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Journal articles on the topic 'Régimen penitenciario'

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1

Monteverde Sánchez, Alessandro, Hugo Jose Castro Valdebenito, and Juan Saavedra Ávila. "Modelos, tendencias y cotidianidades en los inicios de la Cárcel Penitenciaria de Santiago de Chile.1843-1860." Diálogos Revista Electrónica 19, no. 1 (December 5, 2017): 69. http://dx.doi.org/10.15517/dre.v19i1.30096.

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Abstract:
En Chile durante el siglo XIX, se inició una reforma del sistema carcelario que buscó eliminar los Presidios Ambulantes y una serie vicios en las Cárceles Públicas y Casas Correccionales. Implementando así, un sistema penitenciario que intentó reproducir los tratamientos penitenciarios desarrollados principalmente en Estados Unidos y Europa. La élite criolla respaldo la reforma levantando un discurso político a través de recomendaciones y exposiciones, que se materializaron en la creación por ley de la Cárcel Penitenciaria de Santiago en 1843. En el presente artículo se realiza un análisis de carácter histórico, respecto al primer periodo de discusiones y debates a nivel político a propósito de la reforma del sistema de prisiones en Chile y del tipo de tratamiento penitenciario adoptado luego de la construcción de la Cárcel Penitenciaria de Santiago. Dicho objeto, se logra a través de la utilización de una metodología heurística, revisión de fuentes de archivo documental y una relevante discusión bibliográfica, a propósito de la justificación política del castigo penitenciario, en tanto política nacional y reforma del individuo criminal, contrastándolo estos elementos con los registros del régimen interno de la Cárcel Penitenciaria de Santiago durante los años 1858 y 1860, bajo la administración del Superintendente Waldo Silva.
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Mondragón Duarte, Sergio Luis, Aldemar Guzmán Quintero, and Andrés Gustavo Pérez Medina. "Regulación del tratamiento penitenciario y carcelario en el marco de los derechos humanos." Revista Virtual Universidad Católica del Norte, no. 59 (January 2020): 166–87. http://dx.doi.org/10.35575/rvucn.n59a10.

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Abstract:
El presente artículo expone la regulación actual del régimen penitenciario y carcelario en el marco de los derechos humanos, dado que es menester destacar la importancia que tienen las entidades e instituciones públicas y privadas, vinculadas o asociadas a esta función, en el reconocimiento de garantías, salvaguarda de derechos, otorgamiento de beneficios intra o extramurales, así como en la rehabilitación, reinserción y restablecimiento de derechos del sujeto privado de la libertad. Por tal motivo, el objetivo de este opúsculo radica en mostrar la perspectiva actual del sistema penitenciario y carcelario en Colombia, a partir del método hermenéutico, mediante el cual se logra interpretar la aplicación de instrumentos internacionales que existen en materia de derechos humanos, como la Convención Americana de Derechos Humanos; establecer su relación con las políticas de protección y resocialización de las personas privadas de la libertad en establecimientos penitenciarios y carcelarios del país; y ofrecer, como resultado final, la implementación de estos postulados en el nuevo esquema del derecho penitenciario, centrado en la construcción de un proyecto de vida para el penado, por medio de recursos personales, el apoyo familiar y el acercamiento efectivo de las entidades e instituciones intervinientes, tendientes a lograr su resocialización plena.
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López-Castro, Leticia, and María José Buceta-Cancela. "La atención temprana en contextos penitenciarios en España." Revista de Estudios e Investigación en Psicología y Educación, no. 11 (December 11, 2015): 009. http://dx.doi.org/10.17979/reipe.2015.0.11.194.

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Abstract:
En España, los hijos de las reclusas pueden residir junto a ellas en centros penitenciarios hasta que alcanzan el tercer año de vida, tal como establece la Ley Orgánica 13/1995 sobre Modificación de la Ley Orgánica General Penitenciaria 1/1979. En esta línea, el Real Decreto 190/1996, por el que se aprueba el Reglamento Penitenciario, hace constar la posibilidad de que permanezcan en los centros penitenciarios tanto los menores de tres años que acompañen a sus madres en el momento del internamiento como que ingresen aquellos que las internas tuviesen bajo su patria potestad. Cuando se opta por la permanencia de los niños en los centros penitenciarios, se garantiza un vínculo afectivo entre el infante y la progenitora pero también se están asumiendo todas aquellas necesidades del menor desencadenadas de su convivencia en este contexto y que podrían comprometer su desarrollo. Así pues, los niños y niñas se encuentran inmersos en un entorno determinado por un restrictivo régimen y limitadas posibilidades de interacción. Estas características propias del contexto penitenciario suponen que la permanencia y/o el nacimiento en prisión se reconozcan como un factor ambiental de riesgo para el desarrollo infantil de acuerdo a la Organización Diagnóstica para la Atención Temprana (ODAT). Esta situación que confronta derechos y principios jurídicos de primera magnitud tales como los establecidos en la Convención sobre los Derechos del Niño de 1989, ha dado lugar a un intenso debate científico, siempre inconcluso, y a la paulatina adopción, por parte de la administración penitenciaria, de medidas más acordes con la infancia. De ahí que, nuestra pregunta de investigación se traduzca en si la atención temprana en contextos penitenciarios permitiría dar respuesta a las necesidades psicosocioeducativas de los hijos e hijas de las reclusas desencadenadas por la privación de libertad. En armonía, podemos identificar como principal objetivo determinar si la atención temprana en contextos penitenciarios permitiría dar respuesta a las necesidades psicosocioeducativas de las hijas e hijos que conviven en los centros penitenciarios dependientes de la Administración General del Estado. Para ello, hemos llevado a cabo un exhaustivo análisis documental y la explotación de datos secundarios lo que nos ha permitido estudiar tanto los límites del desarrollo infantil en los centros penitenciarios como las posibilidades que la atención temprana puede ofrecer en este contexto. Finalmente y dado que las investigaciones en esta perspectiva indican que el desarrollo socio-afectivo podrá verse especialmente comprometido, podemos concluir que un programa de atención temprana basado en la prevención e intervención asistencial de estos infantes así como en la intervención familiar, desde el inicio de su permanencia en dichos dispositivos penitenciarios, resultan imprescindibles para dar respuesta a las complejas necesidades psicosocioeducativas derivadas de la privación de libertad del infante. Así, se podrían potenciar las capacidades parentales para garantizar las posibilidades de estimulación infantil e intervenir con los niños y niñas de modo que favorezca su desarrollo integral. Asimismo, resulta ineludible desarrollar investigaciones que evidencien las necesidades concretas de estos niños y permitan ajustar en mayor medida la respuesta a esta compleja situación.
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4

García-España, Elisa. "El arraigo de presos extranjeros: más allá de un criterio limitador de la expulsión." Migraciones. Publicación del Instituto Universitario de Estudios sobre Migraciones, no. 44 (June 21, 2018): 119–44. http://dx.doi.org/10.14422/mig.i44.y2018.005.

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Abstract:
La política del control de fronteras no solo condiciona, a juicio de los especialistas, la respuesta penal cuando el infractor es un extranjero, sino que también contamina la respuesta al extranjero en el ámbito penitenciario. Con ocasión de la reforma del Código penal (CP) de 2015 en donde se introduce el arraigo de la persona extranjera como elemento limitador de la expulsión en el artículo 89 CP, se reflexiona sobre la posibilidad de trabajar el arraigo de las personas extranjeras presas con una finalidad no solo limitadora de la expulsión penal y administrativa, sino también como factor de protección frente a la delincuencia. Se aportan ideas sobre el tratamiento y régimen penitenciarios orientados a la reinserción de los extranjeros condenados inexpulsables.
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5

MacGregor Campuzano, Javier. "Historiografía sobre la criminalidad y el sistema penitenciario." Secuencia, no. 22 (January 1, 1992): 221. http://dx.doi.org/10.18234/secuencia.v0i22.376.

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Abstract:
<p>Revisión de la historiografía social reciente sobre criminalidad, se sistematizan problemas acerca del crimen y régimen penitenciario a partir de la valoración de documentos judiciales y del método comparativo. Se pone énfasis en el crimen-castigo desde la óptica globalizadora de la historia social, ejemplificada con el caso de Carlos Roumagnae, su proceso y posterior labor como criminólogo, inscritas dentro de la estructura político social del porfiriato.</p>
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6

Gual, Ramiro. "La prisión y la fábrica. Notas sobre el trabajo carcelario en el sistema penitenciario federal argentino." Delito y Sociedad 1, no. 43 (April 12, 2018): 91–120. http://dx.doi.org/10.14409/dys.v1i43.7178.

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Abstract:
Este trabajo pretende describir las actividades laborales que las personas desarrollan durante su detención en cárceles federales, analizando sus efectos para la precaria persistencia de un orden interno negociado. El trabajo carcelario, lejos de una práctica social autónoma, puede ser considerado una arista estratégica del régimen penitenciario, que junto a otras prácticas relevantes permiten comprender la constitución de un orden interno en la prisión, sumamente precario y negociado coactivamente. Por eso, este artículo pretende también aportar a la explicación de las finalidades perseguidas mediante el trabajo carcelario, de acuerdo a las representaciones de presos y agentes penitenciarios en las cárceles federales de Argentina. A partir de las alteraciones cuantitativas y cualitativas observadas en los últimos años, se propone explorar también los efectos que el trabajo carcelario puede estar provocando en la gestión del orden intramuros.
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7

Guala, Natacha. "Artículos: La corrección de las mujeres: del reformatorio religioso a la prisión contemporánea. Un estudio de caso." Delito y Sociedad 2, no. 42 (August 29, 2017): 49–74. http://dx.doi.org/10.14409/dys.v2i42.6760.

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Abstract:
En el presente trabajo me propongo analizar algunos aspectos del régimen penitenciario contemporáneo a partir de los cuales es posible reconstruir ciertas continuidades entre los discursos y las prácticas del reformatorio religioso y el tratamiento penitenciario actual.Esta “hibridación” institucional produce un tipo particular de control penal ambivalente, contradictorio y fuertemente ligado a la dimensión de sexo-género-sexualidad de las destinatarias de este castigo. A partir de un estudio de caso con base en el trabajo realizado en la cárcel de mujeres de la ciudad de Santa Fe (Argentina), esta indagación me permitirá contribuir a la reflexión sobre las complejas articulaciones de sentido que sustentan la corrección y el castigo femenino contemporáneo, echando luz sobre las imágenes que circulan –tanto dentro de la prisión como fuera de ella– respecto de la criminalidad femenina y los estereotipos de género existentes en la sociedad argentina contemporánea.
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8

Martí Barrachina, Marta, and Elena Larrauri. "Una defensa de la clasificación inicial de las penas cortas en régimen abierto." Revista Española de Investigación Criminológica 18, no. 1 (September 24, 2020): 1–34. http://dx.doi.org/10.46381/reic.v18i0.387.

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Abstract:
El objetivo de este artículo es proporcionar argumentos para incrementar la aplicación del régimen penitenciario abierto. El artículo parte de que no solo la pena de prisión debe ser ultima ratio, sino que además la clasificación en régimen ordinario debe limitarse a las penas más graves. Se constata que una cantidad importante de penas cortas inferiores a 5 años tienen dificultades tanto para ser clasificadas inicialmente en tercer grado como para progresar de grado, por lo que paradójicamente las condenas más leves acaban cumpliéndose en su totalidad en prisiones cerradas. Con base en estos datos empíricos, formulamos dos propuestas normativas. En primer lugar, se sugiere que las penas inferiores a 5 años se clasifiquen de forman inicial en tercer grado y, por lo tanto, accedan al régimen abierto desde el comienzo de la condena. En segundo lugar, y de forma alternativa, se propone que el proceso de clasificación inicial se realice en las prisiones abiertas, esto es, en los centros abiertos y centros de inserción social. Este artículo defiende así que el régimen “ordinario” debe ser la ultima ratio respecto de las condenas que se ejecutan en prisión.
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Cardoza, Adela. "Tratamiento jurídico criminológico a las mujeres privadas de libertad en el régimen penitenciario nicaragüense." Encuentro, no. 57 (April 30, 2001): 82–100. http://dx.doi.org/10.5377/encuentro.v0i57.4023.

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Abstract:
La mayoría de los estudiosos del derecho, pero en menor proporción los penalistas y procesalistas penales, se ocupan muy poco de la vida de "esos sujetos después del dictamen de una sentencia definitiva". La preocupación frecuente es apoyar las legítimas preocupaciones ciudadanas ante la creciente criminalidad, limitándose a asesorar técnicamente al legislador, para que valore la normativa existente en derechos humanos antes de revisar las leyes penales.
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Ibàñez i Roig, Aina. "Progresar hacia el régimen abierto: la visión de los profesionales." Revista Española de Investigación Criminológica 17 (April 22, 2019): 1–28. http://dx.doi.org/10.46381/reic.v17i0.155.

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Abstract:
Este trabajo explora la problemática de las personas que finalizan su condena de prisión sin una transición escalonada en la comunidad -régimen abierto o libertad condicional. Sus objetivos son conocer porqué hay personas que no finalizan su condena de manera escalonada, qué elementos del modelo pueden dificultarlo y cuáles son las vías más efectivas o las mejores prácticas para mejorar las posibilidades de reinserción de estas personas. Para ello se ha entrevistado a profesionales de distintos colectivos: técnicos de rehabilitación del sistema penitenciario, profesionales que diseñan e implementan las políticas de tratamiento y reinserción, entidades comunitarias que colaboran en este proceso y órganos de control establecidos. Los resultados muestran los ámbitos desde donde se puede influir en los factores de reinserción de quienes terminan la condena en régimen ordinario -sistema, profesión, internos y entorno- y ayudan a reflexionar sobre cómo se pueden modificar o flexibilizar por los profesionales que intervienen.
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Schoklender, Sergio M., and Héctor E. Pelay. "Dossier Carcel. Comisión Asesora de control y propuestas sobre régimen y condiciones del sistema penitenciario federal." Delito y Sociedad 1, no. 2 (November 8, 2003): 65–73. http://dx.doi.org/10.14409/dys.v1i2.99.

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Barquín Sanz, Jesús, Miguel Ángel Cano Paños, and María Ángeles Calvo Alba. "RESOCIALIZACIÓN Y ENCUESTAS DE CALIDAD DE VIDA PENITENCIARIA." Revista de Derecho Penal y Criminología, no. 20 (January 23, 2020): 251. http://dx.doi.org/10.5944/rdpc.20.2018.26451.

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Abstract:
En el presente artículo se presentan y analizan los resultados estadísticos obtenidos de 454 encuestas de autoinforme dirigidas a evaluar la calidad de vida en prisión que han sido completadas por algo más del diez por ciento de la población penitenciaria de cinco centros del sur de España, cuatro de ellas en Andalucía oriental, más el centro penitenciario de Melilla. Se trata de una investigación realizada a partir de una versión independiente de la encuesta original desarrollada por Alison Liebling Measuring the Quality of Prison Life (MQPL). El principal objetivo general es contribuir a profundizar en el conocimiento de la realidad de las prisiones españolas. En términos más específicos, verificar si se confirma, o no, el fundamento constitucional con el que se sigue concibiendo la pena de prisión en España: la reeducación y reinserción social del condenado (artículo 25.2 CE). Para ello se analizan las respuestas a una serie de preguntas que se enmarcan en tres variables o dimensiones: (1) la relación de los internos con el personal de prisión; (2) la relación de los reclusos entre sí; (3) la eficacia o no del tratamiento penitenciario de cara a su reincorporación a la sociedad. El análisis permite no sólo vislumbrar diferencias en cuanto al régimen de vida de los centros penitenciarios analizados sino, además, evaluar la validez de la hipótesis de partida, a saber, la vigencia actual de lo establecido en el mencionado precepto constitucional.This paper presents and analyzes statistical results obtained from 454 self-report surveys aimed at evaluating the quality of prison life of inmates. These have been completed by over ten percent of the prison population of five prisons in the south of the Spain, four of them in eastern Andalusia, plus the penitentiary center of Melilla. The research is based on an independent version of the the original survey developed by Alison Liebling, Measuring the Quality of Prison Life (MQPL).The main general objective of this paper is to contribute to deepening the knowledge of the reality of Spanish prisons. In more specific terms, to inquire into the validity of the hypothesis on which prison sentences are still formally based in Spain: re-education and social reintegration of the convicted person (article 25.2 of the Spanish Constitution). For this purpose, we have analyzed the current state of prison ‘morals’ from the answers of the surveyed prisoners to a questionnaire that includes, among others, some questions connectedwith the following three issues: (1) their relationship with prison staff; (2) their relationship with other inmates; (3) the effectiveness or ineffectiveness of prison treatment in terms of their reintegration into society.The research will allow not only to detect possible differences in the prison life of the five penitentiaries analyzed, but also to confirm or not the initial hypothesis raised, namely, the current validity of what is established in the aforementioned artículo 25.2 of the Spanish Constitution.
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Villa Guardiola, Vera Judith, Daniel Sánchez Romero, and José Antonio Soto Sotelo. "Garantía del derecho humano de la salud al interior del centro regional de reinserción social Chilpancingo." Revista Lex 4, no. 13 (July 1, 2021): 148–59. http://dx.doi.org/10.33996/revistalex.v4i13.79.

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Abstract:
La condición de aprisionamiento presupone un estado de vida que dista de comodidades, servicios, alejando la garantía del Estado en proteger los derechos humanos que les son consagrados a las personas sujetas a una sentencia en reclusión. El régimen penitenciario no ha logrado proteger la vida, dignidad e integridad de los sentenciados; por ejemplo, mediante un estudio socio jurídico se contrastaron las condiciones en que se presta el servicio de la salud, originando con ello una serie de violaciones a los derechos de dichas personas, concretamente, afecciones al derecho de la salud. Sucede así para el sector carcelario de Chilpancingo, Guerrero; ante tales inconsistencias, ¿Cómo puede protegerse el derecho humano de la salud? Las técnicas y métodos desarrollados harán constar la necesidad de velar por la protección de ese derecho y así evitar una adición a la pena impuesta al sentenciado.
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Burgos, Rubén, Bruno García Tardón, Víctor Manuel Martín Solbes, and Florencia Pozuelo. "El enfoque de género en la intervención socioeducativa con mujeres: un estudio en el medio penitenciario español." Psychology, Society & Education 13, no. 1 (March 29, 2021): 73. http://dx.doi.org/10.25115/psye.v1i1.3474.

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Abstract:
En el presente artículo se abordan los programas de intervención socioeducativa de género desarrollados con mujeres privadas de libertad en el medio penitenciario español (en régimen ordinario y abierto). Así, a través de un cuestionario dirigido a mujeres (N=310) se denota que el 49%, (152 casos) ha participado en algún programa socioeducativo de género durante su condena. En concreto, se resalta el programa “Ser Mujer.es” (53% participaron en prisión y un 4% en semilibertad) y diversos cursos y talleres educativos para promover “la igualdad de oportunidades entre hombres y mujeres” (48% participaron en prisión y un 6% en semilibertad). A partir del análisis de los datos, se ofrece una descripción de dichos programas, analizando sus objetivos, contenidos y utilidad a través de los testimonios obtenidos en las entrevistas a mujeres (N=75). Por otro lado, se analiza un cuestionario dirigido a las y los profesionales que implementan dichos programas (N=66), para conocer la utilidad, necesidad de la perspectiva de género en la intervención, y los aspectos metodológicos y evaluativos.En definitiva, se tiene como objetivo analizar la utilidad de los programas socioeducativos de género en el medio penitenciario, de acuerdo al proceso de reinserción de las mujeres en semilibertad. Así, se encuentra que el programa “Ser mujer.es” es valorado de utilidad por el 87% de los casos, resaltando aprendizajes sociales, comunicativos y terapéuticos e implementado por el 12,1% de las y los profesionales. Estos programas se configuran como una herramienta vital para el proceso de reinserción femenina.
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Arciniega, Hugo. "Los palacios de Themis." Anales del Instituto de Investigaciones Estéticas 22, no. 76 (August 6, 2012): 143. http://dx.doi.org/10.22201/iie.18703062e.2000.76.1895.

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Abstract:
Hugo Arciniega reseña el estado en que se encontraba el sistema penitenciario mexicano al mediar el siglo xix. Por medio de un seguimiento filológico del proceso que llevó a la construcción de la cárcel de la Acordada durante el régimen colonial, y del análisis arquitectónico y urbanístico de esta cárcel, el autor expone las condiciones en que vivían los presos mexicanos hacia 1840, cuando Ignacio Cumplido, el editor de El Mosaico Mexicano, ingresó como recluso. De las críticas que hiciera este periodista a las condiciones infrahumanas en que vivían los presos, y de la urgencia que tenía el Estado para controlar la delincuencia, salió el proyecto del arquitecto español Lorenzo de la Hidalga, cuya difusa concreción habría de poner en evidencia la incapacidad económica de las arcas nacionales para llevar a cabo una reforma del sistema punitivo, así como la falta de voluntad política para modernizarlo y ponerlo a la altura de los países más desarrollados.
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AEDO FUENTES, MARÍA TERESA. "EL SISTEMA DE PANÓPTICOS DE DANIEL BARROS GREZ. LITERATURA NACIONAL Y RÉGIMEN PENITENCIARIO EN CHILE EN EL UMBRAL DEL SIGLO XX." Atenea (Concepción), no. 514 (December 2016): 227–46. http://dx.doi.org/10.4067/s0718-04622016000200227.

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Castro Morales, Alvaro. "La especialidad en la ejecución de la sanción privativa de libertad juvenil: análisis desde el derecho internacional de los derechos humanos y la doctrina." Derecho PUCP, no. 86 (May 27, 2021): 251–89. http://dx.doi.org/10.18800/derechopucp.202101.008.

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Abstract:
El artículo que se presenta a continuación tiene por objeto identificar y analizar los criterios y estándares más relevantes del derecho internacional de los derechos humanos que fundan el derecho a un tratamiento especial en la ejecución de la sanción privativa de libertad juvenil respecto de los adultos. El artículo profundiza en los corolarios concretos que se desprenden de la necesidad de una ejecución especializada de jóvenes en la regulación de las etapas y garantías de la ejecución de la sanción de encierro juvenil establecidas en favor de los menores. Para ello, se analiza primeramente la forma en que la protección reforzada de los menores presos es reconocida por el corpus juris del derecho internacional de los derechos humanos (la legislación, doctrina y jurisprudencia internacional), concluyendo que tiene un reconocimiento expreso. Posteriormente, se explica que esa protección reforzada exige diferencias precisas respecto al tratamiento de adultos presos que pueden ser sistematizadas en cinco ejes, que son objeto de análisis pormenorizado: orientación de la ejecución de la sanción privativa de libertad juvenil, condiciones arcelarias, régimen penitenciario, buen orden y mecanismos de control.
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Cordeiro, Eliana Lessa, Tânia Maria Da Silva, Liniker Scolfild Rodrigues da Silva, Carlos Eduardo de Araújo Pereira, Fernanda De Barros Patricio, and Camila Mendes da Silva. "Perfil epidemiológico dos detentos: patologias notificáveis." Avances en Enfermería 36, no. 2 (May 1, 2018): 170–78. http://dx.doi.org/10.15446/av.enferm.v36n2.68705.

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Abstract:
Objetivo: analizar las principales patologías que acometen los detenidos de un Complejo Carcelario de Recife (departamento de Pernambuco, Brasil), reflejando a la luz de la literatura las concepciones de enfermería que permean tales agravios. Métodos: se trata de un estudio documental, de naturaleza exploratoria y descriptiva, con abordaje cualitativo. Se recogieron los datos en un complejo carcelario de Recife-Pernambuco y se analizaron por medio de los criterios preestablecidos de un cuestionario con 113 registros de guardias de la prisión en régimen cerrado. Después del diligenciamiento de los formularios, se formateó la base de datos y se analizaron los datos utilizando el Epi Info programa 2007. Resultados: fue posible detectar que, en relación con el perfil epidemiológico de los detenidos, se encuentra el 66.73 % con edad de 18 a 31 años, el 8.85 % conviven con el virus vih/Sida y el 13.27 % tiene trastorno mental. Conclusión: el escenario del sistema penitenciario es de condiciones sobrehumanas, que hiere con los derechos humanos básicos de ciudadanía. En esta situación, la vulnerabilidad aumenta y la emergencia para la actuación de políticas, estrategias y acciones que intervienen en esos lugares son evidentes. Se necesitan intervenciones educativas con los detenidos, mayor número de profesionales de salud, principalmente enfermeros, capacitados y sensibilizados para actuar en esa realidad, con el fin de garantizar acciones de promoción, prevención y recuperación de la salud.
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Vanegas León, Brenda Cielaika. "Criminología y género en el Sistema Económico del Ecuador." Revista de la Facultad de Ciencias Económicas, no. 10 (March 2, 2013): 85. http://dx.doi.org/10.30972/rfce.0101104.

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Abstract:
<p>Motivar la incorporación de la perspectiva de género dentro de la investigación criminológica que se hace en Ecuador es el objetivo de este trabajo que se realiza a partir de la definición de Antonio García-Pablos de Molina sobre Criminología y la concreción de Tania Patricia Ibáñez Gómez. Gracias a la concepción de género que aporta el Comité para la Eliminación de la Discriminación Contra la Mujer - CEDAW y el marco jurídico constitucional ecuatoriano se hace una aproximación de análisis de las estadísticas de la población por sexos y de las personas privadas de la libertad. Al transitar por argumentos científicos de algunas escuelas criminológicas para abordar el régimen penitenciario, la mujer víctima, género y política criminal, control social y el delito como objeto de la Criminología se demuestra la feminización de la pobreza basada en el salario que percibe y sus horas laborables como resultado de la condición socioeconómica lo que posibilita un perfil criminológico de las mujeres privadas de la libertad con contenido socio biológico. En el camino de esta investigación y desde un enfoque estadístico se encontró los indicadores de: la casi igualdad cuantitativa de la población por sexos. La desigualdad de horas de trabajo y salarios entre varones y mujeres y la escasa participación de las mujeres en la delincuencia, dando como resultado el poco interés de la Criminología con visión de género en el contexto económico y no veraz que la ceguera de la Criminología a la perspectiva de género deviene de los datos empíricos.</p>
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Barros, Lúcio Alves de, and Caio César Sousa Marçal. "Educação encarcerada: um estudo sobre mulheres reclusas e estudantes na capital de Minas Gerais." Revista Educação e Emancipação 11, no. 1 (April 27, 2018): 152. http://dx.doi.org/10.18764/2358-4319.v11n1p152-174.

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Abstract:
A política de segurança pública nos últimos anos no Brasil tem sido posta em questão devido ao caos do sistema penitenciário. A privação de liberdade como retribuição não cumpre e é incapaz de exercer sua função de ressocialização. O trabalho em apreço busca a compreensão nas relações sociais por meio das representações, valores, crenças e significados apresentados no cotidiano das mulheres em regime de privação de liberdade que frequentam a instituição escolar no Complexo Penitenciário Feminino São Pedro Nolasco, situado em Belo Horizonte (MG). Os resultados das entrevistas permitiram verificar que as detentas estudantes veem a escolarização como possibilidade de novas perspectivas na vida, apesar das tensões existentes com os superiores e a precária estrutura oferecida para a educação no presídio.Palavras-chave: Mulheres. Encarceramento. Educação, Direitos Humanos. Imprisoned education: a study on women prisoners and students in the capital of Minas GeraisABSTRACTThe public security policy in recent years in Brazil has been called into question due to the chaos of the penitentiary system. Deprivation of liberty as retribution does not fulfill and is incapable of exercising its resocialization function. The present work seeks to understand social relations through the representations, values, beliefs and meanings presented in the daily life of women in detention that attend the school institution in the São Pedro Nolasco Female Penitentiary Complex, located in Belo Horizonte (MG) ). The results of the interviews made it possible to verify that the student detainees see schooling as a possibility for new perspectives in life, despite tensions with superiors and the precarious structure offered for education in the prison.Keywords: Women. Imprisonment. Education. Human Rights. Educación encarcelada: un estudio sobre mujeres reclusas y estudiantes en la capital de Minas Gerais RESUMENLa política de seguridad pública en los últimos años en Brasil ha sido cuestionada, debido al caos del sistema penitenciario. La privación de libertad como retribución no cumple y es incapaz de ejercer su función de resocialización. El trabajo en aprecio busca la comprensión en las relaciones sociales a través de las representaciones, valores, creencias y significados presentados en el cotidiano de las mujeres en régimen de privación de libertad que frecuentan la institución escolar en el Complejo Penitenciario Femenino São Pedro Nolasco, situado en Belo Horizonte (MG). Los resultados de las entrevistas permitieron verificar que encarceladas ven que la escolarización como posibilidad de nuevas perspectivas de vida, a pesar de las tensiones existentes con los superiores y la precaria estructura ofrecida para la educación en el presidio.Palabras clave: Mujeres. Encarcelamiento. Educación. Derechos Humanos.
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Martinez Merino, Nagore, Nerian Martín Gonzaléz, Oidui Usabiaga, and Daniel Martos García. "Beneficios y barreras identificadas por las presas que practican actividad física: Una revisión cualitativa de la literatura (Benefits and barriers identified by incarcerated women who practice physical activity: A qualitative literature review)." Retos, no. 34 (November 2, 2017): 44–50. http://dx.doi.org/10.47197/retos.v0i34.57650.

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El objetivo de esta revisión fue identificar los beneficios y las barreras que perciben las mujeres encarceladas durante la práctica de actividades físico-deportivas. La búsqueda se realizó partiendo de tres áreas –actividades físico-deportivas, prisión y mujer– la cual finalizó con 33 estudios de los cuales se seleccionaron 27, que analizaban los beneficios y/o las barreras de las presas, mediante un análisis de contenido. Los datos muestran cómo la práctica física les resulta beneficiosa tanto para su salud mental y física, como para sobrellevar y resistir la condena. A la vez, ciertos estudios revisados apuntan que las actividades físico-deportivas pueden ser beneficiosas para la futura inclusión social. Por otra parte, los estudios evidencian obstáculos entre los cuales destaca el propio régimen penitenciario. Aunque sean realidades dispares se han encontrado similitudes entre ciertos beneficios y barreras de las mujeres en libertad y las reclusas, como la influencia del patriarcado. Los resultados constatan la necesidad de promover, mejorar y crear programas de actividad físico-deportivas pensados con y para las presas.Abstract. The aim of this review was to identify the benefits and barriers perceived by convicted women during the practice of sport and physical activity. The search was based on three areas –sport and physical activities, prison, and women- and through a content analysis selective process. 27 studies related with the benefits and/or barriers were chosen out of 33 studies that were firstly included in the list. Our results show how the practice of physical activity is beneficial for convicted women’s physical and mental health, as well as to deal with their sentence. At the same time, some studies suggest that physical sports activities can be beneficial for the future social inclusion. Nevertheless, several obstacles were identified, the penitentiary regime standing out among them. Even if the reality of convicted and non-convicted women is different, some similarities were found in the benefits and barriers, for example the influence of patriarchy. The results confirm the need to promote, improve, and create sport and physical-activities programs with and for female prisoners.
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Andrade, Anny Beatriz Costa Antony de, and Maria Jacirema Ferreira Gonçalves. "Maternidade em regime prisional: desfechos maternos e neonatais." Revista de Enfermagem UFPE on line 12, no. 6 (June 2, 2018): 1763. http://dx.doi.org/10.5205/1981-8963-v12i6a234396p1763-1771-2018.

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RESUMO Objetivo: descrever os desfechos, identificados na literatura, da gestação, parto e puerpério em mulheres privadas de liberdade. Método: revisão integrativa de artigos científicos publicados entre 2007 a 2017, nas bases de dados Medline, Web of Science, LILACS e biblioteca virtual SciELO, utilizou-se os seguintes descritores: “Prisão” (“Gravidez” OR “Parto” OR “Período pós-parto”), realizou-se a leitura crítica dos resumos e textos completos na análise dos dados, ao final selecionou-se 12 artigos. Resultados: o acompanhamento pré-natal efetivo é realidade apenas em países desenvolvidos; a falha na comunicação entre o sistema prisional e familiares de gestantes e puérperas, o uso de algemas durante o trabalho de parto e parto, são fragilidades na assistência à esta parcela populacional. Destacam-se: mais incidência de partos vaginais, o desenvolvimento de complicações como a hipertensão e infecção puerperal, dificuldades para o estabelecimento do vínculo mãe-bebê, principalmente na amamentação. Conclusão: os desfechos descritos mostram as fragilidades que permeiam a assistência à esta parcela populacional. Os resultados reafirmam a necessidade de melhorias na assistência e subsidiam o desenvolvimento de pesquisas interessadas em explorar as relações entre o regime prisional e o ciclo gravídico-puerperal. Descritores: Saúde Pública; Enfermagem Obstétrica; Prisão; Gravidez; Parto; Período Pós-Parto.ABSTRACTObjective: to describe the outcomes identified in the literature on pregnancy, childbirth and the puerperium in women deprived of their liberty. Method: integrative review of scientific articles published from 2007 to 2017, in the databases Medline, Web of Science, LILACS and SciELO virtual library, using the following descriptors: “Prison” (“Pregnancy” OR “Parturition” OR “Postpartum Period”), critically reading the abstracts and full texts in data analysis, selecting 12 articles. Results: the effective pre-natal follow-up is reality only in developed countries; the communication failure between the prison system and family of pregnant and puerperal women and the use of handcuffs during labor and childbirth are weaknesses in the assistance to this population share. Main characteristics: more incidence of vaginal deliveries, development of complications such as hypertension and puerperal infection, difficulties establishing the link between mother and baby, mainly in breastfeeding. Conclusion: the described outcomes show the weaknesses that permeate the care to this population. The results reaffirm the need for improvements in care and subsidize the development of researches interested in exploring the relationships between prison regime and pregnancy-puerperal cycle. Descriptors: Public Health; Obstetric Nursing; Prison; Pregnancy; Parturition; Postpartum Period.RESUMEN Objetivo: describir los resultados identificados en la literatura, el embarazo, el parto y el puerperio en mujeres privadas de libertad. Método: revisión integrativa de artículos científicos publicados entre 2007 y 2017, las bases de datos Medline, Web of Science, LILACS y SciELO biblioteca virtual, utilizándose los siguientes descriptores: “Cárcel” (“Embarazo” OR “Parto” OR “Período Posparto”), realizándose la lectura crítica de los resúmenes y los textos completos en el análisis de datos, seleccionándose 12 artículos. Resultados: el seguimiento prenatal efectivo es realidad sólo en los países desarrollados; la falla de comunicación entre el sistema penitenciario y la familia de mujeres embarazadas y puérperas, el uso de esposas durante el trabajo de parto y el parto, son las deficiencias en la asistencia a esta población. Características destacadas: mayor incidencia de partos vaginales, el desarrollo de las complicaciones como la hipertensión y la infección puerperal, dificultades para el establecimiento del vínculo entre la madre y el bebé, principalmente durante la lactancia. Conclusión: los resultados muestran las debilidades que impregnan la cuota de asistencia a esta población. Los resultados reafirman la necesidad de mejoras en la atención y subvencionar el desarrollo de investigaciones interesadas en explorar las relaciones entre el régimen penitenciario y el ciclo embarazo-puerperal. Descriptores: Salud Publica; Enfermería obstétrica; Prisiones; Embarazo; Parto; Período Posparto.
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Sanchez, Osvaldo. "Criterios aplicables a los procesos de adolescentes, dentro del sistema penal acusatorio en la República de Panamá." Revista Cathedra, no. 10 (July 16, 2019): 44–62. http://dx.doi.org/10.37594/cathedra.n10.262.

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La actual Constitución Política de la Republicada Panamá establece de manera expresa la creación de la jurisdicción Especial de Menor incluyendo en los mismos parámetros, la adaptación de los adolescentes, la readaptación social de los abandonados, desamparados, en peligro moral o con desajuste. Ese reconocimiento constitucional garantiza y sustenta la especialización de las instituciones de justicia para la niñez y adolescencia desde perspectiva naturista, patológica y de peligrosidad social y moral.La Constitución consagra cuando menos dos garantías fundamentales a favor de los adolescentes. En lo referente al acto delictivo la garantía de una jurisdicción especial distinta a la jurisdicción penal ordinaria, y un régimen especial de privación de libertad, distinto al régimen de los centros penitenciarios de rehabilitación para adultos.
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Chajon, Francis Gabriela Do Nascimento, Carolina Maria Do Carmo Alonso, and Beatriz Akemi Takeiti. "Percepções dos trabalhadores do sistema penitenciário sobre suas atividades relacionadas à inclusão pelo trabalho de apenados em regime aberto / Perception of prison workers on their activities related to inclusion by the work of the prisoners in the open system sentence." Revista Interinstitucional Brasileira de Terapia Ocupacional - REVISBRATO 4, no. 4 (June 30, 2020): 646–63. http://dx.doi.org/10.47222/2526-3544.rbto26341.

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Introdução: A literatura aponta diversas pesquisas envolvendo o sistema prisional, entretanto, são escassos aqueles que dão visibilidade às atividades dos profissionais que, cotidianamente, acompanham o processo de inclusão dos apenados no trabalho. Objetivo: Esse estudo teve como objetivo analisar a percepção dos trabalhadores do sistema prisional sobre suas atividades relacionadas a inclusão no trabalho de apenados em meio aberto. Metodologia: Trata-se de uma pesquisa exploratória, de abordagem qualitativa, que teve como participantes trabalhadores de uma instituição prisional que faz inclusão de apenados no trabalho no município do Rio de Janeiro. Sete entrevistas semiestruturadas foram realizadas e analisadas pelo método da análise de conteúdo. Resultados e Discussão: Os resultados desta pesquisa identificaram aspectos sobre o funcionamento da instituição, bem como do processo de identificação do apenado para ressocialização ainda no regime fechado e atividades incentivadoras a permanência no trabalho de egressos da penitenciária. Ademais, a pesquisa demonstrou que os trabalhadores entrevistados não tinham formação específica para trabalhar no contexto prisional, traços de precariedade nas condições de trabalho e desconhecimento da sociedade civil sobre a realidade explorada nesse estudo. Assim, embora o trabalho seja reconhecido como eixo para a inclusão social dos apenados, ainda existem barreiras nesse processo. Conclusão: Esta pesquisa deu visibilidade ao trabalho dos profissionais que desempenham papel singular no sistema prisional. Espera-se que as informações levantadas sejam úteis para que formuladores de políticas públicas possam aprimorar a atividade desses trabalhadores. Sugere-se que outras pesquisas sejam realizadas visando engendrar soluções para as dificuldades enfrentadas pelos trabalhadores. AbstractThere are several investigations about the prison system and its actors. However, few papers addresses the activities of the professionals that daily deals with the process of inclusion of the prisoners in work. Objective: To analyze the perception of prison workers on their activities related to inclusion by the work of the prisoners in the open system sentence. Methods: It is qualitative research that had as participants the workers of a prison institution that realize the inclusion in the work of prisoners in the city of Rio de Janeiro. The seven interviews were analyzed by the content analysis method. Results and discussion: This research identified aspects about the functioning of the institution, issues about the process of identification of the person for resocialization, still in the closed regime and activities to promote the permanence in working outside the prison. Besides, the research showed that the interviewed workers did not have specific training to strive in the prison context, traces of precarious working conditions, and lack of knowledge of civil society about this reality. Thus, although work is recognized as the axis for the social inclusion of the convicted, there are barriers in this process. Conclusions: This study gave visibility to the work of professionals who play a unique role in the prison system. It is expected that the information gathered can be useful for policymakers to improve the activity of these workers. It is suggested that further research could aim to generate solutions to the difficulties faced by workers.Keywords: Social Control, Prisons, Employment; Occupational therapy.ResumenHay varias investigaciones sobre el sistema penitenciario y sus actores. Sin embargo, ninguno de ellos dio visibilidad a las actividades de los profesionales que diariamente siguen el proceso de inclusión de los reclusos en el trabajo. Objetivo: Para reducir esta brecha este estudio analizó la percepción de los trabajadores de prisiones sobre sus actividades relacionadas con la inclusión de los detenidos bajo la sentencia de regímen abierto. Metodología: Es una investigación cualitativa que tuvo como sujeto a los trabajadores de un cárcel que promueve la inclusión social a través del trabajo de los detenidos en la Ciudad de Rio de Janeiro. Las siete entrevistas fueron analizadas por el método de análisis de contenido. Resultados y discusión: Los resultados de esta investigación identificaron los aspectos sobre el funcionamiento del cárcel, cuestiones sobre el proceso de identificación de la persona para el proceso de resocialización aún en régimen cerrado y actividades para incentivar la estancia en el trabajo fuera del cárcel. Además, la investigación apuntó que los trabajadores entrevistados no tenían capacitación específica para trabajar en el contexto de la prisión, rastros de condiciones de trabajo precarias y falta de conocimiento de la sociedad civil sobre la realidad explorada en este estudio. Por lo tanto, aunque el trabajo es reconocido como el eje para la inclusión social de las víctimas, existen barreras en este proceso. Conclusión: Esta investigación dio visibilidad al trabajo de profesionales que juegan un papel singular en el sistema penitenciario. Se espera que la información recopilada sea útil para los responsables políticos para mejorar la actividad de estos trabajadores. Se sugiere que se realicen más investigaciones con el objetivo de generar soluciones a las dificultades que enfrentan los trabajadores.Palabras clave: Control Social, Cárcel, Empleo, Terapia ocupacional.
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Brito Febles, Osvaldo P., and Byron Ramiro Alcocer Castillo. "La reinserción social post penitenciaria: un reto a la justicia ecuatoriana." Revista Científica UISRAEL 8, no. 1 (January 10, 2021): 11–26. http://dx.doi.org/10.35290/rcui.v8n1.2021.265.

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Los seres humanos pueden reflejar sus bondades y miserias durante su vida, unas de esas miserias adquiridas por naturaleza o por aprendizaje social, en todo caso destructivas, pueden actuar como hilo conductor al delito. Como defensa contra el delito se crearon las penas y dentro de ellas, la prisión, cuya finalidad es que el ciudadano asuma una serie de valores básicos para la convivencia social en un régimen de democracia y justicia donde se respetan los derechos subjetivos y humanos. Esto significa que la pena debe estar fundamentada en políticas claves para la rehabilitación del individuo y su reinserción normal a la sociedad, lo que requiere un Estado que se preocupe no sólo por fijar las políticas, sino aplicarlas, hacerles seguimiento y evaluarlas para dejarlas, cambiarlas o eliminarlas. La presente investigación tiene como propósito analizar si es efectiva la reinserción social del penado en Ecuador, lo que se justifica por las exigencias constitucionales del Estado ecuatoriano. Para dar cumplimiento al objetivo del estudio se aplicó una metodología de carácter cuantitativa y cualitativa (mixta) en la que se unen estudios doctrinales y legales a la aplicación de una encuesta a los internos de la cárcel de Cotopaxi.
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Jara Huérfano, Leonel Darío. "Estado garante del Derecho a la Salud de las personas privadas de la libertad." Diálogos de saberes, no. 46 (December 30, 2017): 79–110. http://dx.doi.org/10.18041/0124-0021/dialogos.46.1595.

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La responsabilidad del Estado es un tema que ha despertado el interés de la academia y la jurisprudencia. Las posiciones al respecto han generado diversas interpretaciones a partir de las cuales se formuló el siguiente eje problémico: ¿A partir de qué régimen de imputación debe abordarse la responsabilidad del Estado en los eventos de los daños ocasionados a las personas privadas de la libertad, por la prestación de los servicios de salud en los centros penitenciarios y carcelarios en Colombia? Para el caso se abordarán los diversos títulos jurídicos de imputación señalados por la jurisprudencia del Consejo de Estado y la Corte Constitucional, frente a las diferentes formas de daño, a partir de la revisión del régimen normativo nacional e internacional de protección del derecho a la salud en las cárceles, de los fundamentos dogmáticos inherentes, así como a partir de la identificación jurisprudencial del Consejo de Estado encargado de imputar y/o eximir al Estado administrativa y patrimonialmente en la prestación de servicios de salud a las personas privadas de la libertad, apoyado en una investigación de corte descriptivo con preminencia del método de análisis-síntesis.
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LÓPEZ BENÍTEZ, Mariano. "El nuevo régimen jurídico de los Centros de Internamiento de Extranjeros." RVAP 99-100, no. 99-100 (December 30, 2014): 1943–73. http://dx.doi.org/10.47623/ivap-rvap.99.100.2014.082.

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Abstract:
LABURPENA: Atzerritarrak barneratzeko zentroak establezimendu publikoak dira eta helburu hau dute: Espainian legez kanpo egon edo sartzen saiatzen diren atzerritarrei buruzko administrazio-ebazpenak (kanporatzea, itzulketa edo itzulera) betetzen direla bermatzea. Izaeraz eta helburuz espetxeak ez badira ere, zentro horietan barneratutakoen eta administrazioaren artean sortutako araubideak antzekotasun handiak ditu espetxeen araubidearekin. Lan honetan, zentro horien araubidea aztertzen da, hain zuzen. RESUMEN: Los Centros de Internamiento de Extranjeros son unos establecimientos públicos dedicados a asegurar el cumplimiento de las resoluciones administrativas que, en su día, decidan la expulsión, devolución o regreso de los extranjeros que se encuentren o pretendan ingresar ilegalmente en España. Aunque ni por su naturaleza ni por su finalidad son establecimientos penitenciarios, generan, sin embargo, un régimen jurídico entre la Administración y los extranjeros ingresados que presenta fuertes concomitancias con aquéllos. El presente trabajo se dedica precisamente a analizar su régimen jurídico. ABSTRACT: Alien Internment Centres —best know by their Spanish abbreviation CIES— are public establishments dedicated to ensure the fulfilment of the administrative resolutions deciding on the expulsion, devolution or returning of foreigners either already illegally in Spain or willing to enter the country illegally. Neither their nature nor their finality is to serve as penitentiary centres. Nevertheless the legal functioning of CIES and prisons share some similarities. The aim of the present essay is to analyze their legal status.
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Muchnik, Natalia. "Margarita Torremocha Hernández, Cárcel de mujeres en el Antiguo Régimen. Teoría y realidad penitenciaria de las galeras, Madrid, Editorial Dykinson, 2018, 307 p." Socio, no. 14 (November 19, 2020): 129–30. http://dx.doi.org/10.4000/socio.10716.

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Araujo, Ignacio. "Políticas penitenciarias y expertos en la Provincia de Buenos Aires en la década del ’30: diagnósticos, propuestas y transformaciones del régimen carcelario." Colección 32, no. 1 (April 2021): 129–57. http://dx.doi.org/10.46553/colec.32.1.2021.p129-157.

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Fonseca, Mariana Ramos. "Margarita Torremocha Hernández, Cárcel de Mujeres en el Antiguo Régimen – Teoría y realidad penitenciaria de las galeras, Gobierno de España, Ministerio de Economía, Industria y Competitividad, Madrid, Dykinson, S.L., 2018, 307 p., ISBN: 978-84-9148-966-5." Revista Portuguesa de História 50 (October 29, 2019): 293–95. http://dx.doi.org/10.14195/0870-4147_50_17.

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Moreno Coral, Claudia Ximena. "El derecho de los pederastas al olvido en Colombia." Revista UNIMAR 36, no. 2 (January 30, 2019): 91–108. http://dx.doi.org/10.31948/unimar36-2.art6.

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Abstract:
Este artículo de reflexión es el resultado de la revisión analítica, interpretativa y crítica de los documentos, leyes y jurisprudencia relacionada con el derecho al olvido de los pederastas, la pedofilia y la pederastia, cumpliendo con los objetivos principales de clarificar los conceptos objeto de discusión y formular posibles alternativas frente a las escasas limitaciones para la vinculación al mercado laboral de quienes han sido condenados por delitos sexuales contra menores de catorce años. Mediante la utilización del tipo de investigación dogmática, descriptiva y de análisis estático de precedente se logró concluir que la pedofilia, al ser una enfermedad incurable, debe ser tratada con el fin de evitar su materialización en la pederastia y, como medida preventiva de delitos, el Congreso de la República de Colombia ostenta la misión de reglar el manejo de las bases de datos de los condenados por estos delitos a través de una ley estatutaria. Referencias American Psychiatric Association. (2014). DSM-5. Guía de Consulta de los Criterios Diagnósticos del DSM-5. Argentina: Editorial Médica Panamericana.Bertini, C., De Luca, S., Fariña, N., Ganduglia, A. y Sisini, N. (2005). El maltrato hacia los niños. En Giberti, E. (Comp.), Abuso sexual y malos tratos contra niños, niñas y adolescentes. Perspectiva psicosocial y social (239-258). Buenos Aires, Argentina: Espacio Editorial.Bohórquez, L. y Bohórquez, J. (2008). Diccionario Jurídico Colombiano (8a. ed.). Bogotá, Colombia: Editora Jurídica Nacional.Botero Martínez, J. (2014). Sobre la Inimputabilidad: ¿Algo más que decir? ¿Los estados similares son una causal autónoma o amplificadora de la inimputabilidad? Sentido y alcance de los “estados similares”. Opinión Jurídica, 13(25), 207-208.Botero Bernal, J. (Comp.). (2018). Código Penal Colombiano (Ley 599 de 2000). Recuperado de http://perso.unifr.ch/derechopenal/assets/files/legislacion/l_20160208_02.pdfCastillero, O. (s.f.). Diferencias entre pedofilia y pederastia. Recuperado de https://psicologiaymente.net/clinica/diferencias-pedofilia-pederastiaCongreso de la República de Colombia. (s.f.). Proyecto de Ley “por el cual se tutela el derecho al libre desarrollo sexual de las niñas y niños menores de 14 años”. Recuperado de http://www.legisaldia.com/BancoMedios/Archivos/pl-041-16c-base-de-datos-pedofilos.pdf-------. (1991). Ley 12 de 1991 “por medio de la cual se aprueba la Convención sobre los Derechos del Niño adoptada por la Asamblea General de las Naciones Unidas el 20 de noviembre de 1989”. Recuperado de https://www.unidadvictimas.gov.co/sites/default/files/documentosbiblioteca/ley-12-de-1991.pdf-------. (1993). Ley 65 de 1993 “por la cual se expide el Código Penitenciario y Carcelario”. Recuperado de http://wp.presidencia.gov.co/sitios/normativa/leyes/Documents/Juridica/Ley%2065%20de%201993.pdf-------. (2000). Ley 599 de 2000 “por la cual se expide el Código Penal”. 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Moreno, Carlos W. "El experimento penitenciario salvadoreño, 1900-1944." Revista Policía y Seguridad Pública, March 21, 2014, 277–304. http://dx.doi.org/10.5377/rpsp.v3i1.1335.

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Abstract:
En este artículo interesa estudiar el proyecto penitenciario salvadoreño de las primeras cuatro décadas del siglo XX; describe su creación e intereses iniciales y se establece también una comparación del estado de las penitenciarías y otros establecimientos carcelarios. No obstante, el artículo se centra en las técnicas de reeducación de los individuos privados de libertad en las penitenciarías; es decir, en los programas de trabajo y retribución económica de la mano de obra, en la manufactura y distribución de la producción de los reos. Además, ¿se aplicó este régimen laboral a toda la población penitenciaria? ¿Cómo se desarrolló el mismo al cabo de unas décadas? ¿Cómo influyeron los programas represivos del delito durante el martinato en el estado de las penitenciarías? Este trabajo intenta reflexionar sobre las instituciones penitenciarias, su evolución, su funcionalidad y proyecto rehabilitador de la delincuencia.DOI: http://dx.doi.org/10.5377/rpsp.v3i1.1335
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Ariza Higuera, Libardo José, and David Ricardo Romero. "¿Tratamiento penitenciario a domicilio?" Vniversitas 69 (March 5, 2021). http://dx.doi.org/10.11144/javeriana.vj69.tpda.

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Abstract:
La crisis del hacinamiento en el sistema penitenciario local ha sido enfrentada a través de estrategias de descongestión basadas en la flexibilización del régimen de subrogados penales. No obstante, estas medidas han sido adoptadas sin tener en cuenta las implicaciones de la Relación Especial de Sujeción (RES) en el caso de las personas sometidas al régimen de domiciliarias. Este artículo es resultado de una investigación más amplia sobre las penas y medidas domiciliarias en Colombia, y muestra cómo los elementos esenciales de la RES sufren una transformación importante, afectando las doctrinas constitucionales clásicas que han sido creadas para la definición del contenido y alcance de los derechos fundamentales de los reclusos.
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CRESPO, FREDDY A. "¿Nuevo régimen penitenciario? Privación de libertad y efectos del encarcelamiento en Venezuela." Boletín Criminológico 26 (November 12, 2020). http://dx.doi.org/10.24310/boletin-criminologico.2020.v26i2020.10658.

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Abstract:
En el presente trabajo se busca describir, exponer, discutir y analizar los principales aspectos que caracterizan el llamado “nuevo régimen penitenciario” que se implementa en Venezuela, como parte de un plan organizado por el ministerio con dicha competencia. Habiendo logrado el acceso a un centro penitenciario y a un retén policial del país, empleando una metodología cualitativa, por medio de la observación de la rutina y dinámica diaria, así como de las entrevistas a privados de libertad, se logró la recogida de importante información sobre tales aspectos. Analizando la misma, a la luz de los enfoques teóricos y empíricos sobre los efectos del encarcelamiento, se constató que este nuevo régimen penitenciario distingue entre instituciones en las que se implementa y en las que no, generando nuevas formas de organización informal en los privados de libertad, tales como corrupción, extorsión y economía informal, así como motivando el surgimiento de liderazgos entre los reclusos. Al mismo tiempo, este régimen profundizó el carácter supresor del Yo de los individuos encarcelados, abriendo paso a formas más extremas de violencia institucional e incrementando los efectos negativos del encarcelamiento. Se concluye que este régimen está generando un hombre nuevo, como se esgrime desde el ente público que lo implementa, pero es un hombre nuevo que estará seriamente afectado por las consecuencias biopsicosociales que le genera la privación de libertad bajo los parámetros de este nuevo régimen penitenciario.
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Casanova Aguilar, Isabel. "MANDATO RESOCIALIZADOR DE LAS PENAS PRIVATIVAS DE LIBERTAD Y PERMISOS DE SALIDA PENITENCIARIOS." Revista Internacional de Doctrina y Jurisprudencia, no. 8 (January 19, 2018). http://dx.doi.org/10.25115/ridj.v3i8.1812.

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Abstract:
El art. 25.2 CE contempla la orientación de las penas privativas de libertad hacia la reeducación y reinserción social, otorgando con ello relevancia constitucional a una serie de cuestiones relacionadas con el fundamento y los límites del ejercicio del ius puniendi del Estado. El presente trabajo se propone, en primer lugar, realizar una aproximación general a la problemática que plantea el fin reeducador e integrador de las penas privativas de libertad en su proyección sobre las distintas fases del ciclo penal (su acción constrictora del poder del Estado). Así como, en segundo lugar, analizar el significado de los permisos de salida previstos por la legislación penitenciaria para satisfacer el mandato constitucional de resocialización del penado.Palabras Clave: fines de las penas privativas de libertad, reclusión y reinserción social, clasificación de los penados, sistema punitivo, régimen de vida penitenciario, permisos de salida tercer grado penitenciario, libertad condicional.
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Corona Torres, Rubén Darío. "LA GARANTÍA DE EJECUCIÓN PENAL A CARGO DEL JUEZ DE VIGILANCIA PENITENCIARIA A 36 AÑOS DE SU EXISTENCIA EN LA LEGISLACIÓN PENAL ESPAÑOLA." Revista Internacional de Doctrina y Jurisprudencia, no. 11 (January 20, 2018). http://dx.doi.org/10.25115/ridj.v4i11.1829.

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Abstract:
La Ley Orgánica 1/1979, de 26 de septiembre, General Penitenciaria,introdujo en el Derecho Español la figura del Juez de Vigilancia Penitenciaria quien es la autoridad independiente de la Administración Penitenciaria incardinada en el Poder Judicial que tiene por objeto desempeñar una actividad jurisdiccional en la ejecución de penas y medidas de seguridad, y además controlar la legalidad de la actividad carcelaria y el sometimiento de la misma a sus fines legales, salvaguardando los derechos de los internos no afectados por el contenido del fallo condenatorio, por el sentido de la pena ni por la ley penitenciaria. Es, por tanto, un elemento fundamental del Estado Democrático de Derechoa cargo de la tutela judicial efectiva durante el cumplimiento de las consecuencias jurídicas del delito y, a su vez, garante de los derechos de los reclusos.Palabras Clave: Política criminal, ejecución de penas y medidas, tutela judicial efectiva, vigilancia, régimen penitenciario, competencias, recursos.
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Benítez, Juliana. "Delincuencia femenina: análisis de la situación de la mujer en el Centro de Rehabilitación Social de Itapuá desde la perspectiva de género." Revista Científica Estudios e Investigaciones, February 17, 2018, 39. http://dx.doi.org/10.26885/rcei.foro.2017.39.

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Abstract:
Se pretende explicar la delincuencia femenina y la situación de las mujeres en el sistema penitenciario desde la perspectiva de género y conocer cuáles son las causas que llevan a las mujeres a delinquir, sus perfiles, delitos, y si existe o no influencia del hombre en la comisión de estos delitos. La criminalidad en las mujeres es una realidad muy amplia y difícil de estudiar en su totalidad. La Penitenciaria Regional de Encarnación –Centro de Rehabilitación Social (CERESO) ubicada en el distrito de Cambyretá, departamento de Itapúa, es un establecimiento penitenciario de seguridad media, en régimen cerrado, con característica mixta, es decir, es un establecimiento penal destinado indiferenciadamente a personas procesadas y condenadas. El edificio del penal mantiene un mismo diseño de pabellones y panópticos, rodeados por un muro perimetral de piedra, que tiene casi todos los establecimientos penitenciarios del país. En el penal no existe ningún criterio legal ni racional de distribución de la población en los pabellones. No existe separación de condenados y procesados. No se aplica ningún criterio de clasificación y distribución a los pabellones, lo que domina es la corrupción, son derivados a un mejor o peor lugar según cuánto pagan. En el Código de Ejecución Penal en su art. 5: habla sobre la separación de los condenados y prevenidos: establece que las medidas cautelares de carácter personal se cumplirán en establecimientos especiales y diferentes a los destinados para los condenados.Así también el mismo Código explica que se habilitarán en los establecimientos existentes los lugares que sean necesarios para separar a los prevenidos y los condenados, aplicándose un régimen diferente entre uno y otro. En ningún caso, compartirán alojamientos prevenidos y condenados. El motivo del incumplimiento de esta norma es la infraestructura. La capacidad del albergue del CERESO declarada por el Ministerio de Justicia es de 642 plazas. El penal cuenta con 974 personas privadas de libertad habiendo déficit de plazas. Las mujeres privadas de su libertad siempre han sido numéricamente inferiores.
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Coronel Jones, César. "El régimen de la Función Judicial en la nueva Constitución." Iuris Dictio 1, no. 1 (January 1, 2000). http://dx.doi.org/10.18272/iu.v1i1.465.

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Abstract:
Una exposición de las reiteraciones y diferencias de los principios generales relativos a la Función Judicial, contenidos en la Constitución vigente. Se aborda la unidad jurisdiccional, el sistema procesal, la constitucionalización del debido proceso, y el sistema penitenciario, entre otros temas.La Constitución de 1998 dictada por la Asamblea Nacional, establece, en el Título VIII a lo largo de cuatro capítulos, el Régimen de la Función Judicial, termómetro del grado de moralidad social del país. Los capítulos están dedicados a los Principios Generales; organización y funcionamiento; Consejo Nacional de la Judicatura y Régimen Penitenciario, respectivamente.En la reciente regulación, encontramos algunas reiteraciones básicas de principios contenidos en la anterior Constitución, pero también importantes diferencias o novedades.
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Claudio Antonio Terán Vaca and Josué Ramón Limaico Mina. "La inseguridad de las personas privadas de libertad en las cárceles públicas del Ecuador." Dilemas contemporáneos: Educación, Política y Valores, December 1, 2019. http://dx.doi.org/10.46377/dilemas.v31i1.1091.

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Abstract:
El Ecuador comparte una triste realidad regional en su sistema penitenciario, la cual pone en escena las dificultades que tiene para poder respetar los derechos y la dignidad de las personas privadas de la libertad. La presente investigación aborda el régimen carcelario ecuatoriano y las deficiencias en los diferentes operadores del sistema penitenciario que son influencia negativa directa para poder cumplir con los preceptos normativos de rehabilitación y respeto a la dignidad humana.
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Menares Hernández, Mauricio. "RÉGIMEN PENITENCIARIO CHILENO A LA LUZ DE LA OBSERVACIÓN GENERAL NÚMERO 21 (1992) DEL COMITÉ DE DERECHOS HUMANOS DE LA ONU." Revista Ciências Humanas 13, no. 3 (December 21, 2020). http://dx.doi.org/10.32813/2179-1120.2020.v13.n3.a700.

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Abstract:
El presente trabajo busca detectar y analizar las contradicciones entre la Observación General Número 21 del Comité de Derechos Humanos de la ONU y el Régimen Penitenciario Chileno. Para aquello será necesario analizar la crítica situación de las penas privativas de libertad en Chile, al contener profundas falencias materiales y normativas en su seno. Así, será necesario recurrir a instrumentos internacionales para colmar los vacíos existentes, por lo que, en primer lugar, se analizará la recepción y aplicación de normas internacionales sobre derechos humanos, después, se conocerán las características particulares del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos y, finalmente, se razonará acerca de la importancia de las Observaciones Generales, especialmente, de la Observación General Número 21 de 1992. Para finalizar, corresponde revisar las contradicciones particulares entre el Régimen Penitenciario Chileno y la Observación General Número 21, concentrando dicha evaluación en: a) la dignidad y humanidad, b) condenados y prisión preventiva, c) niños, niñas y adolescentes y; d) fin de la pena.
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Escobar Sergio, Garibay. "Transparencia y rendición de cuentas en el régimen penitenciario en México." Revista Vértice Universitario, June 12, 2019, 3–11. http://dx.doi.org/10.36792/rvu.vi82.6.

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Abstract:
El presente artículo pretende mostrar las aportaciones teóricas de la transparencia y acceso a la información, así como la situación real del sistema penitenciario en México que históricamente ha sido de gran opacidad para la opinión pública. Destaca la importancia del uso de las nuevas tecnologías de la información y la comunicación como instrumentos para contribuir al desarrollo de la sociedad mediante la generación de datos e información gubernamental. La importancia que reviste el tema de la transparencia tiene impacto en la claridad del destino de los recursos públicos como medida del combatir la corrupción y en el mejoramiento de las sus instituciones al rendir cuentas a sus gobernados, y puedan crear credibilidad y confianza en la ciudadanía.
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Gutiérrez Jiménez, Daniel Esteban, Deicy Quitumbo Ramírez, Nicolle Mitchelle Osorio Londoño, and Sarai Agudelo Marín. "Garantía del debido proceso en el sistema penitenciario y carcelario para las personas recluidas en Colombia; España y Chile." Documentos de trabajo Areandina, no. 1 (December 1, 2018). http://dx.doi.org/10.33132/26654644.1268.

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Abstract:
En el transcurso del siguiente documento, se podrá vislumbrar a través del ejercicio del derecho comparado, cómo ha sido la ejecución del debido proceso, enfatizando en la implementación del régimen penitenciario y carcelario colombiano; español y chileno; se plantean las discrepancias y similitudes de los ya mencionados países de estudio. Para realizar de manera exitosa ésta labor investigativa, se tendrán en cuenta tres ejes centrales que podrán facilitar dicha comparación, estos son, la norma, la jurisprudencia y la doctrina.
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Aguirre Arias, Olga Bibiana, Jimmy Enrique Perea Moreno, and Ana Alicia Murillo Hurtado. "Similitudes y diferencias en la normatividad, jurisprudencia, y doctrina del derecho de petición de personas recluidas en centros penitenciarios de Colombia, México y Chile." Documentos de trabajo Areandina, no. 1 (December 1, 2018). http://dx.doi.org/10.33132/26654644.1269.

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Abstract:
En el transcurso del siguiente documento, se podrá vislumbrar a través del ejercicio del derecho comparado, cómo ha sido la ejecución del debido proceso, enfatizando en la implementación del régimen penitenciario y carcelario colombiano; español y chileno; se plantean las discrepancias y similitudes de los ya mencionados países de estudio. Para realizar de manera exitosa ésta labor investigativa, se tendrán en cuenta tres ejes centrales que podrán facilitar dicha comparación, estos son, la norma, la jurisprudencia y la doctrina.
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Coca Muñoz, José Luis. "El sistema penitenciario mexicano: a un paso del colapso." REVISTA IUS 1, no. 19 (December 6, 2016). http://dx.doi.org/10.35487/rius.v1i19.2007.185.

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Abstract:
La pena privativa de libertad, como su nombre indica, priva al penado de su libertad, recluyéndolo en un establecimiento penal y sometiéndolo a un régimen especial de vida y, por lo común, a la obligación de trabajar, aun cuando en nuestro país es un derecho para las personas sujetas a proceso, en tanto constituye una obligación para los sentenciados. El sistema penitenciario fue creado para reemplazar, con una finalidad humanitaria, la pena capital, el exilio, la deportación y diversos castigos corporales. Sin embargo, actualmente la prisión se ha convertido en una institución social con objetivos cada vez más complejos y contradictorios. Mientras que, en un principio, los establecimientos penales fueron creados para ofrecer una forma nueva de sanción, en una época más cercana se ha tenido que aceptar que únicamente lo que hace es proteger a la sociedad, pero poco influye en modificar la conducta y las actitudes del delincuente y favorecerla reintegración social de éste. En este entorno, en México a pesar de estas grandes modificaciones realizadas, en honor a la verdad, las prisiones mexicanas representan el espejo negro de Tezcatlipoca, pues en su conjunto reflejan todas las injusticias de nuestra sociedad, las diferencias de clase, las miserias humanas, las perversiones, sus defectos e imperfecciones.
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Ayala Cordero, Ignacio. "Luis González Alvo, Modernizar el Castigo. La construcción del régimen penitenciario en Tucumán, 1880-1916." Nuevo mundo mundos nuevos, December 16, 2014. http://dx.doi.org/10.4000/nuevomundo.67613.

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Aguilar Conde, Araceli. "¿Qué importa en primer grado? Evaluación de la calidad de vida en régimen cerrado." Boletín Criminológico 25 (December 13, 2019). http://dx.doi.org/10.24310/boletin-criminologico.2019.v25i2019.7441.

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Abstract:
El clima social en prisión es un indicador clave para gestionar y determinar las condiciones de vida dentro de un centro penitenciario. Así, prisiones que muestren un clima social ético y seguro tendrán una influencia más positiva en la rehabilitación que centros donde el ambiente social sea más nocivo. Esta investigación utiliza el cuestionario que mide la calidad de vida en prisión (MQPL) para concretar cuál es la percepción de calidad de vida de los internos en primer grado. Los resultados muestran que variables relacionadas con la humanidad y la dignidad en el trato, con el desarrollo personal y el bienestar así como con la profesionalidad de cada centro, provocarán diferencias en la percepción de calidad de vida entre unas prisiones y otras.
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Godoy, Eduardo. "Dictadura militar y lucha armada en Argentina: la fuga de Rawson y la masacre de Trelew (1972)." Tiempo Histórico, no. 4 (January 15, 2015). http://dx.doi.org/10.25074/th.v0i4.231.

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Abstract:
En el siguiente artículo se aborda la fuga del penal de Rawson efectuada por miembros de las principales organizaciones guerrilleras argentinas (PRT-ERP, FAR y Montoneros), en agosto de 1972, que tuvo como principal objetivo liberar a sus cuadros dirigentes recluidos y desestabilizar al régimen dictatorial a través de una acción político-militar concertada y fuertemente reprimida por los aparatos coercitivos de la dictadura. Asimismo, se reconstruye el fugaz paso por Chile de un grupo compuesto por diez revolucionarios, que logró romper el cerco militar, secuestrar un avión comercial en las cercanías del recinto penitenciario y cruzar la Cordillera de los Andes, solicitando una vez en Santiago, asilo al gobierno de la Unidad Popular presidido por el socialista Salvador Allende.
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D´Antonio, Débora. "Los cuerpos como espacios de inscripción del poder: la experiencia de la prisión política en la Argentina durante los años sesenta y setenta." Revista Paginas 11, no. 27 (November 30, 2019). http://dx.doi.org/10.35305/rp.v11i27.365.

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Abstract:
En este artículo me propongo demostrar, en primera instancia, que el proceso de puesta en valor del sistema penitenciario de mediados de los años sesenta, lo que las elites gobernantes llamaron “modernización carcelaria”, fue compatible con un uso amplificado de la violencia. Es en tal sentido que la administración del castigo de un número creciente de personas acusadas de cometer delitos políticos formó parte de un sistema represivo cada vez más centralizado. La “modernización carcelaria”, no solo no trajo aparejado el decrecimiento de la violencia del Estado, sino que, por el contrario, se profundizó al calor del ascenso del conflicto social. Específicamente, la trama de la ortopedia carcelaria en los años de la última dictadura militar estuvo obsesivamente unida a la idea de reformar a los “subversivos” con técnicas de disciplinamiento rigurosos, reglamentos requisitorios y restrictivos, y clasificaciones penitenciarias. En tal sentido, y en segunda instancia, me propongo demostrar que los “tratamientos de recuperación” incluyeron a la dimensión de género como un elemento constituyente de la tecnología disciplinadora. La penalización de la condición de género y de la sexualidad fue utilizada como una estrategia para ultrajar a prisioneros y prisioneras y para colocarlos en posición de víctimas y no de adversarios políticos. Así, los cuerpos se transformaron en espacios donde se inscribieron y dirimieron lógicas de poder y se convirtieron, a la vez, en un área de disputa en torno a estas atribuciones. El cuerpo de las mujeres y de los varones prisioneros políticos se delimitó como un territorio ostensible de cuya apropiación dependía el ejercicio del poder, y si bien la destrucción ideológica fue el objetivo prioritario del régimen ésta se consumó de hecho por medio del sistema sexo-género.
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D´Antonio, Débora Carina. "Los presos políticos del penal de Rawson: un tratamiento para la desubjetivación Argentina (1970-1980)." Anos 90 19, no. 35 (September 25, 2012). http://dx.doi.org/10.22456/1983-201x.29304.

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Abstract:
RESUMEN El penal de Rawson ubicado en la provincia de Chubut en la Patagonia argentina se erigió como una prisión singular dentro de la red de penales donde fueron alojados los presos políticos durante las dictaduras de los años sesenta y setenta. Allí se ejercitó una tecnología de disciplinamiento fundada en una variedad de tormentos manifiestamente anticonstitucionales y alejados de los marcos normativos estipulados para el funcionamiento del sistema penitenciario. En este texto nos proponemos demostrar a través de una interpretación de género, que si bien el objetivo explícito del régimen militar al quebrar la subjetividad de los presos fue la destrucción ideológica y política de los mismos, este proceso se consumó en términos de una lógica de género desmasculinizadora que contradecía la retórica que en torno a la masculinidad ensayaron públicamente, tanto militares como penitenciarios, poniendo de manifiesto que no había coherencia entre el discurso público de género de corte familiarista y las prácticas de disciplinamiento que se ensayaban en los espacios de encierro. PALABRAS CLAVES: Presos políticos- represión- desubjetivación- desmasculinización Political Prisoners in Rawson Penitentiary: A Treatment for Argentine Desubjectification (1970-1980) ABSTRACT Rawson Penitentiary, located in the province of Chubut, Patagonia, developed as a unique prison facility within the penitentiary network, were political prisoners were interned during the dictatorships of the sixties and seventies. The technology of discipline applied in Rawson was based on a variety of torments deliberately anti-constitutional and alien to the regulatory framework of the Argentine penitentiary system. From a gender perspective, this article argues that although the explicit goal of the military regime in breaking prisoners’ subjectivity was their ideological and political obliteration, desubjectification was carried out in terms of a demasculinizing gendered logic that contradicted the public rhetoric of masculinity of the military and the penitentiary officials. This reveals the inconsistency between their public, family-centered gender discourse and their disciplining practices in private spaces of internment. KEYWORDS: political prisoners – repression – desubjectification – demasculinization
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Andraca, Karina. "Justificación para la concesión de beneficios de libertad anticipada." REVISTA IUS 1, no. 19 (December 6, 2016). http://dx.doi.org/10.35487/rius.v1i19.2007.184.

Full text
Abstract:
En la actualidad la privación de la libertad se ha convertido en la sanción más importante, cuantitativa y cualitativamente, debido a que el Estado deposita en la cárcel su acción correctiva y utiliza a la prisión frecuentemente como una de las penas de mayor importancia. Esta sanción encuentra su fundamento constitucional en el artículo 18, en donde se establece que sólo por delito que merezca pena corporal, habrá lugar a prisión preventiva; pero contrariamente también en este precepto legal se impone como obligación a la federación y a los estados, organizar el sistema penal bajo un régimen basado en el trabajo, la capacitación para el mismo y la educación como principios rectores del proceso de readaptación social del delincuente. Esta norma encierra en su contenido dos finalidades que tiene que cumplir el sistema penitenciario: en primer lugar firmemente se propone readaptar, capacitar para el trabajo, educar, dignificar a la persona; y en el sentido opuesto tiene que propiciar la reparación de daños causados a las víctimas y a la sociedad, siendo esto un gran reto. En este artículo se explora la idea de la necesidad de favorecer a los sancionados por diversos delitos con la libertad anticipada y que la sociedad realice un mayor esfuerzo por su readaptación social.
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