / The implementation of the accustive criminal process in Guerrero, México." RICSH Revista Iberoamericana de las Ciencias Sociales y Humanísticas 7, no. 13 (April 13, 2018): 108–24. http://dx.doi.org/10.23913/ricsh.v7i13.142.

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Abstract:
Las presiones internacionales del Plan Mérida (1990), el Consenso de Washington (1994) y las sentencias de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (2009) criticaron la ineficacia, colusión de autoridades y la responsabilidad del Estado mexicano por ser omisa ante actos de particulares o de autoridades que afectaron los derechos humanos y la dignidad de las personas, principalmente en asuntos de aplicación de la justicia penal, y que obligaron al Estado mexicano a cambiar su sistema procesal penal.Se considera que el cambio hacia una justicia penal más garantista se postergó por mucho tiempo debido a la característica autoritaria de nuestro régimen político. Los abusos policiales, la corrupción e ineficacia de nuestras instituciones de procuración y administración de justicia penal no son nada nuevo y estas prácticas indeseables deben terminar; pero la violencia y la inseguridad no será superada solo cambiando los sistemas procesales de justicia.
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Donnes, Antonella. "De los trasplantes a las traducciones legales: Introducción a la tesis de la no-Americanización en Langer." Discusiones 21, no. 1 (October 30, 2019): 9–24. http://dx.doi.org/10.52292/j.dsc.2018.2234.

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Abstract:
En lo que constituye el núcleo central de esta Discusión, Máximo Langer nos sumerge en el mundo del derecho comparado y nos invita a reflexionar sobre las influencias y relaciones entre distintos sistemas en el ámbito del derecho procesal penal. Las recientes reformas de corte acusatorio implementadas en los sistemas procesales continentales europeos y latinoamericanos sugieren una “americanización” del proceso penal en tales países. No obstante, Langer se propone ir más allá de las apariencias y refutar esta idea mediante un análisis del modo en que ha sido introducido el instituto estadounidense del plea bargaining en cuatro jurisdicciones representativas de la tradición continental europea y latinoamericana. Bachmaier, Correa Robles y Engländer evalúan la posición presentada y enriquecen el debate desde las perspectivas de sus países de origen.
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López Betancourt, Eduardo. "LA CONSTITUCIÓN Y EL DERECHO PENAL." Revista de la Facultad de Derecho de México 67, no. 267 (March 17, 2017): 215. http://dx.doi.org/10.22201/fder.24488933e.2017.267.58897.

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Abstract:
<p>El artículo repasa el contenido del capítulo procesal penal de la Constitución Política de 1917, acudiendo al texto original y comentando algunas de las principales reformas relacionadas. Se revisan también otras disposiciones dispersas en el texto de la Ley Fundamental que tienen incidencia en la materia penal. Se sostiene una posición crítica respecto a las numerosas reformas sobre el tema.</p>
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´Burgos Mariño, Víctor. "El nuevo código procesal penal: Realidad ó ficción." Revista Oficial del Poder Judicial. Órgano de Investigación de la Corte Suprema de Justicia de la República del Perú 2, no. 2 (October 23, 2020): 65–77. http://dx.doi.org/10.35292/ropj.v2i2.136.

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Abstract:
Todo cambio importa retos y éstos sólo se superarán si en el contexto de dicho cambio los sujetos actores que intervienen en él cumplen acabalidad el papel que les corresponde desempeñar, de no ser así, no se conseguirán los objetivos trazados y la responsabilidad de ello no le será atribuida a tal o cual actor, sino a todos. El actual proceso de Reforma Procesal Penal, implementado a raíz de la entrada en vigencia en el Distrito Judicial de La Libertad del Nuevo Código Procesal Penal (NCPP), no es la excepción a lo anteriormente manifestado; dicha implementación no resulta sencilla pues más allá del cambio de un cuerpo normativo importa el cambio de una profundacultura inquisitiva arraigada en la mente de todos los actores de la justicia penal, así como el aporte y contribución de quienesindirectamente intervienen en ella. Siendo esto así, el éxito de la reforma puesta en marcha trasciende el mero aspecto normativo y exige de todos sus actores una participación activa y decidida a fin de alcanzar los objetivos propuestos, por ende, aquel no está sólo en manos deuno u otro actor, sino de todos.
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Burgos Mariños, Víctor. "Apuntes para la interpretación constitucional del Código Procesal Penal." Revista Oficial del Poder Judicial. Órgano de Investigación de la Corte Suprema de Justicia de la República del Perú 6, no. 6/7 (June 30, 2011): 97–128. http://dx.doi.org/10.35292/ropj.v6i6/7.198.

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Abstract:
En el texto del nuevo Código Procesal Penal peruano existen normas con rezagos inquisitivos que vienen siendo aplicadas de forma literal, impidiendo la consolidación del Modelo Acusatorio en el Perú. Tales rezagos inquisitivos afectan la consolidación de la oralidad y el sistema de audiencias, el sistema adversativo del juicio oral, así como el diseño de una investigación eficiente basada en la coordinación entre la Policía y la Fiscalía. El problema se agrava porque en el Perú no se hizo una reforma integral del sistema jurídico (Constitución y Leyes Orgánicas) que garantice el cambio real de la justicia penal, tal como se hizo en Chile y Colombia. Ante el defecto del legislador, surge la opción de realizar una interpretación constitucional de dichas normas —conforme lo estipula el artículo X del T. P. del NCPP— para garantizar el éxito de la reforma procesal penal en el Perú.
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Valdez Roca, Raúl. "Algunos comentarios sobre el nuevo código Procesal Penal." LEX - REVISTA DE LA FACULTAD DE DERECHO Y CIENCIAS POLÍTICAS 4, no. 3 (May 14, 2020): 77. http://dx.doi.org/10.21503/lex.v4i3.1937.

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Burgos Mariños, Víctor. "El nuevo Código Procesal Penal: realidad o ficción." LEX - REVISTA DE LA FACULTAD DE DERECHO Y CIENCIAS POLÍTICAS 7, no. 6 (May 18, 2020): 525. http://dx.doi.org/10.21503/lex.v7i6.2047.

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Pásara Pazos, Luis. "Las víctimas en el sistema procesal penal reformado." Derecho PUCP, no. 75 (November 1, 2015): 317–31. http://dx.doi.org/10.18800/derechopucp.201502.014.

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Abstract:
El presente artículo analiza la incidencia negativa de las reformas llevadas a cabo en los sistemas penales de América Latina, tanto en relación a quien sufre un delito, como respecto a quien es acusado de haberlo cometido. Sustentado en información empírica, el autor advierte cómo las novedades del proceso penal reformado (por ejemplo, el procedimiento abreviado o el rol activo a desempeñar por los fiscales), al inscribirse en una cultura jurídica autoritaria, devienen en la práctica en formas contrarias a su diseño ideal.
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Besio Hernández, Martín. "Aplicación del artículo 351 del Código Procesal Penal." Política criminal 10, no. 20 (2015): 543–96. http://dx.doi.org/10.4067/s0718-33992015000200005.

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Rodriguez Hurtado, Mario Pablo. "Los sujetos procesales en el Código Procesal Peruano de 2004 (acusatorio, garantizador, de tendencia adversativa, eficiente y eficaz)." Derecho PUCP, no. 65 (December 1, 2010): 135–57. http://dx.doi.org/10.18800/derechopucp.201002.006.

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Abstract:
El autor analiza el nuevo ordenamiento procesal penal, edificado, como” modelo acusatorio, garantizador y de tendencia adversativa”, analiza además las variables por las que resulta que sin persecución, defensa y fallo, entendidas como funciones diferenciadas y a cargo de un correspondiente sujeto procesal, sea imposible predicar la existencia de un proceso justo, debido y legal, propio de un régimen democrático y republicano al servicio de los ciudadanos.
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Faggiani, Valentina. "El modelo europeo de cooperación judicial en materia penal tras el Tratado de Lisboa." Derecho Global. Estudios sobre Derecho y Justicia 4, no. 11 (March 8, 2019): 17–44. http://dx.doi.org/10.32870/dgedj.v0i11.217.

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Abstract:
El presente estudio tiene por objeto el modelo europeo de cooperación judicial en materia penal y sus principales avances. Los objetivos de este sistema de justicia penal son dos: asegurar un estatuto procesal equivalente en los Estados Miembros y elaborar una política criminal común para luchar contra la criminalidad organizada de carácter transfronterizo.
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Carbajal, Fernando. "La demanda de confesión y el proceso penal." Cum Laude, no. 4 (August 6, 2017): 71. http://dx.doi.org/10.30972/cum.041933.

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Abstract:
<p>Es un hecho histórico que en nuestros sistemas procesales penales tradicionales existe una demanda de veridicción, de confesión. El sistema pretende y espera que el acusado confiese su crimen. Esta demanda es de origen religioso, se institucionalizo con la inquisición y supero las reformas del siglo XIX aunque resignificada en su finalidad y método, pero persistente como aspiración del sistema de juzgamiento penal. La aprobación del nuevo código procesal penal de la Nación Ley 27.063 ha modificado de manera sustancial el régimen de declaración del imputado en el proceso penal, al haber eliminado el acto de citación a prestar la declaración, la cual se halla prevista como un acto voluntario del acusado. ¿Ha abandonado el proceso penal la demanda de confesión? Afirmamos que sí, y las razones de este cambio, su trascendencia, y su impacto sobre la lucha cultural entre la inquisición y lo acusatorio, son el objetivo de este trabajo. Cultura inquisitiva versus contracultura acusatoria y adversarial; encuentran en el declaración del imputado en el proceso uno punto de discusión con enormes implicancias sistémicas.</p>
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Parra, William. "El sistema penal acusatorio como comunicación universal y como parte del proceso de construcción de una cultura jurídica en Colombia, basada en el respeto de los derechos humanos." Criterios 2, no. 2 (November 15, 2009): 105–42. http://dx.doi.org/10.21500/20115733.1907.

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Abstract:
La implementación del Sistema Penal Acusatorio (SPA) por un lado, deviene de los principios de la ideología procesal o, de la preocupación porque este sistema sea justo, sea un debido proceso, consecuente con la consolidación universal del respeto de los derechos humanos y los derechos fundamentales y, con las responsabilidades por la institucionalización y materialización de estos derechos que tiene el Estado. Por otro lado, está la necesidad pragmática de dotar al sistema de la justicia penal de la eficiencia necesaria para que pueda responder oportunamente con decisiones judiciales, ante el incremento vertiginoso del volumen de casos y de conflictos sociales con consecuencias penales. En suma, tanto los factores pragmáticos como ideológicos, son complementarios en la construcción de un sistema más consecuente con los derechos y garantías de los ciudadanos y personas usuarias del sistema procesal penal en Colombia. Este artículo constituye una revisión sobre el Sistema Penal Acusatorio (SPA) y su incidencia en la construcción y consolidación de la cultura jurídica en Colombia, la cual, está asociada a la materialización del respeto universal de los Derechos Humanos.
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