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Journal articles on the topic 'Vicios'

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Pereda, Carlos. "Pensar en español: ¿un pseudoproblema? Pero, ¿qué hay detrás?" Euphyía - Revista de Filosofía 4, no. 6 (November 3, 2017): 59. http://dx.doi.org/10.33064/6euph65.

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Abstract:
En este artículo se abordan algunos de los malestares que frecuentemente acompañan al pensamiento filosófico en América Latina, y se intenta determinar una manera adecuada de afrontarlos. En particular se tratan tres vicios que forman un «triángulo vicioso», a saber: el fervor sucursalero, el afán de novedades y el entusiasmo nacionalista. Para evitar caer en dichos vicios es necesario acatar ciertas normas que eviten el uso arrogante de la razón y que promuevan una argumentación interna y externa, lo que finalmente llevará a las investigaciones a un terreno de discusión serio sin importar el idioma.
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Oviedo Albán, Jorge. "INDEMNIZACIÓN DE PERJUICIOS POR VICIOS REDHIBITORIOS EN EL CÓDIGO CIVIL CHILENO-COLOMBIANO." Vniversitas, no. 129 (December 30, 2014): 237. http://dx.doi.org/10.11144/javeriana.vj129.ipvr.

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Abstract:
En el presente artículo, el autor analiza el alcance de la indemnizaciónde perjuicios por vicios ocultos según su regulación en el Código Civilvigente en Chile y Colombia y busca demostrar la independencia de talacción indemnizatoria, de manera que esta surge no por la presenciamisma de los vicios y tampoco por el incumplimiento de una obligaciónde calidad o idoneidad, sino por incumplimiento de un deber específico deinformación asumido por los vendedores que conocían o debían conocerel vicio. Ello lleva a tratar de establecer si pueden identificarse diferentesescenarios de indemnización a partir de la presencia de defectos ocultosde la cosa en el contrato de compraventa. Para lo anterior, este artículose basa en un análisis de las reglas vigentes en el Código Civil chilenocolombiano,de la doctrina y la jurisprudencia existente en ambos paísesy de algunos elementos de Derecho comparado que permitan identificarcríticamente las diversas soluciones propuestas en torno a este tema.
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3

Ionut-Eduard, Iordache, Popescu Razvan, Steriu Liliana, Baltatescu Gabriela, Mircea Denisa, Leopa Nicoleta, Mitroi Anca, and Costea Dan. "Vicios Appendix Position Clinical Case." ARS Medica Tomitana 26, no. 3 (August 1, 2020): 122–25. http://dx.doi.org/10.2478/arsm-2020-0025.

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Abstract:
Abstract The purpose of this article is to present a rare, particular case of intestinal anatomy, intraoperatively evidenced as a vicious position of intestine determined by nonrotation of primary intestinal loop.
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4

García Brunal, Gabriel Alfonso. "La garantía legal del Estatuto del Consumidor como mecanismo para proteger al comprador frente a vicios inmobiliarios progresivos." Revista de Derecho Privado, no. 41 (June 2, 2021): 109–43. http://dx.doi.org/10.18601/01234366.n41.05.

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Abstract:
En la actualidad los compradores de vivienda se encuentran desprotegidos frente a ciertos vicios que emergen de forma imperceptible en sus inmuebles pero con el tiempo avanzan progresivamente hasta generar fallas estructurales que terminan deteriorando o desplomando las edificaciones. Estos vicios no se encuentran comprendidos dentro de los mecanismos civiles de protección como la acción redhibitoria y la garantía decenal. El presente artículo explora la posibilidad de acudir a la garantía inmobiliaria que establece el Estatuto del Consumidor como vía para que las personas puedan obtener la protección de sus derechos y responsabilizar a los vendedores por esos vicios.
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Villalobos, Sergio. "REVISTAS INDEXADAS Y OTROS VICIOS ACADÉMICOS." Revista chilena de literatura, no. 84 (September 2013): 145–53. http://dx.doi.org/10.4067/s0718-22952013000200010.

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Torres Morón, Eliana Sthefanie. "Los vicios de nulidad y su incidencia en la gestión de los procedimientos administrativos disciplinarios en el año 2019." Gestión en el Tercer Milenio 24, no. 47 (June 17, 2021): 165–73. http://dx.doi.org/10.15381/gtm.v24i47.19712.

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Abstract:
El presente artículo está orientado a explicar y dar a conocer la incidencia que tienen los vicios de nulidad en la gestión de los procedimientos administrativos disciplinarios desarrollados por las entidades públicas en el año 2019, como parte del ejercicio de su potestad disciplinaria a fin de garantizar el adecuado funcionamiento de la Administración Pública. En este artículo se analiza la responsabilidad administrativa disciplinaria que alcanza a los servidores públicos en el ejercicio de sus funciones cuando incurren en hechos que resultan contrarios al ordenamiento jurídico, lo que genera que se les juzgue mediante un procedimiento administrativo disciplinario a fin de imponerles una sanción. Sin embargo, en el desarrollo de dicho procedimiento administrativo disciplinario es frecuente que se produzcan vicios que acarrean la nulidad de los referidos procedimientos. En ese sentido, el análisis del presente artículo se realizó sobre la base de 50 servidores de distintas entidades públicas, quienes fueron encuestados, habiéndose llegado a determinar como resultado algunos factores que dan lugar a la producción de vicios de nulidad, así como las consecuencias nocivas que dichos vicios generan para la adecuada gestión de los procedimientos administrativos disciplinarios.
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Locutura, J., and I. Ceballos. "Virtudes y vicios del »cañón« de proyección." Revista Clínica Española 202, no. 5 (January 2002): 247–48. http://dx.doi.org/10.1016/s0014-2565(02)71044-8.

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8

LARROUCAU TORRES, JORGE. "VICIOS, ACCIONES Y PRUEBA EN LA COMPRAVENTA." Revista de derecho (Coquimbo) 22, no. 1 (2015): 259–306. http://dx.doi.org/10.4067/s0718-97532015000100007.

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George, Marie I. "Aquinas on the Dangers of Natural Virtue and the Control of Natural Vice." Tópicos, Revista de Filosofía 40, no. 1 (November 28, 2013): 13. http://dx.doi.org/10.21555/top.v40i1.85.

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Abstract:
Investigo la posición de Tomás de Aquino acerca de que la virtud natural puede implicar la existencia de ciertos peligros para vivir una vida moral; peligros que incluyen la inflexibilidad de la virtud natural ante las circunstancias; los vicios opuestos que pudieran engendrarse, si la virtud natural se siguiera ciegamente; y su aptitud para engañar a la gente e inducirla a pensar que son realmente virtuosos. También considero si Aquino piensa que estos problemas son remediables, con base en su idea de que la virtud y el vicio natural son casos de la determinación de la naturaleza a una sola cosa. En efecto, Tomás sostiene que podemos superar los escollos morales que la virtud y el vicio naturales representan, aunque su dominio perfecto no sea posible sin la intervención divina, puesto que nuestra disposición corporal no está directamente sujeta a la razón.
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Piris, Cristian Ricardo A. "Vicios redhibitorios: caracterización jurídica y fundamentos económicos de una institución ancestral." Revista de la Facultad de Ciencias Económicas, no. 13 (September 8, 2014): 22. http://dx.doi.org/10.30972/rfce.013384.

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Abstract:
La pregunta central en materia de vicios redhibitorios, es si entregar una cosa con vicios ocultos puede calificarse como cumplimiento del contrato. En el Derecho, desde tiempos de la antigua Roma se ha entendido que no. Pero entonces cabe la siguiente pregunta ¿por qué la existencia de vicios ocultos no sirve para que se declare, simplemente, que ha sido infringida la obligación principal de entregar la cosa vendida en las condiciones acordadas? La única respuesta consistente es apelar a razones de utilidad, a cuestiones prácticas para facilitar el tráfico. El régimen de los vicios ocultos se sustenta en fundamentos económicos, no jurídicos como en la evicción, y tiende a asegurar al adquirente una posesión útil (Castán Tobeñas, 1993, p. 121). Es un supuesto de responsabilidad objetiva del transmitente, quien debe la garantía aunque sea de buena fe. La existencia de mala fe solo sirve para agravar la situación de éste, y habilitar una indemnización por daños y perjuicios, pero ello es independiente de la restitución del precio que se debe en todos los casos. Queda claro que lo que se pretende es restablecer el equilibrio prestacional. El adquirente ha pagado un precio con el fin de obtener un bien, teniendo en miras determinadas utilidades de la cosa. Esas utilidades, no surgen de su imaginación sino que son propias del destino de la cosa, pero si no sirve para eso, el comprador se ve perjudicado. De allí que esta garantía permita la restitución recíproca del precio y la cosa, o bien la disminución del precio en medida equivalente al costo del defecto. El Análisis Económico del Derecho coincide con la solución pero le da al asunto un nuevo abordaje mirando la utilidad social y no el equilibrio prestacional. Los vicios son casos de daños bilaterales, en cuya detección pueden invertir tanto adquirente como enajenante, y corresponde cargar con los riesgos del mismo a aquel sujeto que de manera más económica pueda evitarlos.
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Verdugo Ramírez, Sergio. "INAPLICABILIDAD Y VICIOS DE FORMA: ¿UN PROBLEMA RESUELTO?" Revista de derecho (Valdivia) 23, no. 2 (December 2010): 83–112. http://dx.doi.org/10.4067/s0718-09502010000200005.

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López Ramón, Fernando. "La calificación de los vicios de los reglamentos." Revista de Administración Pública, no. 205 (April 23, 2018): 13–48. http://dx.doi.org/10.18042/cepc/rap.205.01.

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Ruiz Miguel, Carlos. "Los vicios de origen de los procesos autonómicos." Teoría y Realidad Constitucional, no. 24 (July 1, 2009): 243. http://dx.doi.org/10.5944/trc.24.2009.6868.

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Abstract:
Los más importantes procesos estatutarios en España se hallan aquejados de vicios en su origen consistentes en la violación de las prescripciones constitucionales sobre su elaboración y reforma. El primer proceso autonómico, que dio lugar a todas las Comunidades autónomas creadas al amparo del artículo 151 de la Constitución presenta diversos vicios de origen, bien porque se tramitaron con referendums celebrados inconstitucionalmente, o porque se concedió validez a referendums que no la tenían o porque se omitieron las reglas sobre su tramitación parlamentaria. El segundo proceso autonómico, desencadenado a partir de 2003, por su parte, se articula sobre supuestas «reformas» estatutarias que no son sino derogaciones novativas de los Estatutos anteriores, y sobre referéndums nuevamente convocados en violación de la Constitución y la ley.
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Brunk, Samuel. "Vicios públicos, virtudes privadas: La corrupción en México." Hispanic American Historical Review 82, no. 1 (February 1, 2002): 173–75. http://dx.doi.org/10.1215/00182168-82-1-173.

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Fernández Ruiz, Jorge. "Los vicios de la contratación pública en México." Derecho PUCP, no. 66 (January 1, 2011): 469–88. http://dx.doi.org/10.18800/derechopucp.201101.022.

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Abstract:
El artículo parte de la premisa de que existe una ausencia de rectitud en la adjudicación y celebración de contratos del sector público y, a la luz de la Convención Interamericana contra la Corrupción, elabora un análisis crítico de la legislación mexicana en materia de contrataciones y adquisiciones con el Estado. Las conclusiones finales sostienen que aún existen grandes deficiencias en materia de contratación pública.
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Ortiz Millán, Gustavo. "Moralismo y esteticismo." Análisis Filosófico 40, no. 1 (May 1, 2020): 139–48. http://dx.doi.org/10.36446/af.2020.333.

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Abstract:
El esteticismo y el moralismo son dos vicios de desmesura en los que se sobredimensionan los valores estéticos o morales en situaciones en las que están en juego otros valores que también deberían tomarse en cuenta, pero se subvaloran. Carlos Pereda sostiene que son patologías del juicio y argumenta que la literatura ha sido víctima de distintas variantes de estos vicios. Para ello, distingue entre diferentes formas de esteticismo y de moralismo, y analiza cómo algunas de ellas tienen implicaciones a nivel semántico y de comunicación. Pereda propone un “modelo reflexivo” que contrarrestre el vértigo simplificador que representan estas patologías. En esta nota, examino críticamente la teoría de Pereda y propongo otros modos que puede tomar el análisis del esteticismo y del moralismo.
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Gsell, Beate, and Rodrigo Araldi. "Plazos de las medidas correctoras en caso de vicios ocultos según la Directiva (UE) 2019/770 sobre contratos de suministro de contenidos y servicios digitales y la directiva (UE) 2019/771 sobre el contrato de compraventa de bienes." CUADERNOS DE DERECHO TRANSNACIONAL 12, no. 2 (October 8, 2020): 475. http://dx.doi.org/10.20318/cdt.2020.5617.

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Abstract:
En el presente estudio se aborda la cuestión de los plazos para el ejercicio efectivo de remedios por falta de conformidad en los contratos de compraventa y suministro de contenidos y servicios digitales con arreglo a las Directivas 2019/770 y 2019/771. En particular, se examinan los plazos aplicables en caso de vicios ocultos, que sólo se manifiestan después de la entrega de los bienes o del suministro del contenido digital. Además, se ocupa de la situación más compleja de los vicios ocultos en los contratos que prevén el suministro continuo del contenido digital. La finalidad es evaluar tanto la adecuación de la solución legislativa adoptada en cada Directiva como la coherencia entre ambas en cuanto al régimen jurídico aplicable a esos plazos.
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Pereda, Carlos. "Wittgenstein y el pensamiento de América Latina." Euphyía - Revista de Filosofía 4, no. 7 (November 6, 2017): 45. http://dx.doi.org/10.33064/7euph69.

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Abstract:
El autor argumenta que es posible extraer diversas lecciones formales del pensamiento de Wittgenstein, y que dichas lecciones pueden ser útiles para combatir diversos vicios que aquejan al pensamiento latinoamericano.
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Arribas I., Guillermo. "Vicios ocultos o bienes disconformes: ¿Incumplimiento y/o saneamiento?" Forseti: Revista de Derecho, no. 3 (2014): 47–59. http://dx.doi.org/10.21678/forseti.v0i3.1165.

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Román Maldonado, Carlos Eduardo. "Comentarios morales para Juan Manuel Santos, presidente de la República de Colombia 2014-2018." RHS-Revista Humanismo y Sociedad 2, no. 1 (2014): 53–60. http://dx.doi.org/10.22209/rhs.v2n1a05.

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Abstract:
El artículo describe las cualidades del príncipe que Maquiavelo señala en el Príncipe, para atribuirlas al presidenteSantos y entender de esta forma los valores morales del país, dado que la Presidencia de la República es una Institucióncon prácticas aceptadas. Las virtudes y los vicios se expresan en actos concretos que los determinan, es el carácter delindividuo, su marca. Metodológicamente se tiene lo conceptual, ideas al modo de tipos puros para configurar el marcoreferencial de la conducta humana. Como conclusión vemos dos caminos para gobernar el país, el primero puede sera través de la habilitación de posibilidades desde lo bueno que puede hacer por sí mismo y por la sociedad; el segundodejar vacíos que sean llenados por las circunstancias y actitudes desesperadas de enojo e irracionalidad de los sereshumanos.Palabras clave: valores morales, vicios, virtudes.
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Pavón Cuéllar, David. "Escuchar por escuchar: la escucha de los pueblos originarios como praxis transformadora en la esfera psicosocial." Poiésis, no. 37 (August 20, 2019): 35–42. http://dx.doi.org/10.21501/16920945.3341.

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Abstract:
Los pueblos originarios no son escuchados en México. Ante esta falta de escucha, lo primero transformador que puede hacerse es empezar a escuchar. La escucha, para ser de verdad transformadora, deberá evitar al menos tres vicios: el de la objetivación practicada por el científico, el exceso de comprensión del portavoz y la obstinación de los mineros del alma que arrancan las palabras, fuerzan y controlan o deciden la comunicación, y convierten la escucha en un interrogatorio. Después de criticarse estos tres vicios, el artículo propone una escucha en silencio y en respeto, pero en la que hay lugar para el diálogo, recordándose lo que los pueblos originarios han dicho en el pasado e intentando escuchar su voz indígena en el rumor silenciado y ahora silencioso de nuestra propia voz mestiza.
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Sanmartin, Ricardo. "La calidad en la investigacion antropologica." Investigaciones Sociales 13, no. 22 (June 11, 2014): 301–14. http://dx.doi.org/10.15381/is.v13i22.7262.

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Abstract:
El artículo trata sobre un problema muy básico e inicial de la investigación empírica: La calidad de los datos etnográficos. Los primeros pasos de cualquier investigación empírica son cruciales si queremos buenos resultados y conclusiones verdaderas. No obstante, como la experiencial tutorial nos muestra, son tan frecuentes las actitudes equivocadas que se hace necesaria cierta reflexión sobre los vicios de la investigación, así como sobre las cualidades de la investigación de buena calidad. La pobreza de los datos etnográficos, incapaces de decir algo significativo sobre la verdadera vida de los actores sociales, es uno de esos vicios que pueden superarse y resolverse si el observador aprende a prestar atención a la alteridad, complejidad y especificidad de la cultura. La investigación de calidad parte de un sano respeto ante la imperiosa realidad y alteridad de la cultura y la sociedad de los actores, y percibe con acierto problemas humanos verdaderamente relevantes.
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Lariguet, Guillermo. "Sócrates, tipologías de intelectuales y política: algunas referencias al caso argentino." Literatura: teoría, historia, crítica 20, no. 2 (July 1, 2018): 185–220. http://dx.doi.org/10.15446/lthc.v20n2.70816.

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Abstract:
En este ensayo defiendo que un tipo básico de intelectual es el de Sócrates. Tomo en cuenta un Sócrates filosófico más que existencial. Mi defensa es más normativa que semántica. A continuación, expongo la existencia de seis formas desviadas de intelectual, siguiendo la distinción entre vicios intelectuales y vicios morales. La distinción no es exhaustiva y no impide algunas combinaciones. Luego, discuto el caso de la política argentina de los años 2003 a 2018. Este período involucra al kirchnerismo y al macrismo. En este contexto político, defiendo un tipo de intelectual virtuoso, que llamo intelectual “con compromiso cívico”, quien, en mi opinión, está en mejores condiciones de someter a crítica a los gobiernos. También, en contraste con este, propongo algunos ejemplos de cómo cierto intelectualismo argentino se ha desviado o alejado del tipo socrático. Este alejamiento podría ser parte de una tragedia de la cultura argentina.
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Vaccari, Debora. "(Poly)Metric and Structural Notes About «Los vicios de Cómodo»." Anuario Lope de Vega Texto literatura cultura 27 (January 20, 2021): 33. http://dx.doi.org/10.5565/rev/anuariolopedevega.404.

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Martin, Christopher. "An Ingenuous Account of the Doctrine of the Mean." Tópicos, Revista de Filosofía 6, no. 1 (November 28, 2013): 31. http://dx.doi.org/10.21555/top.v6i1.497.

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Abstract:
Aristóteles admite la posibilidad de que muchos vicios se opongan a una virtud, pero insiste en que siempre hay al menos dos, relacionados con la deficiencia y el exceso. Así, la doctrina de que la virtud está en el medio es tanto verdadera como útil.
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Gandini, María Juliana, and Clara Zimmermann. "Nicolás Kwiatkowski. “Fuimos muy peores en vicios”. || Arnaud François & Camille Riquier (eds.). Annales bergsoniennes VIII." Boletín de Estética, no. 52 (September 21, 2020): 105–15. http://dx.doi.org/10.36446/be.2020.52.244.

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Abstract:
Nicolás Kwiatkowski. “Fuimos muy peores en vicios”. Barbarie propia y ajena, entre la caída de Constantinopla y la Ilustración. Buenos Aires: Eudeba, 2020, 333 páginas. Arnaud François & Camille Riquier (eds.). Annales bergsoniennes VIII: Bergson, la morale, les emotions. Paris: PUF, 2017, 364 páginas.
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SALINAS ESPINOSA, Concepción. "De vicios y virtudes en algunos textos castellanos del siglo XV." Revista Española de Filosofía Medieval 1 (October 1, 1994): 149. http://dx.doi.org/10.21071/refime.v1i.9838.

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Ezquerra Revilla, Ignacio. "La Junta de Reformación de 1586: tapadas, comedias y vicios cortesanos." Revista de Historia Moderna. Anales de la Universidad de Alicante, no. 30 (2012): 267–82. http://dx.doi.org/10.14198/rhm2012.30.16.

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Henríquez Viñas, Miriam Lorena. "Justicia constitucional chilena y vicios de forma: un caso de improcedencia." Revista de Derecho 1, no. 15 (June 6, 2017): 49. http://dx.doi.org/10.22235/rd.v1i15.1372.

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Rivero, Carmen. "Del médico al matasanos: la «Corrección de vicios» de Salas Barbadillo." Hipogrifo. Revista de literatura y cultura del Siglo de Oro 7, no. 2 (November 2019): 97–106. http://dx.doi.org/10.13035/h.2019.07.02.09.

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Carranza, Víctor. "La economía: la mano invisible y los vicios públicos Víctor Carranza." Revista IECOS 11 (March 24, 2021): 45–55. http://dx.doi.org/10.21754/iecos.v11i0.1217.

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García Pérez, Marta. "Luces y sombras del arbitraje institucional en la Administración General del Estado." Revista Andaluza de Administración Pública, no. 80 (August 31, 2011): 81–114. http://dx.doi.org/10.46735/raap.n80.483.

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Abstract:
El presente trabajo analiza la disposición adicional única de la Ley 11/2011, de 20 de mayo, que introduce un procedimiento de resolución de las controversias surgidas entre la Administración pública y sus entes instrumentales. La regulación adolece de vicios formales y de fondo que pueden dificultar su aplicación. Unos y otros son estudiados a la luz de la jurisprudencia y la doctrina.
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Ruiz Barriga, Jorge Alberto. "Viejos vicios, nuevas leyes. La subdelegación de Zacatula de 1786 a 1810." Legajos. Boletín del Archivo General de la Nación 8, no. 14 (September 1, 2017): 93–113. http://dx.doi.org/10.31911/bagn.2017.8.14.43.

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Abstract:
Esta investigación tiene como objetivo analizar el establecimiento del gobierno de subdelegaciones, como una nueva estructura administrativa emanada de la Real Ordenanza de Intendentes de 1786, en la subdelegación de Zacatula durante el periodo Colonial, y que se encuentra al suroeste del actual estado mexicano de Guerrero. Se busca reconstruir la actuación de los subdelegados como autoridades locales y sus nuevas funciones administrativas, sus prácticas de gobierno, así como identificar la forma en que ejercían el poder y cómo resolvían los diferentes conflictos que se suscitaron en esta subdelegación.
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Enamorado Estrada, Jairo Antonio. "La contratación estatal en Colombia. Entre vacíos jurídicos y vicios de interpretación." Erg@omnes 7, no. 1 (November 30, 2015): 173. http://dx.doi.org/10.22519/22157379.750.

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Abstract:
Este artículo de reflexión pretende exponer los avances que se han realizado con la intención de estructurar un estudio en el ámbito jurídico relacionado con la contratación estatal en Colombia y la afectación económica desde la perspectiva de la Ley 1150 de 2007 y los decretos que la reglamentan, utilizando como soporte interpretativo los planteamientos de la teoría del equilibrio financiero en el contrato.
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Echeñique, Javier. "The diagram of moral vices in eudemian ethics II 3." Revista Archai, no. 20 (2017): 93–122. http://dx.doi.org/10.14195/1984-249x_20_4.

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Piccato, Pablo. ""El Paso de Venus por el disco del sol": Criminality and Alcoholism in the Late Porfiriato." Mexican Studies/Estudios Mexicanos 11, no. 2 (1995): 203–41. http://dx.doi.org/10.2307/1051921.

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Abstract:
Las ideas sobre criminalidad y alcoholismo fueron una parte importante de las ideas sociales de las élites porfirianas. Alrededor de ellas se construyeron categorías que servían para distinguir y jerarquizar a los grupos sociales. Los estudiosos mexicanos buscaron las peculiaridades nacionales de esos vicios mediante la observación científica y el uso de modelos explicativos importados. Sin embargo, no llegaron a establecer un consenso sobre la forma de tratar con ambos problemas.
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Velázquez Jordana, José Luis. "Aristóteles y la codicia = Aristotle and Greed." ΠΗΓΗ/FONS 4, no. 1 (June 4, 2020): 153. http://dx.doi.org/10.20318/fons.2019.4943.

Full text
Abstract:
Resumen: La concepción aristotélica de la justicia particular ha sido objeto de múltiples análisis y controversias centrados principalmente en las diferencias entre la injusticia particular y otros vicios, la incoherencia al situarla en el esquema del término medio y la dificultad para identificar el contenido emocional de las acciones justas y de las acciones injustas del codicioso. En este artículo se reconstruyen los argumentos de Aristóteles y se presentan las objeciones más relevantes sobre la representación del vicio de la codicia de la mano de J.O. Urmson y B. Williams. Se concluye con algunas observaciones para mitigar algunas críticas.Palabras clave: pleonexia, justicia particular, ganancia, emoción.Abstract: Aristotle’s notion of particular justice has been the object of a long controversy focused on the difference between particular injustice and other vices, and the difficulty of distinguishing the emotional content of just actions from the unjust actions of the covetous. This paper reconstructs Aristotle’s arguments and presents the most relevant objections to the representation of the vice of greed by J.O. Urmson and B. Williams. It concludes with some observations to mitigate these objections.Keywords: greed, special justice, gain, emotion.
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Rojas Herrera, Juan José. "Reflexiones generales en torno al significado y alcances del reconocimiento constitucional de la existencia del sector social de la economía mexicana en el contexto del sector cooperativo." Relaciones Estudios de Historia y Sociedad 37, no. 146 (June 4, 2016): 251. http://dx.doi.org/10.24901/rehs.v37i146.14.

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Abstract:
La simulación es uno de los vicios más fuertemente arraigados en la cultura política del país. Este fenómeno se produce incluso estando de por medio reformas sustantivas al texto constitucional. Un caso dramático de simulación política y legislativa se presentó en 1983, a raíz de la reforma al artículo 25 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, que concedió reconocimiento legal a la Economía Social. Este trabajo relata los pormenores de dicha experiencia.
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Müller Thies Martínez, Andrea, María Beatriz Capará, and Lelis Morales Clemotte. "Dearly detection of postural vices determining osteomioarticular alterations in young people." Anales de la Facultad de Ciencias Médicas (Asunción) 51, no. 2 (August 30, 2018): 79–86. http://dx.doi.org/10.18004/anales/2018.051(02)79-086.

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Cano Quiñones, Alvaro, and Andrés Sarmiento Rodríguez. "Programas de postgrado en Ginecobstetricia: El Residente toma la palabra." Revista Colombiana de Obstetricia y Ginecología 49, no. 2 (June 30, 1998): 115–20. http://dx.doi.org/10.18597/rcog.1037.

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Abstract:
Pocas veces se le pide al residente la opinión acerca de su programa de especialización. Usualmente éste se califica de acuerdo con la óptica del docente, del hospital o de las directivas universitarias; sin tener en cuenta la opinión de la persona que directamente experimenta el contenido del programa. Es menos frecuente aun que se intente describir el perfil del residente de ginecobstetricia colombiano: sus deficiencias, fortalezas, vicios de formación y otras características que pueden afectar su desempeño.
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Morán Beltrán, Dr Lino, and Dr Johan Méndez Reyes. "De la Teoría de la Complejidad a la Filosofía Intercultural. De la Universidad que Tenemos a la Universidad que Soñamos." Estudios Latinoamericanos, no. 30-33 (November 16, 2016): 59–66. http://dx.doi.org/10.22267/rceilat.12133033.53.

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Abstract:
La teoría de la complejidad y el pensamiento filosófico intercultural, constituyen en la actualidad, dos perspectivas desde las cuales se enjuicia la racionalidad occidental, una racionalidad que propició la configuración de nuestras universidades tradicionales en Venezuela. Este trabajo tiene como objetivo plantearse un modelo de universidad que, desde una postura crítica, supere los vicios heredados que han encerrado al recinto universitario en sí mismo y permita abrir el saber a las preocupaciones fundamentales del pueblo.
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Jacques Parraguez, Víctor, and Paolo Saona Hoffmann. "El proceso de enseñanza-aprendizaje universitario: reflexiones a través de la teoría de agencia." Education in the Knowledge Society (EKS) 12, no. 1 (March 29, 2011): 340–58. http://dx.doi.org/10.14201/eks.7836.

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Abstract:
En este trabajo se analizan algunas razones que pueden explicar el insuficiente nivel académico que se percibe en universidades de países en vías de desarrollo. El elemento de discusión es la relación profesor-alumno que es estudiada bajo el prisma de la teoría de agencia. Se concluye que en ausencia de eficientes mecanismos de control de la conducta tanto del profesor como del estudiante pueden proliferar vicios de responsabilidad que atentan contra la calidad del proceso de enseñanza-aprendizaje.
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Gensollen, Mario. "Virtudes y vicios argumentativos: A veinte años de Vértigos argumentales, de Carlos Pereda." Tópicos, Revista de Filosofía, no. 47 (December 7, 2014): 159. http://dx.doi.org/10.21555/top.v0i47.666.

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Abstract:
El objetivo de este artículo consiste en analizar la importancia y la relevancia del pensamiento de Carlos Pereda en la teoría de la argumentación, haciendo hincapié en su obra titulada Vértigos Argumentales, que tiene como propósito central la defensa de una razón enfática, no libre de incertidumbre, pero tampoco de objetividad. Teniendo en mente que la teoría de la argumentación de Carlos Pereda colinda con su concepción de racionalidad, el autor recurre al análisis de temas que se entrecruzan, tales como las virtudes epistémicas, el concepto de racionalidad, una ética de la argumentación, etc. El artículo concluye con la concepción de la argumentación a partir del concepto de ‘práctica’, en donde se señalan los diferentes aspectos que deberían considerarse en la acción argumentativa. Se concluye que Vértigos argumentales formuló y desarrolló algunas intuiciones básicas que están presentes en el debate contemporáneo acerca de la argumentación y la virtud.
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Vaccari, Debora. "Performing Practices Before the «Comedia nueva»: The Case of «Los vicios de Cómodo»." Anuario Lope de Vega Texto literatura cultura 26 (January 23, 2020): 216. http://dx.doi.org/10.5565/rev/anuariolopedevega.369.

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de la Maza Gazmuri, Íñigo, and Álvaro Vidal Olivares. "Aliud pro alio, incumplimiento contractual y vicios redhibitorios en el contrato de compraventa." Revista de derecho (Valparaíso), no. 50 (July 2018): 93–125. http://dx.doi.org/10.4067/s0718-68512018000100093.

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Aleixandre Benavent, Rafael, and Alberto Amador Iscla. "Vicios del lenguaje médico y defectos de estilo en la escritura cientificomédica (I)." Piel 17, no. 9 (January 2002): 399–404. http://dx.doi.org/10.1016/s0213-9251(02)72628-2.

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Feher Trenschiner, Eduardo Luis. "EL REAL TRIBUNAL DE LA ACORDADA: JUSTICIA CONTROVERSIAL." Revista de la Facultad de Derecho de México 65, no. 263 (May 30, 2017): 19. http://dx.doi.org/10.22201/fder.24488933e.2015.263.59623.

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Abstract:
<p> El Real Tribunal de la Acordada</p><p>en la Nueva España fue sin duda una</p><p>institución muy compleja. Representa una</p><p>dramática, controversial y sangrienta forma</p><p>histórica de realizar la justicia. La instalación</p><p>de este tribunal se debió a la delincuencia</p><p>reinante en los siglos XVI y XVII originada</p><p>por el ambiente territorial, los vicios de</p><p>la administración y del gobierno, la conducta</p><p>abusiva de algunos malos gobernantes, y</p><p>a la mala condición social y económica de</p><p>las clases marginadas de la población. La</p><p>instauración del Real Tribunal de la Acorda<span>da</span></p><p>refleja indudablemente el paulatino dete<span> rioro</span></p><p>de las condiciones de vida en la Nueva</p><p>España, heredera de los grandes vicios y</p><p>virtudes de la península europea.</p>
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Monzón Pertejo, Elena. "¿Fedeltá o animalidad? El perro en las escenas de conversión de María Magdalena en la Italia del siglo XVI." Boletín de Arte, no. 40 (November 27, 2019): 195–206. http://dx.doi.org/10.24310/bolarte.2019.v0i40.5689.

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Abstract:
Desde la Antigüedad, las distintas religiones han utilizado a los animales no humanos para encarnar los vicios y virtudes. El perro es uno de estos seres cuya carga simbólica se sitúa, según cada tradición, en el positivo o en el negativo. En este texto se estudia la presencia del perro en relación a la conversión de María Magdalena en representaciones de la Italia del siglo XVI, todo ello siguiendo los planteamientos propios de la iconografía e iconología así como la perspectiva de género.
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Aicardi Alegría, Renato. "Historia y educación. Observaciones sobre una cultura decadente y una ascendente." Resonancias. Revista de Filosofía, no. 2 (December 30, 2016): 9. http://dx.doi.org/10.5354/0719-790x.2016.45652.

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Abstract:
A partir de la segunda intempestiva nietzscheana, De la utilidad y los inconvenientes de la historia para la vida, se intentará abordar la problemática de la educación –desde una perspectiva de la enseñanza de la historia– considerando cuáles son sus fines y cuáles sus vicios, entendiendo, junto con el filósofo alemán, que la noción de una educación radicalmente docta sólo contribuye al embotamiento de la cultura, a diferencia de, y esa es la propuesta, una educación basada en la experiencia vital de los individuos.
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González Herrero, Teresa. "Huellas del vicio redhibitorio romano en el Código Civil español." Revista de Derecho de la UNED (RDUNED), no. 26 (December 18, 2020): 227. http://dx.doi.org/10.5944/rduned.26.2020.29172.

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Abstract:
En la regulación normativa del contrato de compraventa de nuestro Código Civil puede constatarse una clara huella y supervivencia del Derecho romano. En particular, la protección prevista por razón de los vicios ocultos reproduce, casi literalmente, la contemplada en Roma, donde la noción de vicio redhibitorio se origina y evoluciona en el seno del Derecho edilicio. Tal concepto, se forma en correspondencia al contexto espaciotemporal y socioeconómico en el que se desarrolla y evoluciona el Derecho edilicio en relación con las demás fuentes. Todo ello condicionó las acciones procesales ofrecidas por los Ediles, su naturaleza y finalidad, así como el régimen de responsabilidad del vendedor. Teniendo en cuenta pues, tales variables, el estudio pretende profundizar en la casuística romana para, desde la misma, extraer los principales rasgos del concepto de vicio en nuestro Código Civil.In the normative regulation of our Civil Code we can verify the echo and survival of the Roman Law. Specifically, the protection provided by reason of latent defect, reproduces, almost literally, that reproduces the one contemplated in Rome, where the notion of redhibitory vice that was originated and evolved within the aedilitian Law. That same concept was formed depending on the socioeconomic and time-space context in which the aedilitian Law developed and evolved in relation to the other sources. All of that, influenced the procedural actions offered by these magistrates, its nature and goal, as well as the responsibility of the seller. Bearing these variables in mind, as it was said, the study intends to delve the Roma casuistry to, from itself, to extract the main features of the concept of vice in our Civil Code.
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