Academic literature on the topic 'Venezuela. Asamblea Nacional Constituyente (2017)'

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Journal articles on the topic "Venezuela. Asamblea Nacional Constituyente (2017)"

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Camacho Rodríguez, Francisco, and Génesis Montes Biondi. "Comunicación y violencia política en Venezuela: las elecciones a la asamblea nacional constituyente según los diarios El Impulso y Correo del Orinoco (2017)." Estudios sobre el Mensaje Periodístico 28, no. 2 (May 11, 2022): 275–92. http://dx.doi.org/10.5209/esmp.77283.

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Abstract:
Se presenta un análisis de las noticias publicadas en las primeras páginas de los diarios El Impulso y Correo del Orinoco sobre el proceso de convocatoria y elecciones a la Asamblea Nacional Constituyente de 2017 en Venezuela. Se compararon los titulares y leads aplicando la técnica del análisis de contenido. Se realizó un cuadro de categorías y subcategorías, siguiendo los criterios de pertinencia, representatividad, homogeneidad, exhaustividad. La investigación está sustentada en las teorías de la comunicación política, la personificación de la política y la posverdad. En medio de la polarización y la violencia en las calles, el Correo, controlado por el gobierno de Nicolás Maduro, fue el que más apeló a las emociones de su audiencia, mientras que la personificación política en torno a la figura del fallecido Hugo Chávez en medios oficialistas no tuvo la intensidad de los años anteriores. El Impulso dedicó más espacio a la confrontación del proceso Constituyente que el Correo del Orinoco.
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COMPAINS SILVA, Eneko. "Venezuela: el debate sobre la legitimidad constitucional de la convocatoria a la Asamblea Nacional Constituyente realizada por el presidente Nicolás Maduro el 1 de mayo de 2017." RVAP 111, no. 111 (August 30, 2018): 249–69. http://dx.doi.org/10.47623/ivap-rvap.111.2018.07.

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Abstract:
LABURPENA: 2017ko maiatzaren 1ean, herria pairatzen ari zen krisi ekonomiko eta politiko larria ikusita, Venezuelako Bolibartar Errepublikako presidenteak, Nicolás Maduro Morosek, Batzar Nazional Konstituziogilea deitu zuen, Konstituzioaren 347. eta 348. artikuluen babespean. Deialdiak, ordea, eztabaida handia ekarri zuen doktrinaren alorrean, ordura arte defendatu egin baitzuen halako deialdiak herriak baino ezin dituela egin, erreferendum baten bidez. Lan honek helburu du eztabaida juridiko aberats horretan dauden jarrerak aztertzea eta presidenteak egindako deialdiaren konstituzio-zilegitasunari buruzko ondorioak lantzea. RESUMEN: El pasado día 1 de mayo de 2017, ante la situación de grave crisis política y económica que vivía el país, el Presidente de la República Bolivariana de Venezuela, Nicolás Maduro Moros, convocó una Asamblea Nacional Constituyente al amparo de los artículos 347 y 348 de la Constitución. La convocatoria, sin embargo, generó una fuerte polémica en la doctrina, que ha venido defendiendo de forma mayoritaria que tal convocatoria sólo la puede hacer el pueblo vía referéndum. El presente trabajo pretende analizar las distintas posiciones en este rico debate jurídico y obtener conclusiones sobre la legitimidad constitucional de la convocatoria presidencial. ABSTRACT: On May 1, 2017, due to the deep political and economic crisis in the country, the President of the Bolivarian Republic of Venezuela, Nicolás Maduro Moros, convened a National Constituent Assembly under articles 347 and 348 of the Constitution. The call, however, generated a strong controversy in the doctrine which has generally been advocating for that call to be only made by the people by means of a referendum. This present work aims to analyze the different positions in this rich legal debate and to allow conclusions on the constitutional legitimacy of the presidential call.
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Delgado Blanco, Andy. "Concepción institucional del derecho a la salud en Venezuela." Revista Latinoamericana de Derecho Social 1, no. 26 (December 13, 2017): 89. http://dx.doi.org/10.22201/iij.24487899e.2018.26.11860.

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Abstract:
El propósito de este artículo es examinar la concepción del derecho a la salud que subyace en la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y su posterior desarrollo a través de algunas estructuras y mecanismos institucionales puestas en práctica desde 1999 hasta 2013. Para cumplir con ese objetivo este trabajo discurrirá a lo largo de dos cauces: las propuestas y debates suscitados en el seno de la Asamblea Nacional Constituyente de 1999 que influyeron en la cristalización de las normas constitucionales que garantizan el derecho a la salud; y los mecanismos y estructuras institucionales a través de los cuales se ha venido desarrollando el derecho. La revisión documental realizada sugiere que aun cuando las normas constitucionales postulan un derecho a la salud con un carácter marcadamente universalista; en los hechos, por una parte, las estructuras y mecanismos institucionales desarrollados son poco transparentes y repiten esquemas pasados; por la otra, el creciente deterioro de las condiciones de acceso a servicios, tratamientos y medicamentos evidencia la ausencia de garantías reales para hacer efectivo el derecho.
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Gómez Leyton, Juan Carlos. "Poder Constituyente, Crisis del Estado Oligárquico: Chile, 1910-1925." Revista Direito e Práxis 8, no. 4 (December 2017): 3069–116. http://dx.doi.org/10.1590/2179-8966/2017/31226.

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Abstract:
Resumen El presente artículo aborda desde una perspectiva histórica y política la conformación del poder constituyente durante la crisis del Estado oligárquico en Chile, entre los años 1910 y 1925, que elaboro la Constitución Política de 1925. Nuestro planteo postula que dicha Constitución constituyó una imposición autoritaria por parte del poder constituido que, transformado en un espurio poder constituyente, impidió la génesis democrática, pluralista y participa del nuevo orden político a través de la realización de una Asamblea Nacional Constituyente, que diversos sectores sociales y políticos demandaban. Excluyendo de esa forma el poder constituyente popular.
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Sánchez, Dolis. "Convocatoria y elección de una constituyente: colisión con el poder constituido." Estado de Derecho: Rechtsstaat 1, no. 1 (2019): 9–30. http://dx.doi.org/10.53766/esder/2019.01.01.01.

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Abstract:
La Constitución de 1999, establece de manera expresa, el derecho del pueblo venezolano a convocar una Asamblea Nacional Constituyente, no previendo otro requisito distinto “al ejercicio por parte del pueblo de Venezuela, de sus poderes creadores”, como reza su Preámbulo, con lo que se deduce la imposibilidad del Poder Constituido de normarlo. En el presente artículo se analiza la circunstancia del vacío del mecanismo para dicha convocatoria y elección de sus integrantes, sin la participación del Poder Electoral ni de ningún otro órgano del Poder Constituido, para contribuir con el debate necesario que permita resolver el problema dentro del marco constitucional. La presente investigación concluye que, si un órgano de un Poder Constituido cualquiera ejerce los Poderes Constituyentes del Pueblo Soberano, eso implica sin lugar a dudas, una Usurpación de Funciones del abstracto “órgano depositario” de la Soberanía Nacional: El Pueblo. Y que su inconstitucional convocatoria por parte de un Poder Constituido puede ser recurrida ante la SC-TSJ.
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Auquilla Belema, Luis Armijo, Álvaro Andrés Auquilla Ordóñez, and Elsa Flor Ordóñez Bravo. "La economía popular y solidaria y las finanzas populares y solidarias en Ecuador." Killkana Social 2, no. 3 (October 4, 2018): 17–24. http://dx.doi.org/10.26871/killkana_social.v2i3.318.

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Abstract:
La Economía Popular y Solidaria (EPS) y las Finanzas Populares y Solidarias (FPS) surgen en Ecuador con la administración del gobierno conocido como de la Revolución Ciudadana (15 de enero de 2007 - 24 de mayo de 2017), a tal punto que, la EPS se halla inserta en la actual Constitución de la República del Ecuador 2008. A fin de dotarle a la EPS de su marco regulatorio, la Asamblea Nacional Constituyente en 2011 aprobó la Ley Orgánica de la Economía y Popular y Solidaria y del Sector Financiero Popular y Solidario (LOEPS); en esta consta la base legal para que se hayan creado los agentes institucionales: Corporación Nacional de Finanzas Populares y Solidarias (CONAFIPS) en 2011 y Superintendencia de Economía Popular y Solidaria (SEPS) en 2012. A más del que estaba creado Instituto Nacional de Economía Popular y Solidara (IEPS) en 2009, encargado del progreso de la EPS. La CONAFIPS es la que otorga financiamiento a las organizaciones de las FPS, y éstas a la vez, financian el desarrollo de los emprendimientos de la EPS en las parroquias urbanas y rurales del país; y la SEPS, se encarga del control de las organizaciones de la EPS y de las FPS. El objetivo de estos agentes institucionales es, velar por la sostenibilidad de los emprendimientos que se desarrollan en las parroquias urbanas y rurales del país. Sin embargo, no han logrado cumplir el fin para lo que fueron creados, debido a la forma como están organizados actualmente. Los resultados así lo demuestran sobre todo en las parroquias rurales, ya que la pobreza por Necesidades Básicas Insatisfechas (NBI) según el Instituto Nacional de Estadística y Censos (INEC) a diciembre de 2017 alcanzó el 56,1%.
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Pico Valencia, Carlos Fernando, and Wagner Salazar. "Electronic government in ecuador. Vulnerability of quality principle. A theoretical approach." Universidad Ciencia y Tecnología 25, no. 111 (December 12, 2021): 201–11. http://dx.doi.org/10.47460/uct.v25i111.531.

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Abstract:
The research focuses its analysis on the Electronic Government application in the ecuadorian public administration, taking into consideration the violation of the quality tenet inscribed in the Organic Administrative Code, a law that regulates the exercise of the administrative function of public sector institutions. The methodology used follows a qualitative, descriptive-documentary type route, under an exhaustive review of the Ecuadorian jurisprudential regulations that structure and sustain this document. Despite the fact in Ecuador there have been plans such as the Electronic Government 2018-2021, with the objective a procedure could affect the quality principle based on non-compliance. In summary, the need to integrate the Electronic Government in Ecuador, in order to have an efficient and competitive public administration, hoping to recover the legitimacy of the administration. Keywords: public administration, electronic government, quality principle, ICT’s. References [1]A. Naser, “Rol de las TIC en la gestión pública y en la planificación para un desarrollo sostenible en América Latina y el Caribe,” Santiago de Chile, 2014. [Online]. Available: https://www.cepal.org/sites/default/files/publication/files/35951/S1420470_es.pdf. [2]A. Ruiz, “Gestión de la gerencia tecnológica en la Administración Pública,” Rev. Sci., vol. 3, no. 10, pp. 218–231, 2019, doi: https://doi.org/10.29394/Scientific.issn.2542-2987.2018.3.10.11.218-231. [3]C. Zamora, N. Arrobo, and G. Cornejo, “El gobierno electrónico en Ecuador: la innovación en la administración pública,” Espacios, vol. 39, no. 6, p. 15, 2018,[Online]. Available: https://www.revistaespacios.com/a18v39n06/a18v39n06p15.pdf. [4]X. Barragan and F. Guevara, “El gobierno electrónico en Ecuador,” Rev. Cienc. Unemi, vol. 9, no. 19, pp.110–127, 2016, [Online]. Available: http://ojs.unemi.edu.ec/index.php/cienciaunemi/article/view/333. [5]CLAD, “Carta Iberoamericana Del Gobierno Electrónico,” Santiago de Chile, 2007. doi: https://clad.org/wp-content/uploads/2020/10/7-Carta-iberoamericana-de-Gobierno-Electrónico-2007-CLAD.pdf. [6]Asamblea Constituyente, “Constitución del Ecuador,” Montecristi, 2008. [7]MINTEL, “Plan Nacional de Gobierno Electrónico 2018-2021,” Quito, 2018. [Online]. Available: www.gobiernoelectronico.gob.ec. [8]L. Contreras, “El gobierno electrónico municipal en Toluca, Estado de México, desde la perspectiva ciudadana,” Encrucijada, Rev. Electrónica del Cent. Estud. en Adm. Pública, no. 28, pp. 37–59, 2018, doi: 10.22201/fcpys.20071949e.2018.28.61721. [9]J. Franco and C. Cruz, “Gobierno electrónico, calidad y eficiencia en la relación G2C en el estado de Oaxaca, 2011-2015,” Encrucijada, Rev. Electrónica del Cent. Estud. en Adm. Pública, no. 30, pp. 25–54, 2018, doi: 10.22201/fcpys.20071949e.2018.30.65678. [10]C. Cruz Meléndez and A. Zamudio Vázquez, “Municipios y gobierno abierto, más allá del gobierno electrónico,” Opera, no. 21, pp. 55–77, 2017, doi: 10.18601/16578651.n21.04. [11]X. Barragán, “Factores de incidencia del gobierno electrónico en los procesos de transparencia y participación ciudadana en la gestión pública local del Ecuador,” Universidad Andina Simón Bolívar, 2019. [12]Y. Stable, E. Álvarez, L. Bernal, and C. Sam, “Estado de la accesibilidad web de los portales de gobierno electrónico en América Latina,” Bibl. An. Investig., vol. 16, no. 1, pp. 7–22, 2020. [13]ONU, “E-Government Survey 2020. Digital Government in the Decade of Action for Sustainable Development,” New York, 2020. [Online]. Available: www.publicadministration.un.org. [14]Gobierno Electrónico de Ecuador, “Ecuador escala posiciones en el ranking mundial sobre el desarrollo del Gobierno Electrónico,” 2021. https://www.gobiernoelectronico.gob.ec/ecuador-escala-posiciones-en-el-ranking-mundial-sobre-el-desarrollo-del-gobierno-electronico/#:~:text=Según revela el informe “E,rango de 0 a 1. [15]Asamblea Nacional, Constitución del Ecuador. Ecuador, 2008, pp. 1–218. [16]Congreso Nacional, Ley de Comercio Electronico, Firmas y mensajes de datos. Ecuador, 2002, pp. 1–17. [17]Asamblea Nacional, Codigo Organico de Organizacion Territorial Desentralizado. Ecuador, 2019, pp. 1–180. [18]Congreso Nacional, Ley Orgánica de Transparencia y Acceso a la Información Pública. Ecuador, 2004, pp. 1–13. [19]Asamblea Nacional, Ley Orgánica de Participación Ciudadana. Quito, Ecuador, 2011, pp. 1–25. [20]Asamblea Nacional, Ley Orgánica de Telecomunicaciones. Ecuador, 2015, pp. 1–40. [21]Asamblea Nacional, Código Orgánico de la Economía Social de los Conocimientos, Creatividad e Innovación. Ecuador, 2016, p. 113. [22]Asamblea Nacional, Codigo Orgánico Administrativo. Ecuador, 2017, pp. 1–74. [23]Ministerio del Trabajo, Norma Técnica para regular el Teletrabajo en el sector público. Ecuador, 2017, pp.1–8. [24]Asamblea Nacional, Políticas Públicas del Sector de las Telecomunicaciones y de la Sociedad de la Información 2017-2021. 2017, pp. 1–32. [25]M. Sánchez Morón, “La coordinación administrativa como concepto jurídico,” Doc. Adm., vol. 231, 2016, doi: 10.24965/da.v0i230-231.5284. [26]M. Baquerizo, “Mecanismos de seguimiento de la Convención Interamericana contra la corrupción en el Estado ecuatoriano para la contratación pública,” 2019. [27]C. Espín, “Vulnerabilidad en el ámbito de la capacidad contractual del Sistema Nacional de Contratación Pública y de su procedimiento,” 2016. [28]W. Chamorro, “Análisis jurídico sobre la subasta inversa elentrónica en el proceso de contratación pública,” 2019. [29]J. González Tamayo, “El régimen ecuatoriano de contratación pública: entre el proteccionismo y la apertura comercial,” Rev. Derecho, vol. 25, no. 25, pp.5–26, 2016. [30]R. Hernández-Sampieri and C. Mendoza, Metodología de la Investigación, Primera ed., vol. 1. Mexico, 2018. [31]D. Clavijo, D. Guerra, and D. Yánez, Método, metodología y técnicas de la investigación aplicada al derecho, Primera ed. Bogotá: Universidad de Pamplona,2014. [32]C. López Leones, “La contratación pública y su impacto en la gestión de las MIPYMES de Manabí, Ecuador,” La contratación pública y su impacto en la gestión las MIPYMES Manabí, Ecuador, vol. 4, no. 1, pp. 3–16, 2018. [33]Asamblea Nacional, Constitución del Ecuador, vol. 449, no. Principios de la participación Art. 2008, p. 67. [34]F. Ejecutiva, Registro Oficial N ° 146. 2013. [35]J. S. Miguel-Giralt, “Contratación pública y colusión. Derecho de competencia frente al derecho administrativo,”Vniversitas, vol. 66, no. 135, pp. 377–420,2017, doi: 10.11144/Javeriana.vj135.cpcd. [36]N. Chiriboga, “Análisis jurídico del régimen especial de contratación pública en el ámbito de la comunicación social en el Ecuador,” 2018. [37]J. González, “Régimen jurídico del nuevo sistema de contratación pública ecuatoriano en el contexto internacional,” 2016. [38]J. Torres, “La teoría del Garantismo poder y constitución en el Estado contemporáneo,” Rev. Derecho, vol. unknown, no. 47, pp. 138–166, 2017. [39]A. Santiago, “Sesión privada del Instituto de Política Constitucional del 3 de abril de 2008,” An. la Acad. Nac. ciencias morales y políticas, vol. 1, pp. 8–26, 2008. [40]G. Aguilera Izaguirre, “La calidad y su incorporación en la Administración Pública,” Soc. Estado y Territ., vol. 3, no. 1 (5), pp. 82–98, 2017. [41]E. J. Arnoletto, “La calidad en la administración pública,” Univ. Córdoba, 2017. [42]M. Villoria, “El papel de la Administración pública en la generación de calidad democrática,” Reforma y Democr., vol. 2016-June, no. 65, pp. 5–38, 2016. [43]A. ARGÜELLES, “Calidad total en la administración pública: la experiencia de SECOFI,” Gest. y Polit. publica, vol. 4, no. 2, pp. 431–451, 2017. [44]J. Escobar, M. Real, P. González, and A. Casco, “Manuales de Pprocedimientos en la Administración Pública. Garantías de Cumplimiento de los PrincipiosConstitucionales.,” Rev. Mag. las Ciencias, vol. 2, pp. 1–12, 2017. [45]J. R. Granados, “El principio de transparencia en la actividad contractual de la administración pública. Especial referencia a la administración local.,” 2018.
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Tubay Zambrano, Fanny, María Angélica Henríquez, and Humberto Castillo Quintero. "Una mirada a la legislación y normativa vigente del género en Ecuador." Universidad Ciencia y Tecnología 25, no. 108 (March 3, 2021): 12–22. http://dx.doi.org/10.47460/uct.v25i108.426.

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Abstract:
Con el repaso de la normativa legal del género en el Ecuador, este trabajo muestra su estado actual y los avances desde una progresión teórica y práctica para construir un modelo de sociedad que tenga sus cimientos en la filosofía del buen vivir. A través de la metodología cualitativa, y del método documental se analizaron 13 instrumentos legales y 4 planes y proyectos estatales. Los resultados dan cuenta que a pesar de los importantes avances legislativos siguen existiendo falencias en materia de género en el país, pues en la práctica se requiere, por un lado, que el estado garantice el cumplimiento de la normativa, y que, por otro, que la sociedad en su conjunto la asuma responsablemente y lo haga posible. Palabras Clave: Normativa legal, sociedad, género, derechos de la mujer. Referencias [1]C. Valle, Atlas de Género, Quito: Instituto Ecuatoriano de Estadísticas y Censos, 2018. [2]L. M. Martínez y T. Escapa, Guía de formación para la participación social y política de las mujeres: manual de la alumna, Extremadura: Instituto de la mujer, 2009. [3]J. Bluter, Gender trouble, feminist theory, and psychoanalytic discourse. Feminism/ post-modernism, California: Siglo XXI, 1990. [4]S. Castellví, “Estereotipos jurídicos y género: análisis conceptual, jurídico y político-moral del impacto de los estereotipos de género” M.S. thesis, Universidad de Barcelona, España, 2018. [5]S. Federici, Caliban y la Bruja. Editorial Traficante de Sueños, Madrid: Traficante de sueños, 2004. [6]B. Risman, «Gender as a social structure: Theory wrestling with activism,» Gerder & Society, vol. 18, nº4, pp. 429-450, 2004. [7]ONU, «Organización de Naciones Unidas,» 25 septiembre 2015. [En línea]. Disponible en: https://www.un.org/sustainabledevelopment/es/2015. [Último acceso: 18 agosto 2020]. [8]J. Scott, El género, una categoría útil para el análisis del, Oxford: Oxford Press, 1986. [9]R. Connell, Gender and power: Society, the person and sexual politics, John Wiley & Sons., 2013. [10]M. Foucault, Estrategias de poder, Argentina: Ediciones Paidós Ibericas S.A. Colección obras especiales, 1999. [11]P. Bourdieu, « El espacio social y la génesis de las" clases",» Sociología y cultura, vol. 7, nº 3, pp. 27-55,1989. [12]A. Goetschel, Orígenes del feminismo en el Ecuador, Quito: FLACSO, 2006. [13]H. Arendt, «Las perplejidades de los Derechos del Hombre,» Los orígenes del totalitarismo, Madrid, Alianza, 1987, pp. 412-427. [14]M. Lagarde, «La multidimensionalidad de la categoría género y del feminismo.,» de Metodología para los estudios de Género, México, UNAM, 1996, pp. 48-71. [15]E. Gudynas y A. Acosta, «El buen vivir más allá del desarrollo,» Revista Quehacer, nº 181, pp. 70-83, 2011. [16]Senplades, Plan Toda una vida. Plan Nacional de Desarrollo (2017-2021), Quito: Secretaría Técnica Planifica Ecuador, 2017. [17]A. Quijano, Colonialidad del poder y subjetividad en América Latina, Buenos Aires: Clacso, 2015. [18]Ministerio de Educación-Ecuador, «Educación para la democracia y el buen vivir,» Mineduc, S/F. [En línea]. Disponible en: https://educacion.gob.ec/que-es-elbuen-vivir/. [Último acceso: 18 noviembre 2020]. [19]M. Villagómez & R. Cuhna, « Buen vivir y educación para la práctica de la interculturalidad en el Ecuador. Otras prácticas pedagógicas necesarias,» Alteridad, vol. 9, nº 1, pp. 35-42, 2014. [20]Asamblea Nacional Constituyente, Constitución de la República de Ecuador, Montecristi, 2008. [21]B. Hoyos, Un Modelo para Investigación Documental: Guía teórico práctica sobre construcción de Estados del Arte con importantes reflexiones sobre investigación, Medellín: Librería Señal Editora, 2000. [22]A. Botero, «La metodología documental en la investigación jurídica: alcances y perspectivas,» Opinión jurídica, vol. 2, nº 4, pp. 109-116, 2003. [23]CEPAL, «Pactos para la igualdad,» CEPAL, Buenos Aires, 2016. [24]J. Lorber, «Gender inequality: Feminist theories and politics,» Roxburiy, Albany, 2001. [25]A. Vásconez, Mujeres y protección social en Ecuador, Quito: MIES, 2014. [26]N. Yuval-Davis, «Gender and Nation,» SAGE Journals, vol. 16, nº 4, pp. 621-632, 1997. [27]D. De Dios-Vallejo, «Equidad de género y embarazo., » Perinotalogía y reproducción humana., vol. 28, nº2, pp. 71-78, 2014. [28]Gobierno de Ecuador, Ley Contra la Violencia a la Mujer y la Familia-Ley 103, Quito, 1995. [29]Gobierno de Ecuador, Código de la Niñez y la Adolescencia. (97) publicado por la ley N°101, Quito, 2003. [30]Ministerio de Relaciones Laborales, Código del Trabajo, Quito, 2005. [31]Gobierno de Ecuador, Ley Orgánica del Consejo de Participación Ciudadana, Quito, 2009. [32]Gobierno de Ecuador, Ley Orgánica Electoral. Organizaciones Políticas de la República del Ecuador, Código de la Democracia, Quito, 2009. [33]Gobierno de Ecuador, Ley Orgánica de la Función Legislativa, Quito, 2009. [34]Gobierno de Ecuador, Código Orgánico Organización Territorial Autonomía Descentralización, Quito, 2010. [35]Gobierno de Ecuador, Código Orgánico de Planificación y Finanzas Públicas, Quito,2010. [36] Asamblea Nacional de Ecuador, Ley Orgá-nica de Educación Intercultural, Quito, 2011. [37]Asamblea Nacional de Ecuador, Ley Orgánica de Comunicación, Quito, 2013. [38]Asamblea Nacional de Ecuador, Código Integral Penal, Quito, 2013. [39]Asamblea Nacional de Ecuador, Ley Orgánica para la Igualdad. Ley Orgánica de los Consejos Nacionales para la Igualdad, Quito, 2014. [40]Asamblea Nacional de Ecuador, Ley Orgánica Integral para Prevenir y Erradicar la Violencia Contra las Mujeres, Quito, 2018. [41]Ministerio de Justicia, Plan Nacional de Erradicación de la Violencia Intrafamiliar y de Género, hacia la Niñez, Adolescencia y Mujeres., Quito, 2007. [42]Ministerio de Inclusión, Plan Nacional de erradicación de Delitos Sexuales en el Ámbito Educativo, Quito, 2008. [43]Gobierno de Ecuador, Agenda Nacional de las Mujeres y la Igualdad de Género 2012-2017, Quito, 2012.
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Iturralde Gonzalez, Renato Rafael. "The violation of the right to legal certainty due to the lack of specialization in the administration of constitutional justice of first and second instance." Universidad Ciencia y Tecnología 26, no. 112 (March 9, 2022): 75–83. http://dx.doi.org/10.47460/uct.v26i112.547.

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Abstract:
Constitutional justice in Ecuador has evolved in light of the 2008 Constitution, recognizing rights and implementing mechanisms for their respect and protection; However, those who are called to apply the supreme norm and carry out a conventional control in specific cases of violations of fundamental rights, are people without specialization in the matter whose resolutions converge in a continuous violation of legal security. Through a qualitative investigation and the method of documentary observation, 50 resolutions of the Constitutional Court of Ecuador were analyzed within extraordinary protection actions corresponding to the years 2020 and 2021 that originated protection actions. As a result, the lack of legal criteria in constitutional matters as evidenced by the justice operators, in the first and second instance, which forced those affected to go to the highest interpreter of constitutional justice to carry out an adequate analysis of the specific case, arising the need to create specialized judiciary in constitutional matters that hear these actions. Keywords: Constitutional justice, violations of fundamental rights, legal security, the specialized judiciary in constitutional matters. References [1]J. Asencio, Introducción al Derecho Procesal, Valencia: Tirant lo Blanch, 2015. [2]R. Ávila, Los Principios de Aplicación de los Derechos, Nuevas Instituciones del Derecho Constitucional Ecuatoriano, Quito: Ediar, 2008. [3]Asamblea Nacional Constituyente del Ecuador, Constitución Política del Ecuador, Decreto Legislativo No. 000. Registro Oficial de fecha 11 de agosto de 1998, Quito, 1998. [4]Asamblea Nacional Constituyente del Ecuador, Constitución de la República del Ecuador, Decreto Legislativo No. 000. Registro Oficial No. 449, de fecha 20 de octubre del 2008, Montecristi, 2008. [5]C. Ballén, “Algunos desafíos procesales de la jurisdicción especial”, Iuris Tantum Revista Boliviana de Derecho, n° 25, pp. 474-501, 2018. [6]R. Reyes, “Los Derechos Humanos y la Seguridad jurídica”, Revista UNAM, n° 37, pp. 93-97, 2016. [7]E. Figueroa, Jueces Constitucionales. En Corte Suprema de Justicia de la República del Perú, Lima: Fondo Editorial, 2016. [8]J. Riofrío, “Alcance y límites del principio de jerarquía. Criterios para jerarquizar derechos, valores, bienes y otros elementos”, Revista Derecho PUCP, (84), 189-222, 2020. [9]M. Casals and J. Núñez, “Los principios en el derecho: ¿una fuente del derecho o una fuente de interrogantes?”, Revista de Derecho, n° 16, pp. 31- 45, 2020. [10]S. Andrade and L. Ávila, La transformación de la Justicia, Quito: Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, 2008. [11]V. Aguirre, “La administración de justicia en Ecuador”, Revista Horizonte de los derechos humanos, pp. 11-25, 2012. [12]S. Andrade, La Función Judicial en la vigente Constitución de la República, Quito: Corporación Editora Nacional (CEN), 2009. [13]G. Plaza and A. Zamora, “La necesidad de jueces especializados en el sistema judicial multicompetente ecuatoriano”, Revista Polos y Conocimiento, n° 49, pp. 1073-1087, 2020. [14]A. Figueruelo, El derecho a la tutela judicial efectiva, Madrid: Tecnos, 2017. [15] A. Brewer, Derecho Procesal Constitucional. Instrumentos para la justicia constitucional. Bogotá: Ediciones Doctrina y Ley, 2013. [16] A. Grijalva, Constitucionalismo en Ecuador, Quito: Corte Constitucional para el Período de Transición, 2012. [17]I. Quintana, La acción de protección, Ecuador: CEP, 2016. [18]Corte Constitucional para el periodo de transición, “Sentencia No. 031-09-SEP-CC dentro del Caso No. 0485-09-EP”, 2009. [Online]. Available: http://doc.corteconstitucional.gob.ec:8080/alfresco/d/d/workspace/SpacesStore/97245b3a-3639-4594-a77c-eedb7d2a431c/0485-09-EP-sent.pdf. [Last access: December 2nd, 2021]. [19]R. Oyarte, Derecho Constitucional Ecuatoriano y Comparado. Quito: Corporación de Estudios y Publicaciones, 2014. [20]G. Zagrebelsky, Principios y votos. El Tribunal Constitucional y la política. Madrid: Editorial Trotta, 2008. [21] L. León González, D. Barrueta and L. Martell, “La seguridad jurídica una proyección general”, Revista Conrado, n° 5, pp. 292-299, 2019. [22]R. Hernández, C. Fernández and P. Baptista, Metodología de la Investigación, México: Mc Graw Hill Education, 2014. [23]Asamblea Nacional del Ecuador, Código Orgánico de la Función Judicial, Ley No. 0. Registro Oficial Suplemento No. 544 de, fecha 09 de marzo de 2009, Quito, 2009. [24]Asamblea Nacional del Ecuador. Ley Orgánica de Garantías Jurisdiccionales y Control Constitucional, Ley No. 0. Registro Oficial Suplemento No. 52 de, fecha 22 de octubre de 2009, Quito, 2009. [25] Convención Americana sobre Derechos Humanos, Celebrada en una Conferencia especializada del 7 al 22 de noviembre de 1969, San José, 1969. [26]A. Pérez, Justicia que tarda…. [Online]. Available: https:// www.eluniverso.com/opinion/2020/02/28/nota/7758489/justicia-que-tarda/. [Last access: December 2nd, 2021].
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Vargas, Borman, Luisa Arcos, and Gissela Vargas. "DERECHO CONSTITUCIONAL COMO PARTE ESENCIAL DE LA INNOVACIÓN EDUCATIVA: UN ANÁLISIS DE REVISIÓN DE LITERATURA." Universidad Ciencia y Tecnología 24, no. 107 (December 24, 2020): 32–40. http://dx.doi.org/10.47460/uct.v24i107.411.

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Abstract:
La investigación se fundamenta en el Derecho Constitucional y el Derecho a la educación, en torno al eje de innovación educativa. El estudio tiene un sustento teórico y de análisis acerca de los principales artículos que amparan la educación, así como el panorama meso desde una perspectiva de América Latina. El objetivo del trabajo fue desarrollar un análisis del Derecho Constitucional y la Innovación Educativa. El método investigativo fue cualitativo-descriptivo, puesto que se analizaron las principales divergencias del problema. Además, está inmerso en un marco crítico-propositivo, puesto que, se estudiaron en una parte el Derecho Constitucional, de manera infra ordinada y la innovación educativa con un enfoque en las Tecnologías de Información y Comunicaciones. Propositivo, porque determinó un programa de innovación para ser considerada como alternativa de proceso. Los resultados indicaron de manera separada la importancia del Derecho Constitucional sobre la innovación educativa y la preponderancia de las TICs. Palabras Clave: derecho constitucional, educación, innovación educativa. Referencias [1]M. Cruz, M. Pozo, H. Ashay, y A. Arias, “Las Tecnologías de la Información y de la Comunicación (TIC) como forma investigativa interdisciplinaria conun enfoque intercultural para el proceso de formación estudiantil,” e-Ciencias la Inf., vol. 9, 2019. [2]M. Zibel, “Tras 10 años de gobierno, además de un Ecuador dividido, ¿qué más deja Rafael Correa?,” BBC, 2017, [En línea]. Disponible en: https://www.bbc.com/mundo/noticias-america-latina-38980926. [Último acceso: 2020]. [3]A. Ruíz, Constitucionalismo en el Ecuador, vol. 3, no. 2. 2015. [4]F. Rubio, “Derecho Constitucional,” Rev. española derecho Const., vol. 20, no. 58, pp. 345–352, 2000. [5]L. C. Sáchica, “Constitucionalismo y Derecho Constitucional,”Const. Mestizo, pp. 1–11, 2002, [En línea]. Disponible en: https://archivos.juridicas.unam.mx/www/bjv/libros/1/323/2.pdf. [Último acceso: 2020]. [6]Asamblea Constituyente, “Derechos del buen vivir,” Const. del Ecuador, p. 132, 2008. [7]Instituto Nacional de Evaluación Educativa, “La educación en Ecuador: Logros alcanzados y nuevos desafíos Resultados educativos 2017-2018,” Minist. Educ., p. 212, 2018, [En línea]. Disponible en: www.evaluacion.gob.ec. [Último acceso: 2020]. [8]H. Barrera, T. Barragán, y G. Ortega, “La realidad educativa ecuatoriana desde una perspectiva docente,”Rev. Iberoam. Educ., vol. 75, no. 2, pp. 9–20, 2017, doi:10.35362/rie7522629. [9]Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos, “Ecuador Quedó Fuera Del Ranking Mundial En Calidad Educativa,” Locura Stereo, Quito,Dec. 08, (OCDE) 2019. [10]M. Iglesias, I. Lozano, y I. Roldán, “La calidad e innovación educativa en la formación continua docente: un estudio cualitativo en dos centros educativos,” Rev. Iberoam. Educ., vol. 77, no. 1, pp. 13–34, 2018, doi: 10.35362/rie7713090. [11]F. Michavila, “La innovación educativa. Oportunidades y barreras,” Arbor, vol. CLXXXV, no. Extra, pp. 3–8, 2009, doi: 10.3989/arbor.2009.extran1201. [12]A. Baleani., “Las Tic Como Herramientas Educativas,”p. 3, 2012, [En línea]. Disponible en: http://bc.uns.edu.ar/wikis/victor/images/e/ef/Ensayo_Final_Comedia. pdf. [Último acceso: 2020]. [13]M. Alcantara, “Importancia de las tic para la educación".Nuevas tecnologías etapa educación infantil, primaria y secundaria Resumen,” 2009. [14]G. Navarrete y R. Mendieta, “Las Tic Y La Educación Ecuatoriana En Tiempos De Internet: Breve Análisis,” Espirales, vol. 2, no. 15, pp. 123–136, 2018, [En línea]. Disponible en: http://www.revistaespirales.com/index.php/es/article/download/220/165. [Último acceso: 2020]. [15]UNESCO, “Enfoque Estratégico Sobre Tics En Educación En América Latina Y El Caribe,” Of. Reg. Educ. para América Lat. y el Caribe, 2013. [16]M. Gavilanes, W. Yanza, A. Inca, G. Torres, y R. Sánchez, “Las TICs en los procesos de enseñanza y aprendizaje,” Cienc. Digit., vol. 3, no. 2.6, pp. 422–439, 2019, doi: 10.33262/cienciadigital.v3i2.6.575. [17]Federeación de Enseñanza de CC.OO, “La educación ante la innovación tecnológica Introducción,” Rev. Digit. para Prof. la enseñanza, vol. 6, pp. 1–18, 2010, [En línea]. Disponible en: https://www.feandalucia.ccoo.es/docu/p5sd6738.pdf. [Último acceso: 2020]. [18]R. Hernández, Metodología de la investigación, vol. 3, no. 2. 2015. [19]P. L. Correa Noriega, Derecho Constitucional General. Teoria de la Constitución Política. 2016. [20]Asamblea Constituyente, “Constitución del Ecuador,” Regist. Of., no. 20 de Octubre, p. 173, 2008, doi: 10.1017/CBO9781107415324.004. [21]Ministerio de Educación, Marco legal educativo: constitución de la república, ley orgánica de educación intercultural y reglamento general. Pichincha, Ecuador. 2012. [22]A. Bonilla, “Los 10 países latinoamericanos con mejor aprovechamiento de las TICs,” 2016, [En línea]. Disponible en: http://www.cienciamx.com/index.php/diez-mas/2431-los-10-paises-latinoamericanos-con-mejor-aprovechamiento-de-las-tics. [Último acceso: 2020]. [23]M. García, J. Reyes, y G. Godínez, “Las Tic en la educación superior, innovaciones y retos / The ICT in higher education, innovations and challenges,” RICSH Rev. Iberoam. las Ciencias Soc. y Humanísticas, vol. 6, no. 12, pp. 299–316, 2018, doi: 10.23913/ricsh.v6i12.135. [24]P. Pacheco, “La innovación educativa y la integración de las TIC en el proyecto educativo de la Universidad Politécnica Salesiana del Ecuador.”
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Books on the topic "Venezuela. Asamblea Nacional Constituyente (2017)"

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Carías, Allan-Randolph Brewer. Poder constituyente originario y Asamblea Nacional Constituyente: Comentarios sobre la interpretación jurisprudencial relativa a la naturaleza, la misión y los limites de la Asamblea Nacional Constituyente. Caracas: Editorial Jurídica Venezolana, 1999.

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Matheus, Juan Miguel. La Asamblea Nacional: Cuatro perfiles para su reconstrucción constitucional. Caracas: Editorial Jurídica Venezolana, 2013.

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Venezuela. Asamblea Nacional Constituyente (1999-2000), ed. La constituyente: Renacer de una esperanza : utopia? Caracas: G. Parra Luzardo, 2002.

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Organization of American States. Unit for the Promotion of Democracy., ed. Observación electoral en la República de Venezuela: Elección de representantes a la Asamblea Nacional Constituyente del 25 de julio de 1999. Washington, D.C: Secretaría General, Organización de los Estados Americanos, 1999.

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Hernández Correa, Gerardo. Marco legal del Banco de la República - Banco central de Colombia. Banco de la República de Colombia, 2021. http://dx.doi.org/10.32468/ebook.664-424-2.

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Abstract:
En Colombia es difícil ponerse de acuerdo sobre algo; sin embargo, en la Asamblea Nacional Constituyente hubo consenso entre los participantes de distintas ideologías y partidos sobre la bondad de reformar de manera integral al Banco de la República y convertirlo en un banco central independiente. La historia del debate constitucional está recogida en las distintas ponencias y discusiones de la Constituyente de 1991 y en un número importante de trabajos académicos que son material indispensable para los interesados en los temas de la banca central. De estos textos se destaca el libro La autonomía del Banco de la República: economía política de la reforma, editado por Roberto Steiner (1995), en donde los protagonistas de la reforma analizan las principales discusiones y conflictos que se presentaron en el marco de la constituyente y los acuerdos que se fueron formando para la transformación del Banco de la República. Igualmente relevante los artículos “Autonomía del Banco de la República en la Constitución de 1991 y en la Ley 31 de 1992” de Alberto Boada, Carolina Gómez y Marcela Ocampo (2017) y “El debate sobre la banca central en la constituyente de 1991” de Rudolf Hommes y José Elías Melo (2017) que hacen parte del libro Historia del Banco de la República: 1923-2015. En estos trabajos se presenta un análisis sistemático de la reforma y la visión, muy particular, de quienes participaron en nombre del gobierno Gaviria en las discusiones de la Asamblea Nacional Constituyente. Con el paso de los años también hay consenso sobre el importante rol que ha desempeñado el Banco de la República y su Junta Directiva como autoridad monetaria, cambiaria y crediticia, en el adecuado manejo de la economía nacional. Crisis profundas como la de fin de siglo, la que se desató en el mundo con la quiebra de Lehman Brothers o la más reciente, producto de la pandemia del Covid-19, han puesto a prueba el marco institucional establecido en 1991. En todas ellas la respuesta del banco central ha seguido el carácter técnico que le impuso la Carta Política. Este texto no profundiza en lo sucedido en la constituyente, sino que se centra en la forma como la ley reguló el nuevo esquema de banca central independiente y el papel preponderante que ha tenido la jurisprudencia de la Corte Constitucional. Las decisiones, en su mayoría, han respaldado el marco institucional adoptado por la Ley 31 de 1991, lo que ha permitido a la Junta Directiva cumplir con su mandato de preservar la capacidad adquisitiva de la moneda en coordinación con la política económica general. La idea de esta obra surgió como una actualización del libro “La Banca Central en Colombia” editada por el Banco de la República en 1994 y que tenía en su portada un billete de diez pesos con la figura de Antonio Nariño. Sin embargo el texto derivó en comentarios a la Ley 31 de 1992 y al Decreto 2520 de 1993 (Estatutos del Banco) que constituyen el marco legal de funcionamiento del banco central. Los comentarios se apoyan en las discusiones en el Congreso previas a la aprobación de la Ley 31, en los fallos de las distintas cortes y en mi experiencia como secretario de la Junta, gerente ejecutivo y, recientemente, como miembro de la Junta del Banco. Las opiniones, naturalmente, no comprometen al Banco de la República ni a su Junta Directiva y son de mi exclusiva responsabilidad. Agradezco a la Secretaría de la Junta Directiva y al Departamento Jurídico por su colaboración permanente, en especial a Alberto Boada Ortiz, actual secretario, y a los distintos abogados que seguramente reconocerán ideas discutidas con ellos en distintas épocas del Banco. También, a Consuelo Páez que, con su insistencia, logró llevar a feliz término este libro y a Natalia y Juana que, en medio del confinamiento obligatorio del Covid-19, me animaron a seguir adelante con el proyecto.
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